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MEDIDAS PARA IMPULSAR LA PRODUCTIVIDAD Y EL EMPRENDIMIENTO


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, hay que reconocer que el Gobierno tiene habilidad para denominar sus iniciativas de ley. Normalmente tienen títulos rimbombantes; sin embargo, cuando se analizan en detalle, no pasan de ser unas cuantas medidas aisladas y de bajo impacto.
Algo de esto ocurre con el proyecto que estamos votando.
Se anuncia como una iniciativa para impulsar la productividad y el emprendimiento. Pero, en verdad, no es sino un modesto proyecto de carácter misceláneo, que abarca las más diversas medidas en distintos ámbitos, algunas de ellas con nulo o mínimo impacto en la productividad, o bien, estas no van acompañadas de los recursos para hacerlas practicables.
Por lo mismo, es muy difícil tener una opinión general acerca de esta iniciativa, y solo se puede emitir un juicio de cada uno de sus objetivos específicos.
El primero de ellos se refiere a ampliar y fortalecer el análisis de la productividad de los proyectos de ley, alcanzando a todos aquellos susceptibles de causar un impacto regulatorio por contener reglas que modifiquen los incentivos o el comportamiento económico de las personas o de las empresas.
Esto parece razonable. Es más, podrían agregarse también otros informes relativos a diversos factores susceptibles de ser evaluados, como el aspecto medioambiental.
Pero el informe financiero de este proyecto solo considera la contratación de tres profesionales grado 11 para asumir este trabajo adicional, lo que obviamente no alcanza para hacerse cargo de esta tarea.
Tampoco queda claro cómo se resolverá este tema en el caso de las mociones, quién hará los informes, con qué recursos.
Se agrega que los proyectos de ley deberán especificar las normas que queden derogadas.
En primer lugar, el proyecto no es consecuente con su propio objetivo, porque debería especificar que se derogan los artículos 52 y 53 del Código Civil, que definen la derogación expresa y tácita de la ley.
En segundo lugar, no obliga al legislador, porque es solo una ley y, por lo tanto, puede ser derogada por otra ley.
¿Pasará con la ley en proyecto lo mismo que sucede con la normativa que obliga a considerar el financiamiento cada vez que se asignan nuevas funciones a los municipios? Como es una simple ley, las nuevas normativas que establecen atribuciones no consideran los recursos, con lo que derogan, tácitamente, la ley que obliga a definir la fuente de financiamiento.
Es decir, se producirá la paradoja de que esta norma, que prohíbe la derogación tácita, quedará derogada tácitamente cada vez que no sea aplicada, lo que seguramente pasará a ser la regla general.
También hay normas que limitan la responsabilidad de los laboratorios respecto de pacientes que hayan participado en ensayos clínicos. Esta disposición me parece muy compleja y deberá ser revisada en la Comisión de Salud en todos sus alcances. No es aceptable que la productividad en la industria farmacéutica sea un bien superior a la protección de la salud de las personas.
Del mismo modo, considero complejo el artículo que modifica el sistema de designación de los directores de obras municipales, que no toma en cuenta las diversas realidades que existen entre los municipios.
Puedo estar de acuerdo con la concursabilidad, pero no estoy en condiciones de aprobar la participación de los Seremis de Vivienda en el proceso de designación. Ello vulnera abiertamente la autonomía constitucional de los municipios.
En otra materia, el proyecto también propone una norma para acelerar la tramitación de concesiones acuícolas, entendiéndose aprobadas las solicitudes cuando no se emita el pronunciamiento dentro del plazo.
Esto parece muy loable, pero a mi juicio no ataca el problema de fondo, que se produce por la falta de personal en las reparticiones respectivas.
Además, es muy mala la señal que estamos dando, pues se entiende que se puede prescindir de la opinión de los servicios públicos o que esta no es necesaria.
Creo que ello también deberemos revisarlo en la Comisión de Pesca.
A la vez, se plantean nuevas reglas respecto de las contrataciones que debe hacer el Congreso Nacional, las que, al menos, tendrían que ser revisadas por la Comisión de Régimen Interior en cuanto a sus consecuencias en la marcha de la Corporación.
En todo caso, me parece que el espacio para discutir sobre esta materia no es el de un proyecto sobre productividad de las actividades económicas.
Lo mismo opino acerca de la norma que amplía la contratación de extranjeros, la que debiera ser discutida en el marco del proyecto sobre migraciones. ¿O solo se busca favorecer la contratación de mano de obra barata con prescindencia de las otras variables que se ven afectadas por una medida de este tipo?
En definitiva, nadie podrá estar en desacuerdo con un proyecto que se proponga fomentar la productividad, pero me parece que las disposiciones de esta iniciativa, como ya he dicho, no se corresponden con su título.
Esto podría ser una anécdota, pero se ha transformado en una práctica reiterada por la actual Administración.
Lo grave es que se crean expectativas que luego no se cumplen, y se mina con ello, una vez más, la confianza de la ciudadanía.
Tampoco estoy de acuerdo con la práctica de enviar proyectos de ley misceláneos que versan sobre materias muy diferentes. En rigor, estos debieran ser analizados por cada una de las Comisiones especializadas. De no ser así, nos exponemos una vez más a las sorpresas y a los efectos no previstos en las leyes, todo lo contrario de la productividad que se busca promover.