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REELECCIÓN DE INTEGRANTES DE COMITÉ DE AUDITORÍA PARLAMENTARIA


El señor QUINTEROS.- Señora Presidenta, en primer lugar, sé que durante la discusión de esta iniciativa nadie ha puesto en duda el buen funcionamiento del sistema de auditoría tal como ha operado a través del Comité de Auditoría Parlamentaria. Y, por cierto, tampoco es intención de este Senador, en el escaso tiempo que lleva en esta Corporación, poner en duda dicho comportamiento. Al revés, solo he escuchado buenos comentarios.
Sin embargo, desde mi punto de vista, existen razones fundadas para rechazar este proyecto.
Desde luego, llamo la atención sobre la circunstancia de que las leyes deben tener carácter general y no particular, y no pueden ser dictadas teniendo en cuenta el mérito o demérito de quienes ejercen una función pública concreta. La ley es abstracta; se refiere a situaciones genéricas y en ningún caso a personas determinadas.
Por otro lado, soy del parecer de que la acción fiscalizadora en general es de la mayor relevancia para el conjunto de órganos de la Administración del Estado, particularmente cuando recae sobre quienes ejercen una función pública.
Por lo mismo, creo que este segmento de funcionarios debiera tener normas especiales. Y así, más adelante, deberíamos estar en condiciones de discutir y establecer un principio en virtud del cual los funcionarios públicos que ejerzan una función fiscalizadora tengan una limitación temporal y espacial: temporal, en cuanto no puedan servir su cargo más allá de determinado número de años que para cada función particular se establezca; y espacial, en el sentido de que estos funcionarios puedan ser destinados a distintas localidades o regiones por los respectivos jefes de servicio.
Las razones para sostener lo anterior son que el ejercicio continuo de la función fiscalizadora, el contacto permanente con los fiscalizados, pueden ser una fuente de desgaste y debilitamiento de la imparcialidad que debe regir la actuación del fiscalizador.
Por otra parte, y en el mismo sentido, la permanencia de un fiscalizador en determinado lugar necesariamente lleva al establecimiento de relaciones personales y a otras vinculaciones que eventualmente afectan su desempeño funcionario.
Por cierto, esta es una reflexión más amplia, que abarca al conjunto de la acción fiscalizadora del Estado, particularmente de quienes desempeñan responsabilidades superiores, pero creo que también es válida para el Congreso Nacional.
Ahora bien, revisando en específico la situación del Comité de Auditoría Parlamentaria, pienso que, de aprobarse la iniciativa que posibilita su reelección, estaríamos, sin proponérnoslo, poniendo en una situación incómoda a sus miembros cada vez que se acercara el vencimiento de su período, pues su reelección dependerá de quienes somos, de alguna manera, los sujetos de su fiscalización: Diputados y Senadores. Me parece imprudente exponer a esta situación a los integrantes del Comité y a los parlamentarios.
Por otro lado, se argumenta que impedir la reelección puede llevar a perder la valiosa experiencia de estos funcionarios. Pero en materia de funciones públicas no siempre el valor a privilegiar es la eficacia. Priman otros principios, como los de probidad y transparencia, cuya vigencia es reclamada justificadamente y con especial celo para quienes ostentamos cargos de representación popular.
Es claro que parte de la ciudadanía no entenderá que, mientras se debaten o se anuncian proyectos para establecer límites a la reelección de autoridades, al mismo tiempo se promuevan reelecciones de cargos que dependen de esas mismas autoridades.
Insisto: esta situación no solo debe verse desde la perspectiva del funcionario a designar -en este caso, un fiscalizador-, sino también desde el punto de vista de quien lo designa -los parlamentarios-, que en este caso coincide con el sujeto de la fiscalización.
En resumen, pienso que esta moción va en el sentido contrario de lo que deberíamos promover. La ciudadanía exige mayor transparencia y mecanismos que aseguren el buen uso de los recursos públicos.
Además, si el sistema actual ha probado sus bondades, no veo razón alguna por la cual deba ser cambiado.
Los esfuerzos de esta Corporación, en consecuencia, deben estar encaminados a lograr que el próximo proceso de selección sea tan bien dirigido como el anterior, y no a establecer estatutos que favorezcan a personas determinadas, no obstante su buen desempeño.
He dicho.