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Valparaíso | 07/07/2009 | Departamento de Prensa | Boletín Nº 4764-15
Eliminarán las discriminaciones y abusos contra personas discapacitadas en líneas áreas
Senado despachó a segundo trámite, el proyecto que establece diversas compensaciones para pasajeros de vuelos cancelados, suspendidos o atrasados.

Un Reglamento especial de la Dirección de Aeronáutica establecerá las condiciones bajo las cuales se autorizará el transporte de personas discapacitadas, orgánicamente descompensadas, agónicas o inconscientes, de modo de evitar las discriminaciones y abusos que se producen en la actualidad.

 

Así lo acordó la Sala tras aprobar y  despachar a segundo trámite, a la Cámara de Diputados, el proyecto que modifica el Código Aeronáutico y que tuvo su origen en dos mociones impulsadas por senadores de la Concertación e independiente.

 

Por 18 votos a favor, dos en contra de los senadores Guido Girardi y Carlos Ominami y cuatro abstenciones, de los senadores Carlos Bianchi, José Antonio Gómez, Ricardo Núñez y Baldo Prokurica, la Sala decidió eliminar la expresa mención que se hacía en cuanto a que "las empresas aéreas no podrían negar el transporte a las personas discapacitadas o de movilidad reducida que puedan valerse por sí mismas, y que sólo necesitarían acreditar esta situación a través de una certificación médica".

 

Esta norma llegó a la Sala con votación de mayoría en la Comisión de Transportes y abrió un amplio debate en el que intervinieron los senadores Jorge Pizarro, Jovino Novoa, Carlos Cantero, Baldo Prokurica, Guido Girardi, Ricardo Núñez, Víctor Pérez, José Antonio Gómez y Guillermo Vásquez.

 

 

De acuerdo a los senadores Jorge Pizarro, Jovino Novoa, Carlos Cantero y Víctor Pérez la idea era "eliminar una mención directa que se hacía a la condición de discapacitados porque dejaba establecida implícitamente una discriminación, obligándolas a acreditar que son capaces de valerse por sí mismas mediante un certificado médico". Por ello, consideraron que es mejor dejar una norma general y evitar que se establezca en la Ley una diferenciación.

 

Sin embargo, los senadores Baldo Prokurica y Guido Girardi advirtieron que  "se producen de hecho muchas discriminaciones y abusos contra los pasajeros que presentan algún tipo de discapacidad sea físico o mental porque allí es simplemente el funcionario de la aerolínea el que debe discernir si sube o no al vuelo, sin tener los elementos para resolver bien". Por eso precisaron que es mejor que un médico certifique si la persona está capacitada para viajar o no.

 

A su vez, el senador Ricardo Núñez dejó constancia de la interpretación de esta norma que establece que "un reglamento autorizará el transporte de personas orgánicamente descompensadas, agónicas o inconscientes", ya que "puede ocurrir que se produzca un terremoto o una catástrofe y se requiera el traslado de personas heridas desde un lugar del país a otro y las aerolíneas simplemente se nieguen a darles el acceso porque necesitan atención especial".

 

Por su parte, los senadores José Antonio Gómez y Guillermo Vásquez coincidieron en que "es complejo establecer condiciones especiales para personas con discapacidad" y se mostraron partidarios de dejar la facultad de regular el traslado a un Reglamento, pero de un modo general, a fin de no incorporar una determinada categoría. Precisaron que "en el futuro pueden haber avances tecnológicos que permita el transporte de personas que hasta hoy reviste mayor dificultad".

 

 

OFERTA DE PASAJES

 

Por otra parte, la Sala acordó por 21 votos a favor y el voto en contra del senador José Antonio Gómez, eliminar la norma que obligaba a quienes comercialicen billetes de pasaje a ofrecer información objetiva, exacta y completa sobre las diversas alternativas de tarifas y modalidades de vuelo disponibles, privilegiando las ofertas de menor valor y, a iguales precios, los vuelos directos respecto de los que tengan escalas o conexiones.

 

A juicio de los senadores Carlos Cantero y Jorge Pizarro, "la norma es poco práctica" porque la idea del proyecto es reguardar los derechos de los pasajeros y protegerlos de los abusos de aerolíneas que no entregan información adecuada. Sin embargo, se acordó suprimir esa disposición porque "hoy día la mayoría de las operaciones se hace por Internet y en las compras no quedan establecidas ninguna de estas condiciones. Hay un tema de conducta de usuarios más que de exigencias de aerolíneas".

 

No obstante, el senador José Antonio Gómez fundamentó su voto en contra porque consideró necesario que "exista la obligación de entregar todos los antecedentes porque de lo contrario las empresas van a ofrecer lo que quieran al momento de vender los pasajes".

 

Cabe señalar que este proyecto es el resultado de dos mociones similares de los senadores Pedro Muñoz Aburto, Camilo Escalona y Juan Pablo Letelier y otra; de los senadores Guillermo Vásquez, Nelson Ávila, José Antonio Gómez, Jaime Naranjo y Adolfo Zaldívar.

 

En lo fundamental esta iniciativa tiende a establecer garantías para los pasajeros y que éstas sean respetadas, particularmente, en los temas más frecuentes que afectan a los pasajeros por ejemplo: demoras en partidas, sobreventas de pasajes o las pérdidas de conexiones aéreas por culpa de atrasos de líneas aéreas.

 

Por este motivo se establecen responsabilidades para las líneas aéreas a fin de compensar a los pasajeros. En ese sentido, si una persona pierde una conexión por el atraso de un vuelo, la primera línea tiene que garantizar su transporte y alojamiento para que la persona pueda tomar la conexión siguiente.

 

 

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