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DESPENALIZACIÓN DE TRES CAUSALES DE INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Continuamos con la discusión en particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales, con segundos informes de las Comisiones de Salud y de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento e informe de la Comisión de Hacienda, y urgencia calificada de "discusión inmediata".
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.895-11) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite: sesión 3ª, en martes 22 de marzo de 2016 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Salud: sesión 83ª, en 24 de enero de 2017.
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 83ª, en 24 de enero de 2017.
Salud (segundo): sesión 28ª, en 11 de julio de 2017.
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (segundo): sesión 28ª, en 11 de julio de 2017.
Hacienda: sesión 28ª, en 11 de julio de 2017.
Discusión:
Sesiones 83ª, en 24 de enero de 2017 (queda pendiente la discusión en general); 84ª, en 25 de enero de 2017 (se aprueba en general); 30ª, en 12 de julio de 2017 (queda pendiente la discusión en particular); 31ª, en 17 de julio de 2017 (queda pendiente la discusión en particular).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Continúa la discusión particular.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- En la sesión de ayer se produjo un doble empate respecto a la indicación renovada signada con el N° 2 en el documento que Sus Señorías tienen a su disposición, que corresponde a la indicación Nº 3 del boletín de indicaciones propiamente tal.
De acuerdo al artículo 182 del Reglamento, tal indicación debe votarse ahora. Y, de producirse nuevamente un empate, quedará rechazada.
El texto de la indicación renovada, que se muestra en las pantallas, es el siguiente: "No se considerará aborto la acción destinada a salvar la vida de la madre, cuando existiere un riesgo vital, si a consecuencia de ello se produjere la interrupción del embarazo. Para proceder de esa forma se requerirá del consentimiento libre y expreso de la madre y un informe de dos especialistas registrado en la ficha clínica de la paciente. En los casos urgentes será suficiente el informe posterior del médico que haya practicado la intervención.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación la indicación renovada.
El señor BIANCHI.- Deseo hablar, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Pueden fundamentar el voto.
La señora MUÑOZ.- ¡Toque los timbres, señor Presidente!
La señora ALLENDE.- ¡Sí, los timbres!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se procederá a ello de inmediato.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Allamand.


El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, señores Senadores, creo que es muy importante esta indicación, especialmente por la discusión que efectuamos en la sesión de ayer y por lo que se señaló al final de esta, cuando se planteó informar cabalmente a la Sala de las gestiones que usted se comprometía a hacer sobre esta materia en busca de una solución, a petición -si no me equivoco- de la Senadora Lily Pérez y de los Senadores Bianchi y Pizarro.
Básicamente, el debate efectuado ayer se resumía a que el texto de la indicación del Senador Zaldívar tenía por objeto separar la causal número 1 de las otras dos.
A raíz de ello, se generó una discusión que el señor Presidente zanjó desde el punto de vista de la interpretación, y quedó absolutamente claro que la aprobación de la indicación renovada, que en este minuto se muestra en las pantallas, no produce efecto alguno en el resto del proyecto.
En consecuencia, de acogerse tal indicación, continuaríamos el debate con las causales números 2 y 3, pero cambiando el numeral pertinente.
Es muy importante para la presente votación que se sepa que el señor Presidente le entregó al Ejecutivo un texto completo en el que se precisa cómo quedaría el resto del articulado de la iniciativa en el evento de acogerse la indicación que nos ocupa.
Reitero: si esta se aprueba, continuaremos la tramitación del proyecto exactamente igual, sin que se genere ninguno de los efectos que se señalaron en el día de ayer.
Este es un aspecto que los señores Senadores podrán ponderar. Pero nadie puede llamarse a error en el sentido de que no está claro qué se está votando.
Si se aprueba la indicación del Senador Zaldívar, que vamos varios a respaldar, se continúa con la tramitación del proyecto con las causales 2) y 3), signadas 1) y 2). Y no existe ninguna otra modificación en el articulado, más allá de las indicaciones que se vayan aprobando o rechazando.
Por último, señor Presidente, francamente no puedo comprender cuál es la lógica del Ejecutivo y cuál es la lógica de impedir que se vote separadamente aquello que, tal como usted explicó, apunta a dos situaciones distintas.
El denominado "aborto terapéutico" -lo explicó el señor Presidente- no es propiamente un aborto. No hay ahí una intención positiva de generar la interrupción del embarazo. A la inversa, las causales números 2) y 3) claramente tienen una intencionalidad diferente.
Entonces, si todos en esta Sala coincidimos en que el aborto terapéutico no es aborto, ¡por qué se nos quiere obligar a votar una causal que no es aborto dentro de un paquete que contiene otras causales que sí son aborto!
Señor Presidente, eso es -y lo quiero decir con el mayor respeto- forzar el proceso legislativo. Se nos quiere obligar a votar en una situación incorrecta.
En consecuencia, si tratamos de votar de buena fe y respetando las legítimas posiciones, ¡por qué se oponen a votar separadamente una causal respecto de la cual todos ustedes coinciden en que no tiene la misma naturaleza que las causales de inviabilidad y de violación!
Sinceramente, creo que eso es forzar reglamentariamente una votación en forma incorrecta; es coaccionar a que las personas voten sin poder expresar realmente su punto de vista.
Yo puedo señalarle, señor Presidente, que su indicación tendrá el respaldo de todos los votos de la Oposición. Todos vamos a votar a favor de ella, sin disensiones.
En consecuencia, no parece justificada esta persistencia en obligarnos a votar en forma incoherente con el sentido mismo de lo que estamos discutiendo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señor Senador, con respecto a lo que me señala, quiero hacerle presente que efectivamente le entregué al Ejecutivo una propuesta en la línea de lo que usted menciona -lo había anunciado ayer-, al objeto de encontrar una salida a esta situación y evitar el conflicto que se produjo durante la discusión de esta materia.
El Gobierno me planteó, pero sin que tuviera el acuerdo de los parlamentarios que están detrás de la otra proposición, una solución que a mí me parecía factible, que era subsumir en el mismo artículo 119 una declaración en el sentido de que, en caso de riesgo de la vida de la madre, la interrupción del embarazo no era aborto.
Para ello, se requiere de la unanimidad de Sus Señorías; o sea, basta con que un parlamentario diga que no para que esto no se haga. Y hubo Senadores -no voy a dar los nombres- que manifestaron que no estaban de acuerdo con introducir esa modificación y que eran partidarios de votar el texto tal como venía de la Cámara de Diputados y que fue propuesto por el Ejecutivo.
Esa gestión se hizo. Hubo voluntad tanto del Gobierno como de quien habla para buscar una fórmula que resolviera este conflicto.
Como ello no se logró, tenemos que proceder con la votación.
Yo no me referiré más a este asunto. Y cada uno deberá pronunciarse a favor o en contra de la indicación pertinente.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro Secretario General de la Presidencia).- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor COLOMA.- ¡No! ¡Estamos en votación!
El señor BIANCHI.- ¡Estamos en votación, señor Presidente!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Estamos en votación, señor Ministro.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro Secretario General de la Presidencia).- Muy bien.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Goic.


La señora GOIC.- Señor Presidente, usted ya explicó lo que ha pasado entre ayer y hoy. Creo que para muchos que siguieron la larga sesión que realizamos fue muy confusa la situación que se generó en la Sala.
Y ahora, dadas las condiciones a las que estamos enfrentados, en un proyecto que llevamos discutiendo en Comisiones por más de dos años y medio, lo que corresponde es someterlo a votación. Y cada uno, de acuerdo a sus convicciones, al proceso personal que ha llevado a cabo, manifestará su voluntad y postura sobre la materia.
Entonces, quiero justificar mi votación contraria a esta indicación. Ayer ya se planteaba que ella de alguna manera se inscribía sobre una matriz distinta, cuestión que se trató de clarificar y no se logró; que cambiaba la lógica de las causales segunda y tercera.
Ante esa duda, la incerteza que produce, me parece que debemos señalar con mucha claridad a qué se refiere la primera causal y cuál es la implicancia con respecto al resto del proyecto. Y ella es clara: solo en caso de riesgo vital, de modo que la interrupción del embarazo evite un peligro para la vida de la madre.
Es eso lo que, de rechazarse la indicación pertinente, tendríamos que aprobar.
Pero, aprovechando que estamos iniciando el debate, quiero hacer un llamado más bien a mantener algo que señalamos muchas veces ayer: la altura de miras al discutir una materia sensible. Y es sensible porque toca convicciones personales; porque tiene que ver con situaciones en que se nos pone al límite, y sobre todo a las mujeres que han enfrentado o enfrentan estos casos. Son ellas las que ahora nos están mirando.
Lo he señalado en las distintas instancias en que me correspondió participar en la Comisión de Salud: probablemente...
Pido silencio, señor Presidente; que partamos respetándonos nosotros mismos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ruego a Sus Señorías guardar silencio.
Continúe, señora Senadora.
La señora GOIC.- Probablemente, señor Presidente, este es el proyecto más difícil que me ha tocado votar. Sé que a muchos les pasa lo mismo. Y mi decisión de respaldar las tres causales ha sido producto de un discernimiento muy profundo, no solo como parlamentaria, sino también en lo personal.
En la Comisión de Salud efectuamos dieciséis sesiones. Escuchamos todas las miradas.
Me tocó llevar a cabo este mismo proceso también al interior de mi partido: en cada región oímos a los distintos camaradas. Y al final dijimos: "Aquí hay libertad; votación en conciencia", porque en un tema como este no puede haber orden de partido. Y hemos respetado eso respecto de cada uno de nuestros parlamentarios.
Asimismo, señor Presidente, quiero señalar por qué para mí aquí hay excepciones a las que no nos podemos negar.
Si este hubiera sido un proyecto que planteara el aborto en términos libres, ante cualquier situación, yo no habría tenido dudas de votarlo en contra: ¡ninguna! Ello, porque no soy partidaria del aborto.
Pero estamos ante tres situaciones que ponen al límite a una mujer, y muchas veces, a una familia, donde me parece que la respuesta no puede ser el castigo del Estado, la pena, aunque ninguna mujer se vaya a la cárcel (hoy día nuestra legislación establece esa pena). Por eso nos la jugamos para tener un programa de acompañamiento que se haga cargo de verdad del sufrimiento que hay detrás.
Sobre el particular, debo connotar que durante la tramitación de este proyecto conocimos testimonios -esto nos pareció muy importante- de mujeres que frente al primer diagnóstico de inviabilidad optaron por continuar, pero que ante el segundo no fueron capaces de tolerarlo; de mujeres violadas que llevaban oculto este drama, en fin.
Son situaciones respecto de las cuales uno no puede cerrar los ojos, y debe dar el espacio necesario para afrontarlas.
En virtud de esa argumentación, de poner sobre la mesa una realidad patente, que por lo demás muchos resuelven comprando una pastilla por Internet, me parece que debemos proceder a la despenalización de estas tres situaciones excepcionales. Y, además, tenemos que garantizar el apoyo social, psicológico, profesional necesario para que la mujer pueda continuar su vida de la mejor manera.
En ese contexto, rechazo esta indicación, en función de aprobar el texto que viene de las Comisiones pertinentes.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.
--(Manifestaciones en tribunas).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Les reitero a quienes se hallan en las tribunas que están prohibidas las manifestaciones.


La señora VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente, acá estamos discutiendo -y esto se dijo en la sesión de ayer- sobre quién es sujeto de derechos.
Quienes estamos en contra de este proyecto creemos que es sujeto de derechos el ser humano. Y el ser humano parte desde el momento de la concepción.
Todos los científicos que acudieron a la Comisión de Salud -¡todos!- plantearon que lo que existe desde el momento de la concepción es un ser vivo. Y no hay otra opción que la de que ese ser vivo sea de la especie humana.
Por lo tanto, resulta evidente que ese ser humano, que está vivo, tiene que ser sujeto de derechos.
Senadores que están de acuerdo con este proyecto plantean que los derechos no son inherentes al ser humano, sino a la persona.
Yo les quiero decir que el ser persona es un concepto; que el ser humano es una realidad. Y el concepto de persona se ha ido modificando a lo largo de la historia. Son los derechos los que han ido cambiando en la medida que ha ido variando aquel concepto.
Hay muchos ejemplos que demuestran aquello.
Hoy día estamos abocados a la primera causal que propone el Gobierno, mediante la cual plantea que cuando la mujer tiene en riesgo su vida se haría lícita la interrupción del embarazo. Y señala que eso es lo que eventualmente se estaría haciendo hoy.
Eso no es cierto.
En la actualidad, la interrupción del embarazo nunca es lícita cuando tiene por finalidad matar al feto, que es lo que corresponde a la definición de aborto.
Lo que hacen hoy día los equipos médicos es tratar de salvar la vida de la madre, y si en ese acto médico se genera la muerte del feto, eso no es considerado aborto, pues la acción primaria de aquel acto no era matarlo, como sí lo es la acción primaria del aborto.
La definición de aborto -la leí ayer- habla de "un acto invasivo durante el embarazo con la intención de que muera el feto". En el caso de la praxis médica chilena, esa no es la intención de las intervenciones que se realizan durante el embarazo.
Hay intervenciones médicas lícitas.
El aborto nunca es lícito, porque la muerte del nonato, del embrión nunca mejora la salud de la madre. Son las acciones médicas las que, en algunos casos -por ejemplo, un cáncer de útero, o una cardiopatía que requiere intervención quirúrgica-, pueden terminar con la muerte del feto. Pero esa no es la acción primaria.
Con la redacción propuesta por el Ejecutivo estamos haciendo lícita la muerte del feto para tratar de evitar el fallecimiento de la madre.
Como acá hay una colisión de derechos, nosotros tenemos el convencimiento de que ese ser humano, que está vivo, que es sujeto de derechos -y, por lo tanto, del derecho a la vida-, tiene tanto derecho a vivir como su madre. De manera que hay que intentar salvar ambas vidas: la de la madre, porque sustenta la del feto, pero sin ir en contra de la vida de ese ser humano.
La indicación del Senador Zaldívar apunta justamente en ese sentido. Señala: "No se considerará aborto la acción destinada a salvar la vida de la madre". Es decir, la acción médica está dirigida a salvar la vida de ella.
Por su parte, el texto del Ejecutivo dice que "se autoriza la interrupción de su embarazo". En este caso, la acción médica está destinada a interrumpir el embarazo para matar al feto, y a través de ese mecanismo, eventualmente mejorar las condiciones de salud de la mujer.
Así lo planteó abiertamente el Gobierno en la Comisión de Salud. Dijo, por ejemplo, que había casos de preeclampsia o hipertensión arterial en que era necesario interrumpir el embarazo.
Eso no es cierto, señor Presidente.
Porque ¿qué se hace hoy día? Todos los embarazos de alto riesgo son monitoreados diariamente por los equipos de salud; se hospitaliza a la mujer, y se trata de salvar la vida tanto de la madre como la del hijo. Si se produce alguna complicación, se procura salvar la vida de la mujer. Y si producto de ello fallece el feto, esa es una condición secundaria, no la acción primaria.
Por lo tanto, me parece que la indicación del Senador Zaldívar va en el sentido correcto. Y la vamos a apoyar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, la discusión de este proyecto nos obliga a ser muy cuidadosos y responsables tanto en el fondo de nuestra reflexión como en la forma de expresar nuestras ideas. No puede haber espacio en este debate para la simplificación, la caricatura o la desinformación, elementos que, lamentablemente, han inundado la discusión durante los últimos días.
Estamos hablando de despenalizar el aborto en tres causales específicas: peligro de vida de la mujer embarazada, inviabilidad del feto y embarazo producto de una violación.
Despenalizar no equivale a obligar, sino a garantizar un derecho, debidamente justificado, para las mujeres que, por cualquiera de los motivos recién expuestos, determinen no continuar con su proceso de embarazo.
En el día de ayer, señor Presidente, me hacía sentido su indicación. Pero, al escuchar las diversas intervenciones, y sobre todo las exposiciones de los miembros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, me di cuenta de las dificultades que generaría su aprobación.
En todo caso, rescato del debate que se generó la disposición de las bancadas de Oposición, que han terminado por aceptar, algunos más convencidos que otros, la legitimidad de la causal de riesgo en la vida de la madre para interrumpir el embarazo.
Me llama la atención que solo ahora se abran a la idea de aprobar esa causal, después de varios intentos fallidos para reponer el aborto terapéutico, vigente en nuestro Código Sanitario hasta 1989.
Es evidente que existen diversas motivaciones detrás del voto favorable a esta indicación. Algunos, como su autor, reiteran una legítima posición que han sostenido desde siempre, mientras otros en su fuero interno hubieran preferido abstenerse o rechazarla. Pero han votado a favor con el objetivo -es mi modesta opinión- de provocar un daño al proyecto integral.
Cualquiera sea la motivación, hay que valorar que el debate se ubica en el plano del que nunca debe salir, esto es, una discusión política acerca de las normas que rigen nuestra convivencia, y no un debate sobre las convicciones morales de cada uno, respecto de las cuales siempre será muy difícil llegar a acuerdo.
En cuanto a la forma, lamento que no haya habido el espacio en las etapas previas del análisis de este proyecto para haber explorado las posibilidades de un acuerdo amplio al menos en esta causal.
Señor Presidente, a estas alturas de la tramitación, es muy complejo tratar de integrar de manera coherente vuestra indicación al conjunto del proyecto. Pero si se perdiera esta votación y, en definitiva, se aprobara su indicación, entonces habría que hacer la tarea de conciliar las diferentes partes de la iniciativa.
No sería una derrota del proyecto. ¡Cómo podría serlo si al menos en una causal la Oposición lo valida!
Constituiría, sí, un tropiezo. Pero estoy seguro de que el conjunto de esta iniciativa, con sus tres causales, logrará avanzar tal cual lo demanda la enorme mayoría de la población.
Voto en contra de la indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.


El señor BIANCHI.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero manifestar mi deseo de que podamos despejar cuanto antes el largo debate que se ha generado sobre esta indicación, para luego abocarnos de lleno a lo que será la discusión de este proyecto hasta su total despacho en esta sesión.
Creo, pues, que este debate debe terminar lo más pronto posible.
Ayer, señor Presidente, junto a otros Senadores que lo acompañaron con sus firmas, respaldé su indicación. Y hoy día no puede ser la excepción.
Voté a favor con la absoluta convicción de que no había ninguna duda respecto de lo que planteé, esto es, que su aprobación podía significar la eliminación de todo el debate relacionado con las otras dos causales.
Eso ha quedado totalmente despejado.
Lo otro que hice ver ayer es que ello tampoco iba a provocar problemas ante el Tribunal Constitucional.
Es otra situación que queda total y completamente despejada.
Eran los dos puntos que me preocupaban ayer.
La idea es que no haya duda de que quienes estamos ahora pronunciándonos a favor de esta indicación queremos votar cuanto antes las otras causales y no pretendemos ni entorpecer la discusión de este proyecto ni provocar problemas ante el Tribunal Constitucional.
Esa situación está del todo clara en este momento.
Por eso, señor Presidente, voy a volver a votar favorablemente esta indicación, que, sin lugar a dudas, permite que en definitiva Chile mantenga las mismas estadísticas que tenemos al día de hoy con respecto a los restantes países de América Latina: estamos muy por debajo de las cifras sobre muerte de mujeres, a diferencia de otras naciones de Latinoamérica.
Actualmente, ¡siempre se privilegia la vida de la mujer!
Esta indicación apunta en un sentido que me hace votarla a favor una vez más.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.


El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, intervengo solo para ratificar mi fundamentación de voto de ayer y para desvirtuar lo que señalaron varios Senadores, especialmente el colega Allamand, quien al abrirse la discusión intentó dejar sentado que en esta indicación había coherencia y que su contenido no influía en el resto de la iniciativa.
Aquella es una interpretación particular; la respeto, pero está en las antípodas de lo que ha sido el debate. Simplemente, significa tratar de instalar una realidad y una interpretación que no tienen consenso en esta Cámara: las de que al aprobarse esta indicación sería inocuo su efecto en el proyecto.
Eso es absolutamente erróneo.
En la Comisión de Constitución nosotros discutimos esta iniciativa con gran profusión. Ayer varios Senadores leyeron el informe, que es importante tener a la vista.
Ahora se quiere votar este proyecto, que ya fue votado anteriormente. Y me parece bien.
¡Cómo han cambiado la Alianza, los conservadores, quienes, no obstante resistirse a la interrupción del embarazo en las tres causales, ahora buscan, en la última oportunidad, en el momento final, con una indicación renovada, cambiar el sentido de una iniciativa que ha llevado el Gobierno y que ha ido pasando por las distintas Comisiones!
Seamos claros: ¡aprobar esa indicación implica hacer inviable el proyecto sobre interrupción del embarazo en las tres causales!
No nos llamemos a equívocos: no hay consenso. Y que quede claro en la Versión Oficial. Porque aquí se ha procurado hacer creer que se trata de una indicación más.
Con esta indicación renovada se procura licuar el proyecto.
Ya hubo intentos en el ámbito de la objeción de conciencia, por la vía de proposiciones encaminadas a extenderla a todo el equipo médico. Incluso, se planteó ampliarla a toda la institución.
Se logró parar esos intentos.
Por lo tanto, reafirmo que para avanzar en el propósito de despenalizar el aborto es fundamental rechazar la norma que se nos sugiere ahora; aprobar cada una de las causales -la 1), la 2) y la 3)-, y de esa manera poner término al veto conservador existente en nuestro país, transparentar las voluntades y evitar que se gane con una indicación renovada en el último instante del debate legislativo.
Quería dejar claro eso, señor Presidente, porque este debate, que sin duda está siendo escuchado por la ciudadanía, será histórico, pues permitirá dar un paso más en las libertades, especialmente en las de las mujeres, y hará retroceder a los conservadores.
Voto en contra de la indicación renovada.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora Señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, tras el largo debate habido en la sesión anterior a propósito de su indicación, considero superimportante transmitirle a la gente que se encuentra en las tribunas y a la que ve esta sesión por Televisión Senado que aún no hemos votado la primera causal y que ahora nos estamos pronunciando por segunda vez sobre la indicación de Su Señoría, ya que en la primera oportunidad se registró un empate.
Ahora bien, el propósito de ese empate era intentar un acuerdo en torno a una redacción común que nos interpretara a todos los miembros del Senado: Oposición y Gobierno. ¿Por qué? Porque se trata de una materia muy sensible, que, a pesar de que en esta Sala la mayoría son hombres -las mujeres somos muy pocas-, es de sociedad: un tema que nos compete a mujeres y hombres.
Por eso era interesante explorar esa posibilidad.
Señor Presidente, fui de quienes les pidieron a usted y al Gobierno (a las Ministras presentes hoy día) que se allanaran a conversar (anoche, esta mañana) una redacción común.
El señor BIANCHI.- Yo también lo solicité.
La señora PÉREZ (doña Lily).- El Senador Bianchi también se sumó a esa petición.
Lamentablemente, no hubo posibilidad de acuerdo.
Ahora, señor Presidente, debo recordarle -y se lo digo cariñosamente, pero con franqueza- que usted, como las Ministras, es del Gobierno. Por lo tanto, debieron haber hecho un esfuerzo mucho mayor (ya que pertenecen a la misma coalición) para lograr un acuerdo.
Señor Presidente, yo sí soy partidaria de avanzar en este proyecto. Entonces, cuando escucho algunas intervenciones de las bancadas de la Oposición debo decir francamente que los argumentos contenidos en ellas no me interpretan.
Convengo con quienes señalan que desean avanzar y transparentar una situación que hoy día existe; ello, en la idea de no vulnerar la vida de la mujer frente al dilema ético-médico. Pero cosa muy distinta son los argumentos que hemos escuchado aquí esta tarde.
Yo soy mujer, Senadora, mamá; conozco el milagro de la vida. Por ende, creo que debe ser la mujer, y no el Estado, quien tome la decisión respectiva.
Señor Presidente, yo he decidido no votar su indicación; he resuelto no apoyarla. Y no la votaré en contra.
No la voy a votar a favor ni en contra: no la votaré.
--(Manifestaciones en tribunas).
Yo no comparto los argumentos de algunos de aquellos que la votan a favor.
Ayer la voté a favor porque quería que en el Senado llegáramos a un consenso en la primera causal.
Me hizo bastante sentido lo que me dijo un abogado de gran prestigio y a quien admiro mucho: el constitucionalista Gastón Gómez, quien además pertenece a mi sector político; es de Oposición, y fue un fiel colaborador del Gobierno del Presidente Piñera.
Ese abogado me dijo que había que tener cuidado, para que este proyecto no se entrampara en el Tribunal Constitucional.
Por lo tanto, yo no voy a emitir un voto a favor de una indicación que podría tener efecto en el resto del articulado de esta iniciativa.
Por eso decidí no votar esta indicación, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Rossi.


El señor ROSSI.- Señor Presidente, yo no me voy a referir a lo que señaló la Senadora Lily Pérez en el sentido de que existe el riesgo de que este proyecto sea cercenado en el Tribunal Constitucional, lo que ha sucedido con muchas iniciativas.
Lo importante es que en la Derecha chilena, en la Oposición, hay un cambio muy grande.
En efecto, el esfuerzo que se está haciendo en este debate, que ya lleva prácticamente un día y medio, es para buscar la manera de, cambiándole el nombre, aprobar el aborto en nuestro país sin decirlo.
¡Eso es exactamente lo que se está discutiendo hoy día!
Durante 58 años, desde 1931 hasta 1989, el aborto estuvo perfectamente definido.
Pasaron Ministros de Salud, Presidentes de la República -¡uno, bastante tiempo...!-, y todos entendieron lo mismo. Nadie hizo cuestionamiento alguno, ni en las Comisiones de Salud de las Cámaras ni en estas Corporaciones. Todos entendían lo que era aborto: interrumpir el embarazo por hallarse en peligro la vida de la madre.
En el proyecto que nos ocupa ahora la cuestión de fondo es que se está procurando cambiar la redacción de la norma pertinente por dos razones, diría yo.
En primer lugar, siento -y a este respecto existe un avance que hay que reconocerle a la Oposición- que hoy día nadie se atreve a señalar que una mujer cuya vida corre peligro fruto de un embarazo debe continuar con él de "manera heroica", como decía Jaime Guzmán en los célebres debates que todos hemos leído alguna vez.
Entonces, aquí estamos viendo una señal de los tiempos.
Por eso mismo, creo que en nuestro país pronto vamos a tener matrimonio igualitario, despejando las dudas existentes en la materia, tal como alguna vez las hubo en el caso del divorcio vincular y en el de los hijos ilegítimos, de los "guachos", como se les llamaba.
El país evoluciona; se registran cambios culturales, y la sociedad los exige: creo que vamos por el buen camino.
Pero cuál es el problema que tiene la Oposición hoy día -y por eso había que cambiar la redacción de la causal número 1)-: que al aprobar la primera causal se le cae la argumentación completa para las otras dos causales.
¿De qué se está hablando acá? De la jerarquización de principios: se está jerarquizando el derecho a protección que tiene el embrión -es decir, su dignidad intrínseca- frente al derecho a protección que le asiste a la mujer.
¿Cómo se puede entender que alguien señale a rajatabla que un embrión es igual que una mujer, quien es un ser humano completo y tiene los mismos derechos, si a la vez está aprobando una indicación en virtud de la cual se puede interrumpir un embarazo y destruir un embrión, el que por tanto, sobre la base de ese argumento ético, debiese tener la misma dignidad intrínseca e igual derecho a protección?
O sea, rechazando la primera causal como estaba redactada se cae el argumento ético y legislativo que fundamenta el rechazo de las otras dos causales.
Entonces, nos damos cuenta de algo muy obvio: hay que jerarquizar, independiente de las concepciones morales de cada cual.
No nos vamos a poner de acuerdo -no se han puesto de acuerdo en el mundo entero- en la determinación del momento en que comienza a existir la persona humana.
Esa discusión se ha dado en todos los Congresos del mundo, y todavía no se ponen de acuerdo.
Por eso es tan importante que no seamos soberbios; que no nos arroguemos la moral de los demás; que no pretendamos que el Estado le imponga obligaciones a la mujer contra su voluntad, porque finalmente eso menoscaba su dignidad, ya que disminuye su autonomía, pilar fundamental de la dignidad de un ser humano, particularmente, en este caso -valga la redundancia-, de la mujer.
Así que, desde ese punto de vista, yo estoy contento de que hayamos podido generar este debate hoy día.
Hay necesariamente un cambio.
Ojalá que vayamos avanzando más y que cuando discutamos el caso de la violación tengamos capacidad para ser tolerantes y entender las realidades que se viven.
Por cierto, voy a votar en contra de esta indicación y a favor de la primera causal, como también de las dos siguientes.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, en primer lugar, quisiera hacerme cargo de lo que acaba de señalar el Senador que me antecedió en el uso de la palabra.
Yo no creo que defender la vida del que está por nacer implique ser conservador, retrógrado, y que declararse partidario del aborto signifique ser moderno y progresista. No lo creo.
En cuanto a las leyes valóricas aprobadas en el Senado -incluso, en algunas nuestros parlamentarios han sido autores de los proyectos pertinentes; es el caso del colega Allamand, en lo que respecta a la Ley de Unión Civil, que se tramitó durante el Gobierno de Sebastián Piñera-, debo decir que nuestras bancadas, mayoritariamente, las han votado a favor.
La ley sobre hijos ilegítimos; la "Ley Zamudio", que prohíbe la discriminación; la ley relativa al divorcio, en fin, fueron aprobadas por nosotros.
Pero aquí tenemos una diferencia extraordinariamente de fondo con ustedes: puestos en juego los derechos reproductivos de la mujer, o sea la posibilidad de disponer de su cuerpo, y el derecho a la vida del que está por nacer -este último es una persona que se halla en proceso de evolución para nacer-, nosotros preferimos el derecho a la vida.
Esa es, lógicamente, una diferencia de fondo.
Ustedes no prefieren el derecho a la vida, lo minimizan: "el feto", "el embrión", "una masa humana inarticulada".
Para nosotros no es así.
Y esa es una diferencia muy de fondo que tenemos.
Entonces, porque tenemos esa diferencia de fondo, hemos dicho que la indicación que presentó el Senador Zaldívar, respaldada por toda la Oposición y por algunos parlamentarios de la Nueva Mayoría, busca precisamente demostrar que la conducta -por favor, escuchen bien- del médico que interviene con el propósito de salvar la vida de una mujer y provoca la interrupción del embarazo -para usar el lenguaje preciso- no constituye un aborto, sino una acción que merece ser tratada en un ámbito distinto.
Eso es lo que nosotros hemos sostenido con la indicación que se está votando.
Por cierto, estamos de acuerdo.
En consecuencia, no pretendan cambiar nuestra posición. O sea, ante la pregunta de si estando en riesgo la vida de la mujer el médico debe intervenir para salvarla aunque ello provoque la muerte del que está por nacer, definitivamente nuestra respuesta es "sí".
En nuestra opinión, eso no constituye un aborto, pues la intención, el objetivo, el propósito del facultativo es salvar la vida de la mujer y no provocar la muerte del que está por nacer. Si se provoca, fue fruto de la acción que el médico debió emprender, desesperadamente, para intentar salvar una vida.
Ahí tenemos una diferencia conceptual.
¡Esa es la verdad!
Nosotros privilegiamos el derecho a la vida en esa y en otras circunstancias. ¡Y ustedes, no!
Señor Presidente, ahora quisiera referirme a un argumento que resulta insólito para cambiar una votación.
El Presidente del Senado se ofreció para decirle al Gobierno: "Arreglemos la indicación".
Todos le dijimos que la arregláramos, para que no hubiera dificultad en cuanto a que alguien pudiera suponer -esa posibilidad es incorrecta- que de aprobarse la indicación las causales 2) y 3) y el resto del proyecto se caían.
Pero sucede que el Gobierno -esa es la realidad de este Gobierno; y yo no me extraño- se niega a todo. ¡Retroexcavadora total! ¡Se niega (perdónenme por enfatizarlo) a todo!
Se trata de resolver un problema y la inmensa mayoría de los parlamentarios está de acuerdo en lo que he señalado: en que perfectamente un médico puede intervenir a una mujer para salvar su vida aunque con eso interrumpa su embarazo.
Al Gobierno no le importa eso: lo que le importa es que esto se llame "aborto".
Al Ejecutivo no le importa el resultado de la ley.
Eso es lo que les ocurre, estimados Ministros. Y por ello -se lo señalo con el mayor aprecio- les va tan mal en la opinión pública.
Se lo digo con mucha franqueza: eso es lo que les pasa. Y por eso han tenido un triste récord en materia de apoyo popular.
En consecuencia, simplemente quiero señalarles que se está cometiendo un tremendo error. Y se han dado todas las garantías para que se vote el resto de las indicaciones.
Es falsa la afirmación, hecha con liviandad y arrogancia, de que se van a caer quince páginas.
No se caerá ninguna, señor Presidente. De hecho, usted mismo acordó con los Comités que se votaran cinco capítulos. De manera que no podría haberse acordado eso si, supuestamente, de aprobarse la indicación caían los cuatro restantes.
Ahí existe una incoherencia.
Señor Presidente, concluyo señalando que esta indicación es correcta; que se comete un error al confundirse la situación, y que se pierde la oportunidad de que se logre un acuerdo por una gran mayoría del Senado simplemente -lo digo con el respeto que corresponde- debido a la tozudez del Gobierno, que no quiso llegar a acuerdo con el Presidente de la Cámara Alta.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.


El señor PROKURICA.- Señor Presidente, en mi larga carrera en el Parlamento, este debe de ser uno de los proyectos más importantes que me ha tocado votar, junto al de la derogación de la pena de muerte, solo que en este caso se trata, no de la vida de un delincuente, de alguien que le ha fallado a la ley, sino de un inocente que no puede defenderse. Por eso, creo que es difícil tener una opinión diferente.
Respeto a quienes están planteando aquí una posición distinta de su indicación, señor Presidente.
Sobre el particular, hago presente que, como lo sostienen todos los expertos, cuando el que está por nacer muere como resultado de salvar la vida de la mujer, claramente no hay aborto.
¿Por qué es tan difícil explicárselo a algunos?
Es más, hoy conversaba con algunos médicos ginecólogos y neonatólogos que trabajan en hospitales públicos y se ven enfrentados habitualmente a esta situación. Ellos me señalaban: "Es tan claro lo que ustedes están tratando en la indicación, que en la medicina se encuentran establecidos los protocolos de lo que un médico debe hacer en ese caso". Y no hay dos opiniones: tiene que salvar la vida de la madre. Si el feto llega a morir en el vientre materno como un efecto no deseado, eso claramente no es un aborto.
Creo que a quienes han seguido la discusión de la iniciativa les resulta difícil comprender por qué no se permite la unanimidad respecto de una indicación del Presidente del Senado, quien integra, además, las bancadas oficialistas.
Tengo una explicación. Pienso que en el debate, que se ha llevado con altura de miras, siempre media esa condición que en nuestra sociedad lleva a que algunos no expongan con claridad lo que quieren. Me parece que en la Sala algunos son partidarios -y resulta legítimo- del aborto libre. Y lo manifiestan con claridad: "La mujer tiene derecho a hacer lo que estime conveniente con su cuerpo". Escuché los argumentos de una Honorable colega hace unos minutos. Mas no todos los plantean. Y, como integran una coalición con diferencias, no pudo salir adelante una indicación que correspondía, evidentemente, a un acuerdo de todos los Senadores y a la lógica y la praxis médicas.
Pero cuando se trata de la vida de un ser humano no puedo abrigar dudas. Si se ofrece la muerte de un indefenso como la solución de otro problema, creo que esa nunca puede ser una buena solución. Ni siquiera es una solución.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, lo que hace la indicación, que respaldamos, es llevar la lexartis médica a la letra de la ley.
Pensé que ayer se habían entregado todos los argumentos, pero tengo que aclarar algunos puntos después de escuchar algunas intervenciones de las bancadas de enfrente.
Hemos señalado en forma clara que nuestra legislación no castiga penalmente a los equipos médicos que realizan cualquier tratamiento para salvar la vida de la madre. Si como resultado de ello se verifica el doble efecto, no buscado ni deseado, de la interrupción del embarazo, eso no está sancionado. Es preciso aclararlo para la historia fidedigna del establecimiento de la ley.
Nuestro Código Penal contempla el castigo para quien maliciosamente interrumpe ese estado. Por lo tanto, tiene que haber dolo.
Hemos puntualizado que no hay condena alguna a un equipo médico que haya buscado salvaguardar la vida de la madre y provocado un aborto indirecto.
Por eso es tan importante poner de relieve las cifras de salud materna. Chile ocupa el segundo lugar en el continente, después de Canadá, e incluso antes de Estados Unidos.
La norma apunta justamente -se halla bien orientada- a salvaguardar la responsabilidad de los equipos médicos, para que la lex artis se pueda aplicar. La estadística de las dos muertes al año responde a que los profesionales no lo hacen por temor a las consecuencias jurídicas. Y lo que busca la indicación es precisamente lo contrario.
A mi juicio, el Congreso perdería una tremenda ocasión para llevar la práctica a la letra de la ley y salvaguardar la responsabilidad de los equipos médicos.
Por lo tanto, no es verdad que la voluntad del Presidente del Senado y de quienes respaldamos la indicación sea despenalizar o buscar alguna fórmula para que, en definitiva, el mal llamado "aborto terapéutico" no se considere dentro de la primera causal.
Cabe señalar con claridad que el Congreso dejaría pasar hoy día una oportunidad. Lamento que no hayamos contado con los votos necesarios. Así es la democracia.
Pero ciertamente creemos que nos hallamos ante un retroceso fundamental en el estatuto jurídico del no nacido y en entregar todas y cada una de las herramientas para finalmente velar por su vida. Lo reconocemos como un ser único, irrepetible, con dignidad y derechos, que debe ser protegido.
Consideramos, además, que, de acuerdo con nuestro marco legal y constitucional, incluidos los instrumentos internacionales ratificados por Chile que se encuentran vigentes en materia de derechos humanos, como el Pacto de San José de Costa Rica, los países adscritos a este deben defender y propender a la defensa de la vida desde el momento mismo de la concepción.
Considero que no haber tenido la oportunidad de aprobar la indicación constituye un retroceso en el propósito de velar por los derechos del que está por nacer.
A mi juicio, con esta votación estamos iniciando un camino de pérdida del estatuto de garantías del no nacido.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Lagos.


El señor LAGOS.- Señor Presidente, cuando intervine ayer comencé diciendo algo que reiteraré hoy día, porque la discusión será larga y apasionada: nadie es dueño de la verdad. El Senador que habla no lo es, pero tiene opinión.
Y haré un esfuerzo, pues creo que el debate se pondrá más complejo, a veces, a medida que transcurra la jornada, ya que en las pocas intervenciones registradas se han empleado algunos adjetivos que tal vez no son los más sanos. Pero los que se quejan de ello nos tratan a renglón seguido de una forma que tampoco es grata.
Imputaciones como la de que nos va mal ante la opinión pública nos obligan, entonces, a dirigirnos a ella y no a convencernos entre nosotros, entre otras cosas porque creo que no vamos a cambiar de opinión, por más voluntad que se tenga de escuchar con el ánimo de ser seducido por argumentos diferentes. En consecuencia, lo que nos queda es llegar a los ciudadanos que siguen el debate.
Estimo que la indicación, apoyada básicamente por la Derecha, plantea: "¿Saben qué más? Vamos a aprobar la causal 1), pero la dibujaremos de otra forma".
Es la misma que existió en Chile desde 1931 hasta 1989 y que la Derecha rechazó cuando legisladores trataron de reponerla no hace mucho tiempo, como lo explicó el Senador señor Rossi o el Honorable señor De Urresti. Se trata del aborto terapéutico.
No me convence que la disposición diga que no hay un aborto, sino una interrupción del embarazo. Lo he leído muchas veces ayer y hoy. Se hace referencia a la acción destinada a salvaguardar la vida de la madre si a consecuencia de ello "se produjere" el efecto anterior. Las cosas "no se producen" solas. Hay decisiones al respecto.
Al final del día, no se expresa si la interrupción del embarazo es buscada o no. Podría ocurrir que el facultativo la persiguiera para salvaguardar la vida de la madre. No es que "se produzca": la "produce", gatilla el aborto. Eso es lo que la indicación permite.
En consecuencia, voy a quedarme con el proyecto original, porque lo otro es confuso.
Pero el punto es otro. Lo planteamos ayer y es preciso reiterarlo para que se entienda bien, porque, como "nos va mal" ante la opinión pública, es preciso explicárselo a esta. Queremos legislar para que las mujeres que interrumpan su embarazo no vayan presas, como tampoco los médicos. Para eso se despenaliza. Eso es lo que estamos legislando. Y la indicación también lo propone, pero de manera encubierta.
En definiva, hay un cambio -y eso es lo importante- en la visión de un ámbito que se oponía al aborto terapéutico, al cual reconoce ahora con esa última disposición. Porque para salvaguardar la vida de la madre se puede interrumpir el embarazo así sea directamente. No tiene lugar en el vacío: lo decide un especialista.
¿Por qué? Y aquí está la belleza de la discusión, que es la de que avanzamos. Porque un sector dice: "Ante dos bienes jurídicos por proteger: la vida del que está por nacer y la vida de una persona, el facultativo va a optar por la del que ya existe". La indicación lo hace posible.
Ahora, la lex artis puede ser muy buena, pero con la causal 1) queremos la lex a secas y su fuerza. Ello les proporcionará certeza jurídica a los médicos, que hacen de la lex artis su resguardo -ello no es posible para todos, por lo demás- en orden a que podrán, de manera deliberada y consciente, poner fin a un embarazo, llámese "interrupción" o "aborto", para salvaguardar la vida de la madre.
Entonces, se ha verificado un cambio en relación con los que rechazaban lo que ocurría.
No tengo otra interpretación que no sea la de que legislaré para permitir la interrupción del embarazo a fin de salvaguardar la vida de la madre, pero que no lo llamaré aborto, de modo de poder expresar después, en cuanto a las otras dos causales, que lo rechazaré por negarme a aceptar que hay protegidos dos bienes jurídicos distintos.
En muchas circunstancias -es lo que manifestaba ayer el Senador señor Espina-, la ley se pone en el caso de privilegiar una vida sobre otra, como en la legítima defensa. Antiguamente existía en Chile la pena de muerte. O sea, hay posibilidades de legislar. Y lo que estamos haciendo aquí, incluido con la indicación, es exponer que, ante la vida de alguien existente y la de alguien por nacer, se autoriza a un especialista para que, deliberadamente o no, ponga fin al embarazo. Ello, sea que se llame "interrupción", si se prefiere, o "aborto", como lo conocimos desde 1931 hasta 1989, y que ha sido rechazado indefectiblemente por cierto sector político.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, las leyes no resuelven acerca de la verdad de las cosas. Intentamos determinar lo que será o no conforme a derecho. Por lo tanto, los debates no finalizan. No es adecuado, entonces, que ciertos legisladores intervengan en el carácter de poseedores de la verdad, como se observa de pronto.
La discusión va a trascender, probablemente, de la decisión que tomemos hoy día, tal como ocurrió en los casos del divorcio, del acuerdo de unión civil y del término de la distinción entre hijos ilegítimos y naturales, porque las reacciones en la sociedad son mucho más profundas de lo que puede resolver el Congreso.
Cito una frase de Fernando Savater: "Fanático es aquel que estima que sus creencias morales, antes que derechos, constituyen obligaciones, y no solo para sí, sino también para los demás".
La actual es una ley fanática, en verdad, porque impone una visión de la sociedad, sin permitir que se respete el legítimo derecho de una persona que hace algo diferente. La norma en vigencia establece la persecución penal a quien realice una interrupción del embarazo aun en las circunstancias extremas que el proyecto mínimamente considera.
En consecuencia, la iniciativa en debate es completamente distinta. No le impone una visión a nadie. Considera un derecho, una ampliación de la libertad. Si una mujer que se ubique en alguna de las causales dramáticas de riesgo vital, inviabilidad fetal y violación decide, por sus legítimas convicciones y creencias religiosas o morales, perseverar en su embarazo, será respetada, a diferencia de la normativa en vigor, que dispone que los fiscales persigan penalmente a la que decida interrumpirlo.
Esta es la gran diferencia.
Alguien dijo por acá: "Me tratan de conservador porque defiendo la vida". Los que la defendemos hoy día también lo hicimos ayer. Es una actitud que no significa ser conservador. Creer que el objetivo se consigue solo con el derecho penal sí que lo es, en cambio, ya que este constituye la última ratio y no puede ser utilizado para actuar contra una mujer afectada por una violación, para citar un caso. Ello no puede significar una persecución penal financiada por todos los chilenos a quien ha decidido interrumpir el embarazo después de sufrir una agresión sexual. Es algo que no corresponde.
Señor Presidente, voy a votar en contra de su indicación por los argumentos de forma que di ayer, que no repetiré, los cuales me parece que pueden ser utilizados maliciosamente por algunos en la discusión en el Tribunal Constitucional.
Juzgo que ese texto presenta, además, algunos problemas.
En primer lugar, no regula un verdadero aborto terapéutico, sino, en concreto, un sistema de aborto terapéutico inspirado en un modelo de doble efecto.
Luego, es contradictoria, porque al emplear las palabras "No se considerará aborto" no queda claro si se trata de una causal de justificación, de modo que sería igual a las de los números 2 y 3, o bien, de una causal de atipicidad, o, eventualmente, de una excusa legal absolutoria. No sé qué se plantea.
En cualquier caso, el efecto sería muy complejo, pues querría decir que se trata de un hecho irrelevante. Por lo mismo, resulta más razonable la redacción de la causal en el proyecto del Gobierno.
Tampoco es correcto, en técnica penal, recurrir a los vocablos "No constituirá aborto". Porque efectivamente lo es. Médicamente, eso significa la interrupción del embarazo. Presenta un apellido: "terapéutico", con una finalidad determinada, pero no correspondería incorporarlo en la indicación.
Además, se utiliza la expresión "a consecuencia", que es una forma de restricción de la causal. Con ello, el embarazo solo se podría interrumpir indirectamente, como un efecto indeseado, pero no, a diferencia de la regulación en la causal propuesta por el Ejecutivo, como un acto en que, en algunos casos, cuando está en riesgo la vida de la mujer, la consecuencia se puede buscar directamente. Ello no sería posible con la redacción de la indicación.
Por esas razones, me pronunciaré en contra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Patricio Walker.


El señor WALKER (don Patricio).- Señor Presidente, expuse ayer que de alguna manera la indicación que formulé no era de iniciativa propia, sino que básicamente recogía el contenido del proyecto de ley presentado por cuatro Senadores de la Democracia Cristiana en 2011: Mariano Ruiz-Esquide, Andrés Zaldívar, Jorge Pizarro e Ignacio Walker.
Ese proyecto me convenció -no tengo el mérito de ser su autor-, porque establece algunos puntos que considero relevantes.
En primer término, la moción se hace cargo de una realidad: hoy no existe sanción para los médicos que cumplen el deber de salvar la vida de la madre porque, si no interrumpieran el embarazo, ella moriría también.
Sobre el particular, quiero citar a un médico que señala lo siguiente: "la legislación existente permite que la atención de urgencia de los servicios de obstetricia y ginecología puedan determinar claramente y con la precisión que requiere cada caso el acto médico quirúrgico a seguir, regulado por la ética del doble efecto y por el sentido común, sin tener que esperar la autorización de una comisión médica para atender la urgencia. En otras palabras, en la actualidad los médicos Chilenos practican abortos cuando la interrupción del embarazo es imprescindible para salvar la vida de la madre, sin necesidad que se legalice el aborto terapéutico, en base a la lex artis propia de la medicina, al principio jurídico de la no exigibilidad de otra conducta (lo cual lo exime de una eventual responsabilidad penal) y por el hecho de obrar en cumplimiento del deber (elemento que le otorga protección legal frente a cualquier cuestionamiento en el ámbito penal).".
El texto finaliza así: "Además, hay que señalar que en Chile no hay ninguna mujer en la cárcel por habérsele practicado un aborto terapéutico.".
Esa idea tampoco es mía, señor Presidente. Se la copié al doctor Jaime Burrows, actual Subsecretario de Salud Pública, quien la planteó en su calidad de experto en bioética, materia en la que cuenta con un doctorado.
Cuando los Senadores de la Democracia Cristiana presentaron su proyecto, a mí por lo menos me interpretaron cien por ciento. Lo mismo puedo decir de lo manifestado por el doctor Jaime Burrows.
¿Qué expresaba la moción que presentaron nuestros queridos colegas? En primer lugar, que opera la teoría del doble efecto. Es decir, que hay un objetivo buscado, salvar la vida de la madre, y una consecuencia no deseada: la muerte del feto o ser que está por nacer.
En segundo lugar, destacan la importancia de defender la vida desde el momento de la concepción, lo cual no impide la actuación de los médicos.
Ese punto está absolutamente claro y estoy de acuerdo con él. Por eso dije ayer que no comparto lo manifestado por Jaime Guzmán -en mi opinión, se trata de una opción y una filosofía fundamentalistas- en el sentido de que incluso en caso de peligro para la vida de la madre esta debía adoptar una actitud heroica y enfrentar las consecuencias sí o sí.
No estoy de acuerdo con esa visión, que me parece fundamentalista.
Naturalmente, considero que, de no haber intervención, mueren ambos.
Por lo tanto, también estamos defendiendo al más débil: primero al feto, pues se intenta salvar la vida de la madre sin interrumpir el embarazo. Pero después, si lo anterior resulta imposible, la madre es la débil y, por consiguiente, hay que mantenerla viva, ya que, de lo contrario, mueren los dos.
En cuanto a llamar "aborto" o no a esta acción, el Senador Espina recordó ayer que en el caso de la legítima defensa uno mata a una persona para defenderse a sí mismo o a un tercero.
¿Y la legítima defensa se llama "homicidio" por ese motivo? ¡No!
¿Por qué? Porque, no obstante que se provoca una muerte, la conducta tiene otra definición.
En consecuencia, no se trata de un juego de palabras o un circunloquio para no decir las cosas por su nombre.
Señor Presidente, mi indicación, que recogía el contenido del proyecto presentado por mis colegas Senadores de la Democracia Cristiana, iba en esa línea. Pero la suya me parece mejor, porque se hace cargo de los casos de urgencia en que no hay un médico que certifique previamente -y con posterioridad- el peligro de muerte de la madre.
Además, muchas localidades rurales y hospitales carecen de especialistas. Por lo tanto, me parece una norma muy práctica.
A propósito de lo dicho por un señor Senador, soy un convencido de que para ser progresista se debe estar al lado del más débil. En la época de la dictadura, el Cardenal Silva Henríquez y la Vicaría de la Solidaridad defendían la voz de los sin voz.
En consecuencia, tras haber votado a favor de la píldora del día después, de la Ley de Divorcio, de la Ley de Filiación, del Acuerdo de Unión Civil y de muchas otras iniciativas, me siento progresista al defender la vida y respaldar esta indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, ayer pareció que el tema de fondo en esta discusión era procesal: en qué medida el rechazo o la aprobación de la indicación renovada impedía o facultaba que se reflexionara sobre las otras dos causales, que para muchos son muy importantes. Yo soy claramente contrario a ellas, en cuanto a cómo producir un aborto.
Me parece que esta tarde el asunto quedó suficientemente zanjado.
No hay nada más grave que suponer ideas en el otro. Porque, si alguien pensó que una disposición de esta naturaleza se quería aprobar a través de la indicación renovada en debate a fin de impedir la discusión, se comprobó que era falso. O sea, ayer perdimos quizás cinco horas por suponer mala fe en quien argumentaba a favor de la indicación renovada.
Pero vamos al problema de fondo, que se refiere a las diferencias que existen entre el planteamiento del Ejecutivo, cuya lógica es interrumpir un embarazo como eje central, y la indicación renovada, cuyo eje central es salvar una vida.
Me parece que quien mejor planteó su posición, en esta crudeza de la diferencia, fue el Senador Lagos Weber. Él manifestó: "No quiero lex artis, sino lex a secas".
Considero que, desde su punto de vista, Su Señoría tiene razón. Pero esa es la profunda diferencia de pensamiento que existe entre los que estamos en uno u otro lado.
¿Qué busca la lex artis? Básicamente -soy textual-, entender que el médico siempre tiene dos pacientes (la madre y el hijo) y que, por tanto, toda acción debe estar dirigida a salvar la vida de ambos, no solo de uno.
Sin embargo, en función de este agregado a la lex, en aquellos casos en que se requiera una intervención que implique el término del embarazo, siempre que sea con el fin exclusivo de salvar a la madre, se puede llevar a cabo ese tratamiento.
Con todo respeto, señor Presidente, ahí está la clave de la diferencia: entender que el médico tiene dos pacientes y no uno; que su misión es salvar ambas vidas y no optar de buenas a primeras por una de ellas sobre la base de la diferencia ética que existiría respecto de la otra.
Allí radica la profunda diferencia entre las dos formas de enfrentar el tema: una considera que se trata de los derechos de una madre, y la otra, que se debe dimensionar el problema dentro de la praxis médica en función de cómo salvar pacientes.
Y si uno se equivoca en la forma de diseñar la solución, también se equivoca respecto del sentido de las cosas que se plantean.
Se han hecho grandes gárgaras con que se está cambiando una legislación que ha significado situaciones dramáticas de vida. Yo pregunto: ¿qué mujer ha sido penalizada en función de la normativa actual? Ninguna: se tramitaron 252 casos y se dictaron sentencias condenatorias para cuatro médicos por realizar abortos. Pero ninguno de ellos actuó para salvar la vida de la madre.
Los antecedentes se hallan en el Ministerio Público.
Uno no puede imaginar respuestas ni argumentos, porque estos se encuentran puestos arriba de la mesa. Para mí, defender la vida del que está por nacer resulta crucial. Y no basta una ley que me diga cómo actuar al respecto. Tiene que haber un principio de doble efecto en virtud del cual, en el ejercicio de salvar dos vidas, en cierto momento se llega a una encrucijada que puede significar indeseadamente -esa es la esencia- la muerte del que está por nacer.
Esa visión, para mí, le da sentido a esta discusión. La redacción que propone el Gobierno es un retroceso para la vida.
Después de esta norma hay un debilitamiento del derecho a la vida. A algunos podrá gustarles o no, pero eso es lo que uno concluye. ¿Por qué? Porque se quita el elemento lex artis, en la convicción de generar la licitud de un acto.
Y, a partir del rechazo de la indicación, que -me imagino- consecuencialmente va a generar la aprobación de la idea del Ejecutivo, tengamos claro que se está debilitando el derecho a la vida. Considero que es un retroceso para Chile. No es ningún adelanto.
Por eso voto a favor de la indicación. Me temo que se va a perder. Me cuesta entender la forma...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Concluyó su tiempo, señor Senador.
El señor COLOMA.- ¿Me da un minuto adicional, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Conforme.
El señor COLOMA.- Me cuesta entender por qué se cambia de criterio en una misma votación, sin que hubiera mediado ninguna enmienda del articulado. Me resulta difícil comprenderlo, pero cada uno responde a sus convicciones.
Sin perjuicio de ello, no me cabe duda de que a través de este voto de diferencia que habrá en el Senado se producirá un gigantesco retroceso para el país, ya que generaremos un nuevo escenario en el que -me imagino- se va a querer agregar otras causales bastante más complejas en las horas siguientes, en un proceso en que al final -es lo que uno puede concluir- la vida va a importar menos en Chile.
He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.
--(Manifestaciones en tribunas).
El señor GIRARDI.- Señor Presidente, yo agradezco los silbidos, que seguramente provienen de aquellas personas orientadas por esa gran "intelectual"...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señor Senador, diríjase a la Mesa, por favor.
El señor GIRARDI.-... que señala -por su intermedio, señor Presidente- que las Naciones Unidas, la CEPAL y el Mercosur son creaciones del Anticristo, o que considera que los derechos humanos son un atentado al pensamiento cristiano y que no debieran existir. Eso es, probablemente, lo que los inspira.
Señor Presidente, este es un debate trascendente, porque tiene que ver con la sociedad que queremos construir. ¿Cuál es el Chile en el que anhelamos vivir?
Por mi parte, deseo vivir en un Chile en el que todos los seres humanos sean sujetos de derechos iguales, independientemente de su condición social, de su orientación, de su raza, de su opción o de cualquier situación que los pueda distinguir.
Me parece que lo relevante es eso. Y es lo que estamos discutiendo acá. Yo le mostraba al Senador Allamand una portada de La Segunda del año 95, donde algunos planteábamos que los homosexuales podían casarse y adoptar hijos. Y, en la misma época, también proponíamos que las mujeres tuvieran derecho a decidir respecto a su vida.
¿Saben por qué no me importa tanto esta discusión?
Porque nosotros ya ganamos. Triunfamos en la sociedad chilena, porque ella no es partidaria hoy de discriminar, por ejemplo, a los homosexuales; y porque entiende que las mujeres deben tener derecho a decidir.
Lo que nosotros defendemos acá es eso: su derecho a decidir ¡siempre!
Por eso hemos construido una política en la que los instrumentos, las acciones de acompañamiento no son solo para aquella mujer que quiere interrumpir su embarazo o para la que desea llegar a término con él. Son para ambas. Esa es la legislación que se ha planteado acá, entendiendo que hay envuelto un tema moral, filosófico, ético. No nos vamos a poner nunca de acuerdo. ¡Yo no me quiero poner de acuerdo con ellos! ¡No quiero! Deseo mantener mi distinción.
Se dice: "Hay que defender la vida". Sí, yo defiendo la vida de todos los seres vivos. Porque para mí la vida de todos ellos es relevante. Todos somos seres vivos. Tal vez nos distinguimos por algunas características, pero todos tenemos la misma dignidad. Hasta los árboles y las plantas la tienen, aunque para nosotros ni siquiera estuvieron en el Arca de Noé.
El problema es justamente esa mirada antropocéntrica que cree que hay una supremacía sobre todo el resto de los seres vivos. Yo no tengo un origen divino. Para mí, la creación es de la evolución, nace desde el Big Bang. Todos los átomos de carbono de los señores Senadores y señoras Senadoras que están acá se formaron en la explosión de la misma estrella. Y todos sus átomos de hidrógeno se formaron, igual que en todos los seres vivos, en el inicio del universo.
--(Manifestaciones en tribunas).
Entonces, la vida es una aventura maravillosa. Y me parece esencial defenderla. Pero también deseo señalar que cuando digo que no quiero pensar igual que ustedes es porque lo que estamos aprobando para mí es un mínimo civilizatorio. No es un máximo, sino un mínimo.
¿Cómo puede existir un pensamiento político en Chile que no les concede el derecho a las mujeres a decidir, ni siquiera cuando hay una violación? ¡Y quieren condenar a esa mujer a la cárcel! ¿Cómo no le pueden conceder el derecho a decidir sobre su vida, cuando tiene algo en su útero que está muerto, que va a morir o que no tiene ninguna posibilidad de vivir?
Para mí, es un acto de crueldad.
Por lo tanto, es un mínimo. Y algún día la historia mirará esto justamente desde esa perspectiva.
Quiero ser muy claro. Soy partidario de que siempre una mujer, porque siempre es persona, sujeto de derechos, pueda decidir sobre su vida. ¡Siempre! Porque la mujer no es una cosa; el útero no es un instrumento.
Y cuando se habla de la muerte, podemos pensar que existen muchas muertes. Hay una muerte física, pero también hay una muerte emocional para una mujer que es violada; también hay una muerte espiritual; también hay una muerte psicológica.
¿Y eso no importa? ¿Da lo mismo? ¿Cuál es la dimensión de la humanidad que tenemos? ¿Una humanidad pragmática, reduccionista?
Señor Presidente, ¿me concede un minuto para terminar?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Sí, señor Senador.
El señor GIRARDI.- Entonces, yo quiero ir al ser humano de verdad, a ese ser humano que es conciencia, que es un cuerpo, que tiene una dimensión espiritual, a veces religiosa y otras veces no, como en mi caso, que tengo una espiritualidad libre.
Desde ese punto de vista, también se habla de un niño inocente. ¿Saben qué? Para mí la mujer también lo es y debe ser protegida. Porque una mujer violada es inocente. También es inocente aquella que tiene una inviabilidad fetal.
¿Y por qué no puede llamarse "aborto" la interrupción del embarazo cuando se realiza para salvar la vida de la madre? Porque ahí se establece una jerarquía, que es lo que no les gusta. Pero también puede haber una madre que diga: "Prefiero que sea mi hijo el que se salve y no yo". Y estoy dispuesto a respetar esa decisión.
Sin embargo, es evidente que si se aplica esa jerarquía ahí, sería inconsecuente que no se hiciera en el resto de las causales.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, quiero centrar mi intervención en dos cosas.
La primera es la pregunta que está detrás de toda la discusión. Nosotros la hemos planteado con insistencia y lo volvemos a hacer, porque creemos que es lo relevante aquí: ¿Qué hay en el vientre materno?
Nosotros consideramos que hay un niño que está por nacer y que tiene dignidad. Y lo que planteaba el Senador Girardi -por su intermedio, señor Presidente- es que quien tiene los derechos es la madre.
Entonces, la pregunta es: y esa vida que se desarrolla dentro del vientre materno, ¿no tiene derechos? Y si creemos que existen derechos para las plantas, los árboles, los animales, lo que me parece bien, ¿el niño que está por nacer no tiene ninguno?
¿Qué es lo que está dentro del vientre de la madre, que no tiene derechos? ¿Es una cosa y, por lo tanto, tiene menos derechos que una planta, un árbol?
Nosotros consideramos que no tiene menos derechos. De hecho, no creemos que sea una cosa. Creemos que tiene la dignidad de un ser humano que está por nacer.
Por eso nos cuesta tanto comprender que aquí digan que la mujer tiene derechos y que el niño que está por nacer no tiene ninguno. Porque, sí, nosotros ponemos a ambos en el mismo nivel: a la madre y al niño que está por nacer.
Acá se nos ha señalado que nosotros no creemos que la mujer sea inocente ¡Por favor! ¿Cuándo hemos dicho eso? Siempre hemos sostenido que es inocente, lo mismo que el niño que está por nacer. Ambos lo son.
De hecho, se produce una situación muy compleja, porque los dos son inocentes y las vidas de ambos son interdependientes. Y es ahí cuando se nos expresa que nosotros hemos cambiado de posición. Pero, con la misma fuerza con que lo manifesté ayer, quiero precisar que nosotros no hemos modificado nuestra opinión.
Cuando se empezó a tratar esta primera causal, se hablaba de aborto "terapéutico", pero nosotros siempre dijimos, con mucha claridad, que no era necesario legislar al respecto. ¿Por qué? Porque hoy día en Chile los médicos, cuando tienen que atender a una madre enferma que espera a un niño, la tratan sin importar el tipo de enfermedad que la aqueja.
Señor Presidente, en nuestro país ningún médico ha sido condenado por tratar la enfermedad de una madre, aunque a causa de dicho tratamiento haya muerto el niño que estaba por nacer.
Lo que sucede -y los Senadores de las bancadas de enfrente conocen bien este tema- es que el texto propuesto por la Comisión adolece del mismo problema que nosotros señalamos que se iba a presentar cuando legisláramos sobre esta causal: que la norma quedaría abierta y que, por lo tanto, no habría claridad en cuanto a que un médico solo puede intervenir para salvar la vida de la madre.
Es por eso que consideramos que dicho texto no es correcto y apoyamos la indicación del Senador Zaldívar, que es mucho más clara al poner el acento en que la acción estará destinada a salvar la vida de la madre cuando existiere riesgo vital.
En cambio, el Gobierno inicia el artículo 119 con la frase: "Mediando la voluntad de la mujer, se autoriza la interrupción de su embarazo". Es ahí donde pone el foco.
Y por eso, señor Presidente, nosotros apoyamos su indicación, porque aquí está ocurriendo justamente lo que nosotros siempre dijimos que iba a suceder si legislábamos sobre la primera causal: que no solamente se trate de salvar la vida de la madre, sino que se avance directamente hacia una acción que genere la muerte del niño que está por nacer.
Para nosotros, señor Presidente, el niño que está por nacer no es una cosa; es un ser humano y tiene los mismos derechos y la misma dignidad que la madre.
De ahí que nosotros ponemos las dos vidas al mismo nivel. Lo que sucede es que esas vidas son interdependientes, y, si no salvamos la vida de la madre, tampoco podemos salvar la vida del feto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Guillier.


El señor GUILLIER.- Señor Presidente, después de estar dos días escuchando argumentos que en general se han repetido, de repente uno empieza a confundirse con la retórica.
Yo creo que, cuando se legisla, es mejor ser directo, claro y asumir la responsabilidad de las cosas que uno hace.
¿Por qué estamos legislando hoy? Porque en 1989 se modificó el Código Sanitario, de 1931, que permitía interrumpir el embarazo de una mujer cuando el equipo médico estimaba que su vida corría peligro. El legislador de la época consideró que un embarazo debía seguir a todo evento, aun cuando causara la muerte de la madre.
Frente a tal situación, hoy estamos llevando a cabo una modificación para que, bajo determinadas circunstancias, sí se pueda interrumpir el embarazo.
Pero no nos engañemos: eso es aborto, en las tres causales. Y lo dijo muy bien ayer un colega de las bancadas de enfrente al reconocer que se trataba de abortos. Así que asumamos lo que estamos señalando y decidiendo.
Comenzar el artículo 119 estableciendo que "No se considerará aborto" es el mejor reconocimiento de que se está en presencia de un aborto.
Por lo tanto, lo que se quiere hacer con un eufemismo o con una suerte de redacción oblicua es salvar la grave decisión que estamos tomando en este Congreso, al modificar la normativa vigente, que permite la continuación del embarazo a todo evento.
Desde el punto de vista del feto, perdónenme, eso es un aborto, es una interrupción del embarazo.
El Diccionario de la Lengua Española define muy bien la expresión abortar: "Dicho de una hembra: interrumpir, de forma natural o provocada, el desarrollo del feto durante el embarazo", aunque no entrega justificaciones.
Aquí se está justificando: es para salvar a la madre. Y el equipo médico sabe que su intervención muchas veces terminará, aunque no sea un efecto deseado, con la muerte del feto.
Por consiguiente, es mejor hablar las cosas con claridad y tomar decisiones serenas, para que después no tengamos normas ambiguas que, al momento de ser aplicadas, presenten contradicciones o inconvenientes, en primer lugar, porque empiezan a producirse exigencias que, al final, restan tiempo a decisiones muy dramáticas que se deben tomar, por la necesidad de tener que consultar con varios especialistas, y, en segundo término, porque no solo se va perdiendo tiempo, sino que también se va limitando la intervención del equipo médico al ponerle condicionantes adicionales a una decisión que, aunque clara, es dura.
Interrumpir el embarazo para salvar a la madre implica terminar con la vida del feto y el médico lo sabe, al igual que el equipo que lo acompaña. Así que no le demos veinte vueltas para tratar de demostrar que lo que estamos haciendo es distinto de lo que es.
Para mí, es mejor un Congreso que asume las consecuencias de las leyes que aprueba, con la finalidad de que sean más claras para todos. Si no existe acuerdo, las rechaza, pero lo contrario es eufemístico, confuso y a la larga produce más problemas que hablar las cosas con un lenguaje más preciso.
Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Ossandón.


El señor OSSANDÓN.- Señor Presidente, la primera pregunta es qué sana el aborto.
La verdad es que se trata de una pregunta que yo me he hecho muchas veces, porque siempre he sido contrario a cualquier tipo de aborto. Nunca lo he escondido ni me he disfrazado.
Pero me preocupa, al escuchar el debate, que aquí estemos entre los buenos y los malos, entre los que están por la vida y los que están contra la vida.
Yo creo que falta un poquito más de altura en eso.
Debemos centrarnos en que aquí hay un ser humano -o dos seres humanos, a mi juicio- y en que quien realmente sufre y a lo mejor tiene que decidir por otra vida es la mujer, sobre la base de un derecho.
Pienso que ahí estamos cometiendo un tremendo error, no solo a propósito de esta causal, la que, en su indicación, señor Presidente, tiene la gracia de que busca limitar la irresponsabilidad que le podría caber a algún equipo por usarla para un aborto libre, indiscriminado.
Y segundo, en mi experiencia de trabajo nunca me ha tocado que un niño no sea una bendición de Dios. ¡Jamás! A pesar de que lo queramos negar, ahí hay un ser humano, un ser humano al que con los equipos tecnológicos podemos escucharle sus latidos y ver sus movimientos, y que, genéticamente, está completo.
Por lo tanto, señor Presidente, no es lo mismo un equipo médico que realiza actos para salvar la vida de la mujer pero que causan la muerte del feto, que un equipo médico que realiza actos directos para eliminar el feto diciendo que así es posible salvar a la madre.
Son cosas completamente distintas, a mi juicio, y que podrían cambiar el futuro.
Por eso, señor Presidente, ojalá que en esta discusión no nos acusemos de ser las bancadas de los buenos o de los malos.
No creo que nadie esté de acuerdo con el aborto en sí. Pero el Senador Guillier acaba de reconocer algo muy importante: que de lo que estamos hablando es de un aborto. Porque se han dado algunas excusas.
El Senado tiene que ser responsable y cada uno, en conciencia, cuando se pronuncie, verá si con su voto está permitiendo que en el futuro exista o no una vida que no puede defenderse.
Muchas gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Moreira.


El señor MOREIRA.- Señor Presidente, las personas que nos están viendo por televisión se van a dar cuenta.
Yo denantes cometí una imprudencia.
Usted, hace un rato, de alguna manera me llamó la atención, porque yo pude haber cometido una imprudencia cuando fui a saludar a un Senador. Pero yo pido el mismo respeto que me pidieron a mí -ya me excusé- para poder expresar mis argumentos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¡Lo que pasa es que, como usted es muy respetuoso con las mujeres, yo no he querido hacer nada...!
El señor MOREIRA.- ¡Sí! ¡Siempre voy a ser respetuoso con las mujeres! ¡Es lo que corresponde!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Me parece.
Continúe, por favor.
El señor MOREIRA.- Mire, señor Presidente, yo quiero contestarle, por su intermedio, al Senador Girardi.
Tanto él como yo no somos muy queridos por ciertos sectores, que todos conocemos. No somos santos de devoción para unos o para otros. Sin embargo, respeto lo que dice el Senador Girardi conforme a lo que él cree. Es su visión de la humanidad, es su visión de la existencia. Pero yo creo en Dios y no voy a renegar de Él por una mayoría circunstancial.
Para mí, esto es aborto. Y el Senador Girardi está de acuerdo con el aborto. Siempre lo ha estado. No es nada nuevo. ¡Es su visión! Y lo viene diciendo desde hace muchos años. Él tiene una visión muy distinta de la nuestra. Yo lo único que le pido es que tenga un poco más de tolerancia por quienes pensamos diferente.
En esta discusión no se trata ni de los buenos ni de los malos.
Yo creo en Dios, y creo que Dios da y quita la vida. ¡Es lo que yo siento! ¡Son mis convicciones! ¿Por qué tengo que cambiar?
Yo, en la historia de mi vida, siempre he sido una persona consecuente y leal con las cosas en las que he creído; bien, mal, como usted quiera, señor Presidente.
Pero, a mi juicio, la división de las cosas que se ha hecho aquí, la forma de expresarlas, no ayuda de ninguna manera a la tarea que se señalaba al principio. Todos decían: "¡Pero qué bien el Senado! ¡Qué altura de miras!". Sin embargo, las palabras que se han pronunciado son tremendamente duras.
Esta es una discusión jurídica, es una discusión política, pero también es una discusión moral. Y en lo jurídico -que tanto les importa a algunos que están preocupados por el Tribunal Constitucional-, quiero decir lo siguiente. Dicho Tribunal ha declarado que el embrión tiene un estatuto jurídico de protección. Lo mismo la Corte Suprema, que ha establecido que el embrión es sujeto de protección jurídica.
Nosotros creemos que el embrión es vida.
¡Es mi planteamiento! Yo no sé lo que va a pasar el 2030, si todas estas cosas van a ser normales. Pero hoy, y mientras yo esté acá, voy a representar a quienes votaron por mí, porque soy el único parlamentario en Chile que de alguna manera ha transparentado la cuestión que yo llamo "valórica".
Cuando fui candidato, precisé con qué estaba de acuerdo y con qué no. Señalé que estaba en contra del aborto, en contra de la legalización de la marihuana, en contra del matrimonio gay, en contra de la ley de identidad de género. Lo dije antes. Nadie me puede enrostrar o exhibir un documento de campaña en que haya expresado estar de acuerdo con todos esos temas valóricos.
¡Ninguno de los parlamentarios de la Nueva Mayoría colocaba en sus folletos de propaganda que estaba a favor de la identidad de género, del aborto o de todas estas leyes que han generado polémica en el país!
¡Eso no es honesto! No es honesto que en época de elecciones se oculte la verdad.
Por eso, lo único que le puedo celebrar al Senador Girardi es que por lo menos ha sido coherente, ya que es el único que ha dicho, en campaña o no, que está a favor de todos estos cambios que, en nuestra opinión, atentan contra la familia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor García-Huidobro.


El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Señor Presidente, me parece que lo que se ha planteado tanto ayer como el día de hoy está bastante claro. La indicación que usted presentó, en el fondo, aborda la situación que se da con los médicos en la eventualidad de que se encuentre en riesgo la vida de la madre.
Un doctor que trabaja en un hospital me envió su opinión. Igual que nosotros, considera que esta causal es innecesaria, tal como lo ha argumentado la mayoría. Dice: "No es necesario legislar sobre este punto puesto que actualmente cualquier condición de riesgo para la madre se tratará primariamente y de manera urgente. Lo que se busca aquí es salvar la vida de la madre, y si como consecuencia del tratamiento ocurre la muerte del individuo en gestación, este fue un efecto no buscado de manera directa". ¡Esta es la realidad que hoy día existe! Y continúa: "Aquí no hay un acto intencional de eliminar al feto, sino que esto ocurre como consecuencia indirecta del acto de salvarle la vida a la madre. Este criterio médico y ético opera en Chile de manera real".
Por lo tanto, aquí hay algo que va mucho más allá y que se votará cuando veamos lo que el Ejecutivo plantea. Me refiero a cuándo debe entenderse que está en riesgo la vida de la madre. ¿Por una condición psicológica, psiquiátrica, probablemente por un intento de suicidio, por depresión?
Es importante que empecemos a analizar este tipo de situaciones a propósito de la primera causal.
Yo, señor Presidente, no puedo dejar de leer lo que dice nuestra Carta Fundamental. En su artículo 19, establece que "La Constitución asegura a todas las personas:" -para nosotros, también es persona el que está en el vientre de la madre- "1°. El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona. La ley protege la vida del que está por nacer".
Por lo tanto, es obvio que recurriremos al Tribunal Constitucional en la eventualidad de que se apruebe la primera causal.
Y en el mismo número se agrega: "La pena de muerte sólo podrá establecerse por delito contemplado en ley aprobada con quórum calificado". Yo no sé, señor Presidente, si aquí también se está aplicando, de alguna forma, una pena de muerte para la persona más indefensa, que es la que está en el vientre materno.
Y concluye el N° 1°: "Se prohíbe la aplicación de todo apremio ilegitimo". Yo no sé si en este proyecto se quiere legitimar, precisamente, un apremio contra el niño que está por nacer.
Por eso, señor Presidente, valoro su indicación, que recoge lo que ya existe en nuestra legislación y el tratamiento permanente que la medicina le ha dado a esta materia. De ahí que lamentaría mucho que el día de hoy no votaran todos los parlamentarios en ejercicio.
Me da la impresión de que un parlamentario o parlamentaria no va a votar, y que otro u otra no se encuentra en este momento en la Sala. Sería importante saber por qué, ya que esta indicación perfectamente podría ser aprobada.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No hay más inscritos.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza la indicación renovada N° 2 (18 votos por la negativa y 17 por la afirmativa).
Votaron por la negativa las señoras Allende, Goic y Muñoz y los señores Araya, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Letelier, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma e Ignacio Walker.
Votaron por la afirmativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Bianchi, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Horvath, Hernán Larraín, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Prokurica, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Quiero anunciar a los señores Senadores que ya no voy a conceder un minuto adicional para cada fundamentación de voto.
Creo que al ritmo que vamos será muy difícil lograr la aprobación del proyecto en el tiempo previsto.
Por lo tanto, desde ya voy a ser muy estricto y ojalá que reduzcamos el tiempo de fundamento a lo más razonable posible.
El señor LAGOS.- Pero están los tiempos acordados por los Comités.
El señor COLOMA.- Esos son para la discusión.
El señor LAGOS.- Okay.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señoras y señores Senadores, entre las indicaciones renovadas que presentan un texto similar se hallan las números 1, de la Honorable señora Van Rysselberghe y del Senador señor Chahuán y otros que la renovaron; la número 3, del Honorable señor Patricio Walker, que fue renovada con las firmas reglamentarias, y la número 4, del Senador señor Allamand.
Todas ellas presentan una redacción similar a lo que se acaba de votar, vale decir, recaen en el artículo 119.
Además, según lo que se decida, correspondería votar en su momento el texto que aparece en la penúltima columna, número 1, y que dice relación con reemplazar el encabezado que se señala. Dicha enmienda fue aprobada por la Comisión de Constitución.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Le quiero pedir a la Sala que demos por rechazada, con el mismo quorum de la votación anterior, todas estas indicaciones, incluyendo las números 5 y 6, que también son para suprimir, o sea, van en el mismo sentido.
El señor BIANCHI.- ¡No!
El señor COLOMA.- No, señor Presidente.
Mejor votemos sin fundamentar el voto.
El señor BIANCHI.- Señor Presidente, lo mejor es que nos pronunciemos, pero sin fundamento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señor Senador, el problema es que yo no puedo impedir la fundamentación del voto.
Les estoy planteando una manera de poder avanzar respecto de una materia que ya hemos discutido. Las cuatro indicaciones señaladas tienen el mismo sentido.
El señor WALKER (don Ignacio).- ¡Que se voten sin fundamentar!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Me refiero a las cuatro primeras que planteó el señor Secretario.
Hay algunas que han sido retiradas, pero otras no.
El señor BIANCHI.- Basta con que las retiren, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Algunas están retiradas, y hay dos pendientes.
Les pido que por favor no discutamos en la Sala.
Senador señor Patricio Walker, ¿retira su indicación?
El señor WALKER (don Patricio).- Sí, señor Presidente.
--Queda retirada la indicación N° 3.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente, tengo una duda.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.
Les pido que no abramos una discusión sobre este asunto.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente, no quiero abrir una discusión al respecto, pero al objeto de hacer un trabajo eficiente en la reunión de Comités acordamos que todas las indicaciones que tuvieran que ver con la primera causal y fueran en la misma dirección, en caso de aprobarse o rechazarse la que usted presentó, se caerían.
Por lo tanto, lo que ahora corresponde es votar, sin argumentar, el artículo 1°. Después nos ocuparemos de la causal número 2).
La señora ALLENDE.- ¡Eso es!
El señor PIZARRO.- Si no lo hacemos así, vamos a terminar pasado mañana.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si me permiten, Sus Señorías, vamos a dar por rechazadas las indicaciones que son coherentes con la que ya se rechazó.
Por su parte, someteremos a votación la única que es para suprimir, la indicación número 5.
El señor COLOMA.- Eso es.
El señor CHAHUÁN.- Muy bien.
El señor LABBÉ (Secretario General).- La indicación renovada, de la Senadora Van Rysselberghe y del Honorable señor Chahuán, es para suprimir el numeral 1, artículo 119, inciso primero, número 1).
Vale decir, se refiere a la primera causal.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Exactamente.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Pero antes de ello está lo del encabezamiento, que fue aprobado por la Comisión de Constitución.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación.
El señor LABBÉ (Secretario General).- El señor Presidente ha puesto en votación la indicación N° 5, referida a la primera causal, página 2 del boletín comparado, donde dice: "La mujer se encuentre en riesgo vital, de modo que la interrupción del embarazo evite un peligro para su vida".
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.


La señora VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente, la verdad es que nosotros renovamos esta indicación porque creemos que la redacción del Gobierno legitima la eliminación de un ser humano al permitir el aborto en casos de riesgo de la vida de la madre.
Tal como se argumentó anteriormente, hoy día la praxis médica apunta a una acción terapéutica para salvar la vida de la madre y como consecuencia de aquello, en algunas ocasiones -no siempre es así- fallece el embrión o el feto.
En este caso, la redacción del Ejecutivo permite el aborto directo, eliminar al feto con la excusa de tratar de salvar la vida de la madre. Eso, en la práctica médica chilena, no ocurre hoy día. En la actualidad todos los equipos médicos -¡todos los equipos médicos!- tratan de salvar ambas vidas, no hay tal disyuntiva.
Les pido a los señores Senadores que guarden silencio, por favor.
Señor Presidente, cuando hay un riesgo de vida real, el monitoreo del equipo de alto riesgo, del equipo médico que trata los embarazos de alto riesgo, intenta salvar ambas vidas. ¿Por qué? Porque hay un concepto de fondo que significa el respeto al ser humano. Pero nosotros, con esta causal, estamos yendo al fondo del problema y estamos diciendo que esa persona, ese ser humano que está vivo dentro del útero no tiene derecho a vivir y, por tanto, es sacrificable, en virtud de la salud de otra persona.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente.
La señora VAN RYSSELBERGHE.- No estamos hablando solo de una mujer, sino de una mujer y de un ser humano que está dentro de su útero. Y, por eso, ambos seres humanos -los derechos humanos son inherentes al ser humano-, tienen derecho a la vida.
El señor PIZARRO.- Pido la palabra.
La señora VAN RYSSELBERGHE.- Pero acá, con esta causal estamos orientando el acto médico a interrumpir el embarazo y, por tanto, a generar la muerte del feto. Y eso es aborto aquí y en todas partes. Esa es la definición de aborto.
Por eso, creemos que debería suprimirse.
Si el mensaje de la Presidenta y el proyecto están orientados a tratar de salvar la vida de la madre, entonces hagámoslo de acuerdo con lo que planteaba la indicación anterior.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente, le estoy pidiendo la palabra.
La señora VAN RYSSELBERGHE.- Nosotros creemos que no es necesario legislar respecto a esta causal, porque hoy día se salva la vida de la madre y, por ende, debiera suprimirse.

El señor PIZARRO.- Señor Presidente, le pido que respetemos los acuerdos que adoptamos. Me parece un abuso seguir insistiendo en la misma causal. Así lo plantearon los propios Senadores en Comités. ¡Ya está más que discutida!
Aquí lo único que corresponde es que, si la Senadora quiere votar, se vote sin fundamento, porque no está dentro de la discusión.
Llevamos ocho horas debatiendo este mismo tema.
Entonces, yo entiendo que ella quiera explicar su indicación, señor Presidente, pero, por favor,...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señor Senador, yo no puedo impedir la fundamentación del voto.
El señor PIZARRO.- ¡Sí puede! Porque tenemos un acuerdo de Comités, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Pero no suprimió el fundamento del voto.
El señor PIZARRO.- Hay un acuerdo de Comités respecto a la forma en que discutimos, y le pedimos responsablemente y con mucha seriedad, señor Presidente, que, por favor, conduzca por donde debe ir el debate.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¡Está votándose!
El señor PIZARRO.- Sí, pero acordamos un procedimiento en que se acota el debate.
Y, aquí, con cada indicación vamos a poder fundamentar nuevamente el voto, y ese no fue el acuerdo unánime de Comités.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Me permite, señor Senador?
Lo que yo interpreto es que, cumpliendo los acuerdos de Comités, estamos votando la indicación. Si esta se rechaza, tendremos que aprobar la primera causal y el encabezamiento del artículo 119.
El señor PIZARRO.- Si se rechaza, se da por aprobado altiro, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Lo daremos por aprobado si hay mayoría para esos efectos.
Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, creo que hay un aporte fundamental en reconocer el valor de los derechos humanos.
Se ha escuchado a la Senadora Van Rysselberghe apelar de manera insistente -es la Presidenta, además, de la Comisión de Derechos Humanos del Senado- a que hay que respetar los valores inherentes al ser humano. Y esos son los derechos humanos.
Yo quisiera que esa apreciación se respetara siempre y en todas las personas.
Es claro que en diferentes épocas de la vida política de este país hay quienes no lo hicieron y que avalaron la violación a los derechos humanos: callaron cuando se torturaba, se mataba a miles y se los hacía desaparecer.
Esos son derechos humanos.
Y al parecer la memoria histórica es bastante corta, porque esos hechos acaecieron en Chile hace no muchos años.
Entonces, pido coherencia a quienes ponen el argumento de los derechos humanos como un elemento esencial, ¡porque estos se respetan siempre para todos los humanos!
En particular, no puedo aceptar que sea una doctora quien diga que los médicos van a actuar de mala fe; que, en definitiva, van a burlar la ley. Porque, si hay algo que resulta claro es que esta no es una causal de aborto libre; eso está absolutamente establecido en la ley.
Y si hay una Senadora que, en su condición de médico, estima que los médicos van a burlar la ley, debo decir que si lo hacen tendrán que ser sancionados legalmente. Porque esto no es aborto libre, sino aborto para salvar la vida de la madre.
Así está establecido, señor Presidente. Así lo hemos discutido durante ocho horas. Y señalar que los médicos van a utilizar esta excusa, esta artimaña, para poder hacer aborto libre, creo que es un exceso que, por cierto, violenta a la profesión médica. Creo que los facultativos tienen ética, son profesionales, y la ley es extremadamente clara al respecto.
Repito: esta no es una causal de aborto libre. Esta es una causal perfectamente delimitada para salvar la vida de la madre, y eso es lo que estamos votando.
Por ello, señor Presidente, voy a votar en contra de la indicación que se plantea en el sentido de eliminar esa causal. Porque en definitiva queremos evitar que el aborto sea clandestino, como ocurre lamentablemente en Chile, pues aquí el que quiere abortar lo hace igual con riesgo de la vida de la madre, y, por cierto, también del niño que está por nacer.
La regulación que estamos estableciendo no es para consagrar el aborto libre. Es una causal precisa. Y creo que la indicación de la Senadora Van Rysselberghe desvirtúa absolutamente el tema en debate.
No es eso lo que estamos votando, y de ahí que rechazo esa indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza la indicación renovada N° 5 (20 votos en contra y 14 votos a favor).
Votaronpor la negativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Letelier, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma e Ignacio Walker.
Votaron por la afirmativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Horvath, Hernán Larraín, Moreira, Ossandón, Pérez Varela y Prokurica.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señores Senadores, quiero hacer presente que en este momento entraría a regir el acuerdo de Comités relativo a dar una hora para debatir la primera causal.
¿Habría acuerdo para darla por rechazada?
La señora VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente, hay que votarla.
El señor LAGOS.- Vamos directo a la votación.
El señor PIZARRO.- ¿La discutiremos por segunda vez?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¡Una hora para discutir la primera causal! ¡Y vamos a votar!
El señor LARRAÍN.- Señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.
El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, creo que la primera causal está discutida en exceso.
La verdad es que llevamos un día y medio; me parece casi una falta de respeto la reiteración de argumentos que hemos oído.
Por eso, pido que se vote.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario, para explicar cómo vamos a votar.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, correspondería entrar a la discusión de los temas, según el acuerdo de Comités.
Se fijó una hora de debate por cada uno.
La primera causal ya fue discutida en conjunto con las indicaciones.
Lo que falta es que, como fue rechazada la indicación supresiva, sugiero que se dé por aprobada la causal con la votación en sentido contrario. Si no, habría que abrir la votación.
La señora VAN RYSSELBERGHE.- No, votemos.
El señor LAGOS.- Que se abra la votación y se fundamente el voto.
El señor QUINTANA.- ¡Ya lo fundamentamos!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Les pido a los señores Senadores, mantener orden en la Sala, por favor.
En votación la causal número 1).
--(Durante la votación).


El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente, solamente quiero pedir que se cumpla el espíritu mediante el cual logramos un acuerdo.
En mi opinión, no debiéramos estar pronunciándonos sobre esto. Si algunos quieren hacerlo, por lo menos no fundemos el voto. Llevamos seis fundamentaciones respecto al mismo tema.
El señor QUINTANA.- No correspondería.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No puedo impedir la fundamentación cuando se abre una votación.
Estoy de acuerdo con usted en cuanto a que el espíritu era no volver sobre ello. E incluso yo propuse que redujéramos la fundamentación a tres minutos.
Y el que quiera renunciar a intervenir está en su derecho.
Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.
El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, en la misma línea del Senador Pizarro, llegamos a un acuerdo. Creo que el Senador Larraín ha señalado correctamente cuál es el espíritu. Procedamos a la discusión en la segunda causal.
Hubo un pronunciamiento contundente en relación con la primera. Y yo pediría que, con el mismo fair play con que hemos trabajado, se usara el procedimiento propuesto para la primera causal, y pasar a la segunda.
Ese fue el acuerdo. Eso fue lo que resolvimos al inicio de esta sesión. Y pido que se cumpla.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Está inscrito para intervenir el Senador señor Chahuán, ¿va a hacer uso de la palabra?
El señor QUINTANA.- Ya escuchamos al Senador Chahuán.
La señora ALLENDE.- ¡Cumplan con los acuerdos!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, simplemente deseo hacer reserva expresa de constitucionalidad respecto de esta primera causal, donde claramente se vulnera el derecho del que está por nacer establecido en nuestra Constitución Política y los pactos internacionales ratificados por Chile que se encuentran vigentes.
La señora ALLENDE.- ¡Senador Allamand, advertimos que esto iba a ocurrir!
El señor CHAHUÁN.- Esta causal claramente vulnera el derecho del que está por nacer.
Como era nuestra voluntad que la lex artis médica pudiera finalmente estar consagrada en la letra de la ley, lamento que la indicación del Senador Andrés Zaldívar no haya sido acogida. Y como no prosperó, nos sentimos con toda la libertad de hacer expresa reserva de constitucionalidad en términos de que se están vulnerando claramente los derechos del que está por nacer.
He dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Voy a leer la nómina de los Senadores inscritos para los efectos de que informen si van a intervenir.
El señor ESPINA.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.- Señor Presidente, para nosotros es fundamental poder explicar la razón por la cual vamos a votar en contra de esta causal.
¡Perdónenme que se los diga!
Porque una cosa es haber realizado el debate.
Yo no pretendo dilatar esto: nunca lo he hecho.
Pero resulta que después van a salir interpretaciones diciendo que nosotros éramos contrarios a la causal que establecía el derecho del médico a intervenir a una mujer e interrumpir el embarazo, ¡porque ni siquiera eso queríamos!
Entonces, como la historia fidedigna de la ley se escribe y en democracia todos tenemos derecho a hablar, yo jamás voy a renunciar a fundamentar el voto en este caso: ¡jamás!
Voy a respetar plenamente el acuerdo en el sentido de que la hora para discutir sobre la materia está cumplida. Estoy claro en que las otras indicaciones iguales se votaron sin debate, cuestión que vino a plantearme el Senador Harboe. Y tiene razón Su Señoría.
Pero cuando voy a votar por qué rechazo la causal 1), no obstante decir que somos partidarios de la interrupción del embarazo en los casos que señalé, estoy haciendo uso del derecho que me asiste a dejar constancia de por qué pienso que esa causal está equivocada.
Eso es lo que haremos en esta fundamentación del voto.
Nada más, señor Presidente.
--(Aplausos en tribunas).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Quisiera hacerles presente a Sus Señorías lo siguiente.
Conforme al acuerdo que se adoptó, esta causal iba a tener una discusión de una hora y los tiempos se fijarían por Comités.
Entonces, la Secretaría va a dar a conocer la nómina de los Senadores inscritos y señalará quiénes ya ocuparon sus minutos.
El señor COLOMA.- ¡El fundamento de voto se puede hacer siempre!
El señor LAGOS.- ¡Cuidado: me está dando una arritmia...!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Estoy diciendo que...
El señor LAGOS.- ¡Y yo estoy diciendo que me va a dar una recaída...!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Están inscritos para fundamentar el voto los Senadores García, Allamand, Van Rysselberghe, Lily Pérez, Von Baer y Moreira.
El señor COLOMA.- Yo también, señor Presidente.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Y el Senador señor Coloma.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Para fundamentar el voto, tiene la palabra el Senador señor García.


El señor GARCÍA.- Señor Presidente, en primer lugar, con respecto a los acuerdos de Comités, quiero señalar que cada causal, la 1), la 2) y la 3), iba a tener una hora para ser discutida.
Para facilitar el debate estamos renunciando a esa hora, y simplemente haremos uso de nuestro tiempo para fundar el voto.
Por lo tanto, aquí nadie está cambiando los acuerdos. Al contrario, estamos facilitando el despacho de este proyecto.
Ahora, yendo al fondo del asunto, nosotros respaldamos su indicación, e hicimos todos los esfuerzos para que se aprobara.
La indicación renovada del señor Presidente expresa: "No se considerará aborto la acción destinada a salvar la vida de la madre, cuando existiere un riesgo vital, si a consecuencia de ello se produjere la interrupción del embarazo". Y agrega un párrafo más.
Reitero: "No se considerará aborto".
Esto, como se halla previsto en los informes de las Comisiones de Salud y de Constitución, hace algo enteramente distinto: señala que esta primera causal sí es aborto. Y créanme que hemos hecho la mayor cantidad de esfuerzos para tratar de lograr un acuerdo -y anoche pensábamos que lo teníamos- en el sentido de que no era aborto. Ello, porque la acción médica no está dirigida al feto, sino a salvar la vida de la madre.
Porque, entre otras cosas, si no salvamos la vida de la mamá, tampoco salvamos la vida del ser que está por nacer.
Entonces, son cuestiones completamente diferentes. Ambos textos se parecen. Pero, finalmente, los efectos jurídico y práctico son enteramente distintos.
Somos partidarios de defender la vida bajo toda circunstancia, tal como lo mandata nuestro ordenamiento constitucional: "La ley protege la vida del que está por nacer". Y en cumplimiento de ese mandato constitucional, votamos en contra. Porque el texto de esta primera causal, tal como queda, permite actuar en contra del feto.
Lo que queremos, en caso de riesgo de vida de la madre, es que se dirija la acción a la enfermedad de la madre, a defender su vida. Y si como consecuencia de ello se produce la interrupción del embarazo, bueno, será una situación enteramente distinta.
Por eso, con convicción voto que no a esta primera causal.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Allamand.


El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, agradezco que el Senador García haya explicado la cuestión reglamentaria.
Me habría encantado -por intermedio de la Mesa- haber podido responder a una interpelación a los gritos de la Senadora Allende. Pero como Su Señoría se ha ausentado de la Sala, al igual que el Honorable señor Matta, a quien no hemos visto durante todo el día, simplemente me voy a concentrar en la argumentación respecto de lo que estamos votando.
Tal como dijo el Senador García, nosotros hicimos el máximo esfuerzo por separar estas causales. Y, lamentablemente, no contamos con la mayoría suficiente.
Voy a explicar exactamente por qué se nos obliga a votar en forma torcida.
En la causal número 1) hay en peligro dos vidas. Y la acción médica consiste en salvar una vida, y ojalá ambas. Por eso nosotros decimos que no es aborto.
En la causal 2) no hay ninguna vida en peligro inminente: no la de la madre. Lo que está en peligro, sujeto a un diagnóstico médico, y en consecuencia falible, es la vida del que está por nacer. Y la acción médica consiste en terminar con esa vida.
Es completamente distinto.
Pero, señor Presidente, fíjese en la causal 3).
En la tercera causal no se halla en peligro ninguna vida: ni la de la madre, ni la del hijo. Y la acción médica consiste en terminar la vida del que está por nacer, que no está en peligro.
¡Son tres situaciones completamente distintas! ¡Conceptualmente son diferentes!
Por ello hicimos nuestro máximo esfuerzo para separarlas.
No quiero repetir cuáles son las tres hipótesis. Pero de solo mirar a mis Honorables colegas puedo percibir que no considerarán que las situaciones sean siquiera simétricas o parecidas.
Se trata de cuestiones completamente distintas.
En la primera causal, no hay aborto; en la segunda, sí hay aborto, pues la acción médica termina con la vida de aquel feto que se supone va a ser inviable; y en la tercera, no hay en peligro ninguna vida, ni la de la madre ni la del hijo, y la acción médica termina con la vida del que no ha nacido: ¡el más vulnerable de los niños!; ¡el que no tiene en peligro su vida, pero que simplemente se le impide nacer!
Por eso quisimos separar estas causales.
Por ello, desde mi modesta opinión, resulta incalificable que ustedes, contra el sentido común de lo que estamos exponiendo, se hayan opuesto a calificar y a separar las causales, cuando es evidente que son distintas.
Por todas esas razones, voy a rechazar esta primera causal.
Soy absolutamente partidario del aborto terapéutico. Pero Sus Señorías nos conducen, mediante una argucia legislativa, a votar en una forma que saben perfectamente que conceptualmente es incorrecta, porque son tres situaciones enteramente distintas.
Y los desafío conceptualmente, a cualquiera, con el mayor respeto, a que me digan si estamos hablando de las mismas situaciones.
¡Ustedes saben que no es así!
Por eso vamos a votar en contra.
Otra cosa es lo relativo al Tribunal Constitucional.
Yo por esta causal no voy a recurrir a dicho Tribunal. Sin embargo, lo que ustedes han hecho, desde mi modesta opinión -y se los digo con todo respeto-, es abusar del procedimiento legislativo y de una mayoría de apenas un voto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.


La señora VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente, en verdad, tal como ya se ha dicho, lo que tenemos en Chile hoy día es un procedimiento médico que garantiza que tengamos las tasas de mortalidad materna más bajas de Latinoamérica.
¿Y por qué? Porque actualmente lo que se hace en nuestro país es tratar de regular el actuar médico a través de protocolos que están establecidos. Hoy día los equipos médicos no tienen la disyuntiva de a quién deben salvar.
Eso está protocolizado; se sabe cómo hacerlo.
Ello ha llevado a que en la actualidad Chile pueda mostrar con orgullo esas cifras.
¿Qué sucede acá?
Cuando hay una mujer embazada con una enfermedad grave y puede estar en riesgo su vida, el equipo médico busca el tratamiento menos lesivo para intentar salvar ambas vidas.
Aquí, cuando autorizamos la interrupción del embarazo para que, tal como dice la norma, "evite un peligro para su vida" (de la madre), lo que estamos haciendo es -valga la redundancia- interrumpir el embarazo, matar al feto y que este sea el tratamiento, el más lesivo como primera instancia. Con ello se está vulnerando el derecho a la vida del que está por nacer, atacando directamente el principal derecho de un ser humano: el derecho a vivir.
Hoy día, a través de esta causal, se legitima el aborto y se relativiza el derecho a la vida.
Cuando consideramos que acá hay un ser humano sujeto de derechos, en primer lugar, del derecho a la vida, tenemos la obligación, como sociedad, de tratar de salvaguardarla.
Por lo tanto, lo lógico es que el equipo médico intente salvar a ambos. Eso se hace hoy día, y bien, adecuadamente.
Por eso pensábamos que no era necesario que esta causal estuviera en la ley en proyecto, si es que se busca resguardar la vida de la madre. Porque, por la forma como viene redactada, laxa, amplia, no se va a evitar ninguna situación, pues esto se hace por la sola praxis médica.
Esta causal permitirá abrir el aborto libre.
Pongo el ejemplo de una mujer con un embarazo no deseado.
Sin duda que esa situación atenta contra su proyecto de vida; sin duda que ello puede causarle un trastorno ansioso depresivo. Y si le produce un trastorno ansioso depresivo, evidentemente es factible que llegue a tener ideación suicida. Esa ideación suicida, ¿atenta o no contra su vida? ¡Sí, podría atentar!
Por consiguiente, tal como ha sucedido en España y en un montón de otros países, a través de esta causal finalmente se ingresa al aborto libre.
Le planteamos aquello al Ejecutivo. Y dijo que esa no era la intención. Entonces, le dijimos: "Okay. Si esa no es la intención, dejémoslo expresamente establecido en la causal".
Íbamos a tener un acuerdo entre Gobierno y Oposición para los efectos de poder resguardar lo que se hace hoy día. Pero no quisieron. ¿Por qué? En verdad, la razón es francamente inexplicable. La Ministra dijo que tratar de salvar la vida de la madre y, al mismo tiempo, la del feto se apartaba de la idea matriz del proyecto.
¿Me pueden explicar cómo esa acción médica, tratar de salvar ambas vidas, se aparta de la idea matriz del proyecto?
¡Se supone que esa es la idea matriz de esta iniciativa!
Si la intención es evitar que las mujeres mueran producto de un embarazo de alto riesgo, dejémoslo establecido por escrito, que esto no quede como una puerta abierta al aborto libre. Porque si no, va a suceder lo que hemos visto en todos lados: a través de esta causal, en poco tiempo más vamos a tener tasas de aborto muchísimo más altas que las que se registran hoy, buscando como excusa la protección de la vida de la madre.
Señor Presidente, voto en contra de esta primera causal. Y hago expresa reserva de constitucionalidad, aduciendo para estos efectos el artículo 93, número 3°, de la Constitución Política de la República.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, tengo el deber moral, por lo menos personal, de hablar conforme a mi convicción en cada una de las normas que se proponen. Y eso es lo que voy a hacer ahora.
Esto no tiene que ver con la indicación que largamente discutimos ayer y hoy día, que tenía una visión distinta acerca de cómo enfrentar situaciones dramáticas que se suscitan cuando, en el cuidado de dos vidas y por salvar una, se produce la muerte de la otra.
En cambio, lo del Gobierno tiene una arquitectura distinta.
De partida, aquello se halla involucrado dentro de las causas del aborto. Pero, básicamente, aquí no se distingue sobre quién se actúa. Por eso es aborto. Se destina una acción supuestamente terapéutica directamente sobre el feto. Y, a mi juicio, eso hace que se incumpla el deber de protección constitucional.
Esto es lo que hay que plantear; es lo que debemos decir. No hay que darlo por entendido a partir de que se rechazó una indicación que enfrentaba esta materia desde una perspectiva ético-legislativa completamente distinta. Tan así es que llevamos a cabo una discusión respecto de cuál era el sentido de la lex artis o si no lo tenía a este efecto.
En definitiva, el actuar directamente, porque la acción no es la lucha por salvar la vida de una madre, sino interrumpir un embarazo, tiene que ver con una acción abortiva directa, con una excusa terapéutica.
¡Cómo va a ser terapéutico matar un feto!
Eso lo he sostenido antes, durante y después: no se halla relacionado con lo terapéutico, sino con una cuestión completamente diferente.
Por eso creo que esta norma es inconstitucional. Además, atenta contra el artículo 19, número 1°, de la Carta Fundamental.
Y lo quiero decir: esa es mi convicción personal.
Por ello es bueno que estos debates se den en su mérito.
Lo que discutimos anteriormente es otra cosa. Se trataba de enfrentar una disyuntiva médica de una forma correcta.
Lo que estamos votando ahora es otra cuestión: es validar el aborto de una manera incorrecta. Y la forma ayuda mucho para saber exactamente cuál es la finalidad de la acción.
Porque aquí estamos discutiendo proyectos de ley. No estamos haciendo declaraciones, ni hablamos de generalidades o de ideas comunes. Aquí elaboramos mandatos, prohibiciones o permisos.
Por eso tiene que estar bien definido el fin de la acción.
En tal sentido, no puede ser el mismo fin de la acción intentar salvar una vida de modo que resulte un mal indeseado o provocar un aborto que, en sí mismo, conlleva una acción indebida.
Por ello, soy un convencido de que aquí estamos cometiendo un grave error: se está desprotegiendo la vida del que está por nacer. Está valiendo menos la vida en Chile a partir de este conjunto de normas que se están aprobando y que, desde mi perspectiva, no tienen que ver con progresismo ni con intentar evolucionar o estar con los nuevos tiempos.
Esto es debilitar principios esenciales de los tiempos de siempre, en que se protege la vida particularmente indefensa, de quien no puede defenderse por sí mismo.
Aquí estamos dando el paso equivocado y de una forma inadecuada.
Voto en contra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, por fin llegó la hora de empezar a votar las causales. Porque nos estábamos pronunciando sobre las indicaciones.
Por lo tanto, entramos de fondo al proyecto y a los textos que fueron aprobados por las Comisiones de Salud, de Constitución, Legislación y Justicia y de Hacienda.
Yo voy a apoyar esta primera causal por una razón que me parece evidente. Su texto -le pedí anteriormente al Secretario que lo leyera- dice: "La mujer se encuentre en riesgo vital, de modo que la interrupción del embarazo evite un peligro para su vida.".
Yo no puedo creer que haya personas que se nieguen a garantizarle atención a una madre cuya vida está en riesgo. Porque obviamente aquí no hay un afán doloso; porque no se está buscando destruir la vida que se está incubando, sino resguardar el derecho de la vida de la madre.
Entonces, me parece una tremenda contradicción de quienes dicen defender la vida de la madre, de quienes estaban a favor de una indicación en tal sentido, pero que la votan en contra.
Creo que debemos ver bien cuáles son las causales.
Este proyecto regula la despenalización de tres.
Se dice que el texto propuesto abre la puerta al aborto abierto. Si fuera así, no contaría al menos con mi voto; e imagino que tampoco contaría con otros votos.
--(Manifestaciones en tribunas).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¡Guarden silencio!
¡Si no entienden, haré desalojar las tribunas!
El señor LAGOS.- ¡Pero no los eche a todos, señor Presidente!
El señor DE URRESTI.- ¡Ordene sacarlos, señor Presidente!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¡Pido hacer salir a las personas que están provocando desórdenes!
--(Manifestaciones en tribunas).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se suspende la sesión por cinco minutos.
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--Se suspendió a las 18:25.
--Se reanudó a las 18:32.
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Continúa la sesión.
A las personas que quedan en las tribunas les solicito mantener el orden.
Hago presente de nuevo que no voy a aceptar ningún tipo de manifestaciones.
Insisto en ello, pues así lo exige el Reglamento del Senado.
Espero que la conducta de quienes se hallan en las tribunas sea consecuente con nuestras exigencias.
Continúa con su intervención la Senadora señora Lily Pérez.
La señora PÉREZ (doña Lily).- Decía, señor Presidente, que a mi juicio hay que aprobar la causal número 1).
Se manifestó recientemente en la Sala -me parece que lo señaló la Senadora Van Rysselberghe- que la redacción de dicha causal queda muy abierta y que, por tanto, un médico podría interpretarla con demasiada amplitud.
El texto que se nos propone expresa: "La mujer se encuentre en riesgo vital, de modo que la interrupción del embarazo evite un peligro para su vida.".
Quiero recordar -lo dije ayer- que el Código Sanitario, en su artículo 119, permitió hasta 1989 la interrupción del embarazo por dicha causal, llamada "terapéutica".
¡Esa sí que era amplia! ¡Esa sí que era abierta! Porque bastaba con aducir "fines terapéuticos". O sea, una mujer podía alegar cualquier razón y la interrupción del embarazo se calificada de "terapéutica".
Yo -lo digo con franqueza- no conozco a nadie de esta Sala que, habiendo ocupado algún cargo de gobierno o tenido un rol protagónico en el año 89 o antes, haya abierto la boca para reclamar contra la mencionada causal. O sea, hasta 1989 eso era normal y ni siquiera constituía una materia discutible.
Por consiguiente, no se entiende la reacción que se tiene ahora ante este proyecto, que despenaliza tres causales de la interrupción voluntaria del embarazo.
La número 1) trata de "La mujer que se encuentre en riesgo vital, de modo que la interrupción del embarazo evite un peligro para su vida".
Me parece que es lo mínimo que podemos hacer por nuestras mujeres cuando enfrentan una situación límite que pone en riesgo su vida.
Aquí estamos hablando de riesgo vital. Y eso significa que está en peligro la vida de la mujer. No se trata de que a ella se le ocurrió o de algo que quiso.
Considero que en este caso se está manifestando una profunda desconfianza en las mujeres.
Aquí hay que hablar harto más de las mujeres: cómo son, qué les ocurre.
Por considerar que la causal número 1) debe estar contemplada en este proyecto, la voto favorablemente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, en mi concepto, debemos dejar claro por qué estamos votando en contra de la causal número 1) y por qué aprobamos una de las indicaciones que se formularon sobre la materia.
Pero antes de hacerlo voy a formular una reflexión.
Yo creo, señor Presidente, que nosotros podemos tener opiniones distintas. Eso está bien; es lógico en una democracia. Lo que no se puede hacer es juzgar las intenciones de otros.
Ahora bien, cuando la Senadora Lily Pérez dice que no cree que alguien pueda querer que muera una mujer, de verdad no sé a quién se está refiriendo.
Nosotros dijimos con mucha claridad, a lo largo de una discusión muy extensa, que consideramos que hay que salvar la vida de la madre.
Probablemente vamos a tener que reiterarlo muchas veces más, para evitar que se afirme algo que nosotros nunca hemos expresado.
En nuestro concepto, el médico debe salvar la vida de la madre, pues de lo contrario, dependiendo de los meses de gestación, puede morir quien está por nacer.
¡No digan, entonces, algo que no es verdad! ¡No mientan respecto a lo que hemos sostenido, porque eso no es correcto!
En este debate, señor Presidente, yo no juzgo o intento no juzgar las intenciones de otros. Tengo una posición distinta, y la planteo con fuerza. Pero -repito- en esta discusión no juzgo o trato de no juzgar las intenciones de otros.
Señor Presidente, nosotros votamos a favor su indicación por considerar que no hay aborto cuando se procura salvar la vida de la madre. Lo dijimos ayer muchas veces y lo volvimos a repetir hoy día, en varias oportunidades. Pero parece que algunas personas no desean escucharnos.
Yo debo clarificar que la diferencia entre su indicación, que aprobamos, y la causal que nos ocupa radica en que la acción descrita en aquella está destinada a salvar la vida de la madre cuando existe riesgo vital: esta es la acción.
Es factible que por esa acción se genere el doble efecto de que tanto se ha hablado y no se pueda salvar la vida de quien está por nacer. Pero la primera acción -¡y lo vuelvo a repetir!- es la destinada a salvar la vida de la madre.
Yo soy mujer, y también, mamá de mujer.
Señor Presidente, es muy distinto lo que dice el texto del Gobierno -se vota en este momento y nosotros lo estamos rechazando-: "Mediando la voluntad de la mujer, se autoriza la interrupción del embarazo por un médico cirujano". ¿Cuál es la acción? "Mediando la voluntad de la mujer, se autoriza la interrupción del embarazo". ¡Esa es la acción!
En el otro caso, la acción es salvar la vida de la madre. Y, para nosotros, eso marca una diferencia fundamental.
A nuestro juicio, siempre hay que salvar la vida de la madre y proteger la vida de quien está por nacer.
Estamos en contra de la existencia de una acción que vaya directamente a terminar con la vida de quien está por nacer. Porque, para nosotros, esa vida es un ser humano y tiene igual dignidad que las vidas de los demás seres humanos.
Por lo tanto, señor Presidente -lo decía el Senador Allamand-, en nuestra opinión, esta causal está mal redactada, pues la acción se halla destinada directamente a interrumpir el embarazo; o sea, la acción es sobre quien está por nacer.
Después de esa acción viene el número 1), que habla de cuando "La mujer se encuentre en riesgo vital".
Para nosotros resultaba fundamental poner primero la acción (era lo que se buscaba con la indicación del Senador Zaldívar) de salvar la vida de la madre.
Señor Presidente, nosotros queremos salvar la vida siempre. En todo momento vamos a defender la vida: la de la mujer y la de quien está por nacer.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, yo pedí mis cinco minutos para fundamentar el voto con el objeto de dejar constancia en la historia fidedigna de la ley de mi posición respecto a lo que es la interrupción del embarazo cuando se realiza con el propósito de salvar la vida de una mujer.
Apoyamos su indicación, señor Presidente, por estimar que apuntaba en la línea correcta. Eso significa que, en cualquier circunstancia en que esté en riesgo la vida de una mujer -obviamente, según diagnóstico de un facultativo-, el deber profesional del médico es salvar a la mujer, aun cuando el costo de ello sea el tener que terminar con la vida de quien está por nacer.
¿Cuál es nuestra diferencia? Nuestra diferencia es que esa conducta no constituye lo que el Código Penal define como aborto. Tal conducta es distinta. Y esa es la razón de ser de la indicación.
Por lo tanto, señor Presidente, me hago cargo desde luego de lo que planteó quien sostuvo que éramos incoherentes aquellos que votamos su indicación y ahora nos oponemos a esta causal.
Yo creo que la incoherencia es al revés.
¿Cuál fue el fundamento de su indicación, señor Presidente? El fundamento, expresado por usted mismo, era que esa indicación -me parecía mejor y más completa que las otras tres o cuatro que se habían presentado en la misma línea- en el fondo decía: "No estamos discutiendo que, frente a la dramática circunstancia de que para salvar la vida de una madre hay que matar a quien está por nacer, esa conducta no constituye aborto". Y por eso nosotros planteábamos que debía ponerse una norma distinta.
Esa es una cuestión muy de fondo.
Algunos creemos que, cuando se pone a alguien para que elija de entre dos vidas, esa acción es legítima. Y lo decía el Senador Walker a propósito del caso que yo citaba ayer sobre la legítima defensa.
En la legítima defensa hay una persona que mata a otra porque la hizo víctima de un ataque personal a ella, o bien, a un tercero.
Yo pregunto: si una persona mata a otra en legítima defensa cuando media una agresión ilegítima y existe necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla o cuando falta provocación suficiente por parte de quien se defiende, ¿constituye esa acción un homicidio? No. Y la ley no lo fija como tal.
Ese es el primer caso en que la legislación chilena dice: "Nosotros condenamos y sancionamos el matar a una persona, pero establecemos ciertas excepciones". Esta es una de ellas.
La segunda es señalada por nuestra misma legislación: "El que obra para evitar un mal grave para su persona o derecho o los de un tercero, siempre que concurran las circunstancias siguientes". Es lo que se denomina "estado de necesidad". Puesta una persona en la disyuntiva de elegir entre su vida y la de otra y optar por matar a esta al no quedarle más camino, pues en caso contrario puede morir, la legislación le dice: "No la considero una asesina. No tiene responsabilidad penal, a pesar de haber preferido salvar su vida frente a la de otro, al probarse que existía el riesgo evidente de morir".
Y la tercera es la que estamos discutiendo, que es el caso de una mujer que pierde el feto para proteger su vida. Como esta circunstancia no es un aborto propiamente tal, votaré en contra, porque está puesta en el proyecto dentro de la lógica de las causales que sí lo constituyen. Si somos coherentes y aceptamos su indicación, señor Presidente, y decimos que esa conducta no es un aborto, no podemos incluirla ahora en esta parte, porque ello resultaría absolutamente incoherente.
Pero dejo establecido que en la sociedad es legítimo que, por salvar la vida de una mujer, se pueda interrumpir el embarazo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Lagos.


El señor LAGOS.- Señor Presidente, sin perjuicio de tratar de hacerlo todo de la manera más tranquila posible, uno a veces se siente provocado, no con mala leche, pero sí intelectualmente, políticamente -lo digo en forma genuina-, por algunas argumentaciones.
Voy a partir por lo básico. Lo que está haciendo la causal 1), básicamente, es reponer lo que en Chile hubo desde 1931 hasta 1989 en materia de interrupción del embarazo. Por 58 años existió el aborto terapéutico -entendido, además, en un sentido amplio-, para salvaguardar la vida o la salud de la madre.
Los términos son ahora más restrictivos: se hace referencia a la vida de la mujer.
En consecuencia, estaríamos restableciendo lo que rigió durante muchos años y parece que funcionó bastante bien, bajo distintos gobiernos, coaliciones políticas y Presidentes, algunos más conservadores y otros menos. ¡Y el asunto no se tocó! ¡No constituyó un tema!
Dicho eso, ¿cuál es la provocación?
El Senador señor Allamand, con un esfuerzo de razonamiento jurídico, nos desafió a una demostración de que las tres causales son distintas.
El señor NAVARRO.- No es preciso hacerlo.
El señor LAGOS.- Así es. ¡Lo son!
Su Señoría explicó que el caso uno es un tipo de interrupción del embarazo o aborto; el dos es diferente, al decir relación con la inviabilidad fetal, y en el de violación nadie corre peligro de vida.
¡Claro que son distintas! ¡Por eso las distinguimos! Los bienes jurídicos por proteger no son los mismos.
La provocación está en lo que expresó: "Esto es una argucia". ¿Saben mis colegas qué la constituye? Lo repetiré por tercera vez: darse vuelta a la hora nona los que, habiéndose negado a legislar para reponer el aborto terapéutico durante todos estos años, expresan textualmente, a través de la indicación del Presidente del Senado: "No se considerará aborto" -así parte- "la acción de salvaguardar la vida de la madre"... "si a consecuencia de ello se produjere la interrupción del embarazo".
¡"Si se produjere"! ¿Qué va a producirla? ¿El tiempo? ¿El cambio climático? ¡No! ¡La decisión de un médico, conforme a la indicación de ustedes! Existirían esa definición de "salvaguardar la vida de la madre" y dos bienes jurídicos por proteger, uno de los cuales es la vida del que está por nacer -esto es, el feto o embrión, que aún no es persona, al menos como en Chile lo definimos en la ley-, y sería preciso optar.
¿Saben Sus Señorías cuál es la argucia? Consiste en pronunciarse a favor de la indicación que afortunadamente desechamos; reemplazar la que espero que acojamos en este momento, que repone el aborto terapéutico, y expresar a continuación: "En consecuencia, ahora rechazo las otras dos causales; pero voté a favor del aborto terapéutico y me preocupé de la vida de la madre".
El procedimiento no es correcto, porque lo que se está haciendo es pervertir el sentido. Aquí se trata de una interrupción del embarazo o de un aborto -llámenlo como quieran-, y lo que están haciendo al decir que querían apoyar la indicación anterior es, al final del día, balancear bienes jurídicos. ¿Y a quién le dejaban la decisión? A la madre y al facultativo.
Hoy día, con la causal 1), que espero que aprobemos, no le quitamos la lex artis a nadie. La práctica médica sigue vigente. Acogido el artículo, la misma decisión le corresponderá al equipo de profesionales. ¿O se cree que por contemplarse la disposición se procederá directamente a un aborto o a interrumpir el embarazo? ¡No! Lo que estamos haciendo es respaldar jurídicamente al especialista ante algo hoy día penalizado, más allá de los juicios que existan y de la gente en la cárcel por esta causa.
Lo que ustedes han señalado es que estaban dispuestos a la indicación y no a lo de aquí. Creo que esa es una argucia para no reconocer que hay distintos bienes jurídicos protegidos. Porque si aceptaban la causal como está, se les caía la posibilidad de negarse a la segunda y a la tercera. ¡Lo que quedará ahora es que un sector de Chile ni siquiera está para reponer el aborto terapéutico que se contempló durante 58 años! Y me parece que eso no es sano.
¡Es una argucia legal decir que no se trata de un aborto, pero sí de una interrupción del embarazo!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, el debate y las últimas intervenciones efectivamente acreditan que no se ha comprendido bien la argumentación de algunos de nosotros.
El propósito del proyecto es despenalizar el aborto en ciertas situaciones. De no hacerlo, se considerarían dentro de la concepción sobre la materia en el Código Penal. Y serían contrarias a la ley, porque ese ordenamiento, para la existencia del ilícito, exige dolo o la intención de matar al ser en el vientre materno.
El Honorable señor Guillier recordaba la definición del Diccionario de la lengua española. Efectivamente, la Real Academia contempla dos posibilidades: el aborto espontáneo y el aborto provocado.
El primero no es una acción deliberada de alguien, obviamente, a fin de matar al ser en el vientre materno, sino que deriva de una situación circunstancial, biológica, médica, que tiene una explicación. No es provocado. Y eso, claro, se puede llamar "aborto" y usarse en el lenguaje común. Pero esta concepción no es la del Código Penal. No es una causal sancionada con motivo del delito establecido en el artículo 342 de ese ordenamiento.
Ese es el asunto de fondo.
En consecuencia, cuando se busca despenalizar, estamos diciendo que las causales 2) y 3) sí constituyen acciones deliberadas para intervenir en el embarazo: una, por inviabilidad fetal, y la otra, por la violación de la madre. Pero se busca terminar con la vida del ser en el vientre materno.
Eso no se hace en el caso de la causal 1) -y esta es exactamente la diferencia-, porque ahí no existe un aborto en términos del concepto penal, desde el momento en que no se realiza una acción deliberada para terminar con la vida del que está por nacer, sino para salvar a la madre en riesgo vital. Y si producto de esa intervención muere el feto, es una lástima, pero jamás ha mediado una intención al respecto. Por lo tanto, no es un ilícito.
Tanto es así que, sin la norma y con la legislación vigente, nunca se ha sancionado como causantes del delito de aborto a quienes se hayan enfrentado a situaciones de riesgo vital, de intervención médica y de pérdida del feto en el vientre de la embarazada, a la que haya sido preciso intervenir por razones de salud y con tal efecto.
Esa es la cuestión.
Entonces, al aseverarse: "Ustedes están homologando todo en un paquete", así es. Se está poniendo como causal de aborto una que no lo es. Y no es posible despenalizar lo no penalizado, porque estamos frente a una situación en la que no media una sanción semejante. Por lo tanto, ponerla en el mismo nivel o la misma jerarquía que las otras es un error conceptual que no podemos aceptar, pues significaría decir que la madre se halla forzada al aborto cuando corre un riesgo vital, ya que intervendría un médico para salvarle la vida.
Eso no es aborto en la ley penal.
Si se aprueba el proyecto con las causales 2) y 3), en los casos que describen se podrá abortar sin que constituya un delito. Pero será posible seguir haciendo lo mismo que hoy, porque existen procedimientos médicos autorizados. El Colegio de la Orden y la Comisión de Ética lo autorizan, y los hospitales funcionan sin problemas en la materia. Porque no es un ilícito. Ello no tiene que ver con la legislación actual.
Entonces, no intenten confundir.
Por eso, somos contrarios a incorporar la norma. Creíamos que la indicación del Senador señor Zaldívar salvaba el problema. Pero quisiera consignar que no era la única en el sentido de que la situación no constituía un delito de aborto. Había varias otras, entre ellas una que presentamos con el Honorable señor Espina en la Comisión.
En consecuencia, de eso se trata: de no confundir. La causal 1) no tiene que ver con el aborto. A ello obedece que no sea justo incorporarla en el proyecto de ley, por lo cual la rechazamos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Bianchi.


El señor BIANCHI.- Señor Presidente, seré muy breve.
A mi juicio, es preciso mantener una consecuencia en lo que se hace y dice. Apoyé su indicación, renovada con la firma de muchos señores Senadores, y lamenté profundamente que no se haya logrado un acuerdo que hasta anoche se suponía que se conseguía y que zanjaría la situación planteada en ella.
Al no ser la suma de ninguna acción política, tengo libertad para aprobar la primera causal. Y la razón es muy simple: lo hago porque se trata, en definitiva, de salvar la vida de la madre y ojalá, desde luego, la del que está por nacer.
Por lo tanto, no abrigo duda alguna al votar a favor la causal de que se trata, para que después se avance lo más rápido posible en las otras dos. Obviamente hay asuntos por plantearle al Ejecutivo y que espero que sean acogidos, para buscar hasta el último instante la posibilidad de perfeccionar lo que se nos trae el día de hoy.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Araya.


El señor ARAYA.- Señor Presidente, simplemente deseo expresar un par de cosas que estimo conveniente que queden en la historia de la ley.
La primera de ellas es que estamos regulando hoy día el denominado "aborto terapéutico" por una razón. Si el asunto estuviera tan resuelto, la norma no sería necesaria. Por una práctica jurisprudencial y doctrinaria, se ha establecido que se puede llevar a cabo. Pero si la interpretación del Código Sanitario se conduce al extremo, como algunos han querido hacer, en la actualidad no es posible realizar ninguna acción cuyo fin sea provocar un aborto, aunque sea terapéutico.
Lo que sucede es que los tribunales de justicia, por una construcción jurisprudencial, han entendido que existe una causa de justificación: el ejercicio de la profesión de médico, la lex artis. Por eso, se exculpa a los facultativos si se verifica el aborto.
En segundo lugar, la disposición que estamos aprobando es bastante más restrictiva que las dos anteriores que rigieron en la materia.
Lo decía ayer. El precepto original del Código, que era de 1931, permitía realizar el aborto con fines terapéuticos o para esterilizar.
Posteriormente, el texto evolucionó y en 1967 fue permitida la interrupción del embarazo para fines terapéuticos.
La norma de ese año, derogada en 1989, en ningún momento estableció que el objeto del aborto terapéutico era salvar la vida de la madre. Era muy amplio.
De hecho, cuando se lee la literatura de la época, se observa que la intervención se podía realizar por razones en que no necesariamente la mujer se encontraba en riesgo vital. Era posible efectuarla por afecciones psicológicas. Incluso, algunos autores mencionaban que podía realizarse un aborto, entre comillas, con un fin social, cuando no se quería que la mujer tuviera un hijo.
La disposición estuvo vigente hasta 1989 y no generó un mayor revuelo.
El precepto que hoy día reintroduce el Senado es bastante más restrictivo, ya que coloca una exigencia para el aborto terapéutico: que esté en riesgo la vida de la madre, lo que no existía -repito- en 1967.
Por esa razón, me parece que es preciso llamar las cosas por su nombre. Comparto lo expuesto por algunos colegas en el sentido de que en el derecho se requieren definiciones. Nuestra legislación no contempla una de ellas para el aborto. Lo que hay es una construcción a partir del Código Penal. Ayer lo manifesté en mi intervención. Cuando se revisan el ordenamiento penal y el Código Sanitario, se observa que no existe una determinación del concepto. Lo que tenemos son ciertas definiciones jurídicas a partir de fallos de las cortes de Apelaciones, especialmente uno correspondiente a la de Santiago.
Entonces, en la discusión que sostenemos no es baladí ni algo menor, a mi juicio, señalar con certeza que el proyecto autorizará la interrupción del embarazo en tres causales. Y ello, principalmente -no me detendré en este punto-, porque algunos han manifestado que aquí se halla la denominada "teoría del doble efecto". Lo que estamos diciendo en forma precisa es que la medida es posible en caso de riesgo vital de la madre.
También quiero hacerme cargo de otro tema planteado por los Senadores de Chile Vamos. Muchos de ellos han aludido al caso de la legítima defensa.
Mas es preciso recordar algo que estimo básico e ineludible en el debate. Si en esa situación una persona mata a otra, comete un homicidio. Lo que sucede es que media una causa de justificación respecto de la cual el derecho dice que no se aplica una sanción penal. Pero, al final del día, eso no quita el carácter de homicidio. Se ha determinado que, en ciertas circunstancias, la antijuridicidad -es decir, aquello contrario a la ley penal o al ordenamiento jurídico- no es objeto de una sanción por diversas razones. Y eso hace la legítima defensa.
Entonces, mi impresión es que los argumentos en esa línea tienen que utilizarse con la precisión que corresponde, y no una sola parte para las explicaciones necesarias, sino en su conjunto.
Por esa razón, voy a votar a favor de la redacción de la Comisión de Constitución.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir la Honorable señora Allende.


La señora ALLENDE.- Señor Presidente, quiero fundamentar brevemente mi aprobación, porque me parece muy importante que entreguemos definiciones claras y, además, certeza jurídica.
Habiendo escuchado atentamente a los colegas que han hecho uso de la palabra, el Senador señor Coloma, si no me equivoco, sostuvo que no ha habido formalizaciones ni mucho menos sentencias condenatorias.
Quiero decirle a Su Señoría que está profundamente equivocado. Estadísticas que me ha entregado el Honorable señor Harboe indican que el número total de personas de sexo femenino con sentencia definitiva condenatoria es de 149. Y el número total de las formalizadas asciende ni más ni menos que a 386.
En consecuencia, a mí me gustaría que las cosas fueran claras en la Sala, para la historia fidedigna de la ley. Ello es así en el caso de la disposición planteada: "Mediando la voluntad de la mujer, se autoriza la interrupción de su embarazo por un médico cirujano, en los términos regulados", etcétera. ¿Cuándo? Conforme a la causal 1), cuando "La mujer se encuentre en riesgo vital, de modo que la interrupción del embarazo evite un peligro para su vida.".
Y decíamos ayer que ello es no solo por efecto indirecto, sino también directo. Hay casos clarísimos -embarazo tubario, preeclampsia y otros- en los cuales se busca directamente la intervención. ¿Por qué? Porque la madre se encuentra en peligro y se intenta salvarla. Eso se llama "aborto terapéutico".
Respeto las opiniones diferentes. Creo que aquí tenemos concepciones muy distintas. Ello me parece respetable.
Estimo que, en realidad, no se quiere aceptar el aborto con fines terapéuticos para salvar a una madre en peligro. Está bien. Pero es un aborto, una interrupción del embarazo.
Celebro que colegas, aunque voten en contra, expongan sus argumentos en el sentido de que juzgan indispensable -"siempre", dijo una Senadora- salvar la vida de la madre. Lo encuentro excelente.
Lo único que me hubiera gustado es que ello se hubiese dado en 1989.
¡Hubiera querido que no se registrase un rechazo en 1991, cuando los entonces Diputados señora Muñoz y señor Letelier presentaron un proyecto de ley para reponer el aborto terapéutico!
¡Ocurrió lo mismo con otro en 2011!
¡Ello se repitió en 2015, cuando planteamos una moción en el mismo sentido con mi colega Rossi!
¡Al entonces Senador señor Escalona le sucedió otro tanto!
Por lo tanto, pido coherencia.
Está bien. Afortunadamente, los seres humanos podemos cambiar, evolucionamos.
Hace diez años era inimaginable tener un Acuerdo de Vida en Común, del cual fue autor el propio Senador Allamand.
Todavía recuerdo, queridos parlamentarios, todo lo que nos dijeron a quienes fuimos autores de la moción que planteó el divorcio con disolución de vínculo: "divorcistas", "antifamilia", que íbamos a destruir la familia, la sociedad. Todavía recuerdo esa campaña.
Pues bien, hoy día vemos que, a lo menos, las bancadas del frente están conscientes de que debe existir un aborto terapéutico cuando el fin es salvar la vida de la madre.
Creo que es un tremendo cambio, y me alegro de que así sea. Solo lamento que no lo hayan hecho antes. Hubiésemos evitado muchas situaciones, porque no es correcto que tengamos formalizados y condenados en esta materia. ¡No es correcto que tengamos formalizados y condenados si realmente somos coherentes!
Una última reflexión.
El Senador Allamand, en reunión de Comités, aseguró -no una vez, varias veces- que era inimaginable ir al Tribunal Constitucional. Él ha dicho que no lo hará. Me alegro. Pero escuché a un colega anunciar que sí va a recurrir a dicha instancia. Nosotros no queríamos prestarnos para eso. Y nos dijeron enfáticamente que éramos poco menos que ignorantes, porque ello no ocurriría.
Bueno, ahí tienen a sus propios colegas. Ya dos señores Senadores han manifestado su intención de acudir al Tribunal Constitucional.
Dónde está la coherencia, entonces.
Me gustaría que las posturas fueran claras, para la historia fidedigna de la ley. Así de simple.
La iniciativa establece con toda claridad que se aplica a la mujer que se encuentra en riesgo vital, de modo que la interrupción del embarazo evite un peligro para su vida. Una elección libre, informada, necesaria, que respeta los derechos de la mujer que es capaz de tomar esa decisión.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pérez.


El señor PÉREZ VARELA.- Señor Presidente, le pediría a la Senadora que me antecedió en el uso de la palabra que cuando entregue datos, lo haga de manera completa.
Yo les aseguro que ninguno de los datos del Ministerio Público que ha señalado, en materia de formalización y condena, corresponde a esta causal. Ninguno.
Comúnmente escuchamos decir a las autoridades del Ministerio de Salud -y se ha expresado en la Sala- que en Chile se cometen, más o menos, treinta mil, treinta y tres mil abortos ilegales.
Quiere decir que el...
--(Manifestaciones en tribunas).
El señor COLOMA.- ¡Sáquelos, señor Presidente!
El señor LARRAÍN.- ¡Igual que a los otros!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se suspende la sesión por cinco minutos, para desalojar ese sector de las tribunas.
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--Se suspendió a las 19.8.
--Se reanudó a las 19.9.
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Continúa la sesión.
Tiene la palabra el Senador señor Pérez; le reponemos su tiempo.
El señor PÉREZ VARELA.- Gracias, señor Presidente.
Considero que es muy importante -lo reitero- que los datos que se entreguen sean correctos, objetivos y que informen adecuadamente a este Senado.
No hay duda de que los datos que aquí se nos han entregado no corresponden para nada a una causal de esta naturaleza. No hay ningún médico, en ninguna clínica, en ningún hospital público, que haya realizado tratamientos o una operación para salvar la vida de una mujer y que esté hoy día preso o formalizado porque, a consecuencia del procedimiento, haya muerto el feto. Y lo mismo puede decirse de la mujer que se sometió a ese procedimiento.
Dentro de los 33 mil casos de abortos ilegales que señala el Ministerio de Salud pueden existir personas formalizadas, sean hombres o mujeres, pero los datos que nos muestra la Senadora que me antecedió en el uso de la palabra reflejan claramente una inacción muy importante del Ministerio Público sobre esta materia.
Tenemos que clarificar lo que estamos discutiendo. ¿Cuál es la norma que está presente hoy día y que se quiere modificar? El artículo 119 del Código Sanitario, que señala: "No podrá ejecutarse ninguna acción cuyo fin sea provocar un aborto".
Salvar la vida de la madre -lo dijimos ayer- no es tener como finalidad el aborto.
La indicación que presentó el Presidente del Senado tampoco, si uno la lee con cuidado y rigurosidad. Ella dice: "No se considerará aborto la acción destinada a salvar la vida de la madre cuando existiere un riesgo vital, si a consecuencia de ello se produjere la interrupción del embarazo.".
Por lo tanto, en la indicación que nosotros respaldamos se establece que si el esfuerzo del equipo médico apunta a salvar la vida de la madre, y también la vida del hijo, pero tiene como consecuencia, tras las maniobras quirúrgicas y terapéuticas que se realizan para ello, la muerte del feto, la interrupción del embarazo, no hay sanción penal, pues ello no va en contra del Código Sanitario.
Pero lo que hoy día nos está diciendo la disposición del Gobierno es que pasamos directamente a la interrupción del embarazo, no a consecuencia de los tratamientos y de las acciones terapéuticas para salvar la vida de la madre.
Claramente, esta es una norma que no podemos aceptar. Es mucho más nítida y clara la disposición actual.
Es evidente que la ley en proyecto y las autoridades de Gobierno pretenden incorporarla al esquema del aborto al unificarla a las otras dos causales que, como aquí se ha dicho en forma reiterada, son absolutamente distintas a esta. Porque salvar la vida de la madre y que, como consecuencia, se interrumpa el embarazo, no es una acción dolosa, no es una acción delictual, no es una acción que pueda ser reprochable.
Tanto es así que a pesar de todo lo que se ha dicho, desde el año 89 a la fecha no hay nadie formalizado o perseguido por esta acción. El Ministerio Público no está persiguiendo absolutamente a nadie, porque todos entendemos -la norma es así de clara- que cuando se intenta salvar la vida de la madre no se está realizando una acción cuyo fin sea provocar un aborto.
En materia penal, delito es toda acción típica antijurídica y culpable. Y, por lo tanto, un equipo médico que, buscando salvar la vida de la madre, interrumpe un embarazo, no incurre en ninguna de estas calificaciones y no cumple con ninguna de estas características.
Dejemos las cosas bien en claro. Aquí se busca generar una vinculación directa con el aborto. Y es una causal absolutamente distinta, profundamente distinta de la que presentó el Presidente del Senado, la cual sí apoyamos.
Por eso, vamos a votar en contra.
Otra cuestión que genera confusión en la intervención de la Senadora Allende dice relación con la presentación ante el Tribunal Constitucional.
Si se hubiera aprobado la norma que proponía el Senador Zaldívar, por cierto que la presentación ante el Tribunal Constitucional por esa causal no hubiera tenido ningún sentido. Pero como se rechazó, puede ser discutible y ser analizada la presentación.
Eso no es ninguna maniobra, ni pretende generar confusión, como expresó usted, señora Senadora.
Estas razones me llevan a rechazar esta causal.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor García-Huidobro.


El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Señor Presidente, se ha dicho que en Chile existía aborto antes de la reforma del año 89. Eso no es cierto.
No es efectivo que entre 1931 y 1989 haya existido aborto en Chile. Lo que había era una normativa tendiente a regular el principio de doble efecto; esto es, sanar la vida de la madre y tener como efecto secundario, no querido, el fallecimiento del niño.
La razón de su derogación en esa oportunidad no fue la de prohibir el tratamiento médico de la madre, sino que evitar su abuso y una incorrecta interpretación de la normativa.
Es importante señalarlo, señor Presidente, para que no se crea que antes de 1989 existía aborto en Chile. Y malamente algunas parlamentarias y algunos parlamentarios lo han mencionado. Repito: ello no es efectivo. Y lo que se está haciendo hoy día es volver a dejar absolutamente abierta la posibilidad de una incorrecta interpretación.
Respecto a esta causal, tal como lo hemos argumentado, no es necesario legislar, porque se refiere a algo que hoy día existe. Y creo que la indicación del señor Presidente iba en el camino correcto, ratificando mis palabras.
Pero yo quiero entrar en otro tema que considero fundamental: el estado mental de las madres que están en un momento de su embarazo.
El nivel de riesgo para la vida de la madre en términos de su estado mental puede ser relativo, cambiante, manipulable y en muchos casos difícil de determinar. De hecho, la suicidalidad -es decir, el pensar en el suicidio con frecuencia- puede darse con intenciones gananciales para movilizar o manipular su entorno. En algunos casos es así. Con la norma aprobada por la Comisión, cualquier mujer puede argumentar que su vida está en riesgo, que está deprimida y que desea suicidarse.
Actualmente no existe una manera de objetivar si esta idea está siendo simulada o si es verdad.
Pongámonos en el caso de que la ideación suicida fuera efectiva y que estuviera disponible para estas mujeres la posibilidad de abortar. Probablemente, esta sería la causal más recurrida, dado que la depresión durante el embarazo -hay estudios importantes en la materia- afecta a alrededor de 10 por ciento de las mujeres y el intento de suicidio sería de alrededor de 5 por ciento cuando no hay un tratamiento y un apoyo psicológico a esas mujeres.
Debe considerarse que el estado sintomático de estas pacientes introduce un sesgo depresivo a la hora de decidir (ideas negativas de sí misma, del entorno y del futuro; sentimientos de desesperanza; desapego respecto del embarazo), por lo que es fácil que puedan optar por abortar o ceder a una presión familiar para que lo hagan.
En otras palabras, poner el aborto como una alternativa para una mujer embarazada y con depresión es tremendamente cuestionable, pues la decisión recaería en una persona cuyas condiciones de salud mental no permiten una decisión libre de los sesgos negativos de la enfermedad.
Además, después de resuelta la depresión, muchas de ellas podrían arrepentirse de la decisión tomada cuando estaban deprimidas.
Por otra parte, la depresión y la posibilidad de suicidios son condiciones reversibles y tratables incluso durante el embarazo -y es muy necesario que sean tratadas-, mientras que el aborto no ha demostrado nunca, en ninguna parte del mundo, ser una medida terapéutica eficaz para mejorar la salud mental.
Me he referido a estudios que están en poder de todos los Senadores, desarrollados en nuestro país por Nguyen Jadresic en 2007.
Creo que estos son temas que hay que abordar e informar, porque existe la posibilidad de que aquí se deje la legislación absolutamente abierta al aborto libre por causas de depresión o intento de suicidio.
Por eso voto en contra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, escucho a la Senadora Von Baer, al Senador García-Huidobro, quienes pintan un escenario de guerra, apocalíptico. O sea, completa desconfianza en los equipos médicos de la Universidad Católica, de la Universidad de Chile, de los hospitales públicos, de la Clínica Las Condes, de la Clínica Alemana.
A un hospital público va a llegar una mujer en riesgo de vida y efectivamente el médico la va a salvar. ¿O alguien le va a pedir que le haga la "gauchá" y le practique un aborto, y van a utilizar la excusa de que podría estar en riesgo la vida de la madre? ¿Un equipo médico completo -matrona, enfermera, todo el sistema de la UCI, porque se trata de un parto con resguardo, de urgencia- se va a coludir para inventar una causal? Esa decisión no va a ser solo del médico. Será del equipo médico y también de la mujer, a la que se le informará de sus derechos.
Siento que eso es extremar el argumento. Y decir que los que estamos de este lado mentimos equivoca el camino. Ustedes recién estaban por aprobar la indicación del Senador Zaldívar que establecía el criterio de salvar la vida de la madre, ¡lo mismo que estamos haciendo nosotros!
Esto no es aborto libre; no es para que alguien instale una clínica y le ponga un cartel que diga que se van a hacer intervenciones para madres en extrema urgencia, en riesgo de vida. Eso es impredecible.
La afirmación en el sentido de que esto abre el aborto libre es un error. No estamos discutiendo el aborto. Creo que si ese fuera el debate en la Sala, la votación sería radicalmente distinta.
Se plantea la situación como los buenos y los malos, entre aquellos que quieren salvar la vida de la madre y otros que queremos matar al feto, cuando todos hemos señalado que lo óptimo es salvar al niño que está por nacer y la vida de la madre. Ese es el dilema. Y lo que viene es un tema biológico y natural de que alguien tiene que priorizar. Y será el médico, su equipo, y también la madre informada de la situación, quienes podrán decidir, si es que se hallan en condiciones de hacerlo.
Aquí estamos todos por salvar la vida.
Yo creo que el temor -y ahí está el punto- es que esto abre la posibilidad del aborto libre. Lo ha dicho el Senador García-Huidobro. Lo ha dado a entender la Senadora Von Baer, diciendo que aquí se miente.
La señora VON BAER.- Está mintiendo.
El señor NAVARRO.- Por su intermedio, señor Presidente: yo no estoy mintiendo. Confío y creo en que el tema es salvar la vida de la madre, como ocurrió por tanto tiempo: 58 años. Durante todos esos años -mi edad- hubo aborto terapéutico en Chile. Y es el aborto terapéutico el que debe dar el resguardo a ese médico para que obre en conciencia, con su equipo médico. Esta no es una decisión individual.
¿El aborto sin estas tres causales está penalizado? Se lo pregunto al Senador Pedro Araya. ¡Está penalizado! El que practique un aborto en Chile fuera de estas tres causales irá a la cárcel, y bien merecido lo tendrá, porque está penalizado y ese sí es un tema distinto a lo que estamos tratando, con causales delimitadas por ley, discutidas democráticamente y, por cierto, buscando lo mejor para la vida.
No es fácil decidir entre la vida y la muerte.
Yo solo quiero recordar que he estado en contra de la pena de muerte. Y algunos de los Senadores presentes legítimamente estuvieron a favor de ella. Ahí hay una contradicción evidente. Porque en esta Corporación se ha discutido el tema. Y yo reconozco el derecho de Senadores que hoy día claman por el derecho a la vida a estar a favor de la pena de muerte, con toda la temática de fondo que ello implica (que no resuelve ningún problema; que existe el riesgo de equivocarse, de condenar a un inocente).
Por tanto, yo creo que lo que hay que despejar es cómo garantizamos que esta causal se utilice de manera correcta por el médico y el equipo médico; que no haya ninguna duda de que vaya a ser mal utilizada o deformada para contrariar lo que aquí estamos discutiendo. Y esa es tarea del legislador, del Estado, de la ciudadanía, de la denuncia y la acción de los fiscales. Porque no veo que a un fiscal le vaya a temblar la mano para denunciar, imputar y buscar la condena de quien use esta causal de forma indebida.
Cabe la posibilidad de que ello ocurra, pero no es lo que estamos votando. No es la puerta para el aborto libre, señor Presidente; es la puerta para salvar una vida. Y hay un criterio que se deja en manos del médico y de la propia mujer. Y esa vida es la que debemos salvar; esa vida es la que queremos proteger.
Por eso, voto a favor de la causal número 1).
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la causal número 1) (20 votos a favor y 14 en contra).
Votaron a favor las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Letelier, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma e Ignacio Walker.
Votaron en contra las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Horvath, Hernán Larraín, Moreira, Ossandón, Pérez Varela y Prokurica.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, corresponde pasar a la discusión de la causal número dos, de acuerdo con el texto despachado por la Comisión de Constitución, incluida la indicación renovada para suprimir dicha causal.
Los tiempos son los siguientes: Comité Independientes y Partido Amplitud, 10 minutos; Partido Por la Democracia, 10 minutos; Partido Demócrata Cristiano e Independiente, 11 minutos; Partido Renovación Nacional, 8 minutos; Partido Socialista e Independiente, 10 minutos, y Partido Unión Demócrata Independiente, 11 minutos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Les solicito a los Senadores que van a intervenir por sus respectivos Comités que se inscriban para los efectos de distribuir el tiempo disponible entre ellos.
Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente, por el Comité Demócrata Cristiano, intervendrán el Senador Patricio Walker, por 6 minutos, y usted mismo, por 5 minutos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Yo no he pedido tiempo, señor Senador, porque voy a fundar mi voto.
El señor PIZARRO.- Entonces, el Senador Patricio Walker ocupará los 11 minutos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Perfecto.
Tiene la palabra el Senador señor Patricio Walker.


El señor WALKER (don Patricio).- Señor Presidente, la redacción a que arribó la Comisión de Constitución habla de "una patología congénita adquirida o genética, incompatible con la vida extrauterina independiente, en todo caso de carácter letal".
Esta es la definición sobre la cual hay que pronunciarse.
Al respecto, la primera pregunta que debemos hacernos es: ¿hay una definición, un concepto claro de diagnóstico de inviabilidad o de alteración estructural -que podríamos llamar de otra manera- de carácter letal en el feto?
Y la respuesta, según la medicina -escuchamos a muchos médicos-, es que no existe consenso.
Otra pregunta que debemos formularnos es: si tenemos presente que hay vida desde el momento de la fecundación, más allá de que la persona venga con alguna enfermedad, con alguna tara o con alguna situación que pueda ser de inviabilidad fetal, ¿existen errores en las ecografías que se realizan en estos casos?
Y la respuesta es: muchos errores. Algunos médicos que asistieron a la Comisión hablaban de entre un 50 y un 80 por ciento de errores de diagnóstico en estas situaciones.
Otra pregunta es: ¿podemos actuar a tiempo, dentro de los plazos que fija este proyecto de ley?
Y la verdad, señor Presidente, es que el diagnóstico, generalmente -así lo indicaron varios médicos consultados-, se verifica en el segundo trimestre de gestación, es decir, cuando se manifiesta un desarrollo importante del feto o de la vida del que está por nacer.
Entonces, la otra pregunta que nos hacemos quienes somos parlamentarios de regiones es: ¿tenemos suficientes médicos especialistas para efectuar estos diagnósticos en todo el territorio nacional?
Y la respuesta es: no. El 90 por ciento de los médicos especialistas, que son pocos, están radicados, fundamentalmente, en la Región Metropolitana.
Por cierto, me parece muy importante para la mujer a la que le dan la triste noticia de que tiene un hijo con una malformación congénita, una anomalía letal, el programa de acompañamiento, que los Senadores de todas las bancadas han promovido y que, afortunadamente, estamos ampliando.
Por otra parte, la gran pregunta que uno se hace es: si permitimos que haya interrupción del embarazo -en estos casos, aborto-, ¿dónde ponemos el límite?
Como dije ayer, yo personalmente no me siento en condiciones de poner un límite de segundos, de minutos, de horas, de días, de semanas, de meses, para decir qué día merece nacer y cuál no.
El problema, señor Presidente, es que acá estamos frente a un proyecto de ley que, como ya indicamos, no solamente despenaliza, sino también legaliza; legaliza porque establece prestaciones, aseguradas por parte del Estado, para practicar abortos en estos casos. Y consagra un derecho para la mujer.
Entonces, yo pregunto: ¿la mujer tiene derechos respecto de su cuerpo?
La respuesta es: evidentemente que sí. Pero, si creemos que hay una vida independiente, ¿no existe ahí un límite para esos derechos de la mujer?
Ayer cité a Norberto Bobbio, senador italiano, socialista, que, conforme a su lógica liberal, postula que las personas tenemos todos los derechos habidos y por haber, pero con un límite: el respeto irrestricto a la vida ajena.
Si consideramos que el feto es a lo menos un ser humano en desarrollo -sin entrar a discutir si es persona o no, porque ahí la verdad es que existen argumentos legales que sería largo exponer-, y si pensamos que hay, no una cosa, sino "alguien", una vida, naturalmente que nos encontraremos con un problema que no resulta fácil resolver.
Ayer también hablé del Presidente Tabaré Vásquez, que nadie puede calificar como fundamentalista (es médico, científico, socialista, agnóstico, progresista), quien señala: "El aborto es un mal social que tenemos que tratar de evitar". Y agrega: "El verdadero grado de civilización de un país se mide por cómo se protege a los más débiles, a los más necesitados. Por eso, el criterio no es ya el valor de la vida humana en función de los afectos que genera o suscita, o en la utilidad que presta -tesis utilitarista-, sino el valor que resulta de la mera existencia del ser humano". Es decir, ratifica el valor intrínseco del ser humano.
Por eso, nosotros aprobamos, por ejemplo, la Ley Antidiscriminación, estableciendo categorías, porque no nos gustan las discriminaciones arbitrarias por situaciones de desventaja que pueden enfrentar algunas personas. Al contrario, mientras más desventajas, más protección tiene que haber.
Entonces, ¿qué pasa con las enfermedades terminales?
En medicina, no hay enfermedades que se traten matando al paciente. Y la medicina ya habla de que hay un embrión, que hay un feto, que hay una vida que está por nacer. Por lo tanto, que sea sano o enfermo no es relevante para determinar si tiene o no dignidad, puesto que hay una dignidad intrínseca, un valor intrínseco en la vida humana. Por eso los médicos hablan de "pacientes", y ninguno, cuando atiende a uno de ellos, le dice: "La solución, en este caso, como usted padece una enfermedad terminal, o muy grave, o inviable, es matarlo". Obviamente, se respetan los derechos; por cierto, con cuidados paliativos, sin encarnizamiento terapéutico, etcétera.
Por lo tanto, si no defendemos la tesis utilitarista, si tenemos una visión humanista, si creemos en la dignidad intrínseca de la persona humana, lo que a mí me preocupa es que se pueda afirmar que la solución para estos casos es matar a un ser indefenso, particularmente si es más débil, por las condiciones que enfrenta, y particularmente porque los diagnósticos se equivocan. Yo puedo citar ejemplos personales, familiares, que en algún minuto compartí con ustedes.
Ahora, ¿cuál es la mayor preocupación?
Muchos médicos, la inmensa mayoría, actúan con ética y hacen informes correctos, pero de todo hay en la viña del Señor. En España, por ejemplo, algunos certificaban inviabilidad fetal aunque en la práctica no la hubiera, y se empezó a generalizar esta situación, al punto que después tuvieron que decir: "Bueno, reconozcamos la realidad; sincerémosla: aborto libre". Era un poco lo que pasaba aquí con las nulidades matrimoniales, en que se mentía y en que, por lo mismo, hubo que aprobar posteriormente la ley de divorcio.
Los abortos subieron de 16 mil a 115 mil en España. Y la experiencia comparada en esta materia va en la misma línea y es casi unánime.
Por eso, yo no me atrevo a clasificar a los seres humanos en superiores, inferiores, aquellos que merecen vivir, aquellos que no merecen vivir, y menos a condenar a muerte a seres absolutamente indefensos. Incluso, creo que mientras más débiles sean, la protección debe ser mayor.
¿Puede ser neutro el Estado?
Yo creo que el Estado cumple un rol humanizador.
Cuando nosotros aprobamos la Ley de Inclusión, sobre todo en el ámbito educacional, donde queremos inclusión y no arbitrariedad ni discriminación arbitraria, señalamos: "El Estado no puede ser neutro en materia de políticas sociales". Porque no solamente existe la moral individual, sino también la moral social, que es muy importante.
Mi conclusión es que el aborto está lejos de eliminar el dolor del drama que afecta a muchas mujeres. Yo he conversado con varios psicólogos. Y además con muchas mujeres. Me acuerdo de dos que me fueron a ver a la oficina, una agnóstica y otra religiosa, quienes me expresaron que ellas cerraron un ciclo, un duelo, con la muerte de sus hijos. Otras, a las cuales les diagnosticaron inviabilidad fetal, me han contado que sus hijos nacieron sanos y que no tienen ningún problema. Podría dar muchos nombres.
Los psicólogos, por su parte, me han indicado que el aborto produce secuelas psicológicas, estrés postraumático, depresión, en algunos casos de inmediato; en otros, después. Y en muchos se presentan con posterioridad problemas de fertilidad y vuelve la depresión, el sentimiento de culpa.
Entonces, si creemos que hay vida desde el momento de la concepción, si no hay un peligro para la vida de la madre -porque, si lo hay, estoy de acuerdo, naturalmente, en permitir la interrupción del embarazo-, pienso que, por la dignidad intrínseca del ser humano, la solución no es el aborto, sino el acompañamiento psicológico, médico, económico, que es lo que más reclaman las mujeres que han vivido solas esta situación, sin el apoyo de nadie, y que han debido endeudarse.
Por eso es importante el acompañamiento, y por eso voy a votar en contra de esta causal.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En el tiempo del Comité Socialista, tiene la palabra el Senador señor Rossi.


El señor ROSSI.- Señor Presidente, creo que hay pocas materias tan íntimas y tan personales como las relativas a la salud sexual y reproductiva de la mujer. De hecho, yo les aseguro que, más allá de lo que hagamos hoy día, cuando una mujer toma la firme decisión de interrumpir su embarazo, en general la mantiene. Ello se refleja en las cifras que tenemos en nuestro país, que subestiman totalmente la realidad del aborto. Se calcula que por cada aborto conocido hay siete que no se conocen.
Pero vamos a la causal.
Uno podría analizar el asunto desde el punto de vista de la autonomía de la mujer para tomar decisiones. La autonomía tiene que ver con el derecho a regularse uno mismo. Y habría que enfrentar esa autonomía respecto del derecho. Ahora, si al embrión o feto le asignáramos la calidad de persona humana, tendríamos que poner en la balanza ambas cosas: la autonomía y el derecho de decidir, el regularse uno mismo, el derecho de la mujer, su libertad, versus el beneficio del que está por nacer.
Sin embargo, aquí no estamos hablando de alguien que está por nacer, sino de un feto inviable. Y permítanme discrepar de lo que se ha dicho. En medicina siempre habrá errores. Los actos terapéuticos siempre van a producir complicaciones. Siempre van a existir errores diagnósticos. Porque la medicina es ciencia pero también es arte. Y eso, lamentablemente, es parte de la realidad.
Pero se puede establecer, con certeza relativa y bajo parámetros ecográficos u otro tipo de criterios (la medicina materno-fetal ha evolucionado muchísimo en el último tiempo), que estamos en presencia de un producto de la fecundación inviable, que no va a llegar a ser.
Por eso están definidas la mayoría de estas patologías, como la holoprosencefalia lobar, la agenesia renal bilateral. Tienen nombres raros. Y las menciono para plantear que un feto es inviable no porque a alguien se le ocurra, de manera subjetiva, arbitraria o discrecional, declararlo así, sino porque se llega a tal conclusión a través de un diagnóstico prenatal hecho con seriedad, responsabilidad y con uso de la ciencia y la tecnología, por parte de personas que han estudiado 7 o 10 años y probablemente 2 más de medicina reproductiva fetal.
Ese es el segundo elemento que considero importante poner sobre la mesa. El primero es que, efectivamente, aquí no hay vida que defender o proteger -como en el caso de la violación, que vamos a ver más adelante-, y el segundo es que acá no estamos hablando de situaciones arbitrarias, sino de casos precisos donde, si bien es cierto que siempre van a existir errores en medicina, se puede llegar a un diagnóstico con bastante certeza.
Y hay otro aspecto que me parece tremendamente relevante, relacionado con los derechos más fundamentales de la mujer. En estos casos, creo que, sin perjuicio de las dos primeras consideraciones, hay que respetar la voluntad de la mujer.
Probablemente habrá algunas en la lógica de lo que planteó legítimamente el Senador Patricio Walker, que van a ver en este dolor, en este sufrimiento, una ocasión de crecimiento personal, de desarrollo humano, quizás vinculado a la religión, quizás no; quizás vinculado a una manera de ver la vida, a una creencia filosófica. Pero también habrá otras que vean en esto una ocasión de sufrimiento innecesario. Y el Estado debe respetar aquello; no hacerlo significa pensar que la mujer es una cosa y que uno puede imponerle, como Estado, una decisión contra su voluntad.
Yo he conocido muchos casos. A mí, en medicina, me carga la casuística aislada o el caso anecdótico, pero, como médico, me ha tocado ver numerosas situaciones de mujeres que han llegado a mi oficina con alguno de estos diagnósticos. Me acuerdo muy bien de una señora peluquera que me contaba: "A los tres meses me diagnosticaron pentalogía de Cantrell, una malformación incompatible con la vida, y las señoras que van a atenderse conmigo a la peluquería me preguntan cómo va creciendo mi guatita e incluso me la tocan, lo que me genera un tremendo sufrimiento". Ella quería interrumpir su embarazo, que le provocó un grave daño psicológico. Pero también hay pacientes con trombosis venosa profunda en las extremidades u otras complicaciones.
¿Para qué continuar con esos embarazos: para salvar una vida que no existe?
No tengo más tiempo, señor Presidente, pero creo que estas son las preguntas que debemos hacernos.
Obviamente, voy a votar a favor de la segunda causal.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, la verdad es que esta causal, que habla de inviabilidad fetal, plantea un problema extraordinariamente delicado.
Efectivamente, aquí estamos frente a la situación de un feto que presenta algún tipo de problema para su sobrevida. A partir de ello, se busca que en ciertos casos (como cuando se diga: "Padezco una alteración estructural congénita o genética de carácter letal") se produzca la interrupción del embarazo o -digámoslo derechamente, sin eufemismos- el aborto.
Sin embargo, se generan problemas delicados porque, tal como dijo quien me antecedió en el uso de la palabra, la pregunta es cuál es la certeza de un diagnóstico médico frente a una situación de este tipo.
Hay muchos casos en que se produce -ya lo mencioné anteriormente- un aborto espontáneo, es decir, cuando un embrión o feto fallece dentro del vientre materno.
Es una situación muy clara, que es posible determinar médicamente. Ahí, si la muerte se produce en el vientre materno, no hay problema, porque no estamos frente a la interrupción de la vida de un ser humano. Pero acá, a partir de un diagnóstico médico que presume el carácter letal de una enfermedad, se autoriza para intervenir.
Creo que estamos frente a una situación que no se puede asegurar. Nadie puede determinar con certeza que, efectivamente, esa vida va a morir a todo evento.
Esa es la primera inquietud que despierta y, por lo tanto, entre la duda de si está vivo o muerto ese ser humano, yo me quedo con la duda en beneficio de la vida. Nadie puede tomar un camino distinto.
Aquí se dijo: "Hay catálogos de enfermedades donde eso está claro". Hemos pedido catálogos de enfermedades, y nos dicen que no se puede establecer.
En otras normativas, como la Ley Ricarte Soto, sí se dispuso un catálogo de enfermedades susceptibles de que ello se diera. Son cosas distintas, pero precisas.
En seguida, también surge un problema que algunos han levantado respecto de la situación de personas con discapacidad. ¿Por qué? La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad dispone que "Las personas con discapacidad incluyen a las que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás".
Esto es lo que hemos firmado y comprometido como país. Y me pregunto si acaso no vamos a entrar con algún tipo de situaciones en donde se traslapen estos problemas con la concepción que acabo de leer sobre discapacidad. Y que, por lo tanto, también pueden generar dificultades graves en la aplicación de la ley.
Nos parece, por lo tanto, que los avances de la medicina no pueden garantizar que efectivamente se dé un diagnóstico certero. Y, en consecuencia, se trata aquí de una intervención que lamentablemente va en contra del derecho a vivir.
Finalmente, quiero recordar que la ley N° 20.120, en su artículo 1°, dice: "Esta ley...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se acabó su tiempo, señor Senador.
El señor LARRAÍN.- ¿Me concede un minuto adicional, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Sí, descontado del tiempo de su Comité.
El señor LARRAÍN.- "Esta ley tiene por finalidad proteger la vida de los seres humanos, desde el momento de la concepción, su integridad física y psíquica, así como su diversidad e identidad genética, en relación con la investigación científica biomédica y sus aplicaciones clínicas.".
Es decir, no solo en la Constitución se compromete la protección de la vida del que está por nacer, sino en mucha legislación en donde se habla precisamente de la preservación de la vida psíquica y física del que está por nacer. Ese compromiso, en el evento de que se apruebe la norma de que se trata, entraría en colisión con aquello. Y, ciertamente, habría graves dificultades para los tribunales en el momento de aplicar esa fórmula.
Y lo mismo se puede decir del artículo 4°, que prohíbe "toda forma de discriminación arbitraria basada en el patrimonio genético de las personas.".
Por tales motivos, señor Presidente, hemos hecho reserva de constitucionalidad, pues esta norma es absolutamente inconveniente y reñida con el derecho a la vida.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.


El señor BIANCHI.- Señor Presidente, yo voy a abordar lo que dice relación con la discusión de la inviabilidad de la causal número 2) desde la perspectiva de la desigualdad que se produce en esta materia con las mujeres que viven no en Santiago, no en Concepción, no en Valparaíso, sino que en el resto del país.
Y hay una situación que lamentablemente no fue tratada en la discusión que tuvimos en las Comisiones. Nosotros presentamos indicaciones en esta materia y no fue posible abordarla.
Sobre la segunda causal, que dice relación con autorizar la interrupción del embarazo en el caso de que "El embrión o feto padezca una patología congénita adquirida o genética, incompatible con la vida extrauterina independiente, en todo caso de carácter letal", creo que en la discusión en particular, al igual que en otros temas que haré ver después, se perdió una gran oportunidad para enfrentar y discutir de verdad un tema que afecta en forma muy sensible a las mujeres de las regiones, y en especial de las extremas.
Digo lo anterior, señor Presidente, puesto que el artículo 119 bis, al regular esta causal, señala que se requerirá para realizar la intervención el "contar con dos diagnósticos médicos en igual sentido de médicos especialistas.".
¿Y cuál es el tema que nos lleva a este análisis?
Simplemente, señor Presidente, que en las regiones no existen esos especialistas.
Entonces, en toda esta discusión nosotros hicimos ver, a través de nuestra indicación, la posibilidad de que las mujeres de regiones recibieran el mismo trato, las mismas condiciones de igualdad que el resto de las mujeres de Santiago o de regiones donde estos especialistas sí se encuentran.
Y no fue posible, señor Presidente. Fíjese que sucede lo siguiente.
En el caso de una mujer de una región donde no hay estos especialistas, el Gobierno o el Estado tampoco se compromete a su traslado al centro médico donde aquellos se encuentren. Y esto tendría que ser absolutamente de cargo de la mujer.
Entonces, sin lugar a dudas que aquí, en el caso de las mujeres que habitan en regiones, existe una extraordinaria desigualdad ante la ley.
Yo quiero preguntarle a la Ministra -por su intermedio, señor Presidente- si, en definitiva, esto va a quedar así o no. Porque de quedar así, significaría una desigualdad que, en definitiva, no permitiría aplicar lo que se dispone en la causal número 2) en numerosas regiones del país.
Y más allá de las intervenciones que antecedieron a la mía, señor Presidente, con las cuales yo comparto mucho de lo que se ha hecho ver en ellas, me resulta imposible aceptar que el Gobierno, la Ministra en particular, no haya dado una opinión con respecto a cómo se va a aplicar esa causal 2) en la gran mayoría del país.
Entonces, yo reclamo de esta situación para que, efectivamente, esto se dé en igualdad de condiciones, a fin de que las mujeres que experimentan el sufrimiento que aquí se ha hecho ver tengan las mismas opciones en todo el país y no deban trasladarse obligadamente a Santiago de Chile, a Valparaíso o a Concepción, donde, según entiendo, laboran más de cincuenta especialistas para todo el territorio.
¡Qué ocurre con el resto de Chile, señor Presidente!
Esto es gravísimo. Esto es en extremo grave. Y lo reclamo con fuerza porque, en definitiva, de aprobarse la segunda causal tal cual aparece, existe la clara posibilidad de que esto sea impracticable en las regiones, de que esto no pueda darse en las regiones. ¿Eso es razonable? ¿Eso es justo? ¿Eso es igualdad para todas las mujeres?
¡Lo quiero reclamar con fuerza!
Yo sé que luego vamos a votar. Pero quiero pedir a la Ministra que nos dé su opinión en esta materia. Podría hacerlo ahora. Porque me resulta absolutamente impresentable que esto quede así, tal cual está, y que no haya en paralelo ninguna medida que permita que las mujeres de todo el país, que no sea Santiago de Chile, puedan tener el mismo trato, la misma igualdad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la señora Ministra.


La señora CASTILLO (Ministra de Salud).- Señor Presidente, quiero aclarar lo que plantea el Senador Bianchi respecto a que no habría posibilidad de atención en las regiones periféricas, o del norte, o del sur de la Región Metropolitana.
Sobre el particular, quiero señalar que nosotros contamos con 2 mil 363 establecimientos de distintos niveles de complejidad, de los cuales 270 son servicios de atención primaria de urgencia y 158 de urgencia rural. También disponemos de centros comunitarios, centros de salud. Pero tal vez lo más llamativo que hay que señalar es que tenemos 69 establecimientos de alta complejidad, que manejan el alto riesgo obstétrico en todo Chile.
Los 29 servicios de salud de que dispone el país están divididos en seis macrozonas. Y nosotros definimos la concentración de las mayores complejidades en ellas. Estamos hablando de la macrozona norte, que abarca las Regiones Decimoquinta, Primera, Segunda y Tercera; de la centro norte, donde están las Regiones Cuarta y Quinta; de la centro, donde se encuentran la Región Metropolitana y todos los servicios de salud de esa zona; de la centro sur, donde están las Regiones Sexta y Séptima; de la sur, donde se hallan las Regiones Octava y Novena; y de la extremo sur, donde se encuentran las Regiones Novena, Décima, Undécima, Duodécima y Decimocuarta.
Con respecto a los médicos, estamos hablando de las distintas especialidades que se requieren. Y podemos señalar que a nivel país contamos con obstetras en todas las Regiones, las cuales están separadas en distintos servicios de salud.
Contamos con 814 obstetras-ginecólogos, que pueden perfectamente recibir y atender a la paciente en el momento en que llegue a consultar.
Ahora, sobre las consultas que tienen que ver ya con genética, obviamente sabemos que tenemos un número limitado, y las vamos a asociar a las macrozonas.
Estamos hablando de 22 genetistas y de 17 médicos expertos en medicina materno-fetal, más tres que se están formando.
Son 500 casos al año los que requerirían esta atención de especialidad. Y estos 500 pacientes respecto a los cuales en un momento se determina analizar si efectivamente tienen un feto con una patología incompatible con la vida tendrían que estar asociados a la atención por macrozonas.
En este caso, hemos establecido un sistema que vamos a regular y a reglamentar a partir del momento en que el presente proyecto esté totalmente tramitado.
Ahora, nosotros contamos ya -esto se encuentra incorporado- con recursos para el traslado de pacientes en caso de requerir una atención en un hospital de mayor complejidad más cercano a su hogar.
Esto es muy importante para nosotros aclararlo, señor Presidente.
Muchas gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, la causal número 2) dispone: "El embrión o feto padezca una patología congénita adquirida o genética, incompatible con la vida extrauterina independiente, en todo caso de carácter letal.".
Leo la causal, porque en el marco de la discusión no diría en la Sala, pero sí a través de unos medios de comunicación, se ha querido caricaturizar de manera dramática esta causal como un mecanismo eugenésico destinado a evitar incluso los nacimientos de fetos que puedan venir con alteraciones cromosómicas o de otra naturaleza. Y eso no es así.
Todas -¡todas!- las alteraciones siempre deben ser de carácter letal (se habla de patología congénita o adquirida o bien genética) y ser incompatibles con la vida extrauterina independiente. Es decir, para decirlo en fácil, un feto que sea médicamente inviable.
Eso es lo que hoy día consigna esta causal.
¿Cuáles son las circunstancias que se dan?
Por ejemplo, casos de anencefalia (ausencia de cerebro o de cráneo); casos de acardia (ausencia de corazón), o de agenesias renales (ausencia de riñones).
En esos casos estamos hablando de inviabilidad fetal, que debe ser certificada médicamente.
No se trata acá de una opinión. No se trata acá de la libertad de una madre. Se trata de un certificado médico, de una certificación científica que acredite tal circunstancia.
En el marco de la discusión se planteó la posibilidad incluso de establecer un catálogo de enfermedades.
Y la verdad es que no era posible y no era adecuado toda vez que consagrar un catálogo de enfermedades podía ser incluso un freno por la evolución científica y tecnológica que podría ir generando mejoras en los procedimientos y en los diagnósticos.
En consecuencia podía ser incluso inadecuado para la evolución de la técnica.
Luego se estableció una discusión respecto de cómo lograr esto, de cómo buscar un mecanismo de solución.
Y el Senador Bianchi planteó de manera muy certera una preocupación que teníamos en la Comisión.
En la Comisión de Constitución discutimos acerca de quién daría el diagnóstico. La propuesta original aprobada en la Comisión de Salud disponía que lo iba a hacer un médico con habilidades adquiridas, con habilidades especiales.
Y la verdad es que en la Comisión de Constitución, con mi voto en contra, se dispuso que tenían que ser dos especialistas.
El fundamento de mi voto negativo radica en que yo represento a una zona aislada, y sabemos que en las zonas aisladas tenemos problemas de falta de médicos y particularmente de especialistas.
Por eso, junto con el Senador De Urresti votamos en contra de esa indicación, que perdimos, y que fue aprobada en la Comisión por tres votos contra dos.
El Ministerio de Salud, tal como lo ha señalado la señora Ministra, ha desplegado una inversión nueva y una distribución de médicos que deberían, según lo que ha manifestado, establecer la cobertura para evitar obviamente la afectación del ejercicio de este derecho a mujeres que viven en zonas aisladas.
Esta causal busca entregar una alternativa u opción a una mujer que quiere su embarazo. ¡Ojo! Esta mujer quiere su embarazo. Esta mujer quiere llegar a término con su embarazo. El problema es que sabe, porque médicamente se le ha diagnosticado, que el feto que lleva en su vientre no va a sobrevivir.
¿Es justo que la ley exija un acto heroico a la mujer y que mantenga nueve meses en su vientre materno el feto que sabe que no va a sobrevivir? ¿Es adecuado?
¿Desde cuándo la ley le exige categoría de héroe a la mujer para prorrogar ese sufrimiento?
Señor Presidente, estamos en presencia de una situación límite, dramática, y lo que estamos pidiendo acá no es que todas las mujeres que se encuentren en esta circunstancia deban interrumpir su embarazo. Lo único que estamos pidiendo, humildemente, es que nunca más se penalice a una mujer en esa circunstancia.
Es decir, que a aquella mujer que sabe que tiene inviabilidad fetal, pero que por sus creencias quiere llevar a término su embarazo, la ley se lo permita.
Lo que yo solicito es que también le permitan interrumpirlo a la que desea hacerlo a fin de no seguir sufriendo.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, este tipo de discusiones siempre está rodeada de muchas falacias.
Y en este punto en particular, en la segunda causal, se han escuchado tantas cosas, más que esta tarde en la Sala, en otros lugares o a través de medios, de redes sociales, de personas que dicen que esta causal de aborto va a impedir que nazcan niños y niñas con síndrome de Down, y de otras que dicen que no nacerán más niños o niñas con espina bífida.
Esas son mentiras.
Esta causal habla de la inviabilidad fetal de carácter letal, es decir, absolutamente incompatible con la vida.
La limitrofía mental no es incompatible con la vida; el síndrome de Down no es incompatible con la vida; la espina bífida no es incompatible con la vida; algún tipo de capacidad distinta sea psíquica o física no es incompatible con la vida.
Por lo tanto es muy bueno ir despejando mitos, porque obviamente se van alimentando de cosas falsas.
Lo otro que siempre es muy importante destacar es que lo que aquí estamos haciendo al despenalizar es algo voluntario: ni el Estado ni nadie pueden obligar a una mujer.
Yo, como mujer que conoce el milagro de la vida, gracias a Dios, considero que si una mujer está embarazada y le dicen que su futuro hijo o hija tiene anencefalia, por ejemplo, que viene sin desarrollo cerebral, y decide llevar su embarazo a término, los nueve meses, será objeto de toda mi admiración y mi reconocimiento. Y voy a votar a favor además del acompañamiento del Estado y de los privados, porque creo que es lo que corresponde.
Pero si esa mujer, por sus razones personales, de las que no tiene que dar explicaciones a nadie más que a su propia conciencia, decide que no se considera capaz de llevar a término su embarazo, no quiero que tenga que viajar a Brasil o a otro país para interrumpirlo. Yo quiero que ella tenga la empatía, la comprensión de nosotros, los que legislamos acá en Chile.
Por lo tanto, una mujer que se halla en esta causal, que se encuentra en esta situación y quiere llevar a término su embarazo para conocer a su hijo, aunque muera en una hora, o en cuatro, merece toda mi admiración, cariño y comprensión.
Para la mujer que no es capaz de enfrentar aquello, vaya toda mi empatía y comprensión. ¡Yo jamás sería capaz de criminalizar a una mujer que toma una decisión distinta e interrumpe su embarazo!
Voy a votar a favor de la segunda causal, pues se trata de algo absolutamente voluntario. Acá estamos dejando en manos de la mujer y su familia la decisión: que ella decida frente a la inviabilidad fetal de carácter letal.
Por último, cuando el Congreso Nacional legisló sobre la donación de órganos, el propio Tribunal Constitucional determinó que la muerte cerebral o la falta de actividad cerebral es equivalente a la muerte de una persona, que es exactamente lo mismo que la anencefalia.
Por lo tanto, tampoco habría un afán doloso en ese caso en particular, porque no se está buscando la muerte del ser en gestación, ya que, al no tener desarrollo cerebral, se considera que está muerto. Incluso legalmente lo está, pues respecto de la ley sobre donación de órganos el propio Tribunal Constitucional así lo definió.
Por lo mismo, creo importante que podamos sacar adelante esta materia, porque hay mujeres que se hallan en esa causal y necesitan de una legislación que las ampare, que empatice con ellas, y otras que quieren llevar a término su embarazo y requieren el acompañamiento pertinente.
Voto a favor.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, estamos enfrentando la causal de inviabilidad fetal, por la que se autoriza la interrupción del embarazo.
Textualmente dice: "El embrión o feto padezca una patología congénita adquirida o genética incompatible con la vida extrauterina independiente y en todo caso de carácter letal.".
Cuando se hace esa aseveración -y saludo el mejoramiento que por mayoría de votos se introdujo en la Comisión de Constitución, por cuanto, para realizar la intervención debía ratificarse el diagnóstico mediante un certificado de un médico especialista, y finalmente, tal como lo sostuvimos, se estableció claramente la obligación de contar con dos diagnósticos médicos- se nos generan otras dificultades.
La primera dice relación con la incertidumbre del diagnóstico.
Durante las audiencias en la Comisión tuvimos la oportunidad de conocer el caso de un joven del norte cuya madre había recibido la desgraciada noticia de que su hijo era inviable y que moriría inmediatamente. Ethan -así se llama- tiene 10 años, y pidió que cuando votáramos esta causal pensáramos en él.
A ti, Ethan, van estas palabras.
Entonces, hay incertidumbre respecto de los diagnósticos médicos, cuando existe un avance de la ciencia médica.
Hoy día vemos cómo es factible intervenir intrauterinamente fetos que padecen de espalda bífida. Además, observamos que muchos casos diagnosticados como inviables terminan siendo perfectamente viables y compatibles con la vida extrauterina.
La segunda tiene que ver con la concentración de los especialistas.
Hoy día tenemos 52 especialistas materno fetales. Estos se hallan concentrados en un 80 por ciento en la Región Metropolitana y en el sector privado. En definitiva, hoy día no hay especialistas materno fetales distribuidos geográficamente.
Más aún, la capacidad de ecógrafos -esta cuestión también fue expuesta en las audiencias públicas- que actualmente tiene nuestro sistema público de salud hace imposible establecer certeza diagnóstica respecto de alguna patología que sea incompatible con la vida.
Además, hemos dicho que en esos casos podría haberse procedido de la misma manera que en la causal primera, en términos de trasladar la lex artis médica (la ley de la práctica médica) a la letra de la ley. Y eso establecía que, a partir de las 22 semanas, en caso de que estuviese acreditada la certeza diagnóstica, se podía producir el adelantamiento del parto.
Tal como lo señala la OMS, a partir de las 22 semanas ya no se habla de "aborto", sino de "adelantamiento de parto", donde la viabilidad de la vida del feto, de la criatura entra a jugar también con la vida de la madre.
Por eso apoyamos en la Comisión las indicaciones que pudieran traducir la lex artis médica a la letra de la ley. Ello, para dar certeza diagnóstica y, también, para otorgar garantía a los equipos médicos a fin de que se realicen los procedimientos adecuados.
Lamentablemente, no hubo espacio para ello en nuestra Comisión.
Por ello, tal como lo hicieron los Senadores señor Larraín y señora Van Rysselberghe, hacemos también reserva expresa de constitucionalidad respecto de la causal 2).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.


El señor LETELIER.- Señor Presidente, el Senador Patricio Walker efectuó una reflexión relacionada con un punto de vista moral que respeto plenamente: la diferencia entre la vida del ser humano en desarrollo con lo que es la persona humana.
Sin duda, ese es el debate de fondo: en qué momento uno considera que lo que está en juego es la vida humana.
Entiendo que sobre el particular tenemos diferentes puntos de vista.
Yo soy de aquellos que se inscriben en la concepción de que el ser humano existe cuando el sistema nervioso está desarrollado.
Son puntos de vista distintos.
No creo en eso de la vida potencial solamente. Pero valoro y respeto a aquellos que tienen otra mirada.
Entiendo también que cuando en otros países, como Estados Unidos, se legisló sobre si debe o no autorizarse el aborto lo que cambió la decisión no fue el debate científico.
Uno de los miembros de la Corte Suprema de esa nación que falló en esta materia lo hizo sobre la base del derecho del niño por nacer a ser deseado, porque consideraba que era un crimen social traer al mundo un ser humano no deseado. Esta persona tenía varios hijos adoptados.
Es otro punto de vista.
Entonces, lo primero que deseo señalar es que respeto las diferentes morales.
En la causal que nos ocupa, estamos hablando de un embarazo deseado inviable. No voy a entrar a discutir la capacidad de los médicos de hacer su diagnóstico. Me parece poco adecuada esa línea de reflexión.
Aquí se ha precisado el tipo de situación de que se trata: es decir, seres que no podrían vivir autónomamente.
En nuestro país hoy día muchas mujeres tras varios meses de embarazo sufren la muerte de su hijo y deben portarlo en su vientre durante semanas, hasta que el sistema público permita que se induzca el parto de ese ser muerto. ¡Es un drama!
En la causal que estamos discutiendo, se trata de un ser que no tiene viabilidad, cuestión casi tan dramática como la situación que acabo de mencionar.
En muchos casos, en que hay un embrión o feto inviable, la misma naturaleza actúa y se generan abortos espontáneos. Porque la naturaleza tiene sabiduría sobre el particular, y eso no se discute acá.
Pero también existen casos en que aquello no sucede.
Y la pregunta es una: ¿una mujer debe ir a la cárcel por interrumpir el embarazo de un embrión inviable?
Respeto a quienes piensan lo contrario. Pero me parece que acá surge la idea de querer imponer una moral a otra persona frente a datos científicos indiscutibles.
Podemos debatir científicamente cuándo comienza la vida humana, sin duda.
A eso se refería la primera parte de mi intervención.
Pero cuando hablamos de un feto inviable y de obligar a la mujer a llevar a término ese embarazo, para que luego ese ser muera -sea de inmediato o al poco tiempo- no me parece muy humanitario, por decir lo menos.
Es cierto, señor Presidente, que la moral cambia en el tiempo.
Antes los sectores conservadores de la sociedad pensaban que las mujeres eran objetos, que no tenían alma -los negros y los esclavos tampoco- y, por tanto, no eran seres humanos.
Era la moral de ese tiempo.
Hay quienes hoy día quieren que otros, que pueden tener un punto de vista distinto, acepten su moral, su visión acerca de cuándo parte la vida humana. Incluso, en esta causal, en que la vida humana es inviable, se quiere obligar a la mujer a ser un simple receptáculo.
Me parece inhumano, incongruente con el derecho de las mujeres a decidir sobre su destino.
Yo, al igual que el Senador Girardi, tengo una visión distinta a la mayoría y considero que este es un proyecto muy limitado en las tres causales.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.


La señora VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente, quiero precisar algunos puntos que han señalado los Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra.
Efectivamente, lo que está en juego acá es el derecho a la vida de un ser humano.
Uno de los Senadores que me precedió planteó cuándo ese ser humano puede ser considerado persona y, por tanto, sujeto de derecho. Y también sostuvo que creía que eso debía ser cuando el sistema nervioso central estaba desarrollado.
Pues bien, desde el punto de vista de la anatomía, el sistema nervioso central comienza su desarrollo a las cuatro semanas de vida, es decir, al mes de gestación, y completa su formación a las doce semanas. Y eso se evidencia en los movimientos fetales. Si no hubiera sistema nervioso central, no podría haber movimientos fetales. Lo que sucede es que la maduración de la función del sistema nervioso central, así como sus conexiones neuronales siguen desarrollándose durante el resto del embarazo y concluye, incluso, varios años después del nacimiento, en la infancia temprana.
Por lo tanto, el argumento de que el ser humano que se halla en el vientre materno carece de sistema nervioso central, no es cierto, porque sí lo tiene. Y lo tiene prácticamente desde que se diagnostica el embarazo.
Entonces, lo que estamos haciendo acá es condenar a muerte y eliminar, a través de una acción directa, a un feto por el hecho de estar enfermo. Porque, efectivamente, estos seres humanos que se hallan dentro del vientre están enfermos. Pero están vivos. No es cierto que estén muertos. Y vamos a utilizar una técnica médica para matarlos, para eliminarlos. ¿Por qué? Por el hecho de que no pueden asegurar un tiempo de vida fuera del vientre materno.
Lo que estamos diciendo aquí es que, para tener derecho a nacer -y esta es la discriminación-, los seres humanos, deben asegurar fuera del vientre materno cierta cantidad de tiempo vivos.
Los fetos que nacen enfermos están vivos. No es cierto que estén muertos. Y muchos de ellos, incluso con anencefalia, pueden vivir no solo semanas, sino años. Porque tampoco es cierto que no tengan cerebro. Lo que pasa es que su cerebro no se desarrolla y muchas veces queda de manera muy rudimentaria y no permite que puedan vivir largo tiempo. Pero nacen vivos. No es cierto que estén muertos y no es cierto que la mujer sea solo un receptáculo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, aquí primero hay un problema de fondo.
¿Qué estamos resguardando? ¿Estamos resguardando la vida o no? ¿O estamos protegiendo la vida del niño sano que está por nacer, pero no asumimos la vida de alguien que puede estar enfermo y que tiene derecho a nacer?
Ese es el primer problema ético que tiene esta causal en virtud de la cual hoy día se está legislando.
Y a mí me parece muy injusto que se tome una solución deshumanizada en cuanto a cómo enfrentar la vida y cómo hacer frente a quienes más sufren.
Por lo mismo, yo quiero efectuar un planteamiento más de fondo.
¿Qué hacemos con los más débiles en Chile? ¿Qué hacemos con los niños nacidos que pueden morir? ¿Qué hacemos con los enfermos terminales? ¿Qué hacemos con las personas que tienen un cáncer complejo? Les aplicamos la misma norma que, en virtud de la ley en proyecto, vamos a emplear respecto de quienes están por nacer. O sea, nos desentendemos. Así de simple. Consideramos que no tienen derechos.
¿Dónde está el sentido humano? ¿Dónde está la defensa del derecho a la vida? ¿Por qué se puede discriminar en función de una enfermedad? ¿Por qué no podría ocurrir lo mismo el día de mañana con las personas que estén vivas?
A mi juicio, hay un problema de fondo con esta causal que violenta la Constitución, que violenta el sentido humano y deshumaniza a la sociedad.
Pero además, señor Presidente, quiero asumir dos reflexiones que el doctor Becker -un facultativo de Talca, Región del Maule- ha hecho en el Congreso acerca de las cuales todavía no oigo respuestas razonables.
La primera tiene que ver con el error ecográfico.
Solo un pequeño grupo de clínicas privadas puede tener certeza respecto de determinado informe. Y no se tiene en todo el país la misma capacidad de respuesta.
¿Qué permitiría aquello? Que perfectamente se podrían abortar niños que están sanos y que por un error ecográfico aparecen al revés. Ello, en mi opinión, obstaculiza cualquier decisión razonable que no sea impedir esta causal.
Pero hay un segundo elemento acerca del cual el doctor Becker tenía toda la razón.
Los ginecólogos no pueden hacer diagnósticos de viabilidad. Estos solo lo pueden hacer los médicos especialistas en la materia, los doctores materno fetales. Y en Chile, 43 trabajan en Santiago; 2 en Biobío; 2 en el Maule, y uno en la Región de Los Ríos.
¿Qué nos dice la Ministra? Que ellos van a aparecer. Pero, ¿son especialistas en qué? Son ginecólogos que se transforman en especialistas materno fetales. ¿Eso es lo que estamos buscando? Tienen que ser personas que entiendan lo que están haciendo. Porque de no ser así, el error letal, mortal va a ser parte de la sociedad chilena.
Creo que esos dos argumentos del doctor Becker, que no han sido respondidos, son suficientes para que este Congreso rechace la causal que nos ocupa.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.


El señor PROKURICA.- Señor Presidente, varios señores Senadores han planteado las tremendas dificultades que puede haber respecto de dónde y cómo hacer estos exámenes para que sean certeros.
Podría darse el problema que manifestó el Senador Bianchi, de concentración de los profesionales genetistas y otros especialistas en la ciudad de Santiago.
Otra dificultad es la relativa a las clínicas y a los hospitales públicos.
Le comenté a la señora Ministra que en mi Región, en el hospital regional, no hay una UCI pediátrica, que es donde los niños nacidos vivos con esos problemas genéticos deberían estar.
¿Por qué planteo esto? Porque hay, además, un problema que debemos tener en cuenta.
Si revisamos el informe financiero del proyecto, veremos que solo se consideran los honorarios médicos para esta causal, pero no el valor de los procedimientos ni de los exámenes. Y resulta que, en el caso de la amniocentesis, el costo supera los 250 mil pesos en el Hospital Clínico de la Universidad de Chile. Es decir, el costo se incrementaría notablemente.
Además de eso, sobre esta causal de inviabilidad fetal conozco un caso cercano. Porque uno de mis asesores, junto a su mujer y su familia, pasó por esta experiencia hace dos años. En su caso, dos médicos certificaron diagnósticos distintos mediante ecografías tridimensionales, y la única forma de confirmar el diagnóstico y, por ende, la inviabilidad del niño, fue un estudio genético, el que por supuesto, aparte su alto costo económico, no se realiza ni en los hospitales públicos ni en todos los establecimientos privados de nuestro país.
¿Cómo vamos a evitar que en tales casos se cometa un error y se aborte un niño sano, se mate a un ser humano?
Señor Presidente, si vamos a dar un paso como este; si hay solo 22 genetistas, 75 por ciento de los cuales están en la Región Metropolitana, y si existen establecimientos públicos con pocas condiciones para hacer los exámenes en comento, que tienen un costo económico no considerado en el proyecto, creo francamente que entraremos en una situación extraordinariamente riesgosa en un área donde no se pueden cometer errores.
Algunos señores Senadores -por ejemplo, uno que me antecedió en el uso de la palabra- siempre se han declarado grandes defensores de los derechos humanos. Pero parece que los seres humanos de los que estamos hablando no tienen derechos: con ellos pueden hacer lo que quieran.
Sinceramente, pienso que en este caso específico hay que tener certeza en cuanto a que se trata de un feto no viable y que presenta problemas que así lo determinan. Ello, para no cometer errores. Porque resulta inaceptable jugar con la vida de un ser humano que también tiene derechos (no solo porque lo establece la Constitución, sino también porque es un ser humano vivo que muchas veces posee todas las condiciones para vivir por sí mismo, crear una situación de familia, hacer una vida) y contra el cual, por el error de un profesional carente de experiencia y por la existencia de una familia que no tiene recursos para pagar los exámenes pertinentes, se puede cometer un verdadero crimen.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.


El señor GIRARDI.- Señor Presidente, yo he señalado -y quiero reiterarlo- que lo que estamos discutiendo aquí es un mínimo civilizatorio: es el mínimo de los mínimos.
Acá hay una visión que quiere condenar a Chile a ser uno de los cinco países que viven en una suerte de Edad Media; en un mundo del oscurantismo; en un mundo donde las personas no tienen derechos.
Sí: somos, lamentablemente, uno de las cinco naciones que no entienden cómo avanza la civilización en el planeta, cómo evolucionan los derechos.
Y no solo eso: además, todavía estamos muy lejos, por desgracia, de que una mujer pueda ejercer plenamente su derecho a través de lo que se llama "interrupción del embarazo únicamente con plazos", que es lo que ocurre en la gran mayoría de los países del orbe, en la gran mayoría de las democracias, sean de Izquierda o de Derecha, sean republicanas o demócratas. Es lo que ocurre hoy día. Y ese es un acervo cultural que debiera servir para al menos inspirarnos. Porque las experiencias de los demás en un mundo globalizado, a mi entender, son relevantes.
Pero esta causal es tal vez la más paradójica respecto a la oposición que hay. Porque, como se ha dicho acá, más bien se está extremando una reflexión ideológica, pues, en el fondo, en este caso sucede que hay un ser vivo -porque es un ser vivo-, pero que no tiene ninguna posibilidad de ser persona.
Me parece que en eso no corresponde el relativismo respecto a los diagnósticos médicos, a la incerteza médica.
Incerteza médica siempre puede existir. Pero hoy día, dado el estándar tecnológico actual, hay un alto nivel garantizado -diría yo- en el sentido de que siempre se podrá detectar la inviabilidad fetal absoluta.
A mí me tocó vivir el caso de Claudia Pizarro, quien tenía un hijo sin cerebro.
Como han dicho algunos Senadores acá, en Chile a una persona sin cerebro se la declara muerta.
Yo soy uno de los autores de la Ley de Donante Universal. Y en su momento discutimos mucho dónde estaba la muerte cerebral.
Habiendo muerte cerebral, la persona puede tener cien por ciento de su cerebro, pero se la declara fallecida.
Acá algunos quieren, no solo desconocer el derecho de la persona (en este caso, una madre no tiene derecho), sino también hacer equivalente el derecho de algo que es "algo" -porque no es persona-, que ni siquiera dispone de cerebro y que, además, tiene cero potencial de vida.
Considero que es un acto que linda, no en lo extremo, sino en la crueldad.
Me tocó acompañar a Claudia Pizarro: que una mujer que tiene algo que va a morir deba soportarlo nueve meses es, a mi entender, un acto de crueldad, sobre todo cuando esa persona, no obstante desear tener un hijo, quiere interrumpir su embarazo.
Para los cristianos, el Papa Juan Pablo II debiera ser un ejemplo: optó por la muerte digna; optó por el no encarnizamiento terapéutico.
¿Qué quieren? ¿Que a quien tiene inviabilidad fetal absoluta se lo obligue a vivir una, dos, tres, cuatro horas? ¿Para qué?
La vida requiere dignidad. Pero la muerte también la necesita.
En definitiva, señor Presidente, acá está en juego el rol de la mujer.
Lo que se está cuestionando aquí es una cuestión más de fondo: la mujer tiene que estar siempre para la reproducción, a todo evento.
Esa es una visión totalmente materialista y machista: la mujer es un útero. No es persona, no es cerebro, no es sentimiento, no es emociones: es un útero.
Eso es la mujer para una parte importante de nuestra sociedad.
Aquí se hablaba también de empatía, de capacidad de ponerse en el lugar del otro. Pero yo no sé si, enfrentados a esa circunstancia en su propia vida, ustedes tomarían decisiones como las aquí planteadas en el caso de una hija de 12 años violada por un delincuente, por ejemplo, o que está afrontando una inviabilidad fetal (ojalá que nunca tengan cerca experiencias de tal índole, pues son muy dolorosas).
Esto, además, nos impide abocarnos a temas que debiéramos estar debatiendo. Porque debemos "salir de la Edad Media" y discutir temas que en la actualidad son relevantes, como la reprogramación celular.
Hoy día, sobre la base de la reprogramación celular, descubierta por el Premio Nobel Yamanaka, a partir de una célula de cualquier parte del cuerpo es posible hacer individuos completos.
¿Lo haremos o no lo haremos a partir de CRISPR-Cas9, que es la nueva revolución biológica?
En tales temas éticos debiéramos estar a la carta los seres humanos. Eso debiéramos estar discutiendo hoy día, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Habiendo terminado las intervenciones de los señores Senadores en el tiempo acordado, abriré la votación.


El señor LABBÉ (Secretario General).- En primer lugar, corresponde votar la indicación N° 6, cuyo propósito es suprimir el número 2).
Según el resultado que se registre, después correspondería votar el texto propuesto por la Comisión de Constitución para el referido número 2), que difiere del aprobado en general por el Senado.
Quienes deseen aprobar la indicación supresiva deben votar que sí, y aquellos que la rechacen, que no.
La causal 2) del proyecto aprobado en general dice: "El embrión o feto padezca una alteración estructural congénita o genética de carácter letal.".
Esa redacción fue modificada por el texto de la Comisión de Constitución, que está en la columna final del comparado.
El señor LETELIER.- Cuestión de Reglamento, señor Presidente.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra, señor Senador.
El señor LETELIER.- Señor Presidente, se trata de dos votaciones que tienen el mismo efecto.
Propongo que hagamos una sola votación, pues en un caso se suprime el texto y en el otro se aprueba.
Lo otro solo implica dilatar el debate.
La señora VAN RYSSELBERGHE.- No. Nadie va a hablar.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- No hay acuerdo, señor Senador.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente...
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente, las indicaciones números 6 y 7 son exactamente iguales. Lo lógico sería retirar una o subsumir las dos en una.
El señor CHAHUÁN.- Una sola votación.
El señor PIZARRO.- Y habría que hacer una sola votación para las dos.
La consulta que se hacía era en el sentido de si la votación registrada opera en contrario para la aprobación del artículo, que sería lo lógico.
El señor CHAHUÁN.- En una sola votación las dos.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Con todo respeto, debo señalarles a Sus Señorías que en la página 6 la supresión es para la causal número 2), y en la página 7, para la causal número 3), que es el siguiente tema que se va a debatir.
El señor PIZARRO.- Tiene razón, señor Secretario. Está bien.
Perdón.
Abra la votación nomás, señor Presidente.
Vamos a votar la indicación, ¿no es cierto?
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- En votación la indicación renovada número 6.
--(Durante la votación).
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Moreira.


El señor MOREIRA.- Señor Presidente, mediante la causal número 2) se pretende que la interrupción del embarazo esté permitida y justificada cuando "El embrión o feto padezca una patología congénita adquirida o genética, incompatible con la vida extrauterina independiente, en todo caso de carácter letal.".
Aunque lo llamen "interrupción", la verdad -y lo vuelvo a reiterar- es que se está hablando de aborto, de matar a quien no ha nacido.
No obstante que digan que es una cosa, el embrión o feto es vida, la que merece ser protegida.
Así lo establecen el Tribunal Constitucional (para qué voy a volver a repetir lo que ya dije en intervenciones anteriores) y la Corte Suprema.
Así lo manda la Constitución.
Y el legislador debe obedecerlo.
Quien no ha nacido también es persona.
Si no es persona, ¿qué es? ¿Una cosa? ¿Un conjunto de células? ¿Un reptil? ¿Un obstáculo para el desarrollo de la personalidad de la madre que lo lleva adentro?
Encontramos solo una respuesta razonable a esas interrogantes en el proyecto que se nos pide votar.
Si existen dudas, la ley debe proteger la vida.
Si dudamos en esta materia abandonamos nuestro deber de promover y respetar los derechos de quien no ha nacido.
Este proyecto, evidentemente, busca una solución a situaciones dramáticas.
Todos conocemos casos impactantes de abusos de los cuales puede surgir una vida.
¿Quién de nosotros no ha conocido alguna vez problemas de esta complejidad?
Pero de eso no se sigue que debamos legalizar los procedimientos en cuestión, que son abortos con mayúsculas.
El precio de la libertad que se busca no puede ser pagado en vidas humanas no nacidas.
Tal protección debe extremarse cuando la vida humana es más vulnerable y frágil.
No se trata de ahondar en todo lo que aquí hemos dicho durante horas y horas desde el día de ayer.
Y yo quiero señalar que el Senador Girardi -y de nuevo debo referirme a Su Señoría, quien está presidiendo- tiene una mirada distinta de la nuestra.
¿Por qué estamos acá?
Cada uno va a defender posiciones.
Si ustedes ganan, obviamente de alguna manera impondrán su visión. Y habrán ganado democráticamente.
Entonces, no sé para qué tanta descalificación permanente, de un lado y otro.
Aquí estamos para votar una iniciativa de ley: algunos están de acuerdo con ella; otros no lo estamos.
Algunos tenemos una visión mucho más allá de lo político, de lo jurídico: religiosa. Sí. Y yo no soy sacristán: solo creo en Dios. Y creo que Dios da vida; la da y la quita. Esa es una convicción. Y las convicciones deben ser respetadas por todos.
Yo dije derechamente con anterioridad que, para mí -y algunos no estarán de acuerdo conmigo-, todo esto es aborto: en la causal 1), en la 2) y en la 3). ¡Aborto!
¿Por qué tuve una posición un poco distinta y apoyé una indicación? Se lo dije al Senador Lagos: por una cuestión de apoyo, de lealtad hacia nuestros parlamentarios.
Sin embargo, para mí, la causal 1), la 2) y la 3) son y serán siempre aborto con mayúsculas.
Voto a favor de la indicación.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Ignacio Walker.


El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente, no todo lo que es reprochable moralmente debe ser objeto de sanción penal.
Esa es una máxima tomista: Tomás de Aquino, en los siglos XII-XIII, a propósito de una serie de ejemplos que dio, llegó a esa conclusión en el orden ético, en el orden moral.
Ciertas cuestiones deben ser objeto de un reproche moral, pero no por eso han de conllevar una sanción penal.
Entonces, la pregunta es: el aborto provocado o inducido, entendido como interrupción del embarazo, ¿merece un reproche moral?
Ciertamente que sí, porque es un atentado contra la vida humana.
Yo creo que hay un ser humano en proceso de gestación, de desarrollo, desde el momento mismo de la fecundación o de la concepción.
La ética, la moral, la constitución, la ley protegen la vida de quien está por nacer. Y el embrión o feto es un ser humano, a mi juicio; no es una cosa. Y, en cuanto tal, merece protección constitucional, como ocurre entre nosotros.
Entonces, el aborto sí merece un reproche moral.
Segunda pregunta: ¿merece el aborto sanción penal?
Yo considero que sí, porque es un delito contra la vida humana, atenta contra el derecho a la vida.
Y quiero insistir en que, si se llega a aprobar este proyecto, en Chile el aborto va a seguir siendo delito.
Tercera pregunta: siendo reprochable moralmente y siendo procedente la sanción penal -porque es un delito-, ¿el aborto merece siempre una sanción penal?
No, pues no todo lo que es reprochable moralmente debe ser objeto de sanción penal.
En estas tres causales, que son la excepción que confirma la regla, no debe conllevar una sanción penal.
Además, el Derecho Penal es ultima ratio; solo procede cuando todo lo demás ha fracasado, cuando es la única respuesta: ultima ratio.
¿Qué resuelve la sanción penal en esas tres causales? Nada. Ni siquiera disuasivamente. Añade la tragedia al drama que experimentan mujeres que viven alguna de ellas.
La ley ha de ser justa. El Derecho Penal tiene que ser drástico y disuasivo. Pero también la ley debe saber ser compasiva, tiene que crear un espacio para la compasión.
Hay que humanizar este debate. ¡Y qué mejor forma de hacerlo que confiar en el discernimiento de la mujer!
Se trata de mujeres que no están por "matar guaguas", ni por ser "homicidas de sus propios hijos", expresiones que se han dicho y que yo he anotado.
Ahora, yo pido un poco más de respeto por la ex Senadora Evelyn Matthei, quien como parlamentaria fue autora de un proyecto de ley tendiente a despenalizar la interrupción del embarazo ante riesgo para la vida de la madre o en caso de inviabilidad fetal. Aquí lo tengo. Se trata de una iniciativa que presentó con el Senador Fulvio Rossi.
Por lo tanto, ¿qué debemos hacer? Una ponderación. Tenemos que sopesar dos bienes jurídicos, dos bienes humanos -no uno solo-: la dignidad del feto, del embrión, del nasciturus, y la dignidad de la mujer.
Esa es la ponderación que hemos de hacer. No es uno u otro. Algunos hablan solo del estatuto del feto. Otros, únicamente de los derechos de la mujer.
¡Hay que ponderar!
Yo sostengo: en los tres casos de que estamos hablando, ¡quién mejor para ponderar que la mujer que vive el drama, la tragedia de alguna de las referidas causales!
Por eso estamos introduciendo la segunda, la del llamado "aborto embriopático", justamente para que la mujer enfrentada a ese drama, a esa tragedia, pueda decidir, debidamente acompañada. Ya haremos referencia a ello a propósito de la violación. La ley puede apoyar en vez de castigar, para humanizar el debate.
En consecuencia, voto a favor de la causal y en contra de la indicación.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Puede intervenir el Honorable señor Zaldívar.


El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, cuando discutíamos la primera causal, expuse una cuestión que ya todos conocemos en el debate, en el sentido de creer que, en caso de riesgo de la vida de la madre y conforme a la redacción que contemplábamos, no se daba la consideración de un aborto, desde el punto de vista penal. Me parece que eso era lo correcto. Mas se resolvió de otra manera, que no era exactamente, a mi modo de ver, lo que debiera haberse hecho.
Sin embargo, es indiscutible que la segunda causal dice relación con un aborto. Se anticipa un parto.
Presenté una indicación, pero no fue aprobada, porque estimo que la situación de una madre en estas condiciones es efectivamente dramática en cuanto a resolver qué hacer frente a un diagnóstico médico de que su posible hijo padece una patología congénita, adquirida o genética, incompatible con la vida extrauterina e independiente y, en todo caso, de carácter letal. De acuerdo con el Diccionario de la lengua española, esa última palabra significa "mortífero".
Respecto de la opinión de especialistas, y sobre la base de lo expresado aquí por la señora Ministra, espero que se concurra con asistencia y acompañamiento después en la toma de una decisión.
En la situación de que se trata, no significa que estemos terminando con la vida del ser humano en gestación, sino de que su existencia es imposible.
Sin perjuicio de reconocer la causal, formulé mi proposición no considerada por parecerme una manera de facilitar -además, estimo que ni siquiera se necesitaría legislación- y de que una embarazada en estas condiciones pueda anticipar su parto, siempre que tenga 22 semanas y el producto de la concepción pese 500 gramos.
¿Y eso por qué? Porque, de acuerdo con los especialistas y la gente que se consulta en estos temas, un feto que nace en tales condiciones puede sobrevivir y desarrollarse con la tecnología actual. Ahora, si no tiene una posibilidad de vida, seguramente va a fallecer fuera del vientre de la madre.
¿Por qué? Según me dicen, no se puede diagnosticar la causal sino antes de catorce o de dieciséis semanas. O sea, la mujer tendría que esperar otras seis para poder solicitar el anticipo de su parto, después de lo cual la sobrevivencia de ese ser humano quedaría sujeta a la tecnología y al avance en la materia.
En lo personal, tuve un hijo que nació a los seis meses, pero en ese tiempo las posibilidades eran limitadas y no pudo sobrevivir. En la actualidad no es así, según me han dicho los médicos, y perfectamente podría haberlo logrado.
Mi planteamiento apuntaba a darle a la madre una herramienta que le impediría enfrentar la situación tan dramática de tomar la decisión de someterse a la causal 2).
A esta última la aprobaré con el convencimiento de que no estoy favoreciendo el término de una vida, ya que creo, por lo que dicen algunos profesionales que me asesoran -otros piensan diferente-, que en estas condiciones no es factible que ese ser humano pueda proyectarse en la vida.
¿Por qué? Porque, además, para la intervención se precisan dos diagnósticos médicos, de acuerdo con el proyecto de ley.
Necesito un minuto para terminar, señor Presidente.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- La Sala coincide en una excepción para usted, Su Señoría.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- El inciso segundo del artículo 119 bis expresa, en efecto, que, "En el caso del número 2) del inciso primero del artículo referido, para realizar la intervención se deberá contar con dos diagnósticos médicos en igual sentido de médicos especialistas".
Cabe confiar en que quien diagnostique no lo hará para matar, sino, sencillamente, para determinar que no hay posibilidad de vida.
Con ese convencimiento voy a participar en la votación, que no tiene nada que ver con un aborto cuyo objeto sea terminar con la vida de un ser humano en gestación.
Esta es la razón por la cual me pronunciaré a favor de la segunda causal, absolutamente consciente, como en la anterior, de que procedo conforme a mis convicciones y los valores que me interesa defender.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.


La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, intervengo para fundamentar mi voto en contra de la indicación y a favor de la causal 2).
Deseo insistir, una vez más, en que el eje del debate es establecer y reconocer en la ley la capacidad de las mujeres para ejercer sus derechos como personas libres y seres humanos. Estimo que eso es lo central en la consideración de las causales de que se trata.
El principio que se consagra en la que nos ocupa es que el ordenamiento nos reconoce la voluntad y libertad para decidir sobre nuestra integridad física y psíquica ante un embarazo que parece inviable.
Puede haber una serie de antecedentes médicos y de diagnósticos; pero, como bien ha dicho el Honorable señor Ignacio Walker, la mujer es quien pondera conforme a la libertad, capacidad y voluntad de un ser humano.
Y lo anterior, no en cualquier circunstancia, porque la decisión se tiene que tomar en un momento de mucho dolor. Ella quiere tener un hijo -no se trata de llegar y abortar o resolver la interrupción del embarazo- cuya vida parece inviable por distintas circunstancias genéticas o de cualquier otro tipo.
¿Y quién pondera la determinación? La mujer. Es el derecho que se nos está reconociendo en la ley. Y es una deuda inmensa del Estado a nuestra dignidad, a nuestra capacidad de decidir en conciencia y libertad.
Lo que se halla en juego, no solo en la segunda causal, sino que también recorre todo el proyecto, dice relación con dos visiones muy distintas, por cierto: la de quienes consideran que el embrión es algo sagrado y la de quienes pensamos que es un bien valioso, pero que no reviste ese otro carácter, y creemos firmemente que la mujer es sujeto de derecho y un ser humano.
Los primeros piensan que ella es una especie de persona pasiva, espectadora, obligada por ley a vivir un embarazo como sea su condición. Opino, en cambio, que cuenta con voluntad, inteligencia y capacidad para resolver.
Es por eso que no corresponde seguir imponiendo por ley una forma de decidir y negando las opciones. Aunque existan las tres causales, ninguna mujer estará obligada a optar por alguna de ellas si no quiere.
¡Hoy día sí estamos obligadas!
¡Hoy día la ley sí nos niega derechos!
¡Hoy día la ley sí nos infunde a todas una visión moral y ética!
Tenemos que devolverles a las mujeres sus derechos y dignidad. En verdad, en pleno siglo XXI es imposible seguir negándoles el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos.
Nosotras no somos meras "vehiculizadoras" de seres humanos: ¡somos seres humanos!
La madre, sobre la base de la primera causal, no puede optar por morir, en forma pasiva, cuando enfrenta un problema de salud.
Tampoco puede ser obligada a un embarazo inviable durante nueve meses. En este último caso puedo vivir si tengo la capacidad necesaria, pero otras se encontrarán en una situación diferente.
¡Por qué la ley tiene que hacerles una imposición si hoy es factible decidir con información y diagnósticos médicos!
Finalmente, seguir insistiendo en el valor sagrado del feto o del embrión constituye una ofensa mayúscula para las mujeres.
Desde luego, tiene lugar una colisión de bienes jurídicos. ¡Pero ya basta! Estamos en pleno siglo XXI y el bien jurídico por resguardar, en mi opinión, somos nosotras.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.


El señor PIZARRO.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero dejar constancia, aunque sea redundante, de que ningún miembro de la bancada de nuestra colectividad política, como lo ha dicho nuestra Presidenta y candidata, es partidario del aborto.
Insistimos en ello, porque a veces da la impresión de que se efectuaran debates paralelos, pero en escenarios distintos.
Parte de la argumentación se refiere a que la interrupción del embarazo a raíz de las dos primeras causales es poco menos que un asesinato del embrión o del feto por parte de la madre, que es quien tiene que tomar la decisión en esos casos.
Por otro lado, solo el manifestar, como se ha hecho, que estamos en presencia del derecho de la mujer a hacer lo que quiera en esta materia no me parece lo más adecuado, porque no es así. El objetivo del proyecto no es ese.
Hay gente que sí podría exponer la posibilidad de que la mujer decidiera libremente si se practica o no un aborto, y no tiene nada que ver con la iniciativa en examen.
Si ello se planteara, al menos no contaría con nuestros votos.
Aquí estamos haciendo referencia a una despenalización de la interrupción del embarazo o del aborto terapéutico en tres situaciones de excepción. ¿Por qué empleamos ese término? Porque ello está sancionado hoy día, aunque no haya muchos casos o se afirme que eso no pasa o que a ninguna mujer van a meterla presa.
Entonces, si se trata de una excepción, me parece que se debe considerar lo que sucede con quien lleva en el vientre al embrión o feto que padece "una patología congénita adquirida o genética, incompatible con la vida extrauterina independiente, en todo caso de carácter letal", y de qué manera buscamos que la mujer pueda ponderar realmente lo que sienta que es mejor, sabiendo que el producto de la concepción no tendrá ninguna posibilidad de vida.
Ese es el punto. Y no es fácil resolverlo ni asumir una postura, porque, como se ha dicho acá, ello guarda relación con valores, con la forma como uno concibe la sociedad, etcétera.
Pero, como también se ha expresado, me parece que no es justo, primero, mantener una penalización ante la interrupción del embarazo por la causal 2), y segundo, que la mujer resuelva si quiere llevar a término la gestación aun cuando sepa que el feto no tendrá ninguna posibilidad de vida o interrumpirla.
El razonamiento no es si se quiere o no matar a alguien. La cuestión radica en de qué manera ella enfrenta una situación dramática o trágica que la lleva a una decisión difícil.
No hay una obligación. El médico no le dirá: "Su guagua no va a vivir, así que voy a practicarle un aborto o a interrumpirle el embarazo".
¡Es la mujer la que determina!
Por eso es que hemos insistido tanto en que, para tal efecto, tiene que sentirse acompañada. Ha de saber que contará con apoyo cualquiera que sea el camino que tome: interrumpir el embarazo o llevarlo a término. La ayuda se requiere en lo psicológico, lo médico, lo social, lo económico, lo espiritual.
En mi opinión, no es correcto caricaturizar el debate y dividir entre buenos y malos, calificar a algunos de asesinos o malas personas, y atribuir a otros el carácter de fundamentalistas, o el no apegarse a la realidad, o una vida en el siglo pasado.
Estimo que es preciso reafirmar la posibilidad de que la mujer, de acuerdo con su propia convicción, resuelva conforme a lo que juzgue mejor frente a un embarazo ante lo cual no esté obligada y se halle en condiciones de hacerlo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Quintana.


El señor QUINTANA.- Señor Presidente, como lo dije en la votación en general, quiero excusarme con las chilenas antes de entrar en el detalle, porque el debate les compete a ellas. No abrigo ninguna duda de que si en el Congreso fueran mayoría la iniciativa se hubiera aprobado hace mucho tiempo y no estaríamos en este debate.
Pero mi deber de legislador me obliga a pronunciarme hoy.
No podemos olvidar que las dos primeras causales ya se contemplaban desde antiguo en nuestro ordenamiento jurídico. En efecto, el Código Sanitario, en 1931, dejaba en manos de los facultativos determinar la procedencia de la interrupción del embarazo por razones médicas, que es lo que analizamos hoy. Eso fue mantenido en el Código de 1968, permitiéndose la subsistencia de la norma de excepción frente al precepto general de la prohibición de prácticas abortivas que nuestro ordenamiento punitivo sanciona desde hace una larga data como un delito penal.
O sea, durante casi sesenta años, nadie cuestionó el hecho de que una mujer, enfrentada ella o su feto a problemas médicos, pudiera interrumpir por prescripción médica su embarazo. En ambos casos había una razón humanitaria de peso.
El derecho, en el marco de una sociedad libre y democrática, debe estar puesto al servicio del desarrollo íntegro de la persona. Y esta no puede ser tratada por la normativa como si fuera héroe o mártir.
Hoy quiero que reflexionemos sobre cómo nos ve el mundo.
El 17 de marzo de 2016 -hace más de un año-, tras la votación del proyecto en la Cámara de Diputados, el diario La Nación, de Argentina, titulaba: "Chile aprueba aborto en caso de inviabilidad fetal, riesgo de vida para la madre y violación".
Leo textualmente:
"Los diputados chilenos aprobaron el jueves el aborto en tres causales, en uno de los pocos países donde la interrupción del embarazo no está permitida en ningún caso, al final de un áspero debate que desnudó diferencias en el oficialismo y la cara más conservadora de la oposición.".
"Hasta 1989 y por más de 50 años, el aborto estuvo permitido en casos de peligro de muerte de la madre o inviabilidad del feto. Pero antes de dejar el poder, el exdictador Augusto Pinochet (1973-1990) lo prohibió, manteniéndose esa decisión inalterada más de dos décadas.".
Eso decía la prensa internacional.
En la misma fecha, el diario El Mundo, de España, expresaba:
"Actualmente Chile es uno de los pocos países del mundo quemantiene una prohibición legal absoluta del aborto, junto con El Salvador, Nicaragua, Honduras, Haití, Surinam, Andorra, Malta y El Vaticano.".
No lo señala el Senador que habla, sino -repito- la prensa mundial. Quise darlo a conocer para que reflexionáramos.
Al menos a mí, ello me da vergüenza. No estoy dispuesto a que pasemos otros treinta años penalizando a las mujeres que toman una decisión tan dolorosa y dramática en casos tan excepcionales como estos.
Colegas, en esta causal estamos hablando de un feto cuya vida es inviable. Por favor, esta no es ninguna discusión valórica; es una discusión de sentido común.
Por eso, resulta muy extraño escuchar a las bancadas de la Derecha en este debate. Su posición es a mi juicio extrema, pues, claramente, en esta causal al menos, va contra las mujeres en términos muy generales.
Estamos hablando de un feto que no tiene cráneo, que no tiene cerebro, que no tiene médula espinal, órganos que son fundamentales para la vida. Por lo tanto, no será posible la existencia de una persona.
Esta causal no toca discapacidades o malformaciones. Esto no tiene nada que ver con la discusión que se dio en la Cámara, donde un Diputado hizo alusión a los niños de la Teletón. No estamos hablando de discapacidades o de malformaciones, sino de una alteración cromosómica de tal envergadura que resulta incompatible con la vida.
Finalmente, señor Presidente, a propósito de la discusión jurídica que aquí se ha planteado, algunos colegas de enfrente han tratado de invocar el derecho natural. Pero si vamos a hablar de la vida, tenemos que remitirnos a la ley, ¡tenemos que remitirnos a la ley!
Veamos qué nos dice el artículo 74 del Código Civil: "La existencia legal de toda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre.
"La criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará no haber existido jamás.".
Esa es la discusión, con una connotación de derecho natural, que nos han planteado los colegas de enfrente.
Por tal razón, voto en contra de la indicación y a favor de esta segunda causal.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, el texto que buscamos suprimir con la indicación plantea que se va a poder practicar un aborto cuando "El embrión o feto padezca una patología congénita adquirida o genética, incompatible con la vida extrauterina independiente,".
¿Qué significa eso? Que en el momento en que se decide practicar el aborto, el feto está vivo. Por lo tanto, cuando usted mismo planteaba, señor Presidente, que aquí no se estaba terminando con una vida, eso no es exacto. Se está terminando con una vida porque un examen médico estableció que no podría seguir desarrollándose fuera del vientre materno. Sin embargo, cuando se practica el aborto existe vida.
Se ha dicho aquí, de manera insistente, que esta decisión se basa en un examen médico. Pero los exámenes médicos son falibles, como nos recordaron los Senadores que anteriormente hicieron uso de la palabra. Entonces, puede haber una equivocación; puede que se practique un aborto a un feto que sí sobreviviría fuera del vientre materno. Eso podría suceder, porque los médicos se equivocan.
Y volvemos nuevamente a la discusión original respecto de si el niño que está por nacer tiene la misma dignidad que los demás seres humanos. De nuevo, el mismo debate.
La Senadora Muñoz -por su intermedio, señor Presidente- planteaba que para nosotros el feto es sagrado...
La señora MUÑOZ.- Así es.
La señora VON BAER.- Bueno, la vida es sagrada y es digna para todos.
La señora MUÑOZ.- ¡También la mía!
La señora VON BAER.- La de la mujer y la del niño. Es ahí donde está la diferencia.
Nosotros consideramos que la vida dentro del vientre materno es un ser humano y, por lo tanto, tiene la misma dignidad que la de la mujer. Volvemos siempre sobre la misma discusión.
Señor Presidente, yo soy mujer y me llama la atención que se diga que todas las mujeres están a favor del aborto. Hay muchas que no lo están. Y, por lo tanto, esta es una discusión que tiene otro tenor. No es de las mujeres o de los hombres; es de los seres humanos. Claro, afecta más a las mujeres, pues son ellas quienes tienen la posibilidad de dar vida. Pero es una discusión que nos involucra a todos.
Y considero complejo decir que si hubiese más mujeres en el Senado esto se habría discutido mucho antes. Nosotros somos el partido que posee mayor representación femenina, por lo menos, en esta Corporación. Y estamos en contra del aborto.
Por lo tanto, esto no tiene que ver con mujeres o con hombres. Tiene que ver con una visión: si la vida dentro del vientre materno es o no un ser humano; y si es o no igual en dignidad.
Respecto a esta causal en particular no es correcto decir, señor Presidente, que no estamos terminando con una vida, porque en el momento de practicar el aborto sí vamos a estar haciéndolo. Se termina con esa vida sobre la base de un examen que plantea que fuera del vientre materno ese niño no va a sobrevivir.
Eso no lo vamos a saber hasta que el niño esté fuera del vientre materno.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor García-Huidobro.


El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Señor Presidente, yo quisiera pedirle a la señora Ministra -sé que no puede contestar ahora, ya que estamos en votación- que nos diera a conocer el listado de las patologías incompatibles con la vida según el Ministerio de Salud.
Creo que es muy importante que se señale antes de la próxima votación, porque existen normas que regulan las prestaciones en salud. Y para esta disposición es importante que, al igual que en el AUGE, tengamos absolutamente claro cuáles son las patologías que se incluyen en la segunda causal, porque hay bastante confusión.
Cuando votamos la idea de legislar, planteé la situación que ocurre en Estados Unidos y en países de Europa como, por ejemplo, Gran Bretaña y España. En Islandia hace cinco años que no nacen niños con síndrome de Down. Ahí existe el aborto libre, efectivamente. Y según lo que han expresado algunos Senadores, en el fondo el camino va hacia allá. Por ello, es importante señalar que en este proyecto no están considerados los niños con labio leporino ni con síndrome de Down. Eso se explicitó claramente, pero me gustaría saber cuál es el listado de patologías incompatibles con la vida.
En segundo lugar, bien se ha dicho que aún existe mucho error ecográfico. El diagnóstico con real certeza se da después del parto y podrían existir casos de diagnóstico equivocado de malformación letal para interrumpir el embarazo.
¿Qué ocurre si dos médicos creen -voy a plantear una situación excepcional, pero se podría dar- que realmente hay una incompatibilidad, que el niño no tiene ninguna posibilidad de vivir? Todos conocemos casos -podría recordar los que mencioné cuando votamos la idea de legislar- en que los médicos descartaban toda posibilidad de que un niño naciera vivo, por tener malformaciones gravísimas, pero donde finalmente ello resultó ser un error de diagnóstico.
La pregunta que debemos hacernos es quién va a responder por ese tremendo error que le impediría vivir a un ser absolutamente inocente.
Creo que en eso tenemos que ser superserios.
La Senadora Adriana Muñoz -por su intermedio, señor Presidente- hablaba de embriones, de fetos y de seres humanos. Eso nos incumbe a todos. No hay ninguno en esta Sala que no haya sido un embrión, un feto y que no sea un ser humano. Todos lo somos.
Por lo tanto, esa distinción en las etapas de la vida no significa que seamos distintos de lo que somos.
En ese sentido, creo que la vida -insisto- no es un objeto; es sagrada. Todos queremos que se tenga la mejor vivencia de felicidad en ella. Y creo que eso parte justamente por considerar que lo más sagrado para una mujer es llevar una vida dentro de su cuerpo.
Por otro lado, se debe valorar profundamente lo que implica sufrir momentos difíciles acompañados de problemas psicológicos. Eso lo demuestran los muchos estudios y análisis que han aportado las propias mujeres cuando han abortado y después se han dado cuenta de que ese niño tenía la posibilidad de vivir.
Hay niños que nacen y viven pocos minutos o pocas horas, pero el drama psicológico que queda en esa mujer es muy complejo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, creo que en estos debates, cuyo registro queda en las Versiones Oficiales en virtud de la labor de los taquígrafos, la gracia es tratar de expresar lo que uno piensa y, también, precisar exactamente el tenor de lo que se plantea. Lo digo, porque aquí se han afirmado cosas que, desde mi perspectiva, son inexactas, por lo que voy a procurar, con la humildad que uno tiene, porque puede equivocarse, descifrarlas de un modo correcto.
Primero, quiero plantearle a la Senadora Allende -por su intermedio, señor Presidente-, quien me corrigió respecto de una cifra que di al discutirse la causal anterior, que está completamente equivocada. Acabo de revisar la información.
Yo señalé que no había nadie que estuviera condenado en función de la primera causal -lo vimos la vez anterior-; esto es, por salvar la vida de una madre. La señora Senadora dijo que había 149 condenados. Lo reitero: acabo de revisar los antecedentes y verifiqué que ninguna persona ha sido condenada por esa causal.
¿Hay personas presas en Chile por generar abortos? Sí, ¡y bien presas están! Han provocado abortos a los seis, siete meses en clínicas clandestinas, las que considero un grave daño moral, social y delictual.
¿Y qué tiene que ver eso con la afirmación original relacionada con la causal número uno en función de la vida de la madre? Como digo, no ha habido ni hay en Chile el tipo de detención a que la Senadora aludió.
En segundo término, también con especial cuidado, voy a referirme a lo que planteó -por su intermedio, señor Presidente- el Senador Pizarro, a quien conozco y con quien tengo años de amistad.
Su Señoría dijo que la Democracia Cristiana no era partidaria del aborto, y yo lo quiero corregir desde mi perspectiva. Efectivamente, no es partidaria del aborto libre. Sin embargo, hoy día se está proponiendo una forma de aprobar el aborto por causales específicas.
Eso es lo que, a mi juicio -esta es una interpretación personal-, correspondería decir, pero no hacer una afirmación y, acto seguido, formular una excepción. No se lo oí, pero lo conversé con él y, según entiendo, así lo ha planteado aquí.
En tercer lugar, señor Presidente, quiero decirle que a mí me impactó lo que señaló la Senadora Muñoz, porque no sé desde cuándo en el siglo XXI se es más moderno en la medida en que la mujer pueda tener sus derechos sexuales reproductivos y disponer de su cuerpo para determinar que no es necesario considerar de forma distinta la vida del que está por nacer.
Entiendo que ella lo piense. Pero yo discrepo totalmente de esa visión.
¡No es ser más moderno generar el derecho al aborto en Chile! ¡No es ser más moderno despreciar o menospreciar la vida del que está por nacer, aunque pueda adolecer de una enfermedad!
A mi juicio, esta es una discusión muy de fondo; es la discusión que subyace detrás de este intercambio de opiniones.
Ahora se trata de estas causales. Pero el Senador Girardi ha planteado que es partidario de ir más allá. Este es el paso mínimo. Los que de alguna manera defienden una concepción completamente distinta del ser que está por nacer piensan que se debe tener una visión mucho más amplia.
Eso es lo que, en mi opinión, genera en su conjunto, con esta legislación, el inicio de la debilidad del derecho a la vida.
Quisiera precisar, señor Presidente, hasta dónde llega esto.
Yo tengo una razón personal para ser especialmente enfático en la materia: a la señora de alguien muy cercano, un pariente muy directo mío que vivía en el extranjero, cuando esperaba su hijo, le dijeron: "Oiga, aquí hay un riesgo de que el niño pueda tener una inviabilidad". ¡Un riesgo! Y le ofrecieron hacerse un aborto, pagado por el Estado, con todas las cosas libres. Afortunadamente, ellos asumieron lo que significaba el derecho a la vida y decidieron que naciera el niño, quien resultó ser perfectamente normal.
Eso es lo que pasa en las sociedades cuando se va debilitando el derecho a la vida y se piensa que uno es el propietario de eso y cree que todo se va a solucionar en la lógica personal.
Por eso este tema es tan importante, por eso impacta.
Por mi parte, he querido dar a conocer mi punto de vista y señalar que soy muy contrario a los pasos que hoy día se están dando.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Lagos.


El señor LAGOS.- Señor Presidente, en lo que respecta a esta segunda causal, luego de haber visto la primera, dejamos atrás el siglo XX y entramos en el siglo XXI. Porque lo que hicimos al aprobar la primera causal fue reponer lo que existió en Chile en buena parte de la segunda mitad del siglo XX.
Eso fue lo que hicimos: nos pusimos al día con lo que había antes.
Ahora bien, con esta causal lo que se busca -y voy a tratar de ser textual- es que, mediando la voluntad de la mujer, se autorice la interrupción de su embarazo por un médico cirujano en los términos regulados en los artículos pertinentes, uno, cuando el embrión o feto padezca una patología congénita adquirida o genética; dos, cuando tal patología sea incompatible con la vida extrauterina independiente, y tres -y lo califica aún más-, cuando sea de carácter letal.
En primer término -porque los cinco minutos pasan rápido-, debo señalar que aquí no caben las malformaciones, como escuché decir a algunos Senadores, ni los síndromes de Down, como argumentaron otros colegas. Estamos hablando de un embrión que "padezca una patología congénita adquirida o genética, incompatible con la vida extrauterina independiente, en todo caso de carácter letal".
Entonces, esto no se aplica a las malformaciones ni al síndrome de Down.
Manifiesto aquello para no generar una discusión que no corresponde, porque eso distorsiona las cosas y hace que el intercambio de opiniones se acalore a ratos.
No es eso lo que estamos debatiendo.
En segundo término, se señaló acá -y he escuchado atentamente buena parte de las intervenciones de quienes piensan distinto que yo, en un tema tremendamente delicado- que podría haber opiniones médicas distintas.
Eso fue lo que escuché.
Sobre el particular, deseo expresar, primero, que el proyecto de ley se pone en ese caso y pide consultar la opinión de dos facultativos, con informes separados; no es un mismo informe. Es decir, se trata de dos médicos que deben dar a conocer su opinión al respecto. ¡No uno, sino dos!
Segundo, se han puesto ejemplos reales. He escuchado algunos en esta Sala y hoy día, con motivo de otras cosas, tuve un contacto con la Radio Camila, de Quillota, y fui muy claro en señalarle a la persona que me entrevistó -esto se lo manifiesto al Senador Moreira: hice explícita mi preferencia en cuanto a este proyecto de ley, porque yo no oculto lo que pienso- que apoyaba las tres causales, incluida esta. Pues bien, conversamos largamente sobre este tema y el entrevistador me planteó un ejemplo parecido a uno que escuché acá. Dijo que era padrino de una persona a la que en los años noventa le diagnosticaron que el embrión que llevaba iba tal vez a nacer con severas dificultades y cuya sobrevivencia sería escasa. Y me contó que esa persona hoy día tiene 30 años; que presenta severas limitaciones, pero vive, si bien en forma dependiente.
Bueno, eso fue hace treinta años. No sé si la ciencia ha mejorado y progresado en este tiempo como para que en situaciones como estas y, sobre la base de los elementos calificativos que contiene la legislación que estamos aprobando -o que espero que aprobemos-, se pueda acotar el margen de error.
Por último, ¿se pueden equivocar los médicos? Tal vez. Pero, ¿cuántas veces hemos legislado en Chile dejando en sus manos decisiones sumamente importantes en las cuales también podrían errar -si es que ese fuera el argumento-?
¿O acaso un médico que determina quitarle a una madre la tuición para el cuidado de sus hijos por no estar en buenas condiciones psiquiátricas no puede errar?
¿O acaso un psiquiatra que recomienda quitarle a una persona su capacidad jurídica y asignarle un tutor no puede equivocarse?
El señor COLOMA.- ¡Aquí se trata de la vida!
El señor LAGOS.- No me interrumpa, colega.
Y le pido a la Mesa que me reponga los treinta segundos que estoy perdiendo por la interrupción del Senador Coloma.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Le ruego al Senador Coloma no interrumpir.
Continué, Su Señoría.
El señor LAGOS.- Por último, señor Presidente, para entrar de lleno al punto que planteó el colega, ¿quién determina la donación de órganos?
Es un facultativo el que toma la decisión de si hay o no muerte cerebral, porque, habiéndola, se puede proceder a dos cosas: primero, derechamente a desconectar a la persona, lo cual está permitido hoy día en Chile (algo que estaba viviendo pero que era inviable deja de vivir; ¿se puede equivocar el médico? Tal vez), y segundo -lo que puede ser más fuerte-, el mismo facultativo que ha dictaminado muerte cerebral puede decidir mantener vivo a ese ser inviable porque, mientras mantenga signos vitales, puede convertirse en un importante donante de órganos.
Entonces, no me parece que la argumentación, desde el punto de vista del bien jurídico a proteger, sea decirle a la mujer que debe acudir cada semana a chequear si el feto ha fallecido para que puedan permitirle terminar con su embarazo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.


La señora VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente, tal como dije en mi primera intervención, lo que nosotros estamos evaluando acá es la interrupción del embarazo en caso de que el feto venga con una enfermedad genética o congénita grave. Y el proyecto plantea que la patología tiene que ser "incompatible con la vida extrauterina independiente, en todo caso de carácter letal".
Frente a esto, uno legítimamente puede formularse ciertas preguntas.
¿Qué significa eso? ¿Qué considera el proyecto "incompatible con la vida"? ¿Cuál es ese concepto? ¿Cómo se define? ¿Dónde se delimita? ¿Cuándo el embrión o feto pasa a ser incompatible con la vida?
Muchas veces fetos con malformaciones tan graves como la anencefalia no solo viven algunas horas, sino semanas y hasta años. Hay varios casos descritos.
Entonces, ¿cuándo se determina que un feto es incompatible con la vida? ¿Cuánto es el tiempo que tiene que vivir para que, según se determine en el listado de enfermedades, se considere incompatible con la vida? ¿Cuáles son estas patologías? Yo sé que en la Cámara de Diputados hubo un intento para hacer un listado, pero se generaron distintas posturas y al final el punto quedó abierto. Nosotros preguntamos en la Comisión de Salud del Senado si existía un listado.
Tal como se ha planteado acá, no es cierto que un feto que venga gravemente enfermo sea homologable a un feto que ha fallecido. ¡No es cierto!
Incluso, en los casos de anencefalia -como dije en mi primera intervención-, no es que el feto carezca de cerebro, sino que tiene un cerebro que no se puede desarrollar, debido a que el cráneo no viene, no hay huesos y el líquido amniótico impide su desarrollo. Es un cerebro rudimentario, pero que mantiene las funciones vitales en forma autónoma. De manera que tratar de homologar esta situación, desde el punto de vista técnico, no corresponde.
Además, debo hacer presente que las malformaciones congénitas normalmente se diagnostican de manera tardía, porque se producen en el transcurso del desarrollo del cuerpo del embrión o feto. Algunas se diagnostican a las 22, 24 o 25 semanas e incluso con posterioridad.
Entonces, ahí ya no podemos estar hablando de aborto. Tal como dijo el Senador Rossi, después de las 22 semanas médicamente se trata de un parto. Por lo tanto, cuando se diagnostique la malformación y se autorice la interrupción del embarazo, lo que se va a estar haciendo es inducir un parto inmaduro.
El señor LAGOS.- Un parto inducido.
La señora VAN RYSSELBERGHE.- Claro.
Será un feto enfermo, pero con su corazón funcionando, con su cuerpo desarrollándose en aquellos órganos no afectados por la malformación, con huellas digitales, con extremidades. ¡Es un ser humano que está vivo y que vamos a condenar a muerte por el hecho de estar enfermo!
Si ustedes me dicen que condenar a muerte a un ser humano vivo y no permitirle nacer por el hecho de estar enfermo no constituye una discriminación, yo de verdad no sé lo que es. Aquí estamos discriminando a seres humanos que están sanos y que, por tanto, tienen derecho a nacer, respecto de aquellos que están enfermos y a los cuales, como no pueden asegurar cierto tiempo de vida extrauterina, les generamos un procedimiento para ir en contra de su vida.
Es lo que estamos haciendo, y eso, a todas luces, constituye una discriminación.
Por eso, voy a votar a favor de la indicación y en contra de la causal, respecto de la cual haré reparo de constitucionalidad en caso de que resulte aprobada.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, el tema es complejo, porque estamos frente a la hipótesis de un feto o embrión que padece una grave anomalía desde el punto de vista de su salud y cuyas condiciones de sobrevida -y este es el problema- se presume que son muy bajas. Sin embargo, el principal problema -y probablemente aquí está el origen de la diferencia- es que no existe capacidad absoluta para pronosticar que ello vaya a ocurrir así. Los mejores expertos pueden prever dificultades para lograr la sobrevivencia, pero no dar certeza de que un feto no logrará sobrevivir.
Por lo tanto, uno tiene que ponderar la situación que está en juego. Y lo que está en juego, como algunos hemos dicho, es la vida de un ser humano. ¡La vida de un ser humano!
La Senadora Muñoz indicó que consideraban que esa vida era valiosa, pero no sagrada. Yo no sé si es sagrada o no. Lo que digo es que hay vida humana, un ser humano, una persona. Y frente a esa situación, tomar la decisión de terminar con su posibilidad de sobrevida, aunque sea limitada, porque el pronóstico no es certero, me parece muy fuerte.
Y los que ha mencionado la Presidenta de la Democracia Cristiana -así se ha referido a ella el Senador Pizarro- son casos de abortos circunscritos, pero abortos al fin. Y es lo que ese partido está avalando hoy día. La Democracia Cristiana está votando a favor del aborto en ciertas y determinadas situaciones.
Lo digo para el récord, para el registro.
A mí me parece que si existen dudas, habiendo vida humana, sobre todo indefensa, hay que hacer el máximo esfuerzo por defenderla.
La mujer tiene todo el derecho a cuidar su vida, a mantener sus libertades. Pero ese derecho y esas libertades se topan con los derechos que tiene el ser humano que está en el vientre materno, que es un ser humano que, aunque tenga pocas posibilidades de sobrevivir, no hay certeza respecto de ellas ni nadie las puede diagnosticar.
Y aquí también vamos a tener un problema, como bien lo indicó el Senador Bianchi: ¿cómo se va a diagnosticar esta situación?
Esto no lo hace un ginecólogo; lo hace un experto materno-fetal.
¿Cuántos hay en Chile?
Se van a exigir dos especialistas. ¡Dos especialistas, no dos obstetras, no dos ginecólogos! Y no los hay.
Entonces, estamos haciéndonos trampas en solitario, porque no lo vamos a poder cumplir, particularmente en las regiones, a menos que hagamos la vista gorda y nombremos como especialista a cualquiera, cuestión que, me imagino, no corresponde al espíritu de la ley, sobre todo si desde el principio se parte de la base de que ella será inaplicable o imposible de cumplir.
Yo creo que el tema es particularmente delicado y complejo.
Lo central -es lo que en casos de esta naturaleza uno tiene que resolver- es cuál es el valor que uno defiende, a qué se aferra en situaciones límite como la que estamos enfrentando, y para mí no hay dos opiniones: al derecho a la vida, al derecho a la vida del ser que está en el vientre materno.
Respeto la situación de la mujer, la comprendo. Como todos, conozco casos. Una familiar muy cercana estuvo en la situación, perdió finalmente su guagua y tuvo que enfrentar una vida dura en esos momentos, pero no entregó la oreja.
Me parece que, tratándose de la vida de alguien, hay que hacer el máximo esfuerzo por defenderla, pues, para mí, es superior a la libertad de la mujer.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor García.


El señor GARCÍA.- Señor Presidente, respecto de esta causal yo quisiera compartir con ustedes la opinión del doctor Fernando Abarzúa, de Temuco.
Él es ginecólogo y especialista en embarazos de alto riesgo. Es un profesional tremendamente reconocido y respetado, que en este tema del aborto ha tenido una posición muy clara, que comparto.
Permítanme leer brevemente lo que dice: "La ley de aborto restrictiva no existe y la aplicación de la ley del aborto puede ser muy amplia. El proceso que se está viviendo en nuestro país desde hace casi ocho años ha ido sistemáticamente copiando el modelo que realizaron todos los países del hemisferio norte para aprobar esta ley. Y sabemos lo que ocurre en los países una vez que se aplica".
Ese es el riesgo.
Yo he escuchado muchas de las intervenciones. Naturalmente, nadie quiere hacer sufrir a una madre que lleva en su interior una guagua, un feto que probablemente, de acuerdo con diagnósticos médicos, es incompatible con una vida extrauterina independiente.
Pero, señor Presidente, muchas veces los diagnósticos se equivocan. Y no estoy juzgando aquí a los médicos, no estoy diciendo que nuestros especialistas sean malos. Por el contrario, creo que, en general, tenemos un estándar médico muy alto. Lo que ocurre es que, en no pocas oportunidades, por distintos motivos, junto con el desarrollo del feto, las circunstancias van cambiando.
En mi oficina parlamentaria de Temuco me ha tocado recibir no a una, sino a varias mamás a quienes les diagnosticaron malos embarazos, bebés que vivirían muy pocas horas y que, sin embargo, hoy tienen niños que andan corriendo, saltando, disfrutando de la vida y haciendo felices a sus padres.
Por esa razón, señor Presidente, voto en contra de esta causal y, naturalmente, a favor de la indicación que busca eliminarla.
Yo sé que el límite es bien débil y muy delicado. ¡Mayor razón para ser cuidadosos! ¡Mayor razón para que protejamos la vida de una persona débil, que no tiene otra forma de defenderse que la ley!
Por eso, apruebo la indicación que busca suprimir la causal, porque la experiencia que he tenido en mi oficina parlamentaria me indica que, finalmente, de una gran proporción de embarazos de alto riesgo, nacen niños que, o siguen viviendo, o que durante el tiempo de vida que tuvieron hicieron muy felices a sus padres y sus familias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, estamos frente a un tema complejo. Creo que solo la historia que venga podrá determinar si hemos errado o hemos acertado.
En definitiva, en esta segunda causal, donde el embrión o feto padece una "patología congénita adquirida o genética, incompatible con la vida extrauterina independiente, en todo caso de carácter letal", mortífero, estamos dependiendo de la ciencia y de la voluntad de la madre.
Son dos los factores que pueden llevar a que este hecho se produzca.
El primero es un diagnóstico médico que parte en un control en el consultorio, pasa después al hospital y luego es ratificado por un equipo de especialistas que debe determinar si la patología es o no letal.
Mi temor es que no tengamos médicos. Porque no los tenemos. Se lo he dicho veinte, treinta veces a la Ministra: en Chile faltan médicos. Y la falta de médicos mata.
Hay 16 mil niños en lista de espera. ¡16 mil niños! Y han muerto miles y miles de chilenos. Solo el 2016 fallecieron 26 mil compatriotas esperando la atención de un médico especialista o una operación quirúrgica.
Las cifras están ahí. Son del propio Ministerio.
Hay mucho por hacer.
Ahora existe toda una discusión sobre la vida del niño que está por nacer, pero quiero decirles que, como Congreso, como país, como sociedad, hemos permitido durante décadas que los niños sufran en el Servicio Nacional de Menores. Y poco y nada hemos hecho.
¡Han muerto miles en el SENAME! Y poco y nada hemos hecho.
Aquellos que decimos defender la vida, poco y nada hemos hecho con los niños del SENAME. Los hemos abandonado a su suerte. Y todos los días mueren y mueren por diversos motivos. Luego nos dicen que mueren de pena porque su madre no fue a verlos.
Solo quiero señalarles, a mis colegas de Derecha, que el neoliberalismo no puede ser solo para la economía. Postulan libertad absoluta para elegir en salud, educación, trabajo, compras, lugar donde vivir. ¡Libertad plena!
Ese es el neoliberalismo que ustedes defienden y según el cual el hombre es libre por esencia y no debe ser controlado jamás por el Estado.
Es un neoliberalismo en lo económico.
Pero resulta que en materia valórica sí que hay que controlar. ¡Allí se acaba el neoliberalismo! En materia valórica instalan el colectivismo. Otros tienen que decidir por el individuo, por la persona, por el hombre libre, por la mujer libre.
Y eso no deja de ser una contradicción, que tiene tintes valóricos, pero que también debe ser evaluada.
Yo no puedo aceptar que, para todo lo que los hombres y las mujeres hagan en su vida, exista la más plena libertad individual, incluso por sobre el bien colectivo, pero en materias como esta lo colectivo se imponga a la persona individual.
El Senador Coloma señaló un caso particular. Yo podría mencionar muchos otros. Y lo he vivido de cerca, al tener que atender a una hija de 700 gramos de peso.
Es una decisión difícil: la vida de la madre, o la vida del que está por nacer, en el caso de que sufra una enfermedad.
No puede haber un listado de enfermedades en que se determine cuál es letal o no lo es, pues ahí sí que caeríamos en un hecho absolutamente absurdo. Es decir, tendríamos una lista previa y no el caso en particular.
Aquí tiene que haber un equipo médico que pueda determinar la inviabilidad letal del feto. Estamos hablando de cuando no hay viabilidad. Y por eso, como le pasa a cualquiera que padece una enfermedad grave, se pone en manos de los médicos, y los que tienen fe, se ponen en las manos de Dios. Y son aquellos los que deciden. De ahí esta figura tan controversial de los médicos, que también tienen capacidad sobre la vida y la muerte, y lo estamos discutiendo. Ellos pueden decidir.
Siento que debemos tener confianza en que la ciencia pueda verificar lo anterior. Porque no veo a equipos médicos de alta especialización generando un negocio del aborto, es decir, que en estos casos ganen dinero por interrumpir el desarrollo del niño cuando haya un diagnóstico letal.
Por tanto, solo quiero señalar que aquí tenemos que valorar si efectivamente esta legislación que aprobamos va a usarse en forma debida. Porque si es así, aliviaremos a la madre de un sufrimiento, de un tormento, pues, además, ella lo va a decidir.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Goic.


La señora GOIC.- Señor Presidente, deseo argumentar en contra de esta indicación y, por supuesto, a favor de la segunda causal.
Y quiero reiterar algo que ya se ha señalado acá, pero que me parece necesario volver a plantear.
Estamos hablando de la causal en la cual el embrión o feto padece una patología congénita adquirida o genética incompatible con la vida extrauterina independiente y, además, de carácter letal, que es la redacción que finalmente aprobó la Comisión de Constitución, perfeccionando lo que habíamos aprobado en la de Salud. Porque no es cualquier diagnóstico, sino aquel relativo a la incompatibilidad con la vida extrauterina y de carácter letal.
Quiero recordar que aquí (a diferencia de lo que se dará probablemente en la siguiente causal, la de violación, que no me cabe duda que tendrá un intenso debate) estamos hablando en la mayor parte de los casos de embarazos que se buscan, en que probablemente hay una pareja o un matrimonio, e incluso, son embarazos planificados. Y la mayoría quisiera, por supuesto, terminar su embarazo como todos lo planificamos cuando estamos en búsqueda de quedar embarazados Y, sin duda, se enfrentan a un diagnóstico muy duro. Pero estas situaciones se dan.
Yo he escuchado a varios colegas que legítimamente se han referido a la manera de humanizar esto, como el Senador Ignacio Walker, y también yo he tratado de ponerlo en el debate, y que plantean situaciones que conocen, en que a pesar de mejorar las técnicas de investigación y de diagnóstico, puede haber errores.
Sin embargo, creo que el caso de Francisca González, que conocimos en la Comisión, y que además me autorizó a mencionarla con nombre y apellido, es algo que uno tiene que traer aquí a la discusión.
Ella tuvo un primer diagnóstico de inviabilidad, y junto con su pareja decidieron llegar a término. Y lo hicieron: su guagüita nació, vivió algunas horas y falleció, como se lo habían pronosticado.
En un segundo embarazo, nuevamente tuvo el diagnóstico de inviabilidad. Y lo que nos planteó es que, habiendo vivido ya la experiencia y habiendo optado con mucho amor, habiendo vivido eso muy entregados y con una experiencia que finalmente fue rica para ellos como familia, no eran capaces de tolerar por segunda vez el mismo proceso.
Lo planteo, pues este proyecto nos pone en esos casos, en las situaciones límite. Por eso decimos que son excepciones. Entonces, ¿qué pasa ahí?
Habiendo vivido ya la experiencia anterior, nos relataba: "también fue para nosotros como familia una buena vivencia". Pero no era capaz de tolerarlo. ¿Quién le puede pedir a esa mamá, a ese papá, a ese matrimonio, a esa pareja, que buscaba un embarazo y que por segunda vez se enfrentaba al mismo diagnóstico, que tome otra decisión? ¿Quién los puede enjuiciar por eso? Yo creo que nadie aquí.
A ella la situación económica le permitió ir fuera del país y vivir la interrupción de su embarazo en un ambiente cuidado, acompañado.
Entonces, ¿de qué dependió la alternativa? De la capacidad económica, ¡de la capacidad económica! Y eso no puede ser en nuestro país.
Aquí se fortalece la red para hacer el diagnóstico. No va a estar en todos los hospitales, obviamente. Estamos hablando de 500 casos que tienen que ser tratados por unidades especializadas. Y hemos trabajado junto con el programa de acompañamiento para que existan mejores instrumentales, equipamiento, médicos que funcionen en red para realizar un diagnóstico lo más exacto posible en cada uno de estos casos. Eso también va a favorecer a las familias, a las parejas, a las mamás y a los papás que hoy día tienen que deambular -supimos de muchos testimonios así- para tener el diagnóstico, y también para optar por seguir hasta el final su embarazo. Hoy día, se ven beneficiados por cómo hemos trabajado en la Comisión, y yo quiero ponerlo sobre la mesa. Porque aquí hay una realidad sobre la cual todos opinamos pero que viven familias de carne y hueso, que hoy día van a tener efectivamente acceso a mejor diagnóstico, incluido el traslado, pues eso lo planteamos en la Comisión, así como lo relataba la Ministra, cuando están en zonas extremas o en zonas más aisladas.
Y también está el legítimo derecho de que ante una situación límite la familia, la pareja, cuando es la mujer solamente, puedan tener el derecho a decidir y a decidir acompañadas, que es lo que hemos hecho en este proyecto.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Allamand.


El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, he estado siguiendo el debate y he reflexionado respecto de si compartir o no con la Sala experiencias personales. Porque obviamente que la legislación, como tantas veces se ha dicho, tiene que apuntar a situaciones generales. Sin embargo, siento que es mi obligación compartir con ustedes dos reflexiones.
La primera es que siento que cuando hablamos de las causales números 2) y 3) hay un elemento profundamente perturbador en el análisis que hacemos.
Yo soy contrario al aborto. Pero como he dicho en tantas oportunidades, soy igualmente contrario a que una persona que aborte deba ir presa.
Usted, señor Presidente -quizás no es la oportunidad de acompañarlo-, presentó una indicación gracias a la cual tuve alguna posibilidad de compartir con usted en términos de su elaboración, que tiene que ver con el aporte que hace el catedrático Alfredo Etcheberry, un destacadísimo profesor de Derecho Penal, que plantea que en estos casos tiene que existir una ponderación de la responsabilidad penal extraordinariamente abierta y que cada juez debe poder considerar todas las particularidades que en definitiva tienen que ver con el caso.
Vuelvo a señalar cual es el principio: yo no soy partidario del aborto, pero tampoco soy partidario de una penalidad excesiva, como en mi opinión existe hoy día para estos dos casos que estamos analizando.
Si los señores Senadores pensaran en que pudiera haber un tratamiento penal distinto al que existe hoy día, quizás podría abrirse una consideración diferente en términos de analizar la causal. Pero eso -¿no es así?- pareciera no incorporarse adecuadamente en la conversación.
No tenemos por qué pensar que el tratamiento penal que recibe el aborto en estas causales o en otras necesariamente tenga que seguir siendo el que es hoy día. ¿Por qué no pensar en uno mucho más benevolente? ¿Por qué no pensar en uno muy distinto? ¿Por qué no pensar en uno -creo que la expresión la usó el Senador Ignacio Walker- compasivo, humano? Yo opino que eso incorporaría un elemento de juicio que no se ha tenido en cuenta.
El segundo problema, señor Presidente, es el siguiente.
Los diagnósticos médicos fallan no solamente en casos de vida intrauterina. Y fallan lapidariamente, brutalmente, aun en situaciones de niños que, por ejemplo, han tenido accidentes.
Entonces, el juicio que esta Sala tiene que ponderar es, precisamente, qué ocurre y cuál es la consideración que se debe tener. Porque aquí se da como verdad revelada que esos diagnósticos médicos son correctos. ¿Y si fueran lapidariamente incorrectos? ¿Dónde está dicha consideración?
Insisto en que conozco personalmente la situación en la que uno a veces enfrenta a médicos que con la mejor buena voluntad, con el uso de todos sus conocimientos, entregan un diagnóstico respecto de una vida completamente equivocado.
Y esa consideración, entonces, ¿no tiene que estar presente? ¿Cómo no lo va a estar? ¿Y si, en definitiva, hay un error médico? ¿Y por ese error médico un niño que habría podido vivir y que quería hacerlo no puede nacer?
Uno de los argumentos más potentes para estar en contra de la pena de muerte es, precisamente, el error judicial. Por esas razones, entre otras, soy contrario a la pena de muerte.
Señor Presidente, por ello creo que esta consideración se debe pensar. No hay motivo para que exista la penalidad que hoy se aplica a esas dos causales. Perfectamente podemos tener una penalidad más benevolente, compasiva y humanitaria.
Pero hay un punto en que hay que cruzar el umbral. Y cruzar el umbral significa, de pronto, admitir que una vida simplemente se apaga por un diagnóstico equivocado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza la indicación renovada número 6 (20 votos contra 15).
Votaron por la negativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Letelier, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la afirmativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Horvath, Hernán Larraín, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Prokurica y Patricio Walker.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, corresponde pronunciarse respecto al texto de la causal número 2), aprobado por la Comisión de Constitución, que es del siguiente tenor: "El embrión o feto padezca una patología congénita adquirida o genética, incompatible con la vida extrauterina independiente, en todo caso de carácter letal".
El señor PIZARRO.- ¡Con la misma votación, pero a la inversa!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente, aprobemos el inciso con la misma votación, pero al revés.
Asimismo, entiendo que algunos colegas Comités de las bancas que están a mi derecha -no todos son de Derecha-, quieren pedir una reunión de Comités para ver cómo seguimos trabajando, por lo avanzado de la hora.
Si cambiaron de opinión y ahora no quieren, no hay problema. Yo soy partidario de continuar la discusión. ¡Veo que el Comité de la UDI no manda mucho...!
Entonces, señor Presidente, votemos para no alargar más el debate.
El señor DE URRESTI.- En votación.
El señor CHAHUÁN.- ¿Me permite, señor Presidente, un asunto de Reglamento?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿De Reglamento?
El señor CHAHUÁN.- Sí, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¡No empecemos de nuevo con los fundamentos!
El señor CHAHUÁN.- Pido reunión de Comités para ver cómo seguimos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación.
El señor Secretario dará a conocer el detalle.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Se trata de la causal N° 2), aprobada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la causal número 2) propuesta por la Comisión de Constitución (19 votos contra 14).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Horvath, Hernán Larraín, Moreira, Ossandón, Prokurica y Patricio Walker.
--(Aplausos en tribunas).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- A los próximos aplausos haré desalojar las tribunas.
Ruego a las personas que nos visitan tomar asiento y permanecer tranquilas.
Se deja constancia de la intención de voto negativo del Honorable señor Bianchi.
Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.
El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, pido una reunión de Comités, por 5 minutos, para ver cómo seguimos esta discusión.
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Harboe, por un asunto de Reglamento.
El señor HARBOE.- Señor Presidente, aprovechando que estamos entre votaciones, a petición del Gobierno, solicito que se autorice extender el plazo para presentar indicaciones al proyecto sobre el fortalecimiento del SERNAC, hasta mañana entre 11 y 11:30.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Habría acuerdo?
--Se accede a lo solicitado
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Moreira.
El señor MOREIRA.- Señor Presidente, aprovechando el impulso, luego de lo planteado por el Senador Harboe, debo señalar que me opuse a una solicitud hecha por el Senador Tuma hoy en la mañana. Sin embargo, luego de la argumentación contundente que me dio Su Señoría, pido que se amplíe el plazo para presentar indicaciones al proyecto de ley relativo al Pronto pago, radicado en la Comisión de Economía, hasta el 31 de este mes.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Habría acuerdo?
--Así se acuerda.
El señor MOREIRA.- ¡Cumplido, señor Senador!
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se ha pedido una reunión de Comités.
El señor CHAHUÁN.- Por cinco minutos, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Yo no tengo inconvenientes, siempre que sea en 10 minutos y volvamos a la Sala.
Se suspende la sesión por 10 minutos para reunión de Comités.
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--Se suspendió a las 22:3.
--Se reanudó a las 22:15.
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Continúa la sesión.
Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Corresponde pasar al siguiente tema, esto es, a la causal número 3), cuyo texto figura al final de la página 2 y principio de la 3 del comparado.
Se han renovado indicaciones para suprimir la referida causal. Además, el texto propuesto por la Comisión de Constitución es diferente al aprobado en general.
Se fijó el tiempo de debate en 1 hora. De modo que ruego a los Comités inscribir a quienes harán uso de la palabra.
Los tiempos serán distribuidos de la siguiente forma: Comité Independientes y Partido Amplitud, 10 minutos; Partido Por la Democracia, 10 minutos; Partido Demócrata Cristiano e Independiente, 11 minutos; Partido Renovación Nacional, 8 minutos; Partido Socialista e Independiente, 10 minutos, y Partido Unión Demócrata Independiente, 11 minutos.
Nada más, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Queda a la voluntad de cada Comité renunciar a todo o a parte de su tiempo.
Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente, por el Comité Partido Demócrata Cristiano e Independiente hablarán, por 5 minutos cada uno, los Senadores señores Araya primero e Ignacio Walker.
Si sobran minutos, ¡se los daremos al Honorable señor Patricio Walker...!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¡Podríamos dar un premio a los Senadores que no hablen...!
El señor PIZARRO.- Dele no más, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Por el Comité Independientes y Partido Amplitud se dividirán los 10 minutos los Senadores señor Bianchi y señora Lily Pérez.
Tiene la palabra el Honorable señor Bianchi.


El señor BIANCHI.- Señor Presidente, con respecto a la causal número 3) que establece este proyecto, en cuanto autoriza a un médico cirujano para interrumpir un embarazo cuando sea resultado de una violación, quisiera recordar mi argumentación cuando debatimos y votamos la idea de legislar.
En dicha oportunidad justifiqué mi voto favorable en el entendido de que, como país, no podíamos "abortar" la posibilidad de llevar a cabo una discusión -me habría gustado hacerla con participación ciudadana, cuya opinión es mucho más vinculante- sobre un problema humano y social real que afecta a mujeres violadas (muchas veces, por familiares) y también a niños que vienen al mundo y luego son entregados a instituciones como el SENAME, ya que la madre no puede hacerse cargo de ellos.
Sobre esta causal, considero indispensable que los establecimientos de salud cuenten con un sistema de información y acompañamiento mucho más completo, pues, tal como está redactada la norma pertinente hoy, ese deber de información y proceso de acompañamiento resulta absolutamente insuficiente, ya que el prestador de salud deberá realizar un mero trámite formal, que estoy seguro muchas veces se efectuará solo por cumplir la ley y no para que la mujer tome una decisión conscientemente, informada y con verdaderas alternativas o posibilidades de una vida digna para el hijo, en caso de que decida no abortar.
En tal sentido, presenté una indicación que establecía un modelo de acompañamiento muy diferente al aprobado por la Comisión, en virtud del cual el prestador de salud debía contar con un equipo multidisciplinario que informara a la mujer sus derechos pero que también la hiciera tomar conciencia de los derechos del ser que está por nacer y que posibilitara que la decisión fuera tomada, empática y confidencialmente de la mejor manera.
Esta tercera causal me hace reflexionar sobre la realidad que hoy se vive en nuestro país con relación a los niños en estado vulnerable.
El proyecto establece que la mujer violada debe decidir libremente si continuará su embarazo o lo interrumpirá.
Y en esto, vaya mi primer reconocimiento por el dolor y la injusticia vividos en nuestro país por muchas mujeres que son violadas, no una vez, sino en forma reiterada, las más de las veces por un familiar, sin que puedan denunciar el hecho debido a las presiones a que son sometidas.
Acá mi cuestionamiento apunta a si de verdad la mujer violada cuenta hoy con la libertad para elegir entre continuar su embarazo o interrumpirlo.
¿Le ofrece el Estado de Chile a esa mujer, mediante esta normativa, todo el amparo para que de verdad se sienta protegida y decida libremente?
La triste respuesta es que en la actualidad esa alternativa no existe, ya que todos sabemos de las graves carencias que hay en materia de alternativas de protección a niños vulnerables y del alto nivel de incumplimiento del Estado durante años y a través de Gobiernos de todas las tendencias.
Mencionar la realidad que conocemos del SENAME es solo dar un ejemplo de que la mujer violada carece de oportunidad para decidir libremente si continúa o no su embarazo.
Por lo mismo, lo que señala el proyecto en cuanto a que la mujer puede decidir libremente no resulta verdadero.
Por último, señor Presidente, en esta iniciativa el Gobierno no ofrece nada para darle de verdad a la mujer la opción de elegir.
A mi juicio, desaprovechamos una oportunidad histórica de abordar un tema que nos atraviesa como sociedad.
En estos momentos, dar lugar a esta causal sería intentar tapar el sol con un dedo. Y con toda claridad no estoy moralmente habilitado para ello.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Allende.


La señora ALLENDE.- Señor Presidente, estas largas horas de debate son un reflejo de que estamos ante un tema sensible, importante, que afecta a millones de mujeres no solo en Chile, sino también en el resto de los países del mundo.
Se trata de una discusión que ha cruzado la humanidad.
Me parece que ahora tenemos una oportunidad histórica.
Soy de las que creen que debemos despenalizar el aborto en estos tres casos. En particular, me quiero referir a la última causal, ya que hace un par de años, junto con el Honorable señor Rossi y otros Senadores, fui autora de una moción sobre la materia.
Por cierto, la iniciativa pertinente no prosperó.
Señor Presidente, considero que la violencia sexual es una de las agresiones más despreciables que puede sufrir una mujer.
El ataque sexual y la relación forzada, no consentida, violenta, representa una de las peores situaciones que puede vivir una mujer.
Encuentro que esa relación forzada es del todo deleznable y atenta contra todo lo que constituye la dignidad del ser humano que es la mujer. Porque, como seres humanos, merecemos que se nos respeten nuestros derechos, nuestra dignidad, nuestra condición y nuestra intimidad.
Entonces, si producto de una violación la mujer queda embarazada, a mi juicio la sociedad tiene que darle la oportunidad para que "libremente" -lo digo entre comillas, pues sé que existe una presión social muy brutal- tome una decisión. Deben existir condiciones para ello.
Perfectamente puede optar por seguir con su embarazo. Pero también es factible que elija no tener ese hijo, que es fruto de una violación.
Con franqueza les digo que me parece inaudito que nos quedemos indiferentes o no seamos capaces de ver situaciones como las que se han dado.
Tuvimos, por ejemplo, el embarazo de una niña de 11 años.
También, el de una niña de 13 años. Salió en la prensa. Y solo cuando cambió radicalmente su comportamiento sus padres y los apoderados del colegio donde estudiaba se dieron cuenta de lo que pasaba. Incluso, desgraciadamente, hubo al respecto declaraciones del ex Presidente Piñera (lamento mucho verme en la necesidad de repetirlas acá), quien dijo: "Esa niña tiene madurez". Ese caso se difundió por los medios de prensa internacionales y fue objeto de opiniones de psicólogos que rebatieron aquella afirmación y sostuvieron: "A los 13 años no hay madurez para tomar decisiones en ese ámbito". O sea, dicho juicio del señor Piñera fue muy equivocado.
Yo quiero volver a preguntar cómo se siente la mujer que es humillada y violentada en su sexualidad.
¿Por qué a esa mujer no le damos, como sociedad, la oportunidad de decidir y determinar si continúa o no con su embarazo?
Numerosas violaciones constituyen actos brutales que se repiten una y otra vez -en forma continua, reiterada- y se silencian porque las ejecutan familiares: el padrastro, en fin.
¡Eso es tremendo, porque además tiene el peso de la coacción y la presión familiar ejercidas para lograr el silencio!
Nuestra sociedad debe entender que es necesario crear las condiciones indispensables para eliminar la penalización y, con ello, dar la oportunidad de que la mujer decida.
Afortunadamente, hemos ido superando algunas de las concepciones -en una intervención anterior cité parte de ellas- que se establecieron en las Actas Constitucionales a propósito de la nueva Carta Fundamental.
Por ejemplo, la de que "La madre debe tener el hijo aunque salga anormal, aunque no lo haya deseado, aunque sea producto de una violación o aunque de tenerlo derive su muerte". O la de que "Una persona no puede practicar jamás legítimamente un aborto, porque es un homicidio y todas las consecuencias negativas o dolorosas constituyen, precisamente, lo que Dios ha impuesto al ser humano".
En esas expresiones se reconocen exactamente las tres causales de que estamos conversando aquí.
Por suerte -y estoy segura de que así es-, la sociedad ha ido cambiando y nos hemos vuelto un poquito más tolerantes para entender que hay diversidades en las miradas, en las concepciones.
Sin embargo, no es factible imponer una concepción religiosa total al conjunto de la sociedad, pues hacerlo constituye una mirada sesgada: aquella es legítima para quien la tiene, pero no se puede legislar para imponerla al conjunto de la comunidad.
Por eso, hoy día quiero decir que apoyo las tres causales.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminó su tiempo, señora Senadora.
La señora ALLENDE.- Voy a ocupar un minuto del resto del tiempo de mi Comité, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Muy bien, Su Señoría.
La señora ALLENDE.- Por eso digo, señor Presidente, que afortunadamente nuestra sociedad ha ido evolucionando para comprender que es importantísimo respetar tanto al ser humano llamado "mujer" cuanto su dignidad y permitirle a ella tomar por sí misma decisiones en materias tan significativas como la que estamos tratando ahora.
¿Creen Sus Señorías que una mujer va a permitir que la hagan objeto de una acción tan delicada como un aborto porque le gusta mucho la idea?
¿Han pensado alguna vez lo que aquello puede significar para una mujer?
Estoy segura de que cualquiera que mire un poquito más allá de una concepción religiosa o de otra índole habrá de entender que se trata de una situación extrema.
Sus Señorías deben entender, entonces, que es necesario ponerse en tal situación.
Por eso nosotros decimos que entendemos la causal de interrupción del embarazo resultante de una violación y la vamos a respaldar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, llegamos a la causal tal vez más compleja de este proyecto, pues implica abordar varios asuntos relacionados. Por ejemplo, el acompañamiento.
Yo soy partidaria del acompañamiento público, pero también del realizado por privados.
A mi parecer, debemos darle a la mujer que va a tomar una decisión tan compleja como la de abortar la posibilidad de escuchar y ser o no disuadida.
En verdad, es muy difícil tener una opinión neutra en esta materia. Es complejo que alguien pueda asegurar neutralidad en un asunto como este.
¡Qué fácil es opinar cuando son otras las personas afectadas! En este caso las afectadas son las mujeres.
Yo soy mujer y madre. Y cuando como mamá pienso en una mujer cercana -amiga, hija, prima, madre- enfrentada a una situación parecida a esta, imagino que, de acuerdo con mis valores, me nacería decirle lo que yo desearía que hiciera, manifestarle mi deseo de acompañarla en su proceso y quizá expresarle: "¡Juégatela!", "¡Arriesga!", "¡Lleva a término tu embarazo!", "¡Da en adopción al niño o a la niña que va a nacer!".
En tal circunstancia, me encantaría hacer y decir aquello.
Pero qué pasa con las mujeres.
Hace poco conocí en Quilpué a una chiquilla, dirigenta de un comité de adelanto, que fue violada. Tuvo a su hijo, quien nació producto de una violación. Me lo presentó. Esa mujer se la jugó. Salió adelante. Contó con el apoyo de su familia. Y yo la admiro con todo mi corazón.
¿Pero qué pasa con las mujeres que no son capaces de enfrentar una situación como esa?
Yo siento que en el debate particular sobre la causal de violación de pronto hay un poquito de hipocresía. Porque es fácil opinar sobre los demás, pero difícil cuando el problema es propio. Es fácil decirle a una niña o a una joven violada "Anda y tenlo" cuando en nuestro país el Estado nunca se hace cargo de nada: no ayuda a las mujeres ni con la maternidad, ni con los recursos, ni con trabajo, ni con la compatibilización empleo-familia.
¡Es fácil decirlo de la boca para afuera!
Muchas veces resulta fácil para quienes tienen más recursos, porque pueden hacer muchas cosas: dar a luz en el extranjero, entregar la guagua en adopción o simplemente no tenerla.
Pero qué ocurre con el resto.
Yo creo que también debemos tener una visión empática respecto de las mujeres que, habiendo sido violentadas, probablemente en el entorno cercano, van a hacer la denuncia. Porque esta causal prevé la denuncia: de la víctima, o del facultativo al que le corresponde intervenir, o del centro médico.
Entonces, aquello es muy relevante para que el violador no quede en la impunidad.
Señor Presidente, es muy fácil -y eso me da mucha rabia- decir: "Si una mujer es violada, debe apechugar, criar a su hijo sola y salir adelante". ¡Ojalá lo hiciera!
Pero yo pregunto: ¿qué vamos a hacer con la mujer que no quiere eso, que no acepta tal situación? ¿La vamos a seguir criminalizando? ¿La vamos a expulsar? ¿La vamos a inducir a que termine con su vida? ¿La vamos a exponer a que entre en depresión y se enferme?
Yo no estoy por esa opción. Quiero que sea la mujer quien, en su conciencia y con su familia, tome la decisión; que no sea el Estado el que la obligue en un sentido u otro. ¡Es ella quien debe decidir!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Araya.


El señor ARAYA.- Señor Presidente, sin duda, esta causal es de las más complejas de abordar en la discusión del proyecto de ley que nos ocupa, ya que no se trata de riesgo de vida de la madre o del caso de un feto en gestación incompatible con la vida extrauterina, sino de un feto en gestación que tiene compatibilidad con la vida extrauterina pero cuya concepción es producto de un acto muy brutal contra la mujer: la violación.
Es en este sentido que, como legisladores, estamos llamados a resolver un dilema no solo jurídico, sino también ético: por una parte, la protección de la vida del que está por nacer, y por otra, los derechos de la mujer embarazada, esto es, los derechos a la vida; a la integridad personal; a no ser sometidas a torturas u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes; a la igualdad; a la privacidad; a la salud; a la libertad de conciencia, y a su autonomía, incluida su esfera sexual y reproductiva.
Como argumenté largamente en la discusión general de esta iniciativa, estoy convencido de que la Constitución Política de la República no prohíbe la interrupción del embarazo, sino que le entrega al legislador la atribución de ponderar de qué forma se resuelve la colisión de derechos que se registra en esta circunstancia.
Aquí me gustaría citar algo que dijo el profesor Antonio Bascuñán: "Así el deber de protección de la vida no es sin embargo un deber absoluto, en el sentido que no reconozca limites frente a otros bienes jurídicos. Particularmente afectados por la protección de la vida del nasciturus resultan la dignidad, el derecho a la vida y la intangibilidad corporal y el derecho a la personalidad de la mujer embarazada".
Agrega el profesor Bascuñán: "La determinación del estatus de la vida del nasciturus es sin duda una pieza central para el correcto planteamiento del conflicto de intereses, pero no es el decisivo...".
Siguiendo esa línea argumental, es perfectamente posible, y constitucionalmente permitido, que como legisladores podamos despenalizar el aborto en la causal de violación, porque los derechos del nasciturus ceden a favor de los derechos de la mujer embarazada y, además, porque debe tenerse presente que en el caso de que una mujer resulte embarazada tras ser víctima del delito de violación resulta a mi juicio inexigible para ella la carga de soportar un embarazo no deseado producto de la violación, pues eso genera un grave conflicto interno para quien se encuentra en tal situación, por lo que al Estado le corresponde respetar la esfera de la personalidad de la mujer y tener consideración hacia la decisión autónoma que aquella pueda tomar en orden a interrumpir el embarazo, o bien, a llevarlo a término.
Por lo demás, hay que tener presente que la norma constitucional en ningún momento ordena utilizar el Derecho Penal para proteger al nasciturus; esto es más bien una decisión que le corresponde al legislador.
Dicho lo anterior, considero importante precisar que la despenalización del aborto en el caso de violación es lo que en nuestro Derecho podríamos denominar una "causa de justificación", entendida como los supuestos fácticos amparados en otra norma, en los cuales, de manera excepcional y en determinadas circunstancias, se permite la realización de una conducta típica; es decir, se trata de una autorización legal excepcional para realizar una conducta, la que, de no mediar dicha autorización, sería perseguible penalmente por ser típica y antijurídica.
No cabe ninguna duda -y así lo discutimos en la Comisión de Constitución- de que no estamos frente a las tradicionales causas de justificación que consagra el Código Penal, sino ante una causa de justificación nueva, la cual se configura de manera autónoma. Y esto queda de manifiesto con la redacción que se le dio al artículo 119 del Código Sanitario: "Mediando la voluntad de la mujer, se autoriza la interrupción de su embarazo por un médico cirujano,...".
De esa manera la Comisión de Constitución acordó establecer, para que pueda operar la causal pertinente, que la mujer que desee interrumpir su embarazo deberá concurrir a un centro asistencial, que podrá ser público o privado, el cual tendrá que contar con un equipo de salud especialmente conformado para tal efecto, al que le corresponderá constatar dos situaciones: en primer lugar, que la mujer fue víctima de violación, y en segundo término, la edad gestacional, situación que deberá informar por escrito a la mujer o a su representante legal y al director del centro médico.
Así, para que opere la causal de justificación en comento, deben concurrir esos dos requisitos.
En otras palabras, lo que configura la causal de justificación respecto del delito de aborto es la autorización del equipo de salud, y no la existencia de una violación a secas, o la existencia de una sentencia condenatoria respecto del violador, por lo que, como puede apreciarse, se configurará una causal de justificación de carácter administrativo.
De esa forma, hay que tener presente que el médico que práctica el aborto no tiene que entrar a calificar si existió o no una violación, ni tampoco a constatar la existencia de una investigación penal o de una condena al violador: le basta con la sola autorización que entrega el equipo de salud.
En razón de lo expuesto, señor Presidente, voy a votar a favor de esta causal y, en consecuencia, a rechazar la indicación que procura suprimirla.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.


La señora VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente, ahora vamos a discutir la tercera causal, que se refiere al embarazo resultante de una violación.
En esa causal hay una serie de aspectos sobre los cuales vale la pena reflexionar.
Primero, mediante ella se permite interrumpir el embarazo cuando "Sea resultado de una violación, siempre que no hayan transcurrido más de doce semanas de gestación" o, tratándose de una menor de 14 años, más de catorce.
Entonces, la pregunta que uno debe hacerse acá es la siguiente: ¿qué sucede en ese ser humano a las doce semanas que no ocurre a partir de las doce semanas y un día -porque así se determina la edad gestacional: doce semanas más un día, más dos días, más tres días, hasta trece semanas- y que permite que cuando tiene once semanas y seis días, por ejemplo, se le pueda quitar el derecho a vivir, derecho que ¡de un día para otro! se mantiene porque hubo un día más allá de las doce semanas?
Esa es la primera pregunta: qué sucede desde el punto de vista de ese ser humano.
Por lo demás, ese ser humano está sano. ¡Esta es la gran diferencia!
Entonces, esta causal es incluso infinitamente más discriminadora que la anterior, porque acá se le está quitando el derecho a vivir ¡a un ser humano que está sano! Y lo estamos privando de ese derecho debido a la forma como fue concebido. O sea, le vamos a quitar el derecho a vivir porque fue concebido en condiciones de violencia.
Yo entiendo perfectamente bien que la violación es una situación dramática para cualquier mujer. Pero acá se está haciendo una sola cosa, indisoluble, entre la responsabilidad del violador y la responsabilidad que sobre ese hecho le cabe a un ser humano que está sano y al que, por haberlo concebido un delincuente, como sociedad le vamos a decir: "Usted no puede nacer".
A mi entender, esto es tremendamente discriminador. Y vamos a verlo después en cada artículo. Más adelante, en casos vinculados con menores, nos encontraremos con que los padres tendrán poco que decir.
En cuanto a la causal que nos ocupa en este momento -y creo que a este respecto los Senadores que son abogados van a coincidir conmigo-, debo puntualizar que es factible que producto de una relación sexual consentida de una menor de 13 años con su pololo de 16 haya un embarazo: pese a tratarse de una relación sexual consentida, legalmente en ese caso hay violación y, por lo tanto, ¡esa niña podrá acceder al aborto sin necesidad de justificar absolutamente nada!
Entonces, no nos digan que no se está legislando hacia el aborto libre.
Lo planteamos en la Comisión, y ¡al Ejecutivo no le importó absolutamente nada!
Así que espero que a lo largo de la discusión de esta norma podamos ir definiendo, para que haya constancia en la historia de la ley, cada uno de los aspectos que, a nuestro entender -los señalamos al Gobierno en su minuto-, atentan contra nuestro ordenamiento constitucional.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Quinteros.


El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, yo quiero insistir en que acá no se está obligando a nadie: esto es voluntario.
Ahora bien, de acuerdo a datos de la Unidad de Delitos Sexuales de la Fiscalía Nacional, en Chile 17 personas son violadas cada día. Aproximadamente 74 por ciento de los casos afectan a menores de 18 años. Y, de esa cantidad, se estima que 10 por ciento de las víctimas quedan embarazadas.
Es decir, cada año más de 400 menores se ven enfrentadas a la posibilidad de abortar producto de una violación. En la mayoría de los casos el autor de la agresión es un familiar o una persona de su círculo cercano.
Algunos voceros han planteado que la causal de violación será usada como pretexto por las mujeres para acceder al aborto.
Yo me pregunto qué les decimos a esas niñas. ¿Que no creemos en ellas? ¿O que porque algunas mienten ellas no podrán decidir?
Ya demasiado daño han recibido y demasiado dolor han debido soportar. Ya el Estado les ha dado la espalda. Ya han sufrido la humillación de una vejación que seguramente marcará su vida.
¿Qué le ofrecemos actualmente a esa mujer o a esa menor de edad que no desea perseverar en su embarazo?
Primero, debe sacrificarse y, bajo amenaza de cárcel, se la fuerza a proseguir la gestación.
Si decide abortar clandestinamente, dependiendo de sus recursos, se expone a todos los riesgos de una prestación insegura.
Para el caso de que no quiera mantener el cuidado del futuro hijo, el Estado le ofrece ingresarlo al sistema de adopción del SENAME, que -bien sabemos- está bastante cuestionado.
En cuanto a la justicia, solo una parte de esas mujeres verá que se castiga al violador, quien en la mayoría de los casos no solo permanecerá impune, sino que además, muy probablemente, seguirá viviendo cerca de la víctima o en su entorno inmediato.
Lo que ocurra luego con el niño que nazca dependerá en gran medida de la situación socioeconómica de la madre.
Está de más decirlo, pero la mayoría de las mujeres que sufren violación pertenecen al sector de mayor vulnerabilidad.
Aquello es lo que como sociedad les ofrecemos a esas mujeres.
Este proyecto, en cambio, propone un camino distinto, no exento de dolor, por cierto, pero más humano.
Se establece que sea la mujer quien decida. Y si es menor de edad, lo hará en conjunto con sus padres o con la autorización de un juez.
Si resuelve abortar, lo hará en condiciones sanitarias seguras y sin coacción alguna.
Además, se consagra un sistema de acompañamiento, cualquiera que sea su decisión, para resguardar su salud y su integridad física y psíquica y activar las redes de apoyo existentes.
Esto es justicia; es lo mínimo que podemos ofrecerles a las víctimas: es un trato humano frente a una situación inhumana.
Mantener el estado de cosas actual significa perpetuar la injusticia.
¡Yo al menos no seré cómplice de semejante inequidad!
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, yo no era partidario de debatir a esta hora, entre otras razones porque se produce este fenómeno.
Cuando uno discute en esta Sala intenta persuadir al resto de los Senadores. Pero aquí no hay más de 14, de 38. Entonces, la posibilidad de persuadirnos baja considerablemente.
Por tanto, esta es una mala manera de legislar. Porque yo al menos siempre me abro a la posibilidad de ser persuadido si median buenos argumentos.
Señor Presidente, no cabe la menor duda de que la violación es uno de los delitos más brutales que existen.
Tuve la oportunidad de dirigir una oficina, llamada FICED -era una fundación sin fines de lucro-, donde, entre otros delitos, veíamos casos de abuso sexual.
El trauma y el dolor provocados; la cobardía, la alevosía, la premeditación con que se comete ese ilícito lo transforman, probablemente, en uno de los delitos más graves que existen en nuestra sociedad. De eso no cabe duda.
En tal sentido, el deber esencial de la comunidad es proteger a la mujer: primero, intentando que no se cometa el delito de violación, y en seguida, si se perpetra, adoptando las medidas adecuadas.
El segundo deber es el castigo al culpable.
Yo quiero decir -y lo hago responsablemente- que este proyecto de ley favorece la impunidad del violador.
Lo he conversado con el Senador Pedro Araya -a lo mejor Su Señoría no usa los términos tan categóricos que empleo yo-, quien puede dar cuenta de las imperfecciones que tiene esta iniciativa. Y vamos a ser responsables de ellas.
El tercer bien a proteger es la vida de un inocente.
Porque no estamos frente al caso en que corre peligro la vida de la madre; tampoco, ante el de inviabilidad fetal: estamos enfrentados al caso de un niño que se halla en el vientre de su madre y que no tiene ninguna culpa ni responsabilidad alguna por el acto cobarde que cometió su progenitor, y respecto del cual lisa y llanamente decimos que lo vamos a matar.
¡Lo vamos a matar! ¿Por qué? Porque a él, sin haber tenido ninguna responsabilidad, le tocó la desgracia de que su padre es un delincuente. Y nosotros, simplemente, ¡mataremos a ese niño!
Es evidente que estos casos son dramáticos. En ellos hay dolor. Sin embargo, cuando uno legisla debe tener cierta priorización con respecto a los derechos.
Yo a lo menos tengo la convicción personal de que en nuestra democracia el resguardo del derecho a la vida -especialmente después de lo vivido por nuestro país durante mucho tiempo, en que hubo una falta de respeto a la vida tan brutal- es un deber por sobre toda otra consideración.
Sin embargo, aquí no lo estamos protegiendo.
Además, veo en este proyecto ciertas inconsecuencias que no logro entender. Y las planteé en la Comisión.
Si la razón para permitir el aborto en el caso de la violación son la brutal agresión que sufre la madre y el drama humano que ella vive, explíquenme por qué hay fecha para abortar.
En efecto, la causal número 3) establece la posibilidad de abortar hasta los tres meses de gestación, y tratándose de una niña menor de 14 años, hasta los cuatro meses.
Yo pregunto: ¿Se acabó el trauma a los cuatro meses?
¡Eso me parece insólito!
Si la razón es el sufrimiento -existe; es real, duro-, ¡no me digan que se pasa con el transcurso de los meses...!
En esta causal hay una gran incoherencia: a un niño con cuatro meses de gestación que no le ha hecho un daño a nadie; que no ha cometido ni un solo error; que simplemente fue concebido; que no eligió a su padre ni a su madre; que quiere vivir; que trata de respirar; que se mueve, lisa y llanamente lo matamos.
Perdónenme: ¡lo matamos!
Ello, porque según algunos el hombre tiene derecho a decir quién vive y quién no vive.
Eso le hizo mucho daño a Chile.
Señor Presidente, hecha mi argumentación acerca de por qué estoy en contra de esta causal, quiero señalar que, obviamente, una mujer que sufre la situación en comento requiere acompañamiento, que se aceleren los procesos de adopción, en fin. Pero el acompañamiento debe ser real.
Repito: nada justifica matar a un niño en gestación que no le ha hecho daño a nadie: solo tuvo la desgracia de ser concebido por un abusador tras una violación.
Señor Presidente, varios elementos demuestran que esta norma está muy mal hecha.
En primer término, se expresa que determinará la existencia de violación -¡fíjense bien!- "un equipo de salud, especialmente conformado para estos efectos".
¡Qué posibilidades tendrá "un equipo de salud, especialmente conformado para estos efectos" para determinar a los tres meses y medio de embarazo si hubo o no hubo violación!
¡Y dicho equipo hace su determinación en el instante, en el momento!
¡Con qué datos, con qué pruebas; cómo acredita si hay o no violación; de qué manera puede obtener información que permita castigar al culpable!
¡Nada de eso existe!
Y perdónenme, pero eso no fue planteado por mí, sino por el Senador Pedro Araya.
Ahora, señor Presidente, voy a mostrar cuál es el círculo de impunidad de la violación.
Tratándose de una mujer mayor de 18 años, la ley establece que está obligada a denunciar en el caso de una violación -hecho por cierto dramático- común y corriente, normal, que se realiza de forma permanente. Pero la norma que nos ocupa señala que la mujer puede omitir su declaración, con lo cual se produce el siguiente fenómeno: fue violada; se denunciará el ilícito a la Fiscalía (porque es obligación del director del hospital); concurrirá el fiscal; y cuando este vaya la víctima no va a querer declarar por temor, por miedo a represalias, pues habrá de volver a su casa.
Entonces, ¡el violador la hizo completa: violó; provocó un embarazo; la mujer aborta y retorna a su casa, y ese delincuente la vuelve a violar...!
¡Cómo va a ser normal ese proceso, cuando todos sabemos que tales violaciones son permanentes!
¿Y por qué ocurre todo aquello? Porque se establece que la mujer violada no tiene la obligación de declarar. En cambio, conforme a la legislación común, cuando la mujer violada mayor de 18 años denuncia, sí debe declarar -el Senador Harboe me mira-, según lo señalan expresamente los artículo 23 y 33 del Código Procesal Penal, preceptos que en este caso, especialmente, se dejan sin efecto.
Ahora, se registra algo incluso más brutal tratándose de la menor de 14 años.
Se entiende que la menor de 14 años es violada en dos circunstancias: cuando existe agresión física -acceso carnal violento por vía vaginal- o cuando tiene relaciones consensuadas. Y resulta que aquí no se distingue. Entonces, en ese último caso se entiende que ha sido violada, por lo que podría abortar libremente.
Lo que correspondía era presentar una indicación -la pedimos- para establecer que si la relación sexual es consensuada, no cabe la posibilidad de un aborto, pero sí, obviamente -para los partidarios de practicarlo-, al ser violenta.
En consecuencia, la disposición está mal hecha y viola principios.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, en primer lugar, la Constitución distingue entre la protección de la vida de la persona y la que se le otorga al que está por nacer. Muchas de las argumentaciones equiparan al nasciturus a la primera cuando, en realidad, la propia Carta ya hace el distingo.
En seguida, el propio Código Civil establece una diferencia. Reconoce derechos: la Constitución, los tratados internacionales. Pero no son absolutos, sino dependientes. Porque el nasciturus, producto de la concepción, tiene una vida dependiente.
El Código Penal -fíjense ustedes- no incluye el aborto entre los delitos contra la vida. No es una casualidad. No significa que el legislador se haya equivocado en 1874. Dijo: "No va a estar entre esos ilícitos, sino en aquellos contra la moralidad pública, la integridad sexual, el orden de las familias". Ahí lo puso. Diferenció. Porque el Código y las leyes establecen la distinción.
A mi juicio, el legislador no puede establecer una imposición de persecución penal contra una mujer o una niña víctima de uno de los delitos más deleznables en el ordenamiento jurídico: la violación. Una mujer ultrajada ha sido tratada como objeto y agredida en su libertad sexual y dignidad. Lo determinado hoy es que si pretende no perseverar en su embarazo y lo interrumpe, los fiscales irán tras ella. Porque hoy día se trata de un delito. Y no quiero perseverar en que la víctima de una violación sea perseguida penalmente. Estoy seguro de que la gran mayoría de esos funcionarios tampoco quiere hostigarla.
Detrás de una violación hay cifras, y detrás de las cifras, rostros. Entre 2010 y 2016, el Servicio Médico Legal llevó a cabo 16 mil pericias en materia de delitos sexuales. Hubo 24 mil denuncias. Únicamente en 2016 ingresaron 23 mil casos y solo el 9,66 por ciento terminó en condena.
Un estudio de la doctora Huneeus concluye que 620 violadas se embarazan anualmente: un 66,66 por ciento de ellas, menores de 18 años; un 12 por ciento, menores de 14, y un siete por ciento, menores de 12. ¿Y se pretenderá, además, que las persigan penalmente? ¿Serán obligadas a perseverar en su embarazo por una creencia legítima, pero que no se tiene derecho a imponer? ¡No es aceptable exigirle una condición de heroína a una mujer violada y a la que se obliga a perseverar en su embarazo! No corresponde. Me opongo.
¿Alguna norma le exige a un hombre una actitud de héroe? No. ¿Por qué vamos a exigirle a ella mantener su embarazo producto de una violación?
Aquí se ha dicho que habría impunidad: falso, de falsedad absoluta. ¿Sabe por qué, señor Presidente? Porque el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra no dijo que hoy día, con la legislación vigente, una mayor de 18 años no está obligada a denunciar. Y si ello es así, menos está obligada a declarar.
En consecuencia, los fiscales, cuando investigan el delito de violación, no solo basan sus investigaciones en una declaración. Hay un conjunto de otros elementos probatorios.
Si hoy día una violación no es denunciada, no se investiga. En consecuencia, no es adecuado plantear lo que se señaló anteriormente.
Más aún, se dice: "Habrá impunidad también por la denominada violación ficta", relativa al acceso carnal a una menor de 14 años. No me correspondió concurrir a esa votación, pero la propia argumentación del Honorable señor Espina en aquella oportunidad, en 2004, cuando se discutió la norma, favoreció el aumento de 12 años a esa edad. Es decir,...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminó su tiempo, Su Señoría.
El señor LAGOS.- Nuestro Comité le da más.
La señora MUÑOZ.- En efecto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Les queda?
Se le puede restar al Honorable señor Girardi.
La señora MUÑOZ.- Contamos con diez minutos. Le damos dos al Senador señor Harboe.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede terminar, entonces.
El señor HARBOE.- Gracias, señor Presidente.
Lo que quiero decir es que en esa oportunidad el propio Honorable señor Espina fue partidario de subir de 12 años a 14. Y en su argumentación dijo que las menores de 14 no tenían conciencia para determinar su propia decisión en materia sexual.
Es decir, si alguien quiere establecer que no es una violación cuando las menores de 14 años mantienen relaciones sexuales, no se trata de la iniciativa en examen, sino de la modificada en 2004 con el voto a favor del señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra.
Veremos otras argumentaciones cuando fundamentemos el voto, pero con esta enmienda no hay impunidad. No nos dejemos engañar. Lo que hay es un hecho de justicia: la no persecución penal a mujeres y niñas violadas, producto de lo cual se origina un embarazo.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Moreira.


El señor MOREIRA.- Señor Presidente, la causal es la demostración más clara de que el proyecto no tiene nada de salud pública. Mas el Gobierno nos ha hecho creer que se trata de una política en ese ámbito.
Sabemos que la violación es un acto repudiable, muy doloroso, y no está de más decirlo por lo que significa. Pero, a mi juicio, aquí hay pura ideología.
El articulado autoriza a matar al no nacido, desde la perspectiva que lo vemos. Lo llaman "interrupción" cuando el embarazo es el resultado de una violación. El texto lo dice claramente.
Más allá de lo que se pueda pensar, es necesario determinar quién diagnostica la violación. ¿Bastará con las aseveraciones de la embarazada, sin mediar un proceso, una intervención del fiscal competente o siquiera una denuncia?
No es posible equiparar con la 1) y la 2), que ya se votaron, la causal que nos ocupa. Esta sí que parece ser un mero acto de voluntad de la madre. El proyecto se conforma con meras exigencias formales, rutinarias -que la mujer manifieste en forma expresa, previa y por escrito, su voluntad de interrumpir el embarazo-, y con lo que diga un formulario preimpreso con espacios en blanco.
El tratamiento de la acción médica como prestación de salud que el Estado debe satisfacer, explicado en esta causal, nos revela la verdadera cara de la normativa. Es una ideología que desnaturaliza a la persona. Es una forma de ver al feto como un estorbo, un obstáculo para la libertad, y para algunos, quizás un producto desechable.
Deseo consignar que la violación es un acto injusto contra una mujer inocente y que el aborto es un acto injusto contra un niño inocente.
Estamos en contra del aborto en sus tres causales, y dejamos estampado, para la historia de la ley, cómo estamos votando: en contra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Ignacio Walker.


El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente, a mi juicio, la pregunta acerca de la última causal es una sola. En el fondo, en lo que dice relación con el meollo del tema, ¿a una mujer que ha sido violada, que ha quedado embarazada como consecuencia y que ha abortado -entiéndase clandestinamente-, vamos a transformarla, además, en delincuente?
¿Esta es la respuesta que queremos de la sociedad chilena, del Estado, de la legislación?
Evidentemente, desde un punto de vista de humanidad básica, creo que no.
No he formulado una pregunta metafórica: es literal.
Hago referencia a nuestra realidad. Eso es lo que estamos innovando.
El señor LAGOS.- Eso es lo que tenemos.
El señor WALKER (don Ignacio).- Se podría decir, legítimamente: "Bueno, que no se le aplique la pena si abortare por alguna causal de exculpación, pero que no se permita el acceso al sistema y a prestaciones de salud para permitir la interrupción del embarazo". O sea, se podría pensar en una despenalización en sentido estricto.
Confieso que en algún momento reflexioné sobre la cuestión.
Mas ese criterio rompería con todo el régimen que estamos construyendo en torno a las tres causales -también a la que nos ocupa, desde luego-, que es el acompañamiento, y que sustituiríamos para que el Estado tuviera que proveer un abogado.
¿Para qué? Para defenderse ante el juez, porque juicio penal habría sí o sí, con el incentivo, de paso, del aborto clandestino. Pero existiría la obligación de comparecer ante el tribunal, y eventualmente la mujer podría ser condenada, aunque en la práctica no se aplicara la pena.
Esta lógica implicaría transformar el drama en tragedia: el de haber sido violada y haber quedado embarazada a consecuencia de ello, por una parte, y, por la otra, la de transformarse en delincuente.
Señor Presidente, no convirtamos el drama en tragedia.
El asunto central no es solo el estatuto del feto, que igualmente lo es siempre, sino también las circunstancias del embarazo -en este caso, la violación- y la realidad de una mujer que ha sido ultrajada, tratada como objeto y no como sujeto, y víctima de un atentado contra su libertad sexual, contra su integridad física y psicológica.
No por el estatus del feto, tan inocente y frágil y bueno y sano, ante la violación, sino por la situación de ella, uno se interroga por qué pareciera haber más amplio consenso en la interrupción del embarazo al existir riesgo para la vida de la madre. Acerca de eso estamos legislando.
El proyecto tiene rostro de mujer.
Aquí estamos haciendo referencia a alguien dañado, frágil y vulnerable como el feto, y que enfrenta situaciones límite.
En el proyecto no hay un ensañamiento contra este último: hay un acompañamiento a una persona enfrentada a una experiencia trágica o dramática que solo ella puede saber aquilatar. Frente a eso, solo cabe reconocerles un espacio de discernimiento -ni siquiera digo "de autonomía"- a esas mujeres dañadas, quienes mal pueden llegar a ser consideradas delincuentes o asesinas de su propio hijo.
Es lo que aquí se ha señalado. ¡Cómo podemos decir eso!
"La ley protege la vida del que está por nacer". Pero debiera hacer otro tanto con la de mujeres que enfrentan, solas y abandonadas, dilemas desgarradores. Por eso, estamos creando un sistema de acompañamiento al que espero referirme posteriormente.
En consecuencia, votaré en contra de la indicación y a favor de la tercera causal.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, la causal de que se trata -ciertamente, muy compleja, como ya se ha podido desprender del debate- presenta una diferencia con las dos que se han discutido.
En efecto, en la primera de ellas estamos frente a un riesgo vital de la madre, y en la segunda, frente a un riesgo vital del que está por nacer, ya que se encuentra gravemente enfermo. En el caso en examen no lo hay ni para una ni para otro, y, por lo tanto, simplemente tiene lugar un aborto directo.
Ahora, es cierto que la causa aducida no es menor. La violación es una agresión sexual brutal: ataca a una mujer en su dignidad; ataca su ser en su mayor intimidad.
Sin embargo, quien no tiene ninguna responsabilidad es el embrión -al igual que la madre, por cierto-, y, en ese sentido, me parece absolutamente inaceptable pasarle la cuenta.
Además, pienso que el hecho de que la posibilidad no se pueda prolongar -porque el drama de la madre es tan insostenible- más allá de doce o catorce semanas realmente carece de una explicación lógica.
En seguida -por el tiempo, voy rápido-, en el proyecto se observa un problema bastante complejo respecto de quién determina si acaso ha habido o no violación. Según el artículo 119 bis que se incorpora, en el caso del número 3) del inciso primero interviene un equipo de salud.
En Chile lo hace un juez, luego de realizar la investigación el Ministerio Público.
El texto presenta otra dificultad, a la cual hacía referencia el Senador señor Espina. Efectivamente, una mayor de 18 años no se encuentra obligada a denunciar. El que actúa de oficio es un juez. Pero si eso ocurre, ella no tiene ningún deber de comparecer, lo que significa, lisa y llanamente, que si no se cuenta con el testimonio de la madre violada, el que quedará libre de toda responsabilidad es el violador.
En el caso de la regla general -la de una mayor de 18 años-, si la mujer hace la denuncia está obligada luego a comparecer. Y en eso se equivoca el Honorable señor Harboe.
Adicionalmente, aquí se ha hecho referencia, con mucho dramatismo, a la insensibilidad de querer meter presa a quien ha sido violada.
Deseo consignar que presentamos una indicación -fue rechazada y la hemos renovado- que establece, en su parte específica: "En el caso de que el aborto fuere motivado por ser el embarazo producto de una violación, el tribunal atenuará libremente la pena respecto a la mujer que lo hubiere practicado o consentido". Leo estrictamente. Y eso quiere decir que el juez, si el hecho ha sido muy dramático, puede dejarla libre de toda responsabilidad penal.
Por lo tanto, hay plena sensibilidad. Lo que no queremos es olvidar que a un ser humano sano, quien no tiene por qué pagar el precio de una situación trágica, le estamos imponiendo penas que no aplicamos al violador.
El señor DE URRESTI.- Abramos la votación.
El señor PIZARRO.- De acuerdo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Corresponde votar en primer término la indicación renovada supresiva que recae en la causal número 3).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación la indicación renovada número 7.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi para fundamentar el voto.


El señor GIRARDI.- Señor Presidente, voy a intervenir después.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No puedo esperarlo, señor Senador, porque no hay otro orador inscrito.
El señor GIRARDI.- Bueno, no importa, intervendré ahora. Es el mismo tema.
Me quiero referir a la causal número 3), porque, por lo menos para mí, es la más relevante. Las otras dos son obvias.
Considero que nadie va a preferir sacrificar a una mujer, que tiene conciencia, una vida por delante, que posee una historia, por un feto, por algo que para muchos no constituye una persona.
La causal de inviabilidad fetal también resulta evidente. Nadie va a privilegiar algo que no tiene cerebro, que va a morir, por sobre el derecho a la vida de una persona humana, de una mujer.
Pero la tercera causal me hace más fuerza porque es donde evidentemente recae el concepto de víctima, de sufrimiento, de tortura, de crueldad, de abuso a la mujer, que es algo sistemático en la sociedad chilena.
A mí me parece que hay una actitud complaciente con dicha realidad, una actitud tolerante. Es más, hay una actitud que premia al violador.
Desde el punto de vista evolutivo, la historia de la vida se aprecia como la lucha por existir. Nosotros estamos acá hoy día porque algunos seres vivos han logrado transmitir sus genes a las descendencias futuras. En eso consiste la evolución.
Y acá, desde el punto de vista evolutivo, hay un premio al violador cuando se acepta que un delincuente, que un sicópata viole a una mujer, la violente, y, en cierta manera, se permite que esos genes pasen a la descendencia.
Lo que me parece más grave es que existe una complacencia con la tortura. Porque la violación es un acto de tortura para una mujer. Y encuentro dramático que a una víctima, que a una mujer que ha sufrido, que ha sido violentada, que ha sido torturada, a una mujer a quien le va a quedar una huella de dolor para toda la vida, que no solo tiene un coito forzado, sino además un embarazo forzado, se le prohíba hacer algo que es humano.
Y aquí hay un doble discurso. Si alguno de nosotros tuviera una hija de doce años y fuera violada por un delincuente, no estoy seguro de que la respuesta sería la misma que muchos dan. No estoy seguro de eso.
Comparto la mirada de la Senadora Lily Pérez en el sentido de que hay dos maneras de enfrentar el asunto: una, políticamente correcta, desde el punto de vista de los valores o de la audiencia que uno representa, y otra referida a la propia vida. Porque sería una situación muy compleja, por ejemplo, condenar a una niña de doce años a sacrificar su vida para siempre, porque destruirían esa existencia.
Por eso hablaba de que la muerte no solamente es la muerte física: hay una muerte sicológica, una muerte espiritual, una muerte afectiva. No me imagino cómo a una persona que ha sido violada, que presenta un embarazo forzado, que ha sido torturada y que producto de ello resulte con un hijo al que no quiere tener, algunos pretendan obligarla a criar a ese niño, sabiendo que, tal vez, cada vez que lo mire va a reproducir en su consciente y en su subconsciente la situación de violación, de tortura, de amedrentamiento.
Entonces, resulta inaudito que no sean suficientes el dolor, la tortura, la crueldad y que se quiera someter a una niña a otra tortura, a otra crueldad si decide interrumpir ese embarazo, a lo cual tiene derecho. Es más, las convenciones de derechos humanos están cuestionando a Chile. Pero las convenciones de verdad, no las que piensa cada uno de nosotros. Aquellas con historia, con legitimidad, las que pertenecen a las Naciones Unidas, organización que, como dice la asesora de varios Senadores que anda en ese bus naranja, es obra del Anticristo.
¡Esas instituciones nos han cuestionado!
Y yo les digo: la violación constituye un atentado profundo a los derechos humanos de esa persona.
Imagínense que a una mujer, por ejercer su dignidad, su derecho a ser persona, su derecho a sus emociones algunos acá la quieren condenar a la cárcel. Porque no es suficiente la tortura, parece. No es suficiente la crueldad que ha sufrido. ¡Más encima se merece la cárcel!
Y a eso yo me niego. Nunca...
Le pido 30 segundos adicionales, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Estamos cumpliendo estrictamente con el tiempo.
El señor GIRARDI.- Pero me quitó 30 segundos al inicio.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Le restituyo esos 30 segundos.
El señor LARRAÍN.- ¡No!
El señor COLOMA.- ¡Ha dicho lo mismo como seis veces!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No hay acuerdo.
Tiene la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, comparto con el Senador que me antecedió en el uso de la palabra que probablemente la que nos ocupa sea la causal "más abusiva", "más torturadora", "más inaudita". Estoy utilizando las expresiones del Senador Girardi.
Yo lo comparto, pero estimo que el drama es para la víctima, que es el niño, quien no tiene ninguna responsabilidad.
¿Qué más torturador, qué más abusador que quitarle la vida a un niño sobre quien no recae ninguna responsabilidad? Y aquí estamos en presencia, como saben perfectamente bien, de un ser humano.
El señor ROSSI.- ¡Pero si no hay niño!
El señor QUINTANA.- ¡No hay niño!
El señor COLOMA.- Esa expresión marca la profunda diferencia valórica que existe en esta materia.
Aquí no estamos hablando de una persona con inviabilidad fetal, como se planteaba, ni de un riesgo para la vida de la madre. Estamos hablando del derecho que pasa a adquirir una sociedad para simplemente matar a alguien que es inocente.
Sí considero que no existe nada más duro para una mujer que ser violada. Y lo digo como padre, porque aquí estos temas no pertenecen exclusivamente al mundo de la mujer, sino también al mundo del hombre.
¿Por qué va a ser excluyente esto?
Como padre, sé lo dramático que es sentir que hay una hija violada. A uno se le remece el alma de solo imaginarlo.
Y, obviamente, la reacción primera es violenta contra el violador. A uno le nace decir "Aquí se cometió un acto ilegítimo, ilegal, tremendo, abusivo". Pero ¿de quién es el acto?, ¿dónde responde la sociedad?, ¿dónde se halla la víctima? La víctima es la mujer, obviamente, pero donde está la esencia es en la persona que ha sido engendrada de esa manera.
Y aquí es donde uno debe tener una concepción valórica.
Quiero leerles lo que establece la Corte Suprema, para que no piensen que lo digo yo: "la causal de aborto propuesta fácilmente puede prestarse para abusos, sin perjuicio de la impunidad que provocará eliminar la obligación legal de denuncia".
Insisto: no lo digo yo, sino la Corte Suprema.
Entonces, tan mal no estoy al reflexionar respecto del verdadero sentido de la causal aquí invocada.
Y tiene razón el Senador que me antecedió en el uso de la palabra: aquí se halla la esencia de la diferencia entre quienes están por el derecho a la vida, como lo entiende uno, y quienes lo relativizan.
Entonces, creo que -y tienen razón quienes lo plantearon así- aquí está quizá la madre de las batallas en el sentido valórico. Por lo mismo, uno debe optar, tomar una decisión y no simplemente soslayar sus efectos.
De alguna manera, aquí se está generando una causal que no tiene existencia en nuestro Derecho. Porque alguien me puede decir que otras causales podían dibujarse. Esto es completamente nuevo, distinto. Es la causal que, según la información que tengo, en los Estados Unidos se invoca en el 64 por ciento de los casos de aborto, que se argumentan bajo esta lógica.
Por lo tanto, señor Presidente, es la hora de actuar por convicciones. Cada uno de nosotros las tendrá. Yo no puedo imponer a otros que piensen algo distinto. Pero sí les puedo decir que, así como la violación es el peor delito que puede sufrir una mujer, luego del homicidio, el aborto es un acto injusto contra un niño inocente.
Eso es lo que, finalmente, se está debatiendo y votando.
Por tanto, me gustaría de verdad que en el Senado reflexionáramos y entendiéramos que este es el peor de los pasos que podemos dar dentro de una sociedad de derechos y de respeto.
Así lo siento. Es lo que me nace plantear, sin otra coacción que la fuerza de los argumentos, que es lo único que se tiene ante esto.
Pero, sin duda, estamos ante un tema decisivo -no es una cuestión relativa-, que envuelve la concepción total respecto de lo que uno entiende por la vida.
Por eso, voto a favor de la indicación y en contra de la causal.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Rossi.


El señor ROSSI.- Señor Presidente, la verdad es que esta causal es, quizá, la de mayor sentido común.
En primer término, porque cuando hablamos de violación nos estamos refiriendo a un acto profundamente violento -como se ha dicho-, que implica forzar una relación contra la voluntad de la mujer. Efectivamente, eso constituye una de las formas de violencia más tremenda.
Por lo tanto, tenemos a una mujer víctima. Como decía el Senador Quinteros, una gran cantidad de estas víctimas son niñas menores de 18 años, e incluso, menores de 14 años, quienes son violadas en la inmensa mayoría de los casos por familiares o personas cercanas a la familia.
¿Qué significa para la víctima de un crimen tan terrible como la violación que el Estado le imponga la carga de seguir adelante con el embarazo, contra su voluntad?
Significa que se genera un proceso de revictimización. El Estado, en vez de asumir una conducta reparatoria del daño que ha sufrido una mujer, le impone una nueva carga: la obligación de seguir con un embarazo producto de una violación, obligación que, a mi juicio, constituye realmente una forma de tortura moderna.
Por lo tanto, tenemos a una mujer víctima y a un Estado que la revictimiza. Eso es lo que les ofrecemos a nuestras mujeres, especialmente a aquellas que han sufrido una violación, al momento de votar en contra de la tercera causal.
Por otro lado, también se ha dicho que en la causal en examen existe una incongruencia, que es inconsistente y ambiguo establecer plazos para interrumpir el embarazo: doce semanas; o catorce semanas, en el caso de la menor de 14 años.
Claramente, respecto de esta última, el plazo de catorce semanas es insuficiente, por razones bastante obvias. Muchas veces hay coacción y temor, porque si el violador es un miembro de la familia o un cercano, indudablemente que existen presiones para que no se presenten denuncias. Y también es cierto que una niñita tarda más en percibir la presencia de un embarazo.
Yo era partidario, en ese caso, de haber extendido el plazo, pero los plazos tienen que ver, primero, con convenciones. ¿Por qué el mayor de 18 años puede manejar un vehículo? ¿Por qué establecimos la responsabilidad penal juvenil entre 14 y 18 años, y que el menor de 14 es inimputable? ¿Por qué decimos que bajo los 14 años es violación cuando hay una relación sexual con alguien, y sobre los 14 años no, y que podría ser estupro, en fin? ¡Son convenciones!
Entonces, la norma supone que evidentemente hay menos riesgo en interrumpir un embarazo a menor edad gestacional, y que, a medida que transcurre el embarazo, el producto de la fecundación tiene, a mi juicio, mayores niveles de protección, por las mismas razones que explicaba anteriormente, desde el punto de vista de la ponderación y de la jerarquización del valor de la vida humana, el cual, como bien decía el Senador Harboe, es relativo, y así lo establece la propia Constitución.
Porque, aquí se trata de asimilar cosas, incluso de manera caricaturesca, cuando se dice: "Se habla del niño". ¡La mórula es mórula! ¡El feto es feto! Eso no significa que yo esté menoscabando la dignidad intrínseca que ello pueda tener. Un niño es un niño; un adulto joven es un adulto joven. ¡No les cambiemos el nombre a las cosas para sacar provecho político comunicacional en nuestras intervenciones!
¿Y por qué me refiero a la Constitución? Porque ella expresamente establece ese distingo entre "el que está por nacer" y la persona humana.
Quiero señalar también que la mejor manera de proteger la vida prenatal no es la penalización del aborto en un ciento por ciento. Y así ha quedado demostrado en muchas legislaciones comparadas que tienen establecida la misma protección respecto de la vida prenatal en la Constitución. Pero el legislador legisla y no penaliza todas las interrupciones del embarazo.
Finalmente, el Senador Espina -por su intermedio, señor Presidente- preguntaba: ¿cómo el equipo médico podrá determinar si hay una violación? ¿Y quién hace el examen ginecológico? ¿El abogado o una matrona o un obstetra?
Por lo tanto, creo que esta es una causal que debiésemos votar a favor, porque el Estado no puede imponer una carga tan tremenda a una mujer que ha sufrido tanto.
Voto en contra de la indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, en esta oportunidad quiero hacerme cargo de dos argumentos que se han dado, con el propósito de persuadir a los colegas.
En primer lugar, hay una indicación que vamos a apoyar -su autor es el Senador Zaldívar- y que dice, textualmente: "En el caso de que el aborto fuere motivado por ser el embarazo producto de una violación, el tribunal atenuará libremente la pena" -¡libremente!- "respecto de la mujer que lo hubiere practicado o consentido, siempre que se hubiere iniciado el procedimiento para el castigo de la violación".
Esto tiene por objeto incentivar la denuncia contra el violador. Porque me imagino que aquellos que hoy día señalan con mucha fuerza y argumentos que son partidarios de esta causal ¡querrán que el violador vaya preso! ¡Tendremos consenso en eso!
Bueno, quiero decirles que la indicación del Senador Zaldívar establece que queda a la libertad del juez la atenuación libre de la pena respecto de una mujer violada que se practique un aborto, con lo cual puede que, en la práctica, no tenga pena alguna.
En segundo lugar, quiero señalar que el Senador Harboe, mi estimado amigo, con quien hemos dado tantas batallas, está profundamente equivocado. En esto tenemos una diferencia y voy a explicar por qué.
Yo quiero denunciar aquí, responsablemente, que la forma en que está redactada la norma conduce a la impunidad del violador. ¡A la impunidad del violador! Y, de aprobarse, y si se produce el hecho, voy a decirles en el Senado que ustedes contribuyeron con una norma mal dictada.
Ello puede corregirse.
Podemos tener diferencias en si la violación debe ser motivo de un aborto o no. Pero les pido a los abogados o a quienes entienden el tema que, por favor, comprendamos la línea argumental de por qué la causal produce la impunidad.
¡Escuchemos el argumento!
¿Qué dice la legislación actual? Dice que cuando se trata de una mujer mayor de 18 años la violación constituye un delito de acción mixta: se inicia solo si la mujer denuncia ¡Solo si denuncia!
Ahora, si se trata de una menor de 18 años, hay acción pública y el procedimiento se inicia de oficio. Cualquiera que conozca el hecho lo puede denunciar.
En ambos casos, actualmente la mujer está obligada a declarar. ¡Siempre! ¡No hay excepción!
Hoy día estamos estudiando una iniciativa que incorpora la llamada "declaración videograbada", como una medida de resguardo que se limita a los menores de edad. Pero actualmente tienen que declarar.
Con la redacción del proyecto de ley que nos ocupa, todos los casos de violación pasan a ser delitos de acción pública. La mayor de 18 años, quiera o no denunciar, será objeto de dicha acción cuando pida el aborto por esta causal, pues el director del hospital estará obligado a mandarle los datos al fiscal. Y este los va a recibir.
Pero la mujer no está obligada a declarar. Lo lógico sería que lo hiciera, tomándose todas las precauciones, providencias y medidas para que su declaración fuera tomada en secreto, en reserva, de tal manera que cuando denuncie al violador este no sepa que fue ella quien lo denunció.
Eso habría sido lo correcto: proteger a la mujer que declara. El fiscal va, se constituye especialmente en un lugar y le da todas las medidas de protección para que ella realmente pueda denunciar a su violador.
Pero, como no se establece que denuncie y estamos en presencia de un violador habitual, que es el caso mayoritario -el pariente, el cercano-, ¿creen ustedes que una mujer va a denunciar a su violador cuando, después de abortar, deba llegar a vivir a su misma casa?
¿Saben lo que va a hacer? No va a decir nada. ¡Nada! Y va a regresar a la casa del violador, donde volverá a ser violada.
La señora PÉREZ (doña Lily).- ¿Y cómo es ahora?
El señor ESPINA.- Es malo el sistema -no tengo dudas-, pero ahora estamos empeorándolo.
Hoy, si la mujer es mayor de 18 años, tiene que declarar. Y entonces existe la posibilidad, mediante dicha declaración, de que pueda investigarse y pillarse al violador.
La indicación del Senador Zaldívar resuelve muy bien este problema, porque dice que la mujer queda sin pena, en la práctica, si denuncia al abusador. El incentivo está bien puesto.
Por estas consideraciones, señor Presidente, voto en contra del texto propuesto, porque implica, en gran medida, impunidad para el violador, pero respaldo la indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Patricio Walker.


El señor WALKER (don Patricio).- Señor Presidente, debo confesar que este es el tema del proyecto que me produce más sentimientos encontrados.
En verdad, todos hemos señalado que no es humano, no es compasivo, llevar a la cárcel a una mujer que ha sido violada. Comparto ese juicio cien por ciento.
Por lo mismo, apoyo la indicación del Senador Andrés Zaldívar, en la que se establece que los jueces podrán atenuar libremente la pena. Ello significa, en la práctica, que no habrá cárcel efectiva para la mujer que aborte en caso de violación. No tengo ninguna duda de que hay que apoyarla.
Desconocemos si son 400 o 620 las mujeres en esta situación. Como dice la doctora Huneeus, aun si fuera un caso, el drama es horroroso.
Me ha tocado trabajar con varios de ustedes en el tema de los delitos sexuales contra menores. La verdad es que los testimonios que a uno le llegan hacen que uno quede -y a todos nos pasa- con una sensibilidad muy fuerte en este ámbito.
No tengo la convicción que plantea el proyecto cuando dice que "un equipo de salud, especialmente conformado para estos efectos, confirmará la concurrencia de los hechos que lo constituyen y la edad gestacional". Me cuesta creer que ese equipo médico pueda determinar si efectivamente hubo violación, sobre todo si ha pasado cierto tiempo desde ocurrido el hecho y no hay vestigios de daños físicos. ¡Creo que es muy difícil!
El problema es que uno tiene sentimientos encontrados en esta materia, porque la violación es horrorosa y crea traumas tremendos.
Si de verdad -y esto no es beatería ni un tema religioso; he citado al respecto a mucha gente de Izquierda: a Tabaré Vázquez, como cinco veces; al ex Presidente de Ecuador Rafael Correa; a Norberto Bobbio, en fin- creemos que hay vida desde el momento de la fecundación y sabemos que el agresor no es esa vida que está por nacer, es muy complicado decir: "Autoricemos el aborto como camino de solución".
¡El agresor sexual es el violador, no el feto!
Hay dos víctimas: la vida que está por nacer, y la mamá, que sufre una situación horrorosa.
Cabe preguntarse: ¿es la solución el aborto?
Algunos dicen: "Dejémosle a la mujer la decisión". Yo digo: "Es complicado cuando está en juego la vida de un tercero". Decidir sobre su cuerpo, sí; cuando se trata de la vida de un tercero, es complicado.
Señor Presidente, me alegro de que hayamos aprobado el tema del acompañamiento. Ello es muy importante en la tercera causal. Hay varias experiencias de hogares que reciben a mujeres, sobre todo a menores de edad, violadas. Es increíble cómo ellas, al sentirse finalmente apoyadas -y ustedes ya lo han dicho- optan por tener a sus guaguas.
La solución no es la cárcel.
Pocas de esas mujeres dan en adopción a sus hijos. Muchas siguen con su embarazo pensando en entregar al niño en adopción, pero, cuando ven nacer a su bebé, quieren quedarse con él. Les cambia la perspectiva cuando ven a su hijo recién nacido.
Un mal no se puede arreglar con otro mal. De ahí la importancia de la adopción y el acompañamiento. Pero no podemos disponer de la vida de un tercero.
La mujer embarazada producto de una violación por supuesto que está en una situación muy delicada, muy horrorosa. Pero el feto, la vida que está por nacer, también es débil y, además -no sigo un criterio utilitarista, pero usaré uno de los conceptos argumentados acá-, es viable, puede nacer.
¡Por eso es tan complejo este asunto!
Estamos hablando de alguien y no de algo.
¿Qué dice Tony Mifsud? "No se tienen derechos sobre la vida humana, sino derechos a partir del respeto a la vida humana". Y que "la responsabilidad humana frente a la vida (...) es" -puede sonar complicado el término que él usa, pero hay que ir al fondo- "la de administración y no de propietario".
Se me acabó el tiempo, señor Presidente, así que dejo hasta aquí mi intervención.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.
Le pido al Senador Girardi que presida, pues yo voy a intervenir luego.


El señor LARRAÍN.- Aprovecharé que está presidiendo el Senador Girardi para pasarle una cuenta, a propósito de un comentario que él hizo, que en cierto sentido comparto: que muchas veces la violación puede ser una verdadera tortura para una mujer.
La señora MUÑOZ.- ¡Siempre lo es!
El señor LARRAÍN.- Lo hago presente porque, cuando discutimos el proyecto sobre el delito de tortura, nosotros planteamos que tal delito lo cometían los agentes del Estado, pero también particulares.
Lamentablemente, el Senador Girardi no nos acompañó en esa oportunidad. Dijo que el delito de tortura -y votó en esa lógica- lo cometía solo un agente del Estado.
Se lo recuerdo, señor Senador, porque el sentido de nuestra propuesta entonces era el que indiqué: la existencia de situaciones muy brutales de tortura que no solo son cometidas por agentes del Estado o que actúan en su representación.
Pero la ideología a veces es más fuerte. Como se instaló el tema ideológico de que la tortura solo podía ser cometida por agentes del Estado, no pudimos abrir espacio al sentido común, como sí lo ha hecho hoy día usted, Senador Girardi.
Ahora, respecto del punto en análisis, señor Presidente, quiero complementar mi exposición anterior sobre una materia que ha surgido a propósito del presente debate.
Ya se ha mencionado que cuando una menor de 14 años ha tenido una relación sexual, aunque la haya consentido, la ley entiende que ha sido violada. En efecto, nuestro ordenamiento establece que la relación sexual de una menor de 14 años con su pololo (una niñita de 13 con un joven de 16 o 17), así exista consentimiento y quede embarazada o no, es violación.
Por lo tanto, vamos a estar expuestos a que esa relación, consentida, que no es violación en el sentido de agresión sexual aunque sí lo es para la ley, podrá ser objeto de un aborto.
Y la situación se agrava por un hecho muy delicado, como es que en ese caso se requerirá el consentimiento de la menor. Dice la norma: "Tratándose de una niña menor de 14 años, además de su voluntad, la interrupción del embarazo deberá contar con la autorización de su representante legal, o de uno de ellos, a elección de la niña".
Estamos frente a una materia extraordinariamente delicada desde otra perspectiva. Como hemos visto, es perfectamente posible que el violador sea el padre, quien, en tal hipótesis, por supuesto que no tendrá ninguna posibilidad de participar.
Ese es un caso, ni siquiera me atrevo a decir excepcional -no lo sé-, pero que obviamente queda fuera. Y así lo hemos planteado. Estamos dejando a uno de los padres fuera de la decisión respecto de su hija.
Al mismo tiempo, hemos instalado en el Derecho Civil, a propósito de la responsabilidad de los padres separados, el principio de la corresponsabilidad parental. Y lo hemos hecho pensando en el interés superior del niño.
Pues bien, quiero decirles que esta disposición, que complementa el delito de violación, ataca muy directamente dicho principio. Lo estamos rompiendo, porque la niña va a poder tomar la decisión de abortar con la autorización de solo uno de sus padres. Es más, si no se la pide al padre, puede recurrir al juez, quien será finalmente el que tome la decisión junto con la niña.
En mi opinión, estamos frente a un cuadro que agrava el tema de la violación, porque estamos dejando a los padres, que constitucionalmente tienen el derecho preferente en la educación de sus hijos, fuera de esta cuestión, y estamos rompiendo un principio que queremos incorporar en la legislación, cual es el de la corresponsabilidad parental.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.


El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, sin querer repetir las cosas que ya se han dicho, creo que este es uno de los temas más difíciles de resolver. Uno escucha argumentos en un sentido y en otro y, por supuesto, queda remecido interiormente para ver qué camino tomar.
Recuerdo que cuando discutimos la pena de muerte me pasó algo similar, a pesar de que estaba totalmente decidido por su derogación, pues soy un convencido de que nadie tiene derecho a quitarle la vida a otro, salvo que se justifique por la norma penal de la legítima defensa. En ese tiempo, el argumento que se nos dio y que remeció a la Sala fue el caso de una menor violada y asesinada. Sin embargo, el Senado, por la mayoría de sus miembros, derogó la pena capital.
Uno quedó con la sensación de cómo no haber podido sentenciar a muerte a un violador que asesinó a una menor.
Por lo tanto, el tema de la vida es algo fundamental. Y es lo que a mí me mueve, a pesar de todos los otros argumentos, que son brutalmente fuertes, como el de una menor violentada incluso por sus propios cercanos, violada reiteradamente, que recurre al aborto; o el de una mujer mayor que recurre al aborto después de una violación. Uno dice: "Bueno, ¿por dónde podemos encontrar una salida, una solución?".
Por mi parte, estoy convencido de que ninguno de nosotros tiene derecho a quitarle la vida a otro. En este caso, yo no tengo derecho a quitarle la vida a un niño que está en gestación por el hecho de que un violador abusó de una mujer, mayor o menor.
Y como también tengo el convencimiento de que esa mujer, menor o mayor, no debe ir a la cárcel, presenté una indicación para modificar el artículo 344 del Código Penal, con el objeto de darle al juez libertad para fijar su responsabilidad de acuerdo con las circunstancias. E incluso he planteado que en tal caso la acción prescriba en un año, en forma extraordinaria.
El señor WALKER (don Patricio).- Incluso para el médico.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Pero creo que me quedé corto. Debería haber pedido -en la discusión ya no lo puedo hacer- la aplicación de la causal eximente del artículo 10, número 9° del Código Penal, que dice que está exento de responsabilidad penal: "9° El que obra violentado por una fuerza irresistible o impulsado por un miedo insuperable".
El señor WALKER (don Patricio).- Se aplica, en la práctica.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- ¿Debiera ser aplicable?
¿Puede negarse aquí que esa menor o mayor de edad, o quien represente a la menor, ha obrado violentada por una fuerza irresistible o impulsada por un miedo insuperable?
A lo mejor ese podría haber sido un camino.
Pero, sinceramente -lo reitero-, para mí es muy difícil resolver. Sin embargo, no me ha quedado otra opción que no aceptar la causal de la violación para quitarle la vida a un ser que está por nacer.
Por eso, señor Presidente, acompaño esta indicación, pero, al mismo tiempo, espero que, si se aprueba, podamos abocarnos a la situación de la menor, la que por ningún motivo debe ser víctima de una pena, como tampoco la mayor, porque creo que ambas han actuado violentadas por una fuerza irresistible o impulsadas por un miedo insuperable.
Voto que sí.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Lagos.


El señor LAGOS.- Señor Presidente, creo que esta es una de las causales más complejas de abordar, aunque yo, ciertamente, la voy a apoyar.
El señor PROKURICA.- Es una indicación.
El señor LAGOS.- Me refiero a la causal número 3, porque yo voy a rechazar la indicación. Y de hecho ya voté en esa forma.
Lo que uno trata de conciliar acá es algo recomplejo, porque hoy nuestro ordenamiento jurídico sanciona penalmente el aborto. Y la pregunta es: ¿podemos despenalizar la interrupción del embarazo en el caso de una mujer adulta, joven o menor de edad, o menor de 14 años, que ha sido violada, respecto de aquella que lisa y llanamente quiere interrumpir su embarazo?
He escuchado muchas argumentaciones y disquisiciones sobre si va a haber impunidad o no para los violadores. Ese no es el tema. Hoy día, cuando mujeres violadas no denuncian el hecho, el violador sigue rampante y a nadie le preocupa. Sigue violando, y a nadie le preocupa. ¡No es tema!
¡Sí lo es cuando una mujer violada quiere interrumpir su embarazo porque quedó embarazada producto de la violación!
¡Ahí sí que es tema!
Pero, si la mujer no denuncia, esté o no embarazada, no pasa nada en Chile.
Y uno se pregunta: ¿será justo, será correcto, será sano exigirle a una mujer, niña o joven -no me quiero quedar solamente en el caso de la menor, que es brutal, porque en todos los casos lo es-, llevar a término ese embarazo?
Entre las disquisiciones que he escuchado acá hay una que postula no penalizar. O sea, si una mujer interrumpe su embarazo, seguirá siendo ilegal pero a ella no se le aplicará una pena.
También he oído que se quiere proponer una indicación para que sea la Justicia, la Corte Suprema, la que determine si se aplica o no se aplica la pena.
¡De qué estamos hablando! ¡Si el tema final es otro!
O sea, a una mujer violada que quiere terminar su embarazo producto de una violación, la sociedad chilena le va a decir: "Mire, si lo hace para callado y la pillan, no le vamos a hacer nada, pero el Estado no la ayudará en nada: no le pondrá sistema de salud, no le pondrá doctores, no le pondrá nada, porque usted tuvo la mala pata de que la violaron y la abusaron".
Si yo quisiera argumentar en contra de esta causal, tendría diversos argumentos desde el punto de vista jurídico.
Para comenzar, está lo relativo a la prueba. No digo que sea imposible, pero creo que puede ser algo complejo. Si una joven concurre a examinarse después de muchas semanas, me dicen que será posible determinar el hecho. No obstante, una niña que ha sido abusada sistemáticamente desde los 9 años, que no quedaba embarazada y no podía concebir porque no le llegaba la menstruación, a la cual después la siguen abusando y queda embarazada a los 12 años, pues le llegó la regla a los 11, es decir, esa niña que ha sido abusada durante años -y eso ocurre todos los días en Chile: en mi Región y en todas las regiones del país-, ¿va a tener síntomas de violación cuando la examinen? ¡No! No tendrá ninguno.
Entonces, si yo quisiera argumentar jurídicamente que esto está mal hecho, podría encontrar miles de razones. El tema es otro: como sociedad chilena, ¿queremos o no que una mujer que ha sido violada y que se encuentra embarazada esté obligada a llevar a cabo su embarazo?
Ahí es cuando siento que nosotros siempre andamos como atrasados en algunos aspectos.
Escuché decir a un Senador que esto no estaba sancionado jurídicamente en numerosos países, etcétera. Veámoslo: Canadá, entre otras regulaciones, violación e incesto; en Estados Unidos el aborto es legal -en muchos Estados se hace voluntariamente; con mayor razón si la persona fue violada-; en Puerto Rico también es legal; Colombia, violación e incesto; México, violación e incesto; Suecia, violación e incesto; Nueva Zelandia, al otro lado del mundo, hemisferio sur y países emergentes, violación e incesto; cruzando el Estrecho, Australia, violación e incesto; España, la madre patria, violación e incesto; Italia, violación e incesto.
¿Sabe lo que es eso? A mi juicio, un mínimo civilizatorio para darle la oportunidad a la persona de definir si quiere o no ser madre o llevar adelante la maternidad.
Para terminar, un dato solamente de pasada: paremos de hablar de la mujer embarazada como madre y del nonato o del que está por nacer como niño o niña, porque la Constitución y la ley son superclaras a ese respecto.
Rechazo la indicación y votaré favorablemente la causal.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, solo deseo plantear en cuanto a esta causal que la indicación que estamos votando para suprimir la norma lo que hace en la práctica -o lo que haría, para que lo entendamos muy en fácil- es que se siga persiguiendo penalmente a las mujeres que han sido violadas y que pretenden interrumpir su embarazo.
Eso se busca con la supresión y no otra cosa. Nada más que eso. Es decir, que se aplique el Derecho Penal a la mujer violada cuando va a interrumpir su embarazo.
Y, tal como lo aclaraba de manera brillante el Senador Lagos, cuando se argumenta hoy día que aquí podría haber impunidad pues en este nuevo sistema a la mujer no se le exige declarar, debo expresar que tengo dudas respecto de los fundamentos que se esgrimen. Porque se discute acerca de la impunidad a propósito del aborto, pero no he escuchado nunca al Senador que lo dijo ni a otros colegas plantear la impunidad que hoy día establece la ley, por cuanto no solo no contiene la obligación de declarar, ni siquiera está la de denunciar. Esto quiere decir que el Ministerio Público no se puede enterar del delito.
Eso sucede en la actualidad y nadie lo ha manifestado. Pero ahora se plantea la impunidad solo a propósito del aborto. ¿Por qué? Porque, en definitiva, la argumentación de fondo apunta a un tema de creencia, de credo, de imposición de una visión.
Ese es el tema de fondo. Si no fuese así, habríamos escuchado en vastos debates la preocupación que existe en materia de impunidad.
En este sistema nuevo los jefes de establecimientos hospitalarios o de clínicas particulares deberán poner en conocimiento del Ministerio Público el delito, con la finalidad de que investigue, cosa que hoy día no ocurre. Es decir, es un hecho nuevo y significa que habrá menos impunidad pues vamos a invocar al Ministerio Público; lo obligaremos a llevar a cabo esa tarea.
Si bien es cierto que en este caso la comparecencia de la víctima a los actos del procedimiento será siempre voluntaria y no se podrá decretar o requerir en su contra las medidas de apremio, esto no impide en absolutamente nada, ¡nada!, el uso de la facultad de investigación del Ministerio Público, el cual contará con todos los otros elementos de prueba para poder comprobar la hipótesis fáctica que justifica la causal; por ejemplo, el levantamiento de antecedentes biológicos y periciales producto de la interrupción del embarazo.
Por lo demás, esto importa un cambio radical de nuestra normativa vigente, que reconoce en la violación un delito de acción, previa instancia particular; o sea, hoy no se investiga sin la denuncia de la víctima si es mayor de edad. En estos casos, ahora siempre se investigará. ¡Siempre!
En consecuencia, habrá menos impunidad que la que hoy día existe.
Eso demuestra, por ejemplo, que de las 23 mil denuncias por abusos sexuales, solo el 9,66 por ciento llega a condena.
Y respecto de su indicación, señor Presidente, que no es materia de esta votación, pero ha sido citada regularmente, solo quiero señalar que busca más bien consignar una causal de exculpación. Sin embargo, hay que tener mucho cuidado, porque si bien usted plantea la disminución de la pena -alguien incluso sugirió aquí que no hubiese pena, que el artículo 10, número 9°, podría haber sido una alternativa-, lo que subsiste con esa visión es el delito.
La señora ALLENDE.- El delito. Exacto.
El señor HARBOE.- Por lo tanto, lo que va a ocurrir es que la interrupción del embarazo de una mujer violada será un delito y en sus antecedentes penales aparecerá que fue condenada por el delito de aborto. El punto es que no tendrá pena, pero va a ser condenada. Y lo que es peor: al ser un delito se imposibilita inmediatamente cualquier financiamiento público, política de acompañamiento, incluso la posibilidad de establecer un sistema de salud para aquella mujer que fue violada e interrumpió su embarazo. Porque, al tratarse de un delito, no puede haber inversión pública, dado que la interrupción del embarazo va a ser considerada un delito.
En definitiva, señor Presidente, pienso que esa indicación, la cual discutiremos más adelante, a mi juicio no es adecuada por cuanto hace que subsista el delito. Y lo que estamos discutiendo acá es una cosa distinta, es decir, en el caso de la violación, si una mujer decide interrumpir su embarazo, eso no debe ser considerado un delito, ya que se trata de una situación límite y no puede exigirse a alguien perseverar en un embarazo que es producto del más grave atentado a su libertad sexual y a su dignidad como mujer.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.


El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, en esta votación se está argumentando sobre el rechazo de una indicación que, creo yo, pretende licuar, minimizar una causal que, desde mi punto de vista -y lo digo con respeto a las opiniones que he escuchado-, es de las situaciones más aberrantes y más violentas que pueden existir en nuestra sociedad.
Es bueno que hoy día podamos tener registro de filmación, y la argumentación de eso quedará en las correspondientes actas. Seguramente, en diez o veinte años más se verán aquellos argumentos, y ojalá nadie se arrepienta de lo que hoy día votó, ni nadie, cuando sea enfrentado a una madre que llegue con su hija violada a un establecimiento, producto principalmente del accionar de un familiar cercano -como ocurre en muchos casos-, o ante el dolor de una mujer que acude ahí por violación, tenga que explicar la decisión que adoptó.
Quizás muchos tendrán que decirle a esa persona: "¿Sabe? Nosotros no estábamos de acuerdo con que existiera esta causal. Usted debe tener a esa criatura; además, no cuenta con un servicio de salud que pueda atenderla".
Ojalá no tengamos un objetor de conciencia, que es algo que vamos a ver posteriormente; que él no esté en el lugar cuando llegue una mujer con su hija violada; ni que exista un médico o un equipo de médicos que diga: "¿Sabe? Nosotros somos objetores de conciencia y no vamos a atenderla; debe acudir a otro establecimiento o tiene que procurar otra forma de asistencia".
Estimo que hay una falacia enorme en la argumentación -y lo digo con gran respeto por quienes han tratado de construir algo a propósito de esta causal- al señalar que se está generando la impunidad del violador. Pero, ¡por favor!, si una mujer violada debe tener la posibilidad de recurrir a esa acción y el derecho consagrarlo así para que pueda interrumpir ese embarazo.
¿Por qué una mujer violentada es doblemente victimizada obligándola a mantener ese embarazo y llegar a su término?
¡Es su decisión! ¡Es ella la que sufrió el delito! ¡No podemos condenarla ni someterla a la obligación de permanecer en esa situación!
¿Con qué cara vamos a mirar a una mujer violada? Porque esta legislación es para mujeres concretas, para mujeres que han sufrido esa agresión. ¿Vamos a decirle "Usted va a tener acompañamiento, pero tiene que sostener esta situación"?
Me parece realmente inadmisible que en pleno siglo XXI, año 2017, exista una parte de nuestra sociedad, un sector de nuestro Parlamento, que se niegue a reconocer el derecho de una mujer en estas circunstancias y que, sobre la base de sus creencias valóricas respecto del origen de la vida o la concepción, pretenda imponerle una situación de esas características a una mujer.
¡Yo no tendría cara!
Yo no tendría cara para decirle a una mujer en esas circunstancias, desde el cargo parlamentario para el cual me eligieron, que debe soportar ese dolor luego de la violación.
Me parece realmente increíble.
Se ha tratado de argumentar que producto de esa situación se posibilitará la impunidad del violador.
¡Por favor! ¡Si igual se van a hacer las denuncias y obviamente la mujer tiene el derecho a no concurrir, a no declarar!
¡Por favor! ¡Si eso es respetar el derecho de la mujer!
¿Por qué, además de ser violada, va a tener que ir al Ministerio Público a ratificar y a contar nuevamente su situación?
¡Es su identidad! ¡Es su intimidad la que ha sido violentada!
Y para eso existe el Ministerio Público, el cual dispone de otros medios de prueba para avanzar e identificar al agresor: hay pruebas de ADN, test biológicos, testigos y una serie de antecedentes que tendrán que investigarse para poder identificarlo.
Insisto: nos estamos poniendo ante la situación de condenar a mujeres violadas, a mujeres agredidas sexualmente y las estamos obligando a que sobrelleven durante nueve meses la gestación y luego den a luz a esa criatura.
¡Me parece tremendamente mezquino!
¡Me parece tremendamente humillante para miles de mujeres!
Yo al menos no estoy disponible ni como ciudadano ni como Senador a avalar este tipo de situaciones.
Por eso, voto en contra de la indicación y apoyaré absolutamente la causal en comento para que Chile sea un poco más justo, un poco más comprensivo con las mujeres.
Voto en contra.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Araya.


El señor ARAYA.- Señor Presidente, no pensaba intervenir en esta parte del debate y esperaba hacer mis alcances cuando se discutiera el artículo 119 bis que regula efectivamente las causales.
Sin embargo, como algunos señores Senadores han hecho algunas afirmaciones que es necesario despejar, consideré oportuno intervenir.
Lo primero que quiero puntualizar es que hemos compartido largas discusiones en esta materia con mi querido amigo el Senador Alberto Espina, pero creo que en esta ocasión parte de un supuesto errado.
Su Señoría tiene razón cuando dice que se alteran las reglas en materia procesal penal en lo que respecta a la persecución del delito de violación, porque lo que va a ocurrir es que cuando una mujer solicite un aborto, producto de una violación, la obligación de denunciar se traspasará al director del servicio médico respectivo. Dicha autoridad estará obligada a hacer la denuncia, aun cuando la mujer no quiera, lo cual atenta contra el principio que hoy día consagra la legislación procesal penal, pues siempre es voluntad de la mujer denunciar o no los delitos sexuales.
La segunda modificación se refiere a lo siguiente.
La mujer que fue víctima de violación no está obligada a comparecer a los actos del proceso. Es decir, ella voluntariamente podrá concurrir a declarar a la Fiscalía o, si se llega a juicio, al tribunal de garantía o al de juicio oral en lo penal, según corresponda.
Sostener que por el hecho de que la mujer no declare se dará lugar a la impunidad me parece un error profundo. Eso significa partir de la base de que nuestro sistema procesal penal se sustenta, para conseguir las condenas, solamente en las declaraciones de las víctimas.
Eso no es así.
El sistema procesal penal les entrega a los fiscales las herramientas para llevar adelante las investigaciones penales sobre la base de los distintos métodos que puedan utilizar.
Sobre el particular, hay un tema que no puedo pasar por alto y que fue motivo de discusión en la Comisión de Constitución.
Frente a una mujer que es víctima de violación se mantiene vigente la obligación que les impone el artículo 198 del Código Procesal Penal a los centros asistenciales, sean públicos o privados, cuando toman conocimiento de la existencia de un delito sexual y, en este caso, de una violación.
Dicha norma dispone que los centros asistenciales deben recoger todos los medios de pruebas que puedan constar o que les sea posible obtener en ese instante, por ejemplo, muestras de ADN, el mismo testimonio de la víctima, entre otros.
Eso se mantiene y es parte de la prueba que puede utilizar el Ministerio Público en la investigación penal.
Como consecuencia de ello, quedó a resguardo y claramente establecido en la discusión de la Comisión de Constitución que las imposiciones para los centros de salud se mantienen, y el Ministerio Público va a contar con otras herramientas de investigación.
Termino, señor Presidente, en honor al tiempo, manifestando lo siguiente.
Si siguiéramos la lógica que han planteado algunos colegas en el sentido de que el único medio de prueba para esclarecer un delito es el testimonio de la víctima, caeríamos en el siguiente absurdo.
Existe un delito en el cual la víctima jamás podrá declarar: el homicidio.
En el caso de este ilícito, el Ministerio Público tiene que reconstruir, sin el testimonio de la víctima, cómo se cometió el delito, quiénes fueron los partícipes. Y, si uno mira los datos, en Chile la tasa de esclarecimiento de homicidios es bastante alta.
Por esa razón -vuelvo a insistir-, aun cuando la mujer no declare en el procedimiento, no se le coartan al Ministerio Público otras formas o métodos de investigación que pueda utilizar. Podrá recurrir al testimonio de testigos -por ejemplo, familiares de la víctima- que deseen ir a declarar.
Cabe tener presente que el artículo 198 del Código Procesal Penal obliga a los centros asistenciales a levantar las pruebas, por ejemplo, las biológicas.
En razón de lo anterior, el temor que se está tratando de instalar en cuanto a que esta causal aumentaría la impunidad no es sustentable. Por el contrario, creo que vamos a tener una mayor tasa de denuncias de delitos de violación, toda vez que siempre el director del hospital estará sujeto a la obligación de denunciar.
En definitiva, opino que el temor de algunos señores Senadores en el sentido de que la fórmula propuesta aumentará la impunidad carece de fundamento.
Vuelvo a insistir: nuestro sistema procesal penal no se sustenta, como único método de investigación, en la declaración de las víctimas. Sin duda, es un instrumento muy importante que ayuda a esclarecer en forma más rápida los delitos, pero no es el único.
Dicho eso, señor Presidente, reitero que voy a rechazar la indicación y a aprobar la causal.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.


La señora VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente, la verdad es que yo, tal como lo dije en mi primera intervención, considero que esta causal es extremadamente discriminadora, toda vez que estamos hablando de interrumpir el embarazo en el caso de un ser humano sano.
A diferencia de la segunda causal, en que el feto está enfermo, en la que nos ocupa el feto está sano.
Y la razón para abortarlo es que su concepción se originó en condiciones de violencia, que son absolutamente indeseadas y que pueden ser terribles. Evidentemente, una violación es una situación dramática en cualquier circunstancia.
Sin embargo, eso no obsta a que se considere que el ser humano que se halla en el útero está sano.
Tal como se ha explicado a lo largo de esta discusión, el ser que se encuentra dentro del útero es un ser humano vivo que, como tal, tiene derecho a la vida. Y la razón por la cual nosotros le estamos negando ese derecho es que su padre, su progenitor, el que lo engendró, es un delincuente.
¡Esa es la razón!
Hacemos una unidad indivisible entre el culpable del delito y un ser humano que no tiene culpa alguna de haber sido engendrado en esas condiciones.
Por eso nosotros creemos que esta causal es absolutamente inconstitucional, pues atenta contra la vida de un ser humano que está por nacer y que, además, es completamente sano.
Ese es el primer punto.
En segundo lugar, tal como lo mencioné de alguna manera en mi intervención anterior, se marca una división arbitraria a las doce semanas de gestación cuando se trata de una menor de 14 años.
La pregunta que uno tiene que hacerse es ¿qué sucede en la evolución de ese feto a las doce semanas que permite que en un caso pueda tener derecho a vivir y en otro no? ¿Cuál es el deathline? ¿Cuál es la característica que hace que a uno se le permita vivir y al otro se le niegue ese derecho?
Y como no hay nada -¡absolutamente nada!- que haga esa diferencia -porque la evolución humana es un continuo- en un feto a las once semanas y seis días o a las doce semanas y dos días, lo que se genera acá es un concepto en el sentido de que los seres humanos que no han nacido no son sujetos de derecho.
Esa es la definición de fondo.
Nosotros creemos que sí, que el ser humano siempre es sujeto de derechos -¡siempre!- y que los derechos son inherentes a él.
Pensamos, por lo tanto, que esa división es absolutamente arbitraria.
En tercer lugar, tal como lo señalamos, las relaciones sexuales consentidas tratándose de menores de 14 años, desde un punto de vista legal -en esta Sala estamos llenos de abogados- serían una violación. Por ejemplo, una relación sexual consentida de una menor de 13 años con su pololo de 16. Entonces, esa menor podría acceder al aborto sin que haya sufrido una agresión sexual, pues se trata de un acto consentido.
Por consiguiente, a través de esta causal, tal como se halla redactada, estamos permitiendo el aborto libre en menores de 14 años. Ello, porque no tienen la obligación de fundamentar ninguna causal debido a que en nuestro ordenamiento jurídico las relaciones sexuales tratándose de menores de 14 años siempre se caratulan de esa manera.
Señor Presidente, voy a votar a favor de esta indicación. Y si se aprueba la causal número 3) planteada por el Ejecutivo, desde ya hago reserva de constitucionalidad respecto de ella, pues creo que atenta contra el derecho de los niños a nacer.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, quisiera plantear dos cuestiones con relación a la causal que nos ocupa.
La primera es que, tal como en las otras causales, al final volvemos sobre la misma diferencia. Porque algunos creen -y así lo plantean- que el que está por nacer -expresión que usa la Constitución- no es un ser humano, y por lo tanto, no tiene derecho a la vida.
Por intermedio de la Mesa, le quiero decir al Senador Lagos, quien en este momento sí defendió la manera como este asunto se halla planteado en la Carta Fundamental, que para mí sí es un niño.
Ello lo voy a mencionar todas las veces que use de la palabra. Porque tengo derecho a decir que es un niño el que está por nacer, aunque esto no se consigne de esa manera en la Constitución que Su Señoría siempre ha señalado que no se encuentra bien planteada, pero que en este caso dice lo contrario.
Es un niño, un ser humano.
Entonces, nosotros consideramos que a ese niño es al que le estamos quitando la vida.
Sé que es difícil en este caso no ver el dolor de la mujer violada, que se halla en una situación terrible y dramática.
Ese es su dolor.
Y es muy difícil argumentar a favor de la vida del niño que no vemos, cuyo dolor no apreciamos y cuya voz no escuchamos. Es difícil defender esa vida, pues no la vemos, ni tampoco su dolor.
Por eso, resulta difícil argumentar en esta causal.
Desde nuestro punto de vista, aquí nuevamente están los dos derechos sobre la mesa: el de la madre y el de su hijo, de una mujer y un niño concretos, ambos existentes y con derecho a la vida.
Señor Presidente, uno podría haber argumentado que las otras causales estaban en el borde en cuanto a ser consideradas o no como aborto.
Esta causal definitivamente se relaciona con quitarle la vida a un ser sano que está por nacer.
Y es aquí donde yo intento comprender a aquellos Senadores que han planteado estar en contra del aborto, pero en este caso no.
Me cuesta entender eso. Porque uno o está en contra de quitarle la vida a un niño que está por nacer o no lo está; o uno considera que es un ser humano o no lo estima así.
Ambas visiones son distintas, pero respetables.
Sin embargo, creer que en un caso sí se puede quitar la vida de un ser humano (cuando uno estima que lo es) y en otro no, me parece incoherente.
Porque racionalmente puedo entender que aquellos que consideran que el niño que está por nacer no es un ser humano, que no tiene esa dignidad, estimen que se puede quitar esa vida o abortar.
Pero me cuesta comprender que quienes creen que el niño que está por nacer es un ser humano, que tiene tal dignidad, aprueben esta causal. Porque ahí sí me parece que existe una muy profunda incoherencia.
He dicho.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Tuma.


El señor TUMA.- Señor Presidente, en verdad, a estas alturas es bien difícil creer que vamos a convencer a parlamentarios que piensan distinto en este tipo de temas.
Este debate ha sido bastante interesante, muy profundo. Sin embargo, comparto la necesidad de legislar en materia de despenalización.
Aquí estamos dando un paso bastante limitado, porque la preocupación que ronda en este proyecto de ley, que tiene cara de mujer, es resolver la dramática situación de los cerca de 2 mil 500 casos que suman las tres causales.
De acuerdo a las estimaciones que tenemos a la vista, en Chile se realizarían entre 30 mil y 100 mil abortos al año.
En estos dos días, en que hemos estado debatiendo sobre la materia, como mínimo se han efectuado 160 abortos.
Sus Señorías podrán calificar, de acuerdo a sus convicciones, si acá se trata de niños, de fetos o embriones, en fin. El punto estriba en que nada decimos del 90 o 99 por ciento de los casos de interrupción de embarazo que están ocurriendo día y noche en Chile.
Eso no está contenido en este proyecto.
En verdad, este es un paso bastante modesto, referido solo a tres causales.
¿Cuál es la diferencia entre una mujer que dice "yo fui violada" y espera a un niño (ciertamente, eso es dramático) y alguien que no quiere tener a su hijo?
Es igualmente un embarazo no deseado.
¿En qué se diferencia? ¡Ah! El asunto es que la violaron.
Entonces, señor Presidente, es bastante difusa a veces la línea divisoria para demostrar aquello en el caso de la violación.
Por qué no podemos avanzar en una política pública y que haya acompañamiento a las mujeres no solo en las causales 1, 2, 3, sino también en las causales 4, 5, 6, 7, al infinito. ¿Por qué la sociedad y el Estado se niegan a hacer un acompañamiento para convencerlas, para seducirlas a fin de que tengan al hijo?
No están disponibles.
Aquí hablamos en favor del hijo, del niño o del embrión, pero en definitiva nada hacemos. Ello no se considera en la ley, en el proyecto, en las políticas públicas. No hay instrumentos para hacer un acompañamiento.
Y hay que despenalizar.
Tenemos un problema con la penalización. En diez años se han registrado 149 condenas. Si estimamos que, por lo bajo, se producen 30 mil interrupciones de embarazo anualmente, en diez años llegamos a 300 mil. Y tenemos 149 condenas en ese lapso.
¡Qué hablamos de impunidad!
Si de lo que tenemos que hablar es de protección de la vida, de acompañamiento. Debemos enfocarnos en cómo hacemos para que el Estado, la sociedad, las organizaciones, las Iglesias puedan acompañar efectivamente a las mujeres que tienen un hijo no deseado, y para que no sigamos debatiendo aquí mientras afuera se están produciendo -y seguirán ocurriendo- interrupciones de embarazo.
El contenido mayor de este debate debería ser una reflexión muy profunda en cuanto a si de verdad con este proyecto estamos atendiendo a la inmensa mayoría de las mujeres que pueden estar viviendo el drama de la interrupción del embarazo. Y a ellas no las calificamos ni en la causal 1), ni en la 2), ni en la 3). No las atendemos.
Entonces, esta discusión no produce ningún impacto en la ciudadanía. Tiene un impacto en nosotros, en los ideólogos. Pero es muy limitado.
Yo quiero hacer un llamado de verdad al Congreso y al Ejecutivo al objeto de que nos preocupemos de la inmensa mayoría de las mujeres que vive el drama de la interrupción del embarazo y del grito del silencio de aquellos embriones o niños -como se les llame- que no tienen defensa.
Por todo lo señalado, creo que este es un paso bastante limitado.
Voto en contra de la indicación y me pronunciaré a favor de la tercera causal.
Sin embargo, considero que este es un proyecto de ley muy muy marginal, que no da cuenta de la realidad existente en nuestro país.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.


El señor PIZARRO.- Señor Presidente, lo primero que quiero reafirmar, como he dicho con anterioridad -algunos no lo han interpretado así-, es que efectivamente nosotros estamos en contra del aborto libre y que lo que estamos discutiendo es la interrupción del embarazo en tres causales de excepción: cuando esté en riesgo la vida de la madre; cuando haya inviabilidad total y absoluta del feto o embrión, y en caso de violación.
Eso es lo que está en debate acá. De manera que entrar en otro tipo de consideraciones o tratar de tergiversar lo que uno afirma -y reafirmo ahora- no me parece adecuado.
La indicación mantiene las cosas como están, porque suprime la tercera causal. Y en mi concepto ese es el peor de todos los mundos, porque es lo que tenemos hasta ahora. Conservar lo que existe en la actualidad es hacernos los lesos, es no enfrentar un problema que, como señalé antes, se está discutiendo en tres dimensiones: el plano del embrión, el de la mujer y el de la penalidad.
En cuanto al aspecto penal y la impunidad, la intervención del Senador Araya me evita todo comentario.
Señor Presidente, lo que estamos debatiendo aquí es si bajo ciertas condiciones una mujer violada puede tomar la decisión de interrumpir el embarazo.
Alguien decía que había que humanizar esta discusión, en el sentido de ver las cosas como suceden en la realidad, más allá de lo que uno pueda pensar acerca del deber ser.
¿Y cuál es la realidad hoy día? ¿Quiénes sufren el desamparo mayor? ¿Quién es la más afectada o el más afectado, el embrión en el vientre de una mujer violentada o la mujer violentada?
A mí me ha llamado sobremanera la atención la forma como algunas colegas se refieren a la violación.
Una Senadora habló de un hijo o un feto sano.
Y yo me pregunto: ¿sano en qué? ¿Sano porque, como dice, un progenitor lo engendró?
Pero ¡por favor!
¡Si lo que existió fue un acto de violación! No hay un progenitor.
Cuando una mujer con un hombre quieren tener un hijo hay una relación de igual a igual, de respeto, de cariño, de amor.
¡Aquí lo que hay es una violación! ¡Lo que hay es un hecho cruento, violento, humillante, denigrante! ¿Contra quién? Ese hombre no lo hace pensando en un hijo que va a nacer y al que le va a cuidar la vida y sus derechos. Lo hace violentando a una mujer que no quiere tener la relación; que se ve obligada a ello.
Y más encima quieren que nosotros, como si hubiera aquí un acto de normalidad, la obliguemos a llevar ese embarazo hasta el final.
Los hombres entendemos poco a las mujeres. Es cierto, señor Presidente. Pero lo que me llama la atención es que las propias mujeres no entiendan lo que puede significar el sufrir una violación.
¡Es liquidarla de por vida! ¡Y más encima la obligamos a que siga con su embarazo!
Lo más probable es que los niños o las niñas que nazcan producto de ese hecho se encuentren en una situación de total y absoluta anormalidad o vulnerabilidad. ¿Por qué? Porque donde más fuerte golpean estos problemas es en las familias vulnerables; en las niñas vulnerables; en las menores de edad que son abusadas sistemáticamente, que no se atreven a denunciar, que no saben que están embarazadas hasta que ya se les nota en la guatita al tercer o cuarto mes, que viven bajo el miedo y el temor que les infunden quienes las violan y las abusan permanentemente.
Y a ellas les vamos a decir: "Usted debe tener la guagua porque es un feto sano y porque usted, mujer, no tiene derecho a plantearse que a lo mejor con una interrupción del embarazo puede rehacer su vida". Porque ese trauma le queda de por vida.
Yo me pregunto qué sucede con los hombres o los niños violados. La única diferencia es que no resultan embarazados. Pero el trauma es para siempre. Y todos sabemos que quedan condenados de por vida.
¿Y quién es el que se las lleva aquí peladas y no le sale ni por curado? El violador.
Francamente, el nivel a que se está llegando en este debate, centrándose en lo penal, me parece de una frialdad, de una mezquindad impresionante.
Pienso que lo que debemos hacer, como se mencionó, es humanizar la discusión y entender que mínimamente una mujer sometida a ese vejamen tiene derecho a interrumpir su embarazo.
--(Aplausos en tribunas).
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Quintana.


El señor QUINTANA.- Señor Presidente, soy contrario al aborto, pero soy más contrario aún a encarcelar a una mujer que fue violada y decide abortar.
Jamás el Estado ni persona alguna pueden tratar como delincuente a una mujer violada.
¿Cómo es posible que algunos pretendan considerar como victimaria a la víctima?
¿Cómo entender a quienes olvidan el sufrimiento de una mujer embarazada contra su voluntad?
Prohibir el aborto a una mujer embarazada producto de una violación inevitablemente acerca al Estado a tal punto con el violador que lo transforma en su cómplice.
El Estado no tiene legitimidad para encarcelar a una mujer que aborta para salvar su vida o cuando no existe viabilidad fetal, y menos aún cuando resultó embarazada a causa de una violación. Creo que hacerlo constituye un trato inhumano, cruel y degradante. Es derechamente un acto de tortura.
La violencia sexual es uno de los actos más violentos que puede sufrir una persona. Y si, como consecuencia, se produce un embarazo, estamos tal vez frente al efecto más dramático que puede generar ese crimen. Ese dramatismo y esa crueldad solo pueden verse superados por la tortura que implicaría encarcelar a la víctima de una violación.
No por nada junto con algunos colegas, como el Senador Patricio Walker, hemos presentado un proyecto que se está discutiendo en la Comisión Especial de Infancia que precisamente plantea la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores. Porque la comunidad internacional les ha dado tal gravedad a estos hechos que incluso en muchos lugares se ha legislado y se aconseja que no prescriban nunca estos delitos y que se puedan denunciar.
Resulta inquietante, señor Presidente, la poca relevancia que la Oposición le da al delito de violación. Es preocupante la ligereza de su reproche penal ante ese acto criminal, a diferencia de otros ilícitos, respecto de los cuales en este mismo Hemiciclo los parlamentarios de enfrente hacen llamados a endurecer las penas, a evitar los beneficios carcelarios. Es el caso de los relativos al control de armas, al hurto de cajeros automáticos, a la quema de pastizales, etcétera, en los cuales no hay daño a las personas.
En tales casos Sus Señorías no escatiman adjetivos. En cambio, a propósito de este proyecto hablan de "relación forzada".
El Senador Pizarro, con mucha razón, señalaba recién que algunos colegas hablan del "padre", del "progenitor".
¡Qué es eso! ¡Si aquí se trata de una violación!
¡Qué relación puede existir en el caso de una violación!
Por favor, ¡díganmelo!
Como han expresado diversos expertos -entre ellos la ginecobstetra infanto-juvenil y salubrista doctora Andrea Huneeus, quien ha hecho importantes aportes a este debate-, en Chile la realidad del embarazo por violación es que afecta especialmente a niñas (¡ahí están los niños!; porque algunos llaman "niño" al cigoto, a la mórula, al feto; ¡no, señor: los niños están acá!) y adolescentes menores de edad en una cifra que alcanza hasta 65 por ciento de los casos.
¡El 65 por ciento de las mujeres violadas son niñas, son menores de 18 años!
De ellas, la inmensa mayoría vive en condiciones de pobreza, hacinamiento y precariedad, ambiente donde los abusos sexuales se prolongan en el tiempo y son cometidos por personas del entorno familiar, muchas veces muy directo, incluidos los padres biológicos, los hermanos o las parejas de las madres de las menores.
Yo, como representante de La Araucanía, zona con altas tasas de ruralidad, donde existen elevados números de embarazo adolescente y, muchas veces, violencia física y sexual contra las mujeres, e incluso contra las niñas, no puedo sino hacer el esfuerzo de empatizar, de ponerme en el lugar de las víctimas, quienes son embarazadas en contra de su voluntad por la vía del acceso carnal no consentido.
Señor Presidente, algunos, maliciosamente, han dicho que las mujeres simularán violaciones para así tener acceso al "aborto libre".
¡Qué argumento más espurio! ¡Como si para las mujeres fuera fácil "simular violaciones"! ¡Como si estas pudieran simularse!
Eso implica simplemente presumir mala fe y no hacer un debate serio en torno a la causal correspondiente.
La ley está concebida para regular a las personas en circunstancias normales. Por ello, no es normal exigirles a una mujer y a una niña menor de edad dar a luz un hijo fruto de un crimen. Simplemente, ese estándar no es normal: es lo más cercano a la perversión; es francamente perturbador.
Por eso, señor Presidente, voto en contra de la indicación y a favor de la causal.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, esta noche quiero hablarles a los Senadores hombres.
Conversen con sus hijas, con sus mujeres, con sus electoras. Escuchen a las mujeres.
He oído a algunos hombres hablar de violaciones falsas, de relaciones forzadas, del padre de la guagua, de matar guaguas, de proteger al violador, partiendo de la base de que las mujeres son insensatas.
Eso me da rabia. Porque, antes que Senadora, soy mujer.
Se trata a las mujeres como si fueran irresponsables. Se dice que van a inventar una violación con el objeto de justificar una visita a un médico para someterse a un aborto.
Basan la desconfianza en las mujeres porque son ellas las que quedan embarazadas, no los hombres.
Por lo tanto, toda la carga de la prueba recae en la mujer. Y eso me parece tremendamente injusto.
Pregúntenles a sus hijas para ver qué opinan sobre lo que ustedes están diciendo aquí esta noche.
Pregúntenles a sus mujeres. Conozco a algunas de ellas, y sé que no representan para nada lo que ustedes están expresando en esta Sala.
Entonces, me duele y me da rabia. Porque este no es un tema político de Gobierno-Oposición.
¡Acaso creen que casi el 80 por ciento de la gente que está a favor de las causales es todo de Izquierda!
¡De dónde son! ¿De la Nueva Mayoría?
Yo soy de Oposición y estoy a favor de las causales.
--(Aplausos en tribunas)
Por eso, me molesta cuando algunos, con arrogancia, dicen "Nosotros creemos".
Aquí hay que respetar todas las opiniones. Porque el problema está cruzado por múltiples factores. Entre otros, por las creencias religiosas de cada cual.
Se invoca a Dios en esta Sala.
Yo soy creyente y creo en Dios. Pero si lo invocara aquí sería como si viniera a dar testimonio de que mi religión sí permite las causales en comento; sería como si me dejara guiar solo por eso.
No me gusta cuando en un Estado como el nuestro, que es laico, se pretende imponer concepciones religiosas y se argumenta que quienes aprobamos las causales no estaríamos respetando la ley divina.
Muchos sí creemos en Dios. Muchos sí invocamos a Dios. Pero estamos a favor de las causales, por múltiples razones.
¿Acaso no hay aborto en Chile?
¿Acaso no se vende Misotrol por Internet para tratar la úlcera? ¿No se hace eso a través de las páginas web?
Pero ahora aquí se dice: "¡No! ¡Con esta ley va a haber aborto! ¡Con esta ley van a asesinar a guaguas!".
¡Por favor!
¿Las mujeres acudirán al aborto porque son irresponsables, porque son malas, porque son brujas, porque son perversas?
¡Pucha que me da rabia!
De verdad, señor Presidente, ¡me da rabia!
Por favor, pensemos bien lo que se está votando.
A mi espalda alguien me dice que me calle.
El señor BIANCHI.- Yo no fui, Honorable colega.
La señora PÉREZ (doña Lily).- ¡No me voy a callar! ¡Porque soy mujer y quiero defender lo que sentimos las mujeres!
Muchas mujeres violadas van a seguir adelante con su embarazo. ¡Las admiro! Pero no tengo por qué exigirles lo mismo a todas las mujeres violadas si algunas no quieren hacerlo.
Por esa razón, también voy a apoyar esta causal.
He dicho.
--(Aplausos en tribunas).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Hago una nueva advertencia a los presentes en las tribunas.
¡Parece que despertaron...!
Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, estamos frente a la situación más dramática: la causal de interrupción del embarazo resultante de violación.
Nosotros hemos señalado que un mal no se resuelve con otro mal.
Esta materia ha generado una serie de conflictos.
El primero se plantea entre el deber de denuncia y la confidencialidad.
Durante bastante tiempo, desde el inicio del debate en la Comisión de Salud, se dijo que la relación médico-paciente determinaba un deber de confidencialidad, como bien lo establece la ley 20.584, sobre derechos y deberes de los pacientes, en su artículo 5°, letra c).
Por otra parte, también existe el deber de denunciar los delitos, como lo disponen el artículo 75 del Código Procesal Penal, letra d), y el artículo 949, N° 9, del Código Penal.
La cuestión radicaba en si tenía que haber o no un deber de denuncia frente a una situación como la planteada.
Nosotros hemos señalado claramente que garantizar que haya justicia, que exista castigo para el violador, es esencial. Y a ese respecto fuimos tajantes tanto en la Comisión de Salud cuanto en la de Constitución, cuando me tocó remplazar en un par de sesiones al Senador Alberto Espina.
Hemos señalado que es necesario generar las condiciones para que exista justicia y no impunidad.
Establecer por ejemplo que la persona violentada en su dignidad, o sea la mujer que fue violada, no está obligada a comparecer ante el Ministerio Público para entregarle antecedentes que permitan perseguir rigurosamente al victimario resulta complejo.
Creo que ese punto debió abordarse desde otra perspectiva. Por ejemplo, posibilitando la declaración bajo el secreto de la investigación.
Ciertamente, la fórmula que establece el articulado va a facilitar la impunidad.
Eso me parece complejo, sobre todo en los contextos de que estamos hablando, en que gran cantidad de las violaciones se registran intrahogar.
Por tanto, hay que buscar condiciones que entreguen elementos para que el Ministerio Público persiga la responsabilidad del violador.
A propósito de esta causal, también se discutió en torno al aborto en el contexto de las menores de 14 años.
Sobre el particular, hay que hacer un poco de historia en cuanto al contenido del proyecto que ingresó a la Cámara de Diputados y a cómo quedó consagrado en el texto que estamos votando ahora.
La iniciativa original preceptuaba que la menor de 14 años -ya hemos dicho que no puede entregar su consentimiento; en este caso estamos hablando de una violación impropia- podía pedir la autorización de uno de sus padres o, en su defecto, recurrir al juez de familia para que determinara cuál era el interés superior del niño, a los efectos de poder avanzar en la interrupción del embarazo.
En la Cámara Baja eso se rechazó, fundamentalmente con votos de Diputados de la Democracia Cristiana. Cuando el proyecto llegó al Senado se intentó reponerlo. Sin embargo, finalmente se obvió la posibilidad de que el tribunal de familia determinara el interés superior del niño, pues, según señaló la propia asesora del Gobierno, para ello no se contaba con los votos de los Senadores democratacristianos.
Por lo tanto, aquí hay que poner énfasis en el complejo problema relacionado con la persecución de la responsabilidad de quien viola a una menor de 14 años.
Por último, quiero felicitar a los Senador Andrés Zaldívar y Walker por la coherencia que han evidenciado, particularmente en esta votación. Ello demuestra su compromiso con la vida.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¡No me felicite, compadre...!
Tiene la palabra el Senador señor Guillier.


El señor GUILLIER.- Señor Presidente, se ha dicho que esta tercera causal tiene rostro de mujer. Pero yo me permitiría precisar que, conforme a las estadísticas, tiene rostro de niña. Y digo "de niña" porque, según antecedentes de la Fiscalía Nacional, el año 2016 se registraron en Chile 15 mil 266 denuncias por delitos sexuales, habiendo por cada 10 víctimas casi 7 menores de edad.
Manifestaba dicha Fiscalía que por cada niña que denunciaba 6 no lo hacían; en otras palabras, estaban entregadas a su suerte.
¿Por qué no se denuncia? Porque en 89 por ciento de los casos los victimarios son personas cercanas a la víctima, incluidos padre, hermanos, en fin.
Además, se trata de una violencia reiterada, no única. Y no se denuncia oportunamente, sino solo cuando, tras reiteradas violaciones, las que comienzan a edades muy tempranas y a veces se prolongan durante años, empieza a hacerse evidente el embarazo porque algún familiar -normalmente una mujer- se percata de la situación y trata de ayudar de alguna manera a la menor.
Eso significa en los hechos que cuando estamos hablando de crear un delito y de castigar a la víctima por recurrir al aborto nos estamos refiriendo fundamentalmente a menores de edad.
En segundo lugar, quiero hacer la siguiente consideración.
En Chile la mujer violada termina siendo agredida por partida triple.
Primero, por el acto mismo de la violación.
La experiencia de psiquiatras y psicólogos que trabajan con niñas da cuenta de distintas reacciones de las menores ante la violación: ¡chocante! Pero en algunos casos empieza a parecer natural, pues asocian el cariño de su padre hacia ellas como el que hace a la madre. O sea, hay un estado de confusión y abuso ante la ingenuidad de la niña -la hija, la hermana- que llega a niveles insospechadamente brutales.
Sin embargo, además, se le exige llevar a término el embarazo.
Y se agrega que si no lo lleva a término e intenta abortar y la sorprenden va a ir a la cárcel.
No hay ninguna comparación, por consiguiente, con lo que en el mismo derecho se consagra como castigo al violador, quien recibe penas infinitamente inferiores, las que muchas veces prácticamente no terminan en nada.
Simplemente para señalar la gravedad de aquello de lo que estamos hablando y la brutalidad a que se puede llegar, debo puntualizar que además se pretende penalizar.
Estudios realizados en Estados Unidos por Bownes, O'Gorman y Sayer (1991) señalaban que las mujeres violadas eran nueve veces más propensas al suicidio y el doble de veces más propensas a depresión mayor; que 70 por ciento de ellas padecían estrés postraumático, y que, por consiguiente, sufrían un impacto en el conjunto de su vida y en su desarrollo.
He tenido la oportunidad de conocer a mujeres violadas que me contaron parcialmente su historia. Algunas, profesionales; incluso, mujeres mayores. Y me expresaron que cada vez que recuerdan y narran la situación que vivieron lo hacen con lágrimas en sus ojos.
En consecuencia, no logro entender a quienes piensan que una menor de edad abusada comete delito, por el que debe ser penalizada, cuando pone término a su embarazo ayudada por una persona mayor.
Me parece que castigar de manera absolutamente desigual a la víctima y al victimario es la peor forma de enfrentar esta situación.
En este proyecto se resuelven algunos aspectos.
Por ejemplo, le corresponde al director del servicio que atendió a la mujer o a la niña hacer la denuncia pertinente; y el equipo médico tiene que agregar todos los registros que permitieron constatar la existencia de violación.
En consecuencia, no hay impunidad.
Sí, deberíamos aumentar las penas aplicables a los violadores.
Pero no podemos obligar a la víctima a denunciar al agresor, porque lo más probable es que sea su padre, su hermano u otro pariente.
Yo creo que este es un tema de piedad fundamentalmente y menos de consideraciones filosóficas o religiosas.
Por lo tanto, simplemente voy a rechazar esta indicación -la considero incluso inhumana- y a respaldar el texto original.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.


La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, yo comparto la indignación de la Senadora Lily Pérez, pues resulta muy violento escuchar algunos de los argumentos aducidos por diversos parlamentarios a propósito de las tres causales que hemos debatido latamente en esta sesión.
Qué duda cabe de que la violación es un acto brutal contra la mujer, de abuso de poder, causa y consecuencia de la condición en que ella vive en esta sociedad violenta y machista.
Hay cifras que nos dan cuenta de que en Chile se viola a una mujer cada 25 minutos.
Por cierto, se trata de una situación al límite de la vivencia humana. Es un acto en que la mujer es ultrajada, vulnerada en sus derechos elementales; en que ven en riesgo su vida personal, su vida psíquica, su integridad física.
Señor Presidente, de nuevo escuchamos decir aquí -y es lo que hace doler los oídos, pero también el alma- que quien tiene los derechos es el niño que se gesta en el vientre de la mujer. Ya no se habla de embrión ni de feto, sino de niño. Y lo que conmueve realmente es que, en los dichos de los Senadores de la Oposición, son niños y niñas que tienen los mismos derechos que las mujeres.
Resulta muy violento escuchar eso. De verdad, pienso que habría que revisar la argumentación que Sus Señorías han planteado reiteradamente esta tarde.
Nosotros seguimos sosteniendo que somos las mujeres los sujetos de derecho; que somos las mujeres las personas con capacidad y libertad para decidir.
Nosotras no somos meras espectadoras de lo que pasa con nuestros cuerpos y con nuestras vidas.
¡Por qué tenemos que quedar impávidas ante un acto de tanta violencia como una violación!
¿Tenemos que permanecer impasibles?
¿Debemos aceptar que somos meras portadoras de vida de seres humanos?
¿Solo prestamos nuestro cuerpo para la reproducción?
¿No tenemos derechos?
Una violación es violenta.
Ante ella, es factible que una mujer exprese: "Yo no la acepto, y recurriré a un aborto".
Otra mujer puede decir: "Fui violada y lo acepto. Voy a quedarme con este hijo o hija y daré a luz al ser producto de la violación". Ejerce su libertad.
Hago referencia a una opción con la cual no contamos hoy.
Y quienes se oponen a la causal -por eso, estoy en contra de la indicación- insisten en coartar esa libertad. Ello no es aceptable.
Finalmente quiero decir que no solo esta última es restringida a través de la ley, sino que las mujeres también son sometidas a una revictimización. Además de sufrir la agresión, tienen que demostrarla. Se pone en duda. Es preciso dar testimonios. "¿Quién va a saber si la violaron?". "Fíjese que dio razón para que lo hicieran".
¡Esta es una humillación muy grande!
Asimismo se establece que deben comparecer ante los tribunales. Y tienen que revivir el ultraje, una y otra vez, frente a los policías.
¿Y qué implican hoy día los tribunales, con todo el respeto que me merece un poder del Estado? Después de lo sucedido con Nabila Rifo, ¿cuál es la capacidad de estudiar e investigar a fondo una situación tratándose de organismos con una visión absolutamente sesgada -en muchos casos, no en todos- por el patriarcado?
Entonces, lo que quiero decir, ya que me opongo a la indicación y votaré a favor de la tercera causal, es que, además de todo el acto violento, de toda la revictimización, se quiere condenar a las propias víctimas a un embarazo forzado. Es decir, ellas tienen que aceptarlo, después de todo lo sucedido, ante la posición de los opositores a la causal.
¡Esto es inadmisible!
Por eso, voto en contra de la indicación y a favor de la causal.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Moreira.


El señor MOREIRA.- Señor Presidente, antes de fundamentar mi voto quiero decirle que, de acuerdo con los cálculos que tengo escritos, estaríamos terminando la discusión tipo 5:35, aproximadamente, gracias a que el Ministro señor Eyzaguirre ha declarado no estar dispuesto a buscar alguna alternativa para proseguir.
Creo que a esta hora absolutamente nadie se escucha.
Ahora, no voy a repetir los mismos argumentos para defender mi posición, pero aquí se reitera exactamente lo mismo.
En la reunión de Comités mencionamos la autorregulación. ¡Qué buena idea! Mas se insiste en razonamientos ya expuestos.
Solo deseo subrayar una cosa. Este es un espacio de libertad, de democracia, y no veo por qué algunos se molestan cuando se invoca a Dios. Cada uno tiene derecho a dirigirse a quien estime conveniente. Y no hay por qué enojarse, actitud asumida por algunos parlamentarios y parlamentarias. Así como se tiene presente el rostro de la mujer, estimo, por mi parte, que el rostro de Dios es vida. Pero es mi convicción.
La señora MUÑOZ.- ¿Para qué mete a Dios?
El señor MOREIRA.- Y se desesperan e interrumpen. Mencionan la tolerancia y son intolerantes. ¡Y la intolerancia los llevará a estar hasta las 6, porque cumpliremos cabalmente el Reglamento!
Más allá de las creencias de cada uno, quiero hacer presente que aquí, en el Hemiciclo, un solo parlamentario de la bancada de Gobierno puede demostrar que en campaña ha dicho de frente cuáles son sus convicciones respecto al aborto y a una serie de leyes valóricas. Me guste o no, es el Senador señor Girardi. Es el único.
Pero ninguno de ustedes...
El señor LAGOS.- ¡Sale pa´allá...!
El señor MOREIRA.- Señor Presidente, aplique el Reglamento, pues.
¿O quiere que le "hagan manitos"...?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Siempre que Su Señoría se dirija a la Mesa. Está mirando hacia el frente.
Lo observo muy optimista, porque seguramente vamos a empalmar con la sesión de las 15...
El señor MOREIRA.- Exactamente.
El señor LAGOS.- ¡Pero habrá caldo de pollo...!
El señor MOREIRA.- Apuesto lo que sea a que ninguno de los presentes puede demostrar que, en campaña, frente a frente con la gente, declaró estar a favor del aborto. ¡Ninguno! ¡Muéstrenme algún folleto!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Les pido a los señores Senadores guardar silencio.
El señor MOREIRA.- No me cae muy bien el colega Girardi, pero es el único que ha sido hombrecito para sus cosas. Los demás han asumido otra actitud.
¡Entonces, este es un engaño! ¡Constituye un chiste en un tema tan delicado...!
Si quieren quedarse hasta las 6, así será.
¡Además, hoy día les depositaron la dieta...!
El señor MONTES.- Señor Presidente, ¡dele un Ravotril...!
El señor LAGOS.- ¡Le represento a la Mesa que estoy convaleciente...!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Espero que el Honorable señor Moreira se refiera en sus intervenciones siguientes a los asuntos propios del debate.
Puede intervenir la Senadora señora Allende.


La señora ALLENDE.- Señor Presidente, seré muy breve.
Solo quiero repetir que no logro entender que se quiera ver a la mujer poco menos que como un receptáculo. Somos seres humanos con dignidad y derechos. Por eso es que dije: "No hay algo más deleznable, más brutal, que una violación, la cual agrede directamente su intimidad". Y parece que ello no se quiere escuchar.
Sobre la base de esa visión, que me impresiona, ella tiene que seguir adelante pase lo que pase.
Se han usado palabras que de verdad cuesta entender. Porque no podemos hacer referencia a "progenitores", sino a "violadores".
La sociedad tiene que dar una oportunidad, porque la mujer tiene conciencia. Es curioso. Estamos muy dispuestos a aprobar la objeción de conciencia, pero parece que es un atributo del cual la segunda carece y que solo poseen los médicos y otros profesionales. ¿Y ella qué? ¿Acaso no es consciente de su propia situación y de lo que quiera decidir voluntariamente?
Por eso, repito que estoy en contra de la indicación y a favor de la tercera causal, y considero, ante un acto de violación, que realmente es preciso comprender la necesidad y los derechos de una mujer, así como el respeto que merece. El hecho es injustificable y condenable, pero la pretensión de penalizar si ella concluye que no quiere seguir con un embarazo importa una doble criminalización.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechazala indicación renovada N° 7 (18 votos contra 16).
Votaron por la negativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma e Ignacio Walker.
Votaron por la afirmativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Bianchi, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Horvath, Hernán Larraín, Moreira, Ossandón, Prokurica, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, la causal 3) se dará por aprobada con la votación inversa.
--Se aprueba.
--(Manifestaciones en tribunas).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Le pido al público asistente mantenerse en orden.
Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Se pidió votación separada para el inciso segundo del artículo 119, que expresa lo siguiente:
"En cualquiera de las causales anteriores, la mujer deberá manifestar en forma expresa, previa y por escrito su voluntad de interrumpir el embarazo. Cuando ello no sea posible, se aplicará lo dispuesto en el artículo 15, letras b) y c), de la ley N° 20.584," -ello se encuentra en la primera columna del comparado- "que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos siguientes. En el caso de personas con discapacidad sensorial, sea visual o auditiva, así como en el caso de personas con discapacidad mental psíquica o intelectual, que no hayan sido declaradas interdictas y que no puedan darse a entender por escrito, se dispondrá de los medios alternativos de comunicación para prestar su consentimiento, en concordancia con lo dispuesto en la ley N° 20.422 y en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.".
El señor PIZARRO.- Votemos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Si se me permite intervenir desde la testera, deseo consignar que la disposición debiera referirse nada más que a las causales segunda y tercera, porque, en el caso de la primera, no hay posibilidad de que la mujer en riesgo vital manifieste su voluntad por escrito.
El señor PIZARRO.- Tiene toda la razón.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si la Sala estuviera de acuerdo, cabría circunscribirse a las dos últimas causales.
El señor ESPINA.- No es posible modificar el texto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La Presidencia advierte al respecto.
El señor COLOMA.- ¡Se vota, no más...!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación el inciso segundo.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, deseo solo fijar un criterio que seguimos, en cierta forma, en las Comisiones.
Hay disposiciones controversiales, como las correspondientes a las causales que acabamos de ver, y que se aprueban o rechazan. Otras no lo son, como la que nos ocupa, que mantiene una cierta coherencia. Sin embargo, están dentro de un contexto, y, por lo tanto, a pesar de que se puedan considerar razonables, nos parece -por lo menos, a mí y a muchos de nosotros- que no deberíamos votarlas a favor. Pero tampoco tiene sentido desecharlas, pues el proyecto pierde coherencia.
Ese es un criterio.
Algunos podrán aprobarlas, si así lo estiman.
Entonces, quería adelantar que vamos a abstenernos respecto de incisos o disposiciones de tales características. Cuando se trate de causales que vayan más allá de eso, por cierto que vamos a rechazarlas.
Lo hago presente solo para aclarar el punto y que se entienda el espíritu con que nos pronunciaremos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, solo deseo ratificar lo dicho por el Honorable señor Larraín, quien me convenció, ante la necesidad de coherencia al estar nosotros en contra de las causales acogidas.
Si se revisa lo aprobado, la norma propuesta es razonable, porque ellas ya se sancionaron. Se expresa, por lo tanto, "que la mujer deberá manifestar en forma expresa, previa y por escrito su voluntad de interrumpir el embarazo".
Nosotros dejaremos constancia en la historia fidedigna de la ley de que estamos de acuerdo con la disposición, pero que nos abstendremos por haber rechazado las causales generales.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir la Honorable señora Goic.


La señora GOIC.- Señor Presidente, en primer lugar, quisiera aclarar que respecto de la primera causal también es necesario establecer, cuando sea posible, la voluntad expresa de la mujer.
Además, cabe recordar que discutimos acerca de qué sucedía si ello no resulta factible, lo que lleva a aplicar la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes.
Puede darse la situación, para poner un extremo, de que se desee continuar con el embarazo aún a riesgo de la propia vida. Es algo que igualmente tiene que ser considerado cuando planteamos que la voluntad puede manifestarse en uno u otro caso.
Hago presente, con el permiso de mis colegas, que pensé argumentar respecto de la tercera causal, no con motivo de la indicación para suprimirla, sino al sancionarla con la votación inversa, momento en que no hubo posibilidad de intervenir.
Solo deseo exponer, en forma muy breve, por qué acogerla, comprendiendo que es la más compleja, como lo escuchamos en la Sala, al mediar un embarazo que puede continuar y una vida que pudiera desarrollarse "con relativa normalidad", si fuera posible decirlo así.
Su aprobación significa -ha habido muchos testimonios al respecto, sobre todo de algunas Senadoras- hacerse cargo de la realidad que representa la violación.
Hay experiencias increíbles de mujeres heroicas que siguieron adelante, lo que es tan legítimo como decidir lo contrario.
Creo que en la Sala hemos debatido suficientemente acerca de por qué tiene que existir el espacio, no para penalizar, sino para acoger.
Quiero reconocer el trabajo realizado en la Cámara de Diputados por la bancada de la Democracia Cristiana respecto de un asunto que vamos a ver más adelante,...
--(Aplausos en tribunas).
... que es la inclusión de la exigencia, durante la tramitación del proyecto, de un programa de acompañamiento.
Eso no estaba en el texto original. Y me parece que en la tercera causal es donde más se justifica, sobre todo porque en la mayor parte de los casos, como se ha señalado acá, se trata de violaciones a niñas, a adolescentes, cometidas por familiares, quienes muchas veces quedan en la impunidad.
Veremos que el programa fue mejorado.
Valoro el respaldo a la indicación que presentamos y que defendí en la Comisión de Salud, que además hicimos nuestra como bancada de Senadores, porque nos parece que es la forma de enfrentar situaciones tan dolorosas, tan duras, como aquellas respecto de las cuales hemos estado conversando con motivo de estas tres causales excepcionales.
Aprovecho para hacer presente que el debate nos hace bien; que, más allá de las posturas de unos u otros, es algo valioso que hoy día se mencionen la violación y el abuso de menores con todas sus letras, como también situaciones que en nuestra sociedad pareciera que quisiésemos tornar invisibles, porque no nos gustan, pero suceden.
El proyecto solo ve una parte de eso. Ojalá permita denunciar e investigar más casos, sobre todo de violaciones y de abusos de menores. Tal como se ha señalado, están las vías para hacerlo. Pero se mantiene un montón de hechos que ni siquiera van a entrar en sus términos y tenemos que seguir trabajando para que no se den.
Quisiera consignar, aunque el asunto no se encuentre comprendido en el texto en debate, que en los próximos días vamos a discutir en detalle aquí la iniciativa sobre la prevención y protección del embarazo adolescente. Sigamos con lo que hemos hecho hoy, en el sentido de reconocer una realidad que tenemos que abordar y con relación a la cual es preciso generar mecanismos de prevención, sobre todo respecto de muchas situaciones de interrupción del embarazo, de aborto derechamente, que no están dentro de lo que plantea este proyecto. Me parece que podemos avanzar mucho en la línea de mirar la realidad y dar respuestas que permitan, sobre todo, la prevención, la acogida y evitar situaciones similares a aquellas en que -todos lo reconocemos- hemos fallado como sociedad.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso segundo del artículo 119 (19 votos a favor, 6 en contra y 6 abstenciones).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Coloma, García-Huidobro, Moreira y Ossandón.
Se abstuvieron los señores Allamand, Chahuán, Espina, García, Hernán Larraín y Prokurica.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, corresponde pasar ahora a la objeción de conciencia, cuyas normas se ubican entre las páginas 22 a 24 del boletín comparado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Les ruego a las bancadas que inscriban con tiempo a los señores Senadores y señoras Senadoras que van a intervenir.
Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.
El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, hay una serie de disposiciones antes de llegar a la objeción de conciencia o al acompañamiento, que son quizá los dos temas más relevantes.
Ellas son similares a la que acabamos de votar, y se encuentran entre las páginas 4 y 10, si mal no recuerdo, que es donde empieza el programa de acompañamiento.
Me parece que deberíamos votar esos incisos. Lo razonable es que sigamos ese camino y que cuando lleguemos al programa de acompañamiento, ahí usted realice el esfuerzo especial. Pero vamos despachando las disposiciones por orden.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si es el parecer de la Sala, no hay problema en proceder de esa forma.
El señor Secretario me observa, sí, que entre ellas hay normas de quorum especial.
El señor WALKER (don Ignacio).- El Secretario nos dirá cuando lo sean.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si hay acuerdo en la Sala, seguiremos ese camino.
Acordado.
El señor MONTES.- Muy bien, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Entonces, continuamos con las normas relacionadas, que parten en la página 4.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Estas normas se refieren al tema que Sus Señorías señalaron como "participación de los padres", donde están incluidos los representantes legales también.
La primera votación separada que se ha pedido se refiere al inciso que comienza en la página 4 y termina al inicio de la página 5. Dice lo siguiente:
"Si la mujer ha sido judicialmente declarada interdicta por causa de demencia, se deberá obtener la autorización de su representante legal, debiendo siempre tener su opinión en consideración, salvo que su incapacidad impida conocerla.".
Ese es el texto aprobado por la Comisión de Constitución.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación el inciso tercero del artículo 119.
Parece que el sistema no está funcionando. No se registra ningún voto.
El señor WALKER (don Ignacio).- Ya votamos.
La señora ALLENDE.- Sí.
El señor LAGOS.- ¡Le están ocultando la información, señor Presidente...!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Está fallando el equipo.
El señor LABBÉ (Secretario General).- La explicación, señor Presidente, es que debido al número de horas que llevamos sesionando se tendrá que resetear el sistema.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¡Se cansó el sistema...!
Suspendo la sesión por unos minutos, mientras se resetea el sistema.
¡Los Senadores y Senadoras también pueden aprovechar de resetearse...!
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--Se suspendió a la 1:20.
--Se reanudó a la 1:24.
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Continúa la sesión.
Les ruego a los señores Senadores y señoras Senadoras votar nuevamente.
La señora ALLENDE.- ¿Dónde está el texto que estamos votando?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Al final de la página 4 y comienzos de la 5. La norma dice: "Si la mujer ha sido judicialmente declarada interdicta por causa de demencia", etcétera.
El señor HARBOE.- ¿Es de quorum especial?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No, señor Senador.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso tercero del artículo 119 (20 votos a favor, 4 en contra y 6 abstenciones).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores García-Huidobro y Moreira.
Se abstuvieron los señores Allamand, Chahuán, Espina, García, Hernán Larraín y Prokurica.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Le quiero preguntar al Senador señor Larraín, quien se acercó a la Mesa a plantear el punto, si quiere que volvamos al tratamiento por temas.
El señor MONTES.- Señor Presidente, había un acuerdo en esta materia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- El acuerdo fue tratarlo por temas.
El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, ocurre que ahora sí viene un tema: el de las autorizaciones, que comienza en la página 5 del boletín comparado y continúa hasta la página 10. De ahí en adelante, viene otro tema, que dice relación con el acompañamiento.
Entonces, sugiero que hagamos una sola discusión en este punto y que después se voten separadamente -hay varias peticiones en ese sentido- los incisos.
El señor COLOMA.- Se discute junto y se vota separado.
El señor MOREIRA.- ¡No! Hay que votar las normas una por una.
El señor LARRAÍN.- Se han hecho varias peticiones de votaciones separadas.
El señor COLOMA.- Están pedidas de ese modo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.
El señor HARBOE.- Es una cuestión de Reglamento, señor Presidente.
Quiero decir lo siguiente.
Lo planteado por el Senador Larraín es adecuado. Pero hay un inciso respecto del cual se ha pedido votación separada frase por frase. Y eso me parece demasiado.
Entonces, solicito que se vea la posibilidad de evitar que se proceda de esa manera.
La señora MUÑOZ.- ¡Esa es la autorregulación que propuso Moreira...!
El señor MOREIRA.- ¡Es más didáctico...!
El señor HARBOE.- ¡Uno puede votar por incisos, pero por frases...!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si se mantiene la petición de votar frase por frase, yo tengo que proceder de esa forma.
Le ofrezco la palabra al señor Secretario para que explique la petición de votación separada que se hizo en su oportunidad, salvo que fuese retirada por sus autores.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, se ha solicitado votación separada para cada una de las normas, pero, en el caso de la página 5 del boletín comparado, hay tres peticiones que inciden en frases.
La primera dice: "...o de uno de ellos, a elección de la niña, si tuviere más de uno". Esta va desde la sexta a la octava línea de la norma.
La segunda señala: "la negación del representante legal, o", en la línea siguiente.
Y la última, relativa a la norma del tribunal, dice: "sin forma de juicio y verbalmente,".
Debo agregar que esta normativa es de rango orgánico constitucional.
Nada más, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Propongo que se voten las tres conjuntamente.
¿Habría acuerdo?
El señor ALLAMAND.- No, porque son cosas distintas.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Entonces, tendremos que ir viendo frase por frase.
Tiene la palabra el Senador señor Allamand.


El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, yo entiendo que estamos tratando el texto que aparece en la página 5 del boletín comparado, pero la verdad es que para los que no formamos parte de la Comisión de Constitución sería necesario que su Presidente, el Senador Harboe, nos diera una explicación.
Lo que ocurre es lo siguiente.
Si ustedes se fijan, acá dice que "Tratándose de una niña menor de 14 años, además de su voluntad, la interrupción del embarazo deberá contar con la autorización de su representante legal, o de uno de ellos, a elección de la niña, si tuviere más de uno.".
Yo entiendo que esta norma está pensada, más allá de su mérito, en el supuesto de que el agresor sea uno de los padres de la niña. Si fuese así, señor Presidente, obviamente debiera estar circunscrita al varón, que es aquel que puede efectuar la agresión. Pero, al margen de eso -estoy simplemente haciendo una consulta, para que se me explique-, si el agresor fuera un tercero, no se ve por qué razón tendría que ser solamente uno de los padres el que otorgue la autorización.
El señor PIZARRO.- Porque la madre puede estar protegiendo al agresor.
El señor ALLAMAND.- Estoy haciendo una pregunta.
Señor Presidente, da la impresión de que la norma requiere una cierta aclaración o que podría ser defectuosa.
Lo que estoy pidiendo, ya sea al Presidente de la Comisión o al Gobierno, es simplemente que nos den una explicación. Porque, tal como he señalado, las hipótesis no parecen haber sido adecuadamente formuladas. Hay quizá un error en la forma en que se exponen.
Entonces, antes de votar, quiero que nos digan cuál es el sentido de esta disposición.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Le ofrezco la palabra al Senador señor Harboe, que ha sido interpelado.
El señor HARBOE.- Tengo que buscar la norma en el informe, señor Presidente. Espéreme un minuto, por favor.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la señora Ministra.


La señora PASCUAL (Ministra de la Mujer y la Equidad de Género).- Señor Presidente, lo que se plantea en este punto es dar un marco de respeto a la autonomía progresiva de las niñas, de modo que, efectivamente, lo puedan hacer en caso de estar con sus padres o su representante legal.
Se coloca la posibilidad de recurrir a la autorización de solo uno de ellos, primero, por el reconocimiento a los hogares monoparentales; y segundo, porque en el caso de las menores de 14 años, cuando la violación la realiza un familiar muy cercano -no solo puede ser el padre o el padrastro-, podría haber uno de los dos progenitores tratando de protegerlo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Araya.


El señor ARAYA.- Señor Presidente, iba a dar la misma explicación que entregó la Ministra. Ese era el sentido de la norma, básicamente porque las menores de 14 años son incapaces, según la legislación chilena, y a partir de eso necesitan una autorización supletoria que la da, en este caso, el representante legal.
La Ministra lo explicó bastante bien. Se optó porque la menor pudiera elegir, porque podría ocurrir, por ejemplo, que ella estuviera a cargo de su madre y el violador fuera el conviviente de la mujer.
Por eso se da la opción de que pueda elegir cuál de sus dos representantes legales, el padre o la madre, entregue la autorización.
Esa es la razón de la norma.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, yo opino lo contrario y así lo expresé.
Porque podría ocurrir que quien autorice a abortar a la menor sea el propio violador. Lo lógico, según dispone la norma, es que sea el representante legal, que es quien tiene la patria potestad. En el evento de que exista tuición compartida, la patria potestad es de los dos.
Pero aquí podría darse ese otro escenario al que me refiero. Y algo ha dicho la Corte Suprema al respecto. Yo quiero aprovechar, Sus Señorías, de dar a conocer los fundamentos del Máximo Tribunal que avalan la impunidad que señalé.
La Excelentísima Corte Suprema de la República, mediante oficio N° 48-2015, precisamente se refiere a las situaciones que se producen en estos casos. Porque, ¿qué ocurre si el padre es el violador y este es quien autoriza el aborto, de lo cual nunca se entera la madre?
Es un círculo vicioso: cada vez que el padre viole a su hija y la deje esperando le va a decir: "Vaya a abortar. Yo le voy a dar la autorización".
Lo razonable es que, si se requiere autorización, se considere a todos los representantes legales. Si no, esto será una forma de patentar que el padre violador pueda presionar a su hija de 14 años y, cada vez que en el consultorio u hospital hagan la consulta, él responda: "Yo la autorizo", sin que se requiera el consentimiento de nadie más. La niña, asustada, atemorizada, violada durante meses o años, será siempre autorizada por su padre para abortar.
Entonces, la norma es inconsecuente. No debiera ser así. Representa una manera de fomentar la impunidad del violador.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, acabo de saber que alguno de nosotros pidió votación separada. Sin embargo, la vamos a retirar, de manera de poder votar el artículo como un solo todo.
Y aprovecho de reiterar una inquietud que ya anticipé en una argumentación anterior.
Parte de los problemas que plantea la disposición es que, tratándose de niñas menores de 14 años, nos vamos a enfrentar a situaciones en que, en la mayoría de los casos, están los dos padres. Y si bien es cierto que en determinadas oportunidades ellos pueden tener alguna responsabilidad o alguna complicidad en los abusos sexuales, presumir que eso siempre será así no me parece adecuado.
Yo quiero insistir en que no solo la Constitución dice que la educación de los hijos es tarea preferente de los padres -no dice "del padre" o "de la madre"-, sino que además la Convención de los Derechos del Niño establece el principio de corresponsabilidad parental, precisamente en el interés superior de los niños.
Esto tiene que ver con disposiciones que hemos ido incorporando en el Código Civil a propósito de la separación de los padres, porque la responsabilidad de medidas relacionadas con menores de edad no puede ser asumida solamente por uno de ellos. Y aquí la norma, en lo fundamental, excluye al padre.
Entiendo que se quiera buscar una manera de facilitar el procedimiento, porque una niña puede tener mayor cercanía con su madre -o con su padre, en algunos casos; probablemente, casi siempre será con su madre-, pero el problema es que se excluye al otro, y esta exclusión, como principio, es inadecuada.
El principio general debiera ser el de la corresponsabilidad parental, y solo excepcionalmente permitir que la hija escoja a alguno de los dos, pero, como digo, únicamente en una situación excepcional que alguien tendría que calificar: el juez.
Pero esta hipótesis, como lo explicaba la Ministra Pascual, está construida de otra forma, sobre la base de que la niña es la que debe resolver, por provenir de un hogar monoparental, por las razones que sea. Y eso, a nuestro juicio, rompe el principio de la corresponsabilidad.
En definitiva, no podemos tener una legislación que busque instalar el principio, proyectando la Convención de los Derechos del Niño, y otra, como esta, que busque romperlo.
Considero que hay una incoherencia en el espíritu de la normativa que hemos venido desarrollando, que es el interés superior de los niños. Y, en su virtud, los padres tienen que participar. No parece razonable excluirlos a priori, salvo que exista una situación excepcional.
Por eso, pienso que la disposición debería ser rechazada, o reformulada en forma completa si acaso finalmente termina siendo incongruente. Pero, tal como está redactada, no tiene arreglo. Habría que rehacerla de nuevo, si de verdad queremos instalar en ella el principio de la corresponsabilidad parental y respetar el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos. De algún modo aquí lo estamos excluyendo o contradiciendo, pues, al centrarnos solamente en uno de los padres en el caso de una menor de 14 años, estamos creando una situación de exclusión.
Ahora bien, la niña, con el equipo de salud, puede exponer su situación ante un juez, el que, luego de oír a quienes corresponda, resolverá, prescindiendo de la opinión de los padres.
Si Sus Señorías se dan cuenta, hay una construcción que a muchos de nosotros nos parece completamente indebida, pues les está quitando responsabilidades a los padres respecto de sus hijos o impidiéndoles que las ejerzan.
Por lo tanto, creo que no deberíamos aprobar esta norma, porque -repito- no va en el interés superior de los niños.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, la norma busca exactamente lo contrario de lo que ha planteado uno de los señores Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra, por lo siguiente.
Si se estableciera como obligación que ambos padres debieran concurrir, conjuntamente, a dar la autorización, podría suceder que, si uno de ellos estuviera involucrado en la perpetración del delito, ejerciera su -comillas- "derecho a veto", evitando que la niña ejerciera, por su parte, el derecho a interrumpir su embarazo cuando el progenitor, un cercano o un representante legal estuviera involucrados.
De hecho, basta ver las estadísticas: el 92 por ciento de las violaciones que resultan en gestaciones son cometidas por familiares o por conocidos del entorno inmediato de la víctima, y en un 44 por ciento de esas situaciones la violación es reiterada.
Dados estos antecedentes, la disposición pretende establecer alternativas ante la posibilidad de que quien deba prestar la autorización esté involucrado en la perpetración de la violación que dio origen al embarazo. Por lo demás, la eventual constatación de la calidad de violador del progenitor solo se hará con posterioridad a la necesidad de la autorización y, ante la ausencia de condena, regirá la presunción de inocencia del imputado.
En consecuencia, sería mucho más gravoso establecerlo.
Respecto a la hipótesis planteada por el Senador Espina en cuanto a la menor que se siente coaccionada, ella es abordada por el siguiente inciso, que dice: "Cuando a juicio del médico existan antecedentes para estimar que solicitar la autorización del representante legal podría generar a la menor de 14 años, o a la mujer judicialmente declarada interdicta por causa de demencia, un riesgo grave de maltrato físico o psíquico, coacción, abandono, desarraigo u otras acciones u omisiones que vulneren su integridad, se prescindirá de tal autorización y se solicitará una autorización judicial sustitutiva".
En consecuencia, nos pusimos en la hipótesis planteada por el Senador Espina en el sentido de que fuera un involucrado el que debiera dar la autorización.
Por eso, se sugiere que sea el representante legal, o uno de ellos, porque, si se exige el consentimiento de ambos, uno de los dos podría negarse, haciendo imposible interrumpir el embarazo.
Lo que se busca es dar una alternativa, una protección a las menores vulneradas en sus derechos por su representante legal o uno de sus cercanos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, los argumentos del Senador Harboe, en mi opinión, conducen exactamente a la conclusión contraria. Y quiero explicarlo bien.
Veamos lo que se está votando.
Estamos diciendo que una menor de 14 años -¡menor de 14 años!- puede ir y pedir que se le practique un aborto con el argumento de que fue violada, incluso a través de una relación consentida, porque tratándose de menores de esa edad se entiende que el acto sexual siempre constituye violación. O sea, pudo haber consentido en tener una relación con su pololo, producto de ello haber quedado esperando guagua y luego, legítimamente -porque pelea con su pareja-, decidir no tener a su bebé. O bien pudo haberse dado lo que se llama "violación propia", que tiene lugar cuando hay acceso carnal violento, en este caso por vía vaginal.
Esta norma, entonces, establece que basta la autorización de uno de los padres. La pregunta es: ¿quién va a querer que aborte? En primer lugar, el padre, que la violó, quien no va a querer tener una hija de su hija.
¡Es obvio!
El señor HARBOE.- ¡Por eso!
El señor ESPINA.- Por lo tanto, está equivocado el Senador Harboe, porque el inciso que viene es el que resuelve el tema.
¿Qué hace la norma? Pide la autorización del representante legal de la menor, y si tiene dos, la de ambos.
Es el inciso siguiente el que dilucida el asunto: si el médico tiene información de que el representante legal, o uno de ellos, puede ser el violador, obviamente no le pide permiso.
Pero eso no está resuelto en el inciso en cuestión, sino en el siguiente.
Por lo tanto, esta norma está absolutamente de más.
El señor HARBOE.- ¡No!
El señor ESPINA.- Porque lo que hace es establecer...
El señor HARBOE.- ¡No, pues!
El señor ESPINA.- Está bien.
Vamos a votar igual, pero, en democracia, en los países occidentales, a todos se les permite opinar.
El punto, señor Presidente, es que el inciso está conduciendo a que un padre, que puede ser el abusador sexual, lleve a la niña al consultorio, la obligue a abortar, y él...
El señor HARBOE.- ¡Por eso se habla de dos representantes legales!
El señor ESPINA.- Él la va a llevar, él le va a dar la autorización, y nunca se va a requerir la anuencia de la madre.
Es un error.
Por eso, por lo menos nosotros vamos a votar en contra de la norma, porque estamos frente a una menor de 14 años que puede ser llevada por su violador al consultorio y obligada a abortar, sin que su madre se entere nunca.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tengo entendido que el Senador Larraín dejó sin efecto la petición de votar separadamente cada frase, por lo que se realizaría una única votación para toda la norma.
El señor LARRAÍN.- Pero solo respecto de esta disposición.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Muy bien.
Por consiguiente, en votación el inciso cuarto del artículo 119.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.


La señora VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente, a mí me parece grave este inciso, no solo por lo que plantearon los Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra, sino porque, objetivamente, el embarazo de una niña menor de 14 años no necesariamente es fruto de un abuso sexual por parte de un adulto o producto de una agresión sexual; también puede ser consecuencia de una relación sexual consentida, tal como se dijo.
Por lo tanto, y como primera cosa, el inciso está validando el aborto libre tratándose de menores de 14 años.
En segundo lugar, la norma va contra el derecho preferente de los padres.
Ya se dijo acá: si una niña tiene dos representantes legales, su papá y su mamá, y resulta que se embaraza, no como producto de un abuso sexual, sino a raíz de una relación sexual con su pololo de 16 años, puede abortar con el consentimiento de uno de los padres, no el de ambos, situación criticada incluso por la Corte Suprema, porque atenta contra el principio de la corresponsabilidad.
Pero hay algo más grave aún.
La norma -estamos en el caso de que ninguno de los dos padres sea abusador, ni maltratador, ni nada que se le parezca- establece: "A falta de autorización, entendiendo por tal la negación del representante legal". O sea, a pesar de que la madre le diga a su hija que continúe con su embarazo, alguien la puede aconsejar en contrario, llevar a la menor al tribunal y realizarle un aborto en contra de la voluntad de los padres.
Si eso no significa atentar contra el derecho preferente de los padres, difícilmente encontraremos algo más vulneratorio que aquello.
Acá estamos diciendo que, en el caso de una niña de 13 años embarazada producto de una relación sexual consentida, uno de sus progenitores u otro de sus representantes legales, para ahorrarse problemas, puede "solicitar la intervención del juez para que constate la ocurrencia de la causal". Y esto incluso puede hacerse en contra de la voluntad de los padres.
En verdad, se atenta contra el sentido común.
¡Cómo se puede permitir que una menor de 12 o 13 años tome una decisión de esta naturaleza sin el consentimiento de sus padres! No puede adoptar decisiones mucho más intrascendentes sin el consentimiento de un adulto, y resulta que ahora podrá practicarse un aborto sin la anuencia de sus padres porque se lo negaron.
Ello atenta no solo contra la vida del ser que está por nacer, sino también contra el sentido común.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Para fundar su voto, tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Solo deseo aclarar, señor Presidente, pues lo que se ha dicho recién no tiene fundamento en el texto.
Voy a leerlo, porque la verdad es que estoy impresionado con la última intervención. Dice: "Tratándose de una niña menor de 14 años, además de su voluntad, la interrupción del embarazo deberá contar con la autorización de su representante legal, o de uno de ellos, a elección de la niña, si tuviere más de uno". O sea, no basta el consentimiento de la menor, como dijo la Senadora que me antecedió en el uso de la palabra, que faltó a la verdad en ese punto.
Luego señala la norma: "si éste no es habido, la niña, asistida por un integrante del equipo de salud podrá solicitar la intervención del juez para que constate la ocurrencia de la causal". ¡Siempre! Y esto es completamente coherente con las normas que este Parlamento ha aprobado, por ejemplo, en materia de entrega de la píldora del día después.
Ahora, en el evento de que el médico observe que la menor que ha solicitado la interrupción del embarazo puede estar en riesgo, se salta la autorización de los representantes legales y acude al juez, como tercero imparcial, para proteger a la menor. Porque el principio es el interés superior del niño.
Quiero dejarlo establecido, señor Presidente, para que lo que se dijo anteriormente no quede como un argumento veraz, porque, de acuerdo al texto que estamos analizando, no lo es.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Para fundar su voto, tiene la palabra el Senador señor Ignacio Walker.


El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente, corroborando lo que acaba de expresar y reiterar el Senador Harboe, quiero señalar que la norma no atenta contra la corresponsabilidad, porque ambos representantes quedan habilitados para entregar su autorización.
La corresponsabilidad se viola cuando la ley establece la primacía del padre sobre la madre, o viceversa, como ocurría antiguamente con el derecho de cuidado de los hijos en común.
Por lo tanto, no se está atentando contra la corresponsabilidad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso cuarto del artículo 119 (21 votos a favor y 11 en contra), dejándose constancia de que se reúne el quorum constitucional requerido.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Hernán Larraín, Moreira y Prokurica.

El señor LABBÉ (Secretario General).- A continuación, corresponde tratar el inciso quinto del artículo 119, que aparece en la página 6, última columna, del boletín comparado.
Dice: "Cuando a juicio del médico existan antecedentes para estimar que solicitar la autorización del representante legal podría generar a la menor de 14 años, o a la mujer judicialmente declarada interdicta por causa de demencia, un riesgo grave de maltrato físico o psíquico, coacción, abandono, desarraigo u otras acciones u omisiones que vulneren su integridad, se prescindirá de tal autorización y se solicitará una autorización judicial sustitutiva. Para efectos de este inciso la opinión del médico deberá constar por escrito".
En la página siguiente figura el inciso sexto, que establece:
"La autorización judicial sustitutiva regulada en los incisos anteriores será solicitada al juez con competencia en materia de familia del lugar donde se encuentre la menor de 14 años o la mujer judicialmente declarada interdicta por causa de demencia. El procedimiento será reservado y no será admitida oposición alguna de terceros distintos al representante legal que hubiere denegado la autorización. La resolución que deniegue la autorización será apelable y se tramitará según lo establecido en el artículo 69, inciso quinto, del Código Orgánico de Tribunales".
Aquí se ha pedido votación separada de las frases "que hubiere denegado la autorización" y "que deniegue la autorización".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Entiendo que se retiró la petición para votar separadamente frase por frase.
El señor LARRAÍN.- Así es.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Por lo tanto, se hará una sola votación.
El señor LABBÉ (Secretario General).- De consiguiente, la votación comprende desde la página 6 del texto comparado, en que dice: "Cuando a juicio del médico existan antecedentes", hasta la página 7, en que se señala: "Código Orgánico de Tribunales.". Se trata de una norma de rango orgánico constitucional.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueban los incisos quinto y sexto del artículo 119 (21 votos a favor y 11 en contra), dejándose constancia de que se reúne el quorum constitucional requerido.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Hernán Larraín, Moreira y Prokurica.

El señor LABBÉ (Secretario General).- En la página 8 del comparado, el texto continúa con lo siguiente:
"La voluntad de interrumpir el embarazo manifestada por una adolescente de 14 años y menor de 18 deberá ser informada a su representante legal. Si la adolescente tuviere más de uno, sólo se informará al que ella señale.
"Si a juicio del equipo de salud existen antecedentes que hagan deducir razonablemente que proporcionar esta información al representante legal señalado por la adolescente podría generarle a ella un riesgo grave de maltrato físico o psíquico, coacción, abandono, desarraigo u otras acciones u omisiones que vulneren su integridad, se prescindirá de la comunicación al representante, y en su lugar se informará al adulto familiar que la adolescente indique y, en caso de no haberlo, al adulto responsable que ella señale.
"En el caso de que la adolescente se halle expuesta a alguno de los riesgos referidos en el inciso anterior, el jefe del establecimiento hospitalario o clínica particular deberá informar al tribunal con competencia en materia de familia que corresponda, para que adopte las medidas de protección que la ley establece.
"El prestador de salud deberá proporcionar a la mujer información veraz sobre las características de la prestación médica, según lo establecido en los artículos 8° y 10 de la ley N° 20.584. Asimismo, deberá entregarle información verbal y escrita sobre las alternativas a la interrupción del embarazo, incluyendo la de programas de apoyo social, económico y de adopción disponibles. La información será siempre completa y objetiva y su entrega en ningún caso podrá estar destinada a influir en la voluntad de la mujer. No obstante lo anterior, el prestador de salud deberá asegurarse de que la mujer comprende todas las alternativas que tiene el procedimiento de interrupción, antes de que este se lleve a cabo, y de que no sufra coacción de ningún tipo en su decisión.".
Ese es el texto que hay que votar.
Cabe hacer presente que no se requiere quorum especial para su aprobación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Entonces, se pondría en votación.
El señor ALLAMAND.- ¡Está mal hecha la lectura!
El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, ¿qué incisos vamos a votar?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Allamand.
El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, tengo la impresión de que en la página 9, el párrafo que parte con la frase "El prestador de salud", y el resto, guardan relación con el programa de acompañamiento.
Más aún, dice: "La información será siempre completa y objetiva y su entrega en ningún caso podrá estar destinada a influir en la voluntad".
Esa parte, a mi juicio, tiene que ver con acompañamiento, al igual que los incisos que le siguen.
Lo que ocurre es que, de alguna forma, están mezcladas las normas.
El acompañamiento comprende básicamente tres cosas: es voluntario (página 11), comprende el principio no disuasivo (lo veo en este artículo) y finalmente se halla la alternativa de la indicación.
Entonces, tengo la impresión de que cuando se habla del principio no disuasivo, este tiene que ver con el acompañamiento. Porque, si no, ¿con qué tendría que ver?
El principio no disuasivo es el que dice: "en ningún caso podrá estar destinada a influir en la voluntad de la mujer.".
Obviamente que eso es acompañamiento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Efectivamente, señor Senador.
Por lo tanto, la votación comprende desde la frase: "La voluntad" hasta "El prestador". O sea, desde la página 8 hasta el comienzo de la 9.
El señor ALLAMAND.- Eso es.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.
El señor LARRAÍN.- ¿Qué se vota, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Desde el inicio de la página 8, donde dice: "La voluntad de interrumpir", hasta la página 9, con la frase: "El prestador".
El señor BIANCHI.- No, señor Presidente, es hasta: "la ley establece.".
El señor ALLAMAND.- Está en lo correcto, Senador Bianchi, termina con: "que la ley establece.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Muy bien.
El señor LARRAÍN.- Eso es.
El señor WALKER (don Ignacio).- ¡En votación, señor Presidente!
El señor PIZARRO.- Abra la votación, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, mi preocupación radica fundamentalmente en el primero de los incisos por votar, porque se vuelve a repetir la situación que hemos planteado.
Aquí se trata de una menor de 18, pero mayor de 14. Así, se expresa: "La voluntad de interrumpir el embarazo manifestada por una adolescente de 14 años y menor de 18 deberá ser informada a su representante legal.".
Sin embargo, en seguida se agrega: "Si la adolescente tuviere más de uno, sólo se informará al que ella señale.".
En consecuencia, de nuevo estamos rompiendo el principio de corresponsabilidad de los padres, pues se excluye a uno de ellos. Uno podría entenderlo si la redacción del texto fuese: "Si alguno de los padres ha estado involucrado en el abuso, quedará excluido y bastará con la opinión del otro". Pero no es lo que dice.
Por lo tanto, creo que, al igual que en los principios anteriores, aquí hay una ruptura del principio de corresponsabilidad parental y del derecho preferente de los padres a educar a sus hijos.
Yo he manifestado en diversas oportunidades que esto tiene un problema de constitucionalidad, y por eso haremos expresa reserva de constitucionalidad, porque va en contra del artículo 19, número 10°, de nuestra Carta Fundamental.
Por lo tanto, quiero pedir votación separada respecto de ese inciso. En los otros dos incisos me voy a abstener. Pero este lo votaré en contra, por las razones que he dicho.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señor Senador, ya se venció el plazo para pedir votación separada. Acuérdese que fijamos un plazo para ello.
El señor LARRAÍN.- Pero vayamos votando...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ahora, si la Sala está de acuerdo, no tengo problema para permitirlo.
El señor LARRAÍN.- Habíamos quedado de votar este inciso separadamente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Insisto: de haber acuerdo, no tengo inconveniente en autorizar la votación separada.
El señor LARRAÍN.- Votemos este inciso.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Entonces, procederemos a votar el inciso séptimo, que comienza con la frase: "La voluntad" hasta la que dispone "al que ella señale.".
En votación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso séptimo del artículo 119 (20 votos a favor y 11 en contra).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Hernán Larraín, Moreira y Prokurica.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Continuamos con los incisos siguientes.
En votación los incisos octavo y noveno del artículo 119.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, está claro que la saturación de los tribunales competentes -imagino que serán los de familia- no permitirá que se cumplan los plazos para que el tribunal sea informado por el hospital público o la clínica particular acerca de los riesgos que corre determinada adolescente.
La pregunta es: ¿qué organismo va a adoptar "las medidas de protección que la ley establece"? ¿El tribunal de familia respectivo, como ha ocurrido en el caso del SENAME? ¿Van a mandar a esa menor a un hogar del Servicio Nacional de Menores?
Insisto en mi consulta, aprovechando la presencia de dos Ministras: ¿dónde se le va a dar protección a esa adolescente?
Claramente, existen muy pocos hogares de mujeres agredidas, violentadas. Por eso fracasaron las normativas sobre familia, como la Ley de Violencia Intrafamiliar, y por eso tenemos tantos feminicidios: la mujer abusada tiene que regresar a su hogar y ahí vuelve a exponerse.
El problema es dónde esas adolescentes van a recibir esas medidas de protección. Hoy día los tribunales de familia ¡las mandan a centros del SENAME! ¡Las sacan de su hogar y las envían al SENAME!
¡Salen del fuego para caer a las brasas!
Es claro que la normativa no las va a proteger, mientras no tengamos una claridad muy profunda sobre las facultades del tribunal y los lugares habilitados para dar la protección que la ley establece.
Que esa niña vuelva a su hogar, donde puede estar el violador, es un problema. En esa situación va a pasar un tiempo, lo que se contrapone con las semanas que se han dispuesto como plazo para tomar la decisión de interrumpir el embarazo.
¡Los tribunales se van a tardar muchísimo!
En ese sentido, señor Presidente, los tiempos deben quedar muy claros: se han fijado plazos en semanas para decidir qué hacer. Si los juzgados se demoran en resolver y efectivamente no existe un lugar donde brindar debida protección, esta futura ley será letra muerta.
Lo sabemos, porque conocemos los tribunales de familia.
¡Es lo que sucede hoy, innegablemente!
Aprovechando la presencia de dos Ministras, deseo preguntar qué vamos a hacer en ese caso.
¡Los tribunales no darán solución! ¡Van a mandar a la joven abusada a un hogar del SENAME!
Yo no estoy disponible para apoyar un inciso que plantea, como respuesta a la vulnerabilidad de la menor violada, enviarla a un centro del SENAME.
Señor Presidente, me gustaría que contestara a mi inquietud una de las señoras Ministras.
El señor PIZARRO.- Pero estamos en votación.
El señor NAVARRO.- Que respondan al final, entonces.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, le pido que me excuse.
Estamos votando, en la página 8 del comparado, el inciso que está al final, cuyo texto empieza con la frase "En el caso de" y termina con "la ley establece" en la página siguiente.
La señora VAN RYSSELBERGHE.- Y el inciso anterior también.
El señor ESPINA.- ¡No! Ese ya está votado.
La señora VAN RYSSELBERGHE.- No.
El señor ESPINA.- ¡Sí lo está!
El señor LARRAÍN.- No.
El señor ESPINA.- Señor Presidente, en la página 8 del comparado, hay un inciso que empieza con la frase "La voluntad de interrumpir". Eso se votó.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Sí.
El señor ESPINA.- El siguiente inciso, que parte con la expresión "Si a juicio del equipo de salud", también se votó.
El señor LARRAÍN.- No.
La señora VAN RYSSELBERGHE.- No.
El señor ESPINA.- ¡Sí!
Señor Presidente, ¿ese inciso se sometió a votación o no?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Estamos votando, dos incisos de la página 8: el que se inicia con la frase "Si a juicio del equipo de salud" y el que parte con la expresión "En el caso de", norma que termina en la página 9.
El señor BIANCHI.- Exacto.
El señor WALKER (don Patricio).- Sí.
El señor LARRAÍN.- Son dos incisos.
El señor ESPINA.- Perfecto, señor Presidente.
Lo único que haré es coincidir con la argumentación que ha dado el Senador Navarro, quien dice exactamente la verdad en esta materia.
Aquí hay un tema de fondo.
Estamos votando estas normas a las 2:9 de la mañana y quedamos con la conciencia muy tranquila, porque se trata de establecer medidas de protección para la menor.
¡Todos sabemos que tales medidas no existen! Perdonen que se los diga.
¡Vamos a discutir mañana sobre el SENAME, pero hoy saldremos de aquí todos "muy contentos y felices"!
Lamento que la Senadora Muñoz no se encuentre ahora en la Sala, quien fue autora de un proyecto en la materia y sabe que no hay financiamiento para ello. Discutimos en la Comisión de Constitución sobre las medidas de protección. ¡No había plata! Lo único que finalmente se dijo fue que podrá haber mecanismos electrónicos en ese ámbito, pero no recursos para financiar otras medidas.
¡Cómo se van a financiar las medidas de protección a que se hace referencia en la presente iniciativa!¡Cuáles son! ¡Adónde van a llevar a las niñas abusadas!
Veamos un caso en la práctica. Se le dice a una menor: "Usted está en riesgo y yo tengo que protegerla".
¿Adónde la llevan? ¿A qué parte? A una de las instituciones del SENAME.
Me habría gustado que este proyecto hubiera establecido, por último, recursos especiales para proteger a las niñas que corren riesgo de muerte. Es evidente que va a reaccionar el violador delatado por un hecho de esta naturaleza, quien enfrenta una pena que llega hasta los 20 años de cárcel.
En definitiva, señor Presidente, la norma que estamos votando -pido que nos miremos bien tranquilos y no digamos después que nadie advirtió sobre este asunto- no cuenta con una gota de financiamiento para las medidas de protección en los casos referidos. ¡Nada!
Espero que el día de mañana no digamos que nos preocupan mucho las medidas de protección de los niños por haber aprobado en el Senado de la República disposiciones que sabemos que no están financiadas.
¡Es un engaño esto, y lo sabemos!
Lo señaló el Senador Navarro. ¡Y dijo toda la verdad! Lo avalo cien por ciento; coincido plenamente con él en esto.
¡Aquí estamos apoyando una norma que no tiene financiamiento! Si el día de mañana le aplican medidas de protección a una de estas niñas y en tal situación la matan, este Senado deberá recordar que aprobó incisos en ese sentido que no contaban con financiamiento, Ministra. ¡No lo tiene!
Sugiero que a la próxima sesión de la Comisión de Constitución invitemos a las juezas de familia y les preguntemos si tienen financiamiento para esas medidas: ¿tienen adónde llevar a esas adolescentes?, ¿qué decretan para ellas?
Cualquiera de ellas les dirá: "Estoy saturada. No tengo ni una posibilidad de atender a esas niñas".
Entonces, estamos dictando una norma teórica.
Yo, por lo menos, no quiero cargar con la responsabilidad de haber respaldado una disposición en esta materia que carece de financiamiento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, solo para que quede constancia, deseo precisar que los tribunales de familia también contemplan -lo hacen hoy y, para ello, contó con el apoyo del Senador Espina, cuando aprobó el proyecto que creó dichos juzgados- medidas de protección distintas de la residencia de internación.
Hay un conjunto de otras alternativas: por ejemplo, las medidas que son ambulatorias, las más comunes en nuestro ordenamiento.
Uno podrá considerar que son buenas o malas, pero son las que hoy día contempla la legislación. No es la iniciativa que nos ocupa la que establece tales medidas. Esta solo hace la referencia a la ley, ya aprobada por este Parlamento desde hace mucho rato, que concede a los jueces de familia la facultad de adoptar medidas de protección.
Si consideráramos que estas no son adecuadas, bueno, habría que modificar la normativa que las consagró.
No me parece apropiado que se abra el debate acerca de que las medidas de protección son malas solo a propósito de la interrupción del embarazo. ¡No, señor! Hay un conjunto de niños y niñas que no están afectados por la situación relativa al embarazo por violación y también requieren que se mejoren dichas medidas.
Esa es la discusión que tenemos que dar, pero no a raíz de esta iniciativa, sino de otra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueban los incisos octavo y noveno del artículo 119, contenidos en el número 1 del artículo 1º del proyecto (18 votos a favor, 11 en contra y una abstención).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic y Muñoz y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Lagos, Montes, Pizarro, Quintana, Quinteros, Rossi, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Moreira, Navarro y Prokurica.
Se abstuvo el señor Hernán Larraín.
La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, estaba en el baño. ¿Puede sumar mi voto afirmativo, por favor?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¡No tiene que dar explicaciones, Su Señoría...!
La señora PÉREZ (doña Lily).- Para que sepa por qué no alcancé a votar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se deja constancia de su intención de votar a favor.
Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, hay dos posibilidades para continuar: entrar al tema sobre la objeción de conciencia o seguir en el orden del proyecto con el relativo al acompañamiento.
El señor LARRAÍN.- Este último.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Íbamos discutiendo por tema. Ahora corresponde ver el de acompañamiento.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Las normas sobre esa materia van desde la página 10 hasta la 13 del boletín comparado.
El señor WALKER (don Patricio).- Desde la 9.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Perdón, 9.
Al respecto, existen indicaciones renovadas y peticiones de votaciones separadas.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- De acuerdo con lo resuelto por los Comités, tenemos una hora para debatir este tema.
Les solicito a las bancadas que me indiquen los nombres de los Senadores que van a intervenir.
Tiene la palabra el Senador señor García.


El señor GARCÍA.- Señor Presidente, tal como ha quedado de manifiesto durante esta discusión, el programa de acompañamiento no venía originalmente. Y responde a una exigencia de los Diputados de la Democracia Cristiana para aprobar este proyecto.
Sin embargo, este programa es completamente insuficiente para dar apoyo a quienes se van a enfrentar a alguna de estas tres causales. Además, hay acciones que ni siquiera están contempladas en el informe financiero que se nos entregó.
Para el primer año se contemplan 5 mil 17 millones de pesos; y en régimen, 3 mil 742 millones de pesos.
¿Por qué digo que es insuficiente?
Porque, por ejemplo, se dice: "En la situación descrita en el número 2) del inciso primero," -o sea, segunda causal- "el prestador de salud proporcionará los cuidados paliativos que el caso exija, tanto si se trata del parto como de la interrupción del embarazo con sobrevivencia del nacido.".
Si revisamos el listado de acciones que se nos entrega en el informe financiero, nada de ese acompañamiento viene señalado.
De otro lado, señor Presidente, quiero decir que hoy ingresó al Congreso Nacional la información sobre listas de espera correspondientes al 31 de mayo del presente año.
Hoy día 90 mil mujeres esperan por una atención ginecológica. De ellas, aproximadamente 69 mil aguarda por una consulta de especialidad, y 21 mil, por una cirugía.
¿Me van a decir que el sistema público, con estos recursos, está en condiciones de dar un programa de acompañamiento efectivo? ¡Claramente no!
Creo que, una vez más, seguimos dictando leyes completamente desfinanciadas.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Goic.


La señora GOIC.- Señor Presidente, tal cual se ha reconocido, esta fue una exigencia que hicimos como Democracia Cristiana, después de un proceso de discusión, de discernimiento como partido.
Planteamos que para nosotros era fundamental la existencia del acompañamiento, en la lógica de hacernos cargo de la realidad que viven las mujeres, y muchas veces sus familias, con relación a estas causales; de dar respuesta a la demanda que nos hacen las mujeres que se ven enfrentadas a este tipo de situaciones (violación, diagnóstico de inviabilidad fetal, riesgo de vida) muchas veces solas y con la amenaza de la pena de cárcel.
Por eso el referido programa era tan fundamental para nosotros.
Ya reconocí en una intervención anterior -y lo vuelvo a hacer- el trabajo que hizo la bancada de los Diputados de nuestro partido para lograr el establecimiento del programa de acompañamiento, el cual inicialmente no existía, y los avances en algo que probablemente siempre puede ser perfectible.
Siempre habrá posibilidad de mejorar en esta materia, y más todavía en un país donde la salud mental está en el patio trasero.
Esa es la realidad. O sea, hoy día para cualquier persona el tener acceso a una psicoterapia es privativo. Porque se requieren recursos importantes, incluso en el sector privado (la isapre reembolsa determinada cantidad de dinero de la prestación).
Por ello es tan significativo lo que estamos estableciendo acá, que es una garantía. A diferencia de lo que venía de la otra Cámara, que solo contemplaba a las mujeres que estaban en el sector público, aquí lo que tenemos como programa de acompañamiento es una garantía para todas las mujeres, independiente de si son beneficiarias del sistema público o del privado.
FONASA codifica las prestaciones en materia de apoyo psicológico, de asistencia social, de ayuda psiquiátrica; contempla los traslados (es parte de lo que se incorporó), además de una campaña más amplia de difusión (Programa Salud Responde) para tener acceso directo.
O sea, no reconocer que aquí hay un programa que se fortalece, que es real para acoger a las mujeres a mi juicio es no valorar el trabajo que hicimos. Quizá sería hasta un poquito mezquino.
Reitero: esto es perfectible. ¡Ciertamente lo es! No me cabe duda de que, a medida que se vaya implementando, podrá ir perfeccionándose.
Pero se trata de un programa real, que incrementó sustantivamente su financiamiento. Durante la tramitación en la Comisión hubo un aumento en más de mil 500 millones, los cuales justamente se hallan destinados en su mayoría a la contratación de recursos humanos.
Incorporamos la contratación de horas de psiquiatras, si son necesarias. Porque hoy día existe una garantía para las mujeres, por ejemplo, en caso de depresión. Pero cuando hablamos de menores de 14 años, esa garantía no corre.
Por lo tanto, había que tener los recursos necesarios, sobre todo para atender ese tipo de situaciones.
De otro lado, quiero señalar que se contemplan para el primer año recursos para ecógrafos, equipamiento, en fin. Ello, al objeto de permitir todo esto. Así las mujeres y sus familias podrán tener mayor acercamiento en materia de diagnósticos y de atención de salud.
Se trata de un acompañamiento no disuasivo, sino respetuoso de la decisión de la mujer.
También aquellas instituciones con experiencia en el acompañamiento podrán complementar el trabajo que lleva a cabo el Estado. Se trata de organizaciones sin fines de lucro que durante años han asumido la tarea de acompañar a mujeres en estado de gestación y cuando hay embarazos vulnerables, o sea, no solo en estas tres causales.
El proyecto establece que cada institución deberá entregar a la mujer información veraz sobre las características de la prestación. Ello, como parte del programa de acompañamiento, a fin de complementar lo que el Estado asume y garantiza como un derecho para todas las mujeres.
Quiero reconocer la disposición del Gobierno para buscar alternativas que nos permitan incluso en el caso de las mujeres que se atienden en el sector privado garantizar aquello cuando su institución (la isapre) no cubra toda la prestación.
Hoy día existe esa modalidad respecto de otros programas que son de interés público, que se denominan de "bien público", para que dichas mujeres puedan ser atendidas en el sistema estatal.
Hay que entender también que, por la especificidad de este programa, vamos a tener probablemente equipos mucho más capacitados en las instituciones de salud, los cuales -lo conversamos a propósito de la segunda causal- van a ir especializándose en embarazos complejos o en estas tres situaciones que sin duda requieren un apoyo especialísimo del equipo de salud, psicosocial, tal cual se halla planteado.
Por último, quiero señalar que para nosotros se cumple aquí un compromiso que asumimos durante la discusión de este proyecto, que además trabajamos en la bancada de Senadores de la Democracia Cristiana en conjunto, y que se hace cargo de un tema de fondo que inicialmente no se había abordado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Al Comité Demócrata Cristiano le quedan cuatro minutos y cincuenta segundos.
Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, en verdad, esta es una iniciativa del mayor interés.
Las experiencias que se conocen de programas de acompañamiento son muy valiosas. En particular, me ha tocado conocer la de la Fundación Chile Unido, que ha logrado, en lo tocante a implementación, prevenir abortos en el 85 por ciento de las mujeres que consultaron y pidieron el apoyo de esa entidad. En materia de violación, de los 134 casos que ha acompañado desde 1999 a 2016, el 91 por ciento de las mujeres continuaron con el embarazo; el 78 por ciento se halla junto a sus hijos; el 18 por ciento los cedió en adopción, y el resto está siendo acompañada con su ser en gestación.
Asimismo, alrededor de 5 mil niños han sido ayudados por el programa de acompañamiento, y a través de él, han podido hacer uso de su derecho a vivir.
Dicho en simple, se trata de un programa respecto del cual existe mucha urgencia en su implementación para lograr apoyar a las mujeres que se encuentran en una situación difícil, como es el caso de las que se ven enfrentadas a las propias causales que hoy estamos analizando, fundamentalmente a las más duras, como la violación y la inviabilidad fetal, que es tan dolorosa, pues implica llevar en su vientre un niño con pocas probabilidades de sobrevivencia.
En tal sentido, nos parece un proyecto muy significativo.
En seguida, quiero plantear algunas observaciones.
Me sumo, desde ya, a lo expresado por el Senador García en el sentido de que estamos frente a una iniciativa desfinanciada.
Los costos de la Fundación Chile Unido son siete veces mayores que los proyectados en el presupuesto que se señaló. Por lo tanto, estamos partiendo mal acá, haciéndonos trampas en el solitario, creyendo que con los recursos que se van a asignar se puede hacer algo.
En segundo lugar, el programa de acompañamiento, por si lo anterior fuera poco, aunque sea más complejo, se establece para las mujeres que se encuentran en alguna de las tres causales, no para aquellas que se hallan embarazadas y que se encuentran en distintas situaciones de vulnerabilidad, sea psicológica, social o de cualquier otra naturaleza. Ellas no podrán acceder a los programas de acompañamiento no obstante también necesitarlos.
Me parece un asunto que también se debe discutir.
De otro lado, se ha planteado que el acompañamiento es solo para casos de aborto, es decir, para los procesos que se han mencionado.
Sobre el particular, podemos destacar algunas frases que esta normativa contempla.
En el inciso pertinente se dice: "y su entrega en ningún caso podrá estar destinada a influir en la voluntad de la mujer". Y más adelante se señala que este acompañamiento deberá ser "respetuoso de su libre decisión".
Si la mujer quiere acompañamiento para fortalecer la decisión de tener a su hijo, este programa no la podrá ayudar, pues pareciera -y hemos escuchado declaraciones incluso de la Ministra Pascual- que están orientándolo única y exclusivamente a que las personas eviten tener al hijo, es decir, a que produzcan la interrupción del embarazo.
En otras palabras, estamos frente a un programa cuya unidireccionalidad es demasiado compleja: es solo para casos de aborto, únicamente para inducir y acompañar a quienes toman esa decisión.
Eso me parece absolutamente contradictorio con la idea del acompañamiento. Porque este es para alguien que se halla en una situación compleja, desesperada y que necesita ayuda, orientación y no inducción en determinada línea. De modo que bien podría esa persona pedir ayuda en otra dirección.
Por último, quiero referirme a algo que quizá tampoco tiene mucha explicación: quienes pueden prestar estos programas de acompañamiento son solo organismos estatales.
En el inciso respectivo -páginas 11 y 12 del comparado- se señala: "Asimismo se establecerán los criterios para la confección de un listado de instituciones sin fines de lucro que ofrezcan apoyo adicional al programa de acompañamiento". Es decir, el programa de acompañamiento solo lo puede entregar una organización estatal.
Universidades que tienen facultades de Medicina en el norte, en Concepción -no quiero mencionar a la Universidad Católica por cuanto parece que se asustan cuando uno la nombra-, que son instituciones serias, con experiencia, que pueden ayudar al acompañamiento en forma contundente tienen prohibido participar, conforme a la ley en proyecto. Solo pueden efectuar acciones complementarias, pero no brindar un apoyo real, cuestión que -según señalé- se halla entregado a organizaciones estatales.
Señor Presidente, esto es francamente una discriminación, una ruptura de la igualdad ante la ley y un prejuicio ideológico que ciertamente no compartimos y que vamos a rechazar.
Creo que esto se debe abrir, fijando las reglas técnicas correspondientes, para que quienes puedan prestar su colaboración lo hagan y no nos circunscribamos al criterio estatal.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, como lo he señalado en mis intervenciones anteriores, considero que la penalización absoluta del aborto es inconstitucional, no solo por vulnerar desproporcionadamente diversos derechos de las mujeres, sino además por ser una fórmula ineficiente de protección de la vida prenatal.
Hay algunos que han circunscrito la protección de la vida del que está por nacer únicamente a la penalización y no a la política pública, a la política social.
El proyecto que hoy discutimos contempla reglas de protección de la vida del que está por nacer que cumplen con el mandato constitucional de proteger de mejor manera que la mera penalización. En este sentido, dentro de la iniciativa, es destacable la existencia del programa de acompañamiento que se ofrecerá a las mujeres que se encuentren en alguna de las tres causales.
El acompañamiento, pues, será un derecho para todas las mujeres que estén dentro de alguna de ellas.
El proyecto regula el acompañamiento como un derecho de todas las mujeres que se encuentren en cualquiera de las tres causales, sea que quieran continuar con su embarazo o deseen interrumpirlo.
No hay ninguna discriminación.
Esa es la primera diferencia con la ley vigente, que establece la imposición de una visión. Aquí no: si una mujer legítimamente quiere perseverar en su embarazo aun en las tres causales, también será beneficiaria del programa de acompañamiento.
De esta manera, compromete prestaciones que hoy día no se encuentran disponibles para ninguna de esas dos opciones. Además, permite que quien está pensando en practicarse un aborto se acerque al sistema de salud formal, donde ahora la mujer no será penalizada, sino acogida, informada y acompañada en su decisión, en contraposición a lo que ocurre hoy, en que la penalización absoluta obliga a las mujeres a practicarse abortos en condiciones insalubres y de absoluta desinformación, y lo que es peor, a no acercarse a la institucionalidad pública por riesgo a ser perseguidas penalmente.
Es decir, vamos a terminar -o al menos, reducir- con una significativa cifra negra de abortos clandestinos.
Asimismo, es importante tener presente que las prestaciones incluidas en el programa de acompañamiento serán reguladas en un decreto conjunto de los Ministerios de Salud y de Hacienda, en que se dará un tratamiento de un bien de salud pública, lo que permitirá que las prestaciones se otorguen a mujeres que se atienden tanto en el sistema de salud privado como en el público.
En cuanto a sus características, el programa de acompañamiento es voluntario, personalizado y respetuoso de la voluntad de la mujer, es decir, no está destinado a influir en su decisión, por lo que la información que se le entregue será siempre completa y objetiva.
El acompañamiento permitirá brindar atención médica, psicológica y social en todo momento, esto es, antes, durante y después del proceso de discernimiento, de la toma de decisión, del parto o de la interrupción del embarazo. Incluso esta redacción fue mejorada en la Comisión de Constitución para dejar explícito que se incluía el periodo anterior del parto o la interrupción del embarazo...
Señor Presidente, ¿me puede dar un minuto más, con cargo a mi Comité?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Sí, señor Senador. Puede continuar.
El señor HARBOE.- Estas acciones, señor Presidente, según lo informado por el Ministerio de Salud, con respaldo en el informe financiero incluyen:
-Acciones de acogida y apoyo psicológico en todo el proceso.
-Contención emocional de la mujer y su familia.
-Intervención en crisis de la mujer y su entorno inmediato.
-Evaluación psicosocial de cada mujer que permita ofertarle apoyo.
-Apoyo psicológico individual, en caso de ser aceptado.
-Evaluación por psiquiatra a menores de 15 años.
-Desarrollo de psicoterapia, en caso de ser requerida, a menores de 15 años.
-Al menos diez sesiones de apoyo psicológico individuales o grupales.
-Articulación de las mujeres a la red de protección social y a las redes comunitarias en los propios territorios.
-Gastos para traslado de mujeres a los centros de alto riesgo obstétrico.
-Equipo especial en la red telefónica Salud Responde que permita atención a las mujeres que soliciten la interrupción de la gestación invocando la tercera causal.
Señor Presidente, a quienes sostienen que los recursos financieros dispuestos para el proyecto son insuficientes debo recordarles que este Programa no se construye sobre la nada, sino que contempla un fortalecimiento, mediante la inyección de más de 5 mil millones de pesos, de la red de salud pública que ya opera.
En tal sentido, hay que tener presente que las prestaciones serán otorgadas en las 22 policlínicas de especialidad de alto riesgo obstétrico que existen a lo largo de nuestro país, con recursos humanos especializados, para lo cual se considerará la instalación de una dupla psicosocial que incluya médicos psiquiatras en esos establecimientos de salud.
Asimismo, se contemplan recursos para la adquisición de ecotomógrafos de alta resolución y para solventar gastos en capacitaciones diversas.
Señor Presidente, esta sí es una medida efectiva de protección social, una política pública para proteger la vida del que está por nacer.
Aquí no se está criminalizando la política social: se está socializando un aspecto relevante en materia de prevención.
Se trata de una medida efectiva, seria, encamina al resguardo de la vida prenatal.
Por eso, voy a aprobar el Programa de Acompañamiento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Bianchi.


El señor BIANCHI.- Señor Presidente, en esta misma línea, yo presenté una indicación que a mi juicio cumplía de manera mucho más cabal el mandato constitucional sobre protección de la vida del que está por nacer, pues la madre siempre debe ser informada sobre el equilibrio existente entre el derecho a la vida del ser vivo que está por nacer y el derecho de ella como mujer a su autodeterminación sexual. O sea, aquí se trata no solo de los derechos de la mujer, sino también del equilibrio de los derechos involucrados, que ella debe conocer y comprender.
Además, creo importante que, al momento de tomar la decisión la mujer, se le deba entregar información verbal y escrita sobre las alternativas a la interrupción del embarazo, incluida la de programas de apoyo social y económico y de adopción disponibles, cosa que también está incorporada en la indicación que se aprobó, pero sin el agregado de que la información ha de ser entregada por un equipo de acompañamiento al embarazo, el que deberá proporcionar a la mujer, empática y confidencialmente, dicha información, y no simplemente, como dice la indicación, por el prestador de salud, sino por un equipo multidisciplinario que exista como tal y que entregue dicha confidencial y empática información. Los verbos y sustantivos pueden parecer sin mucha importancia, pero es factible que adquieran gran relevancia a la hora de exigirle a un prestador de salud la obligación de cumplir efectivamente con el deber de información.
Por último, señor Presidente, respecto del acompañamiento, yo quise reforzar la obligación del prestador de salud con una instancia de reclamo mucho más efectiva y severa en contra de él en caso de que no preste dicho acompañamiento, cuestión que formulé mediante la indicación número 60, la que, obviamente, fue rechazada en su oportunidad.
Voy a votar favorablemente la norma en comento.
No obstante, debo puntualizar que la indicación que presenté -fue rechazada y no pude renovarla- cumplía cabalmente y de mejor manera el mandato constitucional de proteger la vida del que está por nacer.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Montes.
El señor ALLAMAND.- ¡Por primera vez...!
El señor MONTES.- Señor Presidente, efectivamente, yo no he hablado en el debate particular -sí, lo hice en la discusión general-, que me ha causado una muy buena impresión.
En esta oportunidad ha habido intervenciones muy de fondo, de todas las bancadas.
Destaco especialmente la del Senador Ignacio Walker -muchas veces tenemos discrepancias-, pues considero que ha hecho un aporte muy profundo y significativo al debate.
Manifiesto aquello porque aquí hay cuestiones en las que los abogados y los médicos han aportado más -en verdad, han ayudado bastante-, por su especialidad.
Sin embargo, no siempre hacemos debates con tanta profundidad y diversidad de puntos de vista.
Considero necesario subrayarlo.
En lo personal, señor Presidente, tomé la decisión, a conciencia y con los elementos que ponderé, de aprobar la despenalización de la interrupción voluntaria del aborto en las tres causales.
Este es un debate de política pública que tiene mucho mucho contenido: moral, ético, social; varias interrogantes: teóricas, filosóficas.
Para algunos, es más bien religioso. Para muchos, tiene que ver básicamente con la calidad de la sociedad, algo bastante amplio en cuanto al tipo de comunidad donde vivimos.
Como digo, ello supone elementos técnicos, médicos, penales que muchos no conocemos, y también, de organización práctica de un sistema.
Con todo eso, yo tengo una convicción profunda sobre el valor de la vida. Y no abrigo dudas.
Considero que para la convivencia de los seres humanos en sociedad es central la forma como respetamos la vida.
Es por eso que estamos contra la guerra, y en consecuencia, contra el gasto militar desbocado.
Por eso hemos estado contra la pena de muerte.
Es por ello que la represión nos genera una reacción muy rabiosa.
Señor Presidente, yo puedo señalar, por diversas razones (profesionales, familiares, en fin), que hoy día en las cárceles de nuestro país hay personas, entre ellas niños, hechas pedazos por la droga y otros flagelos como consecuencia de que sus madres fueron violadas por torturadores. Y amigos míos murieron en esas circunstancias.
Por situaciones como esas, producto de la experiencia, para uno el tema de la vida se transforma en algo quizá mucho más trascendental que lo que fue en el pasado.
¡Hoy día está muriendo mucha gente por el narcotráfico!
¡Hoy día gran cantidad de niños salen a la calle con armas durante los fines de semana!
O sea, la vida es un problema fundamental en nuestra sociedad, a juicio de muchos de nosotros.
Señor Presidente, hallándome yo en contra del aborto libre -a mí no me gusta, por muchas razones, que no voy a explicar acá-, quiero aclararle al Senador Patricio Walker que Correa, Tabaré Vázquez lo están igualmente (Bobbio también lo estaba), pero no contra situaciones específicas en las que pueden aplicarse las medidas planteadas. Al menos yo conozco con profundidad dos casos en que es así.
Quería clarificarlo, señor Presidente.
Ahora, yo tengo convicción sólida en cuanto a que la interrupción del embarazo por estas tres causales no debe ser penalizada.
Creo que este proyecto regula bien las condiciones, las salvaguardas y los requisitos para tal efecto.
Sé que la decisión -nadie lo ignora; y todos lo hemos dicho- es tremendamente dolorosa, difícil. Y por eso la iniciativa establece un sistema de acompañamiento, el que tuvo origen en ciertas bancadas.
Se trata de un importante derecho que se consagra en el proyecto que estamos debatiendo: el derecho de acompañamiento.
A este respecto, quiero aclararle al Senador Bianchi que también se establece el derecho a reclamo por la mala prestación; figura en el tercer inciso. No sé si emanó raíz de la indicación de Su Señoría o de una norma de la iniciativa redactada de otra manera.
Sin embargo, debo decir que esto es parte de nuestra historia.
No hay que olvidar cómo se formó el Servicio Nacional de Salud y cuáles fueron la propuesta y los ejes que plantearon Cruz-Coke y Salvador Allende al crearse: básicamente, la protección del embarazo, de la madre, del nacimiento.
Por eso Chile es un ejemplo en lo referente a tasas de mortalidad infantil y a condiciones de sobrevivencia de las madres.
Tenemos una historia sobre la materia.
Entonces, estimo que el enfoque del Senador Larraín tiende a distorsionar un poco las cosas
Nuestra historia en cuanto a protección del embarazo es muy grande.
Chile, independiente de que registramos altos y bajos, se destaca por aquello y por los profesionales existentes, pero además por la parte vinculada con la salud preventiva, que es la más desarrollada de toda nuestra historia.
A mi entender, este proyecto de ley regula una política pública en la que se ofrece un modelo de acompañamiento que llevará adelante el Estado.
Eso es lo que se está planteando acá: un modelo de acompañamiento.
Y los costos -lo digo al Senador García, con la venia de la Mesa- tienen que ver con dicho modelo.
Sé que Chile Unido tiene un modelo distinto, con otros componentes, el que puede ser muy valioso.
Sin embargo, en el proyecto que nos ocupa se expresa: "Aquí hay un modelo de acompañamiento con varios componentes," (no los voy a describir, pues ya se han leído) "y el costo es este" (el Ejecutivo lo calculó).
Claro: llegan instituciones que dicen: "Tenemos otro modelo de acompañamiento". Pero eso es con un tratamiento distinto, con cosas diferentes.
Empero, lo que figura en este proyecto es lo que el Estado se compromete a realizar con todas las personas sometidas a la interrupción del embarazo por las causales en comento.
Además, se dice muy claramente que este modelo de acompañamiento es neutro y voluntario.
Es neutro en cuanto no busca influir a la mujer en su decisión.
Si no quiere acompañamiento, nadie puede obligarla a tenerlo.
Ahora, es clave que el acompañamiento sea voluntario. Porque si la mujer quiere buscar otro tipo de apoyo, lo puede hacer, sin lugar a dudas. Nada hay en el proyecto que lo impida.
Muy por el contrario, esta iniciativa dispone la elaboración de una lista de instituciones -se ha leído aquí- para darles facilidades a quienes quieran información sobre otras instituciones que ofrezcan respaldo.
Eso se contiene en un precepto -fue leído acá por dos Senadores- que dice: "Asimismo, se establecerán los criterios para la confección de un listado de instituciones sin fines de lucro que ofrezcan apoyo adicional al programa de acompañamiento".
Señor Presidente, el contenido del apoyo adicional no está pauteado por este proyecto de ley. Por tanto, existe total libertad para que otras instituciones sin fines de lucro, con un proyecto distinto de la política de acompañamiento que ofrece el Estado, puedan ofrecer apoyo: por ejemplo, religioso, para tratar de disuadir, en fin.
Por eso se habla de "apoyo adicional": para no confundirlo con el acompañamiento que prevé el programa público.
Es algo distinto del programa público, que tiene fronteras claras, prestaciones específicas, modalidades acotadas.
Esperamos que se haga, y bien.
Incluso, hay una indicación del Ejecutivo que busca que el sistema esté implementado cuanto antes.
Señor Presidente, todo el acompañamiento está regulado bajo la lógica del bien público. O sea, se trata de una prestación que se les entrega a todas las mujeres que se encuentren en la situación de que estamos hablando.
Sobre la base de tal lógica, la prestación está garantizada por el Estado, que debe tener las capacidades necesarias.
Puede haber programas adicionales, otras alternativas. Nada prohíbe su existencia.
Varias de las versiones que se han dado acá, señor Presidente, tienden a distorsionar el mecanismo.
Por ejemplo, se pregunta por qué no se toma el proyecto de Chile Unido, que parece ser bien interesante: eso es otra cosa; tiene características distintas, costos diferentes.
Lo que el Estado está comprometiendo tiene límites claros, contenidos precisos. Y se prevé la dictación de un decreto para regularlo.
A ese respecto, hay una indicación del Ejecutivo, la que fue solicitada por varios parlamentarios, particularmente por la Senadora Goic.
En efecto, se pidió la existencia de un artículo transitorio que estableciera que las prestaciones reguladas en la ley en proyecto fueran exigibles a contar de la dictación del decreto que defina las prestaciones. O sea, la idea es apurar ese decreto a fin de que salga cuanto antes; poner un plazo máximo de 90 días para el cumplimiento de aquello; en otras palabras, imponerle al Gobierno una exigencia al objeto de que la cuestión no se postergue indefinidamente, sino que tenga un plazo bien acotado.
Esa indicación fue firmada por el Ejecutivo. Y entiendo que está en la Mesa.
Le solicitaría a la Sala que permita su tratamiento, de tal forma que el mecanismo quede más completo.
Señor Presidente, creo que debemos valorar el que se esté haciendo un programa de acompañamiento surgido del debate en el Senado y que fortalece el apoyo que requerirán quienes decidan acogerse a lo que plantea la ley en proyecto.
Considero que en esta parte el proyecto está muy desarrollado, es bastante sólido. De modo que, a mi entender, la interpretación del Senador Larraín se aleja bastante de lo que dice el proyecto.
Es cuanto quería expresar, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, se han dicho varias cosas bien interesantes con respecto al acompañamiento.
Me parece muy importante ese mecanismo, que se aplica durante todo el proceso en todas las causales, no solo en una.
Ahora, aunque creo que el acompañamiento debe operar en todas las causales, probablemente es en la que estamos votando, la de la violación, donde hay que ponerlo con más fuerza.
A mí me gusta mucho la indicación del Senador Allamand que habla de incorporar a corporaciones de derecho privado sin fines de lucro, para que no haya solo, según establece el proyecto, instituciones estatales.
Yo entiendo la postura de quienes plantean que el Estado va a ser neutro en esta materia, pero dificulto que lo sea cuando ya se esté ante una ley de la república.
Señor Presidente, a mí me parece que se pasa a lo subjetivo cuando los proyectos tienen una carga valórica clara y evidente.
Entonces, considero absolutamente plausible que existan tanto elementos del Estado, que van a ser neutros -a lo mejor no tan neutros-, cuanto instituciones privadas que den a conocer su postura, ya sea pidiéndole a la mujer que desista de su decisión, ya sea acompañándola en ella.
A mi entender, es muy importante dar esa alternativa. No podemos cerrarles la puerta a quienes quieran mostrar una mirada distinta con respecto a estas materias.
Esa es mi visión.
Ahora, la indicación del Senador Allamand dice: "La madre podrá siempre solicitar".
Estimo que el término "siempre" le da carácter perentorio a la indicación.
Entonces, propongo eliminar la palabra "siempre" y dejar la expresión "La madre podrá solicitar", de modo que sea algo absolutamente voluntario, no obligatorio.
De aquel modo se le atribuye carácter voluntario a la solicitud de acompañamiento.
Es probable que la mujer esté tan convencida de su decisión que no pida acompañamiento. Pero, en todo caso, debe quedar claro que el requerimiento ha de ser voluntario.
Es lo que yo quería aportar con respecto a esta materia, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Patricio Walker, por tres minutos.
Quedan dos minutos para don Ignacio Walker.


El señor WALKER (don Patricio).- En primer lugar, señor Presidente, quiero expresar mi alegría.
Estaba recordando acá -se lo contaba a la Senadora Goic- el primer proyecto que presentamos con los Senadores Ruiz-Esquide, Andrés Zaldívar, Soledad Alvear y Hosaín Sabag para establecer el programa de hospicio (me acuerdo de que Su Señoría me sugirió cambiarle el nombre; pero le respondí que en Estados Unidos se conocía así) de prenatal y cuidado paliativo perinatal.
Dicho programa estaba circunscrito a la inviabilidad fetal y a las enfermedades congénitas letales -en Chile, quinientas familias al año- y se basaba en la experiencia estadounidense -particularmente en la de Denver- sobre desarrollo de los movimientos de hospicios, como la denominaban (década de los setenta y ochenta), que consistía básicamente en dar apoyo a la familia, a la mujer.
Lo notable es que, siendo allí el aborto una decisión libre de las personas, el 80 por ciento de las mujeres acompañadas decidieron tener a sus hijos.
Eso es -repito- notable.
Citamos a los doctores Byron Calhound y Natan Hoeldte, expertos en la materia, y abordamos varios puntos -no voy a entrar al detalle-, los que se hallan recogidos en el referido proyecto de ley.
Estimo que el Estado no debe ser neutro en esta materia.
Señor Presidente, estaba viendo acá un artículo de Norberto Bobbio y de Michael Sandel -a Sandel lo invitamos a un Congreso del Futuro; el Senador Girardi debe de recordarlo-, quienes sostienen en sus trabajos que la persona, incluso la que está por nacer, es sujeto de derecho -no objeto-; que no se puede disponer libremente de una vida ajena, etcétera.
Al respecto, son muy claros y categóricos para afirmar (no voy a repetir todo lo que aseveran) su creencia en cuanto a que hay vida desde el momento de la concepción.
Hace tres día se publicó en El Mercurio un interesante artículo de Sergio Micco y Tomás Scherz basado en que el Estado no puede ser neutro, sobre todo si la Constitución dispone la protección de la vida del que está por nacer, es preciso darle opciones a la mujer. Pero, naturalmente, si se expresa que el aborto puede provocar estrés postraumático, depresión o infertilidad futura, no cabe afirmar que se está atentando contra la objetividad.
El Estado no debe ser neutro cuando está en juego la vida. Considero importantes los aportes del comunitarista Michael Sandel, de Norberto Bobbio y de Tabaré Vásquez, quien es el más categórico. Tengo acá todas las citas de este último.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, si es cierto -no tengo por qué ponerlo en duda- que una amplia mayoría se manifiesta aquí contraria al aborto, en su médula, este es el tema que más debería sensibilizar a todos, sobre la base de una óptica un poco diferente, a mi juicio, de lo expuesto.
Claramente, la principal razón para el aborto en Chile -así al menos lo sostienen todos los estudios que tuvo a la vista el Senador que habla- es la soledad de la madre, la sensación de abandono, el temor, y no necesariamente, en general, las posibles causales planteadas para "legalizarlo". Voy a usar esta expresión.
Por lo tanto, el acompañamiento exhibe un mérito en sí mismo. Si bien lo valoro, esta debería ser una política de Estado, no en función de determinadas causales, sino de contar con una presencia y de un intento de evitar la lógica de los abortos.
Si es verdad lo señalado por el Gobierno en el sentido de que cada vez que se verifica uno de ellos hay una sensación de que se llega tarde -así lo señala el mensaje-, con mayor razón la medida tendría que ser lo medular, pero no en la forma como lo contempla el proyecto, con una suerte de neutralidad del Estado. Lo manifestaba el Senador que me antecedió en el uso de la palabra.
¿Cómo va a dar lo mismo, en la lógica del acompañamiento -que ahora, sobre la base de las indicaciones formuladas en la Comisión de Constitución, es anterior al eventual aborto-, que la mujer abrigue o no la convicción de mantener la vida? No puedo creer que sea posible prescindir de ello.
Otra cosa es que se pueda exigir, conforme al criterio de algunos colegas, que haya cierta libertad. Pero no neutralidad.
No es posible que dé lo mismo. No se puede concluir que el Estado falló si al final, a propósito del acompañamiento, una mujer decidió mantener la vida.
El tema es muy profundo y fue parte de la discusión en la Comisión de Hacienda.
Quiero pedir una reflexión más a fondo acerca del sentido del acompañamiento, de la no neutralidad del efecto disuasorio. Eso me parece esencial en el debate.
Por eso, me sorprendió la crítica del Senador señor Montes a mi Honorable colega Larraín, con quien comparto un modelo distinto en el sentido de aprovechar la experiencia de instituciones que han sido exitosas en la defensa de la vida. Al respecto, la Fundación Chile Unido hizo una presentación en la Comisión de Hacienda. Uno debería aprovechar las experiencias.
Si quienes se han hecho cargo del asunto sostienen que no va a alcanzar y nosotros hacemos como que sí alcanzará, lo más probable es que al final se genere una profunda frustración. Y eso no podemos pedirlo. Aquí se está haciendo referencia a tres mil 500 millones de pesos, en régimen. Admitamos, vistos los gastos del Estado, que es una cantidad insignificante.
Entonces, si se estima muy importante proteger la vida, acompañar a la mujer y asumir un rol diferente respecto de lo anterior, no puedo creer que la cuestión sea objeto de la más baja de las preferencias, ya que a nadie le he escuchado afirmar que lo contemplado es suficiente.
Por último, me parece que estamos perdiendo una gran oportunidad de aprovechar a instituciones privadas que han hecho del apoyo una vocación de su existencia y a las que se margina -inconstitucionalmente, a mi juicio- del sentido nacional planteado para la medida. ¿Por qué una norma legal que se supone que busca proteger vidas prescindirá de entidades que se han dedicado siempre a salvarlas?
En mi concepto, esta es una lógica de Estado que no tiene nada que ver ni con los tiempos modernos ni con lo que realmente se necesita. Denota cierta aversión a una visión privada, que muchas veces se preocupa de lo público más que las instituciones propias de este último ámbito.
Por eso, quiero destacar una óptica distinta, en orden a que es preciso ponerle apellido al acompañamiento. No puede ser neutral.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Allamand.


El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, las intervenciones anteriores han sido bastante ilustrativas respecto de este importante tema y de alguna manera facilitan la exposición que quiero hacer fundamentalmente en relación con algunas indicaciones que hemos presentado. Lo digo porque soy autor de una de ellas. Y hay otra del Honorable señor Espina y una suya, señor Presidente, en la misma dirección.
Cabe destacar -así lo hacía presente la Senadora señora Goic- la manera en que el proyecto mejoró en el aspecto que nos ocupa. Entiendo que el asunto virtualmente no estaba presente en el inicio. En consecuencia, se ha registrado un avance, sin duda, en algo tan relevante.
No entraré en la suficiencia o insuficiencia del programa, porque ya ha habido bastantes exposiciones sobre eso. Simplemente me referiré a los principios y a los aspectos en que nuestra indicación puede ser un aporte.
En primer término, existe el principio de la voluntariedad, como se ha señalado. Es la embarazada, voluntariamente, quien tiene que aceptar o rechazar el acompañamiento, lo que me parece razonable. Cómo se le podría imponer contra su voluntad.
En segundo lugar, se establece el llamado "principio no disuasivo". En verdad, lo de si acaso el Estado debe tener en la materia una posición neutral o una activa -mi Honorable colega Patricio Walker se refirió fundadamente a eso- podría dar para un debate eterno.
Más allá de que pudiéramos discutir el punto permanentemente, tengo la impresión de que no vamos a zanjar el problema, porque cada uno se mantendrá en sus posiciones. Por mi parte, pienso que el Estado no debiera tener una posición "neutra", sino provida. Pero también observo que existe en algunas bancadas y el propio Gobierno una posición opuesta.
Entonces, simplemente quiero expresar, especialmente en relación con lo manifestado por el Senador señor Montes, que las indicaciones apuntan a agregar una opción para que la madre libremente escoja si quiere contar con el acompañamiento del Estado, con las características aquí indicadas, o con el de una institución como Chile Unido, una universidad o, por qué no decirlo, una iglesia, por ejemplo. ¿Por qué una confesión anglicana, católica, protestante o evangélica no podría prestarlo?
La norma relativa a que habrá "un listado de instituciones sin fines de lucro que ofrezcan apoyo adicional al programa de acompañamiento" no resuelve la dificultad. ¿Por qué? Precisamente porque este último no es explícitamente provida, aparte el principio no disuasivo.
En consecuencia, las indicaciones que queremos proponer -me encantaría que el Senador señor Montes tuviera la gentileza de escucharme, porque me estoy refiriendo fundamentalmente a lo que planteó- contienen precisamente el principio hecho presente aquí durante toda la tramitación. ¿Cuál es el que han mencionado los partidarios del proyecto? El de que la mujer debe elegir si continúa o no con el embarazo o la gestación. Nosotros estamos planteando la aplicación del mismo criterio: que decida libremente. Si quiere contar con el acompañamiento del Estado, lo obtendrá, obviamente. Se encuentra garantizado y presenta las características que se señalaron. Pero ¿por qué prohibirle optar por un acompañamiento distinto?
El señor MONTES.- No es así.
El señor ALLAMAND.- Ello se hace específicamente al limitar diciendo que es adicional al programa oficial. Porque eso impide a una iglesia o una universidad o una institución, como la Fundación Chile Unido, por ejemplo, ofrecerlo.
El señor MONTES.- Pero no pagado por el Estado.
El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, el Honorable señor Montes no ha intervenido en toda la noche, pero ahora se encuentra muy activo.
Nadie está solicitando que el Estado financie alguna de estas actividades. Obviamente, el que requieran las instituciones correrá por cuenta propia. Serán fundaciones de derecho público y tendrán que responder en forma plena, por cierto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Senador señor Ignacio Walker, quien dispone de tres minutos.


El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente, me referiré brevemente a dos puntos.
Quiero corregir, con mucho respeto, a mi Honorable colega Larraín, quien efectuó una intervención exactamente contraria al texto expreso de los incisos décimo y undécimo al expresar que el acompañamiento está referido solo a la interrupción del embarazo y no a la continuación.
La primera de esas disposiciones expresa que a la mujer se le deberán entregar antecedentes "sobre las alternativas a la interrupción del embarazo, incluyendo la de programas de apoyo social, económico y de adopción disponibles. La información será siempre completa y objetiva", etcétera.
La segunda dice que "tendrá derecho a un programa de acompañamiento, tanto en su proceso de discernimiento, como durante el período siguiente a la toma de decisión, que comprende el tiempo anterior y posterior al parto o a la interrupción del embarazo, según sea el caso. Este acompañamiento incluirá acciones de acogida y apoyo biopsicosocial ante la confirmación del diagnóstico", etcétera.
Más adelante se agrega: "En caso de continuación del embarazo, junto con ofrecer", etcétera.
Y el texto continúa.
Entonces, la norma se coloca tanto en el caso de la interrupción como en el de acompañamiento.
Quisiera insistir en que si bien es cierto que el Estado no puede ser neutral, desde el punto de vista moral -estoy de acuerdo con eso-, el programa de acompañamiento sí debe ser neutral y voluntario. Este último no busca disuadir ni influir en la decisión de la mujer. En este sentido, es neutro. Y el hecho de que sea voluntario es clave, porque implica que si ella desea otro tipo de apoyo o acompañamiento, evidentemente puede obtenerlo.
Fui autor de una indicación cuyo texto se aprobó e incorporó en el inciso decimotercero, donde se señala que, "Asimismo, se establecerán los criterios para la confección de un listado de instituciones sin fines de lucro que ofrezcan apoyo adicional al programa de acompañamiento", etcétera.
Este último obedece a la lógica de un bien público y lo otorga el Estado. Para eso están disponibles cinco mil millones de pesos adicionales.
Evidentemente, si organizaciones no gubernamentales e instituciones de la sociedad civil quieren cumplir la función de acompañar personas, pueden hacerlo libremente, pero no contra el fondo público que financia el programa de acompañamiento del Estado. Nadie lo impide hoy día ni podrá hacerlo después del proyecto.
En síntesis: ¿el Estado es neutral, desde el punto de vista moral? ¡No!
¿El programa de acompañamiento debe ser neutral y voluntario? De todas maneras.

El señor PIZARRO.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- El Senador señor Ignacio Walker agotó el tiempo correspondiente a la Democracia Cristiana.
El señor PIZARRO.- Solo deseo hacerle una consulta a la Mesa.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra.
El señor PIZARRO.- Es algo que tiene que ver con la indicación mencionada por el Honorable señor Allamand.
Estoy de acuerdo con que perfectamente pueden hacer acompañamiento instituciones distintas de aquellas con relación a las cuales se plantea en el proyecto un derecho por parte del Estado. Mi duda es que el texto de Su Señoría, al decir que "La madre podrá siempre solicitar que el acompañamiento a que tiene derecho le sea otorgado por instituciones u organizaciones de la sociedad civil", se puede interpretar como una obligación de financiamiento.
Entonces, lo consulto a la Mesa.
Si eso es así, la indicación debería ser declarada inadmisible, porque estaría entrando en una materia de la iniciativa exclusiva de la Primera Mandataria.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- El Senador señor Allamand aclaró que ello será de cargo de la institución que otorgue el acompañamiento.
El señor PIZARRO.- No queda claro. Y me interesa que la Mesa lo precise.
De otro modo, es preciso modificar la redacción.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Podemos dejar constancia de ello en la historia de la ley.
El señor PIZARRO.- Me parece más clara la indicación suya en letras negritas que se halla más adelante.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Fue declarada inadmisible por otros motivos en la Comisión de Constitución. No tengo inconveniente en reponerla.
Puede intervenir el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, hace varios años presentamos, emulando otras legislaciones -particularmente, aquellas que eran de vanguardia-, una iniciativa sobre el derecho al acompañamiento.
Ciertamente, hemos señalado que acá es preciso optar por la decisión más difícil, diría, como sociedad, que dice relación con el atinente a las mujeres con embarazos complejos.
Por eso, estimo que ahora esboza un avance, por supuesto, aunque no el que nos gustaría.
El proyecto alternativo que presentamos con la Senadora señora Van Rysselberghe y los Honorables señores Espina y Larraín apuntaba a un derecho en forma, que permitiera contar con acompañamiento económico y psicológico y, de preferencia, con horas médicas tanto durante el embarazo como después del parto. Junto a un grupo de facultativos finalmente logramos hacer una cuantificación.
Tal como lo expresó hace pocos minutos el Senador señor García, cuando se observan las largas listas de espera para la atención ginecológica en el sistema público de salud, uno se pregunta cómo se va a hacer efectivo el derecho al acompañamiento.
En este sentido, somos partidarios de dar la unanimidad para la indicación que quiere presentar la Honorable señora Goic, en términos de que no sea posible una intervención en la materia mientras no esté en vigor el financiamiento necesario, pues lo consideramos fundamental.
Al respecto, deseo exponer que he estado muy cerca de la acción de varias organizaciones, entre ellas María Ayuda y la Fundación Chile Unido. Lo realizado por esta última, en particular, es extraordinario, porque cuando se acoge y acompaña a la mujer se previene el aborto en un 85 por ciento de los casos. Aún más significativo es lo relacionado con la que ha sufrido una violación: en los 134 casos que ha acompañado la Fundación desde 1999 a 2016, el 91 por ciento continuó con el embarazo, el 78 por ciento está junto a sus hijos, el 18 por ciento lo cedió en adopción y el resto está siendo acompañada con su ser en gestación.
Con el apoyo de la entidad han nacido más de cinco mil niños que quizás no hubieran venido al mundo y hoy son parte de nuestra sociedad.
Por eso, cuando abordamos la temática, creemos, sin lugar a dudas, que este es el foco en cuanto a ser capaces, como sociedad, de no abandonar a personas a quienes el Estado les exige hoy día...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Concluyó su tiempo, Su Señoría.
Tiene la palabra el Senador señor Navarro, quien dispone de tres minutos.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, todo aquello que hace referencia al prestador de salud y a la entrega de antecedentes verbales y escritos es solo información. Es preciso asegurarse de que la persona entienda y no haya coacción.
Quiero agregar al menos dos elementos: la reserva y la prioridad.
En verdad, no dejo de pensar en quienes quieren ser padres. Pero los recursos que estamos poniendo para fertilidad, para la gente que sí desea tener hijos y no puede, son absolutamente insuficientes.
Señora Ministra: no hay fondos suficientes para apoyar a las familias que quieren procrear y no pueden. La ayuda es mínima, precaria y tardía.
A mi juicio, tiene que existir una cláusula de reserva. No veo a una mujer violada llegando a un lugar y que digan: "Que pase la mujer violada; la vamos a atender".
Debe haber un protocolo y un especialista.
Lorenza Cayuhan, luego de ser trasladada del Hospital Regional de Concepción a una clínica privada, tuvo que dar a luz a su hija Sayen ¡mientras se hallaba encadenada, engrillada al catre clínico!
Y no hubo ningún especialista que se atreviera a decir: "Esta mujer mapuche está dando a luz por cesárea y no se va a arrancar: sáquenle los grilletes".
El equipo médico, a pesar de pertenecer a un establecimiento privado, no lo hizo.
En cuanto al programa de acompañamiento, digámoslo francamente: hay listas de espera.
En verdad, dudo que se logre la agilidad suficiente para un programa de acompañamiento si 1 millón 900 mil personas están en lista de espera.
Además, se le pide a la víctima hacer la denuncia.
Aquí hace falta un Ombudsman. No veo por qué debería denunciar ella, ya que se trata de un delito y la Fiscalía tiene que actuar por oficio. Pero no: la norma señala que efectúe la denuncia si lo quisiere.
¡Se trata de un delito! Ocurre con los niños violados por sacerdotes, que pasan piola; no son denunciados.
¡Si es un delito, el fiscal tiene que hacer la denuncia, no la niña violada!
En lo que respecta a los prestadores de salud, espero que se implemente un programa a la brevedad. Porque ya he vivido la realidad de tramitar una ley que después no funciona y todos somos puestos en tela de juicio por ello.
Por otro lado, el listado de instituciones debe considerar a la Iglesia evangélica. Tal vez hemos tenido diferencias durante este debate, pero yo les digo que es una de las pocas organizaciones que pueden mostrar éxitos en materia de reinserción, de acogida, de redes sociales.
Ahora, ese tipo de instituciones carece de dinero.
¿El Estado no va a poner ni un peso?
¿Van a actuar los privados por caridad?
¿Vamos a apoyar a mujeres violadas a través de la caridad de los privados?
¿Cuánto dinero pondrá el Estado para las instituciones de acogida?
Señor Presidente, para esta normativa se requiere un Ombudsman, porque se puede reclamar ante la Superintendencia de Salud, que debe resolver en ¡30 días!
¡Por favor! Eso no va a resultar.
¿Una niña de 14 años reclamando ante ese organismo y esperando un mes por una respuesta? Reitero: no va a resultar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, les ruego dirigirse a la página 9 del boletín comparado para ver las peticiones de votación separada y las indicaciones renovadas.
El inciso décimo del artículo 119 comienza en la página 9 con la frase "El prestador de salud deberá" y termina en la página 10 con las palabras "en su decisión".
Sobre esa norma, el Senador señor Allamand ha pedido votar separadamente la frase...
El señor ALLAMAND.- ¿No deberíamos votar primero la indicación renovada?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿A cuál se refiere, señor Senador?
El señor ALLAMAND.- A la...
El señor DE URRESTI.- ¡La número 11!
El señor ALLAMAND.- Así es.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Su Señoría habla de la indicación renovada que recae en el inciso decimotercero del artículo 119 (página 12 del boletín comparado). Ella propone agregar, luego de la expresión "Sistema Intersectorial de Protección Social.", el siguiente texto: "La madre podrá siempre solicitar que el acompañamiento a que tiene derecho le sea otorgado por instituciones u organizaciones de la sociedad civil, las que deberán estar acreditadas mediante decreto supremo dictado por el Ministerio de Salud, todo ello conforme a un reglamento dictado al efecto. La mujer podrá elegir libremente tanto la entidad como el programa de acompañamiento que estime más adecuado a su situación particular y convicciones personales.".
El señor WALKER (don Ignacio).- Es inadmisible, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No creo que lo sea, Su Señoría.
Tiene la palabra el Honorable señor Allamand.


El señor ALLAMAND.- Señor Presidente, en primer lugar, tengo la impresión de que el Secretario dijo que primero debemos votar las indicaciones y después el resto del articulado.
En cuanto a la indicación renovada, su texto tendría que quedar donde señala el Secretario: en la página 12 del boletín comparado, entre los incisos decimotercero y decimocuarto. Es decir, después de la frase "de acuerdo al inciso décimo primero" y antes del encabezado "En el caso de que el acompañamiento", porque ella se refiere a las acciones que posteriormente se pueden reclamar.
Por otro lado, no existe problema de admisibilidad por una razón muy simple: como señaló el Senador Pizarro -y esto debe quedar claramente establecido en la historia fidedigna de la ley- bajo ninguna circunstancia se pretende aquí requerir recursos públicos, sino todo lo contrario.
Hay un acompañamiento que es el sistema público y que tiene sus características. Y existe un sistema alternativo, que se financia íntegramente con aquellas fundaciones u organizaciones que prestan el servicio.
Por lo tanto, lo manifestado por el Senador Pizarro es muy pertinente. Y debe quedar establecido que no se pretende bajo ninguna circunstancia acceder a recursos públicos.
La precisión de la Senadora Pérez también es correcta, porque la expresión "siempre" da a entender obligatoriedad.
Entonces, señor Presidente, se trata de un complemento al esfuerzo del Estado. ¿Cómo podría este reclamar para sí el monopolio exclusivo de las tareas de acompañamiento?
Habrá un organismo público y una política pública -lo señaló el Senador Montes- que tiene un financiamiento. Y además existirán alternativas mediante entidades privadas con financiamiento propio que prestarán el servicio. Y la madre escogerá si quiere o no ser acompañada. Acto seguido, puede señalar: "Quiero que el acompañamiento me lo dé el Estado" o "Quiero que el acompañamiento me lo dé una organización de la sociedad civil".
Con franqueza, no sé quién podría oponerse a un aporte de esta naturaleza.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro.


El señor EYZAGUIRRE (Ministro Secretario General de la Presidencia).- Señor Presidente, seré muy breve.
Obviamente, no me voy a referir al tema de fondo, sino, para la historia fidedigna de la ley, a la indicación renovada del Senador Allamand.
Agradezco mucho la clarificación de Su Señoría, pero el texto señala: "La madre podrá siempre solicitar que el acompañamiento a que tiene derecho".
Obviamente, la madre siempre puede solicitar el acompañamiento en la institución que estime conveniente. Pero la frase "a que tiene derecho" podría llevar a pensar que se trata de...
El señor ALLAMAND.- Un gasto.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro Secretario General de la Presidencia).- Exactamente.
Más adelante la indicación renovada expresa "las que deberán estar acreditadas mediante decreto supremo dictado por el Ministerio de Salud". Por tanto, se le está imponiendo a ese Ministerio una función. Y un parlamentario carece de iniciativa para ello, según el artículo 65 de la Constitución.
Eso, para efectos de la discusión.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Personalmente, y para zanjar el asunto, tengo dudas de que la indicación sea inadmisible. Me parece que, por la aclaración del propio Senador señor Allamand, la aplicación de esta norma no demandaría gasto.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro Secretario General de la Presidencia).- Pero dice "a que tiene derecho".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Luego, también tengo dudas de que se cree una atribución, ya que en el articulado de esta normativa se señala que el Estado va a crear, a través del Ministerio de Salud, un registro de empresas.
O sea, la posibilidad de la acreditación ya se halla establecida.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro Secretario General de la Presidencia).- La indicación renovada dice "acreditadas mediante decreto supremo".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En ese caso, voy a someter a votación la admisibilidad de la indicación renovada.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Un momento. Quiero ordenar el debate.
¿Qué votamos primero, señor Secretario, la indicación renovada o la norma?
El señor LABBÉ (Secretario General).- La admisibilidad de la indicación renovada.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, mi impresión es que esta indicación, estando bien inspirada, es inadmisible en virtud de lo establecido en el artículo 65, numeral 2°, de la Constitución Política, que señala que es atribución exclusiva del Presidente de la República "Crear nuevos servicios públicos o empleos rentados, sean fiscales, semifiscales, autónomos o de las empresas del Estado; suprimirlos y determinar sus funciones o atribuciones.".
En este caso, lo que hace la indicación es, en primer lugar, crear un registro y, en segundo lugar, establecer la obligación de que determinadas instituciones estén acreditadas.
Es decir, se obliga al Ministerio de Salud a acreditar una institución privada.
En consecuencia, la indicación es inadmisible.
Y cuando se habla del registro, cabe citar un ejemplo reciente. En las entrevistas videograbadas, que aprobamos, se creó un registro de organizaciones, el cual obviamente tiene un costo porque se está considerando como un derecho. Lo que va a ocurrir después de creado ese registro es que las instituciones plantearán que además tienen derecho a usar legítimamente parte de los recursos que están destinados al programa de acompañamiento.
Y, finalmente, se establece que el Ministerio de Salud va a dictar un decreto supremo, lo cual también es atribución exclusiva del Ejecutivo.
En consecuencia, creo que la indicación, más allá de sus bondades propias, tiene varios elementos de inadmisibilidad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.


El señor PIZARRO.- Señor Presidente, cuando le pedí la clarificación respecto de la admisibilidad, mi duda estaba en el financiamiento, no en el hecho de que las instituciones puedan ser acreditadas mediante un decreto supremo.
Porque en el texto que aprobamos en la Comisión de Hacienda se establece: "Las prestaciones incluidas en el programa de acompañamiento a las mujeres que se encuentren en alguna de las tres causales, serán reguladas por un decreto de las autoridades a que se refiere la letra b) del artículo 143 del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Salud, de 2006. Asimismo se establecerán los criterios para la confección de un listado de instituciones sin fines de lucro que ofrezcan apoyo adicional al programa de acompañamiento, el que deberá ser entregado de acuerdo al inciso décimo primero.".
O sea, la confección del listado ya está en la norma que hemos aprobado en la Comisión de Hacienda, donde se acordó que la indicación era admisible.
La pregunta es si establecer que la madre tiene el derecho significa un gasto o no. Si sacáramos la expresión "a que tiene derecho", que es la que ha generado la inquietud, la norma puede perfectamente quedar así: "La madre podrá siempre solicitar que el acompañamiento sea otorgado por instituciones, organizaciones, las que deberán estar acreditadas", etcétera. Y se cumple perfectamente el objetivo.
La duda que tuvimos en el debate del día anterior era un tema realmente de fondo. Este punto es importante porque lo que estamos protegiendo es que la mujer no solo sea debidamente informada, sino que además tenga la posibilidad, dentro del listado, de escoger entre el programa de acompañamiento que entrega y financia el Estado y otro que será financiado por las organizaciones en particular.
Y eso creo que es perfectamente compatible. Nosotros al menos, y según ha planteado incluso el Senador Ignacio Walker -está en el inciso que leí recientemente- estimamos que se establecen ambas condiciones.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.


El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, seamos claros respecto a lo que estamos discutiendo. Una cosa es el registro a que se ha referido el Senador Pizarro y otra, la acreditación.
La indicación establece, en primer lugar, que "La madre podrá siempre solicitar que el acompañamiento a que tiene derecho le sea otorgado por instituciones u organizaciones de la sociedad civil, las que deberán estar acreditadas mediante decreto supremo".
Estamos constituyendo un proceso de acreditación que tendrá que hacer la autoridad. Eso es distinto al registro señalado por el Senador Pizarro.
Señor Presidente, le pediría que, más que someterla a votación -perdone que insista en una situación que vivimos el día de ayer-, la Secretaría se pronuncie sobre la admisibilidad de la indicación.
Claramente, estamos confundiendo el registro con la acreditación. Y la indicación establece una función. Se está obligando al Ministerio de Salud a realizar la acreditación, lo que no corresponde hacer por la vía de una indicación. Y corresponde menos aún, a esta altura, modificar o borrar la condición de derecho que se le otorga a la madre.
Yo pediría que se declarara la inadmisibilidad de la indicación por los argumentos que hemos señalado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En todo caso, quiero hacerle presente a Su Señoría que la declaración de admisibilidad o de inadmisibilidad es facultad de la Presidencia. Y si algún Senador me lo pide, debo someterla al pronunciamiento de la Sala, como se hará en este caso.
Además, quiero hacer constar que, según la información que me entrega la Secretaría, esta indicación y otra que viene no fueron declaradas inadmisibles en la Comisión.
El señor ALLAMAND.- Así es.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Una se aprobó con modificaciones y la otra fue rechazada.
El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, pediría que se precisara. Tengo entendido que la Comisión de Constitución declaró...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Senador señor De Urresti, estoy dando los antecedentes. Si quieren rectificar lo que informa la Secretaría, no tengo problema.
Tiene la palabra el Senador señor Hernán Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, estoy un poco sorprendido por la discusión. Porque la indicación plantea: "La madre podrá solicitar siempre que el acompañamiento a que tiene derecho". Ello pareciera ser una sugerencia que hace el Senador Allamand. Sin embargo, les ruego que lean el texto de lo que se aprobó, entre otros, por el Senador De Urresti.
En la página diez, donde se establece el programa de acompañamiento, el inciso decimoprimero dice: "En el marco de las tres causales reguladas en el inciso primero, la mujer tendrá derecho a un programa de acompañamiento".
Esta es una iniciativa del Ejecutivo, y este planteó que la mujer "tendrá derecho a un programa de acompañamiento".
Me sorprende que el señor Ministro -por su intermedio, señor Presidente- quiera quitar un derecho que planteó el propio Ejecutivo. En consecuencia, es un tema inoficioso.
Segundo. La indicación también está sugiriendo que un decreto del Ministerio de Salud haga tales y cuales cosas.
Me parece que lo insinuaba el Senador Pizarro, pero eso está establecido en la iniciativa del Ejecutivo. La indicación no está planteando algo nuevo. El inciso decimotercero dice: "Las prestaciones incluidas en el programa de acompañamiento a las mujeres que se encuentren en alguna de las tres causales, serán reguladas por un decreto de las autoridades a que se refiere la letra b) del artículo 143 del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Salud, de 2006.". Y a continuación agrega: "Asimismo se establecerán los criterios para la confección de un listado de instituciones sin fines de lucro", etcétera.
En otras palabras, aquí se está proponiendo una redacción distinta para algo que ya está instalado. Por lo tanto, tampoco hay una iniciativa de un Senador sobre un tema determinado. La única diferencia es que no se trata solo de un apoyo adicional al programa de acompañamiento que lleva a cabo una organización estatal, sino que se da una alternativa: que se pueda hacer a través de una organización estatal o de una institución sin fines de lucro. Eso es lo que señala la indicación.
El objetivo se podría lograr de manera similar eliminando la expresión "apoyo adicional al". Porque, entonces, la norma quedaría: "sin fines de lucro que ofrezcan programas de acompañamiento". No se está planteando una iniciativa económica.
Quiero decir que me ha sorprendido un poco el Senador Ignacio Walker cuando ha afirmado que el Estado no es neutral, pero este programa sí es neutral. Me parece que eso es una contradicción muy grave respecto, por ejemplo, de los temas educacionales.
A lo mejor de ahí viene el entusiasmo del Senador Montes, parlamentario socialista, con los planteamientos del colega Ignacio Walker, porque aquello significa terminar con la posibilidad de que haya educación particular subvencionada impartida por instituciones sin fines de lucro.
Aquí, ¿tiene que ser neutral el programa? ¡No, pues! Porque el Estado no es neutral. En la Constitución se definió que era provida, que protege la vida del que está por nacer, que defiende el derecho a la vida. ¿Por qué el programa debe ser neutral?
La Ministra Pascual señaló que el programa de acompañamiento no podía tener efecto disuasivo.
¡Perdón! ¡Cómo que no puede tener efecto disuasivo!
Esa es una decisión de cada programa. Será voluntad de la mujer tomar o no un programa, porque no se lo pueden imponer. Precisamente en eso consiste la pluralidad, la libertad de elegir.
Ahora, si tampoco la quieren dar aquí y pretenden dejar todo en manos del Estado, ¡bien!: estaremos hablando de una idea socialista que no es la que nos interesa.
Pero, desde el punto de vista de lo que ahora se está discutiendo, no hay nada que haga pensar que la indicación es inadmisible, en absoluto. Se está rerredactando lo que ya está establecido: el derecho, que propuso el Ejecutivo, y segundo, que las entidades estén reguladas a través de un decreto del Ministerio de Salud. No se dice nada nuevo. Lo único novedoso es que los programas de acompañamiento puedan ser ofrecidos no solo por instituciones estatales, sino también por organizaciones sin fines de lucro de la sociedad civil.
Si no se quiere eso, está bien: es una opción. Pero no hay nada nuevo como para que la indicación sea considerada inadmisible.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro, sobre la admisibilidad de la disposición.
El señor COLOMA.- Que hable uno a favor y otro en contra, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Yo tengo que escuchar a todos los Senadores que pidan intervenir.
Después está inscrito el Senador señor Espina.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, no hay carga económica para el Estado.
Segundo, se habla de una lista. ¿De dónde la van a sacar? ¿Del aire? O sea, vamos a recurrir a entidades privadas, a través de una alianza estratégica público-privada, en un área donde el Estado ha experimentado el mayor fracaso de su historia con el SENAME.
No permitir que entidades privadas sin fines de lucro acompañen a las jóvenes sería un craso error, considerando que ni siquiera se le piden recursos al Estado.
A mí me preocupa -se lo quiero decir a la Ministra- y tengo severas dudas de que todo lo que estamos haciendo vaya a resultar, no porque ella sea una mala Ministra, sino porque tenemos un grave problema de salud pública en la prestación de servicios por la falta de médicos especialistas.
¡La gente se muere en Chile!
¡La falta de médicos mata!
Por tanto, en este tema, que es complejo, que es diverso, claramente los privados pueden prestar apoyo, con reglas y normas claras. Y eso ya está en el proyecto. En consecuencia, lo que hace la indicación del Senador Allamand es profundizar lo que los privados pueden hacer, sin costo estatal.
Me parecería un absurdo impedir que instituciones sin fines de lucro, como la Iglesia Evangélica, participaran en el proceso, porque -digámoslo francamente- lo que queremos es que la decisión la tome la mujer, la niña violada, de acuerdo con su voluntad y sus principios, para lo cual requiere acompañamiento.
Yo tengo dudas de que el Estado, solo, pueda con esta carga que le estamos imponiendo. Es más, me atrevo a decir que hoy día no tiene capacidad para hacerlo. La plata que se está destinando es absolutamente insuficiente.
Al contrario de lo que opina el Senador Pizarro, creo que la indicación es admisible: no irroga carga para el Estado, y las cosas que se agregan, como el listado, ya están.
El señor WALKER (don Patricio).- ¡Dijo que era admisible!
El señor NAVARRO.- Entonces, concuerdo plenamente con Su Señoría.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.- Señor Presidente, yo comparto todo lo que se ha señalado, así que renuncio al uso de la palabra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- A continuación, puede intervenir el Senador señor Patricio Walker.
El señor WALKER (don Patricio).- Señor Presidente, el colega Navarro me interpretó tan bien que no tengo nada más que agregar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Entonces, tiene la palabra el Senador señor Montes.


El señor MONTES.- Señor Presidente, creo que hay bastante más acuerdo de lo que parece, producto del desarrollo del debate.
El Senador Allamand también llevó este asunto a la Comisión de Hacienda, pero no lo pudimos votar porque no recuerdo la unanimidad que requería. Sin embargo, todos estamos de acuerdo en que haya un programa de acompañamiento público; todos estamos de acuerdo en que haya un programa privado, que se llama "apoyo adicional", para no confundirlo con el otro; todos estamos de acuerdo en que la plata del público es solamente para él, y en que la existencia de entidades privadas en el registro, que ya se encuentra establecido, es una materia que ya está comprendida.
A lo mejor hay que pulir en algo la indicación, pero nadie ha negado que pueda haber otras opciones, nadie ha negado que las personas opten voluntariamente. Lo que queremos asegurar es que haya un programa público y que ese programa esté a disposición del país.
Ahora, el Senador Allamand ha dicho con claridad -que quede en acta, señor Presidente- que las platas que figuran en el informe financiero son para el programa público, y que no está previsto financiar las prestaciones de los privados.
En mi opinión, señor Presidente, creo que se podría buscar alguna solución.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Goic.
El señor COLOMA.- Debe haber una intervención a favor y otra en contra, señor Presidente.


La señora GOIC.- Señor Presidente, en la misma línea, considero bien importante clarificar lo que tenemos.
El asunto también fue parte de la discusión que sostuvimos en la Comisión de Salud.
El punto es que, si va a haber una acreditación del Estado, se considere, en el caso de que el programa de acompañamiento lo realice un privado, que la decisión de la mujer pueda ser en un sentido o en otro.
Lo que no podría pasar -y esto fue parte de la conversación que tuvimos- es lo siguiente. Hay instituciones que realizan un trabajo fantástico, e incluso un porcentaje de ellas busca que las mujeres continúen con el embarazo, aunque no necesariamente se da en todos los casos. Por ejemplo, en la Fundación Chile Unido, el 15 por ciento de las mujeres termina abortando igual.
Y esa es una posibilidad que también debe estar contemplada, si es que estamos hablando de la acreditación del Estado, porque se trata del diseño de la política y el programa de acompañamiento estatal.
Por eso quería poner el punto sobre la mesa.
Pienso que, si eso está claro, si no hay financiamiento público para una fundación u otra institución privada, estamos hablando de lo mismo.
Incluso hoy día, como ya señalé, el programa de acompañamiento es una garantía para mujeres que están en el sistema privado. Es perfectamente posible que una clínica realice este tipo de programa, previo convenio con una institución privada. Eso es parte de lo que se encuentra contemplado hoy en el proyecto de ley.
Por lo tanto, entendido así el problema, me parece que estamos en la misma línea.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Ministro.


El señor EYZAGUIRRE (Ministro Secretario General de la Presidencia).- Señor Presidente, coincido bastante con lo que se ha planteado.
Aquí no veo ninguna discrepancia de fondo, pero sí tenemos que encontrar alguna forma de incorporarlos a todos.
Para nosotros está claro, eso sí, que el programa de acompañamiento privado no lo financia el Estado. Y el Senador Allamand ha manifestado su acuerdo al respecto. El "a qué se tiene derecho" es confuso en ese sentido, pero Su Señoría, si le entendí bien, así lo ha reconocido.
Sin embargo, quisiera dejar claro, primero, que para el Gobierno es obvio que la mujer puede optar por un programa de acompañamiento privado.
Eso es correcto.
El sentido de la palabra "adicional" no tiene otro objeto que distinguir lo privado de lo público. Si hay otra expresión en la que todos estuvieran de acuerdo...
El señor DE URRESTI.- No se puede cambiar.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro Secretario General de la Presidencia).- Lo tengo claro, pero, para la historia fidedigna de la ley, ese es el sentido del vocablo "adicional". Significa "distinto", no "además de".
Quiero terminar expresando, señor Presidente, que mi condición de ex Ministro de Hacienda y de actual titular de la SEGPRES me obliga a resaltar que es muy diferente establecer criterios para la confección de un listado que acreditar instituciones. Acreditar supone un proceso transparente, con certificaciones, etcétera, y es, sin duda alguna, una cuestión más complicada y más costosa que hacer un simple listado.
Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Su interpretación, tan estricta, señor Ministro, implica reducir casi a lo imposible cualquier tipo de iniciativa del Parlamento.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro Secretario General de la Presidencia).- Hay que cambiar la Constitución, entonces.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- De todas maneras, creo que vamos a votar.
Me ha pedido la palabra la Senadora señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, me encantó lo que dijo el Senador Navarro.
El señor NAVARRO.- ¿Yo?
La señora PÉREZ (doña Lily).- Sí, usted, señor Senador.
Porque, por ejemplo, ¿cómo le decimos a una mujer joven, menor de edad, pobre, vulnerable, violada, que queremos que tenga su hijo, si el Estado no se hace cargo o no le alcanza para ayudarla?
¡Es clave el rol de los privados!
¡Nuestro Estado ha fallado con los niños y niñas del SENAME!
Este no es un problema del gobierno de turno, es un tema de Estado.
Si el propio Estado ha fallado en el SENAME, entonces ¿cómo no vamos a permitir que los privados...
El señor MONTES.- ¡El SENAME ha fallado por culpa de los privados que están a cargo!
El señor PIZARRO.- ¡Cómo puede decir eso! ¿No sabe cómo funciona el SENAME?
El señor DE URRESTI.- ¡Las externalizaciones son las culpables!
La señora PÉREZ (doña Lily).- ¡Las políticas públicas del SENAME las diseña el Estado!
¡Ustedes entienden lo que estoy diciendo!
El señor QUINTANA.- ¡No, no lo entendemos!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señores Senadores, a pesar de que ya es de amanecida, les pido que por favor mantengan el orden.
Continúe, señora Senadora.
La señora PÉREZ (doña Lily).- Por lo mismo, señor Presidente, comparto absolutamente los dichos del Senador Navarro.
Entendemos que nuestro país no tiene los recursos fiscales necesarios para ello, pero lo óptimo sería que el acompañamiento no se otorgara solo durante el embarazo, sino hasta que el hijo entrara al colegio.
¡Eso sería tener políticas públicas profamilia! Porque no sacamos nada con que haya gente que afirme ser profamilia y luego deje solas a las mujeres. Muchas veces la única alternativa de una mujer es no tener a su hijo.
Por lo tanto, ¡bien por la asociación público-privada y por que los privados también puedan ingresar al sistema!
Así que votaré a favor de la admisibilidad y apoyaré la indicación del Senador Allamand.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.


El señor GIRARDI.- Señor Presidente, yo también considero positiva la opción de abrirse, para los programas de acompañamiento, a instituciones privadas sin fines de lucro, que pueden ser un buen complemento, en el entendido de que los recursos fiscales seguirán destinándose a las instituciones públicas.Pero yo pondría una condición, porque en este mundo de las instituciones privadas sin fines de lucro me ha tocado ver a algunas que incitan al odio. Y me parece que deberíamos establecer una cláusula para no aceptar a ninguna institución que promueva el odio, la xenofobia, la homofobia, el racismo. Es algo fundamental.
¿Por qué lo digo? Porque considero bastante lamentable -y quiero ser muy responsable al señalarlo- que existan personas que promuevan, por ejemplo, el "Bus de la Libertad", que señalan textualmente -lo quiero repetir- que las Naciones Unidas, el MERCOSUR, la CEPAL, la OEA, son instituciones guiadas por el anticristo, o que dicen -lo pueden revisar en videos que figuran en distintos medios- que los derechos humanos son un gol que les pasaron, que no existen, que no se deben respetar.
¡Eso está en el límite de lo que no es aceptable!
Yo no tengo ningún problema con el tipo de religión que profesen tales instituciones o que sean laicas, pero tenemos que establecer un resguardo, porque creo que ahí también hay mucho fanatismo (me refiero al ámbito religioso), lo mismo que en la actividad política. Hay posiciones extremas y fanáticas. Y lo peor que podemos hacer es permitir que personas que están en situación de fragilidad, de dolor, de menoscabo, terminen en manos de psicópatas y fanáticos.
Lo quiero plantear porque no me parece apropiado, justamente por la vulnerabilidad en que se encuentran esas personas.
¡Hemos visto sectas que queman niños!
O sea, el problema, para mí, no es la connotación religiosa que expresen o si no expresan ninguna, sino la incitación al odio, la dimensión fanática y la dimensión psicopática que pueden tener. Y a mí me parece que hay que tomar un resguardo con respecto a eso.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Allende.


La señora ALLENDE.- Señor Presidente, considero superimportante que aquí quede clara la política pública que plantea el proyecto, que es un modelo de acompañamiento.
Y también debe quedar muy claro que, si eventual y adicionalmente, existen redes privadas, estas no contarán con financiamiento público. Yo no quisiera que en seis meses o en un año más empezaran a decir: "¡Pero cómo! Hay que ayudarles con recursos, etcétera". Me parece que ese tipo de modelo de negocios no corresponde en esta situación.
Pero sí es cierto -y quiero señalarlo- que no es llegar y decir "cualquier institución", porque se trata de niñas muy vulnerables, por su edad, por su inmadurez. ¡Por algo estamos hablando de acompañamiento! Y, por lo tanto, son muy influenciables.
Y, efectivamente, creo que casi todos los que estamos en esta Sala -por desgracia, lo tenemos que decir- hemos visto expresiones extremas de intolerancia. Yo he tenido que soportar, a poca distancia, que un pastor evangélico me diga "¡Ándate de Chile! ¡No te queremos! ¡Allende no sé cuánto! ¡Asesina!", por estar de acuerdo con las tres causales de aborto.
¡Eso es una intolerancia extrema!
¡Eso es un nivel realmente inaceptable!
Y me preocupa -quiero dejar constancia, por lo menos para la historia fidedigna de la ley- que hoy día existan organizaciones que promuevan esa intolerancia, que se expresen de esa manera, y que pueden influir en niñas que, justamente por su condición de vulnerabilidad, de inmadurez, de fragilidad, son influenciables.
Sería tremendo que, en lugar de lograr algo que se supone que es positivo, como es informar a las personas de todas sus opciones y derechos, las niñas terminen siendo influenciadas de una manera que, a mi juicio, puede ser muy perversa y negativa.
Y esto, lamentablemente, ocurre. Nos ocurre con el "Bus de la Libertad"; nos ocurre con gente que nos grita cosas en el Parlamento antes de entrar, y nos ocurre aquí, en este mismo Senado, donde se ha tenido que intervenir para que saquen a personas que se dedican a insultar a parlamentarios que tienen una posición u otra.
Por eso, creo que debemos tener cuidado con lo que estamos haciendo.
Si se trata de "apoyo adicional", muy bien, pero pondría algún tipo de restricción en ese sentido: que la institución tenga cierto estándar ético y no promueva la intolerancia, la odiosidad o la discriminación, porque eso sí que sería tremendamente grave y significaría que estamos logrando el resultado exactamente contrario.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- A continuación, someteré a la consideración de la Sala la admisibilidad de la indicación que se ha planteado.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor LABBÉ (Secretario General).- El señor Presidente pone en votación la admisibilidad de la indicación renovada número 11.
Quienes estén de acuerdo con la admisibilidad deben votar que sí, mientras que los que no lo estén deben votar que no.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se declara admisible la indicación N° 11 (15 votos a favor, 8 en contra, una abstención y un pareo).
Votaron por la admisibilidad las señoras Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Bianchi, Chahuán, Coloma, Espina, García-Huidobro, Hernán Larraín, Navarro, Pizarro, Prokurica, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la inadmisibilidad las señoras Allende y Muñoz y los señores De Urresti, Harboe, Montes, Quintana, Quinteros e Ignacio Walker.
Se abstuvo el señor Guillier.
No voto, por estar pareado, el señor García.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Por lo tanto, en votación la indicación N° 11.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Para fundar su voto, tiene la palabra el Senador señor De Urresti.


El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, nosotros hemos concurrido a un proyecto de larga discusión, y aquí ha habido una concesión por parte del Gobierno a una propuesta que ha planteado legítimamente una bancada de esta coalición en relación con el acompañamiento.
Pero quiero dejarlo claro: creo que nos estamos excediendo y abriendo una puerta que nos va a llevar, al igual que la objeción de conciencia, a desnaturalizar la normativa.
Dejé constancia de ello en el informe de la Comisión de Constitución.
Me parece muy bien que el Gobierno se haya abierto a acompañar a las mujeres que se encuentran en estos casos. ¡Perfecto! Pero yo no he visto el mismo trato con otros sectores de la población en materia de salud. Los señalé con nombre y apellido: la gente que se dializa, que tiene que viajar largas extensiones (tres, cuatro horas) para llegar a un centro de diálisis. Y ahí no hay ayuda, no hay acompañamiento, no hay ninguna atención preferente por parte del Estado.
Entonces, creo que se está cometiendo un tremendo error.
Cuando existe una apuesta del Estado, un Estado robusto, con un sistema de salud que queremos fortalecer, y está detrás de esto, uno lo entiende. Pero aquí se está torciendo lo que nosotros votamos: ¡Aquí se está torciendo! Y se hizo una votación legítima que nosotros perdimos.
Yo creo, señor Presidente -por su intermedio-, que esto es absolutamente inadmisible. Lo dijo el señor Ministro: una cosa es el registro, otra es la acreditación, sin ningún estándar.
Aquí vamos a permitir que se acrediten, para acompañar a mujeres puestas en una situación límite -como son las que se señalan en las tres causales-, organizaciones intolerantes, organizaciones fanáticas, organizaciones que lo que van a hacer es no cumplir el rol del Estado. Y para eso, por favor, entendamos que este país no está enfermo de falta de recursos, sino de la externalización de servicios, de prestaciones.
Con mucho respeto -por su intermedio, señor Presidente- le digo a la Senadora Lily Pérez que el SENAME está lleno de organismos colaboradores. Es ahí donde está la fuga de plata; es ahí donde mueren los niños; es ahí donde están las malas prestaciones.
Si tuviéramos un Estado robusto que con una buena institucionalidad se hiciera cargo de los niños, no me cabe duda de que sería bastante mejor. Pero son miles de millones -¡miles de millones!- los que se van en los organismos colaboradores.
Y aquí le abrimos la puerta a ello.
No estoy de acuerdo con esto. Lo digo con mucho respeto, señor Presidente, señora Ministra de Salud: estamos modificando lo que comprometimos en la Comisión de Constitución. Señora Ministra del SERNAM, estamos cambiando lo que acordamos. Yo no estoy disponible para esto: ¡No estoy disponible para esto!
Hemos avanzado enormemente en estas tres causales, me siento orgulloso, pero no a costa de relativizar y permitir el día de mañana la constitución, la acreditación de organizaciones fanáticas, sectarias que van a acompañar y van a tergiversar esta situación.
Ahí tiene que estar el Estado. El Estado, no el Gobierno: ¡El Estado!
Y creo que esto desdibuja de manera absoluta el proyecto. Lo lamento enormemente. Haré todas las presentaciones para impedir esta situación, porque no puede ser que el día de mañana tengamos las organizaciones, que muy bien señalaban los Senadores Girardi y Montes: integristas, agresivas, homofóbicas, sectarias, que van a estar precisamente acompañando a una mujer violada, a una mujer cuyo feto tiene inviabilidad, a una mujer cuya salud peligra: ¡Por favor!
Yo estoy en un Estado laico y quiero reforzar la posición del Estado con sus mujeres, no externalizar esta situación. Basta de esta situación. Esto es lo que tiene enfermo a nuestro país en materia de ineficiencia, en materia de despilfarro de plata.
¡Me parece inadmisible!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.


El señor PIZARRO.- Señor Presidente, la verdad es que quedé anonadado, por decir lo menos.
Hacía años que no escuchaba una intervención tan sincera, porque supongo que si Su Señoría lo ha dicho es porque realmente lo siente y lo piensa así, pero va en contra completamente de lo que hemos tratado de construir durante todos estos años. Y va completamente en contra de lo que hemos defendido en este proyecto.
En este proyecto, fundamentalmente, estamos hablando de que una mujer, en tres causales de excepción, puede tomar una decisión lo más libre, informada, consciente y con convicción posible.
Yo no quiero entrar a la caricatura que aquí ha hecho el colega De Urresti. Primero, porque el Gobierno no ha hecho ninguna concesión gratuita a la propuesta que nosotros hicimos de acompañamiento a una mujer que necesita apoyo cuando toma una decisión extraordinariamente difícil para ella, en cualquiera de las tres causales. Esa mujer puede tomar la decisión de pedir la interrupción del embarazo o de continuar con él. En cualquiera de esas circunstancias, la mujer necesita apoyo: antes, durante y después. Si opta por la interrupción del embarazo, será en un plazo más corto. Si lo lleva a término, tiene que ser durante el tiempo de gestación completo.
Estamos hablando de la decisión de la mujer. Por qué le vamos a impedir a una mujer que plantee: "Mire, yo en esta situación prefiero el apoyo social, económico, médico, psicológico, espiritual de alguna organización que no sea la que me está entregando el Estado".
¿Por qué le vamos a prohibir eso a una mujer? Si no tiene, además, costo para el Estado.
Me parece increíble -¡increíble!- una argumentación de este tipo.
Quiero decir, además, que parte de este debate lo tuvimos en la Comisión de Hacienda. Su Presidente hacía relación a que el Senador Allamand participó en todo el proceso de discusión y nos planteó el tema de retomar esta indicación. No se pudo hacer por un tema reglamentario de la Comisión, porque necesitábamos la unanimidad para entrar a conocer una indicación que no estaba formando parte de lo que ella tenía que ver. Pero, en general, todos sus miembros estábamos de acuerdo en discutirla y en buscar una formulación que fuera la mejor posible.
No se pudo, porque legítimamente también un Senador miembro de la Comisión dijo: "Miren, yo no estoy disponible para dar la unanimidad, vamos directo a la Sala". Perfecto.
¿De qué se trata esta indicación? Y lo señalo para disipar los demonios que aquí nos han planteado. Ella tiene que ver con quién va a determinar el listado, quién va a determinar el reglamento a través del cual se van a decidir qué instituciones, qué fundaciones, qué corporaciones pueden ser objeto de la petición de una mujer que se ve en estas situaciones. ¡El Estado, pues, señor Presidente! No van a ser los señores integristas que vienen acá y nos dicen veinte mil cosas. Ahora, si no tienen confianza en lo que puede hacer con buen criterio el Estado, buscando implementar bien una política pública, entonces digámoslo.
Yo tengo confianza en que quienes dirijan el Ministerio de Salud -este Ministerio, el próximo o el que venga- van a buscar lo mejor para implementar este proyecto de ley donde lo central es la mujer, es la decisión de la mujer.
Entonces, cercenar la posibilidad de que la mujer tenga una opción me parece un acto de intolerancia y totalitarismo que no es aceptable.
Algo de eso tuvimos -lo digo sinceramente- en la Comisión de Hacienda cuando se discutió este mismo tema y la Ministra de la Mujer nos dijo "No, es que el Estado y el modelo es que sea proclive a la interrupción del embarazo".
La señora PASCUAL (Ministra de la Mujer y la Equidad de Género).- ¡No, no, no!
El señor PIZARRO.- Así se entendió. Y lo dijo de una manera muy clara y muy dura. A todos los que estábamos ahí nos llamó la atención. Después lo aclaró, porque yo le hice una pregunta: "Mire, yo entiendo que el Estado debe garantizar que es neutral, no puede inducir al aborto como tampoco podría decir `yo solamente voy a apoyar a las que terminen el embarazo'".
Pero eso fue lo que se entendió al principio y generó muchas dudas e inquietudes en todos nosotros.
Entonces, si vemos la intervención que aquí se dio y la forma en que se está tratando este aspecto, me parece que es algo sumamente delicado.
Estoy convencido de que esta indicación va en la línea correcta porque apoya el objetivo central: que la mujer pueda tomar libremente la decisión que estime conveniente en términos de acompañamiento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Ignacio Walker.
El señor HARBOE.- Señor Presidente, está pidiendo la palabra la Ministra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ya le di la palabra.
Luego se la daré de nuevo.
El señor COLOMA.- Estamos votando.


El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente -si me permiten-, evidentemente este es un tema opinable. Es tan legítima una opinión como otra y, por tanto, estamos dentro del ámbito de lo debatible. Pero yo quiero decir mi posición.
A mi juicio, esto es bastante más complejo y delicado de lo que aquí aparece.
Yo tengo reparos tanto en la forma como en el fondo respecto de esta indicación. Por eso voté por la inadmisibilidad. Porque basta leer "estar acreditadas mediante decreto supremo dictado por el Ministerio de Salud, todo ello conforme a un reglamento dictado al efecto", para saber que eso requiere patrocinio del Ejecutivo. Y, por lo tanto, me remito a las explicaciones que ha dado el Senador Felipe Harboe, con mucha claridad, y por eso voté por la inadmisibilidad.
Pero también tengo reparos sobre el fondo. Y quiero decir por qué.
Quiero partir por aclarar que la frase -si me permiten- de la página 12, donde dice: "Asimismo se establecerán los criterios para la confección de un listado de instituciones sin fines de lucro que ofrezcan apoyo adicional al programa de acompañamiento, el que deberá ser entregado de acuerdo al inciso décimo primero", la introduje yo.
O sea, no tengo problemas con ninguna ONG de la sociedad civil. Para nada. Al contrario, su inclusión es de mi autoría.
La frase exacta que presenté, porque tuvo una leve modificación en su momento -se rechazó, pero después se aprobó de otra manera-, decía: "Finalmente el prestador de salud también deberá entregar a la mujer una lista con organizaciones de la sociedad civil que entreguen apoyo en esta circunstancias, de forma tal que ella cuente con información complementaria en caso que quiera recurrir a un apoyo adicional.".
Esa fue mi indicación inicial, y quedó en la forma que la acabo de leer. ¿Por qué? Porque dice: "entregado de acuerdo al inciso décimo primero".
Esa es la aclaración respecto de la opinión del Senador Larraín sobre la página 10.
¿Qué dice el inciso decimoprimero?
Uno, este programa de acompañamiento es para las tres causales; dos, se aplicará ya sea que conduzca a la continuación o a la interrupción del embarazo.
Por eso, hay que asegurar su neutralidad, y su voluntariedad, por de pronto. ¡Si esto es voluntario! Nadie está forzado a tener este sistema de acompañamiento.
A propósito, en Alemania es distinto: el consejo forzoso se establece solo para la causal de aborto del tiempo transcurrido, no para las tres que estamos requiriendo aquí. ¿Por qué? Hagamos la siguiente composición de escena: estamos despenalizando la interrupción del embarazo, y poniendo todo el apoyo ¿a quién?: al espacio de discernimiento que va a tener la mujer enfrentada al drama o a la tragedia de alguna de estas tres causales.
Queremos que tenga la mayor libertad; el mayor espacio de discernimiento para que, con los elementos a la vista, pueda tomar una decisión. ¿Qué decisión? ¡La que ella estime conveniente! ¡No el Estado, no la ley, no el legislador, no el órgano público!
La voluntariedad está, obviamente. Y la neutralidad y el hecho de que no se busque disuadir o influir apuntan justamente a eso, a respetar esa esfera de discernimiento y de autonomía.
Por lo tanto, si esa mujer, con esta "externalización" -llamémosla así; no en el sentido que yo había aprobado, sino en este otro-, va a estar -perdón por decirlo de esta manera- "tironeada" por alguna ONG o institución de la sociedad civil, sea procontinuación o prointerrupción, se saldrá del sentido de esa decisión, de ese discernimiento, de la libertad de esa mujer, y estará estresada, tironeada para allá y para acá, perdiéndose la neutralidad.
Por eso, voy a votar en contra de esta indicación.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Ministra señora Pascual.
El señor COLOMA.- No, señor Presidente, estamos en votación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Le puedo dar la palabra si es que estima necesario rectificar algún punto mencionado dentro de las exposiciones.
Tiene la palabra la señora Ministra.
La señora PASCUAL (Ministra de la Mujer y la Equidad de Género).- Señor Presidente, si me permite, solo quiero indicar que la argumentación presentada en la Comisión de Hacienda iba exactamente en la misma línea que acaba de ser descrita por el Senador Ignacio Walker.
El acompañamiento tiene que ver con la neutralidad para no influir en la decisión de la niña, de la adolescente o la mujer, la cual indudablemente podría ser mantener o interrumpir su embarazo.
A eso nos referíamos.
Señor Presidente, quiero dejarlo claro, porque he sido citada en el sentido de que solo planteé que el acompañamiento tenía que ser neutral para permitir únicamente la interrupción, y nunca fue lo expresado en la Comisión de Hacienda.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, de manera muy clara quiero expresar que cualquier institución privada, independiente de que esté en la ley o no, puede concurrir de manera privada a ofrecer su apoyo.
Ocurre incluso con el Estado, cuando dice a los comités de vivienda: "Salgan al mercado a buscar una empresa", y buscan una mala empresa, fracasando reiteradamente.
A propósito de lo dicho por el Senador De Urresti, quiero señalar que yo quiero un Estado robusto y pequeño; un Estado empresario, no propietario; un Estado fuerte. Pero este requiere colaboración en las áreas en que puede delegar, y sobre todo respecto de la solidaridad, en donde puede delegar para preocuparse de elementos mucho más fuertes. Por ejemplo, del millón 900 mil personas que se encuentran en lista de espera.
No me parece adecuado que se cuestione la acreditación, porque precisamente esta va a dar garantía de pluralidad por parte del Ministerio de Salud. Un solo listado significa una lista de supermercado. "¡Vaya y compre lo que quiera; y responsabilícese si llega a un mal producto, a un mal servicio!".
La acreditación de estas instituciones garantizará aquellos elementos propios de la Constitución: pluralidad, resguardo, seguridad, salud. Es decir, que la prestación de servicios no sea en los términos descritos por el Senador Girardi, en donde son todos unos fanáticos. Yo no creo que sea así, porque, para ser justo, para este lado también de repente uno se encuentra con un grado fuerte de fanatismo. ¡Y en la Izquierda también existe!
La señora PÉREZ (doña Lily).- ¡Muy bien!
El señor NAVARRO.- Por tanto, claramente debe garantizarse que de ningún extremo haya fanatismo u odiosidad, sino que se coadyuve al Estado a brindar esta opción.
¡Yo quiero un Estado fuerte! Porque dejamos caer la educación pública, y luego nos quejamos de que el sector privado tiene una mejor educación. ¡Cuando el Estado la dejó caer!
Yo siento que estará a prueba la capacidad del Ministerio de Salud de tener un programa público de acompañamiento de primer nivel, que sea el mejor, al cual las personas, particularmente aquellas de que hablamos: mujeres violadas, niñas violadas, opten por la seguridad que da el Estado, y no tengan que recurrir a los privados.
Pero eso dependerá del financiamiento, del esfuerzo, de la infraestructura, de los profesionales, y eso hoy día no lo tiene el Estado. ¡Por favor!
Lo que más temo es a que todos concordemos en que hay que ayudar, y a poco andar nos encontremos con que el Estado no es capaz de hacerlo. Y le sumemos una nueva derrota, para que quienes no creen en este digan: "¡Menos Estado; más mercado!".
¡Yo quiero más Estado; un Estado pequeño y fuerte!
Creo en la solidaridad, y este es un ámbito de colaboración público-privado. Hay otros en donde efectivamente tú no te puedes involucrar. Pero ¿por qué le negaríamos la posibilidad de la solidaridad en los términos expresados en cuanto a que respetamos la pluralidad? La iglesia evangélica puede acompañar, por cierto, y de hecho lo van a hacer con o sin ley: no tienen que pedirle permiso a nadie para acompañar en materia de fe, de solidaridad.
Por lo tanto, lo que estamos haciendo es regular.
Señor Presidente, ¡me gusta que haya instituciones acreditadas para evitar la apocalíptica descripción del Senador De Urresti...!
El señor DE URRESTI.- ¡Estamos haciendo un nuevo SENAME!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Montes.


El señor MONTES.- Señor Presidente, en primer lugar, quiero aclarar qué se está discutiendo.
No estamos discutiendo la indicación del Senador Allamand, sino el informe de la Comisión de Constitución, apoyado también por la de Hacienda.
¿Qué dicen los informes? Que "la mujer tendrá derecho a un programa de acompañamiento, tanto en su proceso de discernimiento como después.". Y para poder ejercer este derecho habrá un programa público, eso expresa el informe.
Adicionalmente, en el inciso decimotercero dice: "se establecerán los criterios para la confección de un listado de instituciones sin fines de lucro" al cual puedan acceder.
Eso dice el proyecto que aprobó por unanimidad la Comisión de Constitución, y después la de Hacienda.
Por lo tanto, el apoyo adicional proviene de estos criterios. No dice "cualquier institución", sino que habla de "un listado de instituciones", de acuerdo con los criterios que establezca el inciso decimoprimero. O sea, hay criterios concretos, no se refiere a cualquier institución.
Entonces, no confundiría las instituciones, porque efectivamente no cualquiera puede entrar en esto. El Estado va a estar respaldándolas.
Las instituciones deben tener cierta calidad y ciertas condiciones, para eso se hace el registro. O sea, no tienen nada que ver las damas salesianas, por ejemplo, que han tenido una historia, una trayectoria en materia de acompañamiento del embarazo. No tienen nada que ver esos buses -¡no sé de qué color eran a estas alturas, estoy confundido...!-, celeste uno y el otro no sé.
Pero no es eso, ¿se entiende?
Cuando leí el informe de la Comisión de Constitución, y lo analizamos en la de Hacienda, nos pareció que estaba claro que el Estado tenía definido un programa de acompañamiento y que asumía la responsabilidad al respecto. Y me parece, además, que la Comisión de Constitución agregó que iba a haber un listado de instituciones que ofrecerían prestaciones adicionales (se las llamó "adicionales" para no confundirlas con acompañamiento).
Eso está cuestionado ahora. Y la indicación del Senador Allamand, en el fondo, reafirma lo mismo.
Yo, en verdad, no encuentro que sea...
El señor LARRAÍN.- No.
El señor MONTES.- Sé que el Senador Larraín tiene otra visión respecto al financiamiento. Su Señoría entiende que esto debe hacerse en condiciones de igualdad.
Por eso les pido que no extrememos este debate; que no lo llevemos a situaciones que van más allá de lo que queremos.
Aquí, en primer lugar, queremos un programa público sólido; en segundo término, estamos abiertos a que existan instituciones privadas. Pero no cualquier institución, sino una que haya sido elegida bajo ciertos criterios y condiciones.
Me parece que ello es razonable, y está inserto dentro de lo que hemos hecho.
La señora ALLENDE.- Y sin financiamiento público.
El señor MONTES.- Ciertamente, sin financiamiento público, cuestión que ha sido muy aclarada acá.
Entonces, personalmente considero que, más que la indicación del Senador Allamand, se halla en discusión el informe que salió de las Comisiones de Constitución y de Hacienda.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Patricio Walker.


El señor WALKER (don Patricio).- Señor Presidente, lo primero que quiero decir -Sus Señorías saben cómo voté la segunda y tercera causales- es que acá se tomó una decisión mayoritaria: que la mujer decidiera.
Por lo tanto, como lo señaló muy bien el Senador Pizarro, para el voto de mayoría, para lo que aprobamos, para lo que iba a ser ley de la república, resulta absolutamente coherente que la mujer también pueda determinar quién la acompaña, quién la apoya en el proceso doloroso que deba enfrentar.
En segundo lugar, es obvio que la decisión final será de la mujer. Y eso está absolutamente garantizado.
Si uno se va a las páginas 10 y 11 del comparado, verá que en la parte final del inciso pertinente dice: "Este acompañamiento sólo podrá realizarse en la medida que la mujer lo autorice, deberá ser personalizado y respetuoso de su libre decisión". Insisto: "Respetuoso de su libre decisión".
Además, acá no estamos incorporando recursos del Estado.
Yo me acuerdo -para que hagamos memoria- de que una de las cuestiones que se discutieron durante la tramitación de la reforma educacional, cuando don Nicolás Eyzaguirre era Ministro de Educación, frente al fantasma que algunos crearon mediante la desinformación en el sentido de que se eliminaría la educación particular subvencionada, era que iba a seguir la provisión mixta.
Y no solo eso: que la reducción del copago, utilizando las palabras del Ministro Eyzaguirre, iba a ser compensada bis a bis (expresión que utiliza cuando corresponde y de manera muy acertada) con recursos del Estado. ¿Para qué? Para que las familias decidieran el tipo de educación para sus hijos: pública o privada; particular subvencionada, provisión mixta.
Acá estamos hablando de otra cosa. No estamos pidiendo financiamiento del Estado; o sea, nos referimos a algo mucho más modesto. Y además, con el rol garante del Ministerio de Salud, que será el que va a decidir.
Perdónenme que lo ejemplifique. Pero si un pastor que se dedica con un megáfono a insultar a todo el mundo quiere estar a cargo de alguna institución, obviamente que la Cartera de Salud le dirá que no.
¿O creen que son ineptas sus autoridades? ¡No, pues!
Entonces, no entiendo esta discusión; no entiendo por qué hacemos una tormenta en un vaso de agua.
Esto es lógico.
Señor Presidente, voy a apoyar la indicación. Creo que el Estado no tiene por qué acaparar. Y dijimos lo mismo cuando debatimos la reforma a la educación.
Ahora, me encantaría que la indicación fuera más allá: que recibiera el patrocinio del Ejecutivo y que el Estado pusiera recursos para las instituciones privadas sin fines de lucro que van a acompañar a las mujeres que por decisión propia requieran este programa.
El señor ALLAMAND.- No es la misma indicación.
El señor WALKER (don Patricio).- ¡No lo es!
Señor Presidente, me encantaría que el Estado no fuera neutro en esta materia, porque la Constitución protege la vida del que está por nacer. Ciertamente, la decisión final será de la mujer. Y si alguna institución privada tuviera problemas con el hecho de que la mujer aborte, debiera existir la obligación de derivarla. Porque la mujer es la que tiene que decidir.
En tal sentido, es importante mirar bien lo que estamos aprobando.
Sinceramente, creo que estamos haciendo una tormenta en un vaso de agua en cuanto a algo que obviamente debiéramos aprobar, para que finalmente la mujer decida. Y todo ello, sin comprometer recursos del Estado, como lo señaló el Senador Allamand.
Realmente no entiendo el problema que se plantea acá. Es más bien un seudoproblema, un problema aparente. Y esto lo dicen personas de Derecha, de Centro; incluso el Senador Navarro, ¡quien no es de Derecha, precisamente...!
Ojalá que podamos aprobar esta indicación, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
-Se aprueba la indicación renovada N° 11 (16 votos a favor, 9 en contra, una abstención y un pareo).
Votaron por la afirmativa las señoras Goic, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Bianchi, Chahuán, Coloma, Espina, García-Huidobro, Hernán Larraín, Navarro, Pizarro, Prokurica, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa las señoras Allende y Muñoz y los señores Araya, De Urresti, Guillier, Harboe, Quintana, Quinteros e Ignacio Walker.
Se abstuvo el señor Girardi.
No votó, por estar pareado, el señor García.
El señor LABBÉ (Secretario General).- La indicación N° 12 se entendería retirada.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Daríamos por retirada la indicación del Senador Espina,...
El señor ESPINA.- Sí.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-... porque versa sobre la misma materia.
--Queda retirada la indicación renovada N° 12.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, con relación al inciso decimotercero (páginas 11 y 12 del comparado), se ha pedido votación separada de la expresión: "apoyo adicional al", que se halla referida al programa de acompañamiento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, a mí me parece que, habiéndose aprobado la indicación del Senador Allamand, que establece la posibilidad de optar entre programas acreditados ante el Ministerio de Salud, sean de carácter público o privado, se entendería que ya no es un programa adicional o complementario, sino una opción.
En tal sentido, se trataría de una alternativa de libre elección para la mujer.
En consecuencia, el apoyo de las instituciones sin fines de lucro deja de ser adicional al programa de acompañamiento.
Es contradictorio, pues "adicional" significa "además de". Y lo que se ha aprobado es una opción (alternativa) entre lo público o lo privado.
Hay un cambio que se desprende naturalmente. Por eso, no me parece necesario votar este asunto.
A mi entender, solo habría que eliminar la expresión "apoyo adicional al", porque es contradictoria con lo dispuesto en la indicación que se acaba de aprobar.
El señor DE URRESTI.- ¡No!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señores Senadores, ¿me permiten hablar desde la testera? De lo contrario, tendría que ir hasta mi pupitre para hacer una observación sobre el concepto "adicional".
El señor ESPINA.- Sí.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Muy bien.
Con relación al término "adicional", el diccionario de la Real Academia Española dice: "Que se suma o añade a algo".
Acá no se suma o añade. Es optativo: uno u otro.
Entonces, creo que la palabra "adicional" no está bien usada en el inciso pertinente. Debiera haberse puesto: "el acompañamiento privado".
El señor LARRAÍN.- El término "adicional" resulta contradictorio con lo que se acaba de aprobar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No debiera haberse puesto "adicional".
Tendría que decir: "privado".
El señor LARRAÍN.- Hay que eliminar la expresión "apoyo adicional al".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En todo caso, está pedida la votación separada.
En votación la expresión "apoyo adicional al".
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, a mi juicio, lo que ya se mencionó sobre el particular ahorra mayores explicaciones.
La última parte de la indicación del Senador Allamand dice: "La mujer podrá elegir libremente tanto la entidad como el programa de acompañamiento que estime más adecuado a su situación particular y convicciones personales.".
Esto es, habrá instituciones públicas que ofrecerán el programa de acompañamiento o instituciones privadas que podrán ofrecer el mismo programa de acompañamiento. Todo ello regulado por el Ministerio de Salud.
Dicho Ministerio establece qué instituciones pueden hacer aquello; cómo se cumplen los requisitos de acreditación, en fin.
Por lo tanto, las inquietudes que planteaban los Senadores De Urresti y Girardi van a quedar obviadas, porque el decreto del Ministerio de Salud va a fijar el piso mínimo (normas que no sean discriminatorias, que no establezcan cuestiones odiosas). Y habrá fiscalización para los efectos de asegurar su cumplimiento.
Pero eso no es compatible con la expresión "apoyo adicional al".
Si mantuviéramos el texto de la indicación que acabamos de aprobar con las palabras "apoyo adicional al", habría una contradicción.
Aquí estamos hablando de opciones alternativas.
Por esa razón, el Senador Walker votó en contra. Así lo entendí de su fundamentación.
Asimismo, debe tenerse presente que, no obstante que uno quisiera que tuviera financiamiento, eso no se halla incluido, porque entonces, sí, la indicación del Senador Allamand habría sido inadmisible, por cuanto se estaría disponiendo de recursos públicos para financiar actividades privadas.
Por lo tanto, la aprobación de la indicación del Senador Allamand no conlleva que haya financiamiento para las instituciones privadas que, cumpliendo con los requisitos del decreto del Ministerio de Salud, sean autorizadas a actuar, y que luego, la madre que está en alguna de las causales aprobadas pueda optar por la institución privada y no por la pública. La institución privada tendrá que garantizar, ante el Ministerio de Salud, su capacidad económica para sobrellevar estos programas.
En consecuencia, señor Presidente, creo que la expresión "apoyo adicional al" debiera entenderse simplemente eliminada, porque es contradictoria con lo que acabamos de aprobar. Ello no necesitaría ninguna votación.
Eso es lo que hace sentido a la definición que hemos establecido con la aprobación de la indicación del Senador Allamand.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, la indicación del Senador Allamand era originalmente al inciso séptimo del texto que figura en la segunda columna del comparado, el cual después se modificó. Como se renovó esta indicación, se incorporó a la parte final del inciso decimotercero, que se halla al final de la página 11 y a principios de la 12.
¿Por qué digo esto? Porque la incorporación de esta indicación es después del texto que contempla el apoyo adicional. Es decir, esta no modifica aquello. El apoyo adicional se mantiene en la norma propuesta.
No se trata de un asunto meramente declarativo.
Porque, a mi juicio, no ha sido el ánimo, ni aquí ni en la Comisión de Constitución, remplazar el apoyo público por el privado, sino justamente establecer un apoyo adicional, es decir, complementar el apoyo público.
No fue ese el espíritu de la indicación. Esta se formuló para agregar el texto que indica luego de la expresión "apoyo adicional al". Con ello, claramente la madre -como señala la indicación- podrá solicitar que el acompañamiento a que tiene derecho le sea otorgado por instituciones u organizaciones de la sociedad civil.
Pero eso no obsta a que exista un programa de acompañamiento público y que el otro sea adicional.
Señor Presidente, es muy importante la ubicación. Porque el texto del proyecto aprobado en la Comisión de Constitución, contempla y consagra el apoyo público como principal y la posibilidad de uno adicional en el mundo privado, que es lo que se acordó.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Sin embargo, tengo una petición de votación separada de esa expresión. De modo que debemos votarla.
El señor ALLAMAND.- ¿Me permite, señor Presidente?
La señora VON BAER.- Pido la palabra para un punto de Reglamento.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Goic.


La señora GOIC.- Señor Presidente, quiero entender bien el texto.
Tengo una interpretación distinta de la que se está haciendo.
En el inciso pertinente se señala: "Asimismo se establecerán los criterios para la confección de un listado de instituciones sin fines de lucro que ofrezcan apoyo adicional al programa de acompañamiento". Y ya se halla establecido cómo se llevará a cabo este programa
¿Qué entiendo yo? Por ejemplo, Proyecto Esperanza.
El Proyecto Esperanza es un programa que acoge a la mujer que ha abortado. Es de inspiración católica, y busca, desde la perspectiva de su fe, reconstruir su relación y su historia tras un aborto.
Eso es adicional. ¡Y bienvenido!
Así como ese, podrá haber muchos otros programas de instituciones. Y, en el fondo, lo que se garantiza como criterio es que se trate de programas serios; que tengan cierto respaldo; que existan realmente; que la información que entreguen sea verídica; que el teléfono funcione. Es decir, que sea una entidad seria la que está detrás.
Sin embargo, no estamos hablando solo del programa de acompañamiento, que ya discutimos (va a estar protocolizado de acuerdo a un decreto supremo, en fin): también nos referimos a otras iniciativas que es bueno que se conozcan y que sean adicionales con respecto a la situación que está viviendo la mujer.
Pueden ser programas de apoyo económico.
Son programas adicionales.
Yo creo que en eso el texto propuesto es bastante claro: "que ofrezcan apoyo adicional al programa de acompañamiento".
Por lo tanto, me parece que es complementario a lo que ya hicimos. Insisto: no remplaza.
La norma propuesta es bastante clara.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Allamand.
La señora VON BAER.- ¡Presidente!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No entiendo lo que dice la Senadora señora Von Baer.
Su señoría tiene que apretar el botón para que se active su micrófono.
El señor HARBOE.- ¡Está preguntando qué estamos votando!
La señora VON BAER.- Señor Presidente, nos puede aclarar exactamente lo que estamos votando, para saber si tenemos que pronunciarnos a favor o en contra.
No sé si es supresión de texto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Primero vamos a escuchar al Senador señor Allamand, a quien dejo con la palabra.


El señor ALLAMAND.- Cuando presentamos la indicación, que -vuelvo a decir- tiene el mismo sentido que las que presentaron usted y el Senador Espina, que fueron retiradas -me parece que una no alcanzó a renovarse-, obviamente pedimos votación separada -por intermedio de la Mesa, se lo señalo al Senador Harboe- de la expresión "apoyo adicional al", precisamente por lo que señaló el Presidente: para que no existiera confusión respecto de lo que estábamos hablando.
Aquí -y el Senador Montes lo ha explicado tres veces, y es exactamente eso- hay un programa público. Ese programa público tiene financiamiento. La madre puede escoger un apoyo distinto al programa público. Ese apoyo diferente al programa público no tiene acceso a financiamiento, ni a nadie se le ha pasado por la cabeza solicitarlo.
Por eso, al presentar la indicación pedimos votación separada.
Ahora, después de escuchar la declaración del Senador Ignacio Walker, quien votó en contra de esta indicación, resulta evidente que las últimas dos líneas de la norma pertinente, por simple coherencia, también deben eliminarse, como ocurre siempre que se aprueba una indicación que hace fuego con otras disposiciones.
¿Por qué digo esto? Por una razón muy simple.
¿Por qué el Senador Walker votó en contra de la indicación? Su Señoría votó en contra de la indicación argumentando que el sentido del programa alternativo tenía que ser apegado al inciso decimoprimero.
¡Es justamente lo que no aprobamos!
Aquí se aprobó una cosa diferente: un acompañamiento alternativo.
En consecuencia, señor Presidente, lo que corresponde es que la frase quede de la siguiente manera: "Asimismo se establecerán los criterios para la confección de un listado de instituciones sin fines de lucro que ofrezcan programas de acompañamiento.". Punto.
Las últimas dos líneas se chocan con lo que aprobamos. Y el apoyo adicional tiene la complejidad del lenguaje que el señor Presidente señaló.
Ese es exactamente el sentido de lo que aprobamos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Quintana.


El señor QUINTANA.- Señor Presidente, no sé en qué momento se introdujo la petición de votación separada. Pero eso lo tendrá que explicar la Mesa.
Lo que me preocupa es que con esto se está desvirtuando la neutralidad que todo indica que es lo fundamental en el proceso de acompañamiento.
Acá tenemos principios básicos.
El Ministerio de Salud tiene los siguientes principios rectores del acompañamiento biopsicosocial:
"a) Es confidencial.
"b) Respeta la voluntad de la mujer, es voluntario.
"c) Opera tanto si la mujer decide interrumpir como si decide continuar su embarazo.
"d) La información será siempre completa y objetiva y la entrega de la misma no podrá en forma alguna estar destinada a influir en la voluntad de la mujer.
"e) Debe respetar la libertad de conciencia de la mujer, sus principios, creencias y valores.
"f) Debe proporcionar información clara y veraz, que sea plenamente comprendida por la mujer.".
Señor Presidente, yo no veo cómo entidades privadas podrán hacer algo en la misma dirección de cada uno de los principios rectores del acompañamiento que acabo de mencionar.
En consecuencia, aquí cabe, por la forma como se aprobó el texto en la Comisión de Constitución, un complemento; o sea, adicionar la ayuda de las instituciones en comento, pero en ningún caso sustituir dichos principios fundamentales, que son preocupación de la entidad pública rectora, que es el Ministerio de Salud.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- El señor Secretario va a aclarar la votación, que está abierta.
El señor LABBÉ (Secretario General).- La situación es la siguiente.
En el texto aprobado por la Comisión de Salud, se ha pedido votación separada de las palabras "apoyo adicional al".
De consiguiente, quienes deseen mantener dicha expresión deben votar que sí, y aquellos que quieran suprimirla, que no.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Montes.


El señor MONTES.- Señor Presidente, creo que la cuestión se ha venido enredando.
Partió con buena voluntad desde las Comisiones, pero aquí se ha ido complicando porque se intenta poner en la misma situación cosas distintas.
Por intermedio de la Mesa, le pido por favor al Senador Allamand que me escuche.
Hay un programa público llamado "Chile Crece Contigo", que brinda atención a la mujer embarazada, al niño, etcétera, en distintas etapas. Opera con gran humanidad, su funcionamiento ha sido espectacular y todo el mundo coincide en que hay que fortalecerlo.
El Gobierno de Sebastián Piñera lo detuvo un poco. Espero (estoy hablando en serio) que Sus Señorías lo hayan repensado y reconsiderado.
Ese programa público toma del embarazo hacia delante todo el proceso: gestación, nacimiento, en fin.
Algunos podrán plantear el propósito de que no existan otras instituciones que generen programas complementarios o de otra naturaleza.
Está bien: es lo mismo que estamos diciendo acá.
A raíz de la interrupción del embarazo por tres causales, se crea un programa de acompañamiento, y queremos que sea el mejor posible. Va a partir con algunas prestaciones, y con el tiempo seguramente se irá ampliando.
¿Significa eso negar que haya otras instituciones? No.
Sí, queremos afirmar que existe una especificidad, que se trata de un programa público bajo la responsabilidad del Estado.
Ahora, yo comparto algo que dijo hace un rato el Senador Coloma: además tenemos el problema del aborto ilegal, del que en algún momento deberemos hacernos cargo. Porque muchos hablan y hacen grandes alegatos, pero no se toma en cuenta que hay miles de niñas afectadas por tal situación.
Hoy tenemos salas cuna en los colegios, y asimismo, programas de prevención, para evitar que las menores se embaracen: malo, "reguleque", regular.
Lo que quiero decir, señor Presidente, es que debemos tener conciencia a aquel respecto.
Ojalá en esta materia hubiera unanimidad. Chile necesita un buen programa público, lo más completo posible, con el mejor financiamiento.
Eso no significa negar la posibilidad de que exista un programa mixto.
Sin embargo, en la solución alternativa se plantean cosas diferentes.
Necesitamos que el Estado responda.
¡Así fue la historia de Chile, Senador Larraín!
Todos los programas derivados del SNS; las medidas que permitieron la baja mortalidad infantil que registra hoy nuestro país, en fin, derivan de un Estado que tuvo un programa.
¿Se negó la concurrencia de otros programas? ¡No! ¡Para nada!
Lo importante es tener la convicción de que en el ámbito de que se trata se requiere un rol específico del sector público.
Yo no comparto la idea de negar la existencia de otras modalidades, de cierta mixtura. Lo relevante es entender que se necesita un programa con las características requeridas.
¡No confundamos más el debate!
El uso del término "adicional" es una manera específica de diferenciar las cosas.
Creo que hay que mantener la redacción que se nos propone para el inciso decimotercero. Si no, el proyecto terminará en una Comisión Mixta, donde, en mi concepto, no se va a avanzar mucho.
Por ello, prefiero mantener el inciso tal como se nos sugirió.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, llamo a tener un poco de coherencia entre lo que hemos dicho durante las horas anteriores y lo que se argumenta ahora.
Me parece que si la mujer, y no el Estado, conforme ha planteado una mayoría, de la que formo parte, debe tener libertad para, de acuerdo a su conciencia y en compañía de su familia, decidir si desea seguir con su embarazo o interrumpirlo amparada en una de las tres causales, también ha de tenerla para determinar con qué tipo de institución quiere ser acompañada.
Eso es superimportante, al menos para mí.
A lo mejor algunas mujeres van a preferir el acompañamiento de un ente del Estado; tal vez otras querrán ser acompañadas por instituciones privadas, de carácter religioso o de otro tipo. Entonces, a mi parecer, hay que dar alternativas.
No obstante, la decisión a ese respecto debe tomarla la mujer, a quien le hemos entregado libertad para optar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Ignacio Walker.


El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente, yo presumo siempre que todos actuamos de buena fe en este Hemiciclo. Esa es la historia, esa es la tradición, y ello está presente también en este debate.
Ahora bien, lo que yo quiero decir es que, cuando se votó la indicación del Senador Allamand, nadie planteó en la fundamentación de su voto que el apoyo de instituciones sin fines de lucro debía entenderse como alternativo y no como adicional.
Según expresó el colega Harboe, es lo que aparece en el texto actual. Y la indicación del Senador Allamand viene después.
Repito: ninguno -no digo que lo escondieron; ¡por favor!; como señalé al comenzar, presumo la buena fe- de quienes apoyaron la legítima indicación del Senador Allamand nos señaló en la Sala que se había pensado que el apoyo de las instituciones en comento era alternativo.
Lo de alternativo vino después, con la solicitud de votación separada de los términos "apoyo adicional al". No hubo una advertencia. Repito: vino después.
Hay buena fe. Lo reitero una vez más. No estoy dudando. Pero yo sostengo que debió hacerse una advertencia antes.
Los Senadores Larraín y Allamand tienen derecho a argumentar como lo hacen, en el sentido de que el referido apoyo es alternativo. Sin embargo, claramente, esto nos plantea un problema.
Por eso voté en contra. Porque, evidentemente, estábamos entrando en un terreno en que la lógica del sistema que estamos armando se empieza a desvirtuar. ¿Por qué? Porque hoy día las ONG pertinentes existen y, seguramente, hacen mucho bien. Pero hay una diferencia: actualmente no existe despenalización de la interrupción del embarazo. Ahora sí la habrá.
Por lo tanto, insisto en el inciso decimoprimero.
El Senador Allamand lo decía muy bien: "Borremos toda la última línea ". Pero esa eliminación rompe definitivamente el sistema.
Fíjense, Sus Señorías: "... apoyo adicional al programa de acompañamiento, el que deberá ser entregado de acuerdo al inciso décimo primero.".
El colega Allamand quiere suprimir eso.
El inciso decimoprimero, que figura en la página 10 del boletín comparado, es el que establece el programa de acompañamiento. Y este programa se pone en las tres causales -así lo dije en mi intervención anterior- tanto para el caso de la interrupción del embarazo cuanto para el del acompañamiento.
Por eso la neutralidad: porque queremos poner en el centro a la mujer, con su capacidad de decisión, su espacio de discernimiento y su total libertad, sin tironeo.
Eso se deteriora y se resquebraja con lo que se aprobó, con mi voto en contra, sobre la base de la indicación del Senador Allamand.
Insisto en que era legítimo. Pero la consecuencia es lo que están planteando ahora los colegas Larraín y Allamand en el sentido de entender que el apoyo de las instituciones sin fines de lucro es alternativo.
Claro: la última línea de defensa que uno podría tener es el sostenimiento de los términos "apoyo adicional al" -¿no es cierto?-, porque si se cae el concepto "apoyo adicional" ahí sí que es alternativo.
Yo ya voté "sí", para mantener el "apoyo adicional", como un mal menor -desde mi punto de vista-, como una línea de defensa. Eso es evidente. Porque el programa de acompañamiento, según dijo la Presidenta de mi Partido, es una medida en la que todos los Diputados y Senadores de la Democracia Cristiana hemos insistido desde el día uno, pues no queremos mujeres solas y abandonadas -es la forma como se enfrentan las tres situaciones-, menos aún con la nueva ley, que va a permitir la interrupción del embarazo: deseamos mujeres acompañadas, pero acompañadas y respetadas, cualquiera que sea su decisión.
Entonces, en lo que respecta a las ONG -lo digo para los dos lados: prointerrupción o procontinuación-, la mujer se sentirá tironeada para allá y para acá, con lo que se va a reducir su espacio de discernimiento y de libertad.
Claro: como un mal menor, yo voy votar que sí, para mantener el apoyo adicional. Pero, evidentemente, el mecanismo se ha desvirtuado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, voy a continuar la argumentación del colega Ignacio Walker. Pero debo señalar que seguí el razonamiento de la Senadora Lily Pérez.
Yo tampoco creo, para nada, que el Estado deba hacerlo todo. En muchas actuaciones se precisa el complemento público-privado. Pero ese complemento requiere un marco regulatorio, para que no se repita lo que hemos visto en un conjunto de políticas públicas en las que le hemos endosado al sector particular recursos con escasa capacidad de fiscalización y se ha terminado como lo han hecho, por ejemplo, varios colegios particulares subvencionados y algunos centros de apoyo al SENAME privados, cuya situación es lamentable.
No podemos replicar ese modelo.
Justamente con ese propósito, este proyecto contempla un programa de acompañamiento de carácter público. Pero además establece la posibilidad de complementar ese programa público con el apoyo de instituciones privadas.
El precepto que se aprobó a raíz de una indicación del Senador Allamand -yo consideraba que la indicación era inadmisible, pero fue acogida- contempla la posibilidad de que la mujer elija en un sentido u otro. Es decir, se mantiene la libertad de conciencia de la mujer para elegir si su programa de acompañamiento es el del mundo público o el del mundo privado.
¡Fantástico!
Sin embargo, desde el minuto en que se borra la palabra "adicional" y, aún más, con la argumentación que ha dado el Senador Allamand, que a mi juicio revela la intención definitiva -porque se habla no solo de adicional, sino de todo lo que viene hacia abajo de lo adicional-, se elimina lo que dispone el inciso décimo primero. Es decir -¡ojo!-, ya no hay un programa de acompañamiento adicional: va a ser "el" programa de acompañamiento.
En tal caso, a mi entender, la cosa se pone muy complicada.
Lo que estamos estableciendo ahora es el derecho a elegir. Habrá una alternativa: en el mundo público o el privado. Y ello va a estar regulado, supuestamente, a través de un decreto supremo, con un registro, con mecanismo de acreditación, en fin.
¡Fantástico!
No obstante, si borran las palabras "apoyo adicional al", que -tal como dijo el Senador Walker- es el mal menor, ya no va a ser un programa complementario, sino un programa alternativo.
Eso, a mi juicio, es más delicado, pues ¡no estuvo en ninguna argumentación!
¡Yo no escuché nunca al Senador Allamand plantearlo cuando estábamos debatiendo la indicación original!
¡Basta, señor Presidente! ¡Sinceremos esto!
Aquí, probablemente, algunos quieren crear un sistema paralelo.
Entonces -me lo planteó un Senador en forma reservada-, ¿quién me asegura que el día de mañana la persona que asuma la Presidencia de la República no le va a dar financiamiento a un privado a través de la Ley de Presupuestos?
Ahí tengo dudas acerca de lo que ha ocurrido.
Lamento profundamente que recién ahora, en el marco del proceso de acompañamiento, se empiece a argumentar que el apoyo de las empresas privadas sin fines de lucro ya no tiene que ser adicional.
Eso no me parece adecuado, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Lo adecuado es que lo resuelve la Sala.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se acuerda mantener la expresión "apoyo adicional al" (14 votos a favor, 13 en contra y un pareo).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic y Muñoz y los señores Araya, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros e Ignacio Walker.
Votaron por la negativa las señoras Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Bianchi, Chahuán, Coloma, Espina, García-Huidobro, Hernán Larraín, Prokurica, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
No votó, por estar pareado, el señor García.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se mantiene la disposición en los términos en que estaba aprobada.
Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Seguimos en el tema del acompañamiento.
Les ruego a Sus Señorías dirigirse a la página 9 del comparado, última columna.
El Senador señor Allamand pidió votar separadamente la frase "y su entrega en ningún caso podrá estar destinada a influir en la voluntad de la mujer". Se trata de la información veraz que debe proporcionar el prestador de salud.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
El señor ALLAMAND.- Retiro la solicitud, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Queda retirada la indicación mediante la cual se pidió votación separada.
Continuemos, señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Páginas 10 del comparado y 9 del boletín de indicaciones renovadas.
Indicación renovada número 52, del Senador señor Espina, para sustituir la oración "Este acompañamiento incluirá acciones de acogida y apoyo biopsicosocial ante la confirmación del diagnóstico y en cualquier otro momento de este proceso" por la siguiente: "Este acompañamiento será de calidad e incluirá acciones de acogida y apoyo biopsicosocial ante la confirmación del diagnóstico y en cualquier otro momento de este proceso, el cual podrá ser ejecutado por el Estado o por organizaciones de la sociedad civil".
El señor ESPINA.- La retiro, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Queda retirada la indicación renovada del Senador señor Espina.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Página 11.
El señor COLOMA.- ¿Qué pasa con los preceptos en que recaían las indicaciones renovadas que se retiraron, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Al retirarse las indicaciones, se entienden aprobados,...
El señor COLOMA.- No están aprobados, Su Señoría.
La señora VAN RYSSELBERGHE.- No lo están.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).-... salvo que se hubiera pedido votación, lo que no ha ocurrido.
La señora VAN RYSSELBERGHE.- Se había solicitado votación separada.
El señor COLOMA.- Así fue.
El señor LARRAÍN.- Primero debíamos debatir las indicaciones y luego votar los preceptos, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario para aclarar el punto.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Rectifico en el siguiente sentido. Salvo que ello se retire, en su oportunidad se pidió, respecto del artículo, un pronunciamiento por inciso.
El señor COLOMA.- Es preciso votar la disposición.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.
El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, la materia se está viendo en forma global: primero se analizan las indicaciones y luego es preciso pronunciarse sobre cada inciso.
Por mi parte, no tendría problemas en votar en conjunto. Son cuatro páginas del comparado.
El señor HARBOE.- Pero ya lo hicimos.
El señor LARRAÍN.- No. Se votaron las indicaciones, no los incisos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario para efectuar la aclaración.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Lo relativo al acompañamiento comprende cuatro páginas, en efecto.
Sin perjuicio de las peticiones de un pronunciamiento separado de determinadas frases y de las indicaciones renovadas, se solicitó otro tanto oportunamente, dentro de plazo, respecto de cada uno de los incisos.
El señor LARRAÍN.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra.
El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, expresé que es preciso votar ahora los incisos. Sugiero pronunciarnos de una sola vez sobre los comprendidos en las cuatro páginas señaladas y no hacerlo separadamente. Pero es preciso votarlos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Habría acuerdo?
Se procederá en la forma propuesta por el señor Senador.
La señora VAN RYSSELBERGHE.- Falta pronunciarse sobre la indicación número 10.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Si la proposición es resolver sobre todos esos incisos en conjunto, queda por votar primero la indicación renovada número 55, del Honorable señor Espina, que es para agregar la siguiente oración final en el inciso sexto, actual duodécimo, del artículo 119:
"En caso de sobrevivencia del nacido el médico deberá resguardar siempre la vida e integridad física y psíquica del niño.".
El señor COLOMA.- Está bien.
El señor PIZARRO.- Que se retire.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Se retira?
La señora VAN RYSSELBERGHE.- No.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.


La señora VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente, lo que sucede es que se define como aborto la intervención que se efectúa hasta las 22 semanas de embarazo, como se explicó, porque el feto es inviable. Posteriormente, a una edad gestacional en que este pesa normalmente más de 500 gramos, puede ser viable, y, por lo tanto, es posible que nazca vivo, porque se lleva a cabo el procedimiento médico de la inducción del parto. No se usan otros. No se trata de un legrado. Se dilata el cuello uterino, se originan contracciones y el feto es expulsado del útero y puede nacer vivo, sobre todo si tiene más de 25 semanas.
En este último caso, lo que estamos proponiendo, por lo tanto, es que no solo sea objeto de "cuidados paliativos", como señala el texto del Ejecutivo. Porque la definición exacta de esta expresión es: "Se encarga de prevenir y aliviar el dolor". Nosotros queremos un tratamiento. Lo otro dice relación con procedimientos médicos destinados a atenuar el padecimiento y brindar una mejor calidad de vida. Normalmente son de apoyo. Nosotros no queremos cuidados de apoyo para un buen morir, sino un tratamiento médico para que el recién nacido pueda vivir. Y deseamos que eso quede consignado en la ley.
Por lo tanto, estamos pidiendo que se consigne y garantice que se harán los esfuerzos médicos necesarios para que un feto que nazca de 22 o de 24 semanas -puede tratarse de una malformación que se diagnostique inadecuadamente a través de un falso positivo- y tenga latido pueda vivir.
En la Comisión de Salud, la señora Ministra dijo que ello no es necesario. Por mi parte, sí estimo necesario garantizar la vida. Y esta es la razón por la cual formulamos nuestro planteamiento.
Queremos que se establezca expresamente la obligación, a diferencia de lo que sucede en otros países, de asegurar la atención de salud para quien nace vivo y, por consiguiente, tiene derecho a vivir.
Pienso que no debiera molestarle a nadie que se garantice el tratamiento en ese caso.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, no sé cuál es el sentido de la indicación, porque es evidente que si la criatura sobrevive -ya se trata de una persona, tal como dice la legislación-, ¿habrá algún facultativo que no vaya a protegerla? ¿Habrá alguna madre que no quiera cuidarla?
¿No fue la misma señora Senadora que intervino recién -quien es médica, además- la que planteó, en su oportunidad, que no era necesario establecer la causal 1), porque se incorporaba la lex artis?
Es raro que Su Señoría venga a decirnos ahora que es necesario contemplar la obligación de proteger a un nacido vivo, pero por la vía de una ley, porque, si no, los médicos a lo mejor no van a hacerlo.
A mi juicio, ello es completamente innecesario, porque en esa situación se procede siempre de una manera obvia. No conozco casos en que los profesionales, frente al nacimiento de un niño vivo, no lo cuiden, no tiendan a protegerlo y a mejorarlo, o a recuperarlo, si se encuentra en condición de prematuro, de riesgo.
Estimo que el planteamiento es tremendamente contradictorio con lo expuesto originalmente. Por eso, me parece que la indicación no es adecuada.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la señora Ministra.


La señora CASTILLO (Ministra de Salud).- Señor Presidente, quisiera mencionar algunos tipos de anomalías incompatibles con la vida y que probablemente se debieran atender tal vez por unos minutos o algunas horas de vida. Por ejemplo, la anencefalia, que es la ausencia de hemisferios cerebrales; la iniencefalia; la craneorraquisquisis, que también es anencefalia; la hipoplasia pulmonar, cuando el bebé nace sin pulmones o ellos son muy pequeños; el feto acardio, sin corazón, y la ectopia cordis, cuando el corazón se asoma hacia un lado que no corresponde. A lo anterior se agregan complejos relacionados con defectos en la pared del abdomen o del tórax -se carece de uno o de otro-, lo que impide vivir.
En ese contexto existe el tratamiento paliativo. No significa que a un recién nacido que presente las condiciones mencionadas se le tenga que intubar u oxigenar, sino que es preciso tratarlo adecuadamente para que reciba las mejores atenciones en el momento que corresponda.
Pero, como médicos, nunca vamos a dejar de preocuparnos de la integridad de la persona, ni mucho menos del componente psíquico, no solo del pequeño, sino también del entorno, de la familia, y todo lo que significa la situación tan dolorosa que ella está viviendo.
Por lo tanto, deseo consignar que en este caso jamás dejaríamos de atender en forma "paliativa", palabra que usamos en el proyecto de ley.
Gracias.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, se abrirá la votación.
Acordado.
En votación la indicación renovada.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Ignacio Walker.


El señor WALKER (don Ignacio).- Señor Presidente, para corroborar y complementar lo dicho por el Senador señor Harboe, con quien hemos mantenido una sintonía total en estos temas, deseo consignar, en primer lugar, que la indicación es absolutamente innecesaria. Lo digo con todo respeto.
¿Por qué?
El artículo 19, número 1º, de la Constitución asegura la integridad física y psíquica de la persona, exactamente lo mismo que se está señalando aquí respecto del niño. Todos entendemos que este es persona.
Por lo tanto, la cuestión no depende de la buena o mala voluntad del médico o de que el profesional tenga una mejor o peor disposición. Se trata de una garantía constitucional.
El señor ESPINA.- Se puede complementar.
El señor WALKER (don Ignacio).- En segundo término, de aprobarse la indicación renovada del Senador señor Espina, se corre el riesgo -lo digo nuevamente con mucho respeto- de dar pie al ensañamiento terapéutico, es decir, a que se empiece a alargar artificialmente la vida del nacido a pesar de saberse que no reúne condiciones para vivir.
Y tercero, el texto expreso contempla los cuidados paliativos para la causal 2), como ha dicho la señora Ministra.
Entonces, repito que la indicación es absolutamente innecesaria: el concepto ya figura en la Constitución, se corre el peligro del ensañamiento terapéutico y se contemplan los cuidados paliativos.
Por estas razones, voto en contra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, les pido a mis colegas menos pasión respecto de la indicación, porque un Senador me amenaza con que va a decir cosas por todos lados. No lo entiendo.
Lo que sí quiero decir con toda franqueza es lo siguiente: el texto persigue un solo objetivo.
Cuando un feto que ha sido inviable logra nacer y sobrevivir, puede ser tratado de dos maneras. Una de ellas es decir, simplemente: "Vamos a aplicar los cuidados paliativos". Ello significa, en la práctica, recurrir a medidas básicas y mínimas para un buen vivir, si se mantiene con vida. La otra es establecer que el deber es el de realizar todo lo humanamente posible para resguardar siempre la vida y la integridad física.
¡La indicación no le causa daño a nadie, señor Presidente!
Es absolutamente razonable que el legislador diga: "Si se creía que el feto era inviable, pero resultó ser un falso positivo y vivió, no basta con permitir solo una sobrevivencia, sino que también se tiene que hacer un esfuerzo por hacerlo vivir".
Se trata de una indicación formulada muchas veces en relación con normas en las cuales se da una orientación de lo que debe hacer el médico. Se le está pidiendo un esfuerzo adicional.
Entonces, cuando a mí me dicen que la Constitución dispone de todas maneras, si la persona vive, que se tiene que proteger su integridad física y psíquica, hago presente que aquí le estamos diciendo al médico que no bastan los tratamientos paliativos y que, más allá de eso, la idea es realizar un esfuerzo total para que sobreviva un feto que se creía que moriría.
¿Eso a quién le hace daño? ¿En qué perjudica? ¿Alguien puede oponerse a contemplar una norma de esa naturaleza?
Algunos dirán que no es necesaria. Hay quienes creemos que es bueno mandar la señal de que en esta hipótesis claramente conviene reforzar el hecho de que no bastan dichos tratamientos y que es preciso esforzarse para que la persona pueda vivir. Estos últimos no parecen ser suficientes, muchas veces.
Sobre todo cuando los casos ocurren en lugares donde no existen ni el instrumental ni mayores posibilidades, decir: "Nació, voy a dejarlo vivir y veré si vive o no" es distinto de expresar: "Haga todos los esfuerzos y tome todos los resguardos y medidas para que ese feto que era inviable se transforme en una persona capaz de sobrevivir".
No veo qué daño hace -repito- una norma de esta naturaleza.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Montes.


El señor MONTES.- Señor Presidente, seré muy breve.
A mi juicio, los chilenos y nuestros médicos, en particular, tenemos un humanismo básico en relación con muchos casos, bastante extremos, en que la persona puede seguir viviendo, y la sociedad los asume. Solo el planteamiento de la indicación en estos términos lo siento como una agresión a nuestra cultura, a nuestra historia.
Por eso, me parece muy claro lo argumentado por la señora Ministra en relación con una serie de patologías que ni siquiera conozco.
Me parece que el respeto está en nuestra cultura.
No le encuentro ningún sentido a la indicación y creo que es preciso votarla en contra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, durante las audiencias públicas que llevamos a cabo en la Comisión de Salud, llegó una periodista que fue producto de un aborto y nació viva. A pesar de encontrarse inconsciente, una enfermera le practicó todos los cuidados necesarios para mantenerse con vida. Estaba feliz.
Si se dice que se deben establecer todos los cuidados paliativos en razón de las normas de la lex artis médica, recuerdo que la Honorable señora Goic estuvo presente en la votación, escuchó el argumento y consideró que podíamos estudiar el asunto en la Sala.
Si una criatura puede nacer viva a raíz de la interrupción de un embarazo, cabe ver alguna posibilidad de que se le apliquen los tratamientos para salvarla. Porque estamos haciendo referencia ya a un ser humano, a una persona con dignidad y derechos garantizados constitucionalmente. No estaría de más, entonces, que ello lo contempláramos en el texto.
Por lo tanto, no solo voto a favor, sino que también pido el cumplimiento del compromiso asumido en la misma Comisión de Salud en orden a que el asunto se reestudiaría en la Sala.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede intervenir la Senadora señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, aunque es muy tarde,...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¡Cómo! ¡Es muy temprano...!
La señora VON BAER.- Así es.
Me llama mucho la atención que el mismo ser humano que no tenía derecho a cuidados antes de nacer y no era persona pase a serlo después y se subraye su garantía constitucional y el hecho de que los médicos de todas maneras harán todo lo necesario para salvar su vida. Me cuesta mucho comprender por qué se entiende que no es persona minutos antes y sí lo es minutos después.
Se dice que la indicación no se necesita, porque ahora sí es persona, cuyo cuidado está garantizado en la Constitución, y los médicos van a cuidar de todas maneras de este "pequeño", palabra empleada por la señora Ministra. Minutos antes no lo era.
Solo quiero poner tal contradicción sobre la mesa.
Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, a mí me sorprende la extrañeza que se manifiesta respecto de una indicación discutida latamente en la Comisión de Constitución, como también, según se desprende, en la de Salud, ya que se pueden ver los informes.
No veo por qué se podría rechazar. El único argumento que he escuchado es que en alguna forma resulta redundante. Nadie ha dicho que se halla mal diseñada o mal pensada. Lo más que he alcanzado a comprender es que se entiende.
Al recurrir a la historia de la disposición, eso no queda tan claro. Cuando el Senador señor Espina la planteó en la Comisión de Constitución, la doctora Robledo dejó constancia de que la cuestión se halla íntimamente ligada a los diagnósticos y pronósticos del paciente y de que prefería mantener la redacción de la Comisión de Salud. Pero ello no decía relación con la lógica de que el pronóstico podía estar claro.
Por su parte, mi Honorable colega Larraín expuso, con toda razón, que se trataba de ver la forma de zanjar la duda de cuál es el deber del profesional que asiste al niño que ha sobrevivido a un procedimiento de interrupción del embarazo y cuyo pronóstico se desconoce.
Aquí está el eje del problema. Si ese pronóstico se conociera, podríamos deducir su situación.
¿Qué pasa cuando no se conoce?
Eso es lo que trata de zanjar esta indicación. Honestamente, me parece del más alto sentido común.
Hemos discutido harto, llevamos muchas horas, tenemos visiones diferentes de muchos procesos, pero aquí estamos ante una situación distinta: se intentó producir o se produjo la interrupción del embarazo, pero ese feto sobrevivió.
Entonces ¿qué hacer? ¿Cuál es el deber médico? Eso es lo que se pretende zanjar, cuando además no hay un pronóstico claro.
Me parece -lo digo sin ningún ánimo de polemizar más allá de lo debido- que no debería haber oposición a esta indicación. Si, en la lógica de quienes han intervenido, a partir del nacimiento hay vida -yo creo que se es persona bastante antes, pero bueno, esa discusión está resuelta-, aquí se pasó el umbral que algunos consideran decisivo.
Hay quienes estiman que hay un umbral decisivo para ser, entre comillas, "persona". Bueno, aquí hay una duda ética fundamental: al no existir ese pronóstico ¿qué se hace?
Por eso me parece que esta indicación ayuda a la vida desde todo punto de vista. No veo en qué puede incomodar -insisto- si se han cruzado todos los umbrales que se establecían.
Yo llamo a reflexionar y a votar a favor. No he oído una articulación contraria a la indicación en el fondo. Si se planteó la duda en las Comisiones, me parece una buena solución aprobarla.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.


El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, se ha planteado la discusión de por qué no había protección para la criatura antes de nacer, antes del alumbramiento y por qué surge una protección posterior.
Desde 1855, el Código Civil, en su Título II, "Del principio y fin de la existencia de las personas", artículo 74, establece expresamente: "La existencia legal de toda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre.
"La criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará no haber existido jamás.".
Como se ha argumentado aquí a propósito de esta indicación, establecer que en caso de sobrevivencia del nacido el médico deberá resguardar siempre la vida e integridad física y psíquica del niño me parece, por decir lo menos -sin descalificar a los autores; presumo su buena fe-, una redundancia. La Ministra de Salud ha confirmado y ratificado cuál es el procedimiento de atención, de cobertura de ese ser humano que ha nacido (principio de existencia del artículo 74).
Yo entiendo que las bancadas de la Oposición busquen establecer principios, modificaciones o alteraciones luego de la derrota de las tres causales, o intenten entender de qué manera los médicos y los familiares -porque esta criatura que nace tiene una madre- la van a atender.
Creo que se llega a un extremo que es difícil de comprender. Por lo mismo, la indicación es absolutamente improcedente, incoherente con nuestro propio ordenamiento.
Y, solo para la historia de la ley, he querido recordar el artículo 74 del Código Civil, para todos los efectos legales.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.


El señor GIRARDI.- Señor Presidente, yo no entiendo la indicación.
Me cuesta mucho comprenderla porque nosotros estamos hablando de interrupción del embarazo con plazos: 14 semanas si es menor de 14 años, y 12 semanas en el resto de los casos. Y no hay ninguna posibilidad que yo conozca, con la ciencia más avanzada, de que un feto sobreviva a esa edad. Ninguna.
Alguien ha planteado acá que para lograr la sobrevivencia, los plazos son a partir de las 22 semanas, si es que existe alguna posibilidad. Incluso con sistemas muy sofisticados podrían extenderse a las 21 semanas. Estamos hablando de un feto de 350, 400 o 500 gramos de peso, normalmente. Pero a las 12 o 14 semanas no hay ninguna posibilidad de sobrevivencia conocida, por lo menos en el estado de avance de la ciencia actual.
En segundo lugar, se podría plantear el caso de inviabilidad fetal. Bueno, en él se juntan dos condicionantes: que tenga menos de 12 semanas y que exista una inviabilidad fetal letal.
Es decir, la situación planteada por la indicación no existe. Esto es una caricatura no más, un intento de instalar algo cuyo objetivo no entiendo. Esto no se va a dar nunca, no se va a materializar nunca.
Ni siquiera por la vía de una nueva ideología, como el encarnizamiento terapéutico, porque pese a todo encarnizamiento terapéutico un feto a esa edad no sobrevive.
Puede ser que la intención sea positiva, pero esto no tiene ningún sentido desde el punto de vista médico. Ninguno. Ningún médico ni siquiera va a intentar, aunque tenga todo el entusiasmo, en la eventualidad de que eso pudiera ocurrir, salvar un feto de 12 semanas. Eso no existe hoy día.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Goic.


La señora GOIC.- Señor Presidente, no voy a abundar en el punto; creo que se han entregado antecedentes suficientes. Coincido con lo planteado por el Senador señor Girardi.
Solamente quiero clarificar, respecto de la intervención del Senador Chahuán -por su intermedio, señor Presidente-, quien hizo alusión a mi nombre, que el caso que vimos en la Comisión de una niña que fue abortada y fue tratada por una enfermera es, justamente, aquel en que nadie dudaría en dar atención. Y no es esa la situación a la que se refiere la segunda causal, lo que, me parece, ha sido explicitado con suficiente claridad.
Si hay un error de diagnóstico, no hay duda de que el médico le va a entregar a ese niño todo el tratamiento que sea necesario.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza la indicación renovada número 10 (15 votos contra 9 y un pareo).
Votaron por la negativa las señoras Allende, Goic y Muñoz y los señores Araya, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la afirmativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Chahuán, Coloma, Espina, García-Huidobro, Hernán Larraín y Prokurica.
No votó, por estar pareado, el señor García.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, tal como se pidió, corresponde votar en conjunto los incisos del programa de acompañamiento, que se encuentran entre las páginas 9 y 13 del boletín comparado.
El señor DE URRESTI.- ¡Con la misma votación...!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.
La señora VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente, pido que votemos por separado el inciso en el que recaía la indicación que se acaba de rechazar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- El Senador señor Larraín propuso votar todo en conjunto...
La señora VAN RYSSELBERGHE.- Salvo este inciso de la página 11, señor Presidente.
El señor HARBOE.- ¡No se puede...!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Puede aclararle a la Mesa cuál es la votación separada que está solicitando, señora Senadora?
La señora VAN RYSSELBERGHE.- El segundo inciso que aparece en la página 11 y que señala: "En la situación descrita en el número 2) del inciso primero, el prestador de salud proporcionará los cuidados paliativos que el caso exija, tanto si se trata de un parto como de una interrupción del embarazo con sobrevivencia del nacido.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Bien, pero primero vamos a pronunciarnos sobre el resto de los incisos.
El señor PIZARRO.- ¡Por unanimidad!
El señor WALKER (don Ignacio).- Conforme.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Vamos a votar todos los incisos relacionados con el programa de acompañamiento, salvo el decimosegundo.
¿Habría acuerdo para aprobarlos?
El señor COLOMA.- Votemos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Quieren que se pongan en votación?
El señor COLOMA.- Así es.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación.
El señor BIANCHI.- ¿Qué se vota?
El señor LABBÉ (Secretario General).- Se votan los incisos contenidos en las páginas 9 a 13, con excepción del decimosegundo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueban los incisos décimo, decimoprimero, decimotercero y decimocuarto del artículo 119 (20 votos a favor y 7 abstenciones).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Allamand, Araya, Bianchi, De Urresti, Espina, Girardi, Guillier, Harboe, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Se abstuvieron las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Chahuán, Coloma, García-Huidobro, Hernán Larraín y Prokurica.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Corresponde pronunciarse respecto del inciso decimosegundo, que comienza con la oración "En la situación descrita en el número 2)" y termina en "con sobrevivencia del nacido.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación el inciso decimosegundo.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, yo voy a votar a favor de esta norma. Y lo haré por una cuestión de técnica legislativa.
A mí me hubiera gustado que se aprobara la indicación anterior. Pero se perdió. Entonces, se trata de que el recién nacido a lo menos tenga cuidados paliativos. De lo contrario, se daría el absurdo...
El señor PIZARRO.- ¡Ya lo dijo la Ministra!
El señor ESPINA.- Se daría el absurdo de que quedaría sin cuidados, sin ninguno.
El señor PIZARRO.- Ya se dijo.
El señor ESPINA.- ¡Por eso estoy votando a favor de la norma que está en el proyecto!
¿Por qué no lo entiende?
Estoy votando a favor, en la página 11, del inciso decimosegundo. O sea, estoy votando como dice el proyecto y el Senador Pizarro se enoja...
Me pronuncio a favor, si bien tengo una diferencia en cómo se aproxima uno a este tema. Pero esta es la historia fidedigna de la ley y quiero señalar qué es lo que ocurre. Nosotros hubiéramos querido que se estableciera un deber mayor y no solo de cuidados paliativos. Pero si eso se perdió queda por definir si al menos hay cuidados paliativos o no. Si uno vota en contra, al final quedará sin ninguno. Entonces, siento que lo menos que uno debe aceptar es que existan estos cuidados paliativos.
Por lo tanto, voto a favor de la norma, porque de lo contrario el menor queda sin cuidados. Y, frente a ese escenario, prefiero que los tenga.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso decimosegundo del artículo 119 (20 votos a favor y 7 abstenciones).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Allamand, Araya, Bianchi, De Urresti, Espina, Girardi, Guillier, Harboe, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Se abstuvieron las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Chahuán, Coloma, García-Huidobro, Hernán Larraín y Prokurica.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señoras y señores Senadores, corresponde pasar al tema de objeción de conciencia, que se ubica entre las páginas 22 y 24 del boletín comparado. Existen indicaciones renovadas y peticiones de votación separada.
El señor WALKER (don Ignacio).- "Si le parece".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- El acuerdo de Comités es dedicar una hora al debate de esta materia.
El señor WALKER (don Patricio).- Bajemos el tiempo a la mitad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Pido a los Comités que me hagan llegar los nombres de los Senadores que intervendrán. Ojalá que sean menos.
¿Por qué no pasamos directamente a la fundamentación de voto?
El señor ESPINA.- Sí.
El señor GIRARDI.- Sí.
El señor DE URRESTI.- No.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Habría fundamento de voto.
El señor DE URRESTI.- No. Ese no es el acuerdo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Habría acuerdo para pasar directamente a fundar el voto?
El señor WALKER (don Patricio).- Sí.
El señor CHAHUÁN.- De acuerdo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tengo que requerir el acuerdo del Senador señor De Urresti.
¿El Senador señor Larraín está de acuerdo con omitir el debate y pasar a fundar el voto?
El señor LARRAÍN.- No.
El señor COLOMA.- Yo tampoco.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Entonces, procederemos como acordaron los Comités.
El señor CHAHUÁN.- El Senador De Urresti me dice que da el acuerdo.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene que convencer al Senador señor Larraín también...
Tiene la palabra el Senador señor Araya.


El señor ARAYA.- Señor Presidente, sin duda uno de los temas que generan un amplio debate en el proyecto que discutimos, no solo al interior de la Comisión de Constitución, sino en la sociedad chilena en su conjunto, es el que dice relación con la objeción de conciencia y su alcance.
Y quizás conviene, para fundamentar el voto que emitiré en esta materia, fijar algunos conceptos que ayudan a entender de mejor manera el centro del problema que estamos discutiendo.
Existe un consenso más o menos generalizado en orden a definir la objeción de conciencia como "una forma de resistir o incumplir una norma jurídica porque existe un conflicto entre una convicción moral o religiosa de las personas y el cumplimiento de un precepto legal".
Llegar a esta definición no fue fácil e implicó un largo camino que se fue recorriendo a lo largo de la historia y la evolución del pensamiento. Así las cosas, la objeción de conciencia centra sus orígenes y da sus primeros pasos como una concepción solamente de carácter religioso, se fundamentaba en el cumplimiento de las normas morales que provenían de las creencias religiosas, pero con el paso del tiempo y el desarrollo del pensamiento moderno cualquier fundamento ético se consideró suficiente para avalar la libertad de conciencia.
En la actualidad, la doctrina y la legislación de distintos países vinculan la objeción de conciencia con la libertad ideológica y de conciencia en general, sin exigir adhesión alguna a un credo religioso.
Por estas razones, la objeción de conciencia no es un ejercicio abstracto, sino que implica por parte del propio individuo la aplicación de un principio objetivo general a las circunstancias particulares en las cuales se encuentra el sujeto.
Si bien en nuestro país no existe una regulación expresa de la objeción de conciencia, distintos autores, como Humberto Nogueira y Hugo Tórtora, consideran que esta institución es parte del contenido esencial de la libertad de conciencia a que se refiere el artículo 19, No 6o, de la Constitución Política de la República.
En esto es dable destacar lo que ha señalado el profesor Humberto Nogueira: "la libertad de conciencia implica también ante un auténtico conflicto de conciencia, el de obedecerse a sí mismo antes que al Estado, negándose a actuar en contra de sus valores y creencias, cualquiera sea su situación jurídica, lo que constituye la objeción de conciencia. Sin lugar a dudas, el individuo no puede separar su conciencia del obrar conforme a ella. En tal sentido, la objeción de conciencia en nuestro ordenamiento constitucional forma parte de las facultades que integran el contenido del derecho a la libertad de conciencia, constituyendo una de las manifestaciones de tal derecho".
Es justamente esta reflexión del profesor Nogueira la que a mi juicio centra adecuadamente la discusión del problema del alcance de la objeción de conciencia.
Esto, porque no debe olvidarse que legítimamente hay quienes pueden entender que realizar un aborto constituye el poner término a una vida en gestación, lo que algunos equiparan a un homicidio. Y como consecuencia de lo anterior pueden defender este punto de vista, lo que implica un determinado razonamiento, que puede apoyarse en diversas razones: religiosas, filosóficas o morales. De esta forma, la conciencia sitúa a la persona en relación, no ya con la verdad o el bien en cuanto conocidos, sino con la verdad o el bien que su conciencia fija como deber ético frente a una conducta determinada.
Y es aquí donde comienzan a generarse problemas con la libertad de conciencia, ya que la persona pretende comportarse de acuerdo con la opción que le impone su pensamiento ético frente al deber jurídico que impone la legislación. Y ello, porque esa decisión es personal y puede entrar en conflicto con las normas legales vigentes, o bien, con derechos de terceros.
Es por esta razón que la objeción de conciencia debe ser regulada adecuadamente para resolver los conflictos que puedan suscitarse. De ahí que la mayoría de las legislaciones ha optado por una regulación acotada a situaciones muy puntuales.
El proyecto de ley que discutimos planteaba que la objeción de conciencia solo alcanzaba al "médico cirujano requerido para interrumpir el embarazo en alguna de las causales descritas en el inciso primero del artículo 119".
Pues bien, en la Comisión de Constitución sostuve que dicha objeción debe alcanzar al "resto del personal profesional al que le corresponde desarrollar sus funciones al interior del pabellón quirúrgico durante la intervención". Esta indicación fue aprobada por mayoría de votos: 3 a favor y 2 en contra.
Y esto porque, como ya señalé, el proyecto original establecía, en mi opinión, un privilegio para el médico y miraba como personas de segunda categoría al resto del personal que debía cumplir funciones al interior del pabellón quirúrgico durante la interrupción del embarazo, sin considerar que dicho personal también podía tener un conflicto ético o moral con su participación en dicha intervención, lo que, obviamente, violenta, a mi juicio, la libertad de conciencia en cuanto a poder decidir si participan o no en la realización de un aborto.
Hemos dicho que la objeción de conciencia es la consagración de la libertad de conciencia, y por ello es cierto que en esta discusión se encuentra en colisión el ejercicio de distintos derechos que al legislador le corresponde ponderar. Este debe definir cómo se compatibiliza el ejercicio de ambos: por una parte, el derecho de la mujer a solicitar la interrupción del embarazo, y por otra, el legítimo derecho del personal sanitario de no querer participar en la realización de un aborto.
En este sentido, me parece que la norma aprobada por la Comisión de Constitución resuelve adecuadamente el problema, ya que permite que el médico y el personal profesional que deben desarrollar funciones al interior del pabellón quirúrgico durante la intervención puedan ejercer la objeción de conciencia, lo cual deberá ser informado en forma previa y por escrito al director del establecimiento de salud.
Por otra parte, el derecho de la mujer a realizar la interrupción del embarazo queda protegido, pues el director del establecimiento de salud deberá reasignar el procedimiento al personal no objetante. Y, en el evento de que no existan profesionales no objetantes, deberá derivar a la mujer a un establecimiento de la red de salud que cuente con profesionales que puedan efectuar la interrupción del embarazo.
Señor Presidente, para terminar me gustaría añadir dos temas.
El primero dice relación con algunas afirmaciones que se han tratado de instalar en la discusión pública, sin mayores fundamentos a mi juicio, por quienes critican la indicación aprobada por la Comisión de Constitución.
Estos grupos señalan que mientras estuvo vigente el aborto terapéutico en Chile, hasta el año 1989, no existía la objeción de conciencia. Pues bien, conviene precisar que, en este sentido, la Comisión de Constitución no innovó, pues expresamente se establecieron dos límites a la objeción de conciencia y, como consecuencia de ello, no podrá ser ejercida ni por el médico ni por el resto del equipo profesional. En primer lugar, cuando exista riesgo para la vida de la madre y no halla otro médico cirujano que pueda realizar la intervención. Y tampoco se podrá invocar la objeción de conciencia cuando sea inminente el vencimiento del plazo por la causal de violación.
A quienes han levantado esta tesis, conviene recordarles que el Código Sanitario, de 1967, mantuvo como lícita la interrupción del embarazo cuando tenía fines terapéuticos. Y, como muy bien lo señala el profesor José Luis Guzmán Dálbora, la dogmática penal continuaba interpretándola como un supuesto estado de necesidad justificante o, a lo sumo, de ejercicio legítimo de la profesión médica, pero en el entendido de que el galeno actúa en salvaguarda de la vida o la salud de la gestante, nada más, razón por la cual la construcción de la dogmática penal que acompañó al aborto terapéutico en esa época en ningún caso hizo extensiva la licitud del aborto a la causal de violación, que en esa época era conocida como "causal sentimental".
Un segundo tema que me gustaría precisar tiene que ver con lo siguiente.
En Chile, si bien no existe regulación expresa para la objeción de conciencia, conviene traer a colación a este debate lo que dispone el Código de Ética del Colegio Médico de Chile, en dos normas que creo necesario leer en forma expresa, y que regulan la objeción de conciencia.
Artículo 20: El médico, a quien se solicitaren prestaciones que vayan en contra de su conciencia o de su convencimiento clínico, podrá negarse a intervenir. En estas circunstancias, procurará que otro colega continúe asistiendo al paciente, salvo que ello produjere graves e inmediatos daños para la salud del enfermo.
Artículo 68, incisos tercero y cuarto (normas que regulan el trabajo de los equipos médicos):
La jerarquía existente en un equipo de asistencia no podrá constituir motivo de dominio, exaltación personal ni delegación de responsabilidades.
Quien ostente la dirección del equipo asistencial, cuidará de que exista un ambiente de rigurosidad ética y de tolerancia hacia opiniones profesionales divergentes. Asimismo, deberá aceptar que un integrante del equipo se rehúse intervenir cuando oponga una objeción razonada de ciencia o conciencia.
Por todo lo señalado precedentemente, voto a favor de la indicación de la Comisión de Constitución, que amplía la objeción de conciencia a todo el equipo profesional que se encuentra al interior del pabellón quirúrgico para realizar la interrupción del embarazo.
El señor BIANCHI.- ¿Puede abrir la votación, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, Honorable Sala, la objeción de conciencia es un derecho humano que consiste, básicamente, en que ninguna persona puede ser obligada a seguir prescripciones de la autoridad civil si estas son contrarias a las exigencias morales que le dicta su conciencia, estando a salvo de todo tipo de sanciones.
Este derecho está reconocido en nuestra Constitución (artículo 19, N° 6°) y en diversos tratados sobre derechos humanos ratificados y vigentes en nuestro país (artículo 12 de la Convención Americana de Derechos Humanos; artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas; artículos 1.2, 14.1, 14.3 y 30 de la Convención sobre Derechos del Niño).
Dos son los temas relacionados con la objeción de conciencia.
El primero es la objeción de conciencia individual, que el proyecto original solo reconocía al médico, pero que en la Comisión de Constitución fue ampliada al resto de los profesionales que intervienen en el aborto. Esto se logró mediante la aprobación de la indicación N° 83, presentada por los Senadores señora Goic y señores Araya y Pizarro, que señalaba lo siguiente: "De este mismo derecho gozará el resto del personal profesional que corresponda desarrollar sus funciones al interior del pabellón quirúrgico durante la intervención".
Esta materia también fue objeto de debate en la Comisión de Salud en forma previa, donde la indicación presentada por la Senadora Van Rysselberghe y el que habla fue finalmente rechazada.
Lo segundo se refiere a la objeción de conciencia colectiva, que yo llamaría "ideario institucional". En estricto rigor, la única obligación de las instituciones privadas es "derivar" a la paciente en caso de que no cuenten con algún médico que no haya manifestado objeción de conciencia.
Sin embargo, en la Comisión de Constitución se aprobó la indicación N° 88, del Senador De Urresti, que señala lo siguiente: "La objeción de conciencia es de carácter personal y en ningún caso puede ser invocada por una institución".
En ese contexto, y con el fin de salvaguardar el derecho de asociación y de crear sus propios proyectos institucionales, sobre todo de las clínicas vinculadas a universidades (como es el caso de la Universidad Católica), nosotros defendemos el "ideario institucional".
Por lo tanto, señor Presidente, nos gustaría que la Sala del Senado recapacitara en esta materia en términos de extender la objeción de conciencia al "ideario institucional", a fin de que las instituciones privadas, que han contribuido con recursos propios para establecer un recinto sanitario, puedan exceptuarse de realizar esta prestación. Tal obligación debiera recaer, básicamente, en instituciones públicas donde sea posible garantizar la prestación de salud, tal como se ha señalado a propósito de este proyecto de ley, más allá de las consideraciones que podamos tener en cuanto a la interrupción del embarazo.
Por eso, llamo a la Sala a recapacitar para que, en definitiva, dé lugar al "ideario institucional", con el objeto de establecer que la objeción de conciencia no solo es personal, sino que también puede ser colectiva.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, la objeción de conciencia, institución excepcionalísima en el Derecho, busca permitir que una persona que tiene conflictos éticos, morales, valóricos, con determinada responsabilidad, se excuse de cumplir una obligación legal, sin sanción alguna.
Por eso, es importante destacar que, como institución excepcionalísima, debe ser debidamente regulada por nuestro ordenamiento jurídico.
En Chile no tenemos antecedentes de objeción de conciencia. A principios de los noventa se intentó establecerla para los jóvenes que no querían hacer el servicio militar, pero la idea no prosperó en el Parlamento.
La objeción de conciencia tiene su origen en algunos estados de Estados Unidos en los que algunos jóvenes invocaban la objeción de conciencia para no participar en las guerras.
Después se fue extendiendo hacia otros ámbitos.
En este caso concreto, el proyecto contempla la objeción de conciencia para que el facultativo, que participa activamente en el proceso de interrupción del embarazo, pueda excusarse de cumplir esa obligación cuando se le produzca un conflicto, una colisión entre el legítimo ejercicio de su libertad de conciencia y la obligación legal que recae en él para llevar a cabo un procedimiento legal -valga la redundancia-, como lo será, en este caso, la interrupción del embarazo en tres circunstancias.
Es decir, la ley debe ponderar la colisión que se origina entre la obligación que la sociedad impone a través de una normativa y el derecho a la libertad de conciencia. En tal caso, el facultativo tendrá la opción de expresar una objeción y, por lo tanto, no participar en el proceso.
No obstante lo anterior, llaman la atención algunas situaciones.
Los detractores del proyecto han hablado mucho sobre validar la objeción de conciencia para el médico; algunos incluso quieren incluir al equipo médico, mientras que otros pretenden extender el derecho a nivel institucional, a personas jurídicas que, por definición, no tienen conciencia.
Si tanto valoran la conciencia del médico, del equipo médico o de las instituciones, ¿por qué no valoran también, como decía don Agustín Squella, la libertad de conciencia de mujeres embarazadas que deciden interrumpir su embarazo en alguna de las tres hipótesis? ¿Vale menos su conciencia que la de los médicos, que la del equipo médico o de las instituciones? A mí me parece que no.
Corcoy decía que en un Estado de Derecho existen una serie de deberes jurídicos para los ciudadanos, que deben cumplir en el desarrollo de ciertas actividades, por ejemplo las obligaciones sanitarias.
La objeción de conciencia puede tener un reconocimiento jurídico que justifique lo ilícito cuando la realización de ciertas actividades a las que se está jurídicamente obligado entran en conflicto.
El respeto a los principios de libertad e igualdad se encuentra, por consiguiente, en cada uno de los lados de la balanza y debe ser ponderado.
Cuando el Consejo Constitucional de Francia se pronunció respecto de un proyecto de ley sobre interrupción del embarazo, estableció que la objeción de conciencia era de naturaleza estrictamente personal, y que de ello se deriva que ni el director ni el jefe de servicio de los hospitales públicos pueden hacerla extensiva al resto del personal que trabaja en esos recintos.
El Consejo Constitucional alemán, en un fallo similar, también determinó que la objeción de conciencia se limita al personal que participa directamente.
Señor Presidente, en este caso se establece el derecho a objeción de conciencia para los médicos. Pero ello no puede significar que se corra el riesgo de negar la prestación del servicio en casos de urgencia.
Es por eso que un médico nunca podrá argumentar objeción de conciencia cuando esté en presencia de una urgencia que ponga en riesgo la vida de la persona que está solicitando la intervención o la no prestación del servicio.
No parece lógico aceptar la objeción de conciencia, por ejemplo, en localidades aisladas donde el equipo médico sea extremadamente reducido.
Señor Presidente, no soy partidario de extender la objeción de conciencia a todo el equipo médico, sino de circunscribirla solo al médico que interviene directamente en el proceso.
Se me acabó el tiempo.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, la incorporación, por parte del Ejecutivo, de la objeción de conciencia en este proyecto demuestra que estamos frente a una materia compleja, frente a una situación, sin lugar a dudas, extremadamente delicada.
Por lo mismo, me parece que vale la pena detenerse algún tiempo en este punto para darle su correcto sentido y alcance.
Al final, la objeción de conciencia es la razón que esgrime una persona, por consideraciones éticas o religiosas, para resistir un mandato legal, para oponerse a su cumplimiento, o para, simplemente, eximirse o excepcionarse de él.
Por consiguiente, no se trata solo de situaciones de carácter religioso. Muchas veces por consideraciones éticas, racionales o científicas una persona puede señalar que no le pueden exigir el cumplimiento de cierta conducta.
Por lo tanto, por tratarse de una materia muy importante, y habiéndose aprobado una causal que, como ya hemos podido comprobar en este debate, divide fuertemente a las distintas visiones existentes sobre el tema, incluir la objeción de conciencia se hace un deber inevitable.
Me parece relevante afirmar y apoyar esa posibilidad en todos sus sentidos.
Les quiero recordar que la Constitución, en el numeral 6° de su artículo 19, distingue entre libertad de conciencia y deberes propiamente religiosos, lo cual viene a confirmar la necesidad de defender este derecho y de mantenerlo en un plano amplio.
Dicho lo anterior, afortunadamente la justificación de la objeción de conciencia se encuentra en el texto despachado por la Comisión de Constitución y, gracias a una indicación presentada que no acogió el Senador Harboe, se extendió este derecho al resto del equipo de salud que interviene directamente en el acto.
Lo anterior nos parece esencial, porque la norma original, que solo permitía al facultativo que dirige al grupo médico hacer presente su objeción de conciencia, era ciertamente restrictiva y limitante al considerar a la arsenalera, a la enfermera, al anestesista, a todos los que forman parte del equipo, personas objeto, cosas sin opinión, sin conciencia, y subordinadas a lo que diga el médico.
Me parece que esa mirada resulta completamente estrecha. Y si bien, desde el punto de vista jerárquico, hay personas que cumplen roles secundarios, su función es esencial.
Como se dijo en la Comisión, si el médico es el único con derecho a manifestar su objeción de conciencia, entonces que haga él solo el procedimiento. ¡A ver si lo logra! Y, si no puede hacerlo solo, es porque quienes lo acompañan resultan esenciales. Pueden cumplir roles distintos o más o menos relevantes, pero todos, al final del día, son esenciales para producir la interrupción del embarazo, tarea que se verían obligados a llevar a cabo si no se les permitiera expresar su objeción de conciencia.
Por eso, considero que la disposición ha quedado resuelta de manera razonable.
No obstante, como ya se señaló, fue aprobada una indicación del Senador De Urresti en virtud de la cual se agregó una oración en la que se manifiesta que la objeción de conciencia es de carácter personal y en ningún caso puede ser invocada por una institución.
Me parece algo bastante complejo.
El Senador Harboe argumentó que las personas jurídicas carecen de conciencia. También se decía que no pueden cometer delitos, porque estos son personales. Sin embargo, se aprobó una legislación en donde se reconoce que las personas jurídicas sí pueden cometer delitos. ¿Por qué? Porque hay voluntades incorporadas en ellas que deben ser consideradas.
No podemos dejar de pensar que un grupo de personas puede constituir, por ejemplo, una organización médica, con todos los equipos correspondientes, o una organización más amplia -de salud, si se quiere-, con el propósito de ayudar a que las mujeres en dificultades no interrumpan su embarazo.
Por lo tanto, ya no es una cuestión de solicitarle a uno u otro médico, o a uno u otro equipo de salud que ayude a una persona a interrumpir el embarazo si el equipo constituyó una sociedad o una persona jurídica precisamente para que nadie lo interrumpiera, asilado en el derecho que les da la Constitución a los organismos intermedios para desarrollar sus fines, sin que sean contrarios al orden público, a la moral o a las buenas costumbres.
¿Por qué van a obligar a esa institución a cambiar su naturaleza, definida por sus estatutos, que corresponde a los fines para los cuales fue creada y que ejerce sus derechos cumpliendo sus obligaciones?
En consecuencia, pienso que las instituciones también pueden asilarse en la objeción de conciencia.
Quiero hacer una distinción. Considero que, habiendo una legislación que autoriza, yo diría que las organizaciones públicas, léase un hospital público, no podrían como tal pedir la objeción de conciencia. Pero una organización del mundo privado que se asila en la autonomía que tienen los órganos privados, reconocida por la Constitución, sí puede hacerlo.
Por lo tanto, quisiera que, sea por la vía de eliminar esta disposición o de aprobar una indicación que se ha presentado, que también permite la objeción de conciencia para las instituciones del ámbito privado que quieran ejercer su derecho, lo puedan hacer.
Alguien decía: "No lo pueden hacer si reciben fondos públicos". No es así. La razón por la cual se le pueden entregar recursos públicos a una institución privada tiene que ver con los fines que cumple dentro del ámbito global. Si en esta materia hubiese objeción de conciencia, no habría razón para privar de recursos públicos a una institución para cumplir aquello que seguirán haciendo.
En consecuencia, no existe ninguna justificación para que una institución se vea privada de recursos públicos y, al mismo tiempo, haga objeción de conciencia. Porque la ley lo reconoce. Si aquí estamos hablando de un principio que el propio Ejecutivo ha incorporado y, por lo tanto, nos hace pensar que este derecho se debería cumplir.
En consecuencia, señor Presidente, nosotros pensamos que la objeción de conciencia es un principio necesario. Este se funda en el principio constitucional de la libertad de conciencia, que adicionalmente puede entenderse reconocido dentro de otras disposiciones constitucionales como la libertad de trabajo, para que las personas ejerzan sus derechos laborales como lo estimen conveniente, sin ser obligadas a hacer algo de forma imperativa.
Es un principio que la Constitución protege. Y, en consecuencia, preservar este derecho para todo el equipo que participa en el acto médico es absolutamente necesario, y vamos a defender que así ocurra.
También consideramos que, por las razones que expliqué, la objeción de conciencia de carácter institucional tiene pleno derecho, y no veo motivo alguno por el cual se pueda privar. Consideramos que así la objeción de conciencia quedaría contenida en forma más coherente con nuestro ordenamiento constitucional.
He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.


El señor GIRARDI.- Señor Presidente, se ha dicho acá que hablar de objeción de conciencia es una situación excepcionalísima. Entiendo que en un país donde los poderosos siempre han logrado que las leyes se adecúen a ellos y no al revés, es el común denominador, es la normalidad.
Esa es una situación de privilegio.
Y lo que se plantea acá es su mantención: conservar una sociedad en donde la mayoría tiene que cumplir con las leyes, pero en donde se hacen normas particulares y especialísimas para los que tienen capacidad de presión, de lobby, que a veces tienen de rehén a la sociedad.
Ahora, más allá de si uno pudiera aceptar algunas de estas situaciones, que siempre son excepcionalísimas, yo diría que esto es más complejo todavía. Y quiero hacer una diferencia desde el punto de vista de la salud. Para mí la salud es un bien público y no privado, independientemente de que el prestador sea público o privado. Estamos hablando de un bien público que tiene que ver con la vida de las personas. No es un negocio, ya que tiene la responsabilidad de velar por lo más esencial y querido de una persona: su vida propia o la de sus seres queridos.
Esto plantea otros desafíos.
Cuando las personas que estamos en salud estudiamos medicina o somos parte de las carreras del área de la salud, lo hacemos sobre la base de un fundamento muy importante, que incluso está contenido en algo muy antiguo: el juramento hipocrático, en el que se indica a los médicos y a quienes están en salud que deben atender a todas las personas. No podemos dejar de hacerlo en función de nuestra ideología, tampoco de nuestros principios.
Lo anterior ha generado grandes controversias porque quien está en salud tiene la responsabilidad de atender a un judío, aunque él fuera palestino militante y tuviera una fuerte contradicción con el paciente. Y de igual modo debe atender a un mapuche, a un homosexual, a un paciente con sida o a un travesti.
En el pasado me tocó ver a médicos que no querían atender a travestis. Eso era totalmente inaceptable, porque no se podía anteponer la visión legítima para el médico, desde sus valores, a su responsabilidad de ser médico, de cumplir con una misión que trasciende a sus propios valores. Ellos están obligados a atender a un criminal. Les guste o no, tienen que salvarle la vida. Es responsabilidad del médico, es responsabilidad del área de la salud.
Por lo tanto, la objeción de conciencia no solamente es un privilegio, sino que pone en cuestión algo que ha sido fundamental en la salud a lo largo de la historia. Por eso me parece que es un tema que debemos tratar con mucha cautela y responsabilidad.
Producto del intento de construir un acuerdo, yo por lo menos he sido partidario de apoyar la objeción de conciencia de quien ejecuta el acto: el médico. Pero considero totalmente inaceptable hacerla extensiva al resto del equipo de salud, por una razón muy obvia. Conozco muy bien el sistema público de salud, ya que visito los hospitales. Ayer estuve en el Hospital San Juan de Dios y el viernes en el Hospital Clínico San Borja Arriarán. Y les puedo decir que los hospitales no tienen cirujanos, tampoco anestesistas. El Hospital del Carmen, que es nuevo, no tiene especialistas. Falta personal en los pabellones y también enfermeras.
Entonces, cuando uno hace extensiva esta objeción de conciencia del médico al resto del equipo de salud, en la práctica se vulnera un derecho y se escribe con la mano algo que después borramos con el codo.
De todas maneras, me parece totalmente inaceptable la idea de extender esto a las instituciones. Porque no solo se atentaría contra todo lo anterior, sino que además las instituciones no tienen conciencia.
Por último, hemos planteado la idea de la excepción de conciencia individual, pero evidentemente tendrá que responsabilizarse la institución de que las personas sean atendidas, de cumplir con los plazos y, por ejemplo, de no pasar de las 14 semanas de embarazo o de no realizar el acto médico cuando se ponga en riesgo la vida de la madre.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.


El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, como señalaba un gran profesor que estuvo presente en la Comisión de Constitución, Agustín Squella, gran académico, gran hípico además, en una carta que envió hace poco a El Mercurio: "La objeción de conciencia es una institución jurídica excepcional. Permite que por motivos morales fuertes alguien pueda dejar de cumplir un deber jurídico, sin que por ello deba sufrir la correspondiente sanción.".
Al presentar este proyecto de despenalización del aborto en las tres causales, el Ejecutivo ha innovado al establecer expresamente la objeción de conciencia individual, al menos de acuerdo a como originalmente se presentó.
Consultado el punto en la Comisión de Constitución a diferentes especialistas, profesores, y revisada la legislación nacional, se pudo observar que no existe en nuestro ordenamiento jurídico una norma en la cual se aborde o se incluya la objeción de conciencia.
Bien se señalaba que en la década de los 90 se discutió en algún momento la objeción de conciencia a propósito de la prestación del servicio militar obligatorio, pero no fue acogida.
Sin embargo, el Ejecutivo ha tomado esa opción respecto del tratamiento de la interrupción del embarazo por tres causales.
Desde mi convicción personal ello es un profundo error, porque aparte de haberse acogido una norma que ya generaba una excepción en favor de los médicos, se aprobó en la Comisión de Constitución una indicación -fuimos minoría con el Senador Harboe: perdimos por 2 votos a favor y 3 en contra- para extender la objeción de conciencia a todo el equipo médico.
Hoy día incluso -ya lo veremos acá- se han presentado indicaciones que plantean que la objeción de conciencia sea institucional.
En definitiva, podría darse el caso de que algunos establecimientos de salud, que reciben fondos del Estado, que prestan un servicio dentro de la red de salud, se declaren objetores de conciencia y pongan -seguramente- en el frontis del recinto: "Aquí no se practican abortos"; "Aquí no es posible cumplir la ley", la cual, no me cabe duda, será ley de la república en un par de semanas más.
Entonces, ante esta situación que ha ido generando una marea de opiniones respecto de la ampliación de la objeción de conciencia, primero, a todo el equipo médico y, luego, a la institución completa, creemos que hay que hacer una profunda reflexión sobre algo que también debatimos en la Comisión: la desigualdad ante la ley y la denegación de salud.
Porque, claramente, señor Presidente, habrá desigualdad en el caso de una mujer violada que recurre a un establecimiento de salud en su territorio.
Ya señalé la situación -mencioné su nombre, apellido y ubicación geográfica- de una mujer violada en Riñinahue, en la cordillera de la comuna de Lago Ranco, que tendría que viajar más de tres horas para llegar a La Unión, donde está el establecimiento de salud, en el que con suerte habrá tres médicos, pero debería ser derivada a Valdivia si esos tres profesionales fueran objetores de conciencia, lo cual le tomaría otra hora y media de desplazamiento.
Tal situación, claramente, genera una desigualdad ante la ley.
Por eso creo que no corresponde, que es injusta, y que no es equitativa la distribución de cargas del Estado si esos médicos que trabajan en el sector de salud son objetores de conciencia, pues con claridad se genera denegación de salud y desigualdad ante la ley.
El Colegio Médico efectuó un importante debate sobre el particular y publicó un significativo documento, titulado El médico y la objeción de conciencia. Opinión del Departamento de Ética del Colegio Médico de Chile A.G., en el cual fijan los alcances...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ha concluido su tiempo, Su Señoría.
El señor DE URRESTI.- Tengo los 10 minutos de la bancada, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Puede continuar, entonces.
El señor DE URRESTI.- Gracias.
Decía que en dicho documento se fijaban los alcances a la objeción de conciencia, señalando precisamente que "Para que una negativa a cumplir la ley satisfaga los requisitos que la sitúan dentro de la categoría de la OC" -objeción de conciencia- "y pueda aspirar a ser aceptada como tal en el ordenamiento legal, no basta con que su fundamento se encuentre en una profunda convicción moral o religiosa. Debe cumplir, además, con ciertas condiciones formales que los tratadistas han reconocido como esenciales para reclamar esta categoría.".
"En el caso de la profesión médica, esta circunstancia debe tomar en cuenta, además, el compromiso tácito que los médicos tienen con la sociedad, de anteponer el bienestar de su paciente a cualquiera consideración de carácter personal. A la profesión médica la distingue un compromiso público con el bienestar de sus pacientes; este compromiso es el que sustenta la confianza que debe existir en la base de la relación médico-paciente, y que de encontrarse ausente, la desvirtuaría en su esencia.".
En definitiva, señor Presidente, Honorable Sala, estamos en presencia de una institución inédita en nuestro ordenamiento jurídico que, a la luz de distintas legislaciones, ha generado inconvenientes en la igualdad del acceso a la salud, y va a profundizar lo inequitativo del acceso a ciertas prestaciones, dependiendo del territorio.
Todos los Senadores lo tenemos claro, pues representamos zonas con profundas desigualdades territoriales, con profundas inequidades desde el punto de vista de la distribución de la red sanitaria.
Y hemos podido presenciar, a raíz de la discusión que se ha generado en cada una de las Comisiones, al no tratarse ya solo del médico, sino del equipo médico, que la situación de igualdad ante la ley, de imposibilidad cierta de entregar en un momento determinadas prestaciones va a ser evidente.
Nosotros presentamos una indicación -que fue aprobada por 3 votos a favor y 2 en contra, y espero que sea ratificada en la Sala- que señalaba que la objeción de conciencia no puede ser invocada en ningún caso por una institución.
Creo que esa es una condición mínima que debemos seguir desarrollando y defender, a objeto de contar -como lo he señalado- con una red de cobertura, de igualdad de acceso, que asegure a cualquier mujer la debida seguridad en la atención, en tiempo y forma, para no generar una denegación de salud.
Yo espero que se entienda que la creación y el establecimiento de una institución como la objeción de conciencia en este tipo de legislación va a provocar innumerables inconvenientes, que van a redundar en la calidad de vida de las personas que recurran a los establecimientos de salud, y -reitero- una denegación de atenciones de salud a través del territorio.
Por lo tanto, entregaremos durante la fundamentación del voto más antecedentes sobre la objeción de conciencia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Prokurica, por tres minutos.


El señor PROKURICA.- Señor Presidente, en esta larga jornada, donde hemos escuchado opiniones de todo tipo, quizás las dos cosas más graves, después de permitir que se dé muerte a un ser humano indefenso, han sido las manifestadas a propósito de lo que estamos viendo ahora, y curiosamente son planteadas por la Izquierda.
La primera se refiere a que solo se aplique la objeción de conciencia al médico.
¡En qué lugar del mundo se le puede ocurrir a alguien una idea clasista, abusiva, con el resto del personal!
Sinceramente, es difícil de entender.
Y la segunda la expresó el Senador Girardi cuando sostuvo que el aborto era necesario en el caso de la violación para evitar que se procreen hijos de un delincuente.
Eso, señor Presidente, es lo más grave que he escuchado y lo más parecido a las políticas de pureza racial o de limpieza étnica que hubo en esos parajes oscuros de la historia del mundo.
Me resulta difícil comprender que alguien afirme que aquí solamente el médico puede hacer objeción de conciencia. Porque el resto del personal, si tiene una opinión distinta, tendrá que hacer el aborto. No podrá evitar, si su conciencia le dice algo distinto, el hecho de tener que practicar un aborto.
Yo sinceramente creo que esto raya en lo inconstitucional, en lo absurdo y en lo abusivo.
Me repele realmente que aquí, en el Senado, haya gente que sostenga y defienda una posición como esa.
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- En este momento han llegado a la Mesa los siguientes documentos.
Informes
De la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula la elección de gobernadores regionales y realiza adecuaciones a diversos cuerpos legales (boletín N° 11.200-06), con urgencia calificada de "suma".
De la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, recaído en el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua (boletín N° 10.683-06), con urgencia calificada de "simple".
--Quedan para tabla.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Se está solicitando autorización para que la Comisión de Gobierno sesione paralelamente con la Sala...?
El señor ALLAMAND.- ¡Claro, ahora mismo...!
El señor MONTES.- ¡Ahora mismo...!
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El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- A continuación, corresponde ocuparse en la indicación renovada número 15, para sustituir el artículo 119 ter por el siguiente:
"Artículo 119 ter. El médico cirujano y el personal sanitario que fueren requeridos para practicar o colaborar en la interrupción de un embarazo por alguna de las causales establecidas en el artículo 119, podrá abstenerse de realizarlo o de colaborar en su ejecución cuando hubiere manifestado su objeción de conciencia al Director del establecimiento de salud en forma escrita y previa.
"Ningún establecimiento de salud puede ser obligado a realizar las acciones de interrupción del embarazo establecidas en el artículo 119.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Van Rysselberghe.


La señora VAN RYSSELBERGHE.- Señor Presidente, si bien -tal como lo señalaron los Senadores Araya y Larraín- la indicación que se presentó en la Comisión de Constitución mejoró en parte el artículo pertinente, el derecho a manifestar objeción de conciencia quedó restringido solo "al personal profesional al que corresponda desarrollar sus funciones al interior del pabellón quirúrgico durante la intervención".
Sin embargo, no todo el personal que se halla en el pabellón quirúrgico es profesional: también hay personal técnico.
Entonces, en verdad, resulta del todo arbitrario otorgar el derecho a manifestar la objeción de conciencia por el hecho de tener un título profesional.
¿Por qué puede tener ese derecho la enfermera y no la auxiliar de enfermería?
A mí me parece una discriminación arbitraria.
Si el referido derecho se reconoce como tal, debiera ser para todo el personal, no solo para el profesional.
Además, señor Presidente, ese tipo de discriminación no existe en los países donde se permite la objeción de conciencia.
De otro lado, desde mi punto de vista, resulta bastante -voy a usar una palabra fuerte- totalitario obligar a instituciones privadas y que tienen determinada misión, cierta línea de funcionamiento, a hacer cosas que van en contra de aquello.
¿Cómo vamos a obligar a la Universidad Católica, que les enseña a sus alumnos que la vida surge desde la concepción, a que hagan aborto?
En verdad, eso es ¡absolutamente arbitrario!
Acá nosotros nos estamos entrometiendo en una institución privada y le estamos diciendo desde el Estado lo que debe hacer.
A mi juicio, eso atenta contra la autonomía de dichas entidades.
Creemos -y esa es la razón por la que reponemos esta indicación- que el derecho a manifestar la objeción de conciencia es de las personas. Por lo tanto, ese derecho no solo le asiste al personal profesional: también debiera alcanzarles a los funcionarios de la salud que no son profesionales.
Asimismo, me parece que no podemos, a través de una ley, estar obligando a instituciones privadas a actuar de acuerdo a una norma que ellas mismas entienden que no corresponde.
Nosotros renovamos esta indicación, pues estimamos que lo que plantea va en la línea correcta.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, si bien la indicación que ahora nos ocupa aparentemente sería similar a lo que en la Comisión de Constitución fue aprobado con el voto en contra del Senador De Urresti y de quien habla, a mi juicio tiene diferencias que hacen aconsejable su rechazo.
En primer lugar, cuando determina quiénes son los beneficiarios del derecho a manifestar la objeción de conciencia, habla de "El médico cirujano y el personal sanitario".
La ley en proyecto en ninguna parte define "personal sanitario", razón por la cual va a quedar a la interpretación o a la exégesis de la ley quiénes son los beneficiarios. Y estos pueden ser solo los profesionales, los profesionales y técnicos, los que participan directamente, los que colaboran, los que forman parte del personal administrativo considerado personal sanitario, en fin. ¡No lo sabemos!
En una de esas, ¡hasta el guardia del local puede ser considerado...!
La señora MUÑOZ.- ¡O el chofer de la ambulancia...!
El señor HARBOE.- La indicación exhibe un problema, primero, con respecto al sujeto activo en este caso.
En segundo lugar, se incorpora entre los beneficiarios a los establecimientos de salud. Es decir, se intenta incorporar la "objeción de conciencia institucional".
Ya he argumentado que, en el derecho comparado, el Consejo Constitucional de Francia, el Consejo Constitucional alemán, el Tribunal Constitucional de Colombia a través de una sentencia han sido permanentemente enfáticos en señalar que la objeción de conciencia es un atributo de las personas naturales, no de las personas jurídicas.
En consecuencia, no correspondería ampliar la objeción de conciencia a estas últimas.
Más aún, cuando la indicación define qué personas jurídicas serían las beneficiarias, habla de "establecimiento de salud".
La ley en proyecto no define "establecimiento de salud".
Esto podría entenderse remitido a clínicas, hospitales, centros radiológicos, centros médicos. No lo sabemos.
Entonces, como ello no se halla definido en el articulado, a mi juicio, sería extremadamente delicado aprobar una cosa como esta, dado lo que he señalado respecto del sujeto que será beneficiario de este derecho.
En materia de verbo rector, la indicación habla de: "realizarlo o de colaborar".
Quien realiza la interrupción del embarazo me parece evidente: el médico cirujano es el que participa activamente en dicho procedimiento.
Pero la indicación se refiere también al que colabora.
¿Quién es el que colabora?
Además, si tiene que ver con el "personal sanitario", la colaboración puede ser directa (por ejemplo, el anestesista), indirecta (la arsenalera) o más indirecta aún (la persona que prepara el pabellón o la que lo cuida).
Esto no lo podemos saber, pues la colaboración tampoco se halla definida en esta normativa.
En consecuencia, señor Presidente, por todos los argumentos que esgrimí, recomiendo rechazar la indicación. Ello, sin perjuicio de que, además -como veremos más adelante-, hemos pedido votación separada de aquella parte que fue aprobada en la Comisión de Constitución, que extiende la objeción de conciencia al resto del equipo médico.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, lo que queremos en virtud de esta indicación es extender el derecho a manifestar la objeción de conciencia, para que no solo lo pueda ejercer el profesional médico, el facultativo, el médico cirujano, sino también todo el personal sanitario que intervenga en la interrupción de un embarazo.
Para tales efectos, no solamente nos referimos al médico cirujano, al profesional, sino también a los técnicos que participen en dicho procedimiento.
Adicionalmente, volvemos a insistir en que la objeción de conciencia colectiva debe ser parte del ideario institucional de cada establecimiento. Ello dice relación con el derecho de asociación.
En tal contexto, sostenemos que las instituciones privadas tienen el legítimo derecho a abstenerse de realizar este tipo de intervenciones, pues la ley en proyecto -ya lo hemos dicho- no solo despenaliza, sino que asegura determinadas prestaciones de salud, dadas fundamentalmente por la interrupción del embarazo, las cuales debieran estar garantizadas en el sistema público de salud.
Por tanto, llamo a los señores Senadores a votar favorablemente la indicación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza la indicación renovada número 15 (15 votos en contra, 9 a favor y un pareo).
Votaron por la negativa las señoras Allende, Goic y Muñoz y los señores Araya, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Montes, Navarro, Pizarro, Quintana, Quinteros, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la afirmativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Chahuán, Coloma, Espina, García-Huidobro, Hernán Larraín y Prokurica.
No votó, por estar pareado, el señor García.

El señor LABBÉ (Secretario General).- A continuación, la Comisión de Constitución (página 22 del comparado) introduce una modificación en el inciso primero del artículo 119 ter (figura en negrillas en la última columna), que dice lo siguiente "De este mismo derecho gozará el resto del personal profesional al que corresponda desarrollar sus funciones al interior del pabellón quirúrgico durante la intervención.".
Eso es lo que corresponde votar, señores Senadores.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.
El señor ESPINA.- Señor Presidente, yo entiendo que estamos votando la indicación que introduce el texto que figura en negrillas en el comparado.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Estamos votando la modificación que se aprobó en la Comisión de Constitución.
El señor ESPINA.- ¿Hay una indicación que pide eliminar esa norma?
El señor LARRAÍN.- Es una votación separada.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Esto se aprobó por 3 votos a favor y 2 en contra. Por eso se está votando.
El señor ESPINA.- Se trata de una votación separada.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No hay indicación sobre esto.
El señor ESPINA.- Pero, el Secretario dijo...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Es una votación separada...
El señor ESPINA.- Por eso: quieren eliminar del texto aprobado lo que aparece en negrillas.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Exactamente.
Esa es la indicación.
Se trata de una votación separada.
El señor ESPINA.- Señor Presidente, quiero fundamentar mi voto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario para que explique cómo se debe votar.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, quienes están de acuerdo con el texto que se ha leído, aprobado en la Comisión de Constitución, deben votar que sí, y aquellos que no lo están, que no. Ello, sin perjuicio de las abstenciones y los pareos.
El señor ESPINA.-Señor Presidente, quiero fundamentar mi voto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina para fundamentar el voto.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, considero que esta votación es superrelevante para el proyecto.
El Senador Pedro Araya presentó esta indicación para incorporar en el artículo 119 ter a los profesionales de la salud para que tuvieran derecho a la objeción de conciencia.
Los argumentos ya se han dado.
Sobre el particular, solo quiero decir que sería de una enorme injusticia y arbitrariedad que tuviese este beneficio exclusivamente el médico cirujano y no, por ejemplo, el anestesista.
O sea, en esa línea, todos los profesionales que van a intervenir en un aborto serían privados de ese derecho, salvo el médico que actúa. Por ejemplo, al anestesista -vuelvo a insistir- y a quienes trabajan directamente y que son profesionales se los excluiría.
No veo ninguna razón para ello.
Ese es un acto arbitrario.
Porque se puede estar a favor o en contra de la objeción de conciencia. Pero lo que el legislador no puede hacer en esta materia es ser arbitrario.
Aquí habría un acto inconstitucional, pues frente a determinado hecho se dice: "Usted es cirujano. ¡Perfecto! Tiene derecho a no participar en el aborto". En cambio, al anestesista, por ejemplo, a la persona que está al lado del médico e interviene de la interrupción del embarazo porque es el encargado de suministrar la anestesia, se le señala: "Usted no tiene ese derecho". Y a todo el resto del equipo profesional se le señala que no va a participar.
Entonces, la indicación del Senador Pedro Araya tiene el mayor sentido común. De aprobar la eliminación que se plantea, vamos a cometer una arbitrariedad. Además, se trata de una situación superclasista, pues al que tuvo la posibilidad de ser médico, al que se formó en la universidad le decimos "Señor, usted tiene derecho a manifestar objeción de conciencia". Pero al que tiene otra profesión, distinta a la de médico, se le señala: "No. Usted va a tener que intervenir igual".
Ello me parece una discriminación arbitraria, inconstitucional. Y no podría creer que el Senado fuera a legitimar una cosa como esa.
Porque, en todo caso, aquí todos saben que si hay objeción de conciencia y se vienen los plazos encima, el establecimiento público tiene la obligación de permitirle a la persona la realización del aborto.
No se trata de boicotearlo, sino simplemente del hecho de que puede haber personas que por su conciencia, por su formación quieran oponerse a efectuar un aborto.
Por esa razón, señor Presidente, pido que se rechace la eliminación sugerida y que se mantenga la norma tal como la propuso el Senador Araya en la indicación que apoyamos con el Senador Larraín. Y ello, porque nos parece de toda justicia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.


El señor GIRARDI.- Señor Presidente, esto es todo lo contrario a lo que señaló mi antecesor.
La objeción de conciencia es arbitraria. ¡Por supuesto! Se trata de una ley. Y aquí se quieren establecer privilegios para no cumplir con ella.
Eso es lo más arbitrario del mundo. Yo sé que a Su Señoría le gusta que las leyes se hagan a la medida y al tamaño de algunos. Pero las leyes, normalmente, las tienen que cumplir todos.
Acá, por una situación excepcionalísima se establece que se libera del cumplimiento de la ley -y esto es lo arbitrario- a determinadas personas o grupos de personas.
Esa es la discusión.
Esto no tiene nada de clasista. Sería clasista si lo aprobáramos.
Porque cuando los más pobres van al hospital público -y ahí es donde se establece el clasismo; a lo mejor el señor Senador ha visitado alguno, pero yo los conozco muy bien-, no tienen médicos ni anestesista; faltan arsenaleras, enfermeras, cirujanos, en fin.
Esa es la realidad que yo he visto, ¡del Chile de su Región y de la mía, señor Senador!
Por lo tanto, lo que va a suceder en la práctica, si se aplica esta fórmula -puede que no sea malintencionada-, es que la mujer que concurra a un centro médico en muchos casos no va a tener la posibilidad de recibir esta prestación y va a vivir un verdadero juego de comprahuevos. Claro: la van a derivar. Y entre que consulta y le dicen que hay objeción de conciencia de parte del arsenalero, o de la enfermera, o del anestesista y que no disponen de personal de remplazo, no avanzará nada.
Un juego de comprahuevos: ¡un atentado contra su dignidad!
Imagínense si se tratara de una mujer con riesgo materno, que tuviera en peligro su vida o que se encontrara en cualquiera de esas circunstancias. Ello, en sí mismo, ya es una situación dramática.
Además, esto contraviene algo muy esencial en la práctica de la salud: no se pueden anteponer los principios y valores de quien atiende respecto a segregar a los pacientes. A lo mejor habrá algunos a los que les gustará eso. Pero esa no es la salud que queremos en Chile. No queremos una salud donde el médico pueda decir: "Yo no atiendo a ese porque es pobre"; "no atiendo a este porque tiene determinada condición"; "no atiendo a este otro porque no comparto su orientación sexual, o su religión".
¡Ese sí que es un mal social que debemos impedir!
Por lo tanto, nosotros planteamos más bien hacer una concesión, en el sentido de que quien realiza el acto médico pueda manifestar objeción de conciencia.
Clasismo sería si dejáramos a la gente más pobre de nuestro país, que se atiende en los hospitales públicos, sin la posibilidad de tener esta prestación.
Evidentemente, la situación se agrava si se quiere aplicar, además, una objeción de conciencia institucional. Lo único que busca eso es, por la vía de la letra chica, impedir o dificultar todo lo que hemos discutido anteriormente, o llevar a niveles de indignidad extrema la situación de una mujer que está viviendo la referida situación.
Por lo tanto, me parece que el mal menor sería que hubiera objeción de conciencia -lo normal sería que no existiera- a nivel de quien realiza el acto médico.
Si finalmente ella queda en el equipo de salud, no será lo más conveniente, pero sí constituirá un límite.
De otro lado, quiero darle una respuesta al colega Prokurica.
La evolución, señor Senador, es una ley de la ciencia.
A su respecto se han establecido teorías, se han escrito libros. Le recomiendo a Su Señoría uno de Lynn Margulis, una de las biólogas más importantes -estuvo en Chile hace algunos años; ya falleció-: Danza misteriosa. Allí plantea que la historia de la vida y de la evolución tiene que ver con la sexualidad y con la transmisión de los genes.
Hay asimismo un libro de Richard Dawkins -también lo recomiendo-, uno de los evolucionistas más importantes: El gen egoísta. No se trata solo de un best seller: es una referencia obligada para cualquier persona que estudie estas materias. Allí Dawkins nos dice que somos utilitarios a los genes, que crean los cuerpos y nuestras estructuras para traspasarlos a las generaciones siguientes.
Por supuesto, eso está en el plano de la ciencia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Larraín.


El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, la objeción de conciencia tiene una justificación excepcionalísima, pero muy relevante.
Por algo, a mi entender, el Ejecutivo la incorporó en este proyecto (como ya lo he mencionado), pues, aunque pueda no estar de acuerdo con ella, advierte que para varios este tema es crucial.
Según hemos señalado en otras intervenciones, muchos de quienes nos oponemos al aborto lo hacemos, no por negarle un derecho a la mujer, sino porque consideramos que el derecho a la vida del embrión es prioritario.
Es una lástima que haya colisión de derechos. Pero ocurre habitualmente. Y uno debe priorizar.
Ahora, como se trata de algo fundamental para muchos, la objeción de conciencia se hace vital.
En consecuencia, no es un acto arbitrario o casual, sino algo necesario para que se nos respete a quienes pensamos distinto de aquellos que están impulsando el aborto, aunque sea en algunas causales.
Esta situación es particularmente relevante en el caso de la medicina.
Sobre el particular, a propósito de lo que señaló, pese a ser médico, el Senador que me antecedió en el uso de la palabra, quiero recordar que el artículo 20 del Código de Ética del Colegio de la Orden dispone que el facultativo puede oponerse a la realización de "prestaciones que vayan en contra de su conciencia o de su convencimiento clínico".
Eso es importante, pues algunas cuestiones, como las que estamos viendo, son directamente de conciencia. Pero también puede presentarse un escenario distinto.
Por ejemplo, alguien le pide a un médico interrumpir un embarazo, y ese facultativo, que pudiera estar dispuesto a hacerlo por ser partidario del aborto, sin embargo podría decir: "¡Ojo! Si lo hago puede tener consecuencias peores para la salud de la madre". De manera que, ya no por objeción de conciencia sino por convencimiento clínico, se opone y objeta la intervención, que para él sería gravosa.
Entonces, aquí estamos frente a un problema real que deben enfrentar los médicos. Y por eso el Colegio Médico establece aquella norma en su Código de Ética, que es anterior a la ley en proyecto.
Por consiguiente, creo que este es un tema bastante claro y bastante zanjado.
Finalmente, respecto de lo que está ocurriendo aquí, la actitud de dejar concentrada la objeción de conciencia solo en el médico, sin ampliarla al equipo de salud, me parece que no solo es clasista, sino que además implica un menosprecio a profesionales de la salud que trabajan a la par con el médico en la actividad de que se trata.
Opino que hay un acto de arrogancia, muy habitual en los médicos, en el sentido de considerar que son los reyes y que los demás son acólitos que danzan a su alrededor.
¡No!
Yo quiero defender la dignidad profesional de quienes participan en el acto pertinente. Y si esa dignidad no existe, yo les digo a los médicos: "Hagan esto solos". ¡A ver si son capaces!
Ese menosprecio, ese clasismo me parecen extraordinariamente negativos.
Al respecto, uno oye muchas veces expresiones de enfermeras, arsenaleras y anestesistas que están molestas porque algunos médicos las tratan de esa forma. Y hemos leído en estos días cartas al director mediante las cuales plantean su inquietud por dicho trato; hablan de desprecio, de miradas en menos de algunos facultativos ante la labor y la dignidad de esas profesionales.
Por todas las consideraciones expuestas, me parece que a lo menos debemos mantener lo que se logró gracias a la iniciativa del Senador Araya, que permite poner las cosas en su lugar.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Lily Pérez.


La señora PÉREZ (doña Lily).- Cortito, como me dice el Senador Ignacio Walker.
El señor WALKER (don Ignacio).- ¡Con todo cariño!
La señora PÉREZ (doña Lily).- Solo quiero expresar, señor Presidente, que yo soy partidaria de la objeción de conciencia. Creo que es un derecho que tenemos todas las personas: el de no vulnerar nuestra creencia.
De hecho, en la Cámara Baja presentamos con el señor Alejandro Navarro, cuando éramos Diputados, un proyecto sobre objeción de conciencia en el caso del servicio militar. Recuerdo que una de las razones era la opción religiosa.
Por lo tanto, creo que la objeción de conciencia es un derecho, sobre todo cuando existen conflictos éticos o morales, como ocurre en el caso de la interrupción del embarazo: yo respeto absolutamente a quienes ven esta como un dilema en que están en juego valores de esa índole.
En tal sentido, soy partidaria de que alcance al equipo médico que participa y no se limite al facultativo que interviene.
Así que apoyo la redacción que aprobó la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
Voto a favor.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, en la Comisión de Constitución integré el voto de minoría: no fui partidario de ampliar la objeción de conciencia a todo el equipo médico. Y eso no tiene que ver con la eventual discriminación del médico hacia el carácter profesional de las otras personas, independiente de su grado académico, que participan en el proceso de interrupción del embarazo: obedece simplemente al hecho de que el profesional determinante en ella es el médico; o sea, aquel que realiza técnicamente la interrupción del embarazo es el facultativo.
Ello, para que quien invoque la objeción de conciencia como institución excepcionalísima en virtud de sus propias convicciones, sean éticas, morales o incluso religiosas, no genere una contraposición con el deber de otorgar la prestación correspondiente.
En mi concepto, la extensión del derecho a la objeción de conciencia implica un riesgo evidente de falta de servicio.
Por ejemplo, es posible que en las localidades más aisladas, donde escasean los médicos, existan profesionales de los que participan en el procedimiento pertinente. Pero si ellos también pueden ser objetores de conciencia, es factible que la prestación del servicio resulte inviable.
Señor Presidente, si vamos a considerar la interrupción del embarazo por las tres causales como un derecho de salud pública, no podemos poner en riesgo la cobertura: debemos tener en nuestro país capacidad para que el servicio se preste adecuadamente.
En consecuencia, a mi parecer, la ampliación de este derecho excepcionalísimo puede afectar al otorgamiento del servicio.
La extensión de la opción en comento debe ponderarse siempre considerando al titular del derecho y a los afectados cuando este se hace efectivo.
Aquí se ha planteado que habría una discriminación en el sentido de que no sería igual el trato otorgado al médico que el dado al resto del equipo que participa en la intervención.
El Tribunal Constitucional ha manifestado reiteradamente que la igualdad no consiste en tratar a todos por igual, sino en tratar igual a los que están en la misma posición o condición.
A mi juicio, en este caso no se hallan en la misma posición el médico y el resto del equipo, dados su arte y su capacidad efectiva para realizar la interrupción del embarazo.
No voy a argumentar respecto de lo que no se logró -me parece bien la decisión que se tomó-: la ampliación de la objeción de conciencia incluso al ámbito institucional. Pero, sí, debo expresar mi parecer en cuanto a que, por el deber de garantizar la prestación del servicio, debiéramos votar en contra de la extensión de tal derecho al resto del equipo médico.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, cuando discutimos la objeción de conciencia (ética, moral) en el caso del servicio militar fuimos firmes partidarios de ella tratándose particularmente de hijos de detenidos desaparecidos o de torturados que se negaban a estar en un Ejército que había asesinado o torturado a sus padres.
La objeción de conciencia debe ser un elemento presente en la convivencia diaria. Porque no hay nada peor que obligar a una persona a contrariar su conciencia. O sea, el elemento esencial es tener la ocasión de vivir y actuar de acuerdo con la conciencia. Negarle esto a una persona significa negarle su dignidad como tal, exponerla a un trauma que puede acarrear consecuencias insospechadas.
En tal sentido, el proyecto salvaguarda la objeción de conciencia del facultativo.
La extiende al equipo médico. Y ahí tengo una duda.
Si uno revisa lo que pasa en las cortes con las recusaciones se percata de que prácticamente no hay posibilidad de formar sala: se recusa, se recusa, y esto se convierte en un vicio que, en los hechos, inhibe, aplaza, alarga de manera infinita un juicio. Ello, debido a la mala utilización del mecanismo pertinente.
Yo creo que en las tres causales que hemos discutido y aprobado hay que garantizar el principio del derecho a la vida. O sea, si alguien invoca el derecho a la objeción de conciencia, el proyecto contempla que, no habiendo alternativa, debe intervenirse, pues se sobrepone el principio fundamental del derecho a la vida.
Pero lo que me preocupa es la escasez crónica de especialistas -y todos la conocemos-, particularmente de anestesistas. Decenas de operaciones -la Ministra lo sabe- se suspenden en los hospitales públicos por falta de anestesista. Y no es porque ganen mal: ¡ganan muy bien!
A mi juicio, es factible que la objeción de conciencia se convierta en un elemento que puede hacer inaplicable lo que hoy día estamos aprobando.
Por tanto, la objeción de conciencia en el caso del médico interviniente me parece bien; hay que respetarla, porque se trata de una decisión individual, personalísima, íntima.
Pero la extensión a las instituciones resulta muy compleja, porque puede derivar, como se expresó, en no prestación del servicio.
He escuchado al Rector de la Universidad Católica decir: "¡En nuestro hospital no habrá abortos!".
Es una cuestión muy compleja, pues no todos los católicos rechazan el aborto. Entonces, ese Rector no los está interpretando en su globalidad con su creencia, legítima, ni con la objeción de conciencia institucional que plantea.
Siento, pues, que conferirles a las instituciones un derecho propio de las personas constituye un error. Las instituciones tienen el deber de prestar los servicios para los cuales fueron concebidas. Y los hospitales, sean públicos o privados, han de respetar el derecho sagrado a la protección de la vida.
Por consiguiente, la solicitud va en la línea correcta de salvaguardar a los entes donde se atiende el 80 por ciento de los chilenos, la gente afiliada al FONASA: los hospitales públicos.
El que tiene dinero se atenderá en cualquier establecimiento donde no exista objeción de conciencia. Pero la inmensa mayoría de nuestros conciudadanos no cuenta con la posibilidad de optar.
¿Qué ocurrirá en las regiones extremas? El Senador Bianchi lo sabe. Por ejemplo, si en Punta Arenas -incluso, en esa ciudad no hay oncólogo infantil- un obstetra o un médico cirujano se niega a la intervención de que estamos hablando, no imagino que en invierno salga un avión a Valdivia o a Santiago para que se realice allí.
La ley lo obliga: tendrá que hacerlo. Y deberá tener conciencia de que la ley se lo impone.
Señor Presidente, voy a votar en contra esta indicación, primero, porque incorpora a las instituciones, y segundo, porque extiende a todo el equipo médico el derecho a la objeción de conciencia, lo que puede terminar inviabilizando la realización de lo que aquí hemos acordado: la intervención que aprobamos.
Por cierto, respeto y apoyo plena y decididamente la objeción de conciencia para el médico que interviene.
El señor COLOMA.- Aquí no se incorpora a las instituciones. Eso venía en la indicación anterior.
Acá solo se trata del equipo médico.
El señor NAVARRO.- Perdón. En efecto, acá solo se trata del equipo médico.
Entonces, la indicación anterior incorporaba a las instituciones. Esa la voté en contra.
Esta, como dice el Senador Coloma, incluye al equipo médico.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Evitemos los diálogos.
El señor NAVARRO.- La rechazo, por las mismas razones que ya di, en el sentido de que puede inviabilizar la atención, lo que en mi opinión sería una falta grave.
En este caso no se trata de una cuestión de conciencia, sino de un problema de salud pública.
Por eso, señor Presidente, voy a rechazar el agregado que incorpora al equipo médico en la objeción de conciencia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor García.


El señor GARCÍA.- En forma muy breve, señor Presidente, quiero recordar que la libertad de conciencia es una garantía constitucional: artículo 19, número 6°, de nuestra Carta Fundamental.
De otro lado, quiero recordar que varios instrumentos jurídicos internacionales establecen también la objeción de conciencia: artículo 12 de la Convención Americana de Derechos Humanos; artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas; artículos 1.2, 14.1, 14.3 y 30 de la Convención sobre Derechos del Niño.
Deseo recordar, asimismo, que países como España, Francia, Italia, Reino Unido y Alemania reconocen en sus legislaciones la objeción de conciencia.
Y permítanme Sus Señorías solo un minuto para decir que la Constitución Nacional de Argentina señala que el derecho a la objeción de conciencia implica no ser obligado a realizar acciones que contrarían convicciones éticas o religiosas del individuo (artículos 14, 19 y concordantes).
Por lo tanto, la objeción de conciencia figura en nuestra Constitución Política, en muchos instrumentos jurídicos internacionales y en la legislación comparada.
Tenemos la obligación de respetar la libertad de conciencia, materializada, por supuesto, en la objeción de conciencia.
Por lo tanto, considero que debemos votar a favor de la forma como se aprobó la norma en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Quintana.


El señor QUINTANA.- Señor Presidente, concuerdo con la primera afirmación del Senador José García, en el sentido de que la libertad de conciencia es un derecho garantizado en la Constitución. No hay ninguna duda: es un derecho fundamental.
Sin embargo, una cosa es la libertad de conciencia y otra muy distinta la objeción de conciencia. Nace en Estados Unidos. Se ha ido extendiendo lentamente por el mundo. Pero la objeción de conciencia es bien distinta de la libertad de conciencia. Surge en torno a la guerra.
En Chile no existe la objeción de conciencia. El Senador señor Navarro lo planteó a propósito del servicio militar. Se esgrimió, pero no se encuentra instituida.
Por lo tanto, recurrir a ella en el marco de una política pública sanitaria es sumamente riesgoso, porque podría abrir un camino en otras áreas. En educación, por ejemplo, alguien podría argumentarla para no educar a un determinado alumno por una razón filosófica o religiosa. Esto dice relación también con cualquier otro ámbito.
Pienso que es preciso ser tremendamente cuidadoso, porque la objeción de conciencia finalmente significa limitar deberes y no cumplir la ley, y a la persona no le pasa nada. Entonces, creo que es superdelicado el tránsito que se nos sugiere.
Asimismo, cabe consignar que la libertad de conciencia, como derecho fundamental y garantizado en la Constitución, es siempre personal. Las objetoras de conciencia no son las instituciones. Eso no ocurre en ninguna parte. Si algunos Senadores insistirán en la tesis de que las personas jurídicas pueden serlo -reitero que ello sería posible llevarlo a lo educacional-, sería un experimento. Es algo tremendamente peligroso y nocivo.
Ahora, francamente no entiendo cómo se llega a la conclusión de que podrían darse la discriminación o el clasismo. La única discriminación posible -mi Honorable colega Girardi lo manifestaba hace un rato- tiene que ver con el riesgo de que los usuarios de un sistema público, en este caso, no obtengan oportunamente las prestaciones que requieren.
Mas la diferencia relativa a los profesionales o los funcionarios del equipo que participe en un procedimiento de interrupción del embarazo no tiene nada que ver. La discusión no radica en si acaso se tiene o no una licenciatura. ¡En absoluto!
Quienquiera que haya ido a una cirugía o conozca cómo operan los médicos sabe que es una actividad completamente jerarquizada. Uno de ellos es el que realiza técnicamente la intervención -lo expuso igualmente el Senador señor Harboe-, no los demás. A eso obedece que se lleve siempre la responsabilidad. Es el conductor del equipo.
No se trata de una junta médica. No estamos haciendo referencia a un consejo ni a un grupo horizontal donde todos participan en igualdad de condiciones.
Repito que el sistema es jerarquizado, que quien conduce es el especialista y que los demás son apoyos importantes, por supuesto, pero sin el mismo grado de responsabilidad y sin que respondan, normalmente, en lo penal.
Por eso es que vamos a pronunciarnos en contra.
El señor GIRARDI (Vicepresidente).- Puede intervenir el Senador señor De Urresti.


El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, quizás estamos ante uno de los aspectos más relevantes del proyecto.
Insistí en la Comisión de Constitución y he manifestado ampliamente que es un profundo error haber incorporado la objeción de conciencia. Se abre un mar sin orillas -el aspecto que nos ocupa quedará en la historia de la ley- ante la situación que se presentará con otras iniciativas, con otras instituciones, con otros gremios, con otras personas, dado que la idea original contemplaba solo al especialista a cargo del pabellón, a quien toma la decisión, y ahora se extendería al equipo médico.
Estaríamos estableciendo en el ámbito legal una institución que trae una serie de consecuencias que es importante consignar. Es fundamental que el Ejecutivo sea consciente de ello y que no se diga después: "No se advirtió". Lo repito clara y precisamente: este es un mar sin orillas.
Además, con la proposición -vamos a rechazarla, pero ya se ha votado respecto de todos los participantes en la intervención- se generará una denegación del acceso a la salud, lo que es preciso exponerle a la señora Ministra.
Tendrá lugar una desigualdad profunda en las regiones de Magallanes y de Aisén, en zonas limítrofes, en sectores aislados, en provincias donde los equipos médicos invoquen objeciones de conciencia. Y ahí sí que habrá discriminación.
Eso originará un punto de ruptura con relación al proyecto que hemos llevado adelante respecto de las tres causales.
Reitero que voy a votar en contra. No creo que la objeción de conciencia deba contemplarse en este tipo de situaciones. La entiendo como concepto, como una creación doctrinaria, pero su incorporación respecto del médico y con relación ahora al resto del equipo realmente constituye un tremendo error. Quiero dejarlo consignado para la historia de la ley, a fin de que no nos arrepintamos y sepamos cómo votó cada uno, y ante peticiones futuras que se formulen acerca de la objeción de conciencia.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Guillier.


El señor GUILLIER.- Señor Presidente, el tema es bien complicado, porque se están confrontando varios intereses legítimos.
En la medida en que las carreras se hacen universitarias, creo que uno de los rasgos principales de la formación obviamente tiene que ver con el campo de la ética y la normativa deontológica de las respectivas profesiones. Por lo tanto, efectivamente pudiera parecer una suerte de discriminación que haya profesionales de la salud con código de ética y derecho a la objeción de conciencia y otros no, en circunstancias de que se trata de funciones distintas, por más que el médico sea la cabeza del equipo.
Mas ello también se confronta con el derecho de los pacientes. Porque si establecemos que todo un equipo médico puede ejercer la objeción de conciencia, reconozcamos que en la mayoría de las regiones, donde no hay precisamente muchos especialistas, se podría desvanecer la garantía que la ley en proyecto pretende contemplar para la mujer en situaciones complejas.
Incluso el propio texto se pone en ese caso y dice que "el establecimiento tendrá la obligación de reasignar de inmediato otro profesional no objetante". Eso ha de resolverlo el hospital, no el paciente, quien no tiene manera de hacerlo.
Sin embargo, aún eso sería insuficiente. Porque, tratándose de abortos programados, como eventualmente podrían serlo los de las causales 2) y 3), quizás la situación se podría solucionar si hay equipos médicos en el mismo centro asistencial o en otros. Pero ¿qué pasa con una mujer que es intervenida en un proceso de embarazo y se encuentra con una complicación técnica que la deja en peligro? No se puede estar derivando a otros equipos ni buscando a todo el grupo profesional. El no tener definida la cuestión podría provocar consecuencias para la salud e incluso la vida de la mujer.
Entonces, las normas tampoco pueden ser tan complejas y tan llenas de considerandos en favor de los derechos del equipo de salud que terminen prevaleciendo sobre los de la paciente, quien, por último, enfrenta riesgos como los mencionados.
Por eso, si bien comparto la intención de avanzar hacia la conciencia profesional en las carreras universitarias, también es preciso comprender el punto que se cruza con los intereses de los atendidos por los profesionales y que finalmente debe ser el primer criterio por considerar.
Esta es una cuestión que me da vueltas, y, por ello, prefiero rechazar la proposición.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
-Se aprueba la proposición de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, por 17 votos a favor, 10 en contra y un pareo.
Votaron por la afirmativa las señoras Goic, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Chahuán, Coloma, Espina, García-Huidobro, Hernán Larraín, Pizarro, Prokurica, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa las señoras Allende y Muñoz y los señores De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Montes, Navarro, Quintana y Quinteros.
No votó, por estar pareado el señor García.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Respecto del mismo inciso primero del artículo 119 ter, se ha pedido la votación separada de la oración final, que expresa que "La objeción de conciencia es de carácter personal y en ningún caso puede ser invocada por una institución.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Quienes prefieren mantener la norma tienen que votar que sí y quienes deseen eliminarla han de votar que no.
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la oración final del inciso primero del artículo 119 ter, por 16 votos contra 10 y un pareo.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Montes, Navarro, Quintana, Quinteros, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Chahuán, Coloma, Espina, García-Huidobro, Hernán Larraín, Prokurica y Patricio Walker.
No votó, por estar pareado, el señor García.

El señor LABBÉ (Secretario General).- En relación con el inciso tercero del artículo 119 ter, se ha pedido la votación separada de la oración final, que dice:
"Tampoco podrá excusarse si es inminente el vencimiento del plazo establecido en la causal del numeral 3) del inciso primero del artículo 119.".
El señor WALKER (don Ignacio).- Sin debate.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la oración final del inciso tercero del artículo 119 ter, por 16 votos contra 9 y un pareo.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Montes, Navarro, Quintana, Quinteros, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Chahuán, Coloma, Espina, García-Huidobro, Hernán Larraín y Patricio Walker.
No votó, por estar pareado, el señor García.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Corresponde pronunciarse ahora sobre el resto del artículo 119 ter, naturalmente que con la excepción de las normas que ya fueron objeto de votación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Se da por aprobado?
El señor COLOMA.- Con la misma votación.
El señor WALKER (don Ignacio).- Votemos.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Son tres páginas, con la salvedad de aquello respecto de lo cual se pidió un pronunciamiento separado.
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el resto del artículo 119 ter, por 17 votos a favor y 9 abstenciones.
Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Montes, Navarro, Quintana, Quinteros, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Se abstuvieron las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Chahuán, Coloma, Espina, García-Huidobro, Hernán Larraín y Prokurica.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Se ha pedido la votación separada del artículo 2º, tendiente a reemplazar el artículo 344 del Código Penal.
La señora VON BAER.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor WALKER (don Ignacio).- Sí, Su Señoría.
La señora VON BAER.- Entiendo que se renovó una indicación, la que se debería votar primero.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Harboe.
El señor HARBOE.- Había una suya, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La retiré.
El señor HARBOE.- Lo sé. Es preciso explicarle eso a la señora Senadora.
La señora VON BAER.- No lo sabía.
El señor HARBOE.- Además, no correspondía. No resultaba lógica si se había aprobado la causal 3).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación la recomendación para reemplazar el artículo 344 del Código Penal.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba la proposición de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento respecto del artículo 2° del proyecto, por 23 votos a favor y un pareo.
Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Chahuán, Coloma, De Urresti, Espina, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Harboe, Hernán Larraín, Montes, Prokurica, Quintana, Quinteros, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
No votó, por estar pareado, el señor García.

El señor LABBÉ (Secretario General).- En cuanto al artículo 1º y su número 2, que apunta a incorporar un artículo 119 bis, se presenta la situación siguiente.
La enmienda aprobada por la Comisión de Constitución respecto del inciso segundo de esta última disposición difiere de lo acordado por la de Salud -este órgano técnico recomienda suprimir la referencia a una intervención médica inmediata- y propone sustituirlo por el siguiente:
"En el caso del número 2) del inciso primero del artículo referido," -alude al artículo 119 bis- "para realizar la intervención se deberá contar con dos diagnósticos médicos en igual sentido de médicos especialistas. Todo diagnóstico deberá constar por escrito y realizarse en forma previa".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En discusión.
Tiene la palabra el Honorable señor Espina.
El señor ESPINA.- En realidad, señor Presidente, a esta hora ya no se entiende mucho.
La Comisión de Constitución alude al feto inviable. Entiendo que ello surgió de una indicación del Senador señor Araya.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación la modificación de la Comisión de Constitución al inciso segundo del artículo 119 bis.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, estamos votando el texto aprobado en la Comisión de Constitución. La diferencia que existe con el texto despachado por la Comisión de Salud es que en el primero se exigen dos informes en el mismo sentido de dos médicos especialistas, mientras que en el segundo se piden dos informes en el mismo sentido pero de médicos con habilidades especiales, lo que es distinto.
En consecuencia, ¿por qué voté (fui minoría) en contra del texto de la Comisión de Constitución? Porque estamos de acuerdo en que debe existir certeza científica y en que esta no la provee cualquier médico. Son médicos con habilidades especiales.
Y, en localidades aisladas de la Región de Atacama, de la Región del Biobío, de la Región de La Araucanía o de la Región de Aisén, encontrar dos médicos especialistas para realizar una interrupción del embarazo me parece que efectivamente puede ser una traba para la aplicación práctica de la ley.
¿Qué va a ocurrir cuando en una localidad aislada o rural una mujer de una comunidad de pueblos originarios deba ir a un determinado hospital y haya dos médicos, pero no tengan la calidad de -comillas- "especialistas" de acuerdo a lo que define esta normativa? ¿No tendrá derecho a interrumpir su embarazo, aun estando en alguna de las tres causales?
Esa fue la razón por la cual voté en contra: porque me parecía que, dada la realidad nacional -no tenemos una cantidad de especialistas suficiente para cubrir todo el país-, esta era una exigencia demasiado estricta.
Y lo que no quiero es que al final del día este derecho que estamos consagrando solo sea efectivo para las mujeres de las grandes ciudades y que se transforme en una mera expectativa para las mujeres que viven en localidades rurales, porque eso sería atentar contra la igualdad.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, la razón por la que aprobamos esta indicación en la Comisión de Constitución es que no existen los médicos con "habilidades específicas".
El Senador Harboe ha sido muy preciso en pedir que se voten solo aquellas actividades que existen. Le quiero decir que, consultados los médicos sobre este punto, nos han dicho que no hay ningún médico que cuente con "habilidades específicas requeridas". ¡No lo hay! Ese título no existe. Los médicos son o generales o especialistas. El médico general estudia siete años y el médico especialista, tres años más.
En segundo lugar, quiero desmitificar esto de las zonas rurales. Aquí nos estamos refiriendo al médico que realiza el diagnóstico.
En primer lugar, ninguna de estas operaciones se hará en zonas rurales, porque no están habilitados los hospitales para eso. Usted debe tener, a lo menos, una unidad de tratamientos intermedios -¡a lo menos!-; no puede llegar y decir "Voy a hacer un aborto" en el CESFAM de una comuna. Se puede hacer exclusivamente en hospitales nivel 1, o bien, en los que tengan capacidad de atender, que son los hospitales generales de las provincias.
El señor HARBOE.- ¿A quién le preguntó, señor Senador?
El señor ESPINA.- Lo hablé con los médicos, señor Presidente.
El señor HARBOE.- ¿Cómo se llamaba el médico?
El señor ESPINA.- Suponer que se va a poder proceder tal cual se hace en los abortos clandestinos es un error. Claro, los abortos clandestinos se realizan en una casa, pero el riesgo de muerte es enorme.
Entonces, como va a estar legalizado, este es un aborto que debe hacerse en un establecimiento médico que reúna las condiciones de salubridad y, sobre todo, de tecnología necesarias para poder llevarlo a cabo; porque a la mujer se le puede producir un sangramiento, una hemorragia. De ahí que, si no se cuenta a lo menos con una unidad de tratamientos intermedios, ningún médico se atreverá a hacerlo, ya que este tipo de cirugías, por su complejidad, no se realizan en las postas rurales de las comunas pequeñas.
Por lo tanto, ese argumento yo no lo comparto. Pregunté y me señalaron expresamente que no era así, que no se podían hacer abortos en las zonas rurales, por todos los resguardos que había que tomar.
En segundo lugar, en este caso estamos hablando de algo distinto: quién efectúa el diagnóstico. Y resulta que el diagnóstico de un feto que está imposibilitado de vivir no es asunto menor, no lo puede hacer cualquier médico. Se decía, por parte de quienes eran partidarios de esta causal, que había que tomar todos los resguardos sin excepción para que el médico certificara con claridad, con certeza que se trataba de un feto que era inviable. Y ahora ¿quién lo va a practicar? Una categoría de médicos que no se sabe quiénes son pues -vuelvo a insistir- los que cuentan con "habilidades específicas requeridas" no existen.
¡Qué título es ese!
Yo pregunté cuáles son los títulos que reciben los médicos: son o cirujanos generales (estudian siete años) o especialistas (estudian diez años). No existe otra categoría; son las únicas que hay.
Por lo tanto, señor Presidente, me parece que la indicación de la Comisión de Constitución es la correcta, porque clarifica quién tiene que extender el certificado, dada la gravedad de lo que estamos hablando. Se trata de la decisión respecto de si un feto es viable o no; esta no es una decisión cualquiera.
Entonces, me parece que la indicación que se aprobó en la Comisión de Constitución precisa ese concepto en forma adecuada.

La señora CASTILLO (Ministra de Salud).- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Señora Ministra, estamos en votación. Pero tiene la palabra para rectificar.
La señora CASTILLO (Ministra de Salud).- Señor Presidente, solamente quiero señalar que no existe una ley de especialidades médicas en Chile. Por lo tanto, no se podía colocar "especialistas" en el texto, si es que uno fuera muy específico respecto a la iniciativa.
En el momento en que exista la ley de especialidades, ahí cambiará la situación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Araya.


El señor ARAYA.- Señor Presidente, si bien es cierto que la señora Ministra de Salud hace una precisión, quiero decir que cuando presentamos esta indicación, junto con otros Senadores, buscábamos justamente evitar este debate.
Porque, así como no existe el concepto legal definido de "médico especialista", tampoco está claro qué se entiende por "habilidades específicas requeridas". Por tanto, parecía más prudente utilizar una expresión que, aun cuando no tiene definición en la ley, es de mayor ocurrencia y conocimiento en la jerga legal, que es hablar de "médicos especialistas".
Entiendo -lo discutimos largamente en la Comisión de Constitución- que el Ministerio de Salud mantiene la posibilidad de dictar normas técnicas respecto a la aplicación de este proyecto, y así quedó establecido en el informe. Probablemente, cuando el Ministerio de Salud dicte las respectivas normas técnicas, tendrá que precisar cuáles son los médicos que pueden hacer estos diagnósticos.
Yo vuelvo a insistir: acá se buscó precisar un concepto. Como muy bien dijo la Ministra señora Castillo, no existe una definición legal de "médico especialista", pero creemos que al ser ese concepto de uso más habitual procedía utilizarlo para no cometer equívocos respecto de qué debíamos entender por "habilidades específicas requeridas".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso segundo del artículo 119 bis propuesto por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento (12 votos a favor, 9 en contra, 2 abstenciones y un pareo).
Votaron por la afirmativa las señoras Goic, Lily Pérez y Von Baer y los señores Araya, Chahuán, Espina, García-Huidobro, Hernán Larraín, Prokurica, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa las señoras Allende y Muñoz y los señores De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Montes, Navarro y Quintana.
Se abstuvieron la señora Van Rysselberghe y el señor Coloma.
No votó, por estar pareado, el señor García.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, en este mismo artículo 119 bis se encuentra el inciso sexto, nuevo, aprobado por la Comisión de Constitución (página 19), que dice: "En todos los casos anteriores se respetará el principio de confidencialidad en la relación entre médico y paciente, adoptándose las medidas necesarias para resguardar su aplicación efectiva.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Si le parece a la Sala, se aprobará.
No hay acuerdo.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.


El señor NAVARRO.- Señor Presidente, el principio de confidencialidad médico-paciente es un elemento consagrado. Está en el Código de Ética del Colegio Médico. Lo que hay que consagrar es el principio del proceso, porque si en la anterior votación se hizo alusión a dos informes de especialistas, estos no necesariamente son médicos que van a operar.
Las ecografías no las va a hacer el médico, y los exámenes serán decisivos. Pero estos se realizan dentro de los servicios de salud pública y a veces se externalizan a través de la telemedicina.
Por tanto, el respeto al principio de confidencialidad debe extenderse a todo el proceso, y no aplicarse solo a la operación quirúrgica que busca intervenir la gestación.
En ese sentido, yo apelo a que el proceso mismo debe estar garantizado, para que dé confianza a las personas. Si no hay confianza y las personas que concurran a los recintos de salud van a tener la percepción de que el procedimiento será público y de que todos sus antecedentes se van a filtrar, nos encontramos en un problema.
El principio de confidencialidad en la relación médico-paciente me parece bien, pero debe estar presente en todo el proceso, particularmente en los exámenes y el diagnóstico, lo cual escapa al médico, porque son otros los especialistas.
Esto es algo que forma parte del proceso mismo, del diagnóstico de especialistas que da origen a la intervención.
No sé, señor Presidente, si este punto fue discutido en la Comisión, porque entiendo que lo que se está votando se refiere solo al principio de confidencialidad entre médico y paciente, y no a todo el proceso.
Quisiera, para que el sistema se vuelva confiable y se involucren las adolescentes y demás personas, particularmente en el caso de violación, que es un tema extremadamente delicado, que la confidencialidad se dé en todo el proceso, porque aquí incluso puede haber chantaje. Entiendo que es así.
No sé -se lo pregunto al Senador Pedro Araya- si este asunto lo discutieron en la Comisión y si la confidencialidad está garantizada en todo el proceso y no únicamente en la relación médico-paciente. Porque a estas alturas los diagnósticos, los especialistas involucran a un número importante de profesionales y no solo a una unidad médica. También están el laboratorio, los exámenes.
Ese debería ser el sentido real de la confidencialidad, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, veo que en esta materia hay una contradicción, salvo que, por la hora, estemos todos medio agotados.
Lo digo por lo siguiente.
Aquí se argumentó que no habría impunidad en el delito y que, tratándose de una mujer que fuera objeto de violación o de un atentado, todas las pruebas, todos los antecedentes que se recopilaran iban a ser entregados obligatoriamente a la Fiscalía.
Ese fue el argumento que se dio. Lo aclaro, porque el inciso anterior señala que "los jefes de establecimientos hospitalarios o clínicas particulares deberán poner en conocimiento del Ministerio Público este delito, con la finalidad de que se investigue".
Y resulta que ahora el profesional podrá decir: "Mire, me llegó el caso de una mujer violada, pero fíjese que no le puedo entregar prueba de nada, ningún dato porque tengo confidencialidad. El ADN es parte de mi confidencialidad" -es básico que lo sea-; "Tampoco le puedo dar a conocer el nombre que ella me dijo". Porque, ¡por favor!, este también es un elemento de la confidencialidad.
Por eso que esta norma no venía en el proyecto: porque choca.
Si hoy día decimos que pasará a ser un delito de acción pública lo relacionado con la denuncia de la violación -por cierto, el director lo va a saber, porque se lo va a contar el médico que atendió a la víctima, salvo que sea el mismo director quien la atienda-, se tendrá que acudir a la Fiscalía o mandar un oficio diciendo: "Mire, llegó una persona víctima de violación".
La señora PÉREZ (doña Lily).- La víctima podría ser otra persona...
El señor ESPINA.- Podría también ser un hombre. Pero lo estoy diciendo de modo genérico, porque la concepción es que la violación es siempre entre un hombre y una mujer.
En definitiva, si una mujer es víctima de una brutal violación por parte de un delincuente, puede ir al doctor y decirle: "¿Sabe qué? Fui objeto de violación y necesito que usted me haga un aborto". Pero el médico le va a señalar: "Voy a tener que entregarle los datos a la Fiscalía". Y así lo hará.
Sin embargo, aquí se está poniendo una norma que establece que él tiene el deber de confidencialidad. Entonces, ¿qué datos va a entregar?
Esto para el violador -perdón, se los digo sinceramente- es fantástico,...
El señor DE URRESTI.- ¡No!
El señor HARBOE.- No es así.
El señor ESPINA.-... porque no hay manera de que ese profesional entregue algún antecedente. ¡No puede ni dar el nombre del inculpado!
Fíjense que si la mujer le proporciona el nombre, el médico va a mantener la confidencialidad de la información que ella le dio.
¡Cómo podría entregar el nombre si la confidencialidad significa que no puede proporcionar ningún antecedente que le aporte la persona sobre la comisión del delito!
Entonces, esta norma es contradictoria. Por eso no venía en el proyecto. No es que queramos eliminarla porque formaba parte de este. La iniciativa era coherente. Si había establecido la obligación de la denuncia pública, ella resultaba incompatible -¡incompatible!- con el deber de confidencialidad. Porque, ¿cómo puede haber confidencialidad si nosotros le estamos diciendo al médico que entregue los datos?
¡Qué antecedentes le va a proporcionar a la Fiscalía!
Esta va a preguntar: "¿fue violada?"
-"Sí", responderá el médico.
-"¿Por quién?"
-"No le puedo decir".
-"¿Y en qué circunstancia?"
-"Es que es confidencial".
-"Pero quiero que usted me entregue toda la información".
-"No, no puedo; estoy obligado por la confidencialidad".
Señor Presidente, insisto: esta es una norma que en su esencia es contradictoria con la anterior. Por esa razón -entiendo que fue incorporada por una indicación del Senador De Urresti-, debiera rechazarse y mantenerse el texto original del proyecto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Araya.


El señor ARAYA.- Señor Presidente, aquí hay que hacer algunas precisiones que no son menores.
Quienes revisen el informe de la Comisión de Constitución se van a dar cuenta de que la forma como quedó redactada la causal de violación y su acreditación es bastante compleja, primero, porque se señala que el establecimiento de salud tendrá que constituir un panel de profesionales del área para certificar si existió o no violación y la edad gestacional. Y ahí es donde empiezan a surgir los problemas, porque no se precisa qué médicos atenderán a la mujer que pide el aborto.
En segundo lugar, hay otra dificultad: la mujer víctima de una violación podrá pedir el aborto en un centro de salud y, paralelamente, denunciar los hechos en el Ministerio Público. Pero la denuncia que ella hace no es vinculante para el equipo de salud en orden a determinar si acepta o no el aborto. Puede darse el absurdo de que los médicos le digan a la mujer: "Mire, respecto de los antecedentes que usted entregó, no está acreditada la violación y, como consecuencia de ello, no procede el aborto". No obstante, el Ministerio Público en su investigación puede concluir que efectivamente ella fue violada.
Ciertamente, hay una incongruencia ahí que no está resuelta en el proyecto. Lo señalo, a pesar de que voté a favor de la causal.
Ahora bien, respecto de lo planteado por el Senador Espina, debo expresar que no es menor lo que él ha dicho, porque justamente un punto de discusión en la Comisión fue cuál era el alcance que tenía el deber de confidencialidad médico-paciente cuando se solicitaba el aborto por violación.
En esos casos, si bien es cierto que tiene razón el Senador Espina en el sentido de que el nivel de confidencialidad resguarda los antecedentes que la mujer entregue al equipo médico, es necesario considerar también que se le impone una obligación al director del centro de salud de llevar adelante la denuncia de la violación en el Ministerio Público. Por lo demás -como lo dije anteriormente-, se mantienen vigentes las normas del Código Procesal Penal en cuanto a las obligaciones de los recintos asistenciales que conocen de delitos sexuales de llevar adelante ciertas diligencias.
Asimismo, es preciso tener en cuenta que existirá el nivel de confidencialidad, pero la autorización judicial, dada en este caso por un tribunal de garantía, podrá ordenarle al médico levantar la confidencialidad y entregar la ficha médica...
El señor WALKER (don Ignacio).- Así es.
El señor ARAYA.-... y los antecedentes que haya obtenido de la declaración de la mujer.
En consecuencia, pienso que este es un tema que no quedó muy resuelto. Y quiero decirlo: en la Comisión de Constitución fui partidario de simplificar las circunstancias en el caso de la mujer que solicita el aborto por la causal de violación. La idea era que bastara que ella hubiese denunciado el hecho al Ministerio Público (los médicos solamente tendrían que certificar la edad gestacional); y, por otra parte, que pudiera presentar una declaración jurada de que fue víctima de abuso sexual ante el director del recinto asistencial donde ella pide el aborto, de manera que este pudiera realizar la denuncia. Porque puede ocurrir que la norma, por la forma como quedó redactada, se transforme en una fuente de conflictos.
Vuelvo a insistir: el deber de confidencialidad a mi juicio va a tener como límite las normas del Código Procesal Penal y las autorizaciones judiciales que pueda decretar el juez de garantía en orden a que el médico entregue los antecedentes de la confidencialidad, toda vez que aquí estamos frente a la investigación de un delito, que es la violación, cuyo esclarecimiento interesa a la sociedad en su conjunto.
Por esa razón, yo argumenté anteriormente que, aun cuando la víctima no declare, existen otros medios de prueba a los cuales el Ministerio Público puede recurrir para esclarecer los hechos.
Obviamente, la ficha médica o la declaración que la mujer realice en la confidencialidad médico-paciente es un elemento al que el Ministerio Público tendrá que recurrir con el objeto de determinar quién es el autor de la violación.
En consecuencia, si bien es cierto que apoyé esta causal en la Comisión, pienso que adolece de una serie de problemas que van a originarse durante su aplicación práctica, al momento de solicitarla.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, confundir el deber de confidencialidad con la impunidad creo que puede ser producto del agotamiento.
La verdad es que hoy día nos encontramos ante dos situaciones completamente distintas.
La primera es que, a diferencia de lo que propone esta iniciativa, si una mujer violada llega a un establecimiento médico y decide no denunciar, nadie se entera. El Ministerio Público no se entera, no investiga. ¡El delito no existe!
La señora ALLENDE.- Exacto.
El señor HARBOE.- Con la nueva ley, si la misma mujer llega al establecimiento médico a solicitar la interrupción de su embarazo, el equipo médico hará una evaluación, verá si sus lesiones corresponden o no al delito de violación, elaborará un informe y estará en la obligación de denunciar. No es voluntario. ¡Tendrá la obligación de denunciar!
¿Es el principio de confidencialidad un problema para el médico al momento de la denuncia? ¡No, pues! ¿Por qué? Porque el principio de confidencialidad, tal como se establece en la legislación internacional y en nuestro ordenamiento jurídico, tiene una finalidad: evitar que la situación que está viviendo un paciente sea conocida por terceros.
Por de pronto, tal como saben los colegas que son médicos, la ficha clínica es considerada, incluso desde el punto de vista de la protección de datos, un dato sensible, un dato confidencial, que no es susceptible de ser entregado.
Entonces, lo que va a ocurrir en la práctica es que el médico deberá poner los antecedentes en conocimiento del Ministerio Público, porque la finalidad de esta información es para el solo efecto de interponer la denuncia ante dicho organismo.
En consecuencia, no hay ningún problema de compatibilidad entre el principio de confidencialidad que existe en la relación médico-paciente y la obligación de denuncia.
A mayor abundamiento, sepan Sus Señorías que cuando llegan heridos a bala a algún recinto asistencial, los médicos hacen la denuncia ante el Ministerio Público. Y en tal caso no es que se esté violando el deber de confidencialidad, sino que existe una ponderación entre ambas obligaciones.
Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- No hay más inscritos.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se aprueba el inciso sexto, nuevo, del artículo 119 bis (16 votos a favor, 8 en contra y un pareo).
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, De Urresti, Girardi, Guillier, Harboe, Montes, Navarro, Quintana, Quinteros, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa las señoras Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Chahuán, Coloma, Espina, García-Huidobro, Hernán Larraín y Prokurica.
No votó, por estar pareado, el señor García.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, en la página 28 del comparado figura el artículo 3º del proyecto, que no fue objeto de indicaciones ni de modificaciones.
De consiguiente, correspondería darlo por aprobado, salvo que algún señor Senador, con la unanimidad de la Sala, pidiera lo contrario.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- ¿Senadora Von Baer?


La señora VON BAER.- Señor Presidente, una consulta al Secretario.
Entiendo que en la página 27 se debería votar la propuesta de la Comisión de Constitución, dado que se pidió votación separada.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Estamos en la página 28, artículo 3º del proyecto.
La señora VAN RYSSELBERGHE.- Es que se pasó de largo la página 27, señor Presidente.
La señora VON BAER.- Estoy haciendo una consulta.
La señora ALLENDE.- No hay texto que aprobar.
La señora VON BAER.- Perfecto.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En este caso, la norma no fue objeto de indicaciones y, si no hay peticiones de votación separada, se debe dar por aprobada.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Se mantuvo el texto vigente en el Código, porque se acogió la eliminación propuesta por la Comisión de Salud.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.
La señora VON BAER.- Perdón, señor Presidente, pero son dos normas distintas. Entiendo que acá se cambia la pena para el médico involucrado.
Por lo tanto, a nosotros nos gustaría votar en contra de la propuesta de la Comisión de Constitución, que acogió la eliminación de la Comisión de Salud, porque queremos volver al texto aprobado en general por el Senado.
El señor WALKER (don Ignacio).- ¿Dónde está eso?
La señora VON BAER.- En la página 27.
Es distinto de lo que se planteaba. Efectivamente, el texto cambió, pero el texto que cambió es distinto del que fue aprobado en general.
Por lo tanto, nosotros pedimos votarlo.
El señor LABBÉ (Secretario General).- En la página 27, que contiene el número 3, la columna correspondiente a la Comisión de Salud dice: "Eliminarlo, incluido el artículo 345 bis". Y la Comisión de Constitución acogió esta propuesta.
El señor HARBOE.- Pero el acuerdo de la Comisión de Constitución fue adoptado por unanimidad.
El señor COLOMA.- ¡Votemos!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Sería importante que la Senadora Von Baer le aclarara su petición al señor Secretario.
La señora VON BAER.- Señor Presidente, entiendo que se pidió votación separada para todos los artículos. Por eso que yo partí haciendo la pregunta.
En este caso, a nosotros nos gustaría volver al texto original, y por eso queremos votar en contra de la propuesta de la Comisión de Salud, que no es unánime. Solo fue adoptado por unanimidad el acuerdo de la Comisión de Constitución, no el de Salud.
Y -repito- nosotros queremos rechazar el informe de la Comisión de Salud para volver al texto aprobado en general.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Respecto de todos los números o solo respecto de uno de ellos?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Respecto del número 3.
La señora VON BAER.- En la página 27 del comparado, en el número 3, la Comisión de Constitución rechazó, cuatro por cero, la incorporación de un artículo 345 bis, y lo mismo hizo la Comisión de Salud, pero solo por tres votos contra dos.
¿Me sigue?
El señor LABBÉ (Secretario General).- Sí, señora Senadora.
La señora VON BAER.- Entonces, nosotros queremos votar la proposición de la Comisión de Salud, para volver al texto original, que es el artículo 345 bis, correspondiente al proyecto original del Gobierno...
El señor CHAHUÁN.- Es el que viene de la Cámara de Diputados.
La señora VON BAER.-... como salió de la Cámara de Diputados.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Entonces, se pondrá en votación.
El señor HARBOE.- ¿Me permite una cuestión de reglamento, antes?
El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, la votación sería la siguiente.
La señora ALLENDE.- ¡Un momento, señor Secretario!
El señor HARBOE.- ¡Reglamento, señor Presidente!
El señor LABBÉ (Secretario General).- Quienes estén de acuerdo con la Comisión de Salud, que propone eliminar el número 3, deben votar que sí, y quienes no estén de acuerdo deben votar que no.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Me está pidiendo la palabra el Presidente de la Comisión de Constitución, Senador señor Felipe Harboe.


El señor HARBOE.- Señor Presidente, quiero precisar algunos puntos a fin de ayudar al debate.
Encuentro muy legítimo lo que está planteando la Senadora Von Baer, pero en verdad no es posible acceder a su petición, dado que estamos votando el informe de la Comisión de Constitución.
En este caso, el acuerdo fue adoptado por unanimidad, por lo que no corresponde que sea revisado por la Sala, menos aún si además no se ha pedido votación separada para esta norma en particular, porque mal se podría pedir votación separada respecto de una norma que ya no existe, porque la Comisión la eliminó.
Además, en esta materia ya había un error inicial de la Comisión de Salud, que tipificó dos veces la misma situación: en el artículo 345 bis y en el artículo 3° del proyecto.
Probablemente -y aquí voy a hacer de intérprete-, a la Senadora Von Baer no le gusta como quedó el texto del artículo 3° y quiere volver al 345 bis. Pues bien, lamentablemente ya pasó el tiempo para ello, porque la discusión tendría que haber sido repuesta en la Comisión de Constitución, donde, como el texto no se aceptó, no llegó a la Sala.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Coloma.


El señor COLOMA.- Señor Presidente, el Senador Harboe está equivocado. Aquí se pidió votar separadamente inciso por inciso.
Entonces, no importa que no haya cambiado. Se pidió votación separada de cada uno de los incisos, y es lo que procede votar. ¡Todos!
Acabo de consultar al Secretario y la votación separada está solicitada. Por lo tanto, lo que procede es votar este punto específico.
Yo no estuve ni en la Comisión de Constitución ni en la de Salud. Pero pedimos votación separada y tenemos derecho a votar en contra. Tan simple como eso.
Y así lo ha ratificado el Secretario.
El señor HARBOE.- ¡Pero el número fue eliminado!
El señor COLOMA.- Por eso, queremos votar en contra de la eliminación.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ruego evitar los diálogos.
Tiene la palabra el Senador señor Chahuán.


El señor CHAHUÁN.- Señor Presidente, entendemos que a este respecto hubo un acuerdo unánime de la Comisión de Constitución, pero nosotros pedimos votación separada y, más aún, inciso por inciso.
En este caso, pretendemos volver al texto del proyecto tal como salió de la Cámara de Diputados.
Yo sé que esto implica buena voluntad, señor Presidente, pero además es reglamentario.
El señor COLOMA.- ¡Es un derecho!

El señor HARBOE.- Señor Presidente, mal se puede pedir votación separada respecto de una norma que no existe, porque fue eliminada.
A mayor abundamiento, ya fue aprobado el artículo 3°. Y es obvio que, si ya está aprobado por la Sala, no corresponde votar -tal como se ha hecho siempre en el Senado- el artículo 345 bis, que, además de no existir, es incompatible con el ya aprobado.
En consecuencia, habría dos vicios de forma.
Lo planteo para evitar problemas, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, lo que se vota en la Sala es el informe de una Comisión.
¡Eso es lo que estamos votando!
Y, en esta parte, nosotros queremos votar en contra del informe de la Comisión de Constitución, porque estamos de acuerdo con el texto original y, además, pedimos votación separada de todos los artículos.
Por lo tanto, podemos votar en contra del informe de la Comisión de Constitución.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario, para explicarnos cómo se puede resolver el asunto.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, dentro de las votaciones separadas que se pidieron oportunamente estaba la del artículo 2°, sin identificar que se votara norma por norma dentro de dicha disposición.
Pues bien, el artículo 2° fue puesto en votación en la Sala y fue aprobado tal cual.
Esa es la situación, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Por lo tanto, no hay un pronunciamiento pendiente.
El señor COLOMA.- ¿Cuándo se votó?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- La Secretaría me acaba de entregar el resultado de la votación respecto del artículo 2°.
En consecuencia, no procede la petición que ha hecho la señora Senadora.
Continuamos.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Como se indicó anteriormente, el artículo 3° del proyecto (páginas 28 y 29 del comparado) no fue objeto de indicaciones ni de modificaciones ni tampoco de peticiones de votación separada.
De consiguiente, corresponde que el señor Presidente lo dé por aprobado, salvo que algún señor Senador, con la unanimidad de la Sala, pida que se vote.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se da por aprobado.
--Se aprueba el artículo 3°.
El señor LABBÉ (Secretario General).- En seguida, el artículo 4° corresponde a las modificaciones al Código Procesal Penal y consta de dos letras: la letra a) (página 30 del comparado) y la letra b) (página 31).
Existe una petición de votación separada.
El señor WALKER (don Ignacio).- ¡Son adecuaciones!
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Harboe.
El señor HARBOE.- No voy a intervenir, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Von Baer.


La señora VON BAER.- Señor Presidente, quizás me puedan ilustrar los miembros de la Comisión de Constitución.
La letra a) del artículo 4° es para intercalar, en la letra d) del inciso primero del artículo 175, entre las palabras "delito" e "y", la siguiente frase: "con excepción de aquellos establecidos en los incisos primero y segundo del artículo 344 del Código Penal".
Si nos vamos a la página 25 del comparado,...
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Ahí está la norma.
La señora VON BAER.-... veremos que dice:
"La mujer que, fuera de los casos permitidos por la ley, causare su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, será castigada con presidio menor en su grado máximo.
"Si lo hiciere por ocultar su deshonra, incurrirá en la pena de presidio menor en su grado medio".
Lo que aquí se está haciendo no es solo adecuatorio respecto de las tres causales, sino que apunta, sobre todo, al aborto.
Entonces, no es adecuatorio. Es un cambio radical. Significa una modificación. Se está levantando la denuncia para el aborto más allá de las tres causales.
Por lo tanto -repito-, no es solamente adecuatorio.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, la Senadora Von Baer tiene toda la razón en lo que plantea.
Si lo quieren votar así, votémoslo, pero yo quiero que asumamos lo que estamos haciendo.
El artículo 175 del Código Procesal Penal (página 29 del comparado, primera columna) establece quiénes están obligados a denunciar. Empieza con los miembros de Carabineros de Chile y, en su letra d), incluye a "Los jefes de establecimientos hospitalarios o de clínicas particulares y, en general, los profesionales en medicina, odontología, química, farmacia y de otras ramas relacionadas con la conservación o el restablecimiento de la salud, y los que ejercieren prestaciones auxiliares de ellas, que notaren en una persona o en un cadáver señales de envenenamiento o de otro delito".
Estoy leyendo la norma vigente.
Por lo tanto, un jefe de establecimiento hospitalario está obligado a denunciar cuando llega alguien que muestra señales de haberse cometido un delito.
Es una norma antiquísima.
Por medio de la modificación propuesta, a ese jefe se le dice ahora: "Sí, usted tiene que denunciar, pero no deberá hacerlo nunca cuando llegue alguien con indicios de haber sido objeto de un aborto", sin distinguir ni edad, ni mes, ni nada, porque la norma no distingue.
¿Qué dice el artículo 344? "La mujer que (...) causare su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, será castigada con" la pena que indica. Y su inciso segundo agrega: "Si lo hiciere por ocultar su deshonra", y luego establece una atenuante de responsabilidad.
O sea, la norma se refiere a la mujer que llega con señales de haberse practicado un aborto, ya sea a los seis meses, a los siete meses, por cualquier causal o sin ninguna causal. Pero no alude a las tres causales que hemos aprobado. Porque, si hubiera quedado bien hecha, no debería referirse a casos que dejaron de ser aborto.
No sé si me explico.
Sin embargo, aquí se está diciendo que, frente a cualquier aborto ¡cualquier aborto!, si una mujer llega a un centro asistencial y el médico tiene los datos, este no está obligado a denunciar. Recuerden que si es mayor de edad debe denunciar ella el aborto. Si es menor de edad, se actúa de oficio.
Entonces, obviamente es una norma errónea, que está mal hecha. Porque, según lo han dicho todos, lo que se ha querido aquí es despenalizar en tres causales. Pero las demás deben perseguirse penalmente. Y aquí resulta que se le dice al director del hospital: "Mire, señor, cualquiera sea la edad, cualquiera sea la causal, si llega una mujer con señales de que se le practicó un aborto, usted no tiene que denunciarlo", con lo cual queda el delito en la impunidad...
La señora VON BAER.- Deja de ser delito.
El señor ESPINA.- Deja de ser delito.
Si una mujer de 15 años llega con señales de haber abortado a los cuatro meses de embarazo, o si se trata de una mujer de 21 años, el director del hospital no está obligado a denunciarlo. Tratándose de las mayores de edad, el conflicto no existiría, porque en ese caso no cabe la denuncia si no es por acción propia de ellas. El problema es con las menores de edad, pues ahí está obligado siempre a denunciar.
Por lo tanto, esta norma está mal elaborada. Tiene que rechazarse y seguir aplicándose las reglas generales. Si esta disposición no se aprobara -entre paréntesis, mi propósito es sacar un proyecto ordenado-, van a quedar las cosas como corresponden. Como no habrá aborto en los casos que se han aprobado, no hay nada que denunciar. Pero debe mantenerse la norma en aquellos casos en que el aborto no se derogó.
En consecuencia, señor Presidente, esta norma debiera rechazarse por coherencia con el resto del proyecto. De lo contrario, no habrá deber de denunciar. Va a llegar cualquier menor de edad, en cualquier fecha, y si el médico ve que tenía cinco meses de embarazo y abortó, no estará obligado a denunciar. ¡Eso es lo que dice la norma!
El señor QUINTEROS.- De acuerdo.
El señor WALKER (don Patricio).- Votemos en contra.
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Araya.


El señor ARAYA.- Señor Presidente, en esto tiene toda la razón el Senador Espina.
Efectivamente, esta norma estaba pensada con otra redacción del artículo 344, cuando señalaba expresamente que no había aborto en tres causales. Después la Comisión de Constitución corrigió eso. Y estas dos normas estaban pensadas con el texto antiguo.
Así que en eso tiene mucha razón el Senador Espina. Por lo tanto, hay que rechazar las dos normas.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- En votación el artículo 4º, nuevo, introducido por la Comisión de Constitución.
El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Terminada la votación.
--Se rechaza el artículo 4º, nuevo (17 votos en contra, 7 abstenciones y un pareo).
Votaron en contra las señoras Goic, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Araya, Chahuán, Coloma, Espina, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Hernán Larraín, Navarro, Prokurica, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Se abstuvieron las señoras Allende y Muñoz y los señores De Urresti, Harboe, Montes, Quintana y Quinteros.
No votó, por estar pareado, el señor García.

El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Resta ver el artículo transitorio.
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, el artículo transitorio originalmente no fue objeto de ninguna modificación ni indicación.
Sin embargo, sucede lo siguiente.
El Ejecutivo ha hecho llegar una indicación. No es una indicación renovada, sino nueva, que naturalmente requeriría unanimidad para ser tratada.
La indicación propone agregar un inciso primero nuevo, pasando el inciso actual a ser inciso segundo, del siguiente tenor:
"Las prestaciones reguladas en esta ley serán exigibles a contar de la dictación del decreto a que se refiere en el inciso décimo tercero del artículo 119 del Código Sanitario, la que deberá tener lugar en el plazo de 90 días contado desde la publicación.".
El señor ZALDÍVAR, don Andrés (Presidente).- Se requiere unanimidad para que sea tratada.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Si le parece a la Sala, se aprobará. --Se aprueba la indicación presentada por el Ejecutivo y queda despachado el proyecto en este trámite.