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MODIFICACIÓN DE LEY QUE FACULTA ACCESO A PRESTACIONES DE SEGURO DE DESEMPLEO


La señora RINCÓN.- Señor Presidente, tuvimos esta discusión hace unos días.
Yo me abstuve de aprobar el proyecto, entre otras razones, por el tema de las cotizaciones.
Hay algunas cosas que me gustaría que la Ministra pudiera precisar para la historia de la ley. Y me refiero a qué pasa -y lo hemos conversado con el Senador Letelier, con la Senadora Goic, con la Senadora Muñoz- con aquellas empresas que han hecho un esfuerzo por mantener el sueldo de sus trabajadores, pese a que no existe la posibilidad de que se desempeñen, porque los lugares donde laboran están cerrados.
Yo les pido silencio a mis colegas, de verdad.
El señor QUINTEROS (Vicepresidente).- Por favor, señores Senadores.
Escuchemos.
La señora RINCÓN.- Muchas gracias.
¿Qué pasa con esos empleadores que han hecho esfuerzos y les han pagado la remuneración a sus trabajadores? Van a tener que hacer un convenio, van a tener que suspender relaciones laborales porque no pueden mantener el flujo de dinero. Y eso significa que esos trabajadores, acogiéndose a la ley, van a recibir el 70 por ciento de sus remuneraciones el primer mes. Y ese empleador quiere aportarle la diferencia haciendo un esfuerzo.
La ley no es explícita en este punto. Lo conversábamos con el Presidente de la Comisión. Y la Ministra me dijo: "La verdad es que eso puede arreglarse por dictamen".
Me gustaría que quedara consignado en la historia de la ley que aquello será posible. Porque si no es así, tal como está redactado, el empleador incurriría en una ilegalidad. Y considero que debieran permitirse todos los espacios de solidaridad.
Un segundo tema, al que aludía el Senador Insulza. No es cierto que la ley en proyecto beneficie a la trabajadora de casa particular. Porque la ley que se legisló hace algún tiempo lo que hace es que por una renuncia o por despido la trabajadora tiene derecho a una suerte de indemnización, que es el seguro, que se cubre con el aporte del empleador, del 4,11 por ciento.
Por lo tanto, lo único que estamos haciendo es meterlas expresamente en la ley, pero no las estamos beneficiando con el monto que aporta el Estado, con los 2 mil millones que destinará al Fondo Solidario.
Y, finalmente, hay un vacío.
¿Qué pasa con todos aquellos trabajadores dependientes, que tienen una relación formal, que empezaron a trabajar y tenían un contrato de trabajo previo a este Seguro y que no cotizaron, porque no era obligatorio que se les incluyera? En ese momento se les dijo: "¿Sabe qué?, no le conviene; prefiero darle un aumento en su remuneración, pero no hagamos que cotice". Son trabajadores formales, tienen un contrato de trabajo, pero no están cubiertos por este Seguro.
¿Qué pasa con ellos? Y son muchos.
Son preguntas que necesitan respuesta. Y me gustaría escucharlas de la señora Ministra.
Gracias, señor Presidente.