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ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL CONTRA EX MINISTRO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA SEÑOR ANDRÉS CHADWICK PIÑERA


El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, es imposible iniciar esta intervención sin referirme al accidente sufrido por el avión de la FACh y transmitir, por cierto, nuestro pesar a todos los familiares de las víctimas de este hecho tan dramático, como, asimismo, saludar a quienes están llevando a cabo las labores de rescate, tan importantes en este infausto momento.
El Presidente Sebastián Piñera ganó la elección presidencial sobre la base de tres compromisos: crecimiento, empleo y seguridad pública. En todas estas áreas, lamentablemente, ha fracasado. En la última (seguridad pública) su colaborador directo más cercano, el responsable de la conducción política sectorial, fue hasta hace pocas semanas precisamente el ex Ministro Andrés Chadwick.
En una república democrática ninguna autoridad puede ser irresponsable. Toda magistratura responde por sus acciones u omisiones de conformidad con la Constitución y las leyes. En nuestro caso, los ministros de Estado están sujetos a diversos estatutos de responsabilidad: civil, penal y constitucional. Esta última, considerando sus particularidades, es la que debe zanjarse por este Senado.
Lo que se debe resolver es si, considerando los capítulos acusatorios y sus respectivos fundamentos, corresponde sancionar al ex Ministro por sus acciones y omisiones durante la crisis política y social que hemos vivido, en especial por las graves y masivas violaciones a los derechos humanos que han ocurrido. Es decir, ¿es aceptable que un ministro incurra en las infracciones conocidas en este debate con total irresponsabilidad, desde el punto de vista político-constitucional?
La respuesta no puede ser otra que la negativa. Tanto por los principios que fundan un régimen republicano y democrático como por el respeto al Estado de derecho, no es posible aceptarlo.
El estallido social de las últimas semanas, si bien responde a causas profundas y estructurales, fue activado o detonado por la incapacidad del Gobierno para acoger y canalizar oportunamente las demandas ciudadanas.
El Gobierno respondió, ante el malestar generalizado, con la falsa creencia de que Chile enfrentaba solo un problema de orden público. Además, no se adoptaron a tiempo las medidas de control del actuar de la fuerza pública que garantizaran el respeto irrestricto a los derechos humanos, con las consecuencias lamentables que han generado vergüenza e indignación, tanto en Chile como a nivel internacional.
Las cifras dadas a conocer por los organismos de derechos humanos son elocuentes. Y detrás de esas cifras hay personas, hay víctimas.
La acusación constitucional contra el ex Ministro del Interior y Seguridad Pública, que fuera declarada "ha lugar" por la Honorable Cámara de Diputados, cuenta con dos capítulos acusatorios que, conjuntamente, permiten afirmar que el ex Ministro comprometió gravemente el honor y la seguridad de la nación, infringiendo la Constitución y las leyes que regían su actuar, a la vez que varias de estas últimas fueron dejadas sin su adecuada ejecución, configurándose así la causal que la Carta Fundamental establece.
En efecto, su gestión, antes de la crisis y durante ella, se caracterizó por un actuar incremental y desproporcionadamente represivo en contra de expresiones ciudadanas legítimas, a través de las Fuerzas de Orden y Seguridad que se encontraban bajo su supervigilancia y dirección directa. Este actuar derivó en graves violaciones a los derechos humanos, las cuales, una vez que comenzaron a hacerse públicas, fueron primero abiertamente desatendidas o soslayadas, y luego minimizadas, sin asumir nunca sus obligaciones legales. Así, resulta evidente su falta de control sobre carabineros, sea porque los dejó hacer, sea porque, teniendo la facultad y deber legal de controlarlos, no lo hizo.
El primer capítulo acusatorio le imputa al ex Ministro haber infringido gravemente la Constitución y las leyes y haber dejado estas sin ejecución, al omitir la adopción de medidas para detener las violaciones sistemáticas a los derechos humanos durante la vigencia de las declaratorias de estado de emergencia en territorio nacional.
Dicho capítulo, por cierto, está fundado, es procedente y debe ser acogido por este Senado. Por ello, votaré por su aprobación.
El segundo capítulo le atribuye haber infringido también gravemente la Constitución al participar de la declaración del estado de emergencia y afectar derechos no contemplados en dicho estado de excepcionalidad constitucional, todo lo cual comprometió gravemente la seguridad y el honor de la nación.
Este capítulo está fundado, es procedente y también debe ser acogido.
Hace pocas semanas se firmó un acuerdo histórico por un amplio marco de fuerzas políticas tendiente a impulsar un proceso constituyente participativo y democrático, el cual hará posible que, después de décadas, Chile tenga una Constitución nacida en democracia.
Pero este acuerdo político no es suficiente. Se requiere impulsar una agenda social ambiciosa orientada a superar toda forma de abuso en nuestro país. La señal que nos exige la ciudadanía no puede ser ni tímida ni ambigua. Asimismo, resulta imprescindible avanzar, simultáneamente, en todas aquellas iniciativas que ponen fin a los privilegios de la política.
Las violaciones a los derechos humanos cometidas en estas semanas repugnan la conciencia democrática de nuestra patria. Nos retrotraen a un período triste de nuestra historia que creíamos parte del pasado. Estos hechos no pueden quedar en la impunidad. Es la Justicia la llamada a determinar las responsabilidades penales.
Por su parte, el Gobierno debe impulsar todas las acciones necesarias para evitar que estas violaciones se sigan produciendo. Las declaraciones de buena crianza no bastan. Se requiere la adopción de medidas concretas al respecto para encauzar la acción de las Fuerzas de Orden y Seguridad en el marco del Estado de derecho, aquello que, precisamente, no hizo el ex Ministro.
Hoy, este Senado debe pronunciarse sobre la acusación constitucional contra el ex titular del Interior y Seguridad Pública Andrés Chadwick.
Por todo lo anterior, votaré a favor de esta acusación, pues he llegado a la convicción de que ambos capítulos acusatorios cuentan con el suficiente fundamento como para dar por establecida su responsabilidad política-constitucional por las graves y masivas violaciones a los derechos humanos acaecidas luego del estallido social del 18 de octubre y mientras ejerció su cargo.
He dicho.