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Valparaíso | 17/12/2008 | Departamento de Prensa
Bibliotecas públicas y de establecimientos educacionales podrán reproducir obras literarias
Así lo informó el senador Guillermo Vásquez, presidente de las Comisiones Unidas de Economía y Educación que están analizando el proyecto que modifica la ley de propiedad intelectual.

Como un avance sustancial en la definición de las distintas excepciones y limitaciones que permitirían el uso gratuito y afectarían a los respectivos derechos de autor y los conexos, calificó el senador Guillermo Vásquez, presidente de las Comisiones Unidas de Economía y Educación, la aprobación de dos disposiciones en esa línea.

 

Cabe recordar que dichas instancias, están analizando en particular el proyecto, en segundo trámite, que modifica la ley de propiedad intelectual.

 

Según explicó el senador Vásquez "se acordaron algunas excepciones respecto de la reprografía, esto es, a los derechos de reproducción de material de libros o fragmentos de libros o de publicaciones, con las limitaciones que dicen relación con beneficios hacia los estudiantes y hacia las bibliotecas que no  tengan fines lucrativos".

 

Agregó que la Sociedad Chilena del Derecho de Autor, había pedido que las bibliotecas que pudieran hacer este tipo de reproducciones, fueran solamente las que están abiertas al público, pero las Comisiones se inclinaron por otro criterio, ya que ese limitaba las bibliotecas de instituciones educacionales, sean públicas o privadas, colegios y universidades.

 

El senador Vásquez explicó que durante la última sesión, la Ministra de Cultura, Paulina Urrutia, informó cuáles eran los alcances de los acuerdos que había alcanzado el Ejecutivo con la Sociedad Chilena del Derecho de Autor (SCD), materia que había sido ampliamente publicitada, incluso con carácter de denuncia, por distintos interesados.

 

FLEXIBILIDAD

 

En tal sentido, el legislador señaló que la Ministra informó que el acuerdo tenía como objeto "descomprimir" algunas situaciones que estaban afectando a la SCD, incorporando cierto grado de flexibilidad.

 

"Se acepta que se aplique tanto el concepto de autor como el de titular de derecho de autor, pues al aplicarse solamente titular de derecho de autor, la SCD decía que no era suficiente", señaló el senador Vásquez.

 

Agregó que "también se acordaron limitaciones y excepciones respecto de fines comerciales, fines lucrativos y fines de lucro y la Comisión decidió mantener una serie de excepciones sin fines lucrativos. Con respecto a los transportadores de información electrónica, los ISP, quedaron de acuerdo respecto a la liberación de la responsabilidad por la mera transmisión si ellos no intervienen en el contenido".

 

El senador manifestó que "si bien es cierto, que se aprobaron dos normas de excepciones, los criterios que se han aplicado nos permiten augurar que en la aproximas sesiones el avance va a ser muchísimo más rápido".

 

No obstante precisó que las Comisiones están trabajando sobre la base de información que tienen del acuerdo y tomando en cuenta algunos criterios, más allá de lo que había planteado la SCD.

 

A modo de ejemplo, dijo que las Comisiones acordaron reducir de 5 a 3 años el plazo de reproducción de ciertas obras, en circunstancias que la SCD había propuesto cinco años.

 

"Pensamos que si bien el Ejecutivo pudo haber llegado a algunos acuerdos, nosotros mantuvimos los criterios que ya venían siendo desarrollados por las Comisiones", explicó.

 

Cabe recordar que esta iniciativa busca establecer nuevas limitaciones y excepciones al derecho de autor y a los derechos conexos; como por ejemplo, que las bibliotecas puedan fotocopiar obras sin autorización del autor y sin pago de derechos, en ciertos casos.

 

Asimismo, tipifica nuevas conductas delictivas y aumenta las penas privativas de libertad y pecuniarias asignadas a los delitos perpetrados en contra de los derechos de autor y de los derechos conexos, considerando especialmente para su determinación la cuantía del perjuicio ocasionado.

 

También incorpora el concepto de prestador de servicio de internet, para efectos de limitar en forma expresa su responsabilidad en las infracciones a los derechos de autor y conexos que se cometan a través de sus redes por sus usuarios.

 

La iniciativa también apunta a eliminar la prorroga del plazo de protección de los derechos de autor, en el caso de existir hijas solteras, viudas o cuyo cónyuge se encuentre imposibilitado total y definitivamente para todo trabajo.