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Vallparaíso | 01/09/2009 | Departamento de Prensa | Boletín Nº 5500-10
Convención Internacional que protege a las personas de los delitos de desaparición forzada no tendrá efectos retroactivos
Senado respaldó unánimemente este instrumento que es parte del acuerdo que permitió destrabar el Tratado que creó la Corte Penal Internacional y tipificar en nuestra legislación los delitos de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra.

Coincidiendo con la conmemoración de los 70 años del inicio de la II Guerra Mundial que cobró la vida de más de 60 millones de personas, muchas de ellas en campos de concentración, el Senado aprobó por unanimidad, la Convención Internacional de las Naciones Unidas para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.

 

De este modo, este instrumento que forma parte del acuerdo que permitió destrabar el Tratado que creó la Corte Penal Internacional y tipificar en nuestra legislación los delitos de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra quedó en condiciones de ser promulgado como Ley de la República.

 

Durante el debate intervinieron los senadores Jorge Pizarro, Camilo Escalona, Sergio Romero, Jaime Naranjo, Jorge Arancibia, Jaime Gazmuri y Ricardo Núñez, además del ministro secretario general de la Presidencia, José Antonio Viera Gallo, quienes coincidieron en que la ratificación de este acuerdo no tiene carácter retroactivo y constituye una potente señal para el respeto de los derechos humanos.

 

El senador Jorge Pizarro, presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores entregó una detallada cuenta de la iniciativa y explicó que "se considera detención forzada el arresto secuestro o cualquier forma de privación de libertad que sea obra de agentes del Estado, de personas o de grupos que actúan con el apoyo, o autorización del Estado. Seguida de la negativa de reconocer esta privación de libertad o del ocultamiento del paradero de la persona desaparecida".

 

Añadió que también se regula la tipificación del delito en la legislación interna y se insta a imponer una pena apropiada que tenga en cuenta la gravedad de este delito. "En Chile ya se dio cumplimiento a este requerimiento con la publicación de la Ley N° 20.357", dijo.

 

Por su parte, el senador Camilo Escalona, valoró el consenso unánime generado en torno a una iniciativa de esta naturaleza "entiendo que este es un compromiso del sistema político del país contra esta lamentable y terrible práctica que, en el pasado reciente, conmocionó profundamente nuestra convivencia nacional".

 

El senador Sergio Romero destacó el acuerdo alcanzado para lograr la ratificación del Tribunal Penal Internacional; la tipificación en nuestra legislación de los delitos de desaparición forzada y la aprobación de esta Convención. Sin embargo, aseguró que este Acuerdo aún genera una falta de consenso a nivel internacional ya que no se encuentra vigente y, a la fecha, solo es Estado parte, Albania". Asimismo hizo énfasis en que este instrumento no contiene normas de efecto retroactivo en virtud de principios de derecho penal e internacional de los Tratados.

 

A su turno, el senador Jaime Naranjo valoró la aprobación de esta Convención porque "la desaparición forzada de personas fue una práctica universal que se implementó tanto en dictaduras militares como en países comunistas. Creo que hoy estamos dando un paso trascendente para que esta doctrina nunca más se vuelva a repetir". No obstante, dijo que "todavía hay países que aplican esta práctica como Corea del Norte, China o la ex Birmania" y, por ello instó "a no guardar silencio cómplice".

 

A su turno, el senador Jorge Arancibia expresó su satisfacción por esta aprobación de la Convención y afirmó que "la única preocupación que dejo planteada es aquella suerte de reserva que expresamos sobre la retroactividad de este instrumento". Aseguró que "el desaparecimiento de las personas, el algo que complicaba en el pasado, la condena de quienes cometían un crimen y me alegro que la sociedad chilena corrija este tema".

 

En tanto, el senador Jaime Gazmuri dijo que "con esta Convención, Chile queda a la altura de sus responsabilidades en materia de adhesión a los principales instrumentos internacionales de derechos humanos". Recordó que "este tema al comienzo de los años 90 dividía profundamente al Parlamento pero hoy damos un salto cualitativo" y precisó que si bien no tiene efecto retroactivo, "eso no implica que la justicia chilena desarrolle los procesos judiciales correspondientes por las desapariciones forzadas".

 

Por su parte, el senador Ricardo Núñez dijo que "este es uno de los acuerdos más importantes que hemos aprobado en el Senado y coincide con la conmemoración de una de las guerras más atroces que haya enfrentado la humanidad, donde desaparecieron millones de personas". Puso énfasis en que "no existe autoridad civil ni militar que justifique mediante ‘la obediencia debida' la práctica de estos delitos y, en consecuencia no pueden quedar prescritos".

 

El ministro secretario general de la Presidencia, José Antonio Viera Gallo manifestó que "este Acuerdo permitirá a Chile estar presente en las distintas instancias de protección de los derechos humanos, ya que busca poner freno a una práctica cruel e ignominiosa".  Puntualizó que "el gobierno se someterá a todos los mecanismos internacionales de control" y recordó que el Senado también aprobó la tipificación de este delito en nuestra legislación.

 

 

NORMAS DEL CONVENIO

 

Cabe señalar que este Acuerdo regula además el funcionamiento del Comité contra la Desaparición Forzada de Personas, que estará integrado por expertos de gran integridad moral, de reconocida competencia en materia de derechos humanos, e independientes, que ejercerán sus funciones a título personal e imparcialidad.

 

Finalmente, se establece que los Estados Partes tomarán las medidas necesarias para prevenir y sancionar penalmente la apropiación de niños sometidos a desaparición forzada, o de niños cuyo padre, madre o representante legal estén sometidos a una desaparición forzada, o de niños nacidos en cautiverio de su madre sometida a dicha desaparición.