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Valparaíso | 14/01/2009 | Departamento de Prensa
Aumentan penas para funcionarios públicos nacionales y extranjeros que cometan fraudes o cohecho
Por unanimidad el Senado aprobó una iniciativa que modifica el Código Penal y al Código Orgánico de Tribunales y adecuarlas a las normas internacionales de la OCDE.

 

  • Por unanimidad el Senado aprobó una iniciativa que modifica el Código Penal y al Código Orgánico de Tribunales y adecuarlas a las normas internacionales de la OCDE.

 

En condiciones de cumplir su tercer trámite en la Cámara de Diputados quedó el proyecto que modifica el Código Penal y el Código Orgánico de Tribunales para elevar las sanciones a los delitos de fraude al fisco, negociación incompatible, uso de información secreta o reservada y cohecho.

 

Esto, luego que la Sala del Senado aprobara por unanimidad la iniciativa que adecua la normativa chilena a las disposiciones internacionales que establece la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, OCDE.

 

Asimismo, el proyecto completa la definición del tipo penal de quien ofrece el cohecho; e incorporar en el caso del cohecho a funcionarios públicos extranjeros, el elemento típico de obtención de un beneficio de naturaleza no económico.

 

Durante la discusión de esta iniciativa, intervinieron los senadores Soledad Alvear y Alberto Espina -ambos integrantes de la Comisión de Constitución- quienes destacaron los alcances del proyecto en materia de transparencia, probidad y lucha contra la corrupción.

 

La senadora Alvear explicó que esta iniciativa modifica una serie de normas vigentes con el objeto de poder ingresar a la OCDE, al mismo tiempo que señaló que "es importante hacer estos ajustes a la legislación para que también puedan ser considerados funcionarios internacionales".

 

Agregó que la iniciativa "junto con constituir un avance importante en la agenda de probidad que el gobierno y este Parlamento se han propuesto, también cumple con los objetivos importantes en materia de política exterior de Chile, de cumplir unos de los requerimientos que exige la OCDE".

 

LEGISLACIÓN NECESARIA

 

A su turno, el senador Espina señaló que la iniciativa abre un camino respecto de los delitos vinculados a la corrupción en que participan funcionarios extranjeros.

 

En tal sentido dijo que "aquí hay un gran cambio, porque hasta ahora toda la conducta de corrupción vinculada al ofrecimiento de las ventajas indebidas o la petición de ventajas indebidas, parten de la base que la ventaja tiene que ser de carácter económico".

 

Agregó que "este es un buen proyecto que no sólo permite que Chile se incorpore a la OCDE sino que además moderniza nuestra legislación anti corrupción. No obstante, esto va a quedar muy entregado a la capacidad, el conocimiento y a la objetividad de los jueces y fiscales para que cumpla su objetivo de luchar contra la corrupción".

 

Cabe precisar que entre las disposiciones que contempla la iniciativa se señala que el empleado público que defraude al Estado, a las municipalidades o a los establecimientos públicos de instrucción o beneficencia será sancionado con penas que fluctuarán entre 3 años y 1 día a 10 años de cárcel si es que el fraude supera las 40 UTM, es decir $1.480.000.

 

Si el fraude excede las 4 UTM $148.000, será sancionado con penas de 3 años y 1 día a 5 años de cárcel, y si no excede las 4 UTM la sanción fluctuará entre los 541 días a 3 años. En el caso de que el fraude exceda las 400 UTM, la pena podría fluctuar entre los 5 años y 1 día a 10 años.

 

En tanto, el funcionario público que se interese en cualquier clase de contrato u operación en que debe intervenir por razón de su cargo, será castigado con penas entre 541 días a 5 años de cárcel, inhabilitación para cargos públicos y multa del 10 al 50% del valor del interés que hubiera tomado en el negocio.

 

Por otra parte, el funcionario público que haciendo uso de un secreto o información concreta reservada obtenga un beneficio económico o de otra naturaleza, será castigado con las sanciones citadas anteriormente.

 

Los funcionarios públicos que soliciten o reciban dinero por ejecutar un acto propio de su cargo en razón del cual no le están señalados derechos, serán sancionados con penas que fluctúan entre 61 días a 540 días de cárcel, suspensión del cargo y multa de la mitad del beneficio solicitado o aceptado. Si el beneficio que recibe no es económica, la multa será de 100 a 500 UTM.

 

En tanto el que acepte dinero para omitir un acto que debe realizar podrá ser sancionado con penas de cárcel entre 61 días a 5 años, inhabilitación especial y multa.

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