| Ud. está en: Inicio / Noticias / Constitución |
Con el objeto de salvar cualquier atisbo de inconstitucionalidad del proyecto sobre información en materia de regulación de fertilidad que permite la entrega de la píldora de emergencia, la Comisión de Constitución del Senado aprobó incorporar una disposición que precisa que no se podrán utilizar métodos anticonceptivos que provoquen un aborto.
Así lo explicaron los senadores Alberto Espina y Soledad Alvear, presidente e integrante de la citada instancia legislativa, tras señalar que la norma aprobada señala que "no se considerará anticonceptivo ni serán parte de la política pública en materia de regulación de la fertilidad aquellos métodos cuyo objetivo o efecto directo sea provocar un aborto".
Esta disposición fue incorporada luego de que la Comisión escuchara los planteamientos de los expertos constitucionalistas Patricio Zapata y Miguel Ángel Fernández, quienes señalaron que tal como estaba redactada la iniciativa original tenía serios problemas de constitucionalidad.
En tal sentido, el profesor Zapata manifestó que la iniciativa "tal como está redactada, por la extrema vaguedad del artículo tercero, pasa a llevar lo que la Constitución establece en materia de protección de la vida que está por nacer, dejando demasiado amplio el margen para el funcionario del Instituto de Salud Pública para autorizar cualquier sustancia que tenga el rótulo de anticoncepción, pero que puede no ajustarse a lo que nuestro derecho considera anticoncepción, que es aquello que no afecta el óvulo ya fecundado".
El académico agregó que el Tribunal Constitucional entregó una definición sobre la materia en su fallo, por lo que es necesario que los legisladores incorporen esa expresión a la iniciativa. De no hacerlo, dijo, "el proyecto tiene un serio problema de constitucionalidad".
Por su parte el profesor Fernández, señaló que "si se entiende que en el proyecto están incluidos aquellos métodos anticonceptivos que el Tribunal consideró inconstitucionales en su resolución, es inconstitucional porque de alguna manera deja sin efecto la sentencia del tribunal y las sentencias tienen que cumplirse".
Recordó que la declaración del TC apuntó a excluir esos métodos porque potencialmente podrían lesionar el derecho a la vida del que está por nacer, desde el momento de la concepción. "Si no ocurriera eso con estos métodos o si es que el proyecto de ley precisara que no incluye o no admite que se comercialicen, se distribuyan fármacos de esta naturaleza, creo que el proyecto podría ser aprobado desde el punto de vista constitucional".
INDICACIONES
En tan sentido, el senador Espina señaló que la disposición aprobada en forma unánime despeja las dudas que existían respecto de la constitucionalidad de la iniciativa.
"No hay una discusión de constitucionalidad, porque si un método anticonceptivo provoca un aborto estaríamos en una pugna legal en nuestro país y ha sido unánime este informe señala que el fármaco de emergencia, en la medida que no provoque un aborto es autorizado", señaló.
El senador agregó que "creo que este es un avance muy relevante porque claramente establece que no puede haber un sistema anticonceptivo en Chile que provoque directamente el aborto".
Asimismo, dijo que "lo importante es que en nuestro país, se reafirma que el aborto como tal está prohibido y que por tanto se pueden distribuir fármacos y no habría ninguna discriminación entre el sistema público y privado que sean anticonceptivos, pero que no signifiquen hacer un aborto y en ese caso la llamada píldora del día después o de emergencia, no estaría incluida entre aquellas que provocan aborto".
A su turno, la senadora Alvear precisó que también se presentaron otras indicaciones que señalan que "cuando se trate de la entrega de la píldora a una joven menor de 14 años, se le entregará, pero se le dará aviso al padre o a la madre o al adulto responsable que la menor indique".
Además, explicó que "en caso de que se pueda determinar que ha existido un abuso de la niña o un hecho ilícito, se deberán poner los antecedentes en manos del Ministerio Público para los efectos de hacer una investigación. También se explicitó que este proyecto contempla la existencia de la píldora del día después como un mecanismo, pero que no se permitiera el aborto".
CALENDARIO












