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Será una Comisión Mixta de senadores y diputados la instancia encargada de zanjar las diferencias que se suscitaron entre ambas ramas del Congreso durante la tramitación del proyecto sobre maltrato animal.
Esto, luego que el Senado rechazara un cambio que le introdujo la Cámara Baja a la iniciativa, que eliminó el artículo 12 de la propuesta, la que facultaba al juez o a las autoridades competentes a disponer el retiro, tratamiento o eliminación de un animal.
Dado que esta materia está siendo analizada por más de 10 años en el Parlamento, el presidente de la Comisión de Medio Ambiente y uno de los autores de esta moción, senador Pablo Longueira solicitó a la Sala que rechazara la modificación realizada por los diputados, por falta de quórum, a objeto de poder rediscutir el tema en una Comisión Mixta.
Votaron por rechazar tal cambio los senadores Carlos Bianchi, Juan Antonio Coloma, José García, Jaime Gazmuri, José Antonio Gómez, Antonio Horvath, Pablo Longueira, Alejandro Navarro, Víctor Pérez, Baldo Prokurica y Hosaín Sabag; mientras que los senadores Evelyn Matthei y Sergio Romero se abstuvieron.
No obstante, el senador Gazmuri advirtió que concuerda con el criterio de la Cámara de Diputados, pero decidió votar en contra de la modificación para posibilitar la creación de una Comisión Mixta.
La citada instancia la constituirán en representación del Senado los integrantes de la Comisión de Medio Ambiente, senadores Pablo Longueira, Andrés Allamand, Nelson Ávila, Antonio Horvath y Alejandro Navarro.
ARTÍCULO EN DISCORDIA
En lo fundamental, el artículo 12 que fue rechazado por la Cámara, dispone que el juez de policía local, en su caso, y los organismos públicos a quienes corresponda fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones de esta ley, podrán ordenar las medidas de retiro del animal del poder de quien lo tenga a su cargo para ser colocado al cuidado de la persona que se designe al efecto, y disponer el tratamiento veterinario correspondiente y, en casos calificados previo informe de un profesional calificado, ordenar el sacrificio del animal.
Dicha norma agrega que todas estas medidas se realizarán a costa de la persona que tenga el dominio, la posesión o que lo tenga bajo su cuidado.
El resto del articulado del proyecto se divide en siete títulos, el primero de los cuales define el objetivo y ámbito de aplicación de la ley, señalando que se establecen normas destinadas a proteger y respetar a los animales como seres vivos y parte de la naturaleza con el fin de darles un trato adecuado y evitarles sufrimientos innecesarios.
Asimismo, dispone que el reglamento definirá las distintas categorías de animales silvestres, según especies.
El segundo título se refiere a la educación para el respeto y protección de los animales; el tercero a la protección de los animales en general; el cuarto a los experimentos en animales vivos creando un Comité de Bioética Animal al que le corresponderá fijar las directrices bajo las cuales podrán desarrollarse los experimentos en animales vivos.
El quinto título se refiere al beneficio y sacrificio de los animales; el sexto a las infracciones y sanciones; mientras que el último título se refiere a disposiciones varias.
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