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Valparaíso | Departamento de Prensa
Sesión 2ª, Ordinaria, en martes 17 de marzo de 2009
Presidieron la sesión los senadores Jovino Novoa, Presidente y Carlos Bianchi, Vicepresidente. Actuó de Secretario don Carlos Hoffmann y se realizó de 16.18 a 19.58 horas, con la asistencia de 31 senadores.

CAMBIO DE PRESIDENCIA EN COMISIONES

        

Se dio cuenta que las Comisiones que se indican, han elegido como nuevo Presidente a los siguientes Senadores:

 

- En la Comisión de Obras Públicas, al senador Pablo Longueira.

- En la Comisión de Vivienda y Urbanismo, al senador Jaime Orpis.

 

 

RECONOCIMIENTO A MESA SALIENTE

        

ImagenEl senador Jovino Novoa, Presidente y el senador Carlos Bianchi, Vicepresidente, en un acto de reconocimiento y homenaje a la labor de los senadores Adolfo Zaldívar y Baldo Prokurica, como Presidente y Vicepresidentes del Senado hasta el 13 de marzo recién pasado, les entregaron un presente consistente en una campanilla simbólica de su gestión como Mesa de la Corporación.

 

 

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

 

Se aprobó en particular el  proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece la Ley General de Educación. (Boletín Nº 4.970-04)

 

El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto establecer un marco general y ordenador de la educación chilena, especialmente en lo que se refiere a la enseñanza parvularia, básica y media, que permita ofrecer a todos los chilenos el acceso a una educación de calidad, independientemente de su condición socioeconómica.

 

Principales materias propuestas en el proyecto de ley:

- Sustituye la expresión "Enseñanza" utilizada en la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza, por "Educación".

- El sistema educativo se inspira en los principios de la universalidad y educación permanente; la calidad, la equidad, la autonomía, la diversidad, la responsabilidad, la participación, la flexibilidad, la transparencia, la integración, la sustentabilidad y la interculturalidad.

- Reconoce a la educación como un derecho de todas las personas, correspondiendo a los padres el derecho y el deber de educar a sus hijos; al Estado el deber de otorgar especial protección al ejercicio de este derecho y, en general, a la comunidad, el deber de contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación.

- Impone al Estado el deber de asegurar una educación de calidad y procurar que ésta sea impartida a todos, tanto el ámbito público como el privado.

- Establece la libertad de enseñanza en tres ámbitos: 1) como el derecho preferente de los padres de escoger el establecimiento educacional para sus hijos; 2) como el derecho a abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales y 3) como el derecho del establecimiento educacional para optar libremente a ser reconocido oficialmente por el Estado, caso en el cual deberá cumplir con los requisitos previamente establecidos.

- Reconoce el derecho a la educación de carácter universal estableciendo como deber del Estado, financiar un sistema gratuito de 14 años de escolaridad, así como su obligación de resguardar una igualdad de oportunidades y de velar por la calidad de la educación, fundada en un proyecto educativo público, laico,  respetuoso de toda expresión religiosa y pluralista, que permita el acceso a él a toda la población y que promueva la inclusión social y la equidad.

- Impone al Estado el deber de asegurar el buen uso de los recursos públicos y proveer de información a todos los actores del sistema educacional, a fin de promover la transparencia.

- Se refuerza el derecho a la educación, con especial énfasis en la equidad y en la no discriminación de los alumnos. El Estado deberá velar para que el acceso y ejercicio de estos derechos sea en igualdad de oportunidades para todos los alumnos, debiendo establecer medidas de discriminación positiva o compensatorias que reduzcan las desigualdades derivadas de circunstancias económicas, sociales, territoriales, étnicas o de algún tipo de discapacidad, entre otras.

- Con el fin de asegurar y promover la igualdad de oportunidades de los alumnos en el sistema educativo, se establecen normas que prohíben los procesos de selección de alumnos en establecimientos subvencionados por el Estado hasta 6° básico,  y el rendimiento no podrá ser obstáculo para la renovación de su matrícula.

- Se resguarda el derecho a la educación de las alumnas, de modo que el embarazo y la maternidad no constituyan impedimento para el ejercicio de su derecho a la educación.

- Prohíbe a los establecimientos que reciben aporte estatal impedir la continuidad de estudios, con motivo del cambio del estado civil de los padres y apoderados de los alumnos.

- Se prohíbe expulsar alumnos a causa del rendimiento escolar o repitencia, así como su expulsión durante el año académico por el no pago de colegiaturas u otros compromisos.

- Reconoce el derecho a una educación de calidad, regulando el deber del Estado de velar por ésta, debiendo establecer las condiciones para ello y verificando permanentemente su cumplimiento. Para garantizarla, se crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad, integrado por: la Superintendencia de Educación; la Agencia de Calidad y el Consejo Nacional de Educación.

- Reemplaza la actual estructura curricular por: educación básica de 1° a 6° año y educación media, también de 6 años, cuatro de los cuales serán de formación general y los dos últimos de formación diferenciada.

- Crea el Banco de Planes y Programas a cargo del Ministerio de Educación, que permitirá que todos los sostenedores puedan acceder a programas que han demostrado un alto rendimiento.

- Aumenta los requisitos para los sostenedores, quienes deberán tener como giro único la educación y acreditar una solvencia financiera determinada para incorporarse al sistema. La calidad de sostenedor será intransferible, y se exige a sus representantes legales y a los encargados administrativos de los establecimientos educacionales, tener título de una carrera de educación superior de al menos 8 semestres. Asimismo, se exige a los sostenedores que reciban recursos públicos rendir cuenta anual sobre el uso de los mismos.

 

Intervinieron los senadores Juan Pablo Letelier, Pablo Longueira, Nelson Avila, Andrés Chadwick,  Carlos Ominami, Jorge Pizarro, Antonio Horvath y la Ministra de Educación, Mónica Jiménez.

 

En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.

 

 

RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

 

 Quedó pendiente la discusión general, del proyecto de reforma constitucional, en primer trámite, sobre reconocimiento de los pueblos indígenas. (Boletines Nºs 5.324-07 y 5.522-07, refundidos)

 

El proyecto de ley iniciado, tanto en una moción de los Senadores Andrés Allamand, Carlos Cantero, Alberto Espina, José García y Sergio Romero, como en un Mensaje del Ejecutivo, tiene como objetivo principal otorgar un reconocimiento constitucional a la existencia de pueblos indígenas en Chile, como demostración del respeto e interés de la nación chilena por sus tradiciones y su cultura, eliminando, como factor de discriminación, las consideraciones raciales o étnicas.

 

Contenido de la reforma constitucional

 

- Reconoce el carácter multicultural de la nación chilena.

- Reconoce a las comunidades y organizaciones indígenas, y a sus  integrantes, el derecho a conservar, fortalecer y desarrollar su identidad, cultura, idiomas, instituciones y tradiciones y a participar en la vida económica, social, política y cultural del país, dentro de los marcos del orden jurídico nacional.

- Establece que los pueblos indígenas podrán organizar su vida de acuerdo a sus costumbres, siempre que ello no contravenga la Constitución y las leyes.

Puntualiza que hombres y mujeres son iguales ante la ley, cualquiera sea su origen étnico o racial.

- Dispone que la ley deberá proteger la propiedad sobre las tierras de las personas y comunidades indígenas y sus derechos de aprovechamiento de aguas conforme lo establecido en la Constitución y las leyes.

 

Intervinieron los senadores Hosaín Sabag, Nelson Ávila, Hernán Larraín, Roberto Muñoz, Alejandro Navarro, José García, Camilo Escalona, Juan Pablo Letelier, Pedro Muñoz, Alberto Espina y el Ministro Secretario General de Gobierno, José Antonio Viera-Gallo.

 

En consecuencia, procede continuar con la discusión general de esta iniciativa en la próxima sesión.

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