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Valparaíso | 29/10/2009 | Departamento de Prensa
Sesión 59ª, Ordinaria, en martes 27 de octubre de 2009
Presidieron la sesión los senadores Jovino Novoa, Presidente y Carlos Bianchi, Vicepresidente. Actuó de Secretario don Carlos Hoffmann y se realizó de 16.17 a 21.30 horas, con la asistencia de 37 senadores.

PERMITE A LA AUTORIDAD ACCEDER A LA INFORMACIÓN BANCARIA

 

Se aprobó en general y en particular, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, queImagen establece normas que permiten el acceso a la información bancaria por parte de la autoridad tributaria. (Boletín Nº 6.477-05) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".

 

El Proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto establecer normas que permitan el acceso a la información bancaria por parte de la autoridad tributaria, con el objeto que pueda cumplir con los requerimientos de información que le formulen órganos de administraciones tributarias extranjeras, así como sus propias tareas de control de la evasión impositiva.

 

Contenido del proyecto:

- Amplía la facultad de la justicia ordinaria para ordenar el examen de las cuentas corrientes, extendiéndola a todas las operaciones bancarias, incluso las sometidas a secreto o reserva, cuando se investiguen delitos que digan relación con el cumplimiento de obligaciones tributarias.

- Igual facultad se concede a los Tribunales Tributarios y Aduaneros, cuando ella sea necesaria para resolver una contienda sobre infracciones tributarias sancionadas con multa y pena privativa de libertad, sometida a su competencia, y al Servicio de Impuestos Internos, cuando dichos antecedentes resulten indispensables para verificar la veracidad e integridad de las declaraciones de impuestos, falta de ellas, o para dar cumplimiento a los requerimientos provenientes de administraciones tributarias extranjeras, cuando ello haya sido acordado bajo un convenio internacional.

- Regula el procedimiento a través del cual, la administración tributaria podrá acceder a la información bancaria señalada.

- Resguarda el adecuado empleo de la información por parte del Servicio de Impuestos Internos, estableciendo tanto los fines a los que puede ser aplicada y la prohibición de entregarla a terceros, salvo las excepciones que se establecen.

- Obliga a las autoridades y funcionarios que accedan a la información a mantener sobre ella la más estricta y completa reserva, y al Servicio de Impuestos Internos, a adoptar las medidas de organización interna que garanticen la reserva y el adecuado uso de la información.

 

Intervinieron los senadores Hosaín Sabag, Juan Antonio Coloma, Alejandro Navarro, Alberto Espina, José García, Evelyn Matthei, José Antonio Gómez, Guillermo Vásquez, Camilo Escalona, Hernán Larraín, Pedro Muñoz, y los Ministros Secretario General de la Presidencia, José Antonio Viera-Gallo y de Hacienda, Andrés Velasco.

 

 En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

 

 

PÍLDORA DEL DÍA DESPUÉS

 

Por 21 votos a favor, 12 votos en contra y la abstención del Senador Bianchi, se aprobó en general, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, sobre información, orientación y prestaciones en materia de regulación de la fertilidad. (Boletín Nº 6.582-11). Con urgencia calificada de "suma".

 

El proyecto, iniciado en Mensaje, tiene por objeto reconocer legalmente los derechos que las personas tienen en materia de regulación de su fertilidad y, como contrapartida, los deberes que el Estado tiene en la materia.

 

Proyecto de ley:

- Reconoce el derecho de toda persona a recibir educación, información y orientación en materia de regulación de la fertilidad, en forma clara, comprensible, completa y, en su caso, confidencial.

- La educación e información deberá entregarse por escrito y abarcar todas las alternativas que cuenten con la debida autorización, y la efectividad de cada una de ellas, para decidir sobre los métodos de regulación de la fertilidad y, especialmente, para prevenir el embarazo adolescente, las infecciones de transmisión sexual, y la violencia sexual y sus consecuencias.

- Reconoce el derecho de toda persona a elegir libremente, sin coacción de ninguna clase y de acuerdo a sus creencias o formación, los métodos de regulación de la fertilidad femenina y masculina, que cuenten con la debida autorización y, del mismo modo, acceder efectivamente a ellos.

- Encarga a los órganos de la Administración del Estado con competencia en la materia, poner a disposición de la población los métodos anticonceptivos que cuenten con la debida autorización, tales como aquéllos anticonceptivos hormonales de emergencia, así como aquéllos no hormonales, naturales y artificiales.

 

Intervinieron los senadores Andrés Chadwick, Sergio Romero, Mariano Ruiz-Esquide, Jaime Gazmuri, Adolfo Zaldívar, Eduardo Frei, Juan Antonio Coloma, Jorge Arancibia, Hernán Larraín, Nelson Avila, Guido Girardi, Alejandro Navarro, Andrés Allamand, Roberto Muñoz, Jaime Orpis, Jaime Naranjo, Carlos Cantero, Camilo Escalona y los Ministros Secretario General de la Presidencia, José Antonio Viera-Gallo; de Salud, Álvaro Erazo y Directora del Servicio Nacional de la Mujer, Carmen Andrade.

 

En consecuencia, el proyecto vuelve a la Comisión, para segundo informe.

 

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