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DEPARTAMENTO DE INFORMACIONES DEL SENADO
Sesión 75ª, Ordinaria, en miércoles 20 de diciembre de 2017
De 16:26 a 18:24 horas. Asistencia de 32 señores Senadores
Presidieron la sesión los Senadores Andrés Zaldívar, Presidente; Guido Girardi, Vicepresidente y Patricio Walker, Presidente accidental.
Actuó de Secretario General el señor Mario Labbé Araneda.



SOLICITA AUTORIZACION PARA PRORROGAR PERMANENCIA DE TROPAS EN BOSNIA Y HERZEGOVINA

Se aprobó la solicitud de acuerdo del Senado, formulada por la Presidenta de la República, mediante la cual pide prorrogar, desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2018, la permanencia de tropas y medios militares nacionales en Bosnia y Herzegovina. (Boletín N°1.957-05).
La autorización solicitada es para la permanencia de las tropas chilenas en Bosnia y Herzegovina, durante todo el año 2018, con el objeto de continuar participando activamente en operaciones de paz en la Misión de Estabilización de la Unión Europea en Bosnia-Herzegovina (Misión EUFOR ALTHEA) a la cual Chile se incorporó el año 2005, manteniendo en la actualidad presencia de un contingente militar de operaciones de paz, en el Cuartel General de la Misión y en un puesto de observación, en la ciudad de Banja Luka.
La Presidenta de la República en su solicitud destaca el compromiso de la política exterior chilena con el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales se ha visto fortalecida por la presencia del contingente nacional en esta Misión, cuya participación ha recibido altos niveles de reconocimiento de autoridades de la Unión Europea como del mando militar de la Operación, fortaleciendo las capacidades operativas y logísticas de la Defensa Nacional.
Asimismo, señala que "debe considerarse que durante el período reciente EUFOR Althea ha detectado elementos de tensión en el sistema político de Bosnia Herzegovina, el cual nuevamente ha abierto preocupación respecto de la viabilidad del sistema imperante según los acuerdos de paz de Dayton y el posible endurecimiento del conflicto político de tipo étnico nacional. En razón de esta situación, la Organización de las Naciones Unidas, la Unión Europea y el mando de EUFOR Althea han considerado necesario prolongar la presencia de fuerzas multinacionales."
Es por ello que Chile considera fundamental continuar contribuyendo con las operaciones de paz en esta Misión, prorrogando la permanencia de sus tropas y medios nacionales en Bosnia y Herzegovina por el periodo de un año más.
Intervinieron los Senadores Baldo Prokurica, Hernán Larraín, Alejandro Navarro y el Subsecretario de Defensa, Marcos Robledo.
En consecuencia, procede comunicar a la Presidenta de la República el acuerdo otorgado a su solicitud.




CREA LA SUBSECRETARÍA DE LA NIÑEZ

Se rechazaron algunas de las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados al proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que otorga nuevas atribuciones al Ministerio de Desarrollo Social en materia de niñez y crea la Subsecretaría de la Niñez, dependiente del mismo. (Boletín N° 10.314-06) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto dotar al Estado de una institucionalidad específica en materia de coordinación de los servicios públicos encargados del planteamiento e implementación de las políticas públicas dirigidas a la protección y garantía, integral y efectiva, de los derechos de los niños.
En consecuencia, procede la formación de una Comisión Mixta.



CREA EL MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

Se aprobó en particular el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que crea el Ministerio de Ciencia y Tecnología. (Boletín N° 11.101-19) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto establecer un marco general que estructure, impulse, coordine y promueva las actividades de ciencia, humanidades y desarrollo tecnológico en todas sus etapas, a fin de contribuir al desarrollo económico sustentable y al bienestar social del país.
Contenido del proyecto de ley:
- Establece un Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, integrado por los organismos e instituciones públicas de investigación y desarrollo; las de educación superior estatales y por las personas e instituciones privadas, que realicen, fomenten o apoyen actividades relacionadas con la ciencia, tecnología e innovación comprendiéndose entre ellas las destinadas a la formación de recursos humanos altamente calificados y técnicos especializados; la investigación básica y aplicada y la generación de conocimiento en las diversas disciplinas del saber; el desarrollo, transferencia y difusión de tecnología; y la innovación pública y privada en todas sus dimensiones.
- Precisa tres ámbitos principales en torno a los cuales se estructura la institucionalidad pública del Sistema, señalando el Ministerio que estará a cargo de cada uno de ellos:
a) se entrega al Ministerio de Ciencia y Tecnología y la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo, que se crean, el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación de base científico-tecnológica, y formación de recursos humanos altamente calificados;
b) al Ministerio de Economía y a la CORFO encomienda el fomento productivo, emprendimiento e innovación productiva o empresarial, desarrollo tecnológico para fines productivos y fortalecimiento de recursos humanos para este ámbito; y
c) al Ministerio de Educación los aspectos relativos a la formación de técnicos y profesionales, y del conocimiento y el cultivo de las ciencias, las artes y las humanidades en las instituciones de educación superior
- Crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, encargado de asesorar y colaborar con el Presidente de la República en todas las acciones destinadas a fomentar y fortalecer la ciencia, la tecnología y la innovación derivada de la investigación científico-tecnológica, con el propósito de contribuir al desarrollo integral, sustentable e inclusivo del país.
- Precisa las funciones y atribuciones que corresponderán al Ministerio, las que en términos generales dicen relación con el fomento de la investigación; el desarrollo tecnológico e innovación; el fortalecimiento de capacidades humanas y la formación de profesionales e investigadores altamente calificados; la generación, en coordinación con otros organismos públicos del Sistema, instancias de diálogo y coordinación con la comunidad científica, las universidades, las instituciones públicas o privadas; el fomento de la transferencia de resultados de investigación, conocimientos y tecnologías al sector público, los sectores productivos y la sociedad y la contribución a la formación de una cultura científica, todo dentro del ámbito científico-tecnológico.
- Dispone que el Ministerio se organizará en el Ministro, el subsecretario de Ciencia, Tecnología e Innovación y las Secretarías Regionales Ministeriales.
- Establece que cada año, a más tardar en el mes de abril, el Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación deberá dar cuenta pública de las acciones emprendidas por el Ministerio el año anterior.
- Crea la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo, encargada de administrar y ejecutar los programas e instrumentos destinados a promover, fomentar y desarrollar la ciencia, la tecnología y la innovación de base científico-tecnológica, de acuerdo a las políticas definidas por el Ministerio y de cumplir con las demás atribuciones que se establecen.
- La Agencia deberá solicitar rendiciones de cuenta periódicas por los recursos que asigne, en la forma que determine el reglamento. La persona o entidad receptora que mantenga pendientes rendiciones de cuenta con la Agencia no podrá recibir transferencias de cuotas de proyectos nuevos o ya asignados.
- Regula la organización interna de la Agencia, la que estará a cargo de un Director Nacional, quien será el jefe superior de servicio; las normas aplicables a su personal y la conformación de su patrimonio.
- Existirá una Estrategia Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación para el Desarrollo , cuyos contenidos mínimos se establecen, encargada de abordar, con un horizonte de largo plazo, los desafíos y oportunidades de desarrollo del país, generando un marco que oriente las políticas públicas y los instrumentos de apoyo en la formación de recursos humanos altamente calificados, la investigación y generación de conocimiento, el desarrollo y transferencia de tecnología, la innovación y el desarrollo de una cultura de ciencia, tecnología e innovación.
- Faculta al Presidente de la República para crear un consejo asesor presidencial denominado "Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación para el Desarrollo", que tendrá como misión asesorarlo en el análisis prospectivo de las tendencias de desarrollo globales y nacionales; en la formulación de propuestas destinadas a fortalecer y desarrollar el Sistema; y en la elaboración y revisión, con mirada sistémica y de largo plazo, de la Estrategia Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación para el Desarrollo.
- Determina la composición, nombramiento y renovación de los consejeros.
- Establece la existencia de una Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, que será elaborada por un Comité Interministerial en que participarán los Ministerios de Ciencia y Tecnología; de Hacienda; de Economía, Fomento y Turismo; y de Educación. Esta Política establecerá los lineamientos generales de las políticas públicas en CTI para el período presidencial respectivo.
- Conjuntamente con la Política, el Comité Interministerial elaborará un Plan de Acción que se revisará año a año, en el cual se desarrollará la forma de implementarla.
Intervinieron los Senadores Juan Antonio Coloma, Carlos Montes, Alejandro Navarro, Guido Girardi, José García y el Ministro Secretario General de la Presidencia, Gabriel De La Fuente.
En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.



MODERNIZA EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por unanimidad, se aprobó en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores. (Boletín N° 6.106-10).
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto avanzar en la modernización del Ministerio de Relaciones Exteriores, en lo que dice relación con su estructura orgánica y de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, e introducir reformas vinculadas a la profesionalización de la carrera diplomática.
Contenido del proyecto de ley:
- Reestructura y precisa la misión y organización del Ministerio de Relaciones Exteriores, disponiendo que es el encargado de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, planificación, prospección, conducción, coordinación, ejecución, control e información de la política exterior que éste formule, proponiendo y evaluando las políticas y planes orientadas a fortalecer la presencia internacional del país, y velando por los intereses de Chile, con el propósito de elevar la calidad del desarrollo, seguridad y bienestar nacional.
- El Ministerio contará con un Ministro de Relaciones Exteriores, una Subsecretaría de Relaciones Exteriores, una Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, y con las demás áreas funcionales que se establecen, fijando las funciones, atribuciones y competencias de cada uno de ellos.
- Señala que al Ministerio de Relaciones Exteriores le corresponde, entre otras materias, coordinar e integrar a los distintos Ministerios y demás órganos de la Administración del Estado en todos los asuntos que inciden en la política exterior, comprendiendo entre ellas, la cooperación internacional, la promoción cultural en el extranjero, la vinculación y atención de los connacionales en el exterior, la seguridad y paz internacional, además de las relaciones económicas internacionales considerando asimismo el rol de distintos actores de la sociedad civil, generando así un Sistema Nacional de Política Exterior.
- Mantiene el Consejo de Política Exterior como un organismo consultivo permanente, encargado de asesorar al Ministro, reformulando su composición.
- Faculta al Ministro de Relaciones Exteriores para constituir un comité conformado por ex Ministros del ramo, que hayan servido el cargo en calidad de titulares, con el objeto que le presten asesoría en materias específicas relativas a la política exterior y las relaciones internacionales. Podrá, asimismo, establecer, una unidad de asesoría especializada encargada de velar por los intereses de Chile en procesos internacionales.
- Entrega al Ministro la constitución del Comité Interministerial de Negociaciones Económicas Internacionales y del Consejo de Cooperación Internacional para el Desarrollo, cuyas integraciones y funciones se precisan.
- Define las funciones relevantes que corresponden a los siguientes órganos dependientes de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores: la Secretaría General de Política Exterior; las Direcciones de Planificación Estratégica; la General de Asuntos Consulares, Inmigración y de Chilenos en el Exterior; la General Administrativa; la General de Asuntos Jurídicos; la General del Ceremonial y Protocolo; la de Comunicaciones Estratégicas y la Academia Diplomática de Chile "Andrés Bello".
- Precisa las funciones, integraciones y competencias de los jefes de las misiones diplomáticas, representaciones permanentes ante organizaciones internacionales y representaciones consulares de Chile en el exterior.
- Crea las figuras de los coordinadores regionales o ministeriales, constituidos por funcionarios del Ministerio designados con el objeto de apoyar a las regiones en la realización de sus proyectos e iniciativas en el ámbito internacional (en el primer caso) o en los ministerios y otros órganos públicos, encargados de apoyarlos en aquellos asuntos que incidan en la política exterior y en las relaciones económicas internacionales de Chile, y que sean de competencia de dichas reparticiones (en el segundo caso).
- La Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales contará, al menos, con las siguientes áreas funcionales: la Dirección General de Asuntos Económicos Bilaterales; la Dirección General de Asuntos Económicos Multilaterales; la Dirección de Asuntos Jurídicos; la Dirección Administrativa; la Dirección de Estudios y la Dirección de Comunicaciones.
- Crea la Dirección General de Promoción de Exportaciones, a la que le corresponderá ejecutar la política relativa a la participación en el comercio exterior, de acuerdo a las directivas impartidas por el Ministerio en lo relativo a la promoción, diversificación y estímulo de las exportaciones de bienes y servicios.
- Establece las funciones y atribuciones que corresponden a la Dirección y a su Director. A este Este último, en cuanto Jefe Superior del Servicio le compete fijar, con sujeción a la planta y a la dotación máxima de personal, la organización interna del Servicio y determinará las denominaciones y funciones que correspondan a cada una de las unidades establecidas para el cumplimiento de las funciones que le sean asignadas, contemplando, a lo menos, la Dirección de Asuntos Jurídicos, la Dirección Administrativa, las Oficinas Comerciales en el exterior y las Direcciones Regionales.
- Precisa la composición y funciones del Consejo de Política Antártica.
- Modifica el Estatuto del Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores con el objeto de introducir modalidades que privilegien el mérito, la capacidad y el rendimiento; que consideren la experiencia acumulada a través del trabajo profesional y que mejoren las condiciones laborales, incorporando incentivos adecuados para un mejor desarrollo laboral de los miembros del Servicio Exterior.

.- Otorga un bono mensual, equivalente a 50 dólares más el porcentaje del costo de vida, por cada causante, al personal del Servicio Exterior Planta "A", Presupuesto en moneda extranjera
- Regula las destinaciones al extranjero del personal de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales y de la Dirección General de Promoción de Exportaciones.
- Faculta al Instituto Antártico Chileno (INACH) para asesorar y prestar servicios dentro del ámbito de sus competencias a los organismos del Estado, del sector privado, universidades e instituciones científicas nacionales y extranjeras, pudiendo percibir ingresos por bienes y servicios que preste, y atender las consultas que le formulen en todos aquellos aspectos relacionados con la investigación antártica.
- Reestructura la AGCI, la que pasa a denominarse Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo "AGCID", a la que le corresponderá la ejecución de las políticas, de acuerdo a las directrices impartidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en materias relativas a la cooperación internacional para el desarrollo de Chile y las demás funciones que se establecen.
Intervino el Senador Juan Antonio Coloma, Hernán Larraín, y el Ministro (S) de Relaciones Exteriores, Edgardo Riveros.
En consecuencia, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados en tercer trámite constitucional.




AUMENTA PENAS PARA LOS DELITOS DE COHECHO Y SOBORNO

Se rechazaron las modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados, al proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que modifica el Código Penal en lo relativo a los delitos de cohecho y soborno, aumentando las penas, tipifica los delitos de soborno entre particulares y de administración desleal; y la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. (Boletín Nº 10.739-07)
El proyecto de ley, iniciado en Moción de los Senadores Pedro Araya, Alfonso De Urresti, Alberto Espina, Felipe Harboe y Hernán Larraín, tiene por objeto adecuar nuestra legislación penal, en lo relativo a los delitos de cohecho y soborno, a los estándares internacionales contenidos en Tratados firmados por Chile, para de esta forma lograr una normativa sancionatoria más efectiva, proporcional y disuasiva en el control y combate contra el flagelo de la corrupción de funcionarios públicos y particulares.
Intervino el Senador Felipe Harboe.
En consecuencia, procede la formación de una Comisión Mixta.




FORTALECE EL SERVICIO DE TESORERIAS.

Por unanimidad se aprobó en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que fortalece el Servicio de Tesorerías. (Boletín N° 11.468-05)
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto otorgar al Servicio de Tesorerías una estructura más adecuada para ejercer la función de cobro que la ley le encomienda, estableciendo su organización interna, determinando las denominaciones y funciones que correspondan a cada una de sus áreas, fortaleciendo y reestructurando sus plantas y mejorando su gestión de servicios.
Contenido del proyecto de ley:
- Entrega la facultad al Presidente de la República para que dentro del plazo de un año, contado desde la fecha de publicación de esta ley, establezca mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos a través del Ministerio de Hacienda, las normas necesarias para fijar las plantas de personal del Servicio de Tesorerías, establecer las fechas de entrada en vigencia de dichas plantas y de los encasillamientos del personal que se practiquen.
- Incorpora dos nuevas atribuciones al cargo de Tesorero General como son la de establecer la organización interna del Servicio, determinando las denominaciones y funciones que correspondan a cada una de su unidades y autorizar la eliminación de documentos oficiales del Servicio que estén en desuso.
- Recompone el equilibrio en el número de los funcionarios de planta y a contrata de manera que el porcentaje de los funcionarios de planta sube a un 67%.
- Contempla el encasillamiento de los funcionarios de planta y la realización de concursos internos para el ingreso a la planta, en los cuales sólo podrán participar las contratas que cumplan con los requisitos que establece esta iniciativa.
- Dispone que el encasillamiento se verificará en tres etapas:
a) Funcionarios de Planta se encasillan por el ministerio de la ley, en la nueva Planta en el mismo estamento y grado;
b) Funcionarios en calidad de contrata, con 10 o más años de antigüedad en la contrata al 1 de enero de 2017, en el mismo estamento y grado vigente al 1 de enero de 2017; y
c) Funcionarios en calidad de contrata con antigüedad mínima de 5 años, al 1 de enero de 2017, en el mismo estamento y grado.
- Fija normas de resguardo para los funcionarios que sean reencasillados, que protegen sus actuales condiciones de empleabilidad.
- Establece un aumento de grados para funcionarios titulares de las plantas de profesionales, técnicos, administrativos y auxiliares que se encuentren en grado 12 o inferior a éste y con una antigüedad de 5 años o más en el mismo grado, al 1 de enero de 2017.
- Dispone ciertas restricciones en el aumento de grados, respecto de quienes se encuentren en el tope de su escalafón, y de quienes hayan tenido mejoramientos de grados con posterioridad al 1 de enero de 2017.
- Entrega un bono por experiencia calificada de apoyo a la gestión de recaudación tributaria, para el personal de planta que cumpla 10 años de servicio en el grado tope de la respectiva planta, el que se pagará mensualmente y mientras permanezcan en dicho grado.
- Fija la remuneración base para el cálculo del bono, el que será equivalente al 25,2% para los funcionarios de la planta de técnicos, 18,0% para los administrativos y 16,2% para los de la planta de auxiliares.
Intervinieron los Senadores Alejandro Navarro y Juan Antonio Coloma.
En consecuencia el proyecto de ley, vuelve a Comisión para segundo informe.



INCIDENTES

EL SENADOR ALEJANDRO NAVARRO solicitó oficiar a diversas autoridades para que entreguen información sobre los plazos y costos que tiene el proyecto del puente ferroviario que atraviesa el rio Biobío, como asimismo detalles sobre la extensión del Biotrén hacia la ciudad de Lota, su diseño de construcción, su proyección a Lota, su costo, diseño y plazos en que se hará realidad esta extensión.
En otra materia, señaló que ha sido informado de manera extraoficial aún, de que el Tribunal Constitucional ha determinado declarar inconstitucional la norma aprobada por este Senado que establecía, en la Ley de Presupuesto del 2017, el cambio de la calidad jurídica, de honorarios a contrata, de 8.000 trabajadores del Estado, respecto de quienes se había asegurado mantendrían su mismo sueldo bruto de forma que el cambio no alteraría sus ingresos líquidos, lo que en la práctica no estaría sucediendo. Por lo que solicitó oficiar al Ministerio de Hacienda, para que informe respecto de esta situación.
EL SENADOR ALEJANDRO GARCÍA-HUIDOBRO manifestó su preocupación por la situación de cierre que está afectando al hogar de menores de Quinta de Tilcoco, en donde quedaran más de 50 niños desprotegidos, sin claridad de su próximo destino. Informó que esta institución ha sido cerrada por problemas económicos y un importante déficit a pesar de los aportes privados que ha tenido.
Pidió se oficie a las entidades relacionadas a fin que informen las medidas que se tomaran con los niños que quedaran en desamparo, como asimismo solicitó se tenga especial preocupación por otros hogares que pudieran estar pasando por esta misma situación.