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REPÚBLICA DE CHILE
DIARIO DE SESIONES DEL SENADO
PUBLICACIÓN OFICIAL
LEGISLATURA 364ª
Sesión 31ª, en miércoles 13 de julio de 2016
Ordinaria
(De 16:26 a 19:16)
PRESIDENCIA DE SEÑORES RICARDO LAGOS WEBER, PRESIDENTE,
Y JAIME QUINTANA LEAL, VICEPRESIDENTE
SECRETARIO, EL SEÑOR MARIO LABBÉ ARANEDA, TITULAR
____________________
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
I. ASISTENCIA
Asistieron las señoras y los señores:
--Allamand Zavala, Andrés
--Allende Bussi, Isabel
--Araya Guerrero, Pedro
--Bianchi Chelech, Carlos
--Chahuán Chahuán, Francisco
--Coloma Correa, Juan Antonio
--De Urresti Longton, Alfonso
--Espina Otero, Alberto
--García Ruminot, José
--García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro
--Girardi Lavín, Guido
--Goic Boroevic, Carolina
--Guillier Álvarez, Alejandro
--Horvath Kiss, Antonio
--Lagos Weber, Ricardo
--Larraín Fernández, Hernán
--Letelier Morel, Juan Pablo
--Matta Aragay, Manuel Antonio
--Montes Cisternas, Carlos
--Moreira Barros, Iván
--Muñoz D´Albora, Adriana
--Ossandón Irarrázabal, Manuel José
--Pérez San Martín, Lily
--Pérez Varela, Víctor
--Pizarro Soto, Jorge
--Prokurica Prokurica, Baldo
--Quintana Leal, Jaime
--Quinteros Lara, Rabindranath
--Tuma Zedan, Eugenio
--Van Rysselberghe Herrera, Jacqueline
--Walker Prieto, Ignacio
--Walker Prieto, Patricio
--Zaldívar Larraín, Andrés
Concurrieron, además, los Ministros de Hacienda, señor Rodrigo Valdés Pulido, y de Energía, señor Máximo Pacheco Matte.
Asimismo, se encontraba presente el Subsecretario de Prevención del Delito, señor Antonio Frey Valdés.
Actuó de Secretario el señor Mario Labbé Araneda, y de Prosecretario, el señor José Luis Alliende Leiva.
II. APERTURA DE LA SESIÓN
--Se abrió la sesión a las 16:26, en presencia de 21 señores Senadores.
El señor LAGOS (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.
III. TRAMITACIÓN DE ACTAS

El señor LAGOS (Presidente).- Se dan por aprobadas las actas de las sesiones 27ª y 28ª, ordinarias, en 5 y 6 de julio del año en curso, respectivamente, que no han sido observadas.
IV. CUENTA

El señor LAGOS (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría.

El señor ALLIENDE (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas:
Mensajes
Cinco de Su Excelencia la Presidenta de la República:
Con el primero retira y hace presente la urgencia, calificándola de "suma", para la tramitación del proyecto de ley que permite la emisión de medios de pago con provisión de fondos por entidades no bancarias (boletín N° 9.197-03).
Con los cuatro siguientes retira y hace presente la urgencia, calificándola de "simple", para la tramitación de los siguientes asuntos:
1) Proyecto de ley que establece el Sistema Nacional de Emergencia y Protección Civil y crea la Agencia Nacional de Protección Civil (boletín N° 7.550-06).
2) Proyecto de ley que perfecciona la justicia tributaria y aduanera (boletín N° 9.892-07).
3) Proyecto que modifica el artículo 39 A de la Ley General de Telecomunicaciones para garantizar las comunicaciones en situaciones de emergencia (boletín Nº 10.402-15).
4) Proyecto de ley, iniciado en moción del Senador señor Navarro, que modifica la pena para la radiodifusión no autorizada (boletín Nº 10.456-15).
--Se tienen presentes las calificaciones y se manda agregar los documentos a sus antecedentes.
Oficios
Del Excelentísimo Tribunal Constitucional:
Expide copia de las sentencias definitivas pronunciadas en el control de constitucionalidad de los siguientes proyectos de ley:
1) El que repone facultades del Servicio Electoral (boletín N° 10.716-06).
--Se toma conocimiento y se manda comunicar a Su Excelencia la Presidenta de la República.
2) El que modifica la ley N° 19.884, sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral, en materia de límite a los montos de los aportes que efectúan los candidatos a concejal en sus campañas (boletín N° 10.694-06).
--Se manda archivar el documento junto a sus antecedentes.
Adjunta resoluciones dictadas en los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de las siguientes disposiciones:
-Artículo 20 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
-Inciso cuarto del artículo 171 del Código Tributario.
--Se remiten los documentos a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Del señor Ministro de Relaciones Exteriores:
Responde solicitud de información, enviada en nombre del Senador señor De Urresti, acerca del desarrollo de la actividad turística en el continente antártico.
Contesta acuerdo del Senado relativo a la República Bolivariana de Venezuela.
De la señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos:
Atiende solicitud, formulada en nombre del Senador señor Navarro, en el sentido de evaluar la realización de una campaña para que los jóvenes puedan realizar los trámites conducentes a obtener su cédula de identidad en los establecimientos educacionales.
De la señora Ministra de Salud:
Responde solicitud de información, cursada en nombre del Senador señor Horvath, referente al cumplimiento del compromiso presidencial del año 2007 de mantener la categoría de mediana complejidad del Hospital de Aysén, que está en condiciones de ser inaugurado durante el presente año.
Del señor Ministro de Obras Públicas:
Contesta petición, enviada en nombre del Senador señor Horvath, a fin de que esa Cartera adopte las medidas necesarias para la pronta instalación de una rampa en el sector del ventisquero Jorge Montt.
Responde requerimiento, hecho en nombre de la Senadora señora Van Rysselberghe, sobre el estado de la licitación del embalse multipropósito Punilla y del cronograma actualizado de la concesión.
Remite información, requerida en nombre del Senador señor De Urresti, en cuanto a nómina y antecedentes de los derechos de agua solicitados y asignados en la cuenca del lago Ranco y en el río Bueno, en la provincia del Ranco.
Del señor Subsecretario del Interior:
Responde planteamiento, efectuado en nombre del Senador señor Tuma, para informar sobre materias relativas a los bienes fiscales destinados a las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública en las comunas de Victoria y Traiguén.
Del señor Subsecretario de Justicia:
Informa requerimiento sobre los motivos de la paralización parcial de actividades de la Asociación Nacional de Suboficiales y Gendarmes y de la Asociación de Gendarmes de Chile el 25 de mayo pasado, materia consultada en nombre del Senador señor Navarro.
Del señor Subsecretario de Telecomunicaciones:
Atiende consulta, cursada en nombre del Senador señor Navarro, sobre materias relativas a solicitudes de concesión de radiodifusión en los diez últimos años y a clausura y cierre de radioemisoras.
Del señor Intendente de Los Ríos:
Informa requerimiento sobre el estado del proyecto de construcción de Tenencia de Carabineros en comuna de Mariquina, materia consultada en nombre de la Senadora señora Von Baer.
Del señor Alcalde de Lautaro:
Atiende petición, cursada en nombre del Senador señor Espina, para que se realicen las reparaciones que correspondan en la intersección de las calles Benjamín Truan y Manuel Rodríguez, de la comuna de Lautaro.
Del señor Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Atacama:
Da respuesta a requerimiento, expedido en nombre del Senador señor Prokurica, referido a la factibilidad de construir viviendas sociales en el sector de La Florida, comuna de Tierra Amarilla.
Del señor Director Nacional (S) del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura:
Contesta petición, realizada en nombre del Senador señor Navarro, para informar sobre los antibióticos utilizados por la industria salmonera y los efectos que pueden provocar en la salud humana.
Del señor Alcalde de Angol:
Contesta peticiones de información, formuladas en nombre del Senador señor Espina, sobre los siguientes asuntos relacionados con esa comuna:
-Retiro del tendido eléctrico de propiedad ubicada en la población Juan Pablo II.
-Plan de limpieza de basural en sector de avenida La Paz y su debida fiscalización.
-Mejoramiento de calles y solución a colapso de canal de aguas en pasajes de Villa Las Naciones.
-Reparación de sector de calle Caupolicán y retiro de basura que se acumula en el lugar.
-Soluciones a aislamiento que afecta al sector de Alboyanco debido a que sus calles se encuentran intransitables.
De la señora Directora de la JUNAEB de la Región de La Araucanía:
Atiende solicitud de información, realizada en nombre del Senador señor García, acerca de las razones por las cuales los alumnos, apoderados, profesores y directivos de los colegios particulares subvencionados de la comuna de Toltén no fueron invitados a participar en la ceremonia de entrega de computadores realizada el 14 de junio pasado.
De la señora Directora del Servicio de Salud de Atacama:
Informa requerimiento acerca de las medidas adoptadas para contar con una unidad de cuidados intensivos pediátricos en el Hospital Regional San José del Carmen, de la ciudad de Copiapó, materia consultada en nombre del Senador señor Prokurica.
--Quedan a disposición de Sus Señorías.
Informes
Segundo informe de la Comisión de Hacienda e informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento recaídos en el proyecto de ley que crea la Comisión de Valores y Seguros (boletín Nº 9.015-05) (con urgencia calificada de "suma").
--Por acuerdo de Comités, queda para la tabla de esta sesión.
Moción
De los Senadores señor Horvath, señora Pérez San Martín y señores Bianchi, Guillier y Navarro, con la que inician un proyecto de ley que remplaza el inciso final del artículo 1.225 del Código Civil en materia de aceptación o repudio de una asignación en favor de la mujer casada en régimen de sociedad conyugal (boletín Nº 10.794-07).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
El señor LAGOS (Presidente).- Terminada la Cuenta.
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El señor LAGOS (Presidente).- Señores Senadores, respecto al Orden del Día, los Comités acordaron que hoy comenzáramos a tratar la iniciativa que crea la Comisión de Valores y Seguros.
Sin embargo, debo recordar que en la sesión ordinaria de ayer quedó pendiente la discusión particular del proyecto que permite la creación de los consejos y de los planes comunales de seguridad pública.
Restan tres votaciones: dos de quorum especial y una de quorum simple.
¿Correcto, señor Secretario?

El señor LABBÉ (Secretario General).- Sí, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).- En consecuencia, pido la autorización de la Sala para terminar de ver dicho proyecto y a continuación tratar el que crea la Comisión de Valores y Seguros.
¿Les parece a Sus Señorías?
--Así se acuerda.
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El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Girardi.

El señor GIRARDI.- Señor Presidente, le pido que recabe la autorización de la Sala para que el proyecto que establece el Día Nacional de la Ciencia y la Tecnología, que es muy breve, se discuta en general y particular en el primer informe.

El señor LAGOS (Presidente).- ¿Les parece, señores Senadores?
--Así se acuerda.
V. ORDEN DEL DÍA



CREACIÓN DE CONSEJOS Y PLANES COMUNALES DE SEGURIDAD PÚBLICA


El señor LAGOS (Presidente).- Conforme a lo resuelto por la Sala, corresponde proseguir la discusión particular del proyecto, en segundo trámite, que modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y la ley N° 20.502, que establece el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, para permitir la creación de los consejos y planes comunales de seguridad ciudadana, con segundo informe e informe complementario del segundo informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización e informe de la Comisión de Hacienda, y urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.601-25) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 96ª, en 10 de marzo de 2015 (se da cuenta).
Informes de Comisión:
Gobierno, Descentralización y Regionalización: sesión 15ª, en 12 de mayo de 2015.
Gobierno, Descentralización y Regionalización (segundo): sesión 27ª, en 5 de julio de 2016.
Gobierno, Descentralización y Regionalización (complementario del segundo informe): sesión 27ª, en 5 de julio de 2016.
Hacienda: sesión 27ª, en 5 de julio de 2016.
Discusión:
Sesiones 16ª, en 13 de mayo de 2015 (se aprueba en general); 29ª, en 6 de julio de 2016 (queda pendiente la discusión en particular).

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Tal como señaló el señor Presidente, están pendientes tres votaciones.
Les ruego a Sus Señorías dirigirse a la página 9 del comparado, donde el Senador señor Coloma pidió votación separada respecto del número 4).
Se trata del artículo 16 bis.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.

El señor PROKURICA.- Señor Presidente, nosotros solicitamos votar separadamente el artículo 7° transitorio, no el número 4).
No sé si el Senador Coloma pidió otro pronunciamiento aparte.

El señor LAGOS (Presidente).- Sí pidió, Su Señoría. El artículo mencionado por usted, que no es de quorum especial, viene con posterioridad.

El señor PROKURICA.- Gracias, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).- Por favor, señor Secretario, haga la relación correspondiente, para saber qué estamos votando.

El señor LABBÉ (Secretario General).- El Honorable señor Coloma solicitó votación separada respecto del artículo 1°, numeral 4), que figura en la página 9 del comparado.
Sobre el particular, la Secretaría pregunta si se está pidiendo votación separada de las modificaciones o del texto completo del artículo 16 bis.


El señor LAGOS (Presidente).- ¿Va a hacer uso de la palabra, Senador señor Coloma?

El señor COLOMA.- Sí, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría para dar una explicación.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, como usted bien sabe, nosotros solicitamos dos votaciones separadas: esta y la siguiente -me parece que recaen en los numerales 4) y 12)-; y las explicaciones se dieron con motivo de la discusión del día de ayer.
¿En qué consisten básicamente nuestras solicitudes?
Yo comparto el sentido de la proposición que se hace en cuanto a crear consejos y planes comunales de seguridad ciudadana y a establecer una estructura teóricamente distinta para enfrentar la delincuencia, que prevé la incorporación de los municipios.
Esa era la parte mística del relato, la parte que a uno le permitía decir "Vamos a enfrentar de otra forma el antiguo problema de la delincuencia: con funciones nuevas que se encomendarán a las municipalidades".
Sin embargo, la materialización de todo eso adolece de un pecado original, que se traduce en estas dos votaciones separadas (la que señaló el señor Secretario la pedí yo; la otra, el Senador Espina), las cuales plantean lo mismo: el problema del financiamiento.
Al final, el informe financiero del proyecto dice que no se requiere financiamiento del Estado: cero.
Hay una Subsecretaría, la cual tiene determinados recursos, que se reparten en mil cosas distintas y que para funcionar no necesitan la ley en proyecto.
Entonces, lo que no me parece coherente es que se presente una especie de espejismo en el sentido de que las cosas van a cambiar, en circunstancias de que ello no sucederá si no existen recursos.
Respecto de los planes específicos, hay que distinguir las 74 comunas que sí van a disponer de un grado de financiamiento (porque hoy día están dentro de las priorizadas por la Subsecretaría correspondiente y, por tanto, podrán solventar el mecanismo diseñado y la creación del cargo de director comunal de seguridad pública) de las 270 y tantas que no lo tendrán y que contarán o no con la nueva estructura según el equipo municipal lo quiera y existan fondos propios para que ella pueda funcionar.
Por eso, a mí me parece -es mi caso, por lo menos, y lo señalé así en la discusión general- que lo coherente es entender que se contempla un paso razonable para enfrentar la delincuencia, pero que es instrumentalizado de una forma muy equivocada al no contabilizarse recurso alguno en relación con los nuevos planes.
¿Qué va a pasar al final? Se les dirá a los municipios lo de siempre: que no cumplen con su tarea, porque tienen funciones y no las desarrollan. ¿Y por qué no lo hacen? Por carecer de medios.
Ya que el señor Secretario me lo preguntó, ese es un poquito el razonamiento por el cual pedí la votación separada de las dos disposiciones, ante la distancia entre lo que se plantea y lo que se logra.
Sé que algunos señores Senadores incluso consideran la cuestión en forma más extrema, estimando tan ilusorio lo que se expresa que han votado en contra de todo.
Lo que estoy exponiendo es que la estructura podría haber sido bien utilizada, pero, al encontrarse desfinanciados estos dos ejes, ella no presenta, a mi juicio, la coherencia ni la enjundia ni el músculo suficientes para enfrentar la nueva forma que deberíamos buscar a fin de disminuir de alguna manera los índices de delincuencia con el apoyo de los municipios.
He dicho.

El señor LAGOS (Presidente).- Solicito la autorización de la Sala para que asistan a la sesión el Subsecretario de Prevención del Delito, señor Antonio Frey, y su asesor, señor José Pedro Silva.
--Así se acuerda.
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El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Quinteros.

El señor QUINTEROS.- Señor Presidente, podría compartir las aprensiones de algunos señores Senadores en cuanto al financiamiento del cargo de Director de Seguridad Pública, pero creo que desaparecen desde el momento en que se aprobó la reciente ley vinculada con las plantas municipales, en virtud de la cual el alcalde, con acuerdo del concejo, puede ampliar la planta y proponer nuevos cargos, entre los cuales podría incluirse el que nos ocupa.
A mi juicio, la disposición en debate viene a solucionar una dificultad actual de los municipios, donde la persona encargada de la seguridad pública se halla a honorarios o bajo otro concepto. Ello podrían regularizarlo.
Reitero que la aprensión mencionada se disipa con la ley N° 20.922, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales.
Ahora, las financiadas directamente por la Subsecretaría de Prevención del Delito son más de cinco mil personas. Entonces, no veo por qué hacemos tanto problema en relación con un cargo en ciertos municipios que puede estar disponible si es creado en la nueva planta.
Por mi parte, concuerdo con la proposición del Ejecutivo.

El señor MOREIRA.- ¡Oficialista! ¡Muy bien...! ¡Gobiernista...!
El señor QUINTEROS.- No me queda otra...

El señor MOREIRA.- ¡Esto va a quedar en la Versión Oficial...!

El señor LAGOS (Presidente).- Puede intervenir el Honorable señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, en realidad, diría que el proyecto, por lo que he escuchado en la discusión sostenida en la Comisión y la Sala, cuenta con la aprobación de la inmensa mayoría. Todos están de acuerdo con que la creación de los consejos comunales de seguridad pública es un buen paso. El articulado efectivamente apunta en este sentido, pero, para poder hacerlo operable, por supuesto que se halla dentro de una dinámica o una forma de llevarlo a cabo distinta de lo que piensan otros.
La cuestión se encuentra más bien centralizada -y no solo ahora, sino también desde hace tiempo, al igual que en la iniciativa que nos ocupa- en la Subsecretaría de Prevención del Delito. De tal manera que es en este organismo donde, antes del proyecto, se han celebrado convenios con los cuales las municipalidades ejecutan o intentan ejecutar la tarea.
Ello no es lo óptimo, seguramente, porque todavía no tenemos el país totalmente descentralizado en estas materias. En cuanto a seguridad, seguramente podríamos entregarles la operación más a los gobiernos regionales y a los propios gobiernos comunales. Pero estamos en otro esquema. Mientras no lo modifiquemos, se encuentra estructurado en forma piramidal. Y la política de seguridad ciudadana va a partir precisamente a través de los municipios, que todos reconocemos como la instancia más eficiente para ir proyectando desde ahí las directrices respectivas a nivel territorial, hasta la cúspide.
¿Qué expresa el artículo? Propone la existencia de un director de seguridad pública. No es una obligación, sino que el municipio podrá crearlo. ¿Y cómo lo hará? Conforme a sus propios recursos, si dispone de ellos. Algunos han podido decidirlo así en la actualidad, en tanto que los que se encuentran impedidos tienen la posibilidad de celebrar un convenio con la Subsecretaría y obtener los medios para designar a quien esté a cargo de la dirección de seguridad pública.
Según la información entregada por el Gobierno, no 20 o 30 municipalidades, sino 140, que cubren el 85 por ciento de la población, han suscrito convenios vinculados con los recursos que la Ley de Presupuestos le entrega al Ministerio del Interior para cumplir con la función que nos ocupa.
No es lo óptimo, pero tenemos que dar algún paso. El primero es precisamente la creación de la estructura y la institucionalidad aquí planteadas para llevar a cabo esta política en todo el territorio a través de las comunas.
En la actualidad son 140 esas municipalidades, pero cuando el país pueda hacer un esfuerzo -y ojalá sea así-, ya sea al venir el proceso de regionalización completo o ahora, con el sistema actual, podemos tratar de que en la Ley de Presupuestos haya recursos para que desde la Subsecretaría sea posible apoyar a más municipios, sobre todo a los más pequeños, que cubren el 15 por ciento de la población, en los que hoy día no existe ninguna factibilidad de emprender la acción de que se trata.
Por eso, estimo un error votar en contra del artículo, ya que, en el fondo, estaríamos "castrando" -me excuso por el término- el texto al eliminar a quien podría conducir este tipo de política.
En consecuencia, llamo a la Sala a aprobar la disposición, sin perjuicio de recoger las críticas, de tal manera que podamos conseguir un perfeccionamiento con el tiempo. Y si la idea es llegar a un sistema más descentralizado para abordar precisamente la seguridad ciudadana, ojalá podamos lograrlo cuando realmente transfiramos a gobiernos regionales y gobiernos comunales más autoridad sobre el particular y más recursos, por supuesto. Pero, por el momento, creo que pronunciarse en contra sería como dispararse en los pies.

El señor COLOMA.- ¡El Senador señor Montes rechazó el proyecto...!
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- ¡Haga Su Señoría otro tanto, entonces...!

El señor LAGOS (Presidente).- Hay dos inscritos más.
Deseo recordar que se requieren 21 pronunciamientos favorables para la aprobación, por lo que abriré la votación en la medida en que cuente con apoyo para que los Senadores que están en Comisiones puedan concurrir a expresar su voluntad.
En votación.
--(Durante la votación).

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor García.

El señor GARCÍA.- Señor Presidente, entiendo que usted ha puesto en votación el artículo 16 bis con todos sus incisos, naturalmente, no solo con los marcados en negrita en los boletines comparados.
¿Qué dispone ese texto?
El inciso primero crea el cargo de "director de seguridad pública en todas aquellas comunas donde lo decida el concejo municipal, a proposición del alcalde".
El inciso segundo señala que "el alcalde estará facultado para crear dicho cargo y para proveerlo en el momento que decida, de acuerdo a la disponibilidad del presupuesto municipal".
Ahí radica nuestra crítica: ello no va acompañado de recursos desde el nivel central, sino que la provisión del cargo dependerá de la disponibilidad del presupuesto municipal.
El inciso siguiente se refiere a los estudios profesionales o técnicos que deberá acreditar quien lo ocupe.
Se expresa, además, que "El director de seguridad pública será designado por el alcalde y podrá ser removido por este", sin perjuicio de las causales de cesación de funciones aplicables al personal municipal.
En cuanto a sus tareas, el funcionario será el colaborador directo del jefe comunal en las tareas de coordinación y gestión de las funciones en el seguimiento del plan de seguridad pública, etcétera.
Y finalmente se consigna que "La designación y remoción del director de seguridad pública deberá ser informada a la subsecretaría de prevención del delito y a la intendencia correspondiente. Ambos órganos deberán llevar una nómina actualizada de los directores de seguridad pública a niveles nacional y regional, según corresponda.".
Lo que ocurre es que el informe financiero, al incorporarse el puesto, expone que "Las materias establecidas en la presente indicación, en particular la creación del cargo de Director de Seguridad Pública, no irrogan un mayor gasto fiscal, toda vez que tal como lo establece la presente indicación, la creación y provisión de dicho cargo deberá ajustarse a las disponibilidades del presupuesto municipal.".
Desde luego, estamos de acuerdo con la existencia de la función, con que el alcalde proponga la designación respectiva, con los requisitos de estudio y con que el Ministerio del Interior y las intendencias lleven el registro actualizado de los directores comunales de seguridad pública. El punto radica en que debiera contarse con un financiamiento que consolide la permanencia de quienes sean nombrados. Porque, como lo sostuvimos ayer en varias intervenciones, salvo los municipios más grandes, los que cuentan con mayor disponibilidad de recursos, que sí pueden asegurarla, a muchos otros, medianos, más pequeños, más rurales, ello no les será posible.
No obstante, creo que es preciso votar a favor del artículo para que se pueda crear el cargo; para que los municipios que ya lo han hecho obtengan respaldo legal al mantenerlo en funciones, y para que se pueda cumplir con las otras exigencias que contienen los distintos incisos.
Comprendo lo planteado por el Senador señor Coloma, porque es una crítica absolutamente compartida; pero juzgo que si nos pronunciáramos en contra haríamos más daño que bien.

El señor LAGOS (Presidente).- Reitero que la norma requiere un quorum especial y que conviene que los jefes de bancada hagan presente la conveniencia de venir a pronunciarse.
Puede intervenir el Honorable señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, entiendo las razones del Senador señor Coloma. Coincidimos plenamente en relación con el próximo artículo, porque es el corazón de la iniciativa. Ya voy a dar las razones, en su momento, de por qué voy a rechazarlo, pues creo que echa por la borda todo el proyecto. Pero realmente asumiremos la responsabilidad frente a los alcaldes, a los concejales, por el error que se comete en el que se debate.
A mí me tocó trabajar el texto íntegramente con el señor Subsecretario -lo redactamos juntamente con la Comisión-, quien se abrió a todo tipo de correcciones y materias que quisimos incorporar, lo que valoro, porque me parece que ha cumplido un buen trabajo al respecto. Y estimo que se trata de un buen proyecto de ley. Pero un buen proyecto de ley sin plata, sin financiamiento, es un desastre, porque abriría una expectativa que no sería posible cumplir.
Pienso en cuando la distinguida y Honorable señora Goic, Presidenta del Partido Demócrata Cristiano, tenga que decirles en tres meses más a los alcaldes electos: "Como lo hemos hecho muchas veces en otros casos, dictamos una estupenda ley acerca de los consejos comunales de seguridad, conforme a la cual usted podrá disponer de un plan de seguridad, pero, lamentablemente, no hay plata para que lo desarrolle".
¡Por favor! ¿Alguna vez Sus Señorías me han visto votar en contra de un proyecto de seguridad ciudadana de esta naturaleza? ¡Nunca!
Intervine intensamente en el articulado. He dicho hasta la saciedad que es una buena iniciativa. Pero no cometeré la irresponsabilidad de votar un texto sin financiamiento. ¡No voy a hacerlo!
No recorreré las comunas para que los alcaldes de todos los colores políticos me digan, por estar metido en los asuntos de seguridad ciudadana: "Oiga, señor Senador, cuénteme cómo elaboraré mi plan".
Ya voy a referirme al artículo 7° transitorio, sobre esa materia.
Aun cuando comprendo las razones del Honorable señor Coloma, aprobaré la disposición en debate, porque la inexistencia de un director de seguridad pública en las comunas sería un craso error. ¡Lo que luchamos para que lo hubiera!
Además, es una persona que requiere un título profesional o estudios equivalentes. Se trata de un experto en seguridad.
Mas la vigencia del cargo dependerá de la firma de un convenio con la Subsecretaría de Prevención del Delito. Entonces, ¿qué vamos a hacer en la comuna de Victoria -miro a mi colega Tuma- cuando tengamos que decirle al alcalde, quien no dispone de dicho instrumento, que no podrá contar con un director, o cuando sea preciso hacer otro tanto en las comunas chicas, donde el delito de abigeato es permanente?
El Senador que habla hará presente, en tal caso, que este es un muy buen proyecto, dictado con un precepto cuyo financiamiento no se garantiza, y que lo ha votado entero a favor, salvo el artículo 7° transitorio. No estoy dispuesto a engañar -quiero decirlo con toda franqueza-, en un buen sentido de la palabra.
No dudo de la buena fe del señor Subsecretario, quien, además, no tiene muchas velas en este entierro, porque el problema es de plata. Defiende lo que tiene que defender. Es parte del Gobierno. Lo comprendo.
Al tratarse el próximo artículo rebatiré sus cifras, porque creo que tampoco corresponden a lo que interpreto.
Pero vayan y pregunten en sus comunas, Honorables colegas, si los municipios disponen de recursos para poder desarrollar un plan de seguridad ciudadana de las características que exige el que nos ocupa. Porque alguien me dijo ayer: "Hay algunas con planes de seguridad". Quiero pedirles que al menos lean las disposiciones, porque aquel que analizamos no tiene nada que ver con los existentes. ¡Nada!
Entonces, como hago un recorrido en la campaña Juntos contra la delincuencia, les manifestaré exactamente a los alcaldes que les hemos entregado una atribución conforme a un proyecto estupendo -con el Diputado señor Walker fuimos a hacerlo a la Región de Coquimbo-, pero no seré cómplice, en el buen sentido del término, de la aprobación de la norma siguiente, donde vamos a entregarles facultades, pero no los recursos para cumplirlas.
Votaré a favor de la disposición en que nos encontramos, sin embargo. Lo digo porque se me acaba el tiempo. Insisto en que el proyecto es bueno, pero sin plata, y no quiero incurrir en un rechazo que significa quedar sin director.
Lo que deseo es que el Gobierno recapacite y ponga la plata o contemple la gradualidad que requiere un articulado de esta naturaleza. ¡Si comprendo que la primera semana no será posible tener funcionando consejos de seguridad en 345 comunas ni disponer de fondos para los planes respectivos!
¿Por qué no hicimos lo convenido con el señor Subsecretario en el sentido de tener presente que unas setenta comunas reciben recursos en la actualidad, las que se mantendrían ante la falta de más medios, pero con la incorporación de otras diez de aquí al próximo año sobre la base de un criterio objetivo: la necesidad impuesta por la relación población-delito, y veinte al año subsiguiente?
¡No engañemos a la comunidad! Lo pido por respeto a nuestra función.
¡Vamos a obligar a las municipalidades a contar con planes comunales, lo que gran parte de ellas no concretarán por carecer de recursos! ¡Estamos despachando una típica ley con esa insuficiencia!
Hubiera preferido mil veces que el articulado volviera a Comisión y que contemplásemos una gradualidad. ¡Si no me importa que sea preciso señalarle a una comuna: "Esto demorará cinco años", pero digamos la verdad!
Me pronunciaré a favor por las razones expuestas.

El señor LAGOS (Presidente).- No hay más inscritos.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba el número 4) del artículo 1°, recaído en el artículo 16 bis de la ley (23 votos a favor, 4 en contra, 2 abstenciones y un pareo), dejándose constancia de que se cumple con el quorum constitucional requerido.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, Chahuán, De Urresti, Espina, García, Girardi, Guillier, Horvath, Lagos, Letelier, Matta, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Tuma, Patricio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa la señora Van Rysselberghe y los señores Coloma, Ossandón y Pérez Varela.
Se abstuvieron los señores García-Huidobro y Moreira.
No votó, por estar pareado, el señor Allamand.


El señor LAGOS (Presidente).- Vamos a la próxima votación.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Continuando con el orden del proyecto, debo señalar que en el día de ayer la Senadora señora Lily Pérez y el Senador señor Antonio Horvath formularon indicación para agregar, en la conformación del consejo comunal de seguridad pública, una letra k), que incluye a un representante de la Defensoría Penal Pública (página 32 del comparado).
Naturalmente, se requeriría la unanimidad de los señores Senadores.

El señor LAGOS (Presidente).- ¿Requiere quorum especial para ser aprobada, señor Secretario?
El señor LABBÉ (Secretario General).- Sí, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el señor Subsecretario de Prevención del Delito, para conocer la opinión del Ejecutivo respecto de la indicación y si la patrocina o no.

El señor FREY (Subsecretario de Prevención del Delito).- Señor Presidente, respecto al rol de la Defensoría Penal Pública, recordemos que en el proceso controversial, donde juega un rol en la proposición de medidas para los jóvenes infractores y donde además tiene un conjunto de informaciones importantes sobre a quiénes defiende, resulta relevante su participación.
Yo no veo ningún problema, a menos que la institución tuviera alguna limitación de personal que le impidiera acudir a las reuniones del consejo. Pero, en términos del aporte que puede entregar, este es relativamente trascendente y, además, influye en decisiones muy significativas.
Gracias.

El señor LAGOS (Presidente).- Me gustaría saber si el Ejecutivo va a patrocinar la indicación porque entiendo que es inadmisible.
Por más que haya unanimidad para analizarla, igual después la tendría que declarar inadmisible. Y en caso de que fuera necesario votar, dificulto que alguien la pueda encontrar admisible.
En consecuencia, acá solo nos queda que el Ejecutivo la patrocine, aunque no sé -reconozco que aquí me faltan antecedentes- si se requiere conocer la opinión o un pronunciamiento previo de la Defensoría Penal Pública o si basta con el patrocinio del Ejecutivo.
Tiene la palabra el Senador señor Espina, que me va a ayudar en esto.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, no tengo ningún problema en incorporar a la Defensoría Penal Pública, aunque no entiendo mucho cuál sería el resultado positivo de eso.
Ahora, el Subsecretario ha dado un buen argumento en cuanto a la obligación que cabe a dicha institución en la responsabilidad penal adolescente. Desde ese punto de vista, sería bueno tener la visión del organismo al que le corresponde defender a los menores para los efectos de las políticas públicas de reinserción.
Pero hay algo que tengo claro: se trata de una indicación inadmisible, porque le está otorgando una obligación, una función a la Defensoría que no posee. Y, como la Constitución no es para dar señales, sino para respetarla, mientras siga manteniendo este mandato la indicación no se puede aprobar y debe venir otra firmada por el Ejecutivo.
Yo no tengo problema en incorporarla en el tercer trámite, aunque eso signifique pasar a Comisión Mixta. Pero no podemos proceder de otra manera.

El señor LAGOS (Presidente).- Es exactamente lo que iba a plantear: que la proposición debe venir formalizada por parte del Ejecutivo, señor Subsecretario. Así que creo que aquí ya no hay espacio para la indicación.
Por lo tanto, continuamos.
Señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Siguiendo el orden del proyecto, correspondería votar la modificación que solo fue aprobada por mayoría en la Comisión de Gobierno, para intercalar un inciso cuarto, nuevo, al artículo 104 D, cuyo texto completo figura en la quinta columna del boletín comparado (página 40).

El señor ESPINA.- ¿Se puede leer?

El señor LAGOS (Presidente).- No hay problema.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Se propone intercalar como inciso cuarto, nuevo, el siguiente:
"Tratándose de las comunas de Juan Fernández e Isla de Pascua, territorios especiales según lo dispuesto en el artículo 126 bis de la Constitución Política de la República, las sesiones del consejo comunal de seguridad pública deberán celebrarse con la misma periodicidad indicada en su inciso segundo, pero únicamente con aquellas instituciones u organizaciones indicadas en el artículo 104 B que tengan asiento en la comuna. Sin perjuicio de lo anterior, el alcalde con acuerdo del consejo podrá requerir en casos calificados la presencia del resto de las instituciones u organizaciones las cuales deberán concurrir cuando su disponibilidad presupuestaria y las condiciones climáticas y de traslado al momento de realizar el viaje lo permitan.".
Este inciso fue aprobado por 2 votos a favor (de la Senadora señora Von Baer y del Honorable señor Zaldívar) y uno en contra (del Senador señor Espina).

El señor ESPINA.- ¿Yo voté en contra?

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar, mientras el Senador Espina hace memoria.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, efectivamente esa fue la votación.
Yo creo que el Senador Espina fue sorprendido seguramente...

El señor CHAHUÁN.- ¡Estupefacto!

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- ... al momento de votar, porque la norma, realmente, es de completa lógica. Basta con leerla literalmente para entender por qué es necesario el cambio.
Mal puede trasladarse a la Isla de Pascua o a Juan Fernández la totalidad de los integrantes del consejo. Por eso se dice que funcionará con los organismos que residan o tengan domicilio en el territorio pertinente.
También hay problemas climáticos. No se puede llegar con mucha facilidad a Juan Fernández, porque en bastantes ocasiones hay dificultades de traslado.
O sea, la norma tiene una lógica, y la lógica es que también puedan funcionar los consejos comunales de seguridad pública en la Isla de Pascua y en el archipiélago Juan Fernández.
Por eso, pienso que efectivamente el Senador Espina puede haberse visto sorprendido y a lo mejor no tuvo la intención de votar en contra de una disposición de tanta claridad.

El señor LAGOS (Presidente).- En todo caso, siempre se puede cambiar el voto.
Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, yo les quiero preguntar a los distinguidos Senadores de la Quinta Región cómo van a votar. Me gustaría saberlo.
Ocurre que en el proyecto la norma venía con carácter obligatorio, pues establecía que los consejos comunales de seguridad debían sesionar al menos dos veces al año. Y ahora ya no tiene ese carácter obligatorio.
Entonces, quiero saber qué va a hacer mi distinguido y querido amigo don Francisco Chahuán, y también el Presidente del Senado, porque originalmente se establecía que los consejos comunales de seguridad pública, en lo que dice relación con el archipiélago Juan Fernández y con Isla de Pascua, obligatoriamente tenían que sesionar al menos dos veces al año. Bueno, en ese caso el Estado debería poner los recursos para que ello fuera posible, porque resulta que en esas zonas también se pueden cometer delitos y las víctimas son tan víctimas como las de Santiago.
Pero ahora eso no es obligatorio, señor Presidente.
Por lo mismo, me gustaría conocer cuándo va a sesionar de verdad el consejo comunal de Isla de Pascua si ello no es obligatorio.
¿Quién va a enviar allá al fiscal? ¿Quién le va a entregar los recursos al juez para que vaya? ¿Quién le va a entregar los recursos al defensor penal público, si se incorpora la norma propuesta por la Senadora Lily Pérez y el Senador Horvath?

El señor MONTES.- ¡Chahuán...!

El señor ESPINA.- ¿Quién va a proporcionar los recursos para que concurran los representantes del Servicio Nacional de Menores? Porque todos los que hemos estado alguna vez en Isla de Pascua sabemos que puede haber problemas con los menores.
¿Quién va a poner los recursos para aquellos que están a cargo de las políticas de prevención del consumo de drogas?
Porque les puedo garantizar que el alcalde va a decir que no tiene plata para pagarles pasajes a 15 personas.
Por eso voté en contra de esta enmienda, porque el texto original establecía que las autoridades respectivas "deberán concurrir a tales consejos en al menos dos oportunidades durante el año, debiendo informar de ello al alcalde con al menos treinta días de anticipación".
Yo no me voy a prestar para aprobar una norma que establece la obligación de que los consejos comunales de seguridad de Isla de Pascua y de Juan Fernández sesionen al menos dos veces.
Sería otra norma de papel. ¡Porque no van a sesionar!
Yo no voy a ser cómplice en ello.
El alcalde de Isla de Pascua va a preguntar: "Bueno, ¿y cuándo, qué día va a venir a sesionar aquí el consejo?". Y le van a responder: "Mire, es que no hay recursos; son muchas personas".
Entonces, ¿no tienen derechos las víctimas de Isla de Pascua?
Perdónenme, pero si el Estado de Chile no puede asegurar que el consejo funcionará obligatoriamente en esos dos territorios dos veces (una por semestre), yo no estoy dispuesto a avalar la norma.
Y quiero agregar algo más.
Así venía en el proyecto original. Y se cambió.
Esa es la razón por la cual voté en contra. Y voy a volver a hacerlo ahora, dejando constancia de que no me parece que esté, como dice mi distinguido y apreciado colega Andrés Zaldívar, ni descuidado, ni que haya mirado mal. ¡No! Simplemente, no voy a aprobar ninguna norma que en definitiva no tenga aplicación práctica concreta. Y en este caso, lamentablemente, se impuso una norma que va a ser teoría y no realidad.

El señor LAGOS (Presidente).- Me ha pedido la palabra el Senador señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Sí, yo creo que aquí estamos haciendo un debate entre dos Senadores miembros de la Comisión.
Yo pediría que leyéramos bien la norma.

El señor CHAHUÁN.- ¡Así es! ¡No dice eso!

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señala lo siguiente: "Tratándose de las comunas de Juan Fernández e Isla de Pascua, territorios especiales según lo dispuesto en el artículo 126 bis de la Constitución Política de la República, las sesiones del consejo comunal de seguridad pública deberán celebrarse con la misma periodicidad indicada en el inciso segundo". O sea, las sesiones no son voluntarias: "deberán celebrarse".
Después, la norma entra a determinar que el alcalde podrá requerir la presencia, cuando lo estime conveniente y sea posible, de personas que no tengan su domicilio en la isla.
En consecuencia, no entiendo la explicación que ha dado el Senador Espina, aunque estoy dispuesto a que me convenza.
Reitero: la norma dice "deberá", no "podrá".
Por eso señalé -y no era broma- que creía que efectivamente el Senador Espina a lo mejor había sido sorprendido. ¡O el sorprendido he sido yo!

El señor LAGOS (Presidente).- ¿Quiere hacer uso de la palabra, señor Subsecretario?
Se la puedo conceder, porque aún no estamos en votación.
Señor Subsecretario.

El señor FREY (Subsecretario de Prevención del Delito).- Señor Presidente, según me informan, el Ministerio Público, la Defensoría, Gendarmería, la Gobernación y las policías tienen asiento en Isla de Pascua. Por lo tanto, no veo por qué no podría sesionar allí el consejo.
Entendería el caso de Juan Fernández, pero el de Isla de Pascua estaría cubierto.
Gracias.

El señor LAGOS (Presidente).- Muy buena aclaración.
Ofrezco la palabra al Honorable señor Chahuán, en representación de la Quinta Región y sus Senadores.

El señor CHAHUÁN.- ¡Así es!
Señor Presidente, quiero decirle que al parecer hay un colega estupefacto.
La retórica del Senador Espina tiende a convencernos, salvo cuando uno lee el articulado, que claramente señala que los consejos deberán sesionar allí al menos dos veces al año.
En Isla de Pascua tenemos servicios con asiento en el lugar. Bien lo saben el Presidente del Senado y el que habla, que conocemos nuestra isla y hemos estado permanentemente allí luchando por los isleños. Repito: la mayoría de los organismos que integran el consejo tienen asiento en ese territorio.
En cuanto a Juan Fernández, efectivamente habría que arbitrar medidas para asegurar el funcionamiento del consejo.
La única diferencia dice relación con la disponibilidad presupuestaria. Lo que hace la norma es, primero, asegurar que el consejo celebrará sesiones dos veces al año, y segundo, que la presencia de algunas instituciones que deban concurrir dependerá de su disponibilidad presupuestaria.
Lo anterior da certeza, finalmente, a que el consejo funcione.
Por lo tanto, siento diferir en este punto de mi líder, Alberto Espina -con quien en la mayoría de los temas estamos juntos-, porque está claro que los consejos comunales de seguridad de Isla de Pascua y Juan Fernández sesionarán al menos dos veces al año.

El señor MONTES.- ¡Que hable Lagos Weber, que es más fuerte y más claro...!

El señor LAGOS (Presidente).- ¡En mi calidad de Presidente de esta Corporación, me voy a abstener de intervenir en este debate...!

El señor ESPINA.- ¿Puedo pedir la palabra, señor Presidente?

El señor LAGOS (Presidente).- Sí, pero solamente se la voy a poder dar después de que hable el Senador señor García-Huidobro, que la pidió primero.

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Señor Presidente, para mí, el tema más complejo es que la norma señala que algunas instituciones "deberán concurrir cuando su disponibilidad presupuestaria" lo permita. Porque se entiende que "las condiciones climáticas" son situaciones no permanentes. Pero sí pueden existir, permanentemente, problemas presupuestarios que impidan concurrir.
Creo que eso, señor Presidente, de alguna manera le da la razón a la preocupación que ha manifestado el Senador Espina. El senador Chahuán no avanzó más abajo de la norma y no leyó la parte referida al tema presupuestario.

El señor CHAHUÁN.- ¡Lo hice, su Señoría!

El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- Yo vi que llegó hasta un poquito antes.

El señor CHAHUÁN.- ¡Lo dije, colega!
El señor GARCÍA-HUIDOBRO.- A mí me gustaría que el señor Subsecretario nos pudiera aclarar la situación, porque, tal como está la norma, es claro que si no hay disponibilidad presupuestaria algunas instituciones que son necesarias no van a poder concurrir a las reuniones del consejo.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina, para ir cerrando este debate y proceder a la votación.

El señor ESPINA.- Muchas gracias.
Señor Presidente, lamento contradecir a mi distinguido amigo y líder el Senador Chahuán, por lo siguiente.

El señor MONTES.- ¡Puros líderes...!

El señor ESPINA.- El Fiscal Regional de Valparaíso, Pablo Gómez, dijo en la Comisión de Gobierno que no podía ir permanentemente a llevar adelante las investigaciones de los delitos que se cometen porque allá no existe fiscalía.
Entonces, el intendente va a poder ir, lo mismo el gobernador, pero no podrán hacerlo el fiscal, ni -lo más importante- el juez, porque el objetivo es elaborar y analizar el plan comunal. Por lo tanto, ¿quiénes van a estar sentados en el consejo? Los que menos tienen que estar sentados.
Les reitero que allá no existe fiscalía operativa. Y la norma señala: "las sesiones del consejo de seguridad pública deberán celebrarse con la misma periodicidad indicada en el inciso segundo, pero únicamente con aquellas instituciones u organizaciones indicadas en el artículo 104 B que tengan asiento en la comuna". El propio Fiscal Regional dijo que no tiene cómo ir y que solamente concurre una o dos veces al año -creo- y que los gastos debe financiarlos con recursos propios.
Yo pregunto: ¿Por qué los pascuenses deben ser chilenos de segunda categoría?
Y en el caso de Juan Fernández ocurre lo mismo.
Estamos ante una norma que establece restricciones inaceptables para las personas que viven allá, cuando no habría costado absolutamente nada pagarle pasajes al fiscal -y le pido al Subsecretario de Prevención del Delito, que ha tenido una activa participación en el proyecto, que no me diga que el Estado de Chile va a quebrar por ello- o contemplar recursos en la Ley de Presupuestos para permitirle asistir, al igual que al defensor. No sé si alguno de los que me han criticado va a ayudar a financiarlos. Tampoco sé si van a poder concurrir permanentemente, por ejemplo, las autoridades de la Quinta Región encargadas de llevar las políticas del Servicio Nacional de Menores y las relativas a la prevención del consumo de drogas y alcohol.
En mi opinión, estamos dictando una norma que no corresponde. Simplemente, habría que establecer que todas las autoridades que integran el consejo deberían recibir financiamiento para viajar allá dos veces al año. De lo contrario, quedaremos con una disposición que -acuérdense- impedirá que el fiscal asista.
Entonces, vamos a tener un consejo comunal de seguridad fantástico, pero sin la presencia del fiscal. O sea, la persona que más debe colaborar en la elaboración de un plan comunal de seguridad no va a poder concurrir, porque la municipalidad no cuenta con recursos propios para ello. Y la Fiscalía dirá que tampoco los tiene, y que probablemente asistirá cuando le corresponda llevar adelante indagaciones o investigaciones por delitos que esté conociendo, pero no va a visitar especialmente esos lugares para ayudar a confeccionar el respectivo plan comunal de seguridad.
Esta es la típica ley en que no se resuelve a fondo el problema. Y hubiera bastado con establecer derechamente los recursos necesarios con carácter obligatorio.
Por lo tanto, voy a votar en contra, porque no creo que los habitantes de Isla de Pascua y de Juan Fernández sean compatriotas de segunda categoría. No costaba nada haber permitido que fueran todos, con presupuesto público, una vez al año. ¡Una vez al año! Ni siquiera pido dos. ¡Una! Pero no se va a poder. Y yo, al menos -repito-, no voy a avalar esa situación. Así que anuncio mi voto negativo.

El señor LAGOS (Presidente).- En votación.
--(Durante la votación).

El señor LABBÉ (Secretario General).- El señor Presidente ha puesto en votación el texto que la Comisión de Gobierno propone como inciso cuarto, nuevo, del artículo 104 D y que figura en la página 40 del comparado.
Quienes estén a favor de la proposición efectuada como modificación votan que sí; quienes estén en contra votan que no.
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).- Terminada la votación.

--Se rechaza, por no haberse reunido el quorum constitucional exigido (18 votos a favor y 7 en contra), la proposición del informe complementario de la Comisión de Gobierno respecto del inciso cuarto, nuevo, del artículo 104 D que se agrega.
Votaron a favor las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Araya, Bianchi, Chahuán, Girardi, Guillier, Horvath, Lagos, Letelier, Matta, Pizarro, Prokurica, Quinteros, Tuma y Andrés Zaldívar.
Votaron en contra los señores Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Hernán Larraín, Moreira y Pérez Varela.


El señor ESPINA.- Señor Presidente, ¿me permite?

El señor LAGOS (Presidente).- Puede intervenir, señor Senador.

El señor ESPINA.- En mi opinión, ahora tendríamos que pronunciarnos respecto de la norma que venía y que fue cambiada por la Comisión de Gobierno en su informe complementario. Esa es la disposición que establece la obligatoriedad. Se encuentra en la tercera columna del comparado.

El señor CHAHUÁN.- Tiene que votarse ahora.

El señor ESPINA.- Es la que debería votarse.

El señor LAGOS (Presidente).- Lo estamos evaluando con el señor Secretario.

El señor ESPINA.- ¿Le puedo hacer un alcance reglamentario?

El señor LAGOS (Presidente).- Por supuesto.

El señor ESPINA.- Lo que nosotros hemos hecho es cambiar una norma que venía en el segundo informe de la Comisión de Gobierno. ¡Si la que se cayó es la norma que se propone en el informe complementario! Entonces, ahora el Senado debe pronunciarse respecto de si está de acuerdo con el texto planteado por la Comisión de Gobierno en su segundo informe...

El señor LAGOS (Presidente).- Y ese es el que establece la obligatoriedad.

El señor ESPINA.- De sesionar dos veces, señor Presidente. En consecuencia, esa es la norma que corresponde votar. ¡Yo espero que ahora el Senador Chahuán la vote en contra...!

El señor LAGOS (Presidente).- ¡La vamos a apoyar los Senadores de la Quinta Región!

El señor ESPINA.- ¡Ahora tendrán que votar en contra, si no querían las dos veces...!

El señor LAGOS (Presidente).- El señor Secretario hará la relación de lo que votaremos a continuación. Y explicará, además, si se trata de una norma de quorum especial o no.
El señor ESPINA.- Muchas gracias, señor Presidente.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, la norma es de quorum orgánico constitucional.
Ahora bien, si ustedes van al comparado, en la página 40, la modificación propiamente tal, antes del informe complementario, es un poco distinta. De consiguiente, al haberse rechazado el texto final, correspondería votar aquel que se encuentra en la tercera columna del comparado, y que dice lo siguiente:
"Tratándose de las comunas de Juan Fernández e Isla de Pascua, territorios especiales según lo dispuesto en el artículo 126 bis de la Constitución Política de la República, las sesiones del consejo comunal de seguridad pública deberán celebrarse con la misma periodicidad indicada en el inciso segundo, pero únicamente con aquellas instituciones u organizaciones indicadas en el artículo 104 B que tengan asiento en la comuna. Sin perjuicio de lo anterior, el alcalde con acuerdo del consejo podrá requerir en casos calificados la presencia del resto de las instituciones u organizaciones las cuales deberán concurrir cuando la disponibilidad presupuestaria y las condiciones climáticas y de traslado al momento de realizar el viaje lo permitan. En todo caso, las autoridades que no tengan asiento en tales comunas, deberán concurrir a tales consejos en al menos dos oportunidades durante el año, debiendo informar de ello al alcalde con al menos treinta días de anticipación.".

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, solo quería decir que teníamos que votar esta norma, para el objeto del quorum, porque lo que se cambió fue precisamente ese inciso final.

El señor LAGOS (Presidente).- Que es el que establece la obligatoriedad.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- En todo caso, el consejo debe reunirse obligatoriamente con o sin estos representantes, de acuerdo con la norma que también ahora vamos a aprobar.

El señor LAGOS (Presidente).- Si le parece a la Sala, se abrirá la votación.
Acordado.
En votación el texto leído por el señor Secretario, que hace exigible la concurrencia a estos consejos al menos dos veces al año de las autoridades que no tengan asiento en Juan Fernández o Isla de Pascua.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor LAGOS (Presidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba la proposición del segundo informe de la Comisión de Gobierno respecto del inciso cuarto, nuevo, del artículo 104 D que se agrega (26 votos a favor), dejándose constancia de que se cumple con el quorum constitucional exigido.
Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz, Lily Pérez y Van Rysselberghe y los señores Araya, Bianchi, Chahuán, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Matta, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quinteros y Tuma.


El señor LABBÉ (Secretario General).- Señores Senadores, corresponde ir a la última votación, contenida en la página 56 del comparado. Se trata del número 12), que agrega el siguiente artículo 7º transitorio:
"El alcalde deberá convocar a la primera sesión del Consejo Comunal de Seguridad Pública dentro del plazo de 90 días contados desde la publicación de la presente ley.
"Las obligaciones relativas al Plan Comunal de Seguridad Pública, en tanto deberán cumplirse dentro de los ciento ochenta días siguientes a la total tramitación del acto administrativo que apruebe un convenio celebrado entre el Municipio y la Subsecretaría de Prevención del Delito, el cual podrá generar transferencias de recursos para dicho Plan, conforme a la disponibilidad presupuestaria de esta última institución. Deberá dejarse expresa constancia en este convenio que su aprobación traerá aparejado el cumplimiento de las obligaciones referidas en el presente inciso.
"Asimismo, los convenios referidos en el inciso anterior podrán transferir recursos, con el objeto de que el municipio disponga de una persona para que desempeñe las funciones establecidas en el artículo 16 bis cuando no cuente con disponibilidad presupuestaria inmediata para proveerlo.
"Sin perjuicio de lo anterior, las municipalidades podrán someterse voluntariamente a las obligaciones relativas al Plan Comunal de Seguridad Pública antes de la celebración del convenio referido en el inciso segundo. Para esto, deberán dictar un decreto alcaldicio que así lo determine, debiendo el alcalde presentar el primer Plan Comunal de Seguridad Pública dentro de los ciento ochenta días siguientes a su dictación.
"Con todo, sólo se procederá a la suscripción de los convenios referidos en el inciso segundo, o a la incorporación voluntaria mediante decreto alcaldicio señalada en el inciso anterior, una vez que se publique la resolución de la Subsecretaría de Prevención del Delito que aprueba las orientaciones técnicas y el formato de Plan Comunal de Seguridad a que hace referencia el artículo 104 F, en el plazo de 90 días siguientes a la publicación de la ley.
"La Ley de Presupuestos anualmente indicará los montos a transferir en virtud de los convenios celebrados entre la Subsecretaria de Prevención del Delito y los municipios en el marco de esta ley, en comunas que se seleccionarán en base a criterios objetivos.".

El señor LAGOS (Presidente).- Está inscrito el Senador señor Espina.
Si le parece a la Sala, abriremos la votación sobre este artículo.

El señor ESPINA.- Pero manteniendo el tiempo.

El señor LAGOS (Presidente).- Por supuesto, señor Senador: 10 minutos.
Acordado.
En votación.
--(Durante la votación).

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Espina.

El señor ESPINA.- Voy a hacer mi último intento por persuadir a los señores Senadores para que cambiemos este artículo y volvamos al criterio original de la Comisión de Gobierno, que era calendarizar la forma como los municipios se iban incorporando al plan comunal de seguridad pública.
Y quiero dar una breve explicación.
Este proyecto establece que todos los municipios de Chile deben tener un plan comunal de seguridad pública. Y aquellos con poblaciones inferiores a 5 mil habitantes podrán juntarse y tener un plan compartido.
Para hacer este plan comunal de seguridad pública se nombra un consejo comunal de seguridad pública en el que participan las principales autoridades. Y este consejo tiene que sesionar una vez al mes y entregar todos los antecedentes.
Entonces, el alcalde va a llegar y preguntará cuál es la opinión de la Fiscalía, de las Policías, de Gendarmería, del Servicio Nacional de Menores, de todas las instituciones, acerca de los casos de violencia intrafamiliar y de qué ocurre con los menores infractores de ley. Esto, a fin de elaborar el plan de acuerdo a la realidad de esa comuna.
Luego, ellos entregarán su opinión y el alcalde elaborará un plan comunal, para lo cual deberá tener un director, que es un profesional especializado, y lo presentará al consejo comunal, que lo ratificará. Y, además, deberá rendir cuenta de este plan: la priorización de los delitos, las medidas de prevención: este plan tiene muchos aspectos relativos a prevención, cosa que me parece muy adecuada.
Hasta ahí está todo perfecto.
Sin embargo, resulta que el artículo 7° transitorio dispone que todo lo anterior, que debería ser para todas las comunas, solo regirá -las obligaciones de esta ley- para las comunas que tengan un convenio con la Subsecretaría de Prevención del Delito. Y el resto podrá hacerlo voluntariamente.
¿Cuál es el problema de fondo? Que hay, con respecto a los planes comunales de seguridad, 74 o 75 comunas que están recibiendo recursos, pero relativos a planes comunales de seguridad bastante más imperfectos que los que aquí se exigen.
Porque los planes exigidos tienen que contemplar medidas de prevención de conductas infractoras por parte de niños; de prevención de deserción escolar; de prevención y rehabilitación de consumo de drogas; de fortalecimiento de la convivencia comunitaria; de prevención de la violencia intrafamiliar y -¡atención!- violencia contra las mujeres.
Todas esas medidas estarán incluidas obligatoriamente.
La pregunta que uno se hace es: se va a dictar una ley, y ¿quiénes tendrán recursos para cumplir con ella? Probablemente, las 74 o 75 comunas que hoy día reciben recursos de la Subsecretaría de Prevención del Delito, pero además con programas mucho más acotados.
Entonces, nosotros dijimos: "No podemos aprobar una ley si no disponemos de recursos para todas las comunas; y, si no hay recursos, calendaricemos". Seamos transparentes y digamos: "En una primera etapa serán 75 comunas; en una segunda, otras 75 comunas, porque no hay recursos, y estas se van a determinar mediante un criterio objetivo".
Yo no voy a votar a favor. Y los invito a que no aprueben un artículo que está mal diseñado. El Subsecretario insiste en querer aprobarlo, pues parece que su legítima obsesión es sacar el proyecto de ley mañana. Pero yo les digo: "Invitemos al Ministro de Hacienda; seamos transparentes", y si no hay más recursos -puede que sea así-, hagamos un calendario que diga que en cuatro años van a quedar todas las comunas con posibilidades de participar, sobre la base de un criterio objetivo. Porque, si no, numerosas comunas, la mayoría, no van a tener plata. Y la comunidad va a demandar que la tengan.
Ayer, la Senadora Lily Pérez señaló -me voy a hacer cargo de ello- que este era un problema nada más que de gestión; que había recursos -tengo una discrepancia- y que todo era un asunto de gestión.
Yo quiero decir lo siguiente: si es pura gestión, ¿quién va a implementar las medidas de prevención de conductas infractoras por parte de niñas y niños?
¿Eso es gestión?
¿Saben lo que es eso? Aplicar una terapia multisistémica, que significa hacer que psicólogos logren intervenir a niños cuando son vulnerables y pueden entrar al mundo del delito.
Entonces, si un alcalde, por brillante que sea su gestión en Quillota, en San Felipe, en Los Andes, no tiene plata a fin de tener un mínimo equipo de profesionales que atienda a esos niñitos, esto no se podrá hacer pues no habrá recursos para eso.
Yo no digo que haya que botar la plata, que esta sobre, sino simplemente que para elaborar un plan las comunas deben tener un mínimo de recursos razonables. Y no creo que el Director de Obras sea el que se haga cargo de los programas de prevención en los niños.
Me referiré a la violencia intrafamiliar.
A la Senadora Muñoz, que se ha dedicado al tema de la violencia familiar permanentemente y está batallando por un proyecto de ley en la Comisión de Constitución, le quiero decir que esta iniciativa obliga a tener programas de prevención en esta materia.
Sin embargo, no son gratis. Porque no se trata de que vaya un funcionario municipal cualquiera -con el respeto que me merece- a explicar, a conocer, a incorporar mecanismos con el objeto de que las mujeres sientan realmente que tienen la posibilidad de denunciar un delito, y que rápidamente haya una respuesta del sistema.
Eso significa recursos. Y yo digo: "Muy bien, si no tenemos recursos para todo, hagámoslo en forma transparente". Yo les pido que rechacen esta disposición. Calendaricemos las normas y digamos: "Las primeras 80 comunas entrarán el próximo año; las segundas 50 comunas, al año siguiente". Y las vamos priorizando dependiendo de la categoría de cada una: hay algunas más grandes, en las que puede haber más delitos; hay otras más pequeñas, en que también pueden existir muchos. Pero fijemos un criterio objetivo.
En cuanto a esta norma -quiero decirlo responsablemente-, por lo menos yo voy a quedar con mi conciencia tranquila en cuanto a que he tratado de persuadirlos por todos los medios, más allá de todas las críticas, de todo esto que hace el Senador Montes, con quien estoy de acuerdo en muchas cosas de las que dijo. Pero ese era otro proyecto. Y él fue a la Comisión, formuló sus indicaciones, me entregó sus propuestas.
Era otro modelo. Capaz que tenía razón y ese modelo podría haber sido bastante más exitoso que este. Pero el proyecto que estábamos debatiendo era el del Gobierno, no este. Por eso, entiendo que él vote en contra de todo, pues tiene un concepto de los consejos comunales de otras características.
Y creo que mucho de lo que dice el Senador Montes es verdad. Nunca se dio la oportunidad de debatir a fondo ese concepto. Es un concepto distinto; es una realidad distinta.
No obstante, como la iniciativa que uno tiene encima del escritorio es esta, ya cuando se toma este camino -y el Gobierno lo ha hecho-, entonces debemos jugarnos por él. Pero yo no me voy a hacer cargo de lo que señaló el señor Subsecretario; de verdad se los digo. Porque él me mostró una nómina en que hay 140 comunas.
¡Por favor!
¡Para qué nos seguimos engañando entre nosotros!
¡Por eso nos desprestigiamos!
Si ahí están considerados programas llamados "Ciudad Segura", que nada tienen que ver con el financiamiento de los planes comunales.
¡Créanme!
Ahí se mezclan todas las platas que dicen relación con otros programas de seguridad ciudadana presentes en la comuna, que no tienen nada que ver con la elaboración de un plan comunal.
Entonces, el señor Subsecretario los va a defender, y yo me voy a acordar de aquí a cuatro meses más, cuando la ley entre en vigencia, de hacer un catastro en todas las comunas y ver cuántas de ellas habrán elaborado el plan comunal de seguridad.
Yo por lo menos quiero decir que he estudiado el tema; lo vimos; estuvimos de acuerdo en todo el proyecto; este es el único artículo que he votado en contra (junto con el que ganamos respecto de Isla de Pascua). Porque creo que nuevamente estamos cometiendo un tremendo error al ofrecer algo para lo cual no aportamos los recursos. Yo prefiero ofrecer menos, ser más humilde y decir que no podemos ofrecer demasiado; pero que cumplamos lo que ofrecemos en un programa determinado.
Por esas razones he hecho mi último y apasionado intento a efectos de lograr persuadirlos para que rechacemos este artículo, vayamos a Comisión Mixta y tengamos, como era inicialmente la idea -el señor Subsecretario sabe que es así, porque lo discutimos en su oficina-, un sistema de ingreso escalonado de las comunas.
Y, estando el señor Ministro de Hacienda presente, con mayor razón. ¡Si yo entiendo que no tiene más plata! ¡No soy irresponsable! No le voy a decir: "Métase la mano a la billetera y gaste lo que no hay". No puedo hacer eso; no me nace.
Sin embargo, podríamos ser más transparentes y establecer un sistema escalonado, de modo que las comunas sepan que en dos o tres años más les tocará. Y se prepararían durante ese tiempo. Esto, sin perjuicio de que las comunas ricas puedan financiar sus propios programas en forma voluntaria. En ese caso están, obviamente, las de la zona oriente de Santiago, que tienen ingresos muchísimo más grandes.
¡Pero no me digan que es pura gestión! ¡No me digan que las comunas de otras regiones van a poder financiar un programa comunal que incluya una terapia multisistémica para los niños infractores de ley o en el caso de la violencia intrafamiliar!
Les preguntaré a todos los alcaldes de esta Región -voy a oficiar al término de la sesión- si creen que con pura gestión van a poder llevar adelante los programas de prevención de los menores infractores de ley o de las niñas que son objeto de abuso intrafamiliar.
Gracias.

El señor LAGOS (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, considero que el Senador Espina es muy coherente con su planteamiento durante el análisis de este proyecto, y es bastante apasionado en un punto que, por supuesto, es de mucho interés para todos.
Sin embargo, en mi intervención anterior dije que el modelo que estamos aplicando no es el que el Senador Espina considera óptimo. A lo mejor, llegará un momento en que lo pueda cambiar, cuando él tenga algún tipo de responsabilidad más allá del Senado...
Pero la verdad de las cosas es que esto es parte de una política centralizada, querámoslo o no.
Para cumplir el objetivo que señalé -habría que ver la cantidad de recursos que se necesitarían- sería necesario hacer una glosa presupuestaria destinada a este objeto y que se distribuyera entre los municipios o establecer un fondo como el que administra la Subsecretaría de Desarrollo Regional.
Pero el sistema que tenemos es distinto, es centralizado.
La Ley de Presupuestos le entrega al Ministerio del Interior una cantidad de recursos para que la Subsecretaría precisamente celebre este tipo de convenios.
Si se rechazara el artículo 7° transitorio, como se pretende acá, no habría disposición. Es decir, dejaría de operar el proyecto. Esta es una norma muy importante.
¿Es lo óptimo? Seguramente, no es lo que quiere el Senador Espina o lo que desearían otros colegas, o uno mismo. Pero tenemos que ser realistas.
Y de acuerdo con la información que me entrega la Subsecretaría, a pesar de que el Senador Espina dice que no es así -no hace fe de ello; yo sí-, actualmente existen convenios con 140 municipalidades, que representan el 85 por ciento de los habitantes del país. Hay otras municipalidades que tienen recursos, como las que señaló Su Señoría, y que pueden gestionar este tipo de actividad con sus propios medios. No sé cuántas serán, pero si consideramos las comunas de Vitacura, Las Condes, Lo Barnechea, Santiago, seguramente se cubriría incluso más allá del 85 por ciento.
El problema se encuentra principalmente en las comunas pequeñas, que no cuentan con los recursos para realizar este tipo de actividad. Y es una actividad muy importante.
Pero entre no hacer nada y hacer algo, yo prefiero que hagamos algo. Porque, lo óptimo es enemigo de lo bueno.
En esta misma disposición además tenemos algo importante que el Senador Espina puede utilizar y en lo que podemos trabajar: el inciso final del artículo 7° transitorio, en el cual se determina que el Presupuesto de la nación "anualmente indicará los montos a transferir en virtud de los convenios celebrados entre la Subsecretaría de Prevención del Delito y los municipios".
Es decir, es el momento a lo mejor para que en cada Ley de Presupuestos hagamos un mayor esfuerzo en la línea que señala el Senador Espina, con la cual estoy de acuerdo.
Sin embargo, lo peor que puede pasarnos es que rechacemos esto y veamos cómo modificar totalmente el sistema que existe hoy día -puede ser bueno o no, pero es el que opera-, para evitar que haya este tipo de convenios para trabajar en materia de seguridad ciudadana.
A lo mejor no se pueden implementar esos exámenes sicológicos y otros tan importantes en todas las comunas; ojalá que sí se pueda.
Pero yo quiero decirle al Senado: si se rechaza el artículo 7° transitorio, se está rechazando la columna vertebral del sistema.

El señor ESPINA.- ¡Que vaya a Comisión Mixta!

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Porque se va en contra de lo que está.
Si se quiere hacer una cosa distinta, hay que presentar otro proyecto de ley y proponer otra forma de afrontar el problema.
Entonces, si tenemos este sistema, llamo a aprobarlo. Y seguramente en la Ley de Presupuestos -a pesar de que el señor Ministro de Hacienda, que se encuentra presente en la Sala, está bastante estrecho en sus capacidades de darnos respuestas- veremos si podemos ir más allá. Pero ya tenemos algo avanzado. Lo peor de todo sería no tener nada.
Por esas razones, considero que es un error pedir el rechazo de este artículo 7° transitorio.
Gracias.

El señor LAGOS (Presidente).- Señores Senadores, tengo tres inscritos más para intervenir. Les recuerdo que está abierta la votación.
Tiene la palabra el Honorable señor Coloma.

El señor COLOMA.- Señor Presidente, creo que quien me antecedió en el uso de la palabra, el Senador Zaldívar, con su "clase de anatomía" puede darnos una luz sobre la normativa en estudio, porque plantea que es un problema de la "columna vertebral".
¡Pero este es un proyecto que no tiene sangre, venas!
Entonces, no se saca nada con tener una columna vertebral sin venas. Y eso es un hecho de la causa.
Aquí, el Senador Zaldívar nos está diciendo que entre no hacer nada y hacer esto, es preferible hacer esto. Yo creo que no es ese el punto: entre hacer las cosas bien o mal en la vida, siempre hay que hacerlas bien. Ese es el principio que uno debería asumir dentro de lo posible, siguiendo la lógica que hemos oído en los últimos años.
Y este proyecto de ley intenta generar una columna vertebral sin una gota de sangre que pueda hacer funcionar ese esqueleto.
¡Eso es lo que está pasando aquí!
Tanto es así, señor Presidente -usted ha estado en la Comisión de Hacienda-, que después de haber visto este enjundioso proyecto pregunté cuál era el informe financiero; o sea, cuánto estaba dispuesta a gastar la autoridad por este tema místico, este tema nuevo, este tema revolucionario que va a cambiar la forma de enfrentar la delincuencia. Porque el Gobierno asume esta iniciativa como la "palanca maestra" para poder generar un cambio de este tipo.
Pues bien, el informe financiero dice que la propuesta legislativa no supone gasto fiscal; o sea, señor Presidente: ¡cero!
De repente le ponen un poquito, como que puede ir mejorando. No: ¡cero!

El señor LAGOS (Presidente).- ¡Magia!

El señor COLOMA.- Claro, ¡y la magia tiene un límite!
Entonces, uno se pregunta cómo el proyecto emblemático del Gobierno, que va a modificar toda la forma de enfrentar la delincuencia desde la perspectiva de las municipalidades, creando un montón de organismos, un montón de planos, un montón de esquemas, al final se encuentra sin recursos.
¿Cómo funciona esto?
Funciona con dos alternativas: las municipalidades que tienen recursos podrán idear un plan bajo esta lógica; las que no tienen, ¡cero!
Quiero hacer presente que el mismo artículo 7° transitorio al final expresa -entiendo la idea pero lo encuentro bastante perverso-: "La Ley de Presupuestos anualmente indicará los montos a transferir en virtud de los convenios celebrados entre la Subsecretaría de Prevención del Delito y los municipios en el marco de esta ley, en comunas que se seleccionarán en base a criterios objetivos.".
El Gobierno pudo haber dicho: "Los recursos de la Subsecretaría de Prevención del Delito que vayan a financiar este nuevo esquema", etcétera. Pero no lo hizo. En cambio, señala que se mantendrán los mismos recursos y que aquellas comunas que tienen un convenio -hoy día son 74- podrán acceder a esta suerte de privilegio, porque es una buena fórmula. Pero, en el resto los delincuentes harán de las suyas, ya que van a ser perseguidos solo en algunas comunas.
Entonces, ¡este es el problema estructural del proyecto!
Esto fue planteado -entiendo- en la Comisión de origen y también en la Comisión de Hacienda, donde nosotros teníamos pocos artículos que revisar, pero uno de ellos era el 7° transitorio.
A mí solo me había ocurrido una vez que en un proyecto tan importante no se asignaran recursos: cuando el señor Ministro de la época dijo que aumentar el tamaño del Parlamento valía cero -igual que en este caso-, que no había gasto fiscal. Sin embargo, ahora está todo el mundo viendo de dónde salen los recursos para poder aumentar el número de parlamentarios.
¡Entonces, no era cierto! Y esto tampoco es cierto: no funciona si no existen recursos -así de simple-, porque hay una idea detrás.
Yo no soy partidario de los espejismos ni de las expectativas infundadas; prefiero decir, francamente: "Este esquema no resulta". Ya habrá espacio, sea en la Comisión Mixta o en otro proyecto, para hacer algo que resulte, que tenga alma, que tenga fuerza, que tenga energía, ¡que tenga sangre!, que tenga movimiento, en lugar de establecer simplemente una estructura que esté anquilosada para algunos y rebosante para otros.
No creo en un país tan desigual.
Por eso, señor Presidente, a mí me parece que siempre hay que estar al lado de las cosas que revistan algún sentido y no de algo que solo genere expectativa.
De ahí que nosotros, por lo menos, vamos a votar en contra del artículo 7° transitorio.

El señor LAGOS (Presidente).- Coincido con algunas de sus apreciaciones, Senador señor Coloma.
Tiene la palabra el Honorable señor García.

El señor GARCÍA.- Señor Presidente, usted puso en votación el artículo 7° transitorio. No obstante, yo sugiero que solo se apruebe su inciso primero, porque lo que hace es fijar un plazo de 90 días, contado desde la publicación de la ley, para que el alcalde convoque a la primera sesión del consejo comunal de seguridad.
Los consejos ya están creados (lo hicimos mediante el artículo 104 A); también se legisló sobre su integración (artículo 104 B). De modo que parece superrazonable que obliguemos al alcalde a hacer esa convocatoria conforme al mencionado plazo.
Naturalmente, voy a votar en contra de los incisos siguientes debido al tema del financiamiento.
A mí me parece que la idea planteada por el Senador Espina en el sentido de hacer un calendario, con los recursos existentes, para determinar cómo las comunas pueden ir entrando paulatinamente al sistema, sería perfectamente realizable. La encuentro mucho más lógica y razonable. Porque, si hay algo que no es razonable es que les impongamos estas obligaciones a los municipios, particularmente a los medianos, pequeños y a los más rurales, sin que tengan plata para poder cumplir con ellas.
Así que, señor Presidente, propongo concretamente dividir la votación...

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Pero estamos en votación.

El señor GARCÍA.- ... Porque creo que hay que votar a favor del inciso primero y en contra de los incisos siguientes del artículo 7° transitorio.
Gracias.

El señor ESPINA.- Está bien; hay que dividir el artículo.

El señor LAGOS (Presidente).- Lo que ocurre, Su Señoría, es que ya se encuentra en votación todo el artículo.

El señor GARCÍA.- Está bien, señor Presidente.

El señor LAGOS (Presidente).- Como se explicó denantes, debo reiterar que reglamentariamente se halla en votación el artículo 7° transitorio en su conjunto.
Entendí la propuesta del Senador señor García. Solamente hago el alcance para no generar falsas expectativas ni frustraciones anticipadas...
Tiene la palabra el Honorable señor Montes.

El señor MONTES.- Seré muy breve, señor Presidente.
Solo quisiera señalar lo siguiente.
Recuerdo que en su oportunidad apareció el caso de un niño que tenía distintos tipos de problemas; entre otros, uno de conducta delictiva. Pero después de un tiempo descubrieron que ese menor tenía seis psicólogos, en seis programas distintos.
Y eso no ocurre en provincias ni en comunas chicas; ocurre en Santiago. Porque el problema, más que de recursos, que también lo es, es de enfoque: seguimos con enfoques sectoriales; cada programa vive su vida.
Recién estaba mirando un informe de la OCDE sobre estudios de la política urbana chilena. Ahí se señala que tenemos puras políticas sectoriales, una superpuesta con otra; no conversan entre sí.
Pienso que si queremos atacar el tema de fondo de los niños, de los adolescentes, de los jóvenes, deberíamos ver qué hay que redefinir. Porque díganme ustedes si no es la escuela el primer lugar que debe preocuparse de los niños, sea de los que desertan de ella o de los que tengan otros comportamientos.
Díganme por qué los consultorios no consideran a los niños como parte de los programas que tenemos con las guaguas, con los menores o con la gente mayor.
Los niños no están siendo objeto de una política pública más integradora.
Aquí se plantea como gran novedad todo esto. Pero quiero decirles -yo no he votado estas normas; solo me pronuncié en contra en la votación de ayer- que todo lo que se está señalando se hizo hace nueve años en este país, exactamente igual. Hay pautas de eso. Los planes de seguridad comunales se elaboraron hace mucho tiempo, pero algo pasó que no funcionaron y se agotaron; no digo en todas las comunas, pero sí en muchas de ellas.
En consecuencia, simplemente deseo manifestar que es necesario pensar muy bien los pasos que debemos dar para obtener resultados. Lo peor son estas políticas que pedalean en banda, que no logran influir en los procesos reales, por el lado de los niños y de los jóvenes. Y por el lado de la seguridad, si este proyecto o los consejos comunales de seguridad pública no consiguen que se converse entre Investigaciones, Carabineros, fiscales y -ojalá- jueces, que tengan diagnósticos en común, no habremos avanzado. Porque hoy día no conversan, no comparten los diagnósticos, no tienen planes para intercambiar información, ni tampoco planes operativos
Podemos seguir aumentando y aumentando las policías, pero en esto hay un problema y la solución tiene que ver con el concepto integrador, con partir de cosas más simples para llegar a cosas mayores.
¡Aquí ni siquiera hemos hablado del Plan Cuadrante! Y se suponía que muchos de los temas que estamos discutiendo los iba a resolver ese programa.
¡Cuántos recursos se han destinado al Plan Cuadrante!
No quiero entrar más en este debate, porque no deseo seguir cuestionando el proyecto. Este no me convence. Creo que es una repetición de cosas que se han hecho por lo menos en dos versiones anteriores.
Ojalá que haya algunas experiencias que permitan salir hacia adelante de otra manera y aprovechar lo mejor posible las potencialidades que existen en las comunas.
Gracias.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, muy brevemente, quiero señalarle al Senador Montes que en la Agenda corta Antidelincuencia nosotros establecimos por primera vez que Carabineros, Investigaciones, la Fiscalía y los jueces tenían la obligación legal de fijar diagnósticos compartidos, metas de seguridad ciudadana -obviamente, los jueces no se pueden involucrar en esa materia-, capacitaciones compartidas, objetivos compartidos y evaluaciones compartidas.
Ahora, cuando los consejos comunales de seguridad, citados por el alcalde, se junten en las pocas comunas donde funcionará el sistema -porque, recuerden: no hay recursos-, lo que generará una enorme frustración, tendrán la oportunidad de dialogar, de conversar, porque así es como se va a elaborar el plan comunal.
Hoy día, no hay una instancia que obligue a que todas las autoridades participen en la elaboración del plan comunal. Y, bueno, la ley en proyecto lo permite.
Prometo no hablar más de este proyecto; lo hago simplemente porque creo que estamos cometiendo un tremendo error al no dar tiempo para que esta iniciativa vaya a Comisión Mixta. No logro entender por qué los Senadores no podemos ejercer nuestra potestad y decir: "Vamos a Comisión Mixta y arreglemos el asunto ahí".
¡Si yo no estoy pidiendo un peso más de plata! Solo he planteado la conveniencia de que haya un calendario, para que cuando un Senador vaya a su región pueda decir: "Miren, fíjense que a la comuna de Ovalle le toca el próximo año". Pero quisiera estar presente cuando llegue allá y los alcaldes le señalen: "Usted me dictó una ley que dispone que debo tener un plan comunal de seguridad y resulta que no tengo un peso para echarlo a andar". Porque el plan comunal de seguridad establece obligaciones.
Me gustaría saber qué va a decir -con todo respeto- la Senadora Adriana Muñoz, frente a la idea de contar con un plan comunal que considere todos los casos de violencia intrafamiliar, cuando el Alcalde de Ovalle le pregunte: "¿Y dónde están los recursos? ¿Cómo lo hago?".
Me parece que vamos a cometer un error y que esta iniciativa se debería rechazar en esa parte e ir a Comisión Mixta para mejorar la redacción, de manera de sacar un buen proyecto y no uno absolutamente cojo como el que se ha propuesto, nada más que por no ser capaces de calendarizar las comunas que realmente van a ser beneficiadas o que tendrán la posibilidad de elaborar el plan de seguridad.
Gracias.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Ha pedido la palabra el señor Subsecretario. Puede intervenir después de la votación, a no ser que sea para rectificar...

El señor ESPINA.- Estamos en votación, señor Presidente.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Tendría que haber unanimidad...

El señor ESPINA.- Yo no la doy.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Terminada la votación.

--Se aprueba el número 12), que incluye un artículo 7° transitorio (15 votos contra 8 y 2 abstenciones), y el proyecto queda aprobado en particular y despachado en este trámite.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende y Goic y los señores Araya, Chahuán, Girardi, Guillier, Horvath, Lagos, Matta, Pizarro, Quintana, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa la señora Van Rysselberghe y los señores Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Hernán Larraín, Pérez Varela y Prokurica.
Se abstuvieron los señores Moreira y Ossandón.

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El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario para dar cuenta de algunas comunicaciones recibidas.

El señor LABBÉ (Secretario General).- En este momento ha llegado a la Mesa el siguiente documento:
Oficio
De Su Excelencia la Presidenta de la República, con el que solicita el acuerdo del Senado para designar miembro del Consejo Directivo del Servicio Electoral al señor Carlos Andrés Tagle Domínguez (boletín Nº S 1.895-05) (con la urgencia señalada en el inciso segundo del Nº 5) del artículo 53 de la Carta Fundamental).
--Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

El señor LABBÉ (Secretario General).- En seguida, la Comisión de Hacienda solicita ampliar el plazo para formular indicaciones -venció hoy- al proyecto que perfecciona el Sistema de Alta Dirección Pública y fortalece la Dirección Nacional del Servicio Civil: hasta mañana, jueves 14 de julio, a las 12.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo?
--Se accede.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Por último, la Comisión de Educación y Cultura, por la unanimidad de sus miembros, en sesión celebrada el día de hoy, acordó pedir a la Sala la autorización necesaria para discutir en general y particular en el trámite de primer informe el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que autoriza para erigir un monumento en homenaje a los ex trabajadores de las empresas textiles de la comuna de Tomé (boletín Nº 10.283-24).

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado.
Acordado.



CREACIÓN DE COMISIÓN DE VALORES Y SEGUROS


El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Corresponde tratar en particular el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que crea la Comisión de Valores y Seguros, con segundo informe de la Comisión de Hacienda e informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.015-05) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 90ª, en 28 de enero de 2014.
Informes de Comisión:
Hacienda: sesión 28ª, en 16 de junio de 2015.
Hacienda (segundo): sesión 31ª, en 13 de julio de 2016.
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 31ª, en 13 de julio de 2016.
Discusión:
Sesión 29ª, en 17 de junio de 2015 (se aprueba en general).

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Esta iniciativa fue aprobada en general en sesión de 17 de junio de 2015.
Las constancias efectuadas por las Comisiones para los efectos reglamentarios señalan que no existen artículos que no hayan sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.
La Comisión de Hacienda, en virtud de una indicación sustitutiva del Ejecutivo que fue aprobada con modificaciones, introdujo al texto despachado en general una enmienda consistente en la sustitución íntegra del texto del proyecto, la que se aprobó por unanimidad.
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, por su parte, realizó diversas modificaciones al texto despachado por la Comisión de Hacienda, todas las cuales fueron acordadas por unanimidad, con excepción de una, que será puesta en discusión y votación oportunamente.
Cabe recordar que las enmiendas unánimes deben votarse sin debate, salvo que alguna señora Senadora o algún señor Senador manifieste su intención de impugnar la proposición de la Comisión a su respecto o que existan indicaciones renovadas.
De estas modificaciones unánimes, las recaídas en los artículos 1º; 2º; 4º; 5º, números 1, 5, 27 y 28; 7º; 8º; 9º; 12; 14, letra f), párrafos tercero, cuarto y quinto; 18; 20; 21; 26; 29; 30; 31; 34; 37; 63 (64 de la Comisión de Hacienda); 68 (69 de la Comisión de Hacienda); 71 (72 de la Comisión de Hacienda); 72 (73 de la Comisión de Hacienda), y 73 a 82 (74 a 83 de la Comisión de Hacienda), todos ellos contenidos en el Artículo Primero del proyecto, así como el Artículo Cuarto y el artículo 1º transitorio, requieren para su aprobación 21 votos favorables, por tratarse de normas de rango orgánico constitucional.
Las enmiendas que dicen relación con los numerales 5 y 27 del artículo 5º del Artículo Primero de la iniciativa, además, inciden en disposiciones de quorum calificado, al igual que los artículos 28 y 45 del Artículo Primero, por lo que para su aprobación se requieren 19 votos afirmativos.
Sus Señorías tienen a la vista un boletín comparado que consigna el texto aprobado en general, la enmienda sustitutiva efectuada por la Comisión de Hacienda, las modificaciones introducidas por la Comisión de Constitución al proyecto despachado por la de Hacienda y el texto que resultaría de aprobarse estas enmiendas.
Por su parte, el Ejecutivo renovó la indicación que presentó para agregar un artículo 60, que es justamente la norma que la Comisión de Constitución rechazó por mayoría, según consta en la página 144 del comparado.
Ahora, no sé cuál va a ser el criterio que adoptará la Sala. O sea, si se van a votar en un solo acto las enmiendas unánimes sobre la base del texto despachado por la Comisión de Hacienda más las modificaciones de la de Constitución, incluidas las normas de quorum especial, y después, aparte, el artículo 60, en el que recae la indicación renovada y donde además hay diferencias con respecto a la aprobación.
Nada más, señor Presidente.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).- En discusión particular el proyecto.

Tiene la palabra el Senador señor Araya, Presidente de la Comisión de Constitución, para que informe sobre las modificaciones efectuadas por dicho órgano técnico.
Seguramente Su Señoría nos iluminará respecto de la duda que planteó el señor Secretario.

El señor ARAYA.- Señor Presidente, este proyecto de ley busca, como objetivo central, modernizar el sistema de gobierno de la institucionalidad vigente en nuestro medio para fiscalizar el mercado financiero, con la finalidad de que ella proporcione mayores garantías de objetividad, eficiencia y oportunidad.
Para tales efectos, la actual Superintendencia de Valores y Seguros, dirigida por una sola persona, el Superintendente del ramo, es remplazada por la Comisión de Valores y Seguros, que será un órgano colegiado con un Consejo encabezado por un presidente, quien actuará como jefe de servicio, e integrado además por otros cuatro comisionados, y que ejercerá potestades regulatorias e impondrá las sanciones pertinentes a las personas y entidades fiscalizadas.
Esta iniciativa pasó a la Comisión de Constitución después de haber sido informada tanto en general como en particular por la de Hacienda.
El objetivo inicial de dicho trámite fue que se revisaran algunas normas que dotan a la Comisión de Valores y Seguros de atribuciones de carácter intrusivo para acceder a determinadas informaciones, de manera que observaran la necesaria armonía con la garantía constitucional referida a la inviolabilidad de las comunicaciones.
El cometido original de la Comisión, sin embargo, fue ampliado por la Sala, en atención a que el proyecto recibió diversas observaciones tanto de la Excelentísima Corte Suprema cuanto del Ministerio Público. Por ello, se acordó que se analizaran también las disposiciones sobre las cuales recayeron todos los planteamientos formulados.
La Comisión de Constitución realizó su trabajo con la asistencia y colaboración de la abogada Coordinadora Legislativa del Ministerio de Hacienda, doña Macarena Lobos; del Superintendente de Valores y Seguros, don Carlos Pavez, y del Director de la Unidad Especializada en Lavado de Dinero, Delitos Económicos, Medioambientales y Crimen Organizado del Ministerio Público, don Mauricio Fernández.
Debo informar que, después de analizar cada una de las materias entregadas a su conocimiento, la Comisión llegó a soluciones que concitaron el apoyo de la unanimidad de sus miembros presentes.
En los casos de materias de iniciativa exclusiva del Ejecutivo se convino con el Ministerio de Hacienda la presentación de las respectivas indicaciones por la señora Presidenta de la República. Y, tal como se consigna en el informe, las indicaciones formuladas se aprobaron por unanimidad.
Los acuerdos alcanzados pueden apreciarse en el boletín comparado que se entregó a la Sala, que presenta una serie de enmiendas al texto despachado por la Comisión de Hacienda en su segundo informe.
Entre tales modificaciones hay diversos ajustes al ejercicio de las denominadas "medidas intrusivas"; a la utilización de las informaciones obtenidas mediante estas; al mecanismo de reclamo de que dispondrán los afectados por dichas medidas, y a la forma como los antecedentes recogidos podrán incorporarse a los procedimientos penales o entregarse a entidades fiscalizadoras extranjeras.
Igualmente, hay perfeccionamientos relativos al funcionamiento interno de la entidad que se crea, a la sustanciación de los procedimientos a su cargo y a la entrada en vigor de la nueva institucionalidad.
La única situación distinta se produjo en relación con el artículo 60 propuesto por la Comisión de Hacienda, que consagra el mecanismo conocido como "colaboración eficaz" o "delación compensada", el cual fue desechado por la Comisión de Constitución al no alcanzarse la mayoría necesaria para aprobar la indicación sustitutiva del Ejecutivo, o bien, el ya referido texto de la Comisión de Hacienda.
La mencionada disposición fue debatida extensamente. Se analizaron en detalle aspectos tales como los tipos infraccionales a los que podría aplicarse, los mecanismos de fiscalización que se utilizan actualmente frente a estas situaciones y la posibilidad de que tanto la persecución infraccional como la de carácter penal mejoren si se incorpora la delación compensada.
Un aspecto de fondo fue dilucidar si esta herramienta debía integrarse como una más de las disponibles en nuestro sistema procesal penal o si su tratamiento siempre tendrá un sesgo de excepcionalidad.
Otro motivo de debate fue definir si las cooperaciones eficaces deben importar una exención de la responsabilidad o solamente una atenuación de ella.
La Comisión de Constitución también revisó la legislación comparada vigente sobre el asunto que nos ocupa, así como los precedentes derivados del recién despachado proyecto sobre colusión (contenido en el boletín N° 9.950-03), aun cuando se tuvo en cuenta que las peculiaridades propias de la pesquisa de los carteles no son necesariamente traspasables a la investigación infraccional de la Ley de Mercado de Valores, en la cual los ilícitos que se persiguen son en general, a juicio de la mayoría de dicho órgano técnico, de más fácil detección.
Al no haber prosperado el artículo 60, es previsible que se renueve la indicación correspondiente del Ejecutivo. Si esto ocurre, podrá debatirse la materia en la Sala, dando oportunidad para que cada Senador exponga sus puntos de vista.
En razón de aquello, la Comisión de Constitución propone a la Sala realizar dos votaciones. La primera, para pronunciarse sobre todo lo que se respaldó unánimemente tanto en la Comisión de Constitución cuanto en la de Hacienda, teniendo presente que existen varias normas de quorum especial. Y la segunda, para votar la indicación renovada que presentó el Ejecutivo, al objeto de agregar el artículo 60, norma que fue rechazada en la Comisión de Constitución.
Es cuanto puedo informar, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Entiendo que los miembros de la Comisión de Hacienda están de acuerdo en que en una sola votación nos pronunciemos respecto de todas las proposiciones unánimes de ambas Comisiones, teniendo en cuenta las normas de quorum especial.
¿Hay acuerdo para proceder de esa manera?

El señor TUMA.- Abra la votación, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Una sola votación para todas las proposiciones unánimes de las dos Comisiones.
¿Les parece a Sus Señorías?
Acordado.
En votación todas las proposiciones unánimes de ambas Comisiones, incluidas las recaídas en normas de quorum orgánico constitucional o de quorum calificado y exceptuada la indicación que el Ejecutivo renovó para agregar un artículo 60.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Para aprobar las disposiciones orgánicas constitucionales se requieren 21 votos favorables.
¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Terminada la votación.

--Se aprueban todas las enmiendas propuestas unánimemente por las Comisiones de Constitución y de Hacienda (25 votos a favor), dejándose constancia de que se reúne el quorum constitucional requerido.
Votaron las señoras Allende, Goic, Muñoz, Lily Pérez y Van Rysselberghe y los señores Araya, Coloma, Espina, García, García-Huidobro, Girardi, Guillier, Horvath, Hernán Larraín, Montes, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Prokurica, Quintana, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Se deja constancia de la intención de voto favorable del Senador señor Chahuán.

Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Como se expresó, la Comisión de Constitución rechazó por 3 votos contra 2 el artículo 60 contemplado en el numeral 16) de las indicaciones del Ejecutivo, y con la misma votación, el artículo 60 propuesto por la Comisión de Hacienda (página 144 del comparado).
Ahora bien, el Gobierno renovó su indicación con el objeto de agregar el siguiente artículo 60:

"Artículo 60.- El que incurra en una conducta sancionable por la Comisión podrá acceder a una reducción de hasta el 80% de la sanción pecuniaria aplicable, cuando se auto denunciare aportando a la Comisión antecedentes que conduzcan a la acreditación de los hechos constitutivos de infracción.
"En el caso de una infracción que involucrare a dos o más posibles responsables, el primero en auto denunciarse y aportar antecedentes a la Comisión podrá acceder a una reducción del 100% de la sanción pecuniaria aplicable. Los restantes involucrados, en tanto, solo podrán acceder a una reducción de hasta el 30%, siempre que aporten antecedentes sustanciales y adicionales a los ya presentados por el primer denunciante.
"Se aplicará la pena inferior en uno o dos grados a la señalada por la ley al delito a la persona a quien la Comisión le hubiere concedido la reducción del 100% de la sanción pecuniaria aplicable de conformidad al inciso anterior en el caso que los hechos que se investiguen estén tipificados como delito de acuerdo a las leyes que rigen a las personas o instituciones fiscalizadas por la Comisión. Excepcionalmente, se le reconocerá la extinción de la responsabilidad penal en los casos que los antecedentes aportados permitan revelar o descubrir una o más conductas sancionadas como delito por los artículos 59 letra e), sólo en lo referente a las prohibiciones consignadas en los artículo 52 y 53; 60 letras e), g) y h) en relación con el artículo 164, o 61, siempre que no se trate de los sujetos señalados en su inciso segundo, todos de la ley N° 18.045 de Mercado de Valores. Lo anterior es sin perjuicio de las responsabilidades civiles que concurran.
"Para acceder a los beneficios indicados en los incisos primero y segundo, quien aporte antecedentes a la Comisión deberá cumplir los siguientes requisitos:
"a) Proporcionar antecedentes precisos, veraces y comprobables que representen una contribución efectiva a la constitución de elementos de prueba suficientes para fundar el oficio de cargos;
"b) Abstenerse de divulgar la solicitud de este beneficio hasta que se haya emitido la resolución sancionatoria u ordenado archivar los antecedentes del caso;
"c) Haber puesto fin a su participación en la conducta antes de presentar su solicitud;
"d) No haber sido el organizador o líder de la conducta ilícita, ni haber coaccionando a los demás a participar en ella; y
"e) No haber sido sancionado previamente por la Comisión, con alguna de las sanciones previstas en los numerales 2) o 3) de los artículos 38 o 39 de la presente ley.
"La persona que acceda alguno de los beneficios descritos en el inciso tercero, deberá además contribuir efectivamente a la investigación en el marco del proceso penal que lleve adelante el Ministerio Público por los mismos hechos. Para estos efectos, deberá proporcionar al fiscal del Ministerio Público a cargo del caso todos los antecedentes que hubiere aportado en la investigación conducida por la Comisión, y prestar declaración en calidad de testigo cuando fuere requerido por éste o por el tribunal llamado a conocer de los hechos, en su caso. La declaración podrá ser prestada en la forma dispuesta por el artículo 191 del Código Procesal Penal, caso en el cual será incorporada al juicio oral en la forma prevista en el artículo 331 del mencionado Código.
"Si el testigo legalmente citado no compareciere sin justa causa o se negare a ratificar su declaración prestada ante la Comisión y así lo declarare el juez de garantía competente a petición del Ministerio Público, o incurriere en alguna de las conductas previstas en los artículos 206 o 269 bis del Código Penal, será privado de la exención de responsabilidad penal que establece este artículo. En contra de la resolución del juez de garantía que privare de la exención de responsabilidad penal procederá el recurso de apelación que se concederá en ambos efectos.
"Quien solicite alguno de los beneficios a que se refieren los incisos primero y segundo de este artículo, a sabiendas de que se basa en antecedentes falsos o fraudulentos, será sancionado con las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.".

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Gracias, señor Secretario.
Voy a otorgarle la palabra al Ministro de Hacienda, señor Rodrigo Valdés.

El señor WALKER (don Ignacio).- Abra la votación, señor Presidente.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿La abro, señor Presidente?

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- La abriremos después de la intervención del señor Ministro.
Tiene la palabra el Senador señor García para plantear una cuestión reglamentaria.

El señor GARCÍA.- Señor Presidente, reglamentariamente, también podríamos votar el artículo 60 aprobado en la Comisión de Hacienda.
Lo planteo como un asunto de Reglamento, pues la indicación que nos trae el Ejecutivo es parecida, pero no igual, a lo que aprobó la referida Comisión.
Me llama la atención el artículo del Gobierno, porque en el inciso primero dice que "El que incurra en una conducta sancionable por la Comisión podrá acceder a una reducción de hasta el 80% de la sanción pecuniaria aplicable, cuando se auto denunciare", y en el inciso segundo dispone que, tratándose de dos o más posibles responsables, el primero en autodenunciarse podrá acceder a una rebaja de 100 por ciento de la sanción pecuniaria, y los restantes, a una de 30 por ciento.
No entiendo a quién se le aplicaría la reducción de hasta 80 por ciento.
Estimo que el objetivo está mucho mejor logrado en el texto de la Comisión de Hacienda.
Por eso, me gustaría que, en su exposición, el señor Ministro de Hacienda nos explicara la diferencia entre ambos textos.
Tal vez, señor Presidente, debí partir señalando que estoy de acuerdo con la figura de la delación compensada o arrepentimiento eficaz. Me parece buena para que los delitos pertinentes se denuncien, se autodenuncien y se investiguen.
Sin embargo, considero muy importante aclarar el punto que expuse. Porque, si Su Señoría va a poner en votación la indicación, debo expresar que, para mí, su inciso primero resulta incomprensible.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Antes de que la Sala discuta y vote la indicación renovada, le daré la palabra, tras haber escuchado al Senador señor García, al señor Secretario, quien precisará un par de cosas. Y en seguida escucharemos al señor Ministro.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Solo quiero, señor Presidente, explicar que la indicación renovada es la que se presentó originalmente en la Comisión de Constitución.
Sin perjuicio de ello, si se rechazara la indicación renovada, correspondería votar la modificación que aprobó la Comisión de Hacienda.
Nada más, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Muchas gracias, señor Secretario.
Tiene la palabra el señor Ministro de Hacienda.

El señor VALDÉS (Ministro de Hacienda).- Señor Presidente, primero me gustaría argumentar por qué en el mercado de que se trata es importante la delación compensada o, más en general, colaboración eficaz.
Sus Señorías vienen de una discusión larga respecto a la delación compensada en el ámbito de la libre competencia.
Acá se aplican los mismos principios.
De hecho, el concepto de delación compensada tuvo inicio más bien en la legislación financiera del mundo que en la de libre competencia.
Y la razón para usar dicho instrumento tanto en la libre competencia cuanto en la materia que nos ocupa es la misma.
Primero, se trata de delitos difíciles de descubrir; por lo tanto, la delación sirve para develarlos una vez que han ocurrido. Y segundo (más importante aún), dicha figura constituye un disuasivo ex ante muy significativo en el caso de delitos en que dos o más personas se ponen de acuerdo.
A uno le es factible argumentar que el mecanismo propuesto es injusto, pues podría permitir que alguien delinquiera y luego corriera rápidamente a autodenunciarse.
Pues bien: si fuese así, el socio de quien va a correr para autodenunciarse jamás haría un pacto delictivo con este; por ende, el ilícito nunca se materializaría desde el comienzo.
Entonces, al igual que en la libre competencia, la disminución de la seguridad o confianza de quienes se ponen de acuerdo es clave como principio para defender la norma planteada.
Uno podría argumentar que la Comisión de Valores y Seguros, conforme a este proyecto de ley, tiene muchas más herramientas que antes.
Eso es verdad: cuenta con herramientas intrusivas y más información; hay un Consejo encima; se mejoró la forma como opera el procedimiento investigativo y sancionatorio.
Sin embargo, sigue siendo cierto que en los mercados financieros la información es muy reservada, difícil de descubrir.
Por consiguiente, al igual que en materia de libre competencia, también se aplica el argumento de que se trata de un mercado especial.
Por supuesto, uno podría discutir por qué no aplicar la herramienta en comento a otros delitos.
Yo no soy penalista; ni siquiera, abogado. Entonces, no quiero meterme entre abogados en una cuestión muy doctrinaria.
Pero, ciertamente, uno puede argumentar que determinado tipo de colaboración eficaz podría ser bueno asimismo en otros ámbitos. Y se ha demostrado con creces que en el que nos ocupa es así.
De hecho, uno de los escándalos más grandes y famosos con mezcla de mercado financiero y libre competencia es el de la fijación de la tasa LIBOR, que es la tasa de interés más importante en materia de contratos en el mundo.
Sus Señorías deben de recordar el gran escándalo habido hace pocos años por la forma como personas que trabajaban en distintos bancos encuestados para los efectos de determinar la referida tasa se ponían de acuerdo entre ellas.
El primero que dijo "Estamos haciéndolo" rompió el cartel y se autodelató compensadamente (fue un banco suizo). Y eso fue muy importante para descubrir el ilícito.
Tal es la razón de fondo de esta herramienta, que existe en toda la legislación comparada. Los centros financieros más relevantes del mundo la tienen.
Finalmente, con relación a la pregunta del Senador señor García, debo decir que, como Ejecutivo, repusimos la indicación rechazada en la Comisión de Constitución por 3 votos contra 2, que en su espíritu es muy parecida a la aprobada por 5 a 0 en la de Hacienda -no recuerdo con exactitud el resultado; pero, en todo caso, hubo unanimidad- en aspectos que restringen la aplicación de la delación compensada y de la autodenuncia.
El cambio de 100 por ciento a 80 por ciento es aplicable únicamente a la autodenuncia respecto a un ilícito en el que hay solo un participante. Pensamos que en este caso tiene sentido que el perdonazo no sea total, sino parcial.
Lo otro que la indicación hace de manera distinta es, tratándose de delitos en que hay dos o más participantes, restringir el tipo de ilícitos a los que se aplica la delación compensada, la cual queda para los más graves: manipulación de mercados y uso de información privilegiada.
En los otros delitos hay atenuantes, pero no delación compensada que implique 100 por ciento de eliminación de la sanción pecuniaria aplicable.
Es cuanto puedo informar, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Gracias, señor Ministro.
Tiene la palabra la Senadora señora Goic.

La señora GOIC.- Solo deseo solicitar que se abra la votación, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Sí. Pero ya escuchamos el planteamiento que hizo el Senador señor García. Entonces, debemos tener claro qué estamos votando.

El señor ARAYA.- Primero hay que votar la indicación del Ejecutivo, señor Presidente.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- ¿Habría unanimidad?
Lo pregunto porque de las palabras del Senador señor García (todos estábamos atentos) yo no desprendo la existencia de unanimidad.
Si estuviéramos de acuerdo en votar la indicación renovada todos, incluidos el Senador García y los demás miembros de la Comisión de Hacienda, no habría problema para abrir la votación.
¿Existe unanimidad a ese respecto?
Acordado.
En votación la indicación renovada del Ejecutivo.
--(Durante la votación).

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Zaldívar.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, vamos a votar la indicación que renovó el Ejecutivo. Y, como dijo el señor Secretario, si la rechazamos deberemos pronunciarnos sobre la proposición de la Comisión de Hacienda.
Yo me voy a referir a la indicación renovada, que, a mi modo de ver, es coherente con la que aprobamos por unanimidad en dicho órgano técnico, si bien aquella baja de 100 a 80 por ciento el porcentaje de reducción de la multa aplicable.
En todo caso, me parece que el problema está en la cuestión de fondo: determinar si es posible que la delación compensada exista tratándose de los delitos cometidos en el ámbito financiero.
Ya resolvimos el punto en el ámbito de la libre competencia: tras los casos de colusión, el Senado aprobó la delación compensada.
Ahora, señor Presidente, me parece perfectamente posible pensar distinto.
Hay gente que tiene un sentido más bien purista en cuanto a la aplicación de derecho estricto, sin que le interese la finalidad que se quiere lograr: detectar el mayor número posible de ilícitos registrados en el ámbito de la libre competencia o en el del mercado financiero, según corresponda.
En Chile tenemos experiencia incluso en el sistema procesal penal ordinario. En efecto, una persona que ante un delito concurre a un tribunal y colabora con el fiscal obtiene beneficios: rebaja de penas, suspensión del procedimiento.
Entonces, no se trata de una cuestión de purismo, sino de eficiencia: alcanzar el objetivo de detectar a quienes delinquen en un área muy difícil de fiscalizar; porque, pese a todas las reformas que estamos haciendo, las herramientas muchas veces no permiten descubrir ese tipo de ilícitos.
Como dijo el señor Ministro, el sistema propuesto solo opera tratándose de delitos graves, no de cualquier clase de ilícitos.
¿Qué ocurre en esta materia?
Yo prefiero guiarme por la legislación comparada y no únicamente por la interpretación a lo mejor estricta y purista en el sentido de que no se quiere que haya delación compensada porque quizás va más allá de la ética.
Veamos dónde se aplica.
Se aplica en los países más avanzados en la materia, que han llegado a sancionar con mucha dureza este tipo de delitos.
El caso más específico es el de Estados Unidos.
De acuerdo con mi información, más de un tercio de las situaciones detectadas surgen de la delación compensada y solo un sexto emana de investigaciones iniciadas por el propio fiscalizador.
La delación compensada se aplica también en la Unión Europea, desde el año 1996. Allí ha significado -voy de nuevo a la estadística, que es importante- un aumento de más del doble en los ilícitos detectados y de más de cinco veces en la magnitud de las multas impuestas.
Se aplica asimismo la delación compensada en países en los que uno cree que existe una legislación muy eficiente en esta materia: Reino Unido, Suiza, Holanda, Nueva Zelanda, Irlanda, India, Jamaica, Canadá, Australia, por señalar algunos.
Es decir, según revela la legislación comparada, la inmensa mayoría de las naciones tienen sistemas de delación compensada.
En Estados Unidos, los fraudes del año 2010 provocaron un desastre en el sistema financiero. Y ese país fue aun más allá: profundizó en la lógica de proteger e incluso incentivar a los informantes para poder detectar los fraudes corporativos en el mercado de valores.
Entonces, se ha rectificado la legislación americana -ello, al objeto de ser todavía más estrictos- dando mayores ocasiones para la delación compensada. ¿Por qué? Por la experiencia recogida.
En tal sentido, Estados Unidos es uno de los países que se pueden mirar -a unos les gustará; a otros, no- como modelo para la imposición de sanciones a los delitos económicos.
Por esa razón, en la Comisión de Hacienda votamos por unanimidad -los cinco integrantes- la norma que propusimos a la Sala. Esto, en la convicción de que se trata de un procedimiento positivo para que la Comisión de Valores y Seguros, utilizando una estructura nueva y ejerciendo facultades diferentes, pueda llegar a detectar...

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Dispone de un minuto adicional, Su Señoría.

El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- ... casos que son conocidos pero que, de no mediar la delación compensada, no será factible solucionar.
¿O se cree que sin la delación compensada podríamos haber conocido los casos de colusión u otros delitos económicos ocurridos en el último tiempo?
Por eso, señor Presidente, emito mi pronunciamiento con convicción.
Tras conocer la experiencia de países que se nos han anticipado en la materia, considero que debe aprobarse la indicación renovada del Ejecutivo, con la cual, a mi entender, seremos más eficientes en conseguir que la Comisión de Valores y Seguros pueda detectar este tipo de delitos, que son tan perniciosos.
En consecuencia, considero que debemos apoyar la proposición del Gobierno.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Espina.

El señor ESPINA.- Señor Presidente, los cinco miembros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia votamos en contra de esta norma.
¡Ah! ¿No?
Me informan que fue 3 por 2.
¡Me equivoqué!
Pido disculpas.
Señor Presidente, creo que constituye un error aprobar esta disposición. Y quiero explicar por qué.
La delación compensada es una figura muy excepcional que existe en el derecho para determinados casos en que quien se delata tiene como beneficio la exención de su responsabilidad; o sea, queda libre de polvo y paja.
Dicha figura se ha debatido mucho en nuestro país. Y nosotros la aprobamos en los delitos de colusión, que, a diferencia de los ilícitos que se configuran en este proyecto de ley, que crea la Comisión de Valores y Seguros, son muy difíciles de probar.
La colusión significa que dos personas se ponen de acuerdo respecto de algo que el consumidor no tiene cómo conocer: se colocan de acuerdo para subir el precio de un producto, o para bajarlo, o para repartirse en cuotas un mercado.
Quiero poner un caso, para que tengamos conciencia de qué se está votando.
Aquí se permite que una persona que en determinado momento usó información privilegiada para, por ejemplo, enriquecerse a través de la compra de acciones se delate y, en función del argumento de que está cooperando con la justicia, quede libre de polvo y paja.
Nosotros justificamos la aprobación de la delación compensada tratándose de la colusión por lo difícil que resulta probar este delito. Pero en el caso que nos ocupa esta tarde ¡va a existir una Comisión de Valores y Seguros, estamos creando una institucionalidad fiscalizadora!
Yo no estoy dispuesto a dejar exento de responsabilidad penal a quien, utilizando maniobras como la información privilegiada, se enriquece porque, por ejemplo, sabe que van a fusionarse dos empresas, compra acciones, hace una pasada millonaria y al día siguiente va al tribunal y le dice: "Me declaro culpable. ¿Cómo supe? Muy simple: en una conversación en mi casa, un primo contó que se estaban fusionando dos empresas, de modo que resolví comprar acciones y gané millones de dólares, porque resulta que ello efectivamente sucedió, los títulos subieron e hice el mejor negocio del mundo. Y, para que no me pillen, me delato".
Quiero subrayar que la delación compensada ha sido algo excepcionalísimo. Y nosotros somos medio bipolares, ya que pasamos de un extremo a otro. No recuerdo bien si en la ley antiterrorista hay o había una norma al respecto. Solo se concreta cuando una persona confiesa que se va a cometer un delito y lo impide. El premio por evitar que se ponga una bomba en el Metro -para citar un caso- tiene lugar cuando al tipo le baja un cargo de conciencia, va y cuenta. La ley le expresa: "Con tal de evitar el daño, estoy dispuesta a darle el beneficio". Repito que es algo excepcionalísimo en la legislación chilena.
En la Comisión de Constitución meditamos mucho al respecto cuando analizamos la colusión, que es difícil pillar. Pero aquí hay una institucionalidad con una regulación de las empresas, las cuales tienen que informar exactamente cuáles son sus operaciones. ¡Si la cuestión se relaciona con todo lo referido a la manipulación de precios que puede tener lugar!
Entonces, considero sinceramente que hacer extensiva la delación compensada a esta situación no se justifica en modo alguno, porque se puede prestar perfectamente bien para que se cometa todo tipo de tropelías en sociedades anónimas, en relación con acciones o en actividades similares. Y es muy simple: contrato a un buen abogado, voy al tribunal, me delato y salgo libre.
¡Por favor! Repito que se trata de una norma muy excepcional. Se usa para casos extraordinarios. Y, por eso, quienes votamos en contra lo hicimos luego de sostener un debate.
Porque el argumento...
¿Me da un minuto adicional, señor Presidente, para terminar la idea?

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Lo tiene, Su Señoría.

El señor ESPINA.- El argumento que se proporciona es el siguiente -y así lo plantearán mis distinguidos colegas que están a favor-: "Si no, no se descubre nada. Y como no se descubre nada, es preciso que alguien se delate para lograr resultados. Si lo hace, lo salvamos y pillamos a los cómplices de segunda categoría".
Entonces, ¿cuál es el rol fiscalizador del Estado?
¡Por favor! Insisto en que la norma se contempla para situaciones excepcionales en que el Estado no puede actuar.
¡Vean los señores Senadores todos los casos de información privilegiada que han existido en el país en el pasado, todos los que se han investigado, toda la compra y venta de acciones en forma absolutamente manipulada para obtener utilidades de una empresa a otra! ¿Y en todos ellos vamos a decir, de la noche a la mañana: "¿Saben qué más? El primero de ustedes que se delate queda libre de responsabilidad"?
Considero que cometeríamos una equivocación.
Por lo tanto, hago presente que el argumento que se plantea es muy complicado. ¡No tengamos justicia, entonces! ¡Lo que se necesita es que alguien se delate siempre en todos los delitos! ¡Es muy simple, ya que los robos se aclararían por esa vía!
¡Pero si el ladrón podrá seguir robando igual! ¿Y vamos a eximirlo de responsabilidad penal?
Estimo un profundo error aprobar la norma repuesta por el Ejecutivo. El Senador que habla, por lo menos, aun cuando acepta otras opiniones, no avalará con su voto que quienes cometan este tipo de delitos graves simplemente se delaten y queden exentos de responsabilidad.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Larraín.

El señor LARRAÍN.- Señor Presidente, el asunto efectivamente motivó un gran debate en la Comisión de Constitución, donde el Senador señor Espina, quien acaba de explicar su pronunciamiento, y nuestros colegas Araya y De Urresti manifestaron una posición diferente de la que mantuvimos con el Honorable señor Harboe.
Aunque repita algunos argumentos respecto del sentido de la delación compensada en nuestro derecho, expuestos cuando se discutió el punto a propósito del proyecto de ley contra la colusión, deseo recurrir a ellos al fundamentar mi voto. Como no había mucha asistencia en esa oportunidad, me parece relevante reiterarlos para que se entienda la importancia de la delación compensada.
Esta última es una herramienta de persecución tanto administrativa cuanto criminal que permite, como lo ha hecho históricamente en Chile desde que se instaló o a nivel internacional, la más pronta y eficaz detección de los delitos en que se utiliza.
El problema que presenta dice relación con que en cierto sentido es ajena a nuestra cultura jurídica. Dentro de los valores inspiradores de nuestro sistema legal se incluye el de que quienes cometen algún ilícito deben ser sancionados, porque eso es lo justo, y la justicia retributiva exige que paguen con sanciones en proporción a la gravedad del hecho.
Esta es la cultura que hemos heredado de la Europa continental, fundamentalmente, porque el mundo anglosajón, tanto el Reino Unido como los Estados Unidos y los países de la Commonwealth, donde prevalece la del common law, ha desarrollado un sistema que, con más compromiso, procura determinar quiénes son los responsables cuando se comete un ilícito, desarmarlo, y así evitar que se repita, pero sobre todo llegar a la verdad. Ese sentido más práctico es lo que a veces nos complica, pero es, al mismo tiempo, lo que permite que el mecanismo opere.
El bien jurídico protegido en el caso de que se trata es un mercado de valores sano, que funcione en la forma debida -es decir, la existencia de una verdadera protección del ámbito financiero-, del mismo modo que el objetivo de la normativa anticolusión es lograr la seguridad de que rige la libre competencia y no tiene lugar la colusión, que afecta, en definitiva, al consumidor. Lo importante es detectar y eliminar los carteles, propósito que se consiguió gracias a la instalación de la delación compensada en el año 2003. Ello nunca fue posible antes. En consecuencia, estimo absolutamente imperioso, para la eficacia de las normas que estamos propiciando, que la misma herramienta se utilice para la seguridad del mercado de valores y seguros.
Por lo demás, el instrumento que se intenta incorporar no se aplica al voleo, sino que se restringe a quien delate una infracción que involucre a dos o más responsables.
Asimismo, se consideran delitos de difícil verificación. Estamos pensando en la manipulación del mercado, por la vía de precios o de fraude, y en el uso de información privilegiada.
Para los demás ilícitos, el beneficio ya no será la exención penal, sino que consistirá únicamente en una atenuante calificada.
A mi juicio, de lo que se trata es de mejorar la detección de los delitos. Y, en lugar de ponerle freno a una tendencia mundial que en Chile ya ha resultado, debiéramos pensar en hasta dónde podríamos extenderla. Porque contamos con un sistema muy fuerte en cuanto a los robos con violencia, por ejemplo, con penas, con carabineros, con...

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Ha concluido su tiempo, Su Señoría.
Dispone de un minuto para concluir.

El señor LARRAÍN.- Y, sin embargo, a pesar de estos elementos, solo en el 7 por ciento de los casos se llega a alguna solución y castigo.
Entonces, ¿cómo mejoramos mecanismos que efectivamente permitan avanzar en el objetivo señalado y en reprimir los ilícitos o al menos sancionarlos de una manera compatible con el buen resultado?
La delación compensada permite eficacia en la solución de hechos penales, que son particularmente complejos, cometidos por grupos. Eso es lo que está ocurriendo en el mundo y en Chile. Me parece que oponerse es simplemente evitar que el sistema funcione. Y la nueva modificación no tendrá mucho sentido si no incorporamos el mecanismo como una herramienta eficaz para conseguir la finalidad que se propone.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Puede intervenir el Senador señor Araya.

El señor ARAYA.- Señor Presidente, sin duda, la delación compensada o la cooperación eficaz constituyen un tema que genera mucho interés a nivel doctrinario.
Por lo pronto, digamos que es una institución ajena a nuestro ordenamiento jurídico y que proviene del derecho anglosajón.
Si se revisa la legislación vigente, se observan, como muy bien lo expresó el Honorable señor Espina, una disposición en la normativa antiterrorista y otra, tímidamente, en la ley N° 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes. El artículo 22 de este último cuerpo legal contempla lo que se conoce como cooperación eficaz de una persona investigada y que aporta antecedentes para poder identificar a una banda de narcotraficantes.
Quizás la primera consagración plena de la cooperación eficaz o la delación compensada la hizo el Congreso hace unos días al aprobar el proyecto de ley sobre la colusión, donde la figura es establecida claramente.
Lo que ocurre en la iniciativa acerca del mercado de valores es que, a juicio de tres de los cinco integrantes de la Comisión de Constitución -fue un punto ampliamente discutido-, no se daban las condiciones para aprobar esta institución, por varias razones.
En primer lugar, se trata de delitos de mucha más fácil detección que la colusión, como la manipulación de mercado y el uso de información privilegiada, contándose con una serie de controles cruzados adicionales a los disponibles para la autoridad administrativa, que será la Comisión de Valores y Seguros.
En la colusión, si dos o más empresas se ponen de acuerdo para fijar precios, por ejemplo, es mucho más difícil poder determinar cuándo ello ha tenido lugar, porque no existen elementos que le permitan a un tercero establecer si efectivamente hubo o no tal concierto.
En un delito del mercado de valores, como la utilización de información privilegiada para comprar acciones, por citar un caso, probablemente las corredoras que se den cuenta podrán hacer la denuncia y entregar los antecedentes respectivos.
En segundo término, el proyecto cambia diametralmente las facultades de la Comisión de Valores, a la que le entrega una serie de atribuciones intrusivas de las cuales se ha carecido y que obviamente van a facilitarle la persecución. Por esa razón, hemos opinado que no se justifica la delación compensada.
Un tercer argumento es bastante central, a mi juicio, con relación a algo de lo cual la indicación del Ejecutivo no se hace cargo y no resuelve.
Cuando se despachó lo relativo al sistema de libre competencia, la delación compensada plantea una particularidad. La titularidad de la acción penal por los delitos de colusión quedó radicada exclusivamente en el Fiscal Nacional Económico una vez dictada la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. Es decir, no habrá investigación penal si el Fiscal tiene un fallo condenatorio y toma la decisión de perseguirlo.
Tratándose del mercado de valores, la titularidad de la acción penal no se limita a la Comisión. Por lo pronto, puede ejercerla el Ministerio Público de oficio o algún particular que se sienta perjudicado por una actuación que constituya un ilícito.
Como consecuencia de ello, se puede dar el siguiente absurdo. Dos o tres empresas hacen uso de información privilegiada y cometen un delito contemplado en la ley. Ninguna de ellas se autodenuncia a la Comisión de Valores. Pero puede ser que el Ministerio Público, producto de una investigación de oficio, o bien, un particular, como una corredora, se den cuenta de la infracción de la normativa del mercado de valores. Esta última, teóricamente, puede hacer la denuncia al Ministerio Público. Habiéndose iniciado la indagación penal, entonces, aquellos que estén siendo investigados podrán concurrir a la Comisión a autodenunciarse, de modo que van a recibir, primero, la exención administrativa de la multa y, segundo, la exención de la responsabilidad penal. Ello a todas luces parece un absurdo, ya que no ha mediado una voluntad real de autodenuncia por quienes estaban cometiendo el ilícito, sino que esta obedece a la existencia de una investigación.
La cuestión no se halla resuelta en el proyecto, pero sí respecto de la colusión.
Un cuarto aspecto dice relación con algo que algunos sostuvimos en la Comisión. Nos parecía una muy mala señal desde el Gobierno y el Congreso consagrar la delación compensada solo en cuanto a delitos de cuello y corbata. Porque se establece una figura privilegiada respecto de quienes cometen ilícitos de carácter económico, pero no de un tipo distinto, donde quizás podría ser mucho más útil que en la normativa sobre el Mercado de Valores.
Por esa razón, voté en contra en el órgano técnico.
Me parece que esta es una cuestión dogmática. Si la norma se rechaza, el articulado no se caerá. El texto, de por sí, ya fortalece suficientemente la institucionalidad al entregarle a la Comisión atribuciones con las que no contaba el Superintendente de Valores, como la interceptación telefónica, la incautación de documentos y una serie de medidas intrusivas que van a permitirle llevar adelante una mejor investigación.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Puede intervenir el Honorable señor García.

El señor GARCÍA.- Señor Presidente, votaré a favor de la indicación.
Estoy de acuerdo con incorporar la figura de la delación compensada, del arrepentimiento eficaz o de la colaboración eficaz al proyecto, que remplaza la actual Superintendencia de Valores y Seguros por una Comisión de Valores y Seguros.
De algunas intervenciones pudiera desprenderse que quienes somos partidarios de contemplarla queremos que las personas que usan información privilegiada o manipulan mercados financieros no reciban sanción alguna; que si se autodenuncian, queden libres de polvo y paja, como bien dijo el Senador señor Espina.
Nada más ajeno a lo que deseamos.
Por lo demás, la propia indicación señala requisitos para acogerse a esta posibilidad, entre los cuales se incluye el de "No haber sido el organizador o líder de la conducta ilícita, ni haber coaccionado a los demás a participar en ella". Es decir, resulta claro que quienes hagan la denuncia para beneficiarse del arrepentimiento eficaz serán personas que hayan tenido conocimiento del hecho, que hayan participado tangencialmente, pero no las organizadoras o líderes.
Además, se exige "No haber sido sancionado previamente por la Comisión, con alguna de las sanciones previstas" en las disposiciones que se mencionan. Se requiere, entonces, haber mantenido una conducta intachable, irreprochable, hasta la fecha de la autodenuncia.
Precisamente lo que se busca es poder sancionar, penalizar, castigar a los que abusen de la confianza pública al usar información privilegiada, enriquecerse en esa forma o realizar algo mucho peor, a mi juicio: manipular el mercado financiero.
Aquí se ha expresado, con razón, que hemos incorporado la delación compensada en la legislación próxima a regir en materia de colusión. ¿Qué entendemos por esta? Es la manipulación de mercados, básicamente los de bienes. Lo que hacemos ahora es incorporar la misma figura a la manipulación de los de carácter financiero. Me parece que la similitud refleja, por sí sola, la importancia de la medida. Es tan grave la manipulación en unos como en otros. Por lo tanto, creo que en ambas situaciones debiera existir el mismo estímulo, el mismo incentivo, para la autodenuncia.
La autodenuncia permite desbaratar carteles y operaciones gigantescas que perjudican a los consumidores y a la ciudadanía, en general. Cuando alteran la buena operación de los mercados y la profundidad en su funcionamiento, provocan un daño tremendo a la fe pública, en muchos casos a ahorrantes, probablemente, o en otros a pequeños inversionistas.
En consecuencia, el arrepentimiento eficaz o la delación compensada finalmente ayudan a que haya actores en el mundo financiero mucho más controlados, porque se sabrá que alguien que, sin ser el organizador o el líder, ha participado en una situación irregular o sabido de ella podrá autodenunciarse.
Voto a favor.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- No hay más inscritos.
Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- ¿Alguna señora Senadora o algún señor Senador no ha emitido su voto?

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Terminada la votación.

--Por 22 votos contra 3 y una abstención, se aprueba la indicación renovada, quedando el proyecto despachado en particular.
Votaron por la afirmativa las señoras Allende, Goic, Muñoz y Lily Pérez y los señores Chahuán, Coloma, García, García-Huidobro, Girardi, Hernán Larraín, Letelier, Matta, Montes, Moreira, Ossandón, Pérez Varela, Pizarro, Quintana, Quinteros, Tuma, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
Votaron por la negativa los señores Araya, Espina y Prokurica.
Se abstuvo el señor Guillier.


El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra al señor Ministro de Hacienda.

El señor VALDÉS (Ministro de Hacienda).- Señor Presidente, solo para agradecer a todos los Senadores y Senadoras por la aprobación de este proyecto.
Se trata del cambio de legislación financiera de la Superintendencia de Valores y Seguros más grande que hemos hecho en mucho tiempo, el cual además -recuerdo- es parte de la Agenda de Probidad que comenzó ya hace varios meses para atacar la serie de escándalos ocurridos en distintos ámbitos en Chile.
Gracias.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- A usted, señor Ministro.
Ahora veremos la iniciativa que se encuentra en el número 2 del Orden del Día.



INCORPORACIÓN Y CONTROL DE MEDIDA CAUTELAR ESPECIAL EN FAVOR DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR


El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Proyecto de ley, iniciado en moción de la Senadora señora Muñoz, en primer trámite constitucional, que modifica las leyes N°s 19.968 y 20.066 para incorporar una medida cautelar especial en favor de las víctimas de violencia intrafamiliar y facultar al tribunal, en casos calificados, a controlar su cumplimiento por medio del monitoreo telemático, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
--Los antecedentes sobre el proyecto (9.715-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de la Senadora señora Muñoz):
En primer trámite: sesión 63ª, en 12 de noviembre de 2014 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 27ª, en 5 de julio de 2016.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- Los objetivos principales de la iniciativa son:
-Establecer un sistema de supervisión electrónica para velar por el cumplimiento efectivo de la medida cautelar que puede decretar el juez de familia con el fin de dar mayor protección a las personas que son víctimas de violencia intrafamiliar.
-Regular la aplicación del monitoreo telemático a los individuos que son condenados por el delito de maltrato habitual, que sanciona la Ley de Violencia Intrafamiliar.
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento deja constancia de que, no obstante haber discutido la iniciativa en general y en particular en virtud del acuerdo adoptado en su oportunidad por el Senado, propone que la Sala la discuta solo en general, con el objeto de otorgar a los Senadores la oportunidad de perfeccionarla y enriquecerla con ocasión del segundo informe.
La referida Comisión aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Araya, De Urresti, Espina y Harboe, y también aprobó el proyecto en particular con las modificaciones y votaciones que consigna en su informe.
El texto que se propone aprobar en general se transcribe en la página 45 de dicho documento y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).- En discusión general el proyecto.

Entiendo que el Senador señor Araya iba a hacer la relación.
Mientras tanto, le daré la palabra a la Senadora señora Muñoz.

El señor MOREIRA.- ¿Me permite, señor Presidente, para un asunto reglamentario?

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Puede intervenir, Su Señoría.

El señor MOREIRA.- Haciendo uso del Reglamento, señor Presidente, quiero pedirle que abra la votación.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- ¿Habría unanimidad en la Sala para abrir la votación, tal como lo ha solicitado el Senador señor Moreira?
Procederemos, entonces, en la forma propuesta.

El señor MONTES.- ¡Gran aporte!

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Senadora señora Muñoz.

La señora MUÑOZ.- Señor Presidente, quería solicitarle, de ser posible, que trasladáramos este debate a la sesión del martes de la próxima semana, en el primer lugar,...

El señor MONTES.- ¡Mucho mejor propuesta todavía!

La señora MUÑOZ.- ... porque es un tema muy relevante y ahora disponemos de poco tiempo para abordarlo.
Aunque yo misma he insistido en que la iniciativa se discuta, ahora no está presente el Presidente de la Comisión y siento que hay poco espacio para abrir la discusión sobre una materia tan importante.

El señor OSSANDÓN.- ¡Pero está el Senador Pizarro!

El señor MONTES.- Si no se encuentra el Presidente de la Comisión, mejor no verlo.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Prokurica.
El señor PROKURICA.- Señor Presidente, estoy de acuerdo con la autora del proyecto en cuanto a que, por la importancia que reviste, y si ella lo ha pedido y existe unanimidad, por supuesto que lo podemos dejar para la próxima sesión.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Por lo tanto, ¿habría unanimidad para dejar sin efecto la propuesta reglamentaria que hizo el Senador señor Moreira y postergar el debate del proyecto hasta la sesión del próximo martes?
Acordado.
--Queda pendiente la discusión general del proyecto.




MODIFICACIÓN DE PENA PARA RADIODIFUSIÓN NO AUTORIZADA


El señor QUINTANA (Vicepresidente).- A continuación, corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción del Senador señor Navarro, en primer trámite constitucional, que modifica la pena para la radiodifusión no autorizada, con informe de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones y urgencia calificada de "simple".
--Los antecedentes sobre el proyecto (10.456-15) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción del Senador señor Navarro):
En primer trámite: sesión 84ª, en 22 de diciembre de 2015 (se da cuenta).
Informe de Comisión:
Transportes y Telecomunicaciones: sesión 9ª, en 12 de abril de 2016.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.

El señor LABBÉ (Secretario General).- El objetivo principal de la iniciativa es modificar la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, para reemplazar la sanción penal de presidio y las accesorias de multa de 5 a 300 UTM y de comiso de los equipos e instalaciones, por la operación o explotación de servicios o instalaciones de telecomunicaciones de radiodifusión sin autorización de la autoridad correspondiente, por una falta de carácter administrativo consistente en una multa de 1 a 3 UTM.
La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones hace presente que acordó proponer a la Sala discutir solo en general este proyecto de ley, no obstante ser de artículo único.
El referido organismo aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores García-Huidobro, Girardi, Ossandón y Matta.
El texto que se propone aprobar en general se transcribe en las páginas 46 y 47 del primer informe de la Comisión y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
El señor QUINTANA (Vicepresidente).- En discusión general el proyecto.

Me ha solicitado la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).- Señor Presidente, pido segunda discusión, porque sería bueno que estuviera presente el autor de la iniciativa, para poder escucharlo.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Está en su derecho, Su Señoría, y así se va a proceder.
Senador Moreira, ¿usted va a plantear algo distinto?

El señor MOREIRA.- Sí, señor Presidente.
Quiero pedirle, formalmente, debido a que quedarán pendientes varios proyectos sumamente importantes por no disponer del tiempo necesario para debatirlos, que se adelante la hora de Incidentes.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Es probable que así ocurra y la tengamos que iniciar antes, señor Senador, pero por ahora le tengo que dar la palabra al Honorable señor Pizarro, quien me la ha solicitado.

El señor PIZARRO.- Señor Presidente, lo que va a pasar es que usted deberá empezar a recorrer los proyectos en tabla uno por uno, pues el problema que tenemos en este momento es la falta de quorum para adoptar acuerdos.
Ahora, una alternativa sería que el Senador Ossandón nos hiciera una larga relación de la normativa en debate, la cual -entiendo- es de artículo único y modifica la pena para la radiodifusión no autorizada, estableciendo una multa de 1 a 3 UTM a los servicios o instalaciones de radiodifusión que no tengan autorización de la autoridad correspondiente.
Eso sucede muy a menudo en nuestras ciudades, en nuestras comunas, y se trata de verdaderos "piratas".
A lo mejor, el señor Senador nos podría explicar cuál es el objetivo del proyecto y así poder iniciar el debate, pero, después de eso, creo que lo más razonable sería adelantar la hora de Incidentes.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Está muy clara la situación, señor Senador.
No sé si alguno de los miembros de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones aquí presentes y que han acompañado en casi todo al Senador Navarro, que se halla con permiso constitucional -ahí sí que no lo acompañaron-, desea intervenir.
¿Senador Ossandón?

El señor OSSANDÓN.- Sí, señor Presidente.

El señor MONTES.- ¡Que sea claro...!

El señor OSSANDÓN.- Señor Presidente, este proyecto fue presentado por el Senador Navarro y busca liberar de todo tipo de multas a los que usan las radios en forma irregular, sobre todo las de tipo comunitario.
La discusión en la Comisión estuvo centrada en el planteamiento de Su Señoría en el sentido de que el comiso es algo muy complicado, y yo señalé, por lo menos, en conjunto con el Subsecretario, que a lo mejor en la primera instancia esa medida era muy compleja, pero no en la segunda.
Efectivamente, hay un muy mal uso de estas radios, y el Senador Navarro quiere que no pase nada, en tanto que nosotros queremos que en una primera instancia la cosa sea más blanda, pero que en la segunda instancia sí sea dura, porque, o si no, nadie va a cumplir.
¡Así de claro!

El señor PIZARRO.- ¡Parece que usted está hablando de cuestiones personales, señor Senador...!

El señor OSSANDÓN.- ¡No...!

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- ¡No interrumpamos!
¡Senador Pizarro, por favor!
Estimados colegas, les ruego no interrumpir la relación que está haciendo el Senador Ossandón.

El señor OSSANDÓN.- Señor Presidente, también está en la Sala el colega Letelier, que igualmente integra la Comisión de Transportes.
Lo que nosotros rescatamos del proyecto del Senador Navarro es lo siguiente. Él quiere liberar este cuento. Nosotros queremos que se ordene, y que en la primera instancia la pena no sea tan dura, pero en la segunda sí, por el mal uso de una radio.
Estamos en esa discusión, donde no hay acuerdo, porque el Senador Navarro insiste en que los equipos no se pueden tocar, no se les puede quitar.
He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- El Senador Zaldívar solicitó segunda discusión, lo que significa que hoy no votamos, pero ello no obsta a que iniciemos la discusión del proyecto. Y para eso ha pedido la palabra el Senador Letelier, a quien se la cedo.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, entiendo que incluso es posible abrir la votación.

El señor PIZARRO.- ¡Se pidió segunda discusión!

El señor LETELIER.- ¡Se pueden tocar los timbres!
Señor Presidente, entendemos que el comiso, como primera sanción para las radios comunitarias o para quienes participan de esa forma de radiodifusión, es tremendamente dura, porque pierden los equipos que tienen un valor que, para ellos y para cualquiera, es muy costoso.
El sistema de multas hace realmente imposible recuperar un patrimonio que normalmente es personal. Muchas de estas radios comunitarias son de un grupo de personas, de organizaciones, a las que les ha costado años juntar este capital.
Lo que queremos solicitar a la Sala es que apruebe en general el proyecto, a fin de poder revisar el sistema de sanciones y que la primera de ellas no sea el comiso, sin perjuicio de que, si hay reiteración, las penas puedan ser más severas.
Ese es, en esencia, el sentido del proyecto.
Hemos acogido la reflexión del autor en cuanto a que la primera sanción no puede ser tan drástica, lo cual no significa que no vaya a existir una en primera instancia, sino que ella, simplemente, no sea el comiso.
Por eso, con el Senador Ossandón y los otros miembros de la Comisión tenemos interés en pedirle a la Sala que apruebe en general la iniciativa, pero, como entendemos que se ha pedido segunda discusión, solicitamos que sea puesta en tabla de Fácil Despacho en la próxima sesión.
He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.

El señor PIZARRO.- Señor Presidente, para ser franco, no entendí mucho la explicación.
Yo comprendo que se haya hecho un debate en la Comisión, pero lo que aquí tenemos es un artículo único, que fue aprobado en general, donde se elimina la expresión "o de radiodifusión" del artículo 36 B, letra a), de la ley vigente, que establece que "La pena será la de presidio menor en sus grados mínimo a medio, multa de cinco a trescientas unidades tributarias mensuales y comiso de los equipos e instalaciones".
Si se elimina la expresión "de radiodifusión", esta queda liberada de todas las sanciones. O sea, no permanece sujeta a ninguna.
Sabemos que hay una cantidad enorme de radios comunitarias que funcionan con muchas irregularidades y que algunas de ellas no son tan comunitarias. Varias están verdaderamente instaladas, son comerciales y operan a pesar de no tener sus papeles en regla, y a estas les estaríamos facilitando que no les pasara nada, aun actuando -repito- de manera totalmente irregular.
El N° 2 del artículo único, por su parte, reduce la multa a un monto de entre una y tres UTM, en circunstancias de que la multa vigente va de 5 a 300 unidades tributarias mensuales. O sea, es algo completamente desequilibrado.
En definitiva, la primera parte de la norma elimina la radiodifusión y, por si eso no fuera suficiente, la segunda reduce la multa a una mínima expresión.
A mí me parece que no basta con eliminar el comiso. Es necesario mantener la frase que señala: "El que opere o explote servicios o instalaciones de telecomunicaciones de libre recepción o de radiodifusión sin autorización de la autoridad correspondiente" tendrá tales penas. Eso es fundamental, porque, si no, se le quita su esencia a la sanción que establece el artículo 36 B.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la Honorable señora Lily Pérez.

La señora PÉREZ (doña Lily).- Señor Presidente, comparto lo que ha planteado el Senador Pizarro, porque lo que señaló el Senador Ossandón no es lo que establece el artículo único. Una cosa es evitar que alguien reciba una sanción que signifique privación de libertad -o sea, cárcel-, y otra muy distinta es quedar exento de todo tipo de responsabilidad.
Aquí no estamos hablando de las radios comunitarias. No se puede meter en un mismo saco a radios efectivamente comunitarias, que prestan un servicio a la comunidad, sobre todo en zonas rurales, y a otras que son derechamente radios piratas, que hacen publicidad comercial, que tienen contratadas a personas -a las cuales muchas veces no les pagan sus remuneraciones-, y que representan una competencia profundamente desleal para aquellos radiodifusores que sí pasan por todos los trámites, que tienen sus papeles al día, que les pagan las cotizaciones previsionales a la gente que trabaja con ellas, en fin.
Tomando como base la realidad regional, hay muchas pequeñas radios que hacen un enorme esfuerzo por mantenerse a flote y que compiten con grandes cadenas de radioemisoras. Son pequeñas radios de carácter regional que además enfrentan otra tremenda competencia, que es una competencia desleal: las radios piratas, a las cuales deberíamos tratar con el máximo rigor de la ley.
Una cosa muy distinta son las radios comunitarias, que tienen un fin diferente.
Yo, al menos, no estoy dispuesta a darles beneficios de ningún tipo a las radios piratas, que les hacen una competencia profundamente desleal a otras, sobre todo a nuestras radios, que son de carácter regional, comunal y local.
He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Letelier.

El señor LETELIER.- Señor Presidente, denantes no quise entrar en el detalle del debate, pero lo voy a hacer en esta ocasión.
La Comisión aprobó en general el criterio de diferenciar el tratamiento para las radios comunitarias y las radios comerciales. El autor de la iniciativa planteó la noción de rebajar todo tipo de penas. En el órgano técnico, si bien se deslizaron diferentes matices, hubo consenso, bajo el acuerdo de separar a las radios comunitarias de los mecanismos sancionatorios que tienen otras radios, aunque sin ninguna voluntad de que no sean sancionadas, para establecer un sistema de penas distinto.
Hubo varias opiniones y una de ellas es la que compartió el Senador Ossandón en cuanto a que el comiso de los equipos no sea el castigo que se aplique en primera instancia. Es una de las razones por las cuales se quiere efectuar una separación y fijar una escala de sanciones diferente. Pero en ningún momento, por lo menos en el seno de la Comisión, que solicita a la Sala aprobar en general el proyecto, se planteó la idea de, o tolerar a los piratas, o tolerar el abuso en las radios comunitarias,
Es cierto lo que señaló el Senador Pizarro. Hay personas que han mal usado las radios comunitarias. Las han transformado en cadenas para el grupo equis o el grupo i griega. Da igual cuál sea. Muchas cobran por publicidad y eso no corresponde. Y hay un debate en el seno de la Comisión en cuanto a cómo abordar tal situación.
La invitación, en la votación general -es lo que se hizo en el órgano especializado-, es a generar un debate sobre un sistema de sanciones diferenciado para las radios comunitarias, de manera que a estas no se les aplique el que existe para las cadenas o radios comerciales.
Ese es, en esencia, el sentido del proyecto, señor Presidente. Y es la razón por la cual la Comisión lo aprobó en general y pide a la Sala proceder en los mismos términos.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Está muy claro, señor Senador, pero, como ya dije, la segunda discusión ya fue solicitada.
Tiene la palabra a continuación el Honorable señor Montes.

El señor MONTES.- Señor Presidente, solamente quiero expresar que es real el problema de que hay mucha radio comunitaria irregular. No estoy hablando de las cadenas a las cuales hacía referencia el Senador Letelier. Hay mucha radio comunitaria que empieza a funcionar, que presta un servicio y genera redes de intercambio, pero que no se regulariza. Y creo que hay que revisar las razones de esto último. Ellas tienen que ver, entre otras, con el procedimiento, el costo, la fecha en que se convoca, la saturación de permisos -y no necesariamente de radios- en ciertos sectores.
Entonces, pienso que es bueno tener un informe más comprensivo, más amplio; porque si bien hay que darles cierta flexibilidad a las radios comunitarias efectivas, también hay que permitir la entrada en mejores condiciones de nuevas radios que son evidentemente comunitarias.
Me parece que estamos con un problema real que deberíamos tratar de enfrentar.
He dicho.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- En la primera discusión, ofrezco la palabra.
Señores Senadores, como se pidió segunda discusión, la iniciativa seguirá tratándose en una próxima sesión.
--El proyecto queda para segunda discusión.

VI. INCIDENTES
PETICIONES DE OFICIOS

El señor LABBÉ (Secretario General).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios.

El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Se les dará curso en la forma reglamentaria.
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--Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes:
Del señor BIANCHI:
Al señor Comandante en Jefe del Ejército, requiriéndole informar sobre NÚMERO DE PERSONAS QUE SE DESEMPEÑAN EN QUINTA DIVISIÓN DEL EJÉRCITO BAJO MODALIDAD "PERSONAL A JORNAL" Y QUE RECIBEN BONO COMPENSATORIO.
Del señor GIRARDI:
A la señora Ministra de Salud, al señor Subsecretario de Salud Pública y a la señora Subsecretaria de Redes Asistenciales, pidiéndoles informar sobre ESTADO DE CUMPLIMIENTO DE VÍA CLÍNICA PARA ADECUACIÓN CORPORAL EN PERSONAS CON INCONGRUENCIA ENTRE SEXO FÍSICO E IDENTIDAD DE GÉNERO, NÚMERO DE PRESTACIONES REALIZADAS Y LUGAR EN QUE SE REALIZARON.
De la señora GOIC:
A la señora Ministra de Salud, planteándole INCLUSIÓN DE UNIVERSIDAD DE MAGALLANES EN DESARROLLO DE CENTRO DIURNO PARA PERSONAS CON DEMENCIA EN DUODÉCIMA REGIÓN.
Del señor HORVATH:
A los señores Ministros del Interior y Seguridad Pública y de Economía, Fomento y Turismo, a la señora Ministra de Salud y a los señores Ministros de Energía y del Medio Ambiente, solicitándoles CAMBIO DE PRIORIDADES PARA INVERSIÓN PÚBLICA EN MATERIA DE CENTRALES EÓLICAS E HIDROELÉCTRICAS, DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA, COMBUSTIBLES ALTERNATIVOS Y SISTEMA DE MONITOREO EN REGIÓN DE AISÉN Y REGIONES VECINAS.
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--Ofrecida la palabra, sucesivamente, en los tiempos de los Comités Partido MAS e Independiente, Partido Unión Demócrata Independiente, Partido Por la Democracia, Independientes y Amplitud, Partido Demócrata Cristiano e Independiente, Partido Renovación Nacional y Partido Socialista, ningún señor Senador interviene.
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El señor QUINTANA (Vicepresidente).- Por haberse cumplido su objetivo, se levanta la sesión.
--Se levantó a las 19:16.
Manuel Ocaña Vergara,
Jefe de la Redacción