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Un total de 14 indicaciones recibió el proyecto, en primer trámite, que sanciona con penas de hasta 5 años de cárcel a quienes se coludan para fijar precios de venta o de compra de bienes de primera necesidad, y que está siendo analizado por la Comisión de Constitución del Senado.
La iniciativa, originada en una moción de los senadores Carlos Cantero, Andrés Chadwick, Alberto Espina, José García y Antonio Horvath, ya fue aprobada en general por la Sala y ésta fijó el mediodía de hoy para presentarle indicaciones, lo que hicieron los senadores Juan Pablo Letelier, Jovino Novoa y Guillermo Vásquez.
En lo fundamental, algunas de las indicaciones apuntan a incluir en el Código Penal sanciones para quienes se coludan, otras a eliminar ciertas disposiciones y otras a perfeccionar su redacción.
Cabe recordar que este proyecto modifica el DFL N° 1 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción de 2005, incorporando una serie de disposiciones para sancionar e investigar la colusión, señalando que los que ejecutaren acuerdos expresos o tácitos celebrados entre agentes económicos, o prácticas concertadas entre ellos, mediante los cuales se fijen precios de venta o de compra de bienes y servicios de primera necesidad, serán sancionados con penas de hasta cinco años y multas de hasta 30 mil Unidades Tributarias Anuales.
Asimismo, señala que las investigaciones sobre estas conductas solo podrán ser iniciadas por el Ministerio Público, previa denuncia o querella de la Fiscalía Nacional Económica y se considerará como eximente de responsabilidad penal, la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos que haya prestado el imputado al proceso.
INDICACIONES
Si bien, se establecen en esta iniciativa sanciones para la colusión, el senador Letelier presentó una indicación para incluir en el Código Penal una disposición similar a la que contiene la iniciativa, en el sentido de incorporar las mismas sanciones y penas a quienes actúen concertadamente para fijar precios, asignar cuotas de mercado o limitar la producción de bienes o servicios de primera necesidad.
En tanto, los senadores Novoa y Vásquez presentaron indicaciones para suprimir determinadas disposiciones, pero también para perfeccionar la redacción de algunas.
En tal sentido, el senador Vásquez, propuso una disposición que señala que se entenderán ejecutadas en Chile, aun cuando se hubieren iniciado en el extranjero, las conductas citadas si se cometieren mediante un sistema de telecomunicaciones al que se tenga acceso desde el territorio nacional, o si las actuaciones hubieren sido realizadas en el extranjero por medio de sistemas de telecomunicaciones.
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