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Valparaíso | 02/09/2009 | Departamento de Prensa
Piden que bono por hijo también se entregue a las mujeres jubiladas antes del 1 de julio de este año
En forma unánime, la Sala de la Cámara Alta aprobó un proyecto de acuerdo presentado por los senadores Carlos Bianchi, Antonio Horvath, Ricardo Núñez, Jaime Orpis, Víctor Pérez, Guillermo Vásquez y Adolfo Zaldívar.

En forma unánime, la Sala del Senado le solicitó a la Presidenta de la República que envié al Congreso un proyecto que modifique el artículo 24 transitorio de la Ley 20.255 para incorporar a todas las mujeres jubiladas en el otorgamiento del bono por hijo, con independencia de si posee o no el carácter de pensionada.

 

Esto, tras aprobar un proyecto de acuerdo presentado por los senadores Carlos Bianchi, Antonio Horvath, Ricardo Núñez, Jaime Orpis, Víctor Pérez, Guillermo  Vásquez y Adolfo Zaldívar, en el que se pide incorporar a las mujeres que jubilaron antes del 1 de julio de 2009 entre las beneficiarias.

 

Cabe recordar que la bonificación por cada hijo vivo fue establecida en beneficio de las mujeres chilenas y extranjeras que cumplan con el requisito de permanencia, se encuentren afiliadas al D.L. N° 3.500, de 1980, sean beneficiarías de una pensión básica solidaria de vejez o que, sin ser afiliada a un régimen previsional perciba una pensión de sobrevivencia con aporte previsional solidario, con 65 años de edad.

 

Además, el artículo24 transitorio de la ley señala que la bonificación por hijo beneficiará a las mujeres que se pensionen a contar del 1 de julio de 2009.

De esta forma las mujeres que se pensionen con posterioridad al 1 de julio de 2009, y que tengan hijo vivo o adoptado y que cumplan con los otros requisitos señalados precedentemente tendrán derecho al bono. Respecto de aquellas que tengan hijo nacidos o adoptados con anterioridad al 1 de julio de 2009, el artículo transitorio vigésimo cuarto, estableció una regla especial para el cálculo de rentabilidad del bono.

 

SIN ACCESO

 

No obstante, en el caso de las mujeres que se encuentren pensionadas con anterioridad al 1 de julio de 2009, no tienen derecho a este bono por hijo.

 

En este universo de mujeres excluidas se encuentran las mujeres con hijo pensionadas, con anterioridad al 1 de julio de 2009; las mujeres con hijo que obtuvieron la pensión básica solidaria de vejez, entre el 1 de julio de 2008 y el 1 de julio de 2009 (incluyendo a las que tenían las antiguas pensiones asistenciales de vejez y que pasaron automáticamente a tener pensión básica de vejez); las mujeres con hijos y con pensión de sobrevivencia u otorgada por el Instituto de Previsión Social, con anterioridad al 1 de julio de 2009.

 

También están en esa situación las mujeres con hijo pensionadas cuyas pensiones son otorgadas por el Instituto de Previsión Social, con anterioridad a 1 de julio de 2009.

 

Al respecto, los autores del proyecto de acuerdo señalan que "nos parece de toda injusticia la exclusión de este universo de mujeres en la percepción de este bono especial entre otras razones por que el bono fue creado como medida para minimizar las diferencias de género en materia previsional, ya que por lo general las mujeres se han dedicado a la crianza de los hijos, teniendo lagunas en sus ahorros previsionales o han abandonado el mercado laboral, o han percibido remuneraciones menores a los hombres a iguales tareas".

 

Agregan que "el bono por cada hijo nacido vivo, es un real y efectivo incentivo y reconocimiento a la maternidad, especialmente en nuestro país en que las mujeres reciben remuneraciones más bajas que los hombres".