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ELIMINACIÓN DE DISTINCIÓN ENTRE EMPLEADOS Y OBREROS EN NORMATIVA SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En seguida, corresponde ocuparse en el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 17.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, con el objeto de eliminar la distinción entre empleados y obreros. Esta iniciativa corresponde a dos boletines refundidos, cuenta con informes de las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Hacienda y tiene urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (11.053-13 y 11.103-13, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 39ª, en 16 de agosto de 2017 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Trabajo y Previsión Social: sesión 66ª, en 28 de noviembre de 2017.
Hacienda: sesión 66ª, en 28 de noviembre de 2017.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El principal objetivo del proyecto es actualizar la normativa sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, para lo cual se elimina la distinción entre obreros y empleados, otorgando igual trato para los trabajadores en materia de prestaciones de salud y de seguridad, sea que estén afiliados al Instituto de Seguridad Laboral o a alguna mutualidad de trabajadores.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social discutió esta iniciativa en general y en particular en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación y aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadora señora Muñoz y Senadores señores Allamand y Letelier. En seguida, lo aprobó en particular con las enmiendas y las votaciones que consigna en su informe.
La Comisión de Hacienda, por su parte, se pronunció acerca de las normas de su competencia y no introdujo modificaciones al texto despachado por la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Cabe hacer presente que el artículo único permanente del proyecto es de quorum calificado, por lo que requiere para su aprobación de 19 votos favorables.
El texto de la iniciativa que se propone aprobar se consigna en las páginas 8 a 10 del informe de la Comisión de Hacienda y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
Nada más, señor Presidente.
La señora PÉREZ (doña Lily).- Abra la votación, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Hago presente a la Sala que estamos con un problema de quorum. El proyecto necesita 19 votos para su aprobación, y si inicio la votación, después no puedo suspenderla.
En discusión general y particular la iniciativa.
Tiene la palabra la Senadora señora Goic.


La señora GOIC.- Señor Presidente, este proyecto, que ojalá podamos aprobar hoy día, por la importancia que reviste, se inició en moción de varios Diputados y Diputadas y luego fue reconocido por el Ejecutivo mediante la formulación de una indicación sustitutiva en la Cámara. Su finalidad es dar igual trato a todos los trabajadores y trabajadoras, especialmente en materia de prestaciones de salud y de seguridad del trabajo.
La idea es que aquellos trabajadores calificados como "obreros" y cuyos empleadores estén afiliados al Instituto de Seguridad Laboral puedan acceder a prestaciones médicas, por causa de accidentes del trabajo, en la red de servicios de salud públicos y en las mutuales, tal cual hoy día lo hacen los trabajadores calificados como "empleados".
Por tanto, se trata de eliminar la distinción, que hoy día no se justifica, entre obreros y empleados y de permitir a todos los trabajadores el acceso tanto en los servicios de salud como en las mutuales.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobó la iniciativa en general y en particular por la unanimidad de sus integrantes, con excepción del artículo primero transitorio, que solo fue aprobado por mayoría.
Durante la tramitación, escuchamos a la Ministra del Trabajo y Previsión Social y recibimos en audiencia al Presidente de la Asociación de Mutuales y a las Presidentas de la Federación de Sindicatos de Trabajadoras de Casa Particular, de la Asociación Nacional de Empleadas de Casa Particular y de la Federación Nacional de Manipuladoras de Alimentos, grupos que hoy día se ven perjudicados en forma importante por la distinción que he mencionado.
En cuanto a la enmienda que la Comisión introdujo al texto aprobado por la Cámara de Diputados, debo señalar que ella fue producto de una observación que hizo el Senador Larraín a la redacción del artículo 8° de la Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, aclarándose que la administración del seguro se llevará a cabo o por medio del Instituto de Seguridad Laboral o por medio de las mutualidades de empleadores, según sea el caso.
También corresponde destacar que el artículo primero transitorio del proyecto, que fija la entrada en vigencia de la ley el primer día del año subsiguiente a su publicación en el Diario Oficial, contó con el voto en contra del Senador Letelier, quien manifestó que dicha norma mantiene una situación discriminatoria hacia un grupo de trabajadores y trabajadoras que hasta ahora han sido considerados como obreros.
Al respecto, el Ejecutivo mencionó que la implementación de la normativa significa un gasto considerable, toda vez que el Instituto de Seguridad Laboral deberá ocuparse de gestionar directamente más de 24 mil 500 nuevos accidentes o enfermedades profesionales por cada año, sumándose la necesidad de sustanciar procedimientos de contratación de personal y de licitación para instalar las respectivas unidades de salud ocupacional.
Esa es la justificación por la que se requiere de ese tiempo para la implementación de la ley, sin perjuicio de que todos en la Comisión planteamos que nos interesaba que esta normativa se aplicara lo antes posible.
El proyecto de ley en estudio, por la importancia que tiene, se enmarca en la política nacional de seguridad y salud en el trabajo, incorporando la vigencia, la aplicación de los principios de universalidad e inclusión...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Me permite una breve interrupción, señora Senadora?
La señora GOIC.- Por supuesto, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Aprovechando que en este momento hay quorum suficiente, propongo abrir la votación.
Acordado.
En votación general y particular el proyecto.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede continuar con el uso de la palabra la Senadora señora Goic.
La señora GOIC.- Señor Presidente, señalaba que este proyecto se enmarca dentro de la política nacional de seguridad y salud en el trabajo, incorporando los principios de universalidad y de inclusión, y representa un paso más en la igualdad de trato, que a nuestro juicio es lo que debe primar respecto de los trabajadores y trabajadoras en nuestro país.
Por tanto, espero que los Honorables colegas puedan aprobar la iniciativa con la unanimidad que se merece un tema como este, de manera que efectivamente pueda ser ley de la república lo antes posible.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la señora Ministra.


La señora KRAUSS (Ministra del Trabajo y Previsión Social).- Señor Presidente, saludo, por su intermedio, a los miembros del Senado.
El proyecto de ley sometido a votación hoy día es de aquellos que generan un notable consenso. Es de esos proyectos justos, pertinentes y necesarios para avanzar hacia la equidad con todos y para todos.
Sometemos a vuestro escrutinio una modificación a la Ley sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Esa ley, de 1968, fue visionaria, moderna y adelantada a su época al poner en relieve la seguridad en el trabajo con la creación de un sofisticado y necesario seguro para los trabajadores de nuestro país; pero, al mismo tiempo, al dar cuenta de la realidad laboral y social de Chile, distinguió a las personas dependiendo del predominio de su esfuerzo físico o intelectual para desarrollar sus funciones. Los unos fueron llamados "obreros"; lo otros, "empleados".
La distinción no es solo conceptual o semántica, sino que tiene efectos prácticos, injustos e indeseados, como que un trabajador catalogado como "obrero" adscrito al Instituto de Seguridad Laboral solo pueda ser atendido en el sistema público de salud, sin poder elegir como cualquier otro trabajador.
Si este Honorable Senado así lo aprueba -lo que de verdad no dudo-, se podrá terminar con la comentada distinción, dando un gran paso para que los trabajadores se sometan al mismo trato que merecen de la ley y de nuestras instituciones.
Como último dato, este proyecto fue aprobado con amplia mayoría en la Cámara de Diputados y en forma unánime en las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Hacienda de esta Corporación, por lo que su paso por el tamiz de la pertinencia y justicia ya viene avanzado.
Por tanto, les pido también vuestra aprobación.
Muchas gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor García.


El señor GARCÍA.- Señor Presidente, tal como se ha dicho, este es un proyecto justo, que viene a corregir una situación que debimos haber enmendado hace mucho tiempo. No es posible que quienes hoy día quedaban bajo la calificación de "obreros", para efectos de recuperarse de un accidente del trabajo o de una enfermedad profesional, no tuvieran el mismo acceso que otra persona que estaba bajo la calificación de "empleado".
Esto tiene, además, un efecto práctico muy importante, muy significativo y va absolutamente en la dirección correcta.
Votamos a favor.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, al igual que quienes han hecho uso de la palabra (la Presidenta de la Comisión, la Ministra del Trabajo y otros señores Senadores y señoras Senadoras), quiero manifestar que concuerdo plenamente con la iniciativa que estamos discutiendo.
La derogación de los conceptos "empleado" u "obrero" data del decreto ley N° 2.200, de 1978, y responde a la necesidad de poner fin a diferenciaciones que terminan siendo odiosas para los trabajadores.
En ese sentido, este es un resabio que se mantenía respecto de materias previsionales y que también corresponde eliminar. Así se evitan discriminaciones que afectan garantías constitucionales, como la libertad para acceder a un sistema previsional -ya que se restringen los derechos de los obreros- y la igualdad, pues de nuevo se perjudica a ese segmento en su posibilidad de lograr los mismos derechos que los empleados.
En consecuencia, consideramos del todo necesaria esta modificación. Y aunque es un tema muy circunscrito, muy menor en el contexto de la legislación, que de hecho ya ha suprimido en todos los ámbitos esta diferenciación, creemos que este aspecto, que había quedado pendiente de resolución, se zanja con esta disposición legal.
Felicito a los autores de la iniciativa y me sumo a la aprobación de esta disposición, que ojalá alcance la unanimidad, tal como ocurrió en la Comisión de Trabajo.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba engeneral y en particular el proyecto (23 votos favorables), dejándose constancia de que se cumple con el quorum constitucional requerido.
Votaron las señoras Allende, Goic, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Bianchi, Espina, García, Girardi, Guillier, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Montes, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Tuma, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.