La posibilidad de utilizar las licencias de conducir y los pasaportes como un medio fidedigno de identificación, plantea una moción presentada por el senador Pedro Muñoz, que busca uniformar los criterios en relación a la acreditación de la identidad de las personas.
La iniciativa, que fue derivada a la Comisión de Gobierno del Senado, modifica la ley que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado, ara permitir que los citados documentos puedan ser presentados en lugar del carnet de identidad.
En lo fundamental, plantea que "cuando se requiera acreditar en forma fehaciente la identidad del solicitante, éste podrá hacerlo por medio de cualquier documento de identificación expedido por la autoridad pública, como cédula de identidad, licencia de conducir o pasaporte que se encuentre vigente y en buen estado."
Ello, será aplicable a cualquier gestión, trámite o procedimiento, salvo que la ley establezca que ello se realice a través de un documento específico.
Según el senador Muñoz "la tecnología y la extensión de las prestaciones del Servicio de Registro Civil e Identificación ha permitido la masificación de la cédula nacional de identidad, documento que hoy posee gran parte de la población del país, al tiempo que los procedimientos técnicos de emisión se han hecho cada vez más sofisticados y difíciles de vulnerar. Esto ha hecho que se convierta en un medio casi insustituible para identificarse en cualquier lugar".
UNIFICAR CRITERIOS
Sin embargo, explica el senador Muñoz, la cédula de identidad no es el único medio, pues el Código Procesal Penal permite a las personas que son sometidas a control de identidad a hacerlo por medio de documentos de identificación expedidos por la autoridad pública, como cédula de identidad, licencia de conducir o pasaporte.
"Dicha práctica se ha admitido, en muchos lugares, en los que se permite la identificación a través del uso indistinto de cualquiera de estos instrumentos, pero la existencia de criterios diversos, por parte de los funcionarios de los órganos de la administración pública y de entidades privadas, en torno al uso de estos instrumentos motiva problemas, disputas, discriminación y arbitrariedades, siendo del todo aconsejable establecer una fórmula genérica", advirtió el legislador.
Agregó que la experiencia de la aplicación del Código Procesal Penal, permite sostener que su disposición establece el que debiera ser el criterio general, con la excepción de aquéllas ocasiones en que, por la especial naturaleza del acto o trámite, el propio legislador ha dispuesto una manera específica de identificarse, como es el caso de las elecciones populares en que se requiere por ley la presentación de la cédula nacional de identidad.
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