Click acá para ir directamente al contenido
ESTABLECIMIENTO DE DERECHO REAL DE CONSERVACIÓN


El señor PROKURICA.- Señora Presidenta, voy a votar a favor del proyecto en general, porque propone una idea ingeniosa, un instrumento que sirve y coopera para cuidar nuestro patrimonio.
La definición de derecho real de conservación que los autores de la moción sugirieron fue la siguiente: "derecho real que recae sobre un predio y que cede a favor de una persona natural o jurídica, que impone restricciones al ejercicio del dominio sobre el predio, y que eventualmente establece obligaciones de hacer al titular del predio o incluso al titular del derecho real, con el objeto de preservar o conservar, en distintos grados, los recursos naturales existentes en tal predio".
La iniciativa busca, en esencia, promover mecanismos privados alternativos a los que existen hoy día para la conservación del medio ambiente y de los recursos naturales.
He escuchado con mucha atención las intervenciones de los señores Senadores. Y quiero agregar una observación.
Creo que la experiencia de Chile con los lugares que son declarados zonas de conservación, por medio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, no es buena; por cuanto el Estado chileno hacer la declaración respectiva, pero no realiza ninguna otra acción.
Señora Presidenta, siento que la alternativa propuesta es una solución que suma. Si hay un privado dispuesto a deshacerse de parte de su dominio para contribuir a la preservación del medio ambiente, me parece que estamos ante un instrumento adecuado.
Lo otro a veces constituye una camisa de fuerza que no aporta nada, ya que tal o cual espacio fiscal se declara área protegida, pero no hay fiscalización; no se entregan recursos a CONAF para ese efecto; el SAG no puede ir a vigilar; en fin. Lo que tenemos es solamente una declaración de papel, que no opera en la práctica.
A mi juicio, el proyecto tiene sustento en el hecho de que las áreas protegidas en Chile se concentran, principalmente, en zonas de conservación bajo el dominio público, mediante el Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado (SNASPE), lo cual cubre, aproximadamente, el 20 por ciento de la superficie nacional, aunque de manera marcadamente asimétrica, como ya se ha dicho.
La asimetría la prueba el hecho de que el 84 por ciento de las áreas protegidas estatales está concentrado en las Regiones de Aysén y de Magallanes, mientras que en las regiones centrales del país (de la Quinta a la Octava) el área total protegida no supera el 10 por ciento nacional.
La concentración de las zonas de conservación a cargo del Estado muestra el déficit de instrumentos adecuados en Chile para el desarrollo de la conservación ambiental y la protección de la biodiversidad por parte del sector privado.
Señora Presidenta, concretamente, el país hoy carece de definiciones operativas básicas, estándares y procedimientos administrativos que establezcan los criterios y las condiciones que deben cumplir las iniciativas privadas de conservación para ser oficialmente reconocidas como tales. Por lo mismo, como se ha planteado aquí reiteradamente, no hay incentivos para hacerlo.
En tal perspectiva, nos parece muy positivo el establecimiento en nuestro ordenamiento jurídico del derecho real de conservación, junto a los mecanismos administrativos y legales necesarios para que los particulares puedan constituir el precitado derecho. Lo anterior, sin duda, es un avance enorme en la promoción y participación de los privados en la tarea de cuidar el medio ambiente.
Creemos que el proyecto estimula la adecuada complementación entre el interés privado y productivo, por una parte, y la conservación del patrimonio ambiental, por otra; de tal manera que sobre un mismo predio pueden coexistir diversos derechos reales de conservación. Por ejemplo, la asociación de hoteleros de una zona lacustre puede interesarse en proteger el paisaje de predios colindantes pertenecientes a terceros por medio del derecho real de conservación, pues el rubro que desarrolla se beneficia directamente del medio ambiente protegido, lo que también favorece a la naturaleza.
En el año 2013, el Ministerio del Medio Ambiente, en conjunto con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la asociación gremial Así Conserva Chile y la Fundación Senda Darwin realizaron un estudio que identificó un total de 308 iniciativas de conservación privada, que cubren una superficie total estimada de 1 millón 651 mil 916 hectáreas.
Tales iniciativas se ubican en todas las regiones del país, excepto en la de Tarapacá, concentrándose en la de Los Lagos (86 iniciativas, con una superficie de 480 mil hectáreas), la de Los Ríos (72 iniciativas, con una superficie de 190 mil hectáreas) y la de Magallanes (8 iniciativas, con una superficie de 360 mil hectáreas).
El 60 por ciento de las iniciativas de conservación privada corresponden a pequeños propietarios, esto es, superficies de menos de 200 hectáreas. No obstante, 5 iniciativas concentran el 63 por ciento de la superficie privada protegida a nivel nacional, con un total de 1 millón 44 mil 655 hectáreas.
Señora Presidenta, porque creemos que el proyecto es un aporte a la protección y conservación de nuestro patrimonio, vamos a votar a favor.