Volver Ud. está en:  Inicio  /  Noticias   /  Hacienda
Enviar Imprimir
Valparaíso | 13/01/2009 | Departamento de Prensa
Precisarán las sanciones y multas en proyecto que evitará la distorsión en los precios del Gas Natural Licuado
El senador Guillermo Vásquez presentó cuatro indicaciones para aclarar estos temas en caso de eventual fraude o de incumplimiento de los distribuidores de gas con los consumidores.
imagen auxiliar imagen auxiliar imagen auxiliar

La Comisión de Hacienda que preside el senador Eduardo Frei Ruiz -Tagle será la encargada de analizar las modificaciones al proyecto que incorpora un instrumento de equilibrio de precios relativos entre el Gas Natural Licuado (GNL) y los combustibles sustitutos del mismo, incorporados al Fondo de Estabilización de Precios de Combustibles Derivados del Petróleo (FEPCO).

 

Ello, luego de que el senador Guillermo Vásquez presentara cuatro indicaciones a la iniciativa que cumple su segundo trámite y que tienen que ver con una precisión en materia de sanciones y multas a las empresas distribuidoras en caso de fraude o incumplimiento de los distribuidores de gas con los consumidores.

 

"El proyecto tal como venía eliminaba el monto de la multa, de modo que quedaba una de carácter indeterminado y una infracción sin sanción y, por lo tanto, eso podría significar que el juez podría estimar que no hay sanción específica tal como lo exige la Constitución", explicó el parlamentario.   

 

Indicó que "en ese sentido la Carta Fundamental exige que exista una descripción de la conducta que se sanciona y cuál es la pena específica. Por ello, lo que hago es colocar el monto de la multa para eventuales infracciones".

 

En ese sentido, las modificaciones que introdujo establecen "una multa entre 10 y 75 unidades tributarias mensuales, es decir, entre $370.000 y $2.775.000 por cada envase de producto en estado de adulteración o de menor volumen, cabida o cantidad, la cual se duplicará en caso de reincidencia".

 

Además señaló que "dichas multas se aplicarán sin perjuicio de la aplicación de la pena principal de presidio menor en cualquiera de sus grados, es decir, entre 61 días y 5 años".

 

Del mismo modo, "las sanciones tipificadas no obstan a la persecución en contra del infractor por la responsabilidad que le corresponda, en razón del derecho de garantía legal y de la indemnización de perjuicios a que tuviera derecho el afectado, de acuerdo a la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores".

 

Cabe recordar este proyecto responde a un compromiso suscrito entre el Ejecutivo y la Comisión de Hacienda en el  marco de la aprobación de la Ley que, en junio de 2008, inyectó recursos al Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo y autorizó una capitalización de ENAP.

 

La iniciativa apunta a evitar el impacto de las decisiones de los agentes del mercado respecto a celebrar contratos de GNL o gas natural a partir de GNL y de este modo, afectar el consumo de dicho combustible y el éxito de los proyectos que permitirán al país contar con gas natural licuado.

 

Durante el debate en general en la Sala del Senado en diciembre pasado, varios legisladores dejaron constancia de las dudas de constitucionalidad que les merecía el proyecto ya que la Cámara de Diputados eliminó gran parte de las multas que se establecían y se otorgaron nuevas funciones a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles sin que se consideraran nuevos recursos humanos para que pueda realizar una adecuada fiscalización.

 

CONTENIDO DEL PROYECTO

 

En lo fundamental, el proyecto crea un mecanismo que operará a través del FEPCO y que tiene por objeto mantener el equilibrio de precios relativos entre el gas natural licuado y el gas licuado de petróleo y el petróleo diesel.

 

Dispone que todas las personas que produzcan, importen, refinen, distribuyan, transporten, almacenen, abastezcan o comercialicen petróleo, combustibles derivados del petróleo, biocombustibles líquidos, gases licuados combustibles y todo fluido gaseoso combustible, como gas natural, gas de red y biogás, deberán estar inscritas en el Registro que estará a cargo de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

 

Por otro lado, perfecciona la facultad de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) para fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre combustibles.

Noticias Regionales Senado
Twitter Senado