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SUPRESIÓN DE IMPEDIMENTO DE SEGUNDAS NUPCIAS


El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, me parece muy importante este proyecto de ley que hoy día estamos votando, porque, en alguna medida, constituye un paso más para eliminar la permanente discriminación que existe respecto de las mujeres.
En el siglo XIX, cuando se dictó nuestro Código Civil, los medios de que disponía la ciencia para determinar la paternidad eran completamente distintos de los que existen hoy, razón por la cual entonces se estableció una norma de presunción de paternidad cuando había matrimonio. Hablo de los hijos concebidos dentro del vínculo matrimonial.
Muchas normas del Código Civil originario, a la luz del siglo XXI, parecen absurdas. Establecían discriminaciones francamente inaceptables contra las mujeres.
Tales disposiciones, dados los avances de la ciencia, no tienen sentido. De ahí la necesidad de actualizar nuestra legislación a los tiempos modernos. Es un paso civilizatorio fundamental para que la forma como está regulada esta materia no establezca un distingo entre hombres y mujeres. Ello, por cierto, sin dejar de fijar normas adecuadas para determinar la filiación de los hijos.
Ha habido reformas importantes en este ámbito, pero esta es una de las que estaban pendientes. Por eso es necesario aprobar esta iniciativa, independiente de que sea perfectible en su debate en particular.
Si queremos construir una sociedad sin discriminaciones, debemos establecer un marco jurídico que garantice que el modo en que se regule a los hombres y a las mujeres sea el mismo.
Y hay que aprovechar, obviamente, los avances de la ciencia en esta materia para evitar discriminaciones que, a la luz de los tiempos modernos, parecen, francamente, absurdas y anacrónicas.
Por todo lo anterior, voto a favor.