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La propuesta de anticipar en 30 días las elecciones presidenciales y, por consiguiente las parlamentarias, generó controversia en el Senado. Mientras el integrante de la Comisión de Constitución, senador Pedro Muñoz es contrario al proyecto que cumple su primer trámite en la Cámara Baja, el integrante de la Comisión de Gobierno, senador Jaime Orpis, respaldó la iniciativa.
Según explicó el senador Orpis "creo que es mejor adelantar las elecciones, porque hay mucha gente que está en vacaciones y la idea es darle las facilidades para que pueda participar en el acto electoral. Veo bien enfocado el tema, pero si hay otras aristas hay que resolverlas junto con el proyecto".
El parlamentario hacía alusión a las inhabilidades que se establecen para los ministros, subsecretarios, intendentes y gobernadores, que deben renunciar a sus cargos un año antes de la elección si es que se quieren postular como candidatos.
"Si se resuelve bien el tema de las inhabilidades no habría problemas", señaló el senador Orpis tras manifestar que el proyecto podría regir para las próximas elecciones, pues "hay tiempo más que suficiente y tendría que verlo el Senado en el mes de enero".
VOTO EN CONTRA
Una opinión distinta tiene el senador Muñoz, quien señaló que si dicha iniciativa no viene acompañada de una disposición que permita a los ministros, subsecretarios, intendentes y gobernadores postularse sin que opere la inhabilidad que se le exige a los postulantes al Congreso y a La Moneda, no tendrá viabilidad.
"La única viabilidad que le veo al proyecto es que no signifique que con este adelantamiento operen las inhabilidades que exigen estar un año antes de las elecciones sin ejercer un cargo que los inhabilite para ser candidato a diputado o senador, como es el caso de los ministros, intendentes y gobernadores entre otros", manifestó.
Si bien el proyecto en cuestión plantea anticipar las elecciones presidenciales en un mes, es decir, realizarlas en noviembre y no diciembre para que en el caso de una segunda vuelta ésta no se realice en enero, hay que recordar que los comicios presidenciales se deben efectuar simultáneamente con los parlamentarios, lo que haría operar la inhabilidad de un año.
"Sin conocer mayormente el texto del proyecto, me da la impresión que si lo adelantamos y no trae la excepción que estoy señalando, varios de los que han renunciado para ser candidatos a parlamentarios como ministros subsecretarios, intendentes y gobernadores quedarían inhabilitados ya que esta elección se efectuaría en el mes de noviembre y muchos renunciaron el día 10 u 11 de diciembre", explicó el senador Muñoz.
En su opinión, no se pueden cambiar "las reglas del juego" a último minuto, pues "aquí puede haber otra intención perversa, como por ejemplo, que algunos que van a la reelección, diputados y senadores, no quieran tener competencia de quienes han ejercido un cargo en sus circunscripciones o en sus distritos".
Asimismo, señaló que realizar una eventual segunda vuelta presidencial en el mes de enero no genera mayores problemas, pues ya se ha visto en otras oportunidades, como en 1999 y el 2005, se ha desarrollado sin problemas.
Consultado respecto de la posibilidad de que la realización de comicios en enero, pueda generar menor participación, el senador Muñoz dijo que "la gente que no quiere votar no va a votar en una segunda vuelta si los candidatos son tan fomes que no están ofreciendo nada nuevo para el país. La gente no va a dejar sus vacaciones".
En su opinión, los senadores de la Concertación deberían votar en contra de la iniciativa, pues no contempla disposiciones para los casos de las inhabilidades.
Cabe precisar que el período presidencial termina el 11 de marzo y el artículo 26 de la Constitución Política dispone que la elección presidencial se realizará "noventa días antes de aquel en que deba cesar en el cargo (el Presidente) que esté en funciones". Lo mismo rige para la elección parlamentaria.
De acuerdo a lo anterior, si la elección del nuevo Mandatario y de los parlamentarios debe realizarse noventa días antes, significa que dicho acto eleccionario debe efectuarse en el mes de diciembre y, en caso de no obtenerse mayoría absoluta en la elección presidencial, ésta debe repetirse, circunscrita a las dos primeras mayorías relativas, treinta días después de efectuada la primera.
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