Click acá para ir directamente al contenido
DEPARTAMENTO DE INFORMACIONES DEL SENADO
Sesión 24ª, Ordinaria, en martes 11 de junio de 2019.
De 16:29 a 19:42 horas. Asistencia de 39 señores Senadores
Presidieron la Sesión los Senadores Jaime Quintana, Presidente y Alfonso De Urresti, Vicepresidente
Actuó de Secretario General, el señor Raúl Guzmán



JURAMENTO EN EL CARGO DEL EDECÁN DEL SENADO

El Presidente de la Corporación procedió a tomar juramento, como nuevo Edecán del Senado, al Capitán de Navío en Retiro, Christian Francisco Marambio Taylor, luego de lo cual éste quedó investido oficialmente en su cargo.




ESTABLECE UNA NUEVA REGULACIÓN LABORAL PARA LA CONTRATACION DE ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR

Se aprobó en particular, el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea un estatuto laboral para jóvenes que se encuentren estudiando en la educación superior. (Boletín N° 8.996-13). Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, tiene por objeto poner término a la informalidad y precariedad laboral de muchos estudiantes de la educación superior, que buscan en la realización de tareas en jornadas parciales, poder incrementar sus ingresos.
Contenido del proyecto de ley:
- Incorpora en la regulación de la jornada del Código del Trabajo, una parcial alternativa para quienes tengan la calidad de "estudiante trabajador", entendiendo por tal a toda persona que tenga entre 18 y 24 años de edad inclusive, que se encuentre cursando estudios regulares o en proceso de titulación en una institución de educación superior universitaria, profesional o técnica reconocida por el Estado o en entidades ejecutoras de programas de nivelación de estudios.
- Regula la acreditación de la calidad de alumno regular o de encontrarse en proceso de titulación, mediante certificado que deberá emitir la institución educacional respectiva, dentro del plazo de 3 días de solicitado, el que será gratuito para el alumno, formará parte del contrato de trabajo y deberá renovarse cada 6 meses.
- Obliga al estudiante trabajador a informar de inmediato al empleador sobre los cambios en su calidad de estudiante.
- Dispone que la jornada ordinaria diaria del trabajador estudiante será continua; pudiendo pactarse sólo una interrupción diaria la que deberá coincidir con el horario académico lectivo vigente del estudiante y se justificará anexando éste en el respectivo contrato de trabajo.
- La jornada diaria no podrá ser superior a las 12 horas, considerando los períodos trabajados, en jornada ordinaria y extraordinaria, más la interrupción señalada. Las horas efectivamente trabajadas, no podrán ser superiores a 10 horas diarias.
- Considera como accidentes del trabajo aquellos ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre el establecimiento educacional y el lugar de trabajo.
- Reconoce al estudiante trabajador el derecho a un permiso sin goce de remuneración con ocasión de rendir sus exámenes académicos.
- Regula las alternativas de regímenes laborales que las partes podrán pactar respecto de los períodos en los que el estudiante trabajador se encuentre en receso por vacaciones académicas.
- Excluye de la posibilidad de contratar bajo la modalidad de estudiante trabajador, a aquellas empresas que durante el año calendario anterior registren accidentes graves o fatales en los que el empleador hubiere sido condenado por culpa o negligencia.
- Dispone que los estudiantes trabajadores mantendrán su calidad de causantes de asignación familiar, no obstante las remuneraciones percibidas; no pudiendo considerarse estas últimas, como rentas para los efectos de determinar su condición socioeconómica o la de su grupo familiar para el acceso al Fondo Solidario, crédito fiscal universitario, crédito con garantía del Estado o financiamiento del acceso gratuito a las instituciones de educación superior, ni para cualquier otro sistema de crédito fiscal, subsidio, becas o beneficio estatal actual o futuro, que tenga por objeto financiar estudios en una institución de educación superior o gastos asociados a ellos.
Intervinieron los Senadores Carlos Bianchi, Adriana Muñoz, Rabindranath Quinteros, José Durana, Andrés Allamand, Iván Moreira, Carolina Goic, Juan Pablo Letelier, Luz Ebensperger, Francisco Huenchumilla, Juan Ignacio Latorre, Francisco Chahuán, Rodrigo Galilea, José Miguel Insulza, Ximena Rincón, Juan Antonio Coloma, Yasna Provoste, Alejandro Guillier, José García y el Ministro del Trabajo subrogante, Fernando Arab.
En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en tercer trámite constitucional.




DERECHO A LA ATENCIÓN PREFERENTE DE SALUD

Se rechazaron las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados, al proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica la ley N° 20.584, a fin de crear el derecho a la atención preferente. (Boletín N° 12.156-11) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Moción de los Senadores Guido Girardi, Carolina Goic, Jacqueline Van Rysselberghe, Francisco Chahuán y Rabindranath Quinteros, tiene por objeto asegurar un trato digno y preferente, en hospitales y consultorios, a las personas de mayor vulnerabilidad en sus requerimientos de atenciones de salud, lo que hoy queda entregado a la buena voluntad de otras personas.
Contenido del proyecto de ley con las enmiendas de la Cámara de Diputados:
- Dispone que toda persona mayor de 60 años o en situación de discapacidad, tendrá derecho a ser atendido preferente y oportunamente por cualquier prestador de acciones de salud, sea público o privado, con el fin de facilitarles el acceso a las mismas. La Cámara de Diputados precisó que la atención preferente debía ser en atención ambulatoria.
- Establece las medidas concretas en las que se traducirá esta atención preferente, distinguiéndose en cada caso, según se trate de solicitudes de consultas médicas; de solicitudes de medicamentos o de toma de exámenes o procedimientos médicos más complejos. La Cámara de Diputados introdujo la necesidad de considerar siempre el criterio de gravedad de la enfermedad, al momento de otorgar la preferencia.
- La Cámara de Diputados eliminó la entrega de receta médica, dentro de las medidas de atención preferente y oportuna, relativas a las solicitudes de medicamentos, que el prestador de salud deberá otorgar al momento del ingreso del paciente beneficiario de esta preferencia.
-Impone a los prestadores de acciones de salud, el deber de consignar con caracteres legibles, en un lugar visible y de fácil acceso del recinto en que se desempeña, el texto de este derecho a la atención preferente y oportuna.
Intervinieron los Senadores Rabindranath Quinteros, Francisco Chahuán, Isabel Allende, Jacqueline Van Rysselberghe, Álvaro Elizalde, Carolina Goic, Ena Von Baer, David Sandoval, Kenneth Pugh, Juan Pablo Letelier, Ximena Rincón, Alejandro Navarro, Alejandro García-Huidobro y el Ministro de Salud, Emilio Santelices.
En consecuencia, procede la formación de una Comisión Mixta que resuelva las discrepancias.