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BENEFICIOS PARA PADRES, MADRES Y CUIDADORES DE NIÑOS O NIÑAS POR PANDEMIA DE COVID-19


El señor ELIZALDE.- Voy a fundamentar el voto, señor Secretario.
En primer lugar, quiero señalar que concurrí al acuerdo unánime y, por tanto, voté a favor del proyecto en general. Me parece un avance, y considero que hay que hacer un reconocimiento tanto a la iniciativa que en su momento impulsaron los Diputados y las Diputadas con mucho entusiasmo, quienes pusieron un tema en el debate público que fue muy muy importante, como a la labor realizada por la Comisión de Trabajo del Senado, por las Senadoras Muñoz y Goic y, particularmente, por el Senador Letelier, quien a mi juicio jugó un rol muy relevante para que finalmente se concurriera a un entendimiento con el Ejecutivo que permitiera resolver este tema.
Lamento el retraso y el que hayamos estado durante todo este tiempo debatiendo acerca de la admisibilidad del proyecto, porque esa es una discusión adjetiva. Creo que el Gobierno, desgraciadamente, evade constantemente el tema de fondo, porque cuando uno le pregunta a un Ministro en primer lugar tiene que decir "Estoy a favor o en contra". Y si está en contra, puede señalar: "¿Sabe qué? Además, si no lleva la firma del Presidente, esto es inadmisible".
Pero qué se indica: es inadmisible, como si la admisibilidad o inadmisibilidad de un proyecto dependiera de un tercero. ¡No! Depende de la voluntad del Presidente de la República.
Yo sí creía que el proyecto de la Cámara de Diputados era admisible, por otro tipo de razones que no voy a entrar a debatir acá.
Pero al final me parece que esta discusión nos sustrae del tema de fondo: el drama que están viviendo las chilenas y los chilenos y cómo generamos un marco de protección adecuado.
Pienso que si el Gobierno mantiene esa actitud, va a profundizar el descontento. Y por eso espero que rectifique, porque este acuerdo se podría haber suscrito hace meses.
El Ejecutivo sistemáticamente dijo que no. Finalmente se dio cuenta de la magnitud de la crisis que estamos viviendo y estuvo dispuesto a acceder a esta propuesta, pero siempre de a poco, con la lógica del gota a gota, del cuentagotas, y no con una voluntad decidida para ayudar adecuadamente.
Creo que eso tiene que cambiar.
Considero lamentable, y diría que hasta frívolo, que el Presidente haya hecho de esto un punto -también anunció la creación de una comisión, pero hasta el día de hoy no pasa nada-, en circunstancias de que la Constitución contempla mecanismos para que él pueda recurrir al Tribunal Constitucional si no comparte una declaración de admisibilidad o inadmisibilidad de algunas de las Cámaras del Congreso Nacional.
Y lo que es peor aún: vinculó esto al proyecto de servicios básicos, que no es inadmisible.
Se ha cuestionado la constitucionalidad -yo no comparto ese cuestionamiento-, pero jamás su admisibilidad, porque no es materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.
Llevamos semanas discutiendo este asunto, y la gente mientras tanto está pasando hambre.
Ello me parece irresponsable.
Con respecto a esta norma en particular, votaré en contra por un principio básico: estimo que puede permitir el abuso de los empleadores.
No comparto lo que dijo el Subsecretario, porque parte del supuesto de que esta es una relación civil. Y no: se trata de una relación laboral, donde las partes no son simétricas, y, por tanto, siempre debe existir una protección al trabajador.
Cuando la norma establece que el empleador podrá en cualquier momento ofrecer al trabajador la suscripción...
La señora MUÑOZ (Presidenta).- Dele un minuto, señor Secretario.
El señor GUZMÁN (Secretario General).- Le vamos a activar el micrófono.
Ahí está habilitado.
El señor ELIZALDE.- Gracias.
Decía, señora Presidenta, que cuando el empleador, de acuerdo a esta norma, puede en cualquier momento ofrecer al trabajador la suscripción de un anexo al contrato de trabajo a efecto de otorgarle otras condiciones que le permitan privilegiar el cuidado del niño o la niña, será aquel quien en definitiva va a decidir cuáles son esas condiciones.
Por lo tanto, el trabajador o la trabajadora queda desprotegido.
En consecuencia, creo que esta disposición no cumple con el principio básico de las leyes laborales, que es generar la protección de los derechos de los trabajadores, entendiendo que la relación entre empleador y trabajadores no es simétrica.
Sin ese resguardo, entonces, voto en contra de este inciso, porque a mi juicio no da cumplimiento al requisito básico de la normativa de carácter laboral.