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DEPARTAMENTO DE INFORMACIONES DEL SENADO
Sesión 5ª, Ordinaria, en martes 4 de abril de 2017
De 16:20 a 18:56 horas. Asistencia de 34 señores Senadores
Presidieron la sesión los Senadores Andrés Zaldívar, Presidente y Guido Girardi, Vicepresidente.
Actuó de Secretario General el señor Mario Labbé Araneda.



CAMBIO DE PRESIDENCIA EN COMISIONES

Se dio cuenta que la Comisión de Agricultura ha elegido al Senador José García Ruminot, como su Presidente.




INCENTIVA LA INCLUSIÓN DE DISCAPACITADOS AL MUNDO LABORAL -COMISIÓN MIXTA-

Por unanimidad se aprobó el Informe de la Comisión Mixta, recaído en el proyecto de ley que incentiva la inclusión de personas con discapacidad al mundo laboral. (Boletines N°s 7.025-31 y 7.855-13) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en sendas mociones de la Cámara de Diputados, tiene por objeto favorecer la efectiva inclusión de los trabajadores que padecen algún grado de discapacidad en el mundo laboral.
Contenido del proyecto de ley:
- Impone a los órganos de la Administración del Estado, al Congreso Nacional, Poder Judicial, Ministerio Público, Tribunal Constitucional, Servicio Electoral, Justicia Electoral y demás tribunales especiales creados por ley, que se encuentren en procesos de selección de personal, el deber de considerar en forma preferente, en igualdad de condiciones de mérito, a personas con discapacidad.
- En las instituciones señaladas que posean una dotación anual de 100 o más funcionarios, a lo menos un 1% de ésta deberá estar constituida por personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional. Las personas con discapacidad deberán contar con la calificación y certificación que establece este proyecto de ley.
- Corresponderá al jefe superior del servicio correspondiente, el deber de adoptar las medidas necesarias para la observancia de la obligación de reserva de cupos, cuyo incumplimiento deberá ser justificado fundadamente ante la Dirección Nacional del Servicio Civil y el Servicio Nacional de la Discapacidad. Sólo se considerarán razones fundadas para no cumplir total o parcialmente la obligación el no contar con cupos disponibles en la dotación de personal y la falta de postulantes que cumplan con los requisitos respectivos.
- Permite a las personas con discapacidad celebrar el contrato de aprendizaje contemplado en el Código del Trabajo, hasta los 26 años de edad.
- Prohíbe dentro de la Administración Pública, todo acto de discriminación arbitraria que se traduzca en exclusiones o restricciones, o aquéllos basados en motivos tales como de raza, situación socioeconómica, idioma, opinión política, orientación sexual, identidad de género, estado civil, edad, que tengan por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades o trato en el empleo.
- Extiende la obligación de reserva de cupo de al menos un 1% para personas con discapacidad, que cuenten con la debida calificación y certificación de tal, a todas las empresas del sector privado que cuenten con 100 o más trabajadores.
- Impone al empleador el deber de registrar los contratos de trabajo celebrados con personas con discapacidad o asignatarios de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, dentro de los 15 días siguientes a su celebración, a través del sitio electrónico de la Dirección del Trabajo, a la que le corresponderá llevar un registro actualizado de lo anterior, debiendo mantener reserva de dicha información.
- Establece medidas alternativas para las empresas que, por razones fundadas, no puedan cumplir total o parcialmente la obligación de reserva de cupo.
- Deroga la norma que permitía, en el caso de la contratación de una persona con discapacidad mental, la estipulación libre de una remuneración sin que se aplicara el piso de las normas sobre ingreso mínimo.
Intervinieron los Senadores Rabindranath Quinteros, Adriana Muñoz, Fulvio Rossi, Carolina Goic, Baldo Prokurica, Victor Pérez, Alejandro Navarro, Carlos Bianchi, Francisco Chahuán, el Ministro de Desarrollo Social, Marcos Barraza y la Ministra del Trabajo y Previsión Social, Alejandra Krauss.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a la Cámara de Diputados, para que sea remitido al Ejecutivo, comunicándole su aprobación por el Congreso Nacional.




PIDEN DENUNCIAR LA VIOLACIÓN DEL ORDEN CONSTITUCIONAL DEL GOBIERNO DE VENEZUELA

Por unanimidad, se aprobó el proyecto de acuerdo presentado por los Senadores Carolina Goic, Adriana Muñoz, Ena Von Baer, Andrés Allamand, Francisco Chahuán, Juan Antonio Coloma, José García, Alejandro García-Huidobro, Alejandro Guillier, Antonio Horvath, Ricardo Lagos, Manuel Antonio Matta, Carlos Montes, Iván Moreira, Manuel José Ossandón, Jorge Pizarro, Baldo Prokurica, Rabindranath Quinteros, Fulvio Rossi, Eugenio Tuma, Ignacio Walker, Patricio Walker y Andrés Zaldívar, por medio del cual condenan la situación que afecta a la Asamblea Nacional de Venezuela y a sus integrantes lo que amenaza el Estado de Derecho de dicho país, y solicitan a la Presidenta de la República que denuncie en los foros internacionales competentes la violación del orden constitucional y se inste al gobierno venezolano a respetar la independencia del Poder Legislativo, convoque a elecciones democráticas y libere a los prisioneros de conciencia. (Boletín N° S 1.924-12)




CREA FONDO PARA FINANCIAR PERMISO DE PADRES PARA ACOMPAÑAR A HIJOS GRAVES

Por unanimidad se aprobó en general y en particular, el proyecto de ley que extiende y modifica la cotización extraordinaria para el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y crea el fondo que financiará el seguro para el acompañamiento de los niños y niñas que indica. (Boletín N° 11.161-13) Con urgencia calificada de "discusión inmediata".
El proyecto de ley, iniciado en Mensaje, tiene por objeto prorrogar la vigencia de la cotización extraordinaria de los Fondos de Contingencia de las mutualidades, e implementar un nuevo mecanismo de permiso laboral con un subsidio asociado, para los padres y madres que tengan un hijo que padezca una enfermedad grave.
Contenido del proyecto de ley:
- Crea un Fondo destinado al financiamiento de un seguro para los padres trabajadores con hijos menores de edad afectados por una condición grave de salud, con el propósito que puedan ausentarse justificadamente de su trabajo durante un tiempo determinado, para prestarles atención, acompañamiento o cuidado personal.
- El Fondo de acompañamiento de menores se integrará con el pago de una cotización del 0,03% de las remuneraciones imponibles de los trabajadores dependientes, la que será de cargo del empleador. En el caso de los trabajadores independientes la cotización será de su cargo y se calculará sobre su renta imponible.
- Dispone la implementación gradual de la cotización señalada, de acuerdo a los porcentajes y tramos que se establecen, para alcanzar el monto definitivo del 0,03 % a partir del 1° de enero de 2020.
- La recaudación de esta cotización se efectuará por las mutualidades de empleadores y el Instituto de Seguridad Laboral, mientras no se apruebe la ley que regule la administración y funcionamiento del Fondo que se crea.
- Prorroga, hasta diciembre de 2019, la cotización extraordinaria para el Fondo de Contingencia administrado por las mutualidades de empleadores, disminuyéndola gradual y progresivamente, a partir del 1° de abril de 2017, hasta su extinción el 31 de diciembre de ese año, fecha en la cual se extinguirá.
- Acota la obligación de cada mutualidad de destinar recursos a la adquisición de activos representativos del Fondo de Contingencia, reduciendo el monto de la inversión que deberá efectuarse a una suma equivalente al 65% (y ya no al 100%) del monto de la reserva de pensiones.
Intervinieron los Senadores Carolina Goic, Carlos Montes, José García, Jorge Pizarro, Lily Pérez, Fulvio Rossi, Carlos Bianchi, Juan Antonio Coloma, Adriana Muñoz, Antonio Horvath y los Ministros de Hacienda, Rodrigo Valdés y del Trabajo y Previsión, Alejandra Krauss.
En consecuencia, el proyecto de ley vuelve a la Cámara de Diputados para que sea remitido al Ejecutivo, comunicándole su aprobación por el Congreso Nacional.




FACILITA ENTREGA DE PROPINAS EN ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

Por unanimidad, se aprobaron las enmiendas introducidas por la Cámara de Diputados al proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que facilita la entrega de propinas en establecimientos de comercio. (Boletín N° 10.329-13)
El proyecto de ley, iniciado en Moción de los Senadores Alejandro García-Huidobro, Adriana Muñoz, Jacqueline Van Rysselberghe, Juan Antonio Coloma y Juan Pablo Letelier, tiene por objeto posibilitar en los establecimientos comerciales en que se deje propina, el que ésta se pueda hacer efectiva también mediante los servicios electrónicos de pago.
Contenido del proyecto de ley:
- Hace aplicables las normas del Código del Trabajo que garantizan la entrega de las propinas a los trabajadores de restaurantes, a todos los empleados de establecimientos de atención al público en los que se deje propina, como las estaciones de expendio de combustibles u otros.
- Dispone que en los establecimientos en que se acepten medios electrónicos de pago, deberán permitirse que la propina también pueda ser pagada por los mismos medios.
- Precisa que corresponde al trabajador la elección de la forma en que desea que el empleador le entere la propina incluida en el monto total cancelado por el cliente.
Intervinieron los Senadores Adriana Muñoz, Alejandro García-Huidobro, Iván Moreira, Juan Antonio Coloma, Lily Pérez, Francisco Chahuán y Alejandro Guillier.
En consecuencia, procede remitir el proyecto de ley al Ejecutivo, comunicándole su aprobación por el Congreso Nacional.




ESTABLECE UN SISTEMA INDEMNIZATORIO PARA LOS TRABAJADORES CONTRATADOS POR OBRA, FAENA O SERVICIO

Quedó pendiente la discusión en general y en particular del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el Código del Trabajo en materia de contrato de trabajo por obra o faena. (Boletín N° 7.691-13)
El proyecto de ley, iniciado en Moción de la Cámara de Diputados, tiene por objeto precisar en el Código del Trabajo el concepto de contrato por obra o faena, confiriendo el derecho a feriado anual y una indemnización equivalente a dos y medio día de remuneración por cada mes trabajado si el contrato hubiere estado vigente por un mes o más.
En consecuencia, procede continuar con la discusión del proyecto de ley, en la próxima sesión que celebre el Senado.