Con el propósito de evitar que el estrés laboral incida desfavorablemente en las relaciones laborales al interior de una empresa, los senadores Pedro Muñoz y Juan Pablo Letelier presentaron una moción que obliga a las mutuales de seguridad a informar a sus empresas afiliadas sobre las características, riesgos y consecuencias del estrés, así como promover medidas tendientes a evitarlo.
La iniciativa, que fue derivada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su estudio, modifica la Ley 16.744 sobre accidentes laborales y enfermedades de trabajo y el Código del Trabajo, a objeto de procurar la prevención del estrés laboral y sus consecuencias en materia de productividad y accidentabilidad.
En lo fundamental se establece en el Código del Trabajo, la obligación de las administradoras del seguro de informar a sus empresas afiliadas sobre las características, riesgos y consecuencias del estrés laboral; y se incorpora la detección de este tipo de situaciones como una función específica de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.
Según explican los autores de la iniciativa, el estrés laboral es un estado que se acompaña de quejas o disfunciones físicas, psicológicas o sociales y que es resultado de la incapacidad de los individuos de estar a la altura de las exigencias o las expectativas puestas en ellos.
"Ello, tiene gran incidencia en el mundo del trabajo, con consecuencias graves tanto para los propios empleados como para las empresas, en materia de productividad y accidentabilidad. Pese a ello, se trata de una materia poco abordada tanto al interior de las industrias y centros de trabajo como en la propia legislación, no existiendo en nuestro país regulación que la aborde en términos genéricos, más allá de la consideración puntual y específica de algunas de sus causas", sostienen.
LEGISLACIÓN COMPARADA
Los senadores Muñoz y Letelier recordaron que en otras naciones, especialmente de Europa, se ha presentado una creciente inquietud sobre la materia, lo que se ve reflejado en el Acuerdo Marco Europeo sobre Estrés Laboral de 2004 que persigue determinar los principales detonantes de este mal e insta a los países a adoptar medidas para su oportuna detección, prevención y cuidado.
Dicho acuerdo establece como los principales factores que contribuyen al estrés laboral, la organización del trabajo y los procesos laborales; el entorno y las condiciones de trabajo; la comunicación; y otros factores subjetivos
Respecto de la organización del trabajo y los procesos laborales, muchas empresas, en todo el mundo, han empezado a abandonar la lógica vertical e incorporado modalidades más horizontales que, manteniendo la necesaria jerarquía y dirección, otorgan mayor independencia, autonomía y capacidad de opinión a los empleados.
"Entre nosotros, ello ocurre sólo excepcionalmente y las rígidas relaciones de autoridad son motivo frecuente de estrés entre los trabajadores", advierten ambos parlamentarios.
Agregan que las condiciones de trabajo son uno de los elementos más recurrentes de estrés, así como factores como la inestabilidad en el empleo y las remuneraciones.
"La extensión del comercio y de la venta de intangibles como seguros, bancos y créditos, afp e isapres, ha hecho proliferar los empleos en que el salario está constituido esencialmente por comisiones, y ello es motivo de mucha tensión", señalan los senadores Muñoz y Letelier.
Según ambos parlamentarios es "indispensable implementar una acción decidida y coordinada del Estado, de los empleadores y de los trabajadores, para relevar la discusión sobre esta materia e identificarla como un factor fundamental que incide en la productividad y en otros problemas".
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