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MODIFICACIÓN DE ARTÍCULO 9° DE LEY N° 17.798, SOBRE CONTROL DE ARMAS


El señor ELIZALDE.- Señor Presidente, creo que, con la premura que se han visto las dos iniciativas, estamos realizando planteamientos en cierta forma contradictorios. Porque, por un lado, está la idea del Senador señor Chahuán de establecer un mejor acceso a la información en el caso de quienes hayan cometido delitos y pretendan obtener armas, y, por el otro, aquella que nos ocupa. Aunque en este caso se establece una norma excepcional, en alguna medida, esta será de general aplicación, lamentablemente.
Si queremos enfrentar en serio la delincuencia, el drama se registra sobre todo con relación a delitos violentos. Entonces, para no vivir la misma experiencia de otros países de la región, necesitamos que existan pocas armas y que todas ellas se encuentren inscritas, además de que, en lo posible, los civiles no las poseamos. Si eso se logra, la peligrosidad de los ilícitos disminuirá de manera significativa.
En consecuencia, cuando en 2015 se discutió la reforma, se pretendió establecer algo muy simple: la presunción de que la tenencia de un arma es para cometer un delito.
No conozco a ningún civil amigo que llegue armado a una fiesta, a un restaurante o a una discoteca, como ocurre en otros países de América Latina. Los que hemos estado en ellos sabemos que tales implementos se dejan afuera, incluso donde se prohíbe su porte. Eso no acontece en Chile.
El proyecto dará lugar a algo muy simple: los narcotraficantes y los que vayan a cometer "portonazos" que anden armados, pero que sean detenidos poco antes de entrar en acción, van a decir: "Portaba el arma, pero para un fin distinto. No había peligrosidad alguna en mi conducta". Y ello va a empezar a quedar impune y se deshará el incentivo que se precisa contemplar para la inscripción.
Comprendo el sentido de la propuesta. Me parece pertinente adecuar nuestra legislación precisamente para evitar el caso extremo de quien posee un arma para otro tipo de finalidad. Pero estimo que incluso la redacción de la reforma en orden a agregar un nuevo inciso hará letra muerta la legislación vigente y que los delincuentes -porque digamos las cosas como son: ellos son los portadores de armas, por regla general- no van a recibir ninguna sanción, salvo cuando sea tarde y haya mediado un delito atroz, porque ya se habrá cometido el homicidio o el robo.
Por eso, estimo que la presente proposición contradice el sentido de lo discutido en la anterior, del Honorable señor Chahuán, que suscribía el Senador que habla.
A mi juicio, el planteamiento de los colegas García y Navarro ha sido lo más razonable a fin de poder darnos una pausa reflexiva para buscar una solución al problema, que existe.
No desconozco que el texto es bienintencionado, pero resulta deseable que permita una legislación armónica, más aún en el contexto de que el propio Ministro señor Blumel ha expuesto que el Gobierno va a presentar una propuesta.
Conviene lograr una visión global a fin de contar con las herramientas necesarias para evitar algo muy simple: que se sigan cometiendo delitos con armas y altos grados de brutalidad, lo que constituye, lamentablemente, la tendencia existente. Si analizamos las cifras, en Chile se registra un aumento de los ilícitos violentos.
Ese es el drama.
Aun cuando la tasa de homicidios se mantiene relativamente estable, el salto del robo al homicidio, si no existe un control a tiempo, va a generar una tragedia.
¡Y qué decir de las bandas de narcotraficantes armados!
Por lo tanto, necesitamos una legislación enérgica que dé una señal clara y nítida: no se pueden portar armas. Y si se poseen -no para portarlas-, es preciso que estén inscritas.
En caso contrario, vamos a deplorar la entrada en el mismo drama de otras sociedades de la región, con altísimas tasas de homicidio -reitero- por no haber sido capaces de ejercer un control a tiempo.
Insisto en que la proposición obedece a una buena intención, pero creo que da una señal contradictoria, por desgracia, con lo que hemos debatido.
Por eso, estimo necesario enmarcar la materia dentro de una discusión global, que nos permita lograr una legislación equilibrada. Pero ello no significa que sea neutra: se trata de que dé una señal clara.
El señor MONTES (Presidente).- Concluyó su tiempo, Su Señoría.
Dispone de un minuto para concluir.
El señor ELIZALDE.- La señal clara es que en Chile no se pueden portar armas.
¡La señal clara es que en Chile necesitamos menos armas!
¡La señal clara es que quienes deben llevarlas son los encargados de la seguridad pública! Ello, al ejercer el Estado el monopolio legítimo de la fuerza, le corresponde a la fuerza pública, la cual, además, cuenta con la educación y el adiestramiento para hacerlo con los menores niveles de peligrosidad.
A lo anterior se agrega no solo el hecho de que tales implementos en las casas son peligrosos, sino de que los delincuentes también los roban al cometer el delito. Sabiendo que los hay, disparan primero y preguntan después.
Lo más dramático es que, a veces, menores de edad tienen acceso a armas y ocurren accidentes.
Por lo tanto, juzgo que necesitamos un equilibrio, pero con una señal contraria a la proposición en examen, lamentablemente.
El señor MONTES (Presidente).- Está claro que Su Señoría estima conveniente volver al planteamiento del Senador señor Navarro...
El señor ELIZALDE.- Y del Honorable señor García.