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DEPARTAMENTO DE INFORMACIONES DEL SENADO
Sesión 13ª, Ordinaria, en martes 9 de mayo de 2017.
De 16:22 a 19:20 horas. Asistencia de 35 señores Senadores
Presidieron la sesión los Senadores Guido Girardi, Vicepresidente y Eugenio Tuma, Presidente accidental.
Actuó como Secretario General el señor Mario Labbé Araneda.



DESIGNA INTEGRANTES DEL COMITÉ DE AUDITORIA PARLAMENTARIA

Por unanimidad se aprobó la propuesta de Acuerdo de la Comisión Bicameral del Artículo 66 A de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, relativo a la designación de los integrantes del Comité de Auditoría Parlamentaria.
De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 66 A, corresponde a una Comisión Bicameral integrada por 4 diputados y 4 senadores, proponer los integrantes del Comité de Auditoría Parlamentaria del Congreso Nacional. Estos integrantes deberán ser nombrados por los tres quintos de los senadores y diputados en ejercicio y durarán seis años en el cargo.
Acuerdo:
- Designa a las siguientes personas para los cargos que se indican del Comité de Auditoría Parlamentaria:

1.- En el cargo de abogado, a la señora Priscila Marina Jara Fuentes;

2.- En el cargo de contador auditor, al señor Jorge Fernando Sirriya Carapelle; y

3.- En el cargo de especialista en materia de Auditoría, al señor Carlos Alberto Tapia Sagredo.
- Asimismo la Comisión Bicameral acordó designar a la señora Jara Fuentes, como coordinadora del Comité de Auditoría Parlamentaria.
Intervinieron los Senadores Pedro Araya, Antonio Horvath e Iván Moreira.
En consecuencia, el Senado ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 66 A de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.




CREA LA DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ

Se aprobó en particular el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que crea la Defensoría de los Derechos de la Niñez. (Boletín N° 10.584-07) Con urgencia calificada de "suma".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto continuar con el cumplimiento del compromiso del Estado de Chile de adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de cualquier índole que sean necesarias para permitir el ejercicio efectivo de los derechos reconocidos en la "Convención sobre los Derechos del Niño", mediante la creación de un mecanismo independiente y eficaz que vigile la aplicación de dicho instrumento internacional.
Contenido del proyecto de ley:
- Crea la Defensoría de los Derechos de la Niñez, como una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio propio y domicilio en la Región Metropolitana, sin perjuicio de los que pueda establecer en las distintas regiones del país.
- Su objeto será la difusión, promoción y protección de los derechos de los niños, reconocidos en la Constitución, las leyes y tratados internacionales, velando por su interés superior.
- Entrega a la Defensoría las facultades y atribuciones necesarias para cumplir su objetivo, tales como la difusión, promoción y protección de los derechos de los niños; realizar recomendaciones específicas sobre las materias que se les planteen; emitir informes y recomendaciones a cualquier órgano del Estado; observar y hacer seguimiento a la actuación de los órganos de la administración del Estado, a personas jurídicas de derecho privado que tengan por objeto la promoción o protección de derechos de los niños y a organizaciones que puedan afectar con sus acciones tales derechos, de acuerdo a un plan que se elabore para estos efectos; y visitar centros o instituciones en que un niño permanezca privado de libertad, reciban o no recursos por parte del Estado.
- Establece como principios rectores que orientarán el ejercicio de las funciones y atribuciones de la Defensoría, el interés superior del niño o niña; el derecho a ser oído; la autonomía progresiva y el derecho y deber preferente de los padres de educar a sus hijos.
- Regula la organización interna de la Defensoría, la que deberá considerar, entre otras, las áreas de protección de derechos; de promoción y difusión de los mismos y la de estudios.
- Dispone que la Defensoría estará encabezada por un Defensor, quien será su director y representante legal; durará 8 años en el cargo y será designado por acuerdo del Senado, adoptado por los dos tercios de sus miembros en ejercicio, y sobre la base de una terna propuesta por la Comisión de Derechos Humanos de dicha Corporación, la que deberá, para estos efectos, oír especialmente al Consejo Directivo del Instituto Nacional de Derechos Humanos.
- Establece los requisitos, inhabilidades e incompatibilidades para ejercer el cargo de Defensor y las causales de cesación en el mismo.
- La Defensoría deberá presentar anualmente un informe, en el cual se consignen, entre otras, todas las actividades desarrolladas en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, además de una descripción del grado de cumplimiento, por parte de los órganos del Estado, de los requerimientos que se les haya formulado.
- Existirá un Consejo Consultivo donde estarán representados los niños y niñas, la sociedad civil y los académicos, siendo su función principal la de asesorar al Defensor en todas aquellas cuestiones de su competencia que requieran para su adecuada resolución del pronunciamiento de la comunidad.
- Quienes desempeñen funciones directivas en la Defensoría serán seleccionados mediante concurso público efectuado por el Servicio Civil, de conformidad con las normas que regulan los procesos de selección de la Alta Dirección Pública.
Intervinieron los Senadores Alberto Espina, Patricio Walker, Alejandro Navarro, Isabel Allende, Jorge Pizarro, Rabindranath Quinteros, Baldo Prokurica, Antonio Horvath, Ricardo Lagos, Carlos Bianchi, Ena Von Baer, Hernán Larraín, Andrés Allamand, Francisco Chahuán, Jaime Quintana, Ignacio Walker, Lily Pérez, Alfonso De Urresti, la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de la Infancia, Estela Ortiz y el Ministro de Justicia, Jaime Campos.
En consecuencia, el proyecto de ley pasa a la Cámara de Diputados, en segundo trámite constitucional.

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