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Un período de 12 años de vigencia tendrá el sistema de incentivos para contribuir a la sustentabilidad agroambiental de los suelos, que contempla bonificaciones para la recuperación de suelos agropecuarios deteriorados y para la mantención de los niveles de mejoramiento alcanzados.
Así lo propone el proyecto de ley que envió el Ejecutivo al Senado y que deberá ser estudiado por la Comisión de Agricultura que preside el senador Jaime Naranjo, y por la Comisión de Hacienda, que encabeza la senadora Evelyn Matthei.
En lo fundamental, la iniciativa establece un sistema de incentivos que consistirá en una bonificación estatal de los costos netos de las prácticas de manejo, recuperación y mantención de suelos, y otras que propendan a desarrollar una actividad agropecuaria agroambientalmente sustentable.
Además, se propone bonificar los costos de la asistencia técnica destinada a apoyar la elaboración y ejecución de los planes de manejo que postulen los pequeños productores o productoras agrícolas.
Asimismo, se establece una serie de definiciones, como por ejemplo, se entenderá por suelos agropecuarios, aquellos de uso preferentemente agropecuario actual o potencial; y por predio, aquella superficie destinada preferentemente a la producción agropecuaria.
Se incluyen en esa definición, los bienes inmuebles o derechos reales sobre dichos bienes, de los que sean dueños las comunidades indígenas, los asignatarios de goces individuales y los titulares de otros derechos.
En tanto, por recuperación de suelos agropecuarios, se entenderá a aquellas medidas destinadas a reparar el o los déficit químicos, físicos o biológicos que tenga un suelo determinado para llevarlos al piso mínimo técnico para enfrentar adecuada y sosteniblemente el proceso productivo.
Asimismo, se considerará como pequeño productor o productora agrícola, a quien tenga esta calidad de acuerdo a lo establecido en la ley Orgánica del Instituto de Desarrollo Agropecuario, o bien a aquellos con un ingreso máximo por ventas de 2.400 unidades de fomento al año, es decir, cerca de $48.000.000.
OPERACIÓN
Según la propuesta del Ejecutivo, la entrega de los incentivos se efectuará a través de concursos públicos, en el que podrán participar los pequeños y medianos productores agrícolas cuando se trate de la recuperación de suelos agropecuarios. Tratándose de prácticas que tengan por objeto la mantención de suelos agropecuarios, sólo podrán postular los pequeños productores o productoras agrícolas.
La participación en los concursos se podrá efectuar ya sea en calidad de propietario, usufructuario, arrendatario, comodatario o comodatario precario de predios agrícolas. Estos tres últimos deberán tener la autorización expresa del propietario del predio.
Los concursos se administrarán descentralizadamente en cada región, por los directores regionales del Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP), en el caso de quienes cumplan los requisitos para ser considerado pequeño productor agrícola y por la Subsecretaría de Agricultura, a través de los Secretarios Regionales Ministeriales de Agricultura, en el caso de los medianos productores agrícolas y de aquellos pequeños productores o productoras agrícolas que no cumplan los requisitos para poder ser atendidos por el INDAP.
Excepcionalmente, en casos de emergencia agrícola o catástrofe, declaradas por la autoridad competente, dicho servicio podrá otorgar los incentivos directamente, en la forma que disponga el reglamento, a quienes, de acuerdo con su ley orgánica, tengan la calidad de pequeños productores o productoras agrícolas.
En tanto, se establece que quienes estén interesados en optar al incentivo deberán presentar ante la Seremi o ante el INDAP un plan de manejo que deberá ser confeccionado por operadores acreditados.
Los valores de las prácticas y labores que se bonificarán, serán fijados en una Tabla de Costos que se establecerá en forma anual mediante resolución del Subsecretario de Agricultura, la que deberá contar con la visación de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda.
Asimismo se establecen multas para quienes proporcionen antecedentes falsos al momento de postular al beneficio. De este modo, se sancionará con una multa de hasta el 50% de lo solicitado a quien proporcione antecedentes falsos o adulterados, o a quien realice cualquier otro acto fraudulento tendiente a obtener indebidamente alguno de los incentivos.
Si el infractor hubiere percibido el incentivo, se le aplicará una multa de hasta el 200% del monto recibido.
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