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SANCIONES A DECODIFICACIÓN ILEGAL DE TELEVISIÓN SATELITAL DE PAGO


El señor MONTES (Presidente).- En el primer lugar del Orden del Día se encuentra el proyecto, en tercer trámite constitucional, que modifica la Ley General de Telecomunicaciones para establecer sanciones a la decodificación ilegal de los servicios limitados de televisión, con urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (10.294-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los Senadores señores Girardi, Letelier, Ossandón y de los entonces Senadores señores Matta y Patricio Walker):
En primer trámite: sesión 51ª, en 9 de septiembre de 2015 (se da cuenta).
En tercer trámite: sesión 56ª, en 3 de octubre de 2018.
Informes de Comisión:
Transportes y Telecomunicaciones: sesión 69ª, en 11 de noviembre de 2015.
Transportes y Telecomunicaciones (segundo): sesión 42ª, en 5 de septiembre de 2017.
Discusión:
Sesiones 100ª, en 28 de enero de 2016 (se aprueba en general); 46ª, en 13 de septiembre de 2017 (queda pendiente la discusión particular); 48ª, en 20 de septiembre de 2017 (se aprueba en particular).
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- Este proyecto se inició en el Senado, que en el primer trámite constitucional tipificó como delito la conducta consistente en instalar dispositivos destinados a la decodificación de señales de servicios limitados de televisión sin autorización del distribuidor legal.
En el segundo trámite constitucional, la Cámara de Diputados efectuó una enmienda destinada a precisar que esos servicios de instalación deben prestarse con ánimo de lucro. Para ese efecto, reemplaza en el párrafo segundo de la letra e), incorporada por el numeral 1 del artículo único, la expresión "El que instale" por la frase "El que con ánimo de lucro preste servicios de instalación de".
En el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición se transcribe el texto aprobado por el Senado y la modificación introducida por la Cámara de Diputados.
El señor MONTES (Presidente).- Reitero la solicitud para autorizar el ingreso a la Sala de la señora Subsecretaria de Telecomunicaciones a fin de tratar esta materia.
El señor DE URRESTI.- No, señor Presidente.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Es bien importante que esté presente.
El señor MONTES (Presidente).- No hay acuerdo para autorizar el ingreso.
En discusión la enmienda introducida por la Cámara de Diputados.
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, estimados colegas, el origen de este proyecto se vincula con la propiedad de creación, con la propiedad intelectual.
Esto se relaciona con cómo ciertas empresas prestan servicios, uno los compra y porque los contrata tiene derecho a recibirlos. Para que ello ocurra es fundamental contar con los aparatos decodificadores. Esto es de la esencia del negocio.
Cuando Chile firmó el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos -como hemos suscrito con muchos otros países diferentes tipos de convenios- nos obligamos, y una de las cosas a las que nos obligamos fue que se respetara a ciertas industrias, lo que es del todo natural.
El sentido del proyecto es hacer valer la palabra de Chile respecto del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, por cuanto quienes más transmiten y generan productos de propiedad intelectual y los venden a través de servicios satelitales piden que en nuestro país esos contenidos no se pirateen. Y esta iniciativa apunta a ese propósito.
Creo que hay que ser muy claro al respecto.
Por lo mismo, el proyecto en estudio plantea -esto figura en la página 2 del comparado, columna del medio- que lo principal es cómo frenar la comercialización y distribución sin autorización de una señal que ha sido contratada adecuadamente. Para esto es fundamental que los dispositivos queden contemplados como productos que no se pueden distribuir ni comercializar así simplemente.
Surgió la discusión posterior respecto de si debían ser sancionadas o no las personas que trabajaban con empresas que proveen estos servicios y después comienzan a hacer negocio por el lado con fines de lucro.
Ese fue, sin duda, el espíritu con que el Senado aprobó esta iniciativa.
Ahora bien, la Cámara de Diputados introdujo un elemento adicional que mitiga -sí, mitiga- pero no desvirtúa lo despachado por el Senado. Cuando se discutió en nuestra Corporación se entendió que el que instalaba los dispositivos consignados en la norma lo hacía como un negocio. La Cámara de Diputados decidió poner "El que con ánimo de lucro preste servicios de instalación". Esto en nada cambia la esencia de lo planteado por el Senado, aunque sí lo restringe, porque es posible que haya personas que instalen sin fines de lucro, por hacerle una paleteada a un amigo para que pueda piratear una señal.
Cuando se realizó el debate en el Senado se consideró que lo que queríamos era sancionar a las personas que habían trabajado con estas empresas y que se dedicaban a pitutear por fuera a cambio de una prestación económica.
La Cámara de Diputados en su redacción, efectivamente, restringe a quiénes se puede perseguir, pero no cambia -yo diría- nuestras obligaciones internacionales y nuestro compromiso en esta materia.
El resto del proyecto, señor Presidente, es idéntico.
Nunca se buscó con esta iniciativa castigar a quien ve una señal, pero sí a los que facilitan su pirateo a través de la venta de decodificadores y de la instalación con fines de lucro.
En ese ánimo, creo que la propuesta de la Cámara de Diputados debe aprobarse.
Eso sí, señor Presidente, permítame decir lo siguiente.
Este debate nos tiene medio desfasados -después voy a entrar a lo que significa ese desfase- con los cambios tecnológicos. Porque hoy la tecnología de las plataformas, de las telecomunicaciones está avanzando a un ritmo muy acelerado en otra dirección, y probablemente el tema será el respeto a la propiedad intelectual en internet y en determinadas plataformas.
Por lo expuesto, estimo que este proyecto, tal como está, debe aprobarse. Pero tenemos que darnos el tiempo para discutir lo que está pasando con el cambio tecnológico y otras leyes que hemos despachado anteriormente.
He dicho.
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor García-Huidobro.


El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Señor Presidente, después de lo expresado por el Senador Letelier, creo que es muy importante contar con la opinión del Ejecutivo en un tema técnico relevante como el que estamos tratando.
Por lo tanto, pido que se recabe el acuerdo para que ingrese la Subsecretaria.
El señor LETELIER.- No. Tenemos un acuerdo de bancada al respecto.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Ustedes no dan el acuerdo para que el Ejecutivo pueda dar su opinión, a lo menos técnica...
El señor LETELIER.- Sí, lo hemos dado para que ingrese el Subsecretario Alvarado. Es el único que cuenta con nuestro beneplácito.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Lamento que la Subsecretaria Pamela Gidi no pueda estar presente en este debate.
El señor MONTES (Presidente).- Le pido, por favor, al Senador señor Letelier que no interrumpa al Senador señor García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Es buena esta interrupción, señor Presidente, para tener claridad al respecto.
Sin duda, el Subsecretario Alvarado es un hombre de mucha preparación. Pero no sé si en este tema puede informarnos de la manera en que lo haría la Subsecretaria de Telecomunicaciones.
Por eso hice ese planteamiento.
En tal sentido, señor Presidente, lamento que no podamos trabajar de la forma que corresponde.
El señor LETELIER.- No damos el acuerdo.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Si no lo permiten, voy a entregar mi opinión entonces.
Ahora regresó el Senador De Urresti. ¡Se están turnando, parece, para que no pueda entrar la Subsecretaria, pero, bueno...!
Ojalá que esto se solucione, señor Presidente, porque es muy importante trabajar los proyectos como corresponde.
Esta iniciativa se originó en moción de los Senadores Girardi, Letelier y Ossandón y de los entonces Senadores Matta y Patricio Walker. Ingresó en noviembre de 2015.
Señor Presidente, ¿por qué es tan poco el tiempo que tenemos para intervenir? Necesitamos diez minutos, a lo menos, para debatir sobre este proyecto. Yo no sé por qué nos están asignando menos tiempo.
El señor MONTES (Presidente).- Porque la iniciativa se encuentra en tercer trámite, señor Senador.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Le pido un poquito más de tiempo, si fuera posible, porque este es un tema importante y que afecta a mucha gente.
El señor MONTES (Presidente).- ¿Habría acuerdo en darle dos minutos adicionales al Senador señor García-Huidobro?
El señor MOREIRA.- ¡Sí!
El señor LAGOS.- ¡Sí!
El señor MONTES (Presidente).- Hay acuerdo unánime, Senador señor García-Huidobro.
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Gracias, señor Presidente.
Según los registros de Aduanas, en nuestro país existen alrededor de 300 mil usuarios de dispositivos destinados a decodificar señales satelitales de forma -entre comillas- ilegal.
Se estima que esta conducta genera pérdidas bastante grandes respecto de los derechos de patentes -a esto se refirió el Senador Letelier-. En Latinoamérica esta es una situación bastante amplia. Se calcula que se producirían menores ingresos por más de 3 mil millones de dólares.
La Comisión Interamericana de Telecomunicaciones emitió un informe con las siguientes recomendaciones:
1.- Que los Estados Miembros que aún no lo hayan realizado consideren adoptar disposiciones para impedir la importación, comercialización y uso de equipos receptores satelitales con capacidad de desencriptar señales de sistemas de televisión satelital por suscripción sin la debida autorización, o que puedan ser modificados para tal fin.
2.- Que los prestadores de servicio de televisión satelital por suscripción realicen los mayores esfuerzos para mantener actualizados los medios y procedimientos técnicos de acceso condicionado a las señales transmitidas.
3.- Que los Estados Miembros presenten información de las medidas adoptadas sobre este tema en la reunión del Comité Consultivo Permanente y que la Administración de Colombia compile un informe al respecto.
A partir de 2012 la industria satelital dejó de crecer alrededor de un 40 por ciento de lo proyectado, por el uso de televisión de pago ilegal a través de decodificadores modificados. Hubo un apagón general de los decodificadores hace un tiempo -si ustedes recuerdan-, luego de lo cual la industria volvió a crecer.
Tal como señaló el Senador Letelier, en 2004 suscribimos un Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos. Este establece colaboración íntegra en temas de propiedad intelectual, lo que en la práctica ha sido bastante complejo.
El Informe Especial 301 sobre Protección y Aplicación sobre Derechos de Autor posiciona a Chile en una especie de "lista roja" en materias de propiedad intelectual respecto a Estados Unidos. Nuestro país no ha logrado cumplir los requerimientos para adoptar las herramientas necesarias a fin de proteger la industria creativa.
El proyecto sugiere varias modificaciones a la Ley General de Telecomunicaciones.
Establece multas de diez a mil unidades tributarias mensuales.
Por otro lado, la Cámara de Diputados introdujo una modificación en el inciso segundo de la letra e) del artículo 36 B, consistente en reemplazar las palabras "El que instale" por la expresión "El que con el ánimo de lucro preste servicios de instalación de".
A la vez, todo establecimiento en donde se comercialicen dispositivos de señales de televisión satelital deberá exhibir, en lugar destacado y claramente visible al público, un cartel en el cual se indiquen de manera didáctica las prohibiciones y sanciones relacionadas con la decodificación de señales encriptadas de televisión digital.
Durante la discusión en la Comisión se planteó la preocupación de que se fiscalizara o sancionara a los dueños de los decodificadores. Sin embargo, desde el Gobierno señalaron que la moción no tiene por objeto perseguir y sancionar a los dueños, meros tenedores o poseedores de los dispositivos y/o softwares descritos, ya que la finalidad es sancionar a quienes lucran con el negocio de piratería de televisión satelital de pago.
En esa línea, para resguardar cualquier ambigüedad respecto a las sanciones, el Ejecutivo presentó una indicación en la que se agrega la frase "el que con ánimo de lucro preste servicios de instalación de los dispositivos señalados". Esto, con el fin de dejar explícito en la ley que solo serán sancionados quienes instalen estos servicios y, a través de ello, generen ingresos.
Finalmente, creemos que el proyecto en examen debe ser aprobado y, con esto, cumplir algunos compromisos que adquirió nuestro país al suscribir el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos.
Por lo tanto, la UDI votará a favor, señor Presidente.
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.


El señor BIANCHI.- Señor Presidente, el proyecto de artículo único establece en dos numerales modificaciones a la Ley de Telecomunicaciones a fin de proteger la propiedad intelectual y los derechos de autor en el mercado de televisión satelital de pago.
En este caso, se pretende proteger la propiedad intelectual, impidiéndose que sin la debida autorización del distribuidor legal o dueño del contenido se puedan comercializar softwares o dispositivos con capacidad de decodificar señales satelitales encriptadas, ya sea dentro del país o internacionalmente, sancionándose a todo aquel que obtenga utilidades ilícitas en el mercado de la televisión satelital de pago.
El proyecto pasó a la Cámara de Diputados, la que, como se ha dicho anteriormente, le efectuó una enmienda al contenido de la letra e) que se propone incorporar en el artículo 36 B de la ley, cambiando las palabras "El que instale" por la expresión "El que con ánimo de lucro preste servicios de instalación de".
La modificación efectuada por la Cámara de Diputados parece absolutamente razonable, ya que el objetivo del proyecto no es sancionar a cualquier tenedor o poseedor de softwares o dispositivos que puedan decodificar señales satelitales encriptadas, sino solo a aquellos que persigan ánimo de lucro con dichos decodificadores.
En tal sentido, señor Presidente, se recomienda aprobar la modificación de la Cámara de Diputados, pues perfecciona el proyecto en el sentido de sancionar precisamente a los comerciantes de decodificadores y no a aquellas personas que tengan instalado uno en su casa o lugar comercial, pues, sin duda, sancionar a estos últimos parece una protección demasiado amplia para la propiedad intelectual en el mercado de la televisión satelital de pago.
En esa línea, señalar que se sancionará al que actúe con ánimo de lucro, sin duda, deja mucho más claro el ámbito de protección de la norma que se pretende incorporar en la Ley de Telecomunicaciones.
Anuncio mi voto a favor.
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pugh.


El señor PUGH.- Señor Presidente, un decodificador satelital es un elemento de alta tecnología. Y, tal como se ha indicado, para que el sistema funcione se requiere no solo la caja, los softwares, sino también antenas y conocimientos para poder instalarlos.
Precisamente, es ahí en que ha aparecido una oportunidad para que algunos, vulnerando el derecho de propiedad, obtengan un lucro que no corresponde.
Sin embargo, el problema de fondo es la capacidad que tienen muchos para conectarse sin necesidad de un tercero. ¿En qué sentido? Hoy, con la información disponible, cualquier persona en forma autodidacta puede hacerlo, sin requerir incluso el conocimiento de un experto.
¿Dónde está el problema?
Esta alta tecnología disponible para entregar un servicio en los hogares es vulnerada porque hay capacidad de gente que estuvo dispuesta a quebrar. Estos sistemas están encriptados. No son simples ni sencillos. Por lo tanto, hay una industria detrás que está preocupada precisamente de vulnerar esa capacidad.
Hoy vemos en nuestro país que estamos avanzando rápidamente hacia una sociedad digital, que dependemos de los servicios digitales; pero ellos deben ser seguros.
Y he aquí el primer llamado de alerta a la industria: se han de mejorar las capacidades, para mantener la seguridad de aquellos.
Ahora, los servicios se van integrando. No solo se trata de la televisión digital de pago. Vale decir, estos sistemas perfectamente pueden permitir enlaces bidireccionales y, así, mejorar la conectividad en los lugares remotos.
Precisamente los satélites logran eso.
El segmento espacial, que Chile no está ocupando debido a que todavía no adquirimos la capacidad que tienen nuestros vecinos para explotarlo, ilumina grandes áreas.
Probablemente la única alternativa de los lugares remotos y aislados son los sistemas en comento. Pero resulta lamentable que en otros casos se pirateen, se hackeen, se intervengan para luego obtener un beneficio de otra índole.
Es necesario, pues, proteger los derechos emanados de la propiedad intelectual -nunca hay que perder de vista eso- y cumplir los compromisos que asumimos al suscribir tratados internacionales.
Solo así demostraremos que Chile se halla a la altura del mundo globalizado, donde se respetan los referidos derechos.
Porque a veces muchos de los contenidos, e incluso las empresas involucradas, ni siquiera se encuentran en nuestro país. Pero nosotros cumplimos los instrumentos internacionales que firmamos y de este modo nos preocupamos de generar una sociedad mejor.
Si no estamos dispuestos a hacer algo para erradicar ciertos hábitos, prevalecerá la cultura que busca aprovechar cualquier instancia (en este caso, la tecnológica) para obtener un beneficio de manera inadecuada.
En tal sentido, creo que este proyecto de ley va en la dirección correcta de permitir, por un lado, bloquear aquella práctica, y por otro, generar una cultura distinta, entendiendo que es necesario proteger no solo la televisión de pago encriptada, sino todos los sistemas digitales de nuestro país, como parte de una estrategia nacional.
Por lo expuesto, voto a favor.
El señor MONTES (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Durana.


El señor DURANA.- Señor Presidente, el proyecto de ley aprobado por el Senado incorporó en el artículo 36 B de la Ley General de Telecomunicaciones la sanción de multa de 1 a 100 unidades tributarias mensuales o, en caso de reincidencia, de 20 a 200 unidades tributarias mensuales a quien INSTALE dispositivos tangibles o intangibles destinados a la decodificación de señales de servicios limitados de televisión, adecuadamente protegidas.
La Cámara de Diputados introdujo una modificación mediante la cual se sustituye al sujeto pasivo de esa sanción, con lo que -creo- deja de ser quien instale los mencionados dispositivos y pasa a ser "El que con ánimo de lucro preste servicios de instalación de" los dispositivos.
La enmienda aprobada por la otra rama del Congreso genera dudas, pues la sanción para aquel que preste servicios de instalación ya se encuentra incorporada en el primer inciso de la letra e) que se agrega al artículo 36 B, donde se propone aplicar multas mucho mayores al que sin la autorización del distribuidor legal comercialice o distribuya los mencionados dispositivos.
De aprobarse la modificación realizada en la Cámara Baja habría dos consecuencias.
Primero, se dejaría sin sanción a quienes instalen este tipo de decodificadores sabiendo o debiendo saber que su montaje constituye un hecho ilegal.
Y segundo, se le estaría permitiendo a quien presta los servicios de instalación acreditar, a los efectos de aminorar la sanción que le correspondería en consideración al beneficio económico obtenido con motivo de dicha infracción, la capacidad económica del infractor y su conducta anterior.
Es evidente que el sentido del proyecto con relación a quienes realizan la instalación de los decodificadores no estaba dirigido a las empresas que realizan las instalaciones, desnaturalizándose la reforma legal propuesta.
Tengo dudas serias en torno a lo que aprobó la Cámara de Diputados, señor Presidente.
El señor MONTES (Presidente).- Corresponde votar la enmienda incorporada en el segundo trámite constitucional.
El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- El señor Presidente pondrá en votación la enmienda aprobada por la Cámara de Diputados al segundo párrafo de la letra e), nueva, del artículo 36 B de la Ley General de Telecomunicaciones (página 2 del texto comparado).
El señor MONTES (Presidente).- En votación.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor ALLIENDE (Secretario General subrogante).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor MONTES (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la enmienda introducida por la Cámara de Diputados (17 votos a favor y una abstención), y queda despachado el proyecto.
Votaron por la afirmativa las señoras Aravena, Goic, Muñoz y Órdenes y los señores Allamand, Araya, Bianchi, De Urresti, Elizalde, García-Huidobro, Huenchumilla, Letelier, Montes, Ossandón, Pizarro, Pugh, y Sandoval.
Se abstuvo el señor Durana.
El señor MONTES (Presidente).- Se deja constancia en la Versión Oficial de la intención de voto favorable de los Senadores señores Galilea y Chahuán.