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Valparaíso | 29/09/2009 | Departamento de Prensa | Boletín Nº 3436-07
Ley Orgánica Constitucional definirá las futuras áreas metropolitanas
La Comisión Mixta que preside el senador Ricardo Núñez despachó el proyecto de reforma constitucional sobre gobierno y administración regional.

En condiciones de ser votada por las Salas de la Cámara de Diputados y del Senado quedó la reforma constitucional en materia de gobierno y administración regional, luego de que la Comisión Mixta  resolviera las discrepancias surgidas entre ambas ramas legislativas.

 

La instancia que preside el senador Ricardo Núñez aprobó por unanimidad una indicación del Ejecutivo que resolvió las observaciones que hizo la Cámara Baja al texto que aprobó el Senado y que establece en la Constitución la necesidad de que sea la Ley Orgánica Constitucional de Gobiernos Regionales la que se haga cargo del tema de las áreas metropolitanas.

 

El senador Núñez explicó que "esta normativa va a definir lo que entenderemos por áreas metropolitanas y cómo se van a afinar los diversos órganos institucionales y democráticos que existen en cada una de las instancias del nuestro país".

 

Aseguró que "esta ley orgánica constitucional no solo delineará  instrumentalmente las áreas metropolitanas sino que establecerá los órganos de supervigilancia, de organización y fiscalización que puedan tener las diversas instancias que constituyen nuestra realidad institucional del país".

 

Cabe señalar que la creación de áreas metropolitanas o alcaldías mayores para cubrir los gobiernos locales de grandes ciudades es una aspiración que se ha venido discutiendo desde la reforma constitucional de 1991.

 

Ello, porque a juicio de los legisladores la vida moderna en las grandes ciudades requiere, por la complejidad de los asuntos que se deben atender desde todo punto de vista, especialmente en materia de ordenamiento territorial, transporte y medio ambiente, reunir el gobierno metropolitano en una sola mano para evitar duplicidades o resoluciones contradictorias.

 

El senador Núñez manifestó que con este informe de la Comisión Mixta "hemos culminado la tramitación de esta reforma constitucional que abre un camino auspicioso e interesante de una mayor regionalización y descentralización de Chile".

 

CONSEJO REGIONAL

 

En lo fundamental, el proyecto de reforma constitucional elimina la facultad del intendente regional de presidir el Consejo Regional y mantiene sus atribuciones de coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creadas por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región.

 

De este modo será el Consejo Regional quien elegirá de entre sus miembros y por mayoría absoluta de sus integrantes, a su presidente.

 

Además el consejo regional deberá aprobar el proyecto de presupuestos de la respectiva región, considerando para tal efecto, los recursos asignados por la Ley de Presupuestos de la Nación, sus recursos propios y los que provengan de los convenios de programación.

 

Asimismo establece una serie de normas tales como las que fijan la organización del Consejo Regional y sus funciones; la que establece la elección de los consejeros regionales por sufragio universal en votación directa y la que dispone que los Cores durarán 4 años en sus cargos pudiendo ser reelegidos.

 

Sin embargo, se cesarán en su cargo, el consejero regional que durante su ejercicio pierda alguno de los requisitos de elegibilidad o incurra en alguna de las inhabilidades, incompatibilidades, incapacidades u otras causales de cesación que la ley orgánica constitucional establezca.

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